Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes: 1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días. 2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días. 3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Comercio Del Metal
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Compensation Agreement, Homologación De Balsa Salvavidas, Homologación De Balsa Salvavidas
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: leves.- Amonestación verbal. Amonestación , por escrito. Suspensión escrito y suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. b) Por faltas graves: graves.- Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: graves.- Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión del contrato de trabajo trabajo, en los supuestos en que la falta fuera calificada en su de un grado máximo.
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Samples: Convenio Laboral, Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación , amonestación por escrito. Suspensión escrito o suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince diez días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis once a sesenta cincuenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximoo despido.
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Samples: Ix Convenio Colectivo De Decathlon España, Sa, Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación , amonestación por escrito. Suspensión , suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Comercio Vario, Convenio Colectivo Del Sector De Comercio Vario
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: . Amonestación verbal. Amonestación , por escrito. Suspensión escrito y suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. b) Por faltas graves: . Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: . Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión del contrato de trabajo trabajo, en los supuestos en que la falta fuera calificada en su de un grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Estatal De Perfumería Y Afines
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. leves.- Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: graves.- Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: graves.- Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo De Comercio De Alimentación, Convenio Colectivo De Comercio De Alimentación
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : 1ª.- Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. 2ª.- Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Trabajo, Convenio Colectivo Provincial De Trabajo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximoo despido disciplinario.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para El Sector De Ortopedias Y Ayudas Técnicas, Convenio Colectivo Estatal
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : • Por faltas leves: . Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. días • Por faltas graves: . Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. días • Por faltas muy graves: . Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión resolución del contrato de trabajo mediante despido disciplinario en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: leves.- Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: graves.- Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde graves.- desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximotrabajo.
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Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión , suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. CVE-2019-929 Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. b) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo suel- do de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Mayoristas De Productos Farmacéuticos
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : 1 Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. escrito Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. dos días 2 Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. días 3 Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. ) Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. ) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. ) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión Suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la días; o despido o rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal. Amonestación , amonestación por escrito. Suspensión , suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. b) Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: Desde desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su de un grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector Comercio De Óptica Al Detall Y Talleres Anejos
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. ) Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. ) Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. ) Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : Por faltas leves: Amonestación verbal. leves.- Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: graves.- Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas falta muy graves: graves.- Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Collective Bargaining Agreement
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximomáxi- mo.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, cometida serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días días, hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas : Faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la , suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximotres días.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : Por faltas leves: Amonestación verbal. leves.- Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: graves.- Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: graves.- Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo De Comercio
Sanciones máximas. Las sanciones máximas que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. a) Por faltas leves: Amonestación amonestación verbal. Amonestación , amonestación por escrito. Suspensión , suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. b) Por faltas graves: Suspensión suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. c) Por faltas muy graves: Desde desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su de un grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión , suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. : 1ª.- Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Sanciones máximas. Las .Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: Amonestación verbal. Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres dos días.
2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de tres a quince días.
3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo
Sanciones máximas. Las sanciones que podrán imponerse en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta cometida, serán las siguientes:
1. Por faltas leves: - Amonestación verbal. - Amonestación por escrito. - Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.
2. Por faltas graves: - Suspensión de empleo y sueldo de tres cuatro a quince días.
3. Por faltas muy graves: - Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo.
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Samples: Convenio Colectivo