REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 5.2.1 EXPERIENCIA
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 5.3.1. Experiencia mínima del proponente. Con el fin de garantizar que el oferente tiene capacidad para cumplir con las obligaciones contractuales deberá presentar y relacionar una (01) certificación de contratos relacionados con el objeto del presente proceso de selección, y cuya sumatoria sea igual o superior al monto del presupuesto oficial de esta contratación. Dichas certificaciones deberán contener como mínimo las siguientes condiciones: Entidad contratante.- Debe tratarse de entidades pertenecientes al sector público, niveles nacionales o territorial, o del sector privado. Objeto del contrato.- Alquiler de tarimas con pabellón, carpas para eventos. Fecha de iniciación.- La ENTIDAD EDUCATIVA sólo tendrá en cuenta los contratos que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2014. Fecha de terminación.- Los contratos relacionados deben estar totalmente ejecutados a la fecha del cierre del presente proceso de selección. No se admitirán contratos que se encuentren en ejecución. Valor de cada contrato.- Deberá indicarse el valor total de cada contrato, incluidas las adiciones que pudieron presentarse durante su ejecución. El valor de cada uno o de la sumatoria de los Contratos relacionados debe ser igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto asignado para el presente proceso, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de suscripción de los mismos. Certificaciones.- Anexar copia de la certificación correspondiente a cada contrato relacionado, debidamente firmada por el contratante o copia del acta de liquidación, siempre que con estos documentos se acredite que se cumple los requisitos de éste numeral. La certificación deberá ser expedida por el representante legal del contrato, la persona en quien se haya delegado la ordenación del gasto o el superior o interventor del contrato. En caso de encontrarse alguna inconsistencia entre la información relacionada y la certificada, primará la información contenida en esta última y, en todo caso primará el contenido del contrato. En caso de que el proponente sea consorcio o unión temporal, el requisito exigido en el presente numeral podrá ser acreditado por uno o varios de sus integrantes. Si el contrato correspondiente fue ejecutado en Consorcio o Unión Temporal deberá indicarse el porcentaje de participación que la firma tuvo en la ejecución del respectivo contrato, a efectos de establecer frente a esta participación el valor del contrato a tener en cuenta. La ENTIDAD...
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 1. EXPERIENCIA Reglas específicas para acreditar la experiencia
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 3.3.1 CERTIFICACIÓN DE EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE NOTA 2: La certificación puede ser remplazada por la copia del contrato, siempre y cuando también se anexe. Nota 3: Cuando el proponente acredite experiencia obtenida en consorcio o uniones temporales, se tomará la experiencia en proporción a su participación en dicho consorcio o unión temporal, en valor equivalente al porcentaje de participación del proponente respecto del valor total del contrato. En este caso se debe anexar adicionalmente el documento de constitución del consorcio o unión temporal para determinar su participación en la ejecución del contrato aportado.
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 3.3.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE.
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. Los siguientes requisitos técnicos exigidos serán objeto de verificación para habilitar la propuesta presentada. Para ello, se confirmará que los oferentes hayan entregado toda la información técnica y que ella cumpla con los requisitos señalados en el presente documento, y se determinará el cumplimiento o no, de las siguientes exigencias:
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO. 5.3.1. Experiencia mínima del proponente. Con el fin de garantizar que el oferente tiene capacidad para cumplir con las obligaciones contractuales deberá presentar y relacionar una (01) certificación de contratos relacionados con el objeto del presente proceso de selección, y cuya sumatoria sea igual o superior al monto del presupuesto oficial de esta contratación. Dichas certificaciones deberán contener como mínimo las siguientes condiciones: Entidad contratante.- Debe tratarse de entidades pertenecientes al sector público, niveles nacionales o territorial, o del sector privado.
REQUISITOS HABILITANTES DE CARÁCTER TÉCNICO 

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.