RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato de Obra en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y ejecución tanto técnica, jurídica, económica y financiera. XXXX no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior no exime al Subcontratista de su responsabilidad. El Contratista cumplirá todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de Obra, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir los perjuicios producidos por dichos daños. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.
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Samples: Contract for Works, Contract for Works, Contract for Works
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato desconocimiento del contrato en cualquiera de Obra en debida forma. La prestación objeto sus términos, de los documentos anexos que forman parte del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y ejecución tanto técnica, jurídica, económica y financiera. XXXX no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior no exime al Subcontratista de su responsabilidad. El Contratista cumplirá todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de Obra, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgadas por la IO destacadas Administración que puedan tener aplicación en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir los perjuicios producidos por dichos daños. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional y durante la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El contratista en la utilización de materiales, suministros, procedimientos y equipos para la ejecución del objeto del contrato, deberá obtener las cesiones, autorizaciones y permisos necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El contratista será responsable en la ejecución del contrato de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. El contratista está obligado al cumplimiento de las obligaciones de orden tributario, así como en lo previsto en cuantas disposiciones legales obliguen al adjudicatario por razón de la materia objeto del contrato quedando la Corporación exonerada de responsabilidad en caso de incumplimiento. Será responsable de la calidad técnica de los trabajos complementarios que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a deduzcan para la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener Administración o para terceros de las sumas omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que adeudara al Contratistapueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno se efectuará con observancia de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinenteslo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal.
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Samples: Contratación Del Suministro, Supply Contract
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es contratista será en todos los casos, responsable ante EANA de los daños y ante terceros perjuicios ocasionados por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar impericia de sus agentes u obreros, como así también de la mala fe, o falta de honestidad en el Contrato suministro o empleo de Obra los materiales. Responderá en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto todos los casos, directamente a la gestión Municipalidad y ejecución tanto técnicaa terceros de los daños producidos a las personas o a las cosas con motivo de los trabajos, jurídicacualquiera sea su causa o naturaleza, económica y financiera. XXXX quedando entendido que por ello no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior no exime al Subcontratista de su responsabilidadtendrá derecho a pedir compensación alguna. El Contratista cumplirá contratista debe tomar todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de Obra, para evitar daños a las obras que ejecuteal personal de la obra, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO destacadas en la Obra, a terceros esta misma y a los bienes de EANA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la por acción de los elementos las máquinas y herramientas, por maniobra en el obrador, o de causas eventuales; debiendo resarcir los perjuicios producidos por dichos daños. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional y durante cualquier otra causa relacionada con la ejecución de la obra. El resarcimiento de los trabajos complementarios que perjuicios que, no obstante, se realice produjeran, correrá por exclusiva cuenta del contratista.- En ningún caso la Municipalidad será responsable de los daños y perjuicios emergentes de la ocupación temporaria de la propiedad privada hecha por el contratista en el período obrador o campamento. El contratista será directamente responsable por el uso indebido de garantía. A tal efectomateriales, el Contratista deberá contar con una póliza sistemas de seguros por responsabilidad civil afectada construcción, maquinarias e implementos patentados y pondrá a cubierto a la ObraMunicipalidad de todos los gastos y costos a que diera lugar, por pudiendo hacerse efectivo del depósito de garantía o de los montos que se indiquen en el PCPcréditos‚ pendientes de cobro. El Comitente podrá retener contratista será responsable de los daños a los servicios públicos (gas, luz, cloacas etc.) cuando los mismos se realicen sin conocimiento y/o permiso de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que entidades prestatarias de los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.servicios.-
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante ADIF o terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato de Obra en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y su ejecución tanto técnicay desde el punto de vista técnico, jurídica, económica jurídico económico y financierafinanciero. XXXX ADIF no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al Subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego. El Contratista cumplirá tomará todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de ObraInspección, para evitar daños a las obras Obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO Inspección destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA ADIF o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxxXxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir . Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios producidos por dichos dañosperjuicios. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional de la Obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.. PLIEG-2017-08574610-APN-GALO#ADIFSE
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Samples: Licitación Y Contratación De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato desconocimiento del contrato en cualquiera de Obra en debida forma. La prestación objeto sus términos, de los documentos anexos que forman parte del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y ejecución tanto técnica, jurídica, económica y financiera. XXXX no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior no exime al Subcontratista de su responsabilidad. El Contratista cumplirá todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de Obra, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgadas por la IO destacadas Administración que puedan tener aplicación en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir los perjuicios producidos por dichos daños. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional y durante la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. El contratista en la utilización de materiales, suministros, procedimientos y equipos para la ejecución del objeto del contrato, deberá obtener las cesiones, autorizaciones y permisos necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El contratista será responsable en la ejecución del contrato de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. El contratista está obligado al cumplimiento de las obligaciones de orden tributario, así como en lo previsto en cuantas disposiciones legales obliguen al adjudicatario por razón de la materia objeto del contrato quedando la Corporación exonerada de responsabilidad en caso de incumplimiento. Será responsable de la calidad técnica de los trabajos complementarios que desarrolle y de las prestaciones y suministros, así como de las consecuencias que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a deduzcan para la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener Administración o para terceros de las sumas omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal objeto de tratamiento automatizado que adeudara al Contratistapueda resultar precisa para el cumplimiento del contrato, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno se efectuará con observancia de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinenteslo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal.
