SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo. b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas. d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo: 1. Certificación bancaria. 2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Suministro Energético De Electricidad Y Gas Natural, Service Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia Los Iicitadores deberán acreditar estar en posesión de Ias condiciones mínimas de soIvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican determinan en el eI apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual 24 de negociosIa C.P.C. La carencia de Ia soIvencia requerida dará Iugar a Ia no admisión de Ia oferta. Si no se concreta en Ia carátuIa eI aIcance de dicha soIvencia, o bien volumen anual Ias empresas Iicitadoras aportarán cuaIquiera de negocios en el ámbito al Ios documentos que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro reIacionan a continuación: - DecIaraciones apropiadas de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el queentidades financieras o, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación justificante de aprobación Ia existencia de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio un seguro de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil indemnización por riesgos profesionales por importe igual profesionaIes. - Las cuentas anuaIes presentadas en eI Registro MercantiI o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos eI Registro oficiaI que corresponda. Los empresarios no obIigados a presentar Ias cuentas en Registros oficiaIes podrán aportar, como medio aIternativo de concesión acreditación, Ios Iibros de obras y contabiIidad debidamente IegaIizados. - DecIaración sobre eI voIumen gIobaI de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquennegocios y, en su caso caso, sobre eI voIumen de negocios en el apartado G) del Cuadro AnexoeI ámbito de actividades correspondiente aI objeto deI contrato, referido como máximo a Ios tres úItimos ejercicios disponibIes en función de Ia fecha de creación o de inicio de Ias actividades deI empresario, en Ia medida en que aseguren la capacidad del contratista se disponga de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental Ias referencias de la suficiencia dicho voIumen de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancarianegocios.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Contrato De Suministro
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Las personas naturales o jurídicas que concurran a la licitación deberán acreditar su solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de con los medios siguientes que se especifican requisitos mínimos previstos en el apartado G) 13 del Cuadro Anexode características de este Pliego (art. 75 del TRLCSP), para lo que deberán aportar los siguientes documentos:
a) Volumen Tratándose de personas jurídicas, copia autenticada de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda, correspondientes al ejercicio en el que acredite un volumen anual de negociosnegocio (identificado como el importe neto de la cifra de negocios que figura en las Cuentas de Pérdidas y Ganancias) que alcance, como mínimo, una vez y media el valor estimado del contrato, o bien su anualidad media si la duración del contrato fuese superior a un año. Para la consecución de este requisito mínimo podrá presentar las Cuentas anuales correspondientes a cualquiera de los tres (3) últimos ejercicios concluidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas. 3 Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el reglamento del Registro Mercantil (BOE núm. 184, de 31 de julio de 1996) En caso de UTE, dicho importe debe ser alcanzado mediante la suma de las cifras de negocio de las distintas empresas que vayan a integrar la UTE, en atención a las cifras que se desprendan de sus respectivas cuentas anuales. No obstante, para que se produzca la referida acumulación, cada una de las empresas que integrarán la UTE debe acreditar mediante sus correspondientes cuentas anuales que alcanza una cifra de negocio de un veinte por ciento (20%) de la cifra requerida. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios en mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro AnexoRegistro Mercantil.
b) Patrimonio netoSi el licitador es persona natural o jurídica no empresarial, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para lo anterior se sustituirá por un justificante acreditativo de la existencia de un seguro de indemnización por riesgo profesional en el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales se incluya como límite mínimo asegurado por siniestro el importe igual o superior al exigido que figura en el apartado G) 13 del Cuadro Anexode características de este Pliego.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera Certificado acreditativo de la clasificación del contratista, si dicha clasificación se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican ha especificado en el apartado G) F del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negociosCaracterísticas o, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contratosu defecto, referido al mejor ejercicio dentro de justificación por los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido medios indicados en el apartado G) J del Cuadro Anexode Características. Cuando un contrato Certificado acreditativo de la clasificación del contratista, si dicha clasificación se divida ha especificado en lotesel apartado F del Cuadro de Características o, en su defecto, justificación por los medios indicados en el presente criterio se aplicará apartado K del Cuadro de Características. Se presentará la documentación acreditativa del cumplimiento de las normas de calidad y de gestión medioambiental exigidas en relación el apartado L del Cuadro de Características. GARANTIA PROVISIONAL Justificante de haber constituido la garantía provisional, conforme a lo especificado en el apartado G del Cuadro de Características del contrato.
A). Declaración responsable de no hallarse afectado el licitador por alguna de las prohibiciones para contratar del artículo 60 del TRLCSP y de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con cada uno de los lotesla seguridad social (art.146 del TRLCSP).
