Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, el presente convenio colectivo y demás normas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, el presente convenio colectivo Acuerdo general, los Convenios colectivos y demás normas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Samples: Convenio Colectivo De Transporte De Mercancías Por Carretera, Convenio Colectivo De Transporte De Mercancías Por Carretera
Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores trabajado- res cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción infrac- ción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carreterapresente convenio, el presente convenio colectivo II Convenio general y demás normas nor- mas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector Para Empresas De Transportes De Mercancías Por Carretera, Convenio Colectivo
Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el presente II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carreterageneral, el presente convenio colectivo los convenios colectivos y demás normas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Samples: Convenio Colectivo
Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores los/as trabajadores/as cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carreteraactual Convenio Colectivo, el presente convenio colectivo y demás normas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Transportes De Mercancías Por Carretera
Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, el presente convenio colectivo Convenio Colectivo y demás normas y pactossubsidiarias que lo complementan, tanto individuales o colectivoscomo colectivas, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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Régimen disciplinario. Son faltas las acciones u omisiones de los trabajadores cometidas con ocasión de su trabajo, en conexión con éste o derivadas del mismo, que supongan infracción de las obligaciones de todo tipo que al trabajador le vienen impuestas por el ordenamiento jurídico, el presente Convenio, el II Acuerdo General Laboral para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, el presente convenio colectivo del Sector y demás normas y pactos, individuales o colectivos, clasificándose en leves, graves y muy graves.
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