Requisitos del licitador. Aptitud para contratar Cláusulas de Ejemplo

Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el TRLCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la solvencia técnica y financiera conforme a lo establecido en el presente Pliego. La/s persona/s responsable/s de la ejecución del contrato deberán estar habilitadas para el ejercicio de la profesión dados de alta como abogados ejercientes en algún colegio oficial de abogados de España. Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en esta licitación, deberán cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, con las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista, así como de los derechos adquiridos por las plantillas. Se considera causas que implican una prohibición para participar en esta licitación el incumplimiento de la legislación ambiental y realización de delitos contra los trabajadores o sanciones en materia social, según lo establecido en las instrucciones de contratación de FIMABIS. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal (UTE) deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como asumir el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. En caso de UTE, todos sus componentes quedarán obligados solidariamente, y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. reconocimiento de conocer y aceptar todas las bases establecidas en los pliegos.
Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. 9. Solvencia técnica y financiera
Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. Podrán contratar con el sector público, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 69 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, y no estén incursas en las causas de prohibición de contratar expresadas en el artículo 71 de la LCSP. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales. En el caso de personas físicas o jurídicas no españolas se observará lo establecido en los artículos 67, 68 y 84 de la LCSP. El órgano de contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la LCSP, tomará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia.
Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el LCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la solvencia técnica y financiera conforme a lo establecido en el presente Xxxxxx.
Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el LCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la capacidad técnica y financiera suficiente para la ejecución de este contrato. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Se exige experiencia de haber realizado un mínimo 5 servicios de diseño, ejecución y monitorización de Estudios Clínicos multicéntricos. Para lo que se solicita, además de los 5 servicios específicos una relación de servicios prestados en los últimos 5 años o desde la fecha de creación de la empresa de ser esta posterior con indecisión del resumen del servicio, fecha y destinatario del servicio. Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en esta licitación deberán cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, con las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista. La presentación de la documentación con los requisitos exigidos representa para el contratista el reconocimiento de conocer y aceptar todas las condiciones establecidas en los pliegos sin reserva o excepción alguna.
Requisitos del licitador. Aptitud para contratar. Podrán optar al presente contrato las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición previstas en el LCSP para contratar con el sector público y que cuenten con la capacidad técnica y financiera necesaria exigida en el PPT para la ejecución de este contrato con plenas garantías y a plena satisfacción del ALJARAFESA. Como requisitos especiales de capacidad de las empresas se exige que éstas se hallen inscritas en los siguientes registros: • Registro de Empresas con Riesgo de Amianto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. • Certificados vigentes de Gestión de la Calidad, Medioambiente y Seguridad y Salud en el Trabajo (Normas UNE-EN-ISO 9001:2000, UNE-EN-ISO 14001:2004 y OSHAS 18001:2007, respectivamente) en cuyo alcance deberá incluir obras de abastecimiento y saneamiento. Se exige además que la persona designada como jefe de obra ostente la titulación correspondiente en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Técnica en Obras Públicas o Ingeniería Civil o equivalente, y que acredite una experiencia mínima de tres años en la ejecución de obras en redes de abastecimiento y saneamiento en áreas urbanas consolidadas. Esta habilitación se declara como obligación contractual esencial del presente contrato. Las personas físicas o jurídicas que pretendan participar en esta licitación deberán cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, con las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista, así como de los derechos adquiridos por las plantillas. La presentación de la documentación con los requisitos exigidos representa para el contratista el reconocimiento de conocer y aceptar todas las condiciones establecidas en los pliegos sin reserva o excepción alguna.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.