B). El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso Declaración responsable de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será ni el quelicitador o, en su caso, se establezca ninguna de las personas que forman parte de los órganos de gobierno o administración de la sociedad, están sujetos al régimen del Estatuto Regional de Actividades Políticas, Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx, en
C). A las empresas inscritas en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación Registro de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación Contratistas de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental Comunidad Autónoma de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante Región xx Xxxxxx no les será exigible la aportación de los certificados documentos establecidos en los apartados anteriores, bastando con el certificado expedido por el Registro acompañado de una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, por la que se acredite la validez y documentos quevigencia de los datos regístrales, según establece el artículo 17 del Decreto 121/2002, de entre 4 de octubre, que regula el Registro Público de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
D). Las empresas no comunitarias para poder contratar con la Administración deberán cumplir los siguientesrequisitos que establecen el artículo 55 del TRLCSP.
E). Según lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP, se determinen podrá contratar con uniones de empresarios (U.T.E.) que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, bastando, al momento de efectuar la oferta, con que cada uno de los empresarios que la componen acredite su personalidad y capacidad de obrar. Para que sea eficaz la agrupación frente a la Administración, en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaescrito de proposición de UTE, se indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
2F). Póliza o certificado Formulario de seguro por riesgos profesionalesdatos de contacto para comunicaciones, conforme al modelo que figura como anexo XI al presente pliego. Es imprescindible aportar una dirección de correo electrónico válida, que será utilizada como medio preferente de notificación.
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Samples: Contract for Maintenance Services
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por con uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) señalan a continuación: Justificante de la existencia de un seguro/propuesta de seguro de indemnización por riesgos profesionales por un importe de30.000 euros. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexoa 30.000 euros. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido a 30.000 euros. La inscripción en el apartado G) Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará frente a todos los órganos de contratación del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio sector público, a tenor de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante empresario D. con residencia en provincia xx xxxxx nº según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la aportación empresa que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato: - Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social. - En el supuesto de exigirse, declara igualmente la vigencia del Certificado de Clasificación, así como las de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. - No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los certificados y documentos quepreparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de entre Empresarios. D. con residencia en provincia xx xxxxx nº según Documento Nacional de Identidad nº Declara bajo su responsabilidad que la entidad a la que represento: No se encuentra vinculada con ninguna empresa. Está vinculada, por encontrarse en alguno de los siguientes, se determinen supuestos previstos en el apartado G) artº 42 del Cuadro Anexo:
1Código de Comercio, presentándose a la licitación con las siguientes empresas: Está vinculada, por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artº. 42 del Código de Comercio, no presentándose a esta licitación con ninguna de las empresas con las que existe dicha vinculación. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado En .............................................., a ............de seguro por riesgos profesionales.de 2014
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Samples: Contrato Servicio De Elaboración Del Plan Estratégico De Turismo De La Costa Tropical
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con los siguientes criterios que se acreditará señalen: * Se deberá acreditar que la entidad es un ESTABLECIMIENTO O ENTIDAD FINANCIERA DE CRÉDITO (EFC), que esté legalmente autorizada para formalizar contratos de arrendamiento financiero y está inscrita en el correspondiente Registro del Banco de España. D/Dña. con residencia en provincia xx xxxxx según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato: - Tener plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado, con el Ayuntamiento xx Xxxx) y con la Seguridad Social, impuestas por uno las disposiciones vigentes. - No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - En el supuesto de exigirse, declara igualmente la vigencia del Certificado de Clasificación, así como, la de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento. - No haber sido adjudicataria o varios haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) documentos preparatorios del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro por sí o mediante Unión Temporal de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades Empresarios. (Lugar, fecha y firma del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado Gproponente) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro AnexoSOLVENCIA TÉCNICA.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Suministro De Ambulancia Mediante Arrendamiento Financiero
