TRABAJO EN ALTURAS Cláusulas de Ejemplo

TRABAJO EN ALTURAS. Los operarios que trabajen en alturas estarán provistos de material de prevención suficiente para eliminar el riesgo de caídas tanto de personal como de objetos. (Arnés anticaídas, escaleras de mano, andamios, plataformas elevadoras, líneas de vida, balizado de parte inferior al punto de trabajo, barandillas…) En los trabajos en altura se cumplirá con lo establecido en el REAL DECRETO 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura y demás legislación sectorial aplicable. BOE núm. 274 de 13 noviembre. Se hará especial hincapié en el correcto uso y montaje de andamios, estado y uso de escaleras de mano, estado y uso de plataformas elevadoras, correcto uso de equipos de protección individual anticaídas. Esta terminantemente prohibido hacer uso de andamios no homologados (Ej.: Andamio tipo camilla.)
TRABAJO EN ALTURAS. 10.1. Se deberá informar al Servicio de Prevención de RTVA de todos los accidente incidentes que tenga el personal de la empresa contratada. Los operarios que trabajen en plataformas a más de 2 metros de altura y/o sus equiposEn caso de producirse una situación de emergencia en las instalaciones, con aviso de alarma o sin él, todo (trípodes, focos, cámaras) estarán provistos de material de prevención suficiente parapersonal deberá parar los trabajos, dejándolos en condiciones de seguridad, desconectarán los equipos q eliminar el riesgo de caídas (arneses,-o barandillas , cables etc..). Los andamios deberán reunir las suficientes condiciones de seguridad para evitar las instrucciones de los equipos de emergencia accidentes. y ser montados por personal competente. Sólo se usaran escaleras de mano por personal formado ,una vez comprobada supudiendo ser objeto de almacenamiento alguno, ni ubicación de puesto de trabajo. estabilidad y perfecto estado (zapatas de goma, tensores, ausencia de grietas...) Se dejarán libres de obstáculos y perfectamente accesibles los extintores, bocas de incendio, pulsadores Las escaleras de mano superarán en un metro la superficie a la que se acceda. alarma, hidrantes exteriores, pasillos de evacuación etc..... Colocadas a 75º con la, horizontal.
TRABAJO EN ALTURAS. 3.1. Los operarios que trabajen en alturas estarán provistos de material de prevención suficiente para eliminar el riesgo de caídas (cinturones de seguridad, escaleras, andamios, ...).
TRABAJO EN ALTURAS. Es toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
TRABAJO EN ALTURAS. La tarea de trabajo en alturas está considerada como de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de accidentalidad y de muerte en el trabajo. Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior. Para todo tipo de trabajo el alturas que se realice para cumplir con el mantenimiento, el contratista debe garantizar que el personal sea capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas, y que cuenta con el respectivo certificado de competencias laborales en alturas expedido por el SENA o por las personas naturales o jurídicas autorizadas por la entidad. El certificado puede ser de formación según el tipo de actividad y nivel de riesgo al que este expuesto el trabajador, o en su defecto de acreditación de la competencia laboral. Para el desarrollo de las obras, el personal que ejecute las labores de trabajo en alturas deberá estar certificado en TRABAJO EN ALTURAS NIVEL AVANZADO. Dicha certificación estará sujeta a verificación por parte xxx XXXX.
TRABAJO EN ALTURAS. La tarea de trabajo en alturas está considerada como de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de accidentalidad y de muerte en el trabajo. Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior. Para todo tipo de trabajo el alturas que se realice para cumplir con el mantenimiento, el contratista debe garantizar que el personal sea capacitado, competente y calificado para las actividades con trabajos en alturas, y que cuenta con el respectivo certificado de competencias laborales en alturas expedido por el SENA o por las personas naturales o jurídicas autorizadas por la entidad. El certificado puede ser de formación según el tipo de actividad y nivel de riesgo al que este expuesto el trabajador, o en su defecto de acreditación de la competencia laboral. Para el desarrollo de las obras, el personal que ejecute las labores de trabajo en alturas deberá estar certificado en TRABAJO EN ALTURAS NIVEL AVANZADO. Dicha certificación estará sujeta a verificación por parte xxx XXXX. Documento obligatorio que tiene por objeto prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de la tarea, el cual debe ser elaborado y presentado por el contratista y debe contener como mínimo: Nombre del trabajador o trabajadores, Tipo de trabajo, Fecha y hora de inicio y terminación de la tarea, Verificación de afiliación vigente a la seguridad social, Requisitos del trabajador (requerimientos de aptitud), Descripción y procedimientos de la tarea, Elementos de protección personal, Verificación de puntos de anclaje por persona, Sistemas de prevención de caídas, equipos, de acceso para trabajo en alturas, herramientas a utilizar, etc, Observaciones, firmas de los trabajadores y del emisor. Presentado por el contratista. De carácter integral, esto es de salud ocupacional y de carácter ambiental.
