RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El BANCO no será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza por el uso indebido de los servicios por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume la responsabilidad de las operaciones ordenadas a través del servicio al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor de las sanciones que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCO.
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Samples: Contrato De Productos Y Servicios
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El BANCO Banco no será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza cargos originados por el uso indebido de los servicios del Quick Pass, así como cualquier servicio relacionado directo o indirectamente con la Autopista Concesionada o Autorizada, por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar lo que el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores usuario manifiesta entender y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume aceptar que cualquier reclamo o disputa deberá ser solucionada con ETC y la responsabilidad de las operaciones ordenadas Concesionaria a través del Banco. Por lo tanto, el usuario entiende y acepta que el Banco no es responsable por la debida prestación del presente servicio al sistema de computación Telepeaje, ya que la responsabilidad del BANCO, Banco se limita a ligar el medio de lo cual constituirá prueba la aseveración pago que el Banco tenga a su disposición (Tarjeta prepago) con el dispositivo del BANCOUsuario. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como Los derechos del Banco no se verán afectados por cualquier divergencia entre el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones ETC y/o transaccionesla Concesionaria, ya que tales derechos serán independientes y autónomos, por lo que no se podrá oponer al Banco ningún reclamo que tuviera el Usuario contra ETC y/o la Concesionaria. EL CLIENTE asume De la misma forma, no es responsabilidad del Banco la cantidad xx xxxxxxxx que la Concesionada habilite para el valor de las sanciones pago mediante el Quick Pass, que en esos carriles se admita también el pago manual en efectivo, que se ocasionen generen filas o congestión de tránsito, o que deban entregar el dispositivo Quick Pass a un encargado de ETC y/o la Concesionaria para EL BANCO efectuar la transacción, ya que todos los reclamos y cualesquiera otros relacionados con ocasión la prestación del servicio y el uso del Quick Pass son responsabilidad exclusiva de transacciones duplicadas ETC y la Concesionaria. Por lo anterior, mediante el Convenio suscrito entre ETC y el Banco, el segundo se encuentra facultado para canalizar dichos reclamos mediante su centro de atención al Usuario. El Banco tendrá un plazo de al menos dos (2) días hábiles para atender el reclamo o erradas en su caso para remitírselo a ETC y/o la Concesionaria según corresponda, la fecha de tránsito no debe exceder de los archivos (90) dias para ser remitido a ETC según lapso establecido por los mismo, por su parte tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles para resolver el reclamo del Usuario, En caso de que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera el reclamo del cliente sea infundado este deberá de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información cancelar $10 por la incompatibilidad generación del proceso de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la informacióninvestigación. EL BANCO El Banco no será responsable por cualquier atraso de ETC y/o la Concesionaria en la atención de cada reclamo. El Usuario entiende y acepta que todos los reclamos infundados que presente ante ETC y la Concesionaria por medio del centro de atención al Usuario del Banco generarán una sanción económica. Por “reclamos infundados” se entiende aquellos reclamos que ETC puede demostrar, mediante los recursos que tenga a disposición, que el mismo no es procedente, no encuentra asidero legal, o que la transacción fue efectuada por el Cliente o atribuible a éste conforme a los estipulado en este contrato. En todo caso, la formulación de cualquier reclamo por parte del Usuario no lo exime del cumplimiento de las obligaciones asumidas ante el Banco. De igual forma, el mal funcionamiento del Quick Pass, las baterías muertas o débiles, mala instalación del dispositivo, o cualquier otro hecho que imposibilite o dificulta efectuar la transacción, no exime al Usuario de la obligación de hacer pago de las cuotas de peaje. Ante el mal funcionamiento del Quick Pass que impida la lectura adecuada del dispositivo en los peajes autorizados, el Banco recibirá los dispositivos para su respectiva revisión y valoración. Durante el periodo de revisión del dispositivo, que comprende ocho días hábiles, el Banco no otorgará ningún dispositivo adicional al cliente. En caso que el Banco confirme el mal funcionamiento del dispositivo, otorgará uno nuevo sin costo en reposición al dañado, esto mientras el dispositivo no muestre señas de golpes, raspaduras, caídas, maltrato físico, fuerzas mecánicas mal aplicadas o presiones excesivas que pudiesen derivar en problemas directos o indirectos al Quick Pass, de lo contrario el cliente deberá adquirir uno nuevo cubriendo el costo del mismo. Por otra parte, el Banco se compromete a enviar un estado de cuenta mensual de las transacciones del dispositivo. La creación del Producto Prepago Quick Pass por parte del Banco fue única y exclusivamente para la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivosdicho dispositivo. El BANCO producto Prepago Quick Pass, es un producto propietario del Banco Nacional, por lo que no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión trabaja bajo ninguna franquicia (VISA o cualquier otra situación no imputable al BANCOMasterCard).
