REVISIONES PRELIMINARES Cláusulas de Ejemplo

REVISIONES PRELIMINARES. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la LOPSRM y con la finalidad de facilitar el procedimiento de contratación, “LA CONVOCANTE” efectuará revisiones preliminares respecto a la especialidad, experiencia y capacidad, así como de la documentación distinta a la proposición, de los interesados que lo soliciten. Para tal efecto, deberán presentarse en el domicilio de “LA CONVOCANTE” en las fechas y horas señaladas en el programa de eventos del procedimiento de licitación. La revisión preliminar de la documentación mencionada en el párrafo anterior, no exime a los licitantes de presentarla en sus proposiciones, de conformidad con lo establecido en la sección III de estas bases.
REVISIONES PRELIMINARES. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la LOPSRM, con la finalidad de facilitar el procedimiento de contratación, “LA CONVOCANTE” efectuará revisiones preliminares respecto a la especialidad, experiencia y capacidad, así como de la documentación distinta a la proposición técnica y económica, de los licitantes interesados que lo soliciten. Para tal efecto, las solicitudes de revisión deberán presentarse por escrito en el domicilio de “LA CONVOCANTE” en las fechas y horas señaladas a continuación: Revisión preliminar del 24 al 25 de octubre de 2023 de 9:00 a 14:00 horas, en Eje Central Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xx. 000, Xxx. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxx X. Xxxxxx, X.X. 07730, Ciudad de México en el Edificio 2 Planta Alta, cubículo 2-112, Teléfonos: 00 (00) 0000-0000, Los licitantes podrán visitar el sitio de realización de los trabajos, durante la visita guiada por el servidor público designado por “LA CONVOCANTE” de manera que, por sí mismos y bajo su responsabilidad, los licitantes puedan obtener toda la información que pudiera ser necesaria para la preparación de sus proposiciones. Los licitantes podrán asistir a la visita conforme al programa de eventos del procedimiento de licitación, para ello deberán designar a la(s) persona(s) que, en su representación, acudirán a la visita al sitio, considerando un máximo de dos por licitante. Los licitantes que asistan a la visita al sitio no podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de videograbación, teléfonos celulares, equipos portátiles de comunicación o radiolocalizadores. Cada licitante será responsable de sus propios medios de transportación durante el recorrido al sitio objeto de la presente CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN al rubro citada, y deberán considerar que el predio donde se realizarán los trabajos puede ser irregular con diferentes pendientes, con vegetación secundaria y Arbolaria. Se recomienda asistir con vestimenta de protección contra fauna xxxxxxxxx. Todos los representantes designados por los licitantes para asistir al sitio de realización de los trabajos deberán reunirse con el servidor público designado por “LA CONVOCANTE”, quien será el representante de “LA CONVOCANTE”, en el lugar indicado en el programa de eventos del procedimiento de licitación. Adicionalmente, las personas designadas por los licitantes que visiten el o los sitios deberán sujetarse a las reglas de seguridad en vigor de “LA CONVOCANTE” y deberán utilizar invariablemente camisa de manga larga y pan...
REVISIONES PRELIMINARES. AGROASEMEX para facilitar los procedimientos de contratación efectuará revisiones preliminares de la documentación distinta a la propuesta técnica y económica de esta convocatoria, con antelación al acto de presentación y apertura de proposiciones, a partir de la fecha de la publicación y hasta un día antes, previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, en un horario de 09:00 a 13:00 hrs., en la oficina matriz de AGROASEMEX en Xx. Xxxxxxxxxxxxxx 000 XXX, Xxx. Xx Xxxxxxxx, C.P. 76030, en Querétaro, Querétaro. De conformidad con lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 36 de la LOPSRM. Para efectos de la revisión preliminar, señalada en el párrafo anterior los interesados deberán solicitar previamente una cita vía telefónica a la Subgerencia de Administración de Bienes, al teléfono (000) 0000000 Ext. 4129. Se hace la aclaración que dicha revisión no constituye una preselección de las proposiciones o una precalificación de los licitantes y tendrá el carácter de opcional. Si el LICITANTE cumple con la documentación señalada en el numeral 4.4.1, AGROASEMEX emitirá una constancia de acreditación, la cual servirá para dar como cumplimentada la presentación de los instrumentos establecidos en la documentación legal, distintos a los contenidos en los aspectos técnicos y económicos.
REVISIONES PRELIMINARES. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la LOPSRM, con la finalidad de facilitar el procedimiento de contratación, “LA CONVOCANTE” efectuará revisiones preliminares respecto a la especialidad, experiencia y capacidad, así como de la documentación distinta a la proposición técnica y económica, de los invitados interesados que lo soliciten. Para tal efecto, las solicitudes de revisión deberán presentarse por escrito en el domicilio de “LA CONVOCANTE” en las fechas y horas señaladas a continuación: Revisión preliminar del 24 al 26 xx xxxx de 2017 de 9:00 a 14:00 horas, en Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Norte No. 152, Col. Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Delegación Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07730, México, D.F. en el Xxxxxxxx 0 Xxxxxx Xxxx, xxxxxxxx 0-000, Teléfonos: 00 (00) 0000-0000, xxxxxx@xxx.xx
REVISIONES PRELIMINARES. De conformidad a lo establecido en el último párrafo del Art. 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 39 fracción III inciso
REVISIONES PRELIMINARES. Para facilitar los procedimientos de contratación, la CONAGUA efectuará revisiones preliminares respecto de la especialidad, experiencia y capacidad de los interesados, y cerciorarse de su inscripción en el registro único de contratistas a que se refiere el artículo 74 Bis de la LOPYSRM, así como de la documentación distinta a la propuesta técnica y económica, con DOS horas de anticipación al acto de recepción y apertura de proposiciones. En ningún caso se podrá impedir el acceso a quienes no se encuentren inscritos en dicho registro, por lo que los licitantes interesados podrán presentar sus proposiciones directamente en el acto de presentación y apertura de las mismas. En todos los casos, se deberá preferir la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que tengan un historial de cumplimiento satisfactorio de los contratos sujetos a la LOPYSRM. De igual manera, este criterio será aplicable a los licitantes que presenten proposiciones conjuntas. En todos los casos, se deberá preferir la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como a aquellos contratistas que tengan un historial de cumplimiento satisfactorio de los contratos sujetos a la LOPYSRM. De igual manera, este criterio será aplicable a los licitantes que presenten proposiciones conjuntas.
REVISIONES PRELIMINARES. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la LOPSRM, con la finalidad de facilitar el procedimiento de contratación, “LA CONVOCANTE” efectuará revisiones preliminares respecto a la especialidad, experiencia y capacidad, así como de la documentación distinta a la proposición técnica y económica, de los invitados interesados que lo soliciten. Para tal efecto, las solicitudes de revisión deberán presentarse por escrito en el domicilio de “LA CONVOCANTE” en las fechas y horas señaladas a continuación: 07730, México, D.F. en el Edificio xxxxxx@xxx.xx o en el Edificio xxxxxxxx@xxx.xx El invitado en la preparación de su proposición, deberá utilizar los formatos de la SECCIÓN III, DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LA PROPOSICIÓN, de esta INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, o bien, en sus formatos siempre y cuando éstos contengan todos los elementos requeridos, y preferentemente en el orden señalado. Ninguna proposición será aceptada después de la fecha y hora indicada en la invitación y en el programa de eventos de la invitación, para la presentación de proposiciones. Ninguna proposición podrá ser modificada después de su presentación. Las proposiciones que se presenten por escrito de forma presencial, deberán considerar lo siguiente:

Related to REVISIONES PRELIMINARES

  • Examen Preliminar de las Ofertas 32.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y documentación técnica solicitada en la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados y para determinar si cada documento entregado está completo. 32.2 El Comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 12.1 de las IAO;; (b) Lista de Precios, de conformidad con la Subcláusula 12.2 de las IAO; y (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 21 de las IAO, si corresponde.

  • Condiciones previas Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna. Cada entidad licitadora no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.

  • PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (Arts. 100, 101, y 116.4 d) Ley 9/17) 01 REPARACIÓN DE ESTRUCTURA 2.947.506,85 02 RENOVACIÓN DE JUNTAS 222.875,89 03 REFUERZO CIMENTACIONES 3.185.493,66 04 MEJORA SEGURIDAD VIARIA 503.694,02 05 VARIOS 77.411,44 06 SERVICIOS AFECTADOS 6.451,20 07 GESTIÓN DE RESIDUOS 36.173,92 08 SEGURIDAD Y SALUD 66.449,43 13,00 % Gastos generales 915.987,33 6,00 % Beneficio industrial 422.763,38 SUMA DE G.G. y B.I. 1.338.800,71 El cálculo de los precios de las distintas unidades de obra se ha basado en la determinación de los costes directos e indirectos precisos para su ejecución, sin incorporar en ningún caso el importe del IVA que pueda gravar las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizados. Los precios unitarios y las partidas alzadas con los que se elabora el presupuesto, se encuentran justificados en el proyecto constructivo, anejo de “justificación de precios”, donde se calculan atendiendo a los costes directos e indirectos y con adecuación a los precios xxx xxxxxxx. Para el cálculo y justificación de los precios de las distintas unidades de obra de este proyecto se parte del coste de los materiales, maquinaria y de la mano de obra, para cuyo cálculo se aplica el Reglamento General de Contratación del Estado y la Orden de 21 xx Xxxx de 1.979 de M.O.P.U., que establece la fórmula para obtención de los costes horarios de las distintas categorías laborales, así como las normas emanadas del vigente Convenio de la Construcción de la provincia de Huelva. COSTES DIRECTOS 1. MANO DE OBRA Para la determinación del coste horario de las distintas categorías laborales, en el proyecto se ha seguido la metodología del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva de 2015, vigente en el momento de la redacción, si bien se adoptaron costes por encima de dicho convenio que pudieran absorber los incrementos que pudieran producirse entre la fecha de redacción del proyecto y la de licitación y posterior ejecución de las obras. Para la determinación del coste anual de las distintas categorías hacemos uso de la expresión: COSTE ANUAL = 1,4 x A + B Donde: A = Retribución total del trabajador con carácter salarial. B = Retribución total del trabajador con carácter no salarial. El coste horario se obtiene considerando según el Convenio un total de 1.738 horas trabajadas al año. De esta forma, para cada categoría profesional, el coste horario resultante es: El vigente Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva (Boletín Oficial de Huelva núm.166 de 29 xx Xxxxxx de 2018) establece la siguiente tabla de retribución diaria: Los costes de personal considerados en el proyecto de construcción se encuentran por encima del Vigente Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Huelva (Boletín Oficial de Huelva núm.166 de 29 xx Xxxxxx de 2018): CAPATAZ 33.199,71 19.493,64 OFICIAL 1ª 29.696,56 18.586,68 OFICIAL 2ª 28.639,17 17.737,08 AYUDANTE 27.746,21 17.000,64 PEÓN ESPECIALIZADO 27.132,10 16.481,52 PEÓN ORDINARIO 26.405,64 15.878,76