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios En el momento de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida presentar la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidadoferta, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de acreditar la solvencia económica y financiera alternativos deberá aportar y renovar cada seis meses. Informe de Instituciones financieras con los que el participante en la negociación haya mantenido posiciones de activo o de pasivo significativas en los tres últimos ejercicios que indique al menos los siguientes extremos: o Cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito o Evaluación global de la entidad. Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de sus obligaciones de la seguridad social. Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles siniestros asociados a las actividades a desarrollar, conforme lo siguiente: o Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración contractual una póliza de Responsabilidad Civil General / Explotación en cobertura de los daños corporales, materiales y consecutivos causados en el curso de su actividad ordinaria que fueren imputables a la empresa, sus directivos, empleados (incluidos todos aquellos puestos a servicio de Ineco), agentes y subcontratistas. La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 1.000.000 EUR, sin Sublímite por víctima inferior a dicha cuantía. La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, sin perder condición xx xxxxxxx. o Adherida a la misma póliza, o como póliza independiente, deberá igualmente mantener en vigor cobertura de Responsabilidad Civil Patronal (sin Sublímite por víctima, y en caso de que lo hubiera, no inferior a 600.000 EUR) en idénticas cuantías indemnizatorias a las previamente citadas. o Asimismo, la licitadora deberá mantener póliza de Responsabilidad Civil Profesional en cobertura de los daños corporales, materiales, consecutivos y perjuicios patrimoniales puros derivados de actos u omisiones imputables a los anteriores que empleados contratados por la licitadora y puestos a servicio de Ineco para todas las categorías de actividad técnica que, contando con la aptitud legalmente necesaria, desempeñen en el marco de los contratos de consultoría, ingeniería y servicios de Ineco con sus correspondientes clientes. La cuantía suficiente se especifiquenestablece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 1.800.000 EUR. No obstante podrán requerirse importes mayores en función de los trabajos y servicios a desarrollar por la licitadora. La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, y la póliza tendrá para Ineco consideración, en su caso en el apartado G) supuesto de hecho previamente descrito, de póliza primaria. Durante y a finalización del Cuadro Anexocontrato entre Ineco y la adjudicataria, la póliza deberá cubrir los periodos de responsabilidad posteriores a la ejecución de trabajos del personal contratado, según los periodos de prescripción de responsabilidad profesional señalados por las leyes que aseguren fueren de aplicación. o La licitadora deberá presentar prueba de cumplimiento de las condiciones anteriores con carácter previo a la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental inicialización de la suficiencia prestación de servicios. Y en concreto, respecto al seguro de Responsabilidad Civil Profesional deberá proveer certificados de cobertura en caso de que Ineco los requiera. o El cumplimiento de la solvencia económica presente condición no limitará las responsabilidades de la licitadora, directivos, empleados, agentes y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación subcontratistas, debiendo responder totalmente de los certificados daños y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaperjuicios causados a Ineco o a terceros.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Construction Contract
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Se acreditará por el volumen anual de negocios del licitador , que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y ,en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, en lugar del volumen anual de negocio, la solvencia económica y financiera se acreditará podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en riesgos profesionales, vigente hasta el apartado G) fin del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y plazo de presentación de las ofertas ofertas, por importe igual no inferior al valor estimado del contrato, así como aportar el compromiso de su renovación o superior al exigido en prórroga que garantice el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno mantenimiento de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida cobertura durante toda la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador este requisito se efectuará mediante la aportación por medio de los certificados y documentos quecertificado expedido por el asegurador, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaseguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Contract for Services
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los cinco últimos concluidos deberá ser al menos: el 100% del presupuesto de licitación anual (sin IVA) en contratos de duración igual o superior a un año Se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, en lugar del volumen anual de negocio, la solvencia económica y financiera se acreditará podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en riesgos profesionales, vigente hasta el apartado G) fin del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y plazo de presentación de las ofertas ofertas, por importe igual no inferior al valor estimado del contrato, así como aportar el compromiso de su renovación o superior al exigido en prórroga que garantice el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno mantenimiento de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida cobertura durante toda la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 151 del TRLCSP. (ANEXO V) La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador este requisito se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos quepor medio del certificado expedido por el asegurador, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaseguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los caso que proceda.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Contrato De Servicio
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Los concurrentes deberán justificar la solvencia económica y financiera y técnica o profesional demostrando que cuentan con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficiente para desarrollar el objeto del contrato, lo que se acreditará por a través de uno o varios ovarios de los medios siguientes que se especifican establecidos en los artículos 75 a 79 de RDLeg. 3/2011 TRLCSP. Podrá acreditarse al menos por uno de los medios siguientes: Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Las cuentas anuales presentadas en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de negociosacreditación, o bien los libros de contabilidad debidamente legalizados. Declaración sobre el volumen anual global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al que se refiera el objeto del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de las fechas la fecha de constitución creación o de inicio de las actividades del empresario y de presentación empresario, en la medida en que se disponga de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno referencias de los lotes. El dicho volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación negocios. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores financiera, que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, efectuará mediante Declaración apropiada de entidad financiera. Se considerará que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la empresa tiene solvencia económica y financiera del licitador si se expresa que viene cumpliendo sus obligaciones con normalidad. Resguardo de haber constituido la garantía provisional. Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará por el órgano de contratación a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. Documentación acreditativa de la solvencia técnica, que se efectuará mediante la aportación los siguientes medios: - Declaración relativa a los servicios o trabajos realizados por el licitador en el periodo de los certificados y documentos quetres años anteriores, acreditando la experiencia en la realización de entre servicio de restauración de playa. - Descripción de los siguientesmedios materiales de que se dispondrá, se determinen en acompañada de la documentación justificativa correspondiente. - Indicación de las medidas de gestión medioambiental a aplicar durante el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariatiempo que dure la concesión.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Concession Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas disponibles, por importe al menos igual al presupuesto anual del contrato, considerando como tal el acumulado correspondiente a los lotes a que se licite. El volumen anual de negocios de la empresa licitadora o candidata se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrita. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Solvencia técnica o profesional Las empresas licitadoras deberán acreditar un volumen de pólizas suscritas en el ámbito del lote al que se presenten efectuado durante los tres últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al exigido 70% de la anualidad media del contrato del lote al que se licite. Se acreditará con una relación de las principales contrataciones de seguros de los últimos tres años, que incluya importe y fechas y el destinatario público o privado de las mismas, indicando: - el ámbito o ramo a que corresponde (accidentes, responsabilidad civil, automóviles..). - importe de la misma. - las fechas de inicio y finalización. - la denominación social o identidad de los destinatarios (tomador). Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Habilitación empresarial o profesional ……………………………………………………… Ser empresa aseguradora, autorizada legal y administrativamente a operar en los xxxxx a los que presenten sus ofertas de las referidas como objeto del contrato e inscrita en el apartado G) Registro administrativo de entidades aseguradoras del Cuadro Anexo. Cuando un contrato Ministerio de Economía, de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras en el Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, por el que se divida en lotes, aprueba el presente criterio se aplicará en relación con cada uno texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los lotesSeguros Privados. El volumen CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA No Grupo ………………………………………. Subgrupo ………………………………………. Categoría ………………………………………. Exigencia a las empresas no comunitarias que resulten adjudicatarias de negocios mínimo anual exigido contratos de obras de abrir una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y de inscripción en el Registro Mercantil No En procedimientos restringidos y negociados con publicidad: Criterios objetivos de solvencia con arreglo a los licitadores por referencia cuales serán elegidos los candidatos que serán invitados a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el quepresentar proposiciones ……………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Número mínimo y, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación número máximo de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos empresarios a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.invitará a participar ……………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………………………………
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Samples: Servicios
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Los licitadores acreditarán su solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios mediante alguno de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:criterios
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido a los tres últimos ejercicios Volumen anual general de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas ofertas, por importe igual o superior al exigido de 12.000€. Los licitadores deberán presentar declaración responsable. El adjudicatario lo acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el apartado G) del Cuadro Anexoregistro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Cuando un contrato se divida Los empresarios/as individuales no inscritos en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mínimo anual exigido a los licitadores mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexoregistro mercantil.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida Justificante de la obligación existencia de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido valor mínimo de 1.000.000 €. Los licitadores deberán presentar declaración responsable. El adjudicatario procederá a la acreditación de este requisito por medio de certificado expedido por el asegurador, en el apartado G) que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del Cuadro Anexo.
e) Para seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro en los contratos casos en que proceda. El seguro de concesión responsabilidad civil por riesgos profesionales habrá de obras y estar vigente, como mínimo, hasta el fin del plazo de serviciospresentación de ofertas, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquenaportando, en su caso en caso, el apartado G) del Cuadro Anexo, compromiso de renovación o prórroga que aseguren garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental Este compromiso de renovación o prórroga habrá de hacerse efectivo dentro del plazo xx xxxx días a partir de la suficiencia adjudicación. En dicha póliza, se deberá recoger expresamente al Xxxxxxx de Congresos de Valencia como Asegurado adicional (a efectos de una posible reclamación que pueda sufrir el Xxxxxxx de Congresos de Valencia con motivo de la solvencia económica y financiera actividad objeto del licitador se efectuará mediante contrato), reflejándose expresamente la aportación condición de los certificados y documentos que, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaCongresos de Valencia respecto al Tomador (a efectos de una posible reclamación xxx Xxxxxxx de Congresos de Valencia al contratista con motivo de la actividad objeto de contrato).