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Samples: Contrato Para La Compra Y Uso De Dispositivos Electrónicos De Telepeaje
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además El Banco asume la responsabilidad por los eventuales daños que pueda sufrir el Cliente en el SPAV o terceros exclusivamente, con motivo de lo establecido en otras cláusulas acciones u omisiones del presente documentoBanco imputables a culpa leve. El Banco no tendrá responsabilidad por los actos u omisiones de otros Bancos, El BANCO de Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor o del Banco Central de Chile, y especialmente no será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse tendrá responsabilidad por causas atribuibles al CLIENTEla veracidad, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos calidad y oportunidad de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosasinformación que éstos le proporcionen. Tampoco El Banco no se hace responsable de los daños o perjuicios originados en casos fortuitos o fuerza mayor, incluidos los que afecten a toda la interrupción o red Swift, todo lo cual es sin perjuicio de lo indicado en la cláusula segunda respecto a los mecanismos de contingencia que deberá aplicar el funcionamiento defectuoso Banco. El Cliente autoriza y faculta irrevocablemente al Banco en los términos del artículo 241 del Código de los medios Comercio para:
(i) Cargar en la(s} cuenta(s} corriente(s} que mantiene el Cliente en el Banco, que se individualiza(n} en el Anexo del "Contrato Uso de comunicaciónServicios 24 Horas - Persona Jurídica", las sumas que ordene transferir en el SPAV.
(ii) Abonar la(s} cuenta(s} corriente(s} que mantiene el Cliente en el Banco las cantidades que un tercero participante en el SPAV le transfiera.
(iii) Debitar de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá la cuenta corriente del control Cliente designada en el Anexo a este contrato, la Comisión que se devengue a favor del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza por el uso indebido Banco con ocasión de la prestación de los servicios de que trata este Contrato, como también cualquier impuesto o retención aplicable, de acuerdo con las normas tributarias pertinentes. El Cliente y el Banco reconocen y acuerdan que la ITF e instrucciones recibidas y cumplidas por parte el Banco, suscrita por los apoderados o representantes del Cliente, tiene el carácter de personas autorizadas documento que constituye medio de prueba idóneo y evidencia suficiente de la instrucción, por EL CLIENTE para operar lo que acredita fehacientemente la existencia, naturaleza y contenido de la respectiva instrucción que se efectúe en el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores SPAV.
a) Las grabaciones telefónicas que efectúen las partes, cuando ello ocurra, conforme lo indicado en la cláusula 2.B del "Contrato Uso de Servicios 24 Horas - Persona Jurídica" constituirán plena prueba y Usuarios Secundarios. En consecuenciaevidencia suficiente de los términos, EL CLIENTE asume la responsabilidad condiciones y modalidades de las operaciones ordenadas a través del servicio al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones transacciones efectuadas, los registrosbastando acompañar en juicio el dispositivo o soporte donde se encuentren almacenados. Para estos efectos, listadoslas Partes estarán irrevocablemente facultadas para grabar, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones captar y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor reproducir todas las comunicaciones efectuadas, sin perjuicio del deber de las sanciones que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones confidencialidad establecido en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCOCláusula DÉCIMO QUINTA siguiente.