TRABAJO EN ALTURAS. Nombre del Contratista:
TRABAJO EN ALTURAS. Para la realización de trabajos en alturas, El Contratista debe cumplir con las siguientes indicaciones: Los trabajadores del Contratista que realicen trabajos en alturas deben tener su respectivo certificado vigente para trabajo seguro en alturas, el cual podrán obtener mediante capacitación o por certificación en la competencia laboral. El Contratista debe entregar copia de los siguientes certificados, antes de la ejecución de las actividades en campo: • Capacitación para trabajadores operativos: Xxxxx Xxxxxxxx: 40 horas. • Capacitación para coordinador de trabajo en alturas: 80 horas certificadas de intensidad, 60 teóricas y 20 practicas. • Disponer de un coordinador de trabajo en alturas para realizar todas las actividades descritas en la resolución 1409 de 2012, además para elaborar, revisar y verificar en el sitio de trabajo el permiso de trabajo correspondiente. • El Contratista debe entregar a la Unidad de Victimas el registro de reentrenamiento anual con una intensidad horaria de 20 horas de todo trabajador que realice trabajo enalturas y en los siguientes casos: ❖ Cuando el trabajador ingrese como nuevo en la empresa. ❖ Cuando el trabajador cambie de tipo de trabajo en alturas. ❖ Cuando el trabajador haya cambiado las condiciones de operación o su actividad. • El Contratista debe presentar el certificado de aptitud médico ocupacional de cada trabajador para trabajos en alturas vigente. • El Contratista debe diligenciar el formato de Permiso de trabajos en alturas entregado por la Unidad de Victimas, antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo, el cual debe ser diligenciado por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado y verificado en el sitio de trabajo por el coordinador de trabajo en alturas. • El Contratista debe asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgo de caídas de alturas a 1,50 m o más sobre un nivel inferior, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas); este acompañante debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en el caso que sea necesario. • El Contratista debe suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal específicos para trabajos en alturas que establece la Resolución 1409 de 2012. Estos elementos y equipos de protección deben contar con una resistencia mínima de 5.000 libras (22,2 kilonewtons – 2.272 kg), certificados por las instancias competentes del nivel nacional o internacional (certifica...
TRABAJO EN ALTURAS. ● Se considera trabajo en alturas, toda tarea que exista el riesgo de caer a 1.50 mts o más sobre un nivel inferior. En el caso de la construcción de nuevas edificaciones y obras civiles, se entenderá Trabajo en altura una obra que haya alcanzado una altura de 1.80 m o más sobre un nivel inferior. ● El contratista y/o subcontratista debe contar y entregar copia de los certificados de capacitación para trabajo seguro en alturas vigente y en el nivel correspondiente (Avanzado para el operario y Coordinador para trabajo en alturas) ● El contratista y/o subcontratista debe diligenciar su propio formato de permiso para trabajos de alto riesgo (alturas, espacios confinados, electricidad, caliente), antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo, en el cual debe participar el trabajador contratista o subcontratista autorizado, y por el coordinador de trabajo en alturas (HSE) quienes realizaran las respectivas firmas. ● El contratista debe disponer de formato ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas. ● El contratista y/o subcontratista debe disponer de un coordinador de trabajo en alturas para realizar todas las actividades descritas en la resolución 1409 de 2012, además para elaborar, revisar y verificar en el sitio de trabajo el permiso de trabajo correspondiente. ● Asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgo de caídas de alturas, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas); este acompañante debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en caso que sea necesario.