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Service Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios En el momento de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida presentar la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidadoferta, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de acreditar la solvencia económica y financiera alternativos deberá aportar y renovar cada seis meses. Informe de Instituciones financieras con los que el participante en la negociación haya mantenido posiciones de activo o de pasivo significativas en los tres últimos ejercicios que indique al menos los siguientes extremos: o Cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito o Evaluación global de la entidad. Declaración responsable del conocimiento del Catálogo de Conductas Prohibidas ubicado en Perfil del Contratante en la página web de Ineco. Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de sus obligaciones de la seguridad social. Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles siniestros asociados a las actividades a desarrollar, conforme lo siguiente: o Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración contractual una póliza de Responsabilidad Civil General / Explotación en cobertura de los daños corporales, materiales y consecutivos causados en el curso de su actividad ordinaria que fueren imputables a la empresa, sus directivos, empleados (incluidos todos aquellos puestos a servicio de Ineco), agentes y subcontratistas. La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 300.000 EUR, sin Sublímite por víctima inferior a dicha cuantía. La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, sin perder condición xx xxxxxxx. o Adherida a la misma póliza, o como póliza independiente, deberá igualmente mantener en vigor cobertura de Responsabilidad Civil Patronal (sin Sublímite por víctima, y en caso de que lo hubiera, no inferior a 150.000 EUR) en idénticas cuantías indemnizatorias a las previamente citadas. o Asimismo, la licitadora deberá mantener póliza de Responsabilidad Civil Profesional en cobertura de los daños corporales, materiales, consecutivos y perjuicios patrimoniales puros derivados de actos u omisiones imputables a los anteriores empleados contratados por la licitadora y puestos a servicio de Ineco para todas las categorías de actividad técnica que, contando con la aptitud legalmente necesaria, desempeñen en el marco de los contratos de consultoría, ingeniería y servicios de Ineco con sus correspondientes clientes. La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 300.000 EUR. No obstante, podrán requerirse importes mayores en función de los trabajos y servicios a desarrollar por la licitadora. La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, y la póliza tendrá para Ineco consideración, en el supuesto de hecho previamente descrito, de póliza primaria. Durante y a finalización del contrato entre Ineco y la adjudicataria, la póliza deberá cubrir los periodos de responsabilidad posteriores a la ejecución de trabajos del personal contratado, según los periodos de prescripción de responsabilidad profesional señalados por las leyes que fueren de aplicación. o Respecto al seguro de Responsabilidad civil, en el caso de que se especifiquendisponga de límites indemnizatorios, alcances o coberturas inferiores a los exigidos en su caso este pliego, para dar prueba de cumplimiento, es necesario presentar compromiso de contratación por parte de la empresa licitadora y certificado de la compañía x xxxxxxxx de seguros en el apartado G) que se indique que se emitiría en los términos requeridos en caso de resultar adjudicatarios y siempre con carácter previo al inicio del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contratoservicio. La acreditación documental o El cumplimiento de la suficiencia presente condición no limitará las responsabilidades de la solvencia económica licitadora, directivos, empleados, agentes y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación subcontratistas, debiendo responder totalmente de los certificados daños y documentos queperjuicios causados a Ineco o a terceros. o La licitadora deberá presentar un compromiso certificado por un mediador de seguros, de entre los siguientesdar cumplimiento a las condiciones anteriores con carácter previo a la inicialización de la prestación de servicios. o Ineco podrá requerir tras la adjudicación, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionalescon carácter previo o posteriormente a la inicialización de servicio, para verificar el cumplimiento.
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Samples: Legal Services Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. - Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. - Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. La solvencia económica y financiera se acreditará del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes siguientes: ANEXO III-B SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR D. con residencia en provincia xx xxxxx nº según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa que se especifican representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato: - Tener plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Universidad de Almería del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes - No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el apartado Gartículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. - No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios. (Lugar, fecha y firma del proponente) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual ANEXO III-C SOBRE 1 - CARPETA 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL. AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN D. con residencia en provincia xx xxxxx nº según Documento Nacional de negocios, Identidad nº en nombre propio o bien volumen anual de negocios la empresa a la que representa en el ámbito procedimiento de adjudicación del contrato (1): ▪ Nº Expediente: ▪ Título: Autoriza a la Universidad de Almería a solicitar la cesión de la información por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al que se refiera corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Andalucía así como con el contratoEstado a efectos del procedimiento de contratación del expediente anteriormente indicado, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles acuerdo con lo establecido en función la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las fechas Personas Físicas y otras Normas Tributarias, y demás disposiciones de constitución o de inicio de actividades aplicación. (Lugar, fecha y firma del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.proponente)
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Samples: Suministro
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes que se especifican siguientes, siendo indispensable acreditar lo exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo:la letra a):