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Samples: Contract for Services
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además La seguridad ofrecida para las cajas de lo establecido en otras cláusulas del presente documentoseguridad es la misma que el Banco tiene para la protección de sus propios bienes y valores. Al respecto, El BANCO no será responsable el Banco adoptará todas las medidas de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza vigilancia y control necesarias para la mejor guarda y custodia de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia cajas de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCOseguridad.
9.1. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO El Banco no se responsabiliza por el uso indebido olvido de las llaves o por el hecho de haber dejado el usuario la caja de seguridad abierta.
9.2. En caso de robo o hurto que afecte el contenido de las cajas de seguridad, el Banco asume responsabilidad por los bienes colocados en las mismas hasta la suma máxima de u$s 50.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta mil) o su equivalente en moneda argentina. Esta será la suma límite hasta la cual el Banco asume responsabilidad, renunciando el titular a reclamar al Banco cualquier otra suma que no sea la aquí indicada.
9.2.1. Si el titular deseara colocar bienes que superen dicha suma podrá hacerlo pero renunciando a reclamar al Banco cualquier otra suma que no sea la indicada en la cláusula 9.2.
9.3. En caso de producirse alguno de los servicios supuestos mencionados en la cláusula 9.2, previo a abonar al titular el importe que correspondiere hasta el monto establecido en el punto 9.2, se debitará de la misma lo que eventualmente adeude el cliente al Banco en concepto de servicio de la caja de seguridad.
9.4. El Banco, salvo lo mencionado en el apartado anterior, no responde por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume la responsabilidad contenido de las operaciones ordenadas a través cajas, ni por pérdida o daño del servicio al sistema de computación del BANCOcontenido, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas producido por EL CLIENTE excedan las facultades inundación por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor catástrofe climática, guerra, invasión, actos de las sanciones que enemigos extranjeros, hostilidades (se ocasionen para EL BANCO con ocasión haya declarado o no la guerra) guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, poder militar o usurpado o confiscación, nacional ización, requiza o destrucción de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita daño a bienes por o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera bajo la orden de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso cualquier gobierno o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión autoridad pública o local o cualquier otra situación medida o hecho que pueda clasificarse como caso fortuito o fuerza mayor o que razonablemente esté fuera del alcance del Banco impedi r su producción, siempre que el Banco hubiese adoptado los recaudos de control y seguridad exigidos por las leyes y reglamentos.
9.5. Este contrato se refiere al alquiler de las cajas de seguridad, no imputable al BANCOhabiendo ninguna obligación de guarda o depósito de los bi enes por parte del Banco.
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Samples: Contrato De Servicio
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El BANCO Banco no será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza cargos originados por el uso indebido de los servicios del Quick Pass, así como cualquier servicio relacionado directo o indirectamente con la Autopista Concesionada o autorizada, por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar lo que el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores usuario manifiesta entender y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume aceptar que cualquier reclamo o disputa deberá ser solucionada con ETC y la responsabilidad de las operaciones ordenadas Concesionaria a través del Banco. Por lo tanto, el usuario entiende y acepta que el Banco no es responsable por la debida prestación del presente servicio al sistema de computación Telepeaje, ya que la responsabilidad del BANCOBanco se limita a ligar el medio de pago que el Banco tenga a su disposición (Tarjeta de Crédito, de lo cual constituirá prueba la aseveración débito o prepago) con el dispositivo del BANCOUsuario. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como Los derechos del Banco no se verán afectados por cualquier divergencia entre el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones ETC y/o transaccionesla Concesionaria, ya que tales derechos serán independientes y autónomos, por lo que no se podrá oponer al Banco ningún reclamo que tuviera el Usuario contra ETC y/o la Concesionaria. EL CLIENTE asume De la misma forma, no es responsabilidad del Banco la cantidad xx xxxxxxxx que la Concesionada habilite para el valor de las sanciones pago mediante el Quick Pass, que en esos carriles se admita también el pago manual en efectivo, que se ocasionen generen filas o congestión de tránsito, o que deban entregar el dispositivo Quick Pass a un encargado de ETC y/o la Concesionaria para EL BANCO efectuar la transacción, ya que todos los reclamos y cualesquiera otros relacionados con ocasión la prestación del servicio y el uso del Quick Pass son responsabilidad exclusiva de transacciones duplicadas ETC y la Concesionaria. No obstante, lo anterior, mediante el Convenio suscrito entre ETC y el Banco, el segundo se encuentra facultado para canalizar dichos reclamos mediante su centro de atención al Usuario. El Banco tendrá un plazo de al menos dos (2) días hábiles para atender el reclamo o erradas en los archivos que transmita su caso para remitírselo a ETC y/o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera la Concesionaria según corresponda, la fecha de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad tránsito no debe exceder de los equipos (90) días para ser remitido a ETC según lapso establecido por los mismo, por su parte tendrá un plazo de hasta treinta (30) días hábiles para resolver el reclamo del CLIENTE para procesar y manipular la informaciónUsuario. EL BANCO El Banco no será responsable por cualesquiera atrasos de ETC y/o la administración Concesionaria en la atención de cada reclamo. El Usuario entiende y custodia acepta que todos los reclamos infundados que presente ante ETC y la Concesionaria por medio del centro de atención al Usuario del Banco generarán una sanción económica de $10 por controversia. Por “reclamos infundados” se entiende aquellos reclamos que ETC puede demostrar, mediante los Dispositivos de Autenticación Fuerterecursos que tenga a disposición, así como tampoco que el mismo no es procedente, no encuentra asidero legal, o que la transacción fue efectuada por el NO uso Cliente o implementación atribuible a éste conforme a los estipulado en este contrato. En todo caso, la formulación de estos dispositivoscualquier reclamo por parte del Usuario no lo exime del cumplimiento de las obligaciones asumidas ante el Banco. El BANCO De igual forma, el mal funcionamiento del Quick Pass, las baterías muertas o débiles, mala instalación del dispositivo, o cualquier otro hecho que imposibilite o dificulta efectuar la transacción, no asume responsabilidad exime al Usuario de la obligación de hacer el pago de las cuotas de peaje. Ante el mal funcionamiento del Quick Pass que impida la lectura adecuada del dispositivo en los peajes autorizados, el Banco recibirá los dispositivos para su respectiva revisión y valoración. Durante el periodo de revisión del dispositivo, que comprende ocho días hábiles, el Banco no otorgará ningún dispositivo adicional al cliente. En caso que EL CLIENTE el Banco confirme el mal funcionamiento del dispositivo, otorgará uno nuevo sin costo en reposición al dañado, esto mientras el dispositivo no pueda efectuar operaciones por muestre señas de golpes, raspaduras, caídas, maltrato físico, fuerzas mecánicas mal aplicadas o presiones excesivas que pudiesen derivar en problemas directos o indirectos al Quick Pass, de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCOlo contrario el cliente deberá adquirir uno nuevo cubriendo el costo del mismo.
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Samples: Contrato Para La Compra Y Uso De Dispositivos Electrónicos De Telepeaje
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas 12.1 El Banco actuará con la diligencia debida para prestar al Cliente los servicios objeto del presente documento, Contrato. El BANCO no Banco será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no menoscabos económicos que su actuación pueda haberle supuesto al Cliente cuando este perjuicio se responsabiliza derive de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta actuaciones dolosas o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza por el uso indebido de los servicios por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume la responsabilidad de las operaciones ordenadas a través del servicio al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO negligentes.
12.2 El Banco queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir con ocasión de fallos o errores en la intermediación de las órdenes causados por disfunciones en los sistemas de telecomunicaciones y/o en los medios informáticos, cuando tales situaciones no le sean imputables.