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, deberá aportar los siguientes documentos: A) Documento que acredite haber constituido en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza, según corresponda, a disposición de la Administración contratante, garantía definitiva por importe del 4 por 100 del importe de adjudicación o del presupuesto base de la licitación cuando el precio del contrato se determine en función de precios unitarios. En el caso de que se prevea en el punto 20 de la carátula de este Pliego la existencia de garantías complementarias, se constituirá por la cantidad determinada al efecto. La garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o valores privados avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. También podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados o mediante contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El metálico, los títulos, los certificados, el aval o la póliza del contrato de seguro de caución se depositarán en la Tesorería General del País Xxxxx o en la del Ente Público Osakidetza. La garantía definitiva podrá ser sustituida por la certificación expedida por la Tesorería General del País Xxxxx o la del Ente Público de Osakidetza, de la existencia de la garantía global, de la suficiencia de la misma, así como de la inmovilización del importe de la garantía a constituir. B) Acreditar haber satisfecho el importe de los anuncios en Boletines Oficiales teniendo en cuenta que únicamente serán de cuenta del adjudicatario la publicación, por una sola vez, de los anuncios de los contratos en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Xxxxx.

  • FINALIDAD DEL CONTRATO La finalidad del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil es: (a) la transferencia por parte del Fideicomitente a la Fiduciaria de los recursos recibidos por concepto de Anticipo, a título xx xxxxxxx mercantil. Estos recursos son girados directamente por parte del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES a la Fiduciaria; (b) la administración de los recursos recibidos de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones del Proceso de Contratación; (c) la realización de los Pagos ordenados por el Fideicomitente con la aprobación del Interventor y/o Supervisor designado por el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES, siempre y cuando tales pagos correspondan exclusivamente a los rubros previstos en el Plan de Utilización o de Inversión del Anticipo y (d) el reintegro a la Entidad Estatal contratante por parte de la Fiduciaria de los recursos entregados por concepto de Anticipo así como sus remanentes, excedentes y/o rendimientos financieros cuando la Entidad Estatal le notifique el acto administrativo en que se declare la terminación unilateral o anticipada del Contrato Estatal, la caducidad administrativa, la nulidad del Contrato Estatal o la liquidación del Contrato.

  • Necesidad e idoneidad del contrato Los entes, organismos y entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquéllos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales. A tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato proyectado, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación.

  • Inspecciones y Pruebas 26.1 El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes y Servicios Conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el Comprador. 26.2 Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus Subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de los Bienes o en otro lugar en el país del Comprador establecido en las CEC. De conformidad con la Subcláusula 26.3 de las CGC, cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para el Comprador. 26.3 El Comprador o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la Subcláusula 26.2 de las CGC, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación. 26.4 Cuando el Proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente al Comprador indicándole el lugar y la hora. El Proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al Comprador o a su representante designado presenciar las pruebas y/o inspecciones. 26.5 El Comprador podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas. 26.6 El Proveedor presentará al Comprador un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones. 26.7 El Comprador podrá rechazar algunos de los Bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para el Comprador. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para el Comprador, una vez que notifique al Comprador de conformidad con la Subcláusula 26.4 de las CGC. 26.8 El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia del Comprador o de su representante, ni la emisión de informes, de conformidad con la Subcláusula 26.6 de las CGC, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez que sea aprobado el Informe Final de Conformidad.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.