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido a 10.000.000,00€, coincidente con la categoría establecida en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes la cláusula 4.2 en caso de que clasificación de los licitadores, referido al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado Gaño de mayor volumen de negocio de los tres (3) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio netoúltimos concluidos, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida Justificante de la obligación existencia de aprobación un seguro de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil indemnización7 por riesgos profesionales por importe igual no inferior a 6.000.000,00€ anuales hasta el fin del 5 Art. 56.1 TRLCSP. 6 Art. 21 RG. 7 Art. 11 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. plazo de presentación de ofertas, así como aportar el compromiso de renovación o superior al exigido en prórroga que garantice el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos mantenimiento de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de cobertura durante toda la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador que incluya en el Anexo III: Declaración Responsable del Licitador, un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo establecido en la cláusula 13.1.1 y 13.1.2. La acreditación documental de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la suficiencia fecha de la solvencia económica vencimiento del seguro, y financiera mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda. El volumen anual de negocio del licitador se efectuará mediante la aportación acreditará por medio de los certificados sus cuentas anuales aprobadas y documentos que, de entre los siguientes, se determinen depositadas en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Certificación bancariaLos empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Contract for Services
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios En el momento de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida presentar la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidadoferta, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de acreditar la solvencia económica y financiera alternativos deberá aportar y renovar cada seis meses. Informe de Instituciones financieras con los que el participante en la negociación haya mantenido posiciones de activo o de pasivo significativas en los tres últimos ejercicios que indique al menos los siguientes extremos: o Cumplimiento de los compromisos de reembolso de operaciones de crédito o Evaluación global de la entidad. Declaración responsable del conocimiento del Catálogo de Conductas Prohibidas ubicado en Perfil del Contratante en la página web de Ineco. Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias Certificado oficial de hallarse al corriente de cumplimiento de sus obligaciones de la seguridad social. Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los posibles siniestros asociados a las actividades a desarrollar, conforme lo siguiente: o Tener suscrita y en vigor durante todo el periodo de duración contractual una póliza de Responsabilidad Civil General / Explotación en cobertura de los daños corporales, materiales y consecutivos causados en el curso de su actividad ordinaria que fueren imputables a la empresa, sus directivos, empleados (incluidos todos aquellos puestos a servicio de Ineco), agentes y subcontratistas. La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 339.014 USD (o su equivalente a 300.000 EUR), sin Sublímite por víctima inferior a dicha cuantía. La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, sin perder condición xx xxxxxxx. o Adherida a la misma póliza, o como póliza independiente, deberá igualmente mantener en vigor cobertura de Responsabilidad Civil Patronal (sin Sublímite por víctima, y en caso de que lo hubiera, no inferior a 169.507 USD (o su equivalente a 150.000 EUR)) en idénticas cuantías indemnizatorias a las previamente citadas. o Asimismo, la licitadora deberá mantener póliza de Responsabilidad Civil Profesional en cobertura de los daños corporales, materiales, consecutivos y perjuicios patrimoniales puros derivados de actos u omisiones imputables a los anteriores empleados contratados por la licitadora y puestos a servicio de Ineco para todas las categorías de actividad técnica que, contando con la aptitud legalmente necesaria, desempeñen en el marco de los contratos de consultoría, ingeniería y servicios de Ineco con sus correspondientes clientes. La cuantía suficiente se establece en un límite indemnizatorio mínimo por siniestro de 339.014 USD (o su equivalente a 300.000 EUR). La licitadora incluirá a Ineco como asegurada adicional, y la póliza tendrá para Ineco consideración, en el supuesto de hecho previamente descrito, de póliza primaria. Durante y a finalización del contrato entre Ineco y la adjudicataria, la póliza deberá cubrir los periodos de responsabilidad posteriores a la ejecución de trabajos del personal contratado, según los periodos de prescripción de responsabilidad profesional señalados por las leyes que fueren de aplicación. o Respecto al seguro de Responsabilidad civil, en el caso de que se especifiquendisponga de límites indemnizatorios, alcances o coberturas inferiores a los exigidos en su caso este pliego, para dar prueba de cumplimiento, es necesario presentar compromiso de contratación por parte de la empresa licitadora y certificado de la compañía x xxxxxxxx de seguros en el apartado G) que se indique que se emitiría en los términos requeridos en caso de resultar adjudicatarios y siempre con carácter previo al inicio del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contratoservicio. La acreditación documental o El cumplimiento de la suficiencia presente condición no limitará las responsabilidades de la solvencia económica licitadora, directivos, empleados, agentes y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación subcontratistas, debiendo responder totalmente de los certificados daños y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaperjuicios causados a Ineco o a terceros.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Consulting Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia exigida se referirá a cada uno de los Lotes donde se pretenda concurrir por cada Licitadora. Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera: La solvencia económica y financiera financiera se acreditará acreditará, una vez adjudicado provisionalmente el concurso, por uno el medio o varios de los medios siguientes que se especifican señalan a continuación: 🗣 Mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen grupo, subgrupo correspondiente al contrato, con categoría igual o superior a su importe anual medio, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma. 🗣 Mediante el volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres cinco últimos ejercicios disponibles en función de las fechas la fecha de constitución o de inicio de las actividades del empresario y empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: - Empresas (personas jurídicas) inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las ofertas cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. - Empresas (personas jurídicas) no inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro oficial en el que deban estar inscritas. - Empresarios/as (personas físicas) inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por importe igual o superior al exigido el Registro Mercantil. - Empresarios/as (personas físicas) no inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante las declaraciones del IVA presentadas en el período citado. - Entidades sin ánimo de lucro: mediante la presentación de los libros de contabilidad en los que consten los ingresos anuales de dicha entidad (dentro del período citado) debidamente certificados por su Secretaría. Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera, en función de la documentación exigida en el apartado G) del Cuadro Anexoanterior, si cumple con el criterio o los criterios que a continuación se señalan: 🗢 Si dispone de clasificación administrativa adecuada. Cuando un contrato se divida en loteso 🗣 Si de la documentación aportada referida al volumen anual de negocios resulta que, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno volumen anual de negocios de la persona o entidad licitadora, referido al año de mayor volumen de negocio de los lotes. El volumen cinco últimos, es al menos una vez el presupuesto máximo de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo licitación sin tener en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadasel IVA.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Service Agreement
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La (art. 75 del TRLCSP): De los requisitos marcados, se exige el cumplimiento de: ☒ TODOS ellos ☐ ALGUNO de ellos ☒ Declaración sobre el volumen global de negocios o, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato. Medios de acreditación: Declaración responsable del licitador acreditando el volumen de negocios conjunto de los últimos tres (3) ejercicios cerrados disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. Este importe, considerado de manera ACUMULADA, deberá ser igual o superior al presupuesto máximo de licitación, IVA excluido, o, en el caso de existir lotes, al presupuesto máximo de licitación (IVA excluido) acumulado de los lotes a los que se licita. Si se trata de empresas de nueva creación, la solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual justificará con la cifra de negocios en el ámbito al que se refiera el del periodo correspondiente a la actividad de la empresa. ☒ Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Medios de acreditación: Declaración relativa a la existencia y vigencia actual y durante toda la duración del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles una póliza de seguro de responsabilidad civil contratada con una compañía aseguradora legalmente establecida en función España por un importe de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe suma asegurada igual o superior al exigido en el apartado G) valor estimado del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio netocontrato, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre a la disposición por parte del último ejercicio económico para el que esté vencida licitador a contratarlo con anterioridad a la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución formalización del contrato. La acreditación documental En el supuesto de concurrencia en UTE, los condicionantes anteriores vendrán referidos al conjunto de las concurrentes a la suficiencia UTE. En todo caso la inscripción en cualquier Registro Oficial de la solvencia económica Licitadores y financiera Empresas Clasificadas del licitador se efectuará mediante la aportación de Estado tendrá los certificados efectos previstos en el artículo 83 del TRLCSP y documentos que19 del Real Decreto 817/2009, de entre los siguientes8 xx xxxx, por el que se determinen desarrolla parcialmente el TRLCSP. Deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaél se acreditan (Xxxxx XX).
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: General Conditions of Contract
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La solvencia económica y financiera se empresa licitadora acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a por la acreditación de alguno de estos medios:
a) un volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los anteriores que tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se especifiquen, en su caso acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el apartado GRegistro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
b) la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del Cuadro Anexoplazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que aseguren garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo xx xxxx días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador este requisito se efectuará mediante la aportación por medio de los certificados y documentos quecertificado expedido por el asegurador, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancariaseguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Cleaning Service Contract
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) financiera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas disponibles, por importe igual o superior al exigido a 300.000,00 euros Para acreditar su solvencia económica y financiera, los licitadores deberán aportar la declaración responsable incluida como anexo IV del PCP como parte de la documentación administrativa, indicando que cumplen las condiciones exigidas. La no presentación de la declaración indicada dará lugar a un plazo de subsanación de tres días naturales conforme a lo indicado en el apartado G) 17 del Cuadro Anexocuadro resumen de este PCP. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la oferta será excluida del procedimiento. Al licitador que al adjudicatario haya presentado la mejor oferta, y en todo caso a cualesquiera otros licitadores si se considera necesario durante la tramitación del procedimiento, se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante requerirá la aportación de los certificados documentos siguientes: a. Copia de las cuentas anuales aprobadas y documentos quedepositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, correspondientes al mejor ejercicio de los últimos tres disponibles. En el caso de la constitución de una nueva Sociedad a la que no aplique todavía la obligación de depositar las cuentas en el Registro Mercantil, este requisito podrá acreditarse con la aportación de las cuentas sin depositar en el Registro Mercantil. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En las agrupaciones de licitadores se contabilizará la suma del volumen de negocios de cada una de las empresas miembros de la agrupación. En el caso de empresas extranjeras, para acreditar este requisito deberán aportar el equivalente a las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda en el país de su domicilio social b. Justificación del depósito de las cuentas anuales indicadas en el punto a) anterior en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda. Si el empresario recurre a las capacidades de otras entidades amparándose en lo dispuesto en el artículo 56.3 del RDLSE, cada una de ellas también deberá presentar la declaración responsable contemplada en el Anexo IV Bis de este PCP. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades para integrar su solvencia económica y financiera, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá aportar además el compromiso por escrito de dichas entidades de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.3 del RDLSE. En el caso de que dos o más empresas se presenten bajo el compromiso formal de constituirse en UTE, se deberá presentar una Declaración Responsable cumplimentada y firmada conforme al anexo IV de este PCP por cada una de las empresas que formen la UTE. Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se aportará el compromiso de constitución de UTE por parte de los empresarios en caso de resultar adjudicatarios, de entre los siguientes, se determinen conformidad con lo exigido en el apartado G) artículo 31.4 del Cuadro Anexo:
1RDLSE. Certificación bancariaEste compromiso será un único documento y se deberá presentar cumplimentado y firmado conforme al anexo X de este PCP.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Contract for Services
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios siguientes que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo:
a) financiera: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas disponibles, por importe igual o superior al exigido a 142.500 euros. Para acreditar su solvencia económica y financiera, los licitadores deberán aportar la declaración responsable incluida como anexo IV del PCP como parte de la documentación administrativa, indicando que cumplen las condiciones exigidas. La no presentación de la declaración indicada dará lugar a un plazo de subsanación de tres días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la oferta será excluida del procedimiento. A los licitadores que cumplan con lo especificado en el apartado G) 8 del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotescuadro resumen de este PCP, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos requerirá la aportación de la documentación acreditativa de la vigencia y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación validez de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en exigida. Copia de las cuentas anuales aprobadas y justificación de su caso depósito en el apartado G) del Cuadro AnexoRegistro Mercantil o en el registro oficial que corresponda, que aseguren la capacidad del contratista correspondientes al mejor ejercicio de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contratoúltimos tres disponibles. La acreditación documental En el caso de la suficiencia constitución de una nueva Sociedad a la que no aplique todavía la obligación de depositar las cuentas en el Registro Mercantil, este requisito podrá acreditarse con la aportación de las cuentas sin depositar en el Registro Mercantil. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En las agrupaciones de licitadores se contabilizará la suma del volumen de negocios de cada una de las empresas miembros de la agrupación. En el caso de empresas extranjeras, para acreditar este requisito deberán aportar el equivalente a las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el registro oficial que corresponda en el país de su domicilio social. Si el empresario recurre a las capacidades de otras entidades amparándose en lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, cada una de ellas también deberá presentar la declaración responsable contemplada en el Anexo IV Bis de este PCP. Cuando una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades para integrar su solvencia económica y financiera del financiera, el licitador que haya presentado la mejor oferta deberá aportar además el compromiso por escrito de dichas entidades de acuerdo con lo previsto en el artículo 145 de la LCSP. En el caso de que dos o más empresas se efectuará mediante presenten bajo el compromiso formal de constituirse en UTE, se deberá presentar una Declaración Responsable cumplimentada y firmada conforme al anexo IV de este PCP por cada una de las empresas que formen la aportación UTE. Adicionalmente a la declaración o declaraciones a que se refiere el párrafo anterior se aportará el compromiso de constitución de UTE por parte de los certificados y documentos queempresarios en caso de resultar adjudicatarios, de entre los siguientes, se determinen conformidad con lo exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1artículo 69.3 de la LCSP. Certificación bancariaEste compromiso será un único documento y se deberá presentar cumplimentado y firmado conforme al anexo XI de este PCP.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Acuerdo Marco Para Servicios De Producción De Actos Institucionales Y Eventos
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA. La Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. Solvencia Técnica: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. - Declaración sobre plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. - Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. No obstante, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea no necesitarán disponer de dicha clasificación, debiendo acreditar su solvencia técnica, económica y financiera se acreditará por uno o varios a través de los medios siguientes que se especifican de justificación recogidos en los artículos 62, 75 y 78 del TRLCSP. A los efectos previstos en el apartado Gpárrafo anterior, los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 84.1 del TRLCSP. Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios cuya relación detallada deberán incluir en la documentación que ha de acompañar a las solicitudes de participación, tal y como se estipula en la cláusula 12.2.7, y cuya disposición efectiva deberá acreditar documentalmente el licitador que resulte propuesto como adjudicatario, según se estipula en la cláusula 18.1 del presente pliego. La efectiva adscripción de tales medios a la ejecución del contrato se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223.f) del Cuadro Anexo:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios TRLCSP y en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades la cláusula 27.1 del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. El volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo será el que, en su caso, se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexopliego.
b) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
c) Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad, para aquellas sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas.
d) Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el apartado G) del Cuadro Anexo.
e) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, los medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores que se especifiquen, en su caso en el apartado G) del Cuadro Anexo, que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del licitador se efectuará mediante la aportación de los certificados y documentos que, de entre los siguientes, se determinen en el apartado G) del Cuadro Anexo:
1. Certificación bancaria.
2. Póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales.
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Samples: Cleaning Service Contract