Sesiones del Comité Técnico Cláusulas de Ejemplo

Sesiones del Comité Técnico. El Comité Técnico sesionará en forma ordinaria conforme al calendario que se apruebe en la primera junta de cada año y en forma extraordinaria cuando resulte necesario para el debido cumplimiento de sus funciones y previa convocatoria enviada a los demás miembros del Comité Técnico conforme a la Sección 17.4 siguiente. No será necesaria dicha convocatoria cuando se encuentren reunidos la totalidad de los miembros del Comité Técnico. El Comité Técnico elegirá como Presidente (el “Presidente”) a uno de los miembros elegidos por el Administrador y como Secretario (el “Secretario”) a una Persona, quien podrá ser una Persona ajena al Fideicomiso y que no sea miembro del Comité Técnico. En caso de que el Presidente o Secretario estén ausentes en una sesión del Comité Técnico o no tengan derecho a votar en la misma en términos del presente Contrato, previo al inicio de dicha sesión, los demás miembros del Comité Técnico con derecho a votar en dicha sesión nombrarán por mayoría a un miembro con derecho a voto en dicha sesión como Presidente para dicha sesión únicamente, y a una Persona, que no requerirá ser miembro del Comité Técnico, como Secretario únicamente para dicha sesión. Salvo que el presente Contrato requiera un quorum de instalación o votación distinto, para que las sesiones del Comité Técnico se consideren válidamente instaladas, la mayoría de los miembros (o los respectivos suplentes) que tengan derecho a emitir un voto en dicha sesión deberán estar presentes, en el entendido que, si no se cumple con dicho quórum y el Comité Técnico debe reunirse en virtud de una segunda convocatoria, la sesión se considerará válidamente instalada con cualquier número de miembros presentes (o los respectivos suplentes) que tengan derecho a emitir un voto en dicha sesión. En cualquier caso, todas las resoluciones del Comité Técnico serán adoptadas por una mayoría de votos de los miembros presentes (o los respectivos suplentes) en dicha sesión que tengan derecho a votar, salvo que el presente Contrato requiera un quorum de votación distinto. En caso que, de la información presentada por el Administrador previo o durante cada sesión del Comité Técnico, o aquella información derivada de inversiones por realizar que no requieran de la autorización del Comité Técnico o Asamblea de Tenedores, se derive la posible existencia de una operación con Partes Relacionadas del Administrador, Fortem Capital o del Funcionario Clave, incluyendo, sin limitar, operaciones con compañías en...
Sesiones del Comité Técnico. El Comité Técnico de este Fideicomiso, funcionará conforme a las reglas siguientes:
Sesiones del Comité Técnico. Regla 14. En la última sesión ordinaria de cada año, deberá aprobarse el calendario de sesiones ordinarias del año siguiente. Regla 15. Corresponderá a la persona titular de la Presidencia del Comité Técnico o, por indicación de ésta a la persona titular de la Secretaría de Actas, convocar por escrito, con la anticipación prevista en los incisos e) y f) de la cláusula Séptima del Contrato de Fideicomiso, a las sesiones de dicho cuerpo colegiado, indicando el lugar, día y hora, debiendo anexar el orden del día y, en su caso, la carpeta con la información correspondiente de los asuntos a tratar, la que podrá proporcionarse a través de medios digitales. Regla 16. El orden del día de las sesiones ordinarias del Comité Técnico deberá contener como mínimo, lo siguiente: I. Verificación de quórum; II. Aprobación del orden del día; III. Seguimiento de acuerdos aprobados en sesiones anteriores; IV. Asuntos a someterse a consideración del Comité Técnico, los que deberán incluir la manifestación de la COF de que cumplen con las disposiciones aplicables; V. Informes de aplicación de recursos por parte de la UAS, UI, COA, COEES, COPCO, COS y COANF, según corresponda, con la participación que competa a la COF, y VI. Asuntos generales, en los que sólo se podrán considerar temas de carácter informativo. Regla 17. Las sesiones extraordinarias se limitarán al análisis de los asuntos para los cuales hayan sido convocadas. En virtud de lo anterior, el orden del día de este tipo de sesiones comprenderá exclusivamente los puntos siguientes, pero se sujetarán a las reglas previstas para su celebración las que rigen a las sesiones ordinarias: I. Verificación de quórum; II. Aprobación del orden del día, y III. Asuntos a someterse a consideración del Comité Técnico, los que deberán incluir la manifestación de la COF de que cumplen con las disposiciones aplicables.