12.3 El Banco no será responsable frente al Cliente de aquellos daños o perjuicios que éste pudiera sufrir por causa de fuerza mayor o por suspensión o interrupción xxx Xxxxxxx.
12.4 El Banco no será responsable frente al Cliente o frente a terceros por las consecuencias que sobre el Servicio de Intermediación pueda tener la entrada en vigor de disposiciones normativas que afecten al funcionamiento de los mercados financieros.
12.5 El Banco queda exonerado de toda responsabilidad en los siguientes casos:
a. En el supuesto de no recibir órdenes expresas del abono Cliente, el Banco queda exonerado de toda responsabilidad que EL CLIENTE efectúa a las cuentas pueda derivarse de terceros y cualquier pérdida o daño que pudiera sufrir el Cliente como resultado de órdenes ejecutadas por el Banco por cuenta del Cliente, de conformidad con lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada previsto en la cláusula 7.3 siempre que el Banco haya actuado en buena fe.
b. Por los daños o perjuicios que pueda sufrir por EL CLIENTEcaso fortuito o causa de fuerza mayor, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTEconsiderando como tal, que tengan origen sin carácter limitativo, el retraso, fallo o que estén relacionados con el uso no autorizado suspensión o interrupción de los servicios por como consecuencia de las restricciones de energía, bloqueo de telecomunicaciones o de la red de Internet, acciones u omisiones de terceras personas ajenas al Banco, operadores de telecomunicaciones o compañías de servicios, suministro o transportes o cualesquiera otras causas o circunstancias independientes de la voluntad del Banco que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio impidan la ejecución normal del CLIENTE. EL BANCO se exonera presente contrato.
c. Por una caída de responsabilidad cuando los sistemas informáticos, fallos, retrasos e interrupciones que puedan surgir en la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de órdenes por otras partes intervinientes en el proceso para confirmar la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea ejecución de dicha orden;
d. Actos u omisiones imputables a terceras partes;
e. Incumplimiento por el Cliente de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante condiciones que se origine en le son de aplicación por virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor de las sanciones que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCO.este Contrato;
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Samples: Custody, Administration, and Intermediation of Financial Instruments Agreement
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El BANCO no será responsable de los siguientes eventos: EL El BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL El BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL El BANCO no se responsabiliza por el uso indebido de los servicios por parte de personas autorizadas o no por EL El CLIENTE para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundariossistema. En consecuencia, EL El CLIENTE asume la responsabilidad de las operaciones ordenadas a través del servicio al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL El CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador de Cuenta y los Usuarios Secundarios el (los) usuario(s) gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, elección. incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL El BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL El CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL El BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL El CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL El BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL El CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL El CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL El CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL El CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL El BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL El CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL El CLIENTE asume el valor de las sanciones que se ocasionen para EL El BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL El BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL El BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL El CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCO.
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RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El BANCO Banco no será responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza cargos originados por el uso indebido de los del Quick Pass, así como cualesquiera servicios relacionados directa o indirectamente con la Carretera San Xxxx Xxxxxxx, por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE para operar lo que el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores Usuario manifiesta entender y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume la responsabilidad de las operaciones ordenadas aceptar que cualquier reclamo o disputa deberá ser solucionada con ETC a través del servicio al sistema de computación del BANCOBanco. Por lo tanto, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador entiende y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde acepta que el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre Banco no es responsable por la debida prestación del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al presente servicio de MONEDA EXTRANJERATelepeaje, EL BANCO no será responsable ya que la responsabilidad del no procesamiento Banco se limita a realizar el cargo en la tarjeta de Crédito del Usuario siempre y cuando estén conformes a los reportes que por consumo del Quick Pass le entregue ETC. Sin embargo el Banco prestará el servicio de canalizar los reclamos presentados por sus clientes, ante las Operaciones entidades correspondientes, o en su defecto solucionarlo en caso de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidosser responsabilidad del Banco. EL BANCO Los derechos del Banco no se responsabiliza cuando personas autorizadas verán afectados por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados cualquier divergencia entre el Usuario con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones ETC y/o transacciones. EL CLIENTE asume la Concesionaria, ya que tales derechos serán independientes y autónomos, por lo que no se podrá oponer al Banco ningún reclamo que tuviera el valor Usuario contra ETC y/o la Concesionaria, tales como pero no limitados a los siguientes: a) Quick Pass Inválido: Por casos tales como que el dispositivo deje de las sanciones servir u operar correctamente, o que la antena receptora no capture el número correcto de Quick Pass, sea por lluvia, velocidad, descalibración, parabrisas metalizados, blindado, entre otros, y; b) Cobro Erróneo: Que ETC realice el cobro de algunas transacciones en forma equivocada, sea porque se presenta el cobro en forma duplicada, porque se cobra una tarifa errónea o diferente a la del tipo de vehículo del Usuario, o porque el Usuario manifiesta que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad realiza el cobro cuando existan fallas, retrasos u omisiones no transitó por la Carretera San Xxxx Xxxxxxx en la información fecha y hora en que se reporta la transacción. De la misma forma, no es responsabilidad del Banco la cantidad xx xxxxxxxx que la Concesionada habilite para el pago mediante el Quick Pass, que en esos carriles se admita también el pago en efectivo, que se generen filas o congestión de tránsito, o que deban entregar el dispositivo Quick Pass a un encargado de ETC y/o la Concesionaria para efectuar la transacción, ya que todos los reclamos y cualesquiera otros relacionados con la prestación del servicio y el uso del Quick Pass son responsabilidad exclusiva de ETC y la Concesionaria. No obstante lo anterior, mediante el Convenio suscrito entre ETC y el Banco, el segundo se encuentra facultado para canalizar dichos reclamos mediante su centro de atención al Usuario. El Banco tendrá un plazo de al menos diez (10) días hábiles para atender el reclamo o en su caso para remitírselo a ETC y/o la Concesionaria según corresponda. ETC y/o la Concesionaria, según corresponda por la incompatibilidad su parte tendrá un plazo de los equipos hasta treinta (30) días hábiles para resolver el reclamo del CLIENTE para procesar y manipular la informaciónUsuario. EL BANCO El Banco no será responsable por cualesquiera atrasos de ETC y/o la administración Concesionaria en la atención de cada reclamo. El Usuario entiende y custodia acepta que todos los reclamos infundados que presente ante ETC y la Concesionaria por medio del centro de atención al Usuario del Banco generarán una sanción económica diez dólares de los Dispositivos Estados Unidos de Autenticación FuerteAmerica ($10). El monto de la sanción será cargado al saldo de su cuenta de crédito en el caso que se determine como reclamo infundado. Por “reclamos infundados” se entiende aquellos reclamos que ETC puede demostrar, así como tampoco mediante los recursos que tenga a disposición, que el mismo no es procedente, no encuentra asidero legal, o que la transacción fue efectuada por el NO uso Cliente o implementación atribuible a éste conforme a los estipulado en este contrato. En todo caso, la formulación del Usuario de estos dispositivoscualquier reclamo no lo exime del cumplimiento de las obligaciones asumidas ante el Banco. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de líneaDe igual forma, congestión el mal funcionamiento del Quick Pass, las baterías muertas o débiles, mala instalación del dispositivo, o cualquier otra situación otro hecho que imposibilite o dificulta efectuar la transacción, no imputable exime al BANCOUsuario de la obligación de hacer pago de las cuotas de peaje a que tiene derecho la Concesionaria.
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Samples: Banking Services Agreement
RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además de lo establecido en otras cláusulas del presente documento, El EL BANCO no será responsable de los siguientes eventos: EL El BANCO no se responsabiliza de las operaciones que no puedan realizarse por causas atribuibles al CLIENTE, o a terceros tales como la falta o insuficiencia de fondos en la(s) cuenta(s) bancaria(s) del CLIENTE o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL El BANCO se tendrá como responsable por hechos de la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción o el funcionamiento defectuoso de los medios de comunicación, de dificultades laborales o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL El BANCO no se responsabiliza por el uso indebido de los servicios las funcionalidades por parte de personas autorizadas o no por EL El CLIENTE para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundariossistema. En consecuencia, EL El CLIENTE asume toda la responsabilidad de las operaciones ordenadas a través del servicio aplicativo Factor BOT al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL El CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador de Cuenta y los Usuarios Secundarios él (los) usuario(s) gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designaciónelección. El servicio podrá suspenderse por El BANCO, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones en cualquier tiempo y sin previo aviso, cuando detecte que un “Administrador de Moneda ExtranjeraCuenta” intente ingresar al sistema con otras claves de acceso, o cuando por razones de seguridad, lo considere necesario. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL El BANCO no será responsable de perjuicios de cualquier naturaleza que pueda sufrir El CLIENTE a causa xx xxxxxx telefónicas, fallas en el equipo del no procesamiento CLIENTE, fallas del operador de las Operaciones de Moneda Extranjera dado que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidosInternet, o cualquier otras, ajenas al control del BANCO. EL El BANCO no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL El CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados con el uso no autorizado de los servicios por personas que obtengan acceso a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL El BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL El CLIENTE presente alguna falla falla, generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor de las sanciones que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información por la incompatibilidad de los equipos del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso de que EL El CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCO.
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RESPONSABILIDAD DEL BANCO. Además 17.1 El Banco no es responsable de lo establecido la no ejecución o la ejecución defectuosa de una orden de pago por parte de BUX. El Banco tampoco es responsable de la no ejecución o de la ejecución defectuosa de una orden de pago por parte del Banco, excepto en otras cláusulas caso de negligencia grave o de dolo por parte del presente documento, Banco.
17.2 El BANCO Banco no será es responsable si la información sobre su CTA contenida en su Cuenta BUX es incorrecta.
17.3 El Banco solo es responsable de los siguientes eventos: EL BANCO no daños reales sufridos por usted, tal y como se responsabiliza definen en el artículo 96, Libro 6 del Código Civil, que sean consecuencia directa de un incumplimiento imputable de una obligación del Banco frente a usted. El Banco nunca es responsable de las operaciones pérdidas o daños indirectos o consecuentes, que incluyen en todo caso lucro cesante, pérdida de ahorros y otros beneficios no puedan realizarse realizados o sufridos indirectamente. Este artículo se entiende sin perjuicio de las disposiciones al respecto en el Contrato.
17.4 El Banco no es responsable de ninguna pérdida o daño de cualquier naturaleza que resulte de fuerza mayor en el sentido del artículo 75, Libro 6 del Código Civil neerlandés, que incluye, pero sin limitarse a ello, lo siguiente:
a. conflictos internacionales;
b. acciones terroristas u otras acciones violentas o armadas;
c. catástrofes naturales o medioambientales;
d. medidas adoptadas por causas atribuibles al CLIENTEcualquier gobierno nacional, tales como la falta extranjero o insuficiencia internacional;
e. medidas adoptadas por un organismo supervisor;
f. acciones de fondos boicot;
g. disturbios laborales y huelgas de terceros o del personal propio; y h. xxxxxxx en la(s) cuenta(s) bancaria(s) el suministro eléctrico, en las conexiones de comunicación o en los equipos o programas informáticos del CLIENTE Banco, de BUX o de terceros, o por causas atribuibles a terceros, tales como .
17.5 El Banco no es responsable de los daños en los sistemas telefónicos de transmisión de datos u otros cualquier tipo que estén fuera del control del BANCO. Sin limitar lo expuesto anteriormente, se acuerda en este documento que en ningún caso EL BANCO se tendrá usted sufra como responsable por hechos de consecuencia de:
a. la naturaleza, fuerza mayor, caso fortuito, daños en la maquinaria del computador con operaciones defectuosas. Tampoco se hace responsable de la interrupción no disponibilidad o el funcionamiento defectuoso incorrecto o incompleto de cualquier sitio web, sistemas, Internet y/o redes (de telecomunicaciones) del Banco o de BUX;
b. el uso de cualquier sitio web y/o malentendidos, retrasos, menoscabos de la integridad de los medios datos, o la transmisión incorrecta o incompleta de comunicaciónmensajes, o la ejecución incorrecta o incompleta de dificultades laborales órdenes por parte del Banco o cualquier otro problema similar más allá del control del BANCO. EL BANCO no se responsabiliza de BUX;
c. el hecho de que el Banco o BUX le haya proporcionado información por vía electrónica;
d. un fallo imputable a un tercero contratado por el uso indebido de los servicios por parte de personas autorizadas por EL CLIENTE Banco o BUX para operar el referido sistema incluyendo Usuarios Administradores y Usuarios Secundarios. En consecuencia, EL CLIENTE asume la responsabilidad de las operaciones ordenadas a través del servicio al sistema de computación del BANCO, de lo cual constituirá prueba la aseveración del BANCO. Lo anterior teniendo en cuenta que EL CLIENTE acepta que, tanto él, como el Usuario Administrador y los Usuarios Secundarios gozan de facultades amplias e ilimitadas otorgadas desde el momento mismo de su designación, incluidas las facultades para contraer endeudamiento a nombre del CLIENTE para operaciones de Moneda Extranjera. Si EL CLIENTE, requiere enviar operaciones de Moneda Extranjera y se presenta alguna falla que no le permita ingresar a Occired para acceder al servicio de MONEDA EXTRANJERA, EL BANCO no será responsable del no procesamiento de las Operaciones órdenes de Moneda Extranjera dado pago en el cumplimiento de las obligaciones del Banco en virtud del Contrato o de las Condiciones;
e. el hecho de que EL CLIENTE deberá enviar en forma manual las operaciones cumpliendo los requisitos de seguridad establecidos. EL BANCO BUX no se responsabiliza cuando personas autorizadas por EL CLIENTE excedan las facultades por él conferidas. EL BANCO queda exonerado de toda responsabilidad que pueda surgir del abono que EL CLIENTE efectúa a las cuentas de terceros y por lo tanto toda reclamación debe ser asumida y contestada por EL CLIENTE, salvo que medie causa imputable al BANCO. EL CLIENTE indemnizará al BANCO todos los costos y pérdidas ocasionados por EL CLIENTE, que tengan origen o que estén relacionados cumpla con su obligación según el uso no autorizado artículo 5.4; y/o
f. deficiencias de los servicios terceros contratados por personas el Banco o BUX, a menos que obtengan acceso usted pueda demostrar que, al seleccionar al tercero, el Banco o BUX no actuaron con la diligencia debida, todo ello a ellos indirectamente o por medio del CLIENTE. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando la información suministrada por EL CLIENTE presente alguna falla generando demora o no transmisión de la información. El CLIENTE menos y EL BANCO aceptan como prueba idónea de las operaciones efectuadas, los registros, listados, extractos o cualquier comprobante que se origine en virtud de las autorizaciones y/o transacciones. EL CLIENTE asume el valor de las sanciones que se ocasionen para EL BANCO con ocasión de transacciones duplicadas o erradas en los archivos que transmita o entregue al BANCO. EL BANCO se exonera de responsabilidad cuando existan fallas, retrasos u omisiones en la información medida en que cualquier pérdida real sufrida por la incompatibilidad usted sea el resultado directo de los equipos dolo o negligencia grave por parte del CLIENTE para procesar y manipular la información. EL BANCO no será responsable por la administración y custodia de los Dispositivos de Autenticación Fuerte, así como tampoco por el NO uso Banco o implementación de estos dispositivos. El BANCO no asume responsabilidad en caso que EL CLIENTE no pueda efectuar operaciones por problemas de línea, congestión o cualquier otra situación no imputable al BANCOBUX.
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Samples: Contrato De Cliente Cta