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Samples: Service Agreement
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante ADIF o terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato de Obra en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y su ejecución tanto técnicay desde el punto de vista técnico, jurídica, económica jurídico económico y financierafinanciero. XXXX ADIF no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al Subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego. El Contratista cumplirá tomará todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de ObraInspección, para evitar daños a las obras Obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO Inspección destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA ADIF o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxxXxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir . Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios producidos por dichos dañosperjuicios. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional de la Obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.
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Samples: Licitación Y Contratación De Obras
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. Los términos y condiciones que se establecen a continuación, se complementarán con aquellos establecidos en el Artículo N°39 de las Bases Administrativas Generales. Serán de exclusiva responsabilidad del Contratista los daños por hechos culpables o dolosos que eventualmente cauce él, su personal o subcontratistas, en las dependencias o instalaciones de EFE durante la ejecución del contrato. En consecuencia, será responsabilidad, costo y cargo del Contratista la reparación de los daños causados. El Contratista es responsable ante EANA y ante terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante declara que libera de toda responsabilidad a EFE, respecto de los daños que cause con motivo de la contratación y ejecutar el Contrato ejecución de Obra en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y ejecución tanto técnica, jurídica, económica y financiera. XXXX no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir le impone el Contratistapresente contrato, tales como daños a vehículos, lesiones a personas u otros. En caso Asimismo, el Contratista declara que se hubiera autorizado una subcontrataciónhace responsable de cualquier demanda que pueda sufrir EFE como consecuencia de la ejecución del presente contrato, debiendo asumir en estos casos la defensa de EFE, si así lo anterior estimare esta última. El estricto cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, Procedimientos, Normas y Reglamentos, Recomendaciones y la observancia de las disposiciones de los métodos oficiales de la construcción, no exime libera al Subcontratista Contratista por sí solo de esta responsabilidad, obligándose a informar anticipadamente a EFE sobre aquellas acciones que a su responsabilidadjuicio pudieran ocasionar daños o fallas en la obra o en la cercanía, proponiendo al mismo tiempo las medidas correctivas o sustitutivas. El Contratista cumplirá todas deberá resguardar los intereses de EFE de cualquier acción judicial o demanda que puedan establecer en su contra, derivada del uso o supuesto uso en relación con las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de Obra, para evitar daños a las obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxxobras, de la acción cualquier patente, modelo industrial, marca registrada u otros derechos de los elementos o propiedad industrial. El Contratista indemnizará a EFE de causas eventuales; debiendo resarcir los perjuicios producidos por dichos daños. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional y durante la ejecución de los trabajos complementarios cualquier pago que se realice en derive de dicha acción, sea ésta durante el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con desarrollo del Contrato o una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la Obra, por los montos vez que éste se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentesencuentre terminado.
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RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. El Contratista es responsable ante EANA y ante ADIF o terceros por las obligaciones y requisitos para llevar adelante la contratación y ejecutar el Contrato de Obra en debida forma. La prestación objeto del Contrato será asumida por el Contratista a su propio riesgo en cuanto a la gestión y su ejecución tanto técnicay desde el punto de vista técnico, jurídica, económica jurídico económico y financierafinanciero. XXXX ADIF no será responsable ante terceros por las obligaciones que asume o debiera asumir el Contratista. En caso que se hubiera autorizado una subcontratación, lo anterior Esto no exime tampoco al Subcontratista de su responsabilidad, quien deberá agregar al Subcontrato, una garantía de manera concordante a lo establecido en el presente pliego. El Contratista cumplirá tomará todas las disposiciones y tomará todas las precauciones necesarias o las que indique la Inspección de ObraInspección, para evitar daños a las obras Obras que ejecute, a las personas que dependan de él, a las del Comitente o de la IO Inspección destacadas en la Obra, a terceros y a los bienes de EANA ADIF o de terceros, ya sea que provengan esos daños de maniobras xxx xxxxxxxXxxxxxx, de la acción de los elementos o de causas eventuales; debiendo resarcir . Si esos daños se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios producidos por dichos dañosperjuicios. Estas responsabilidades del Contratista subsistirán hasta la Recepción Provisional de la Obra y durante la ejecución de los trabajos complementarios que se realice en el período de garantía. A tal efecto, el Contratista deberá contar con una póliza de seguros por responsabilidad civil afectada a la Obra, por los montos que se indiquen en el PCP. El Comitente podrá retener en su poder, de las sumas que adeudara al Contratista, el importe que estime conveniente hasta que los reclamos o acciones que llegaran a formularse por alguno de aquellos conceptos sean definitivamente resueltos y hayan sido satisfechas las indemnizaciones pertinentes.. PLIEG-2017-20240145-APN-GALO#ADIFSE
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Samples: Licitación Y Contratación De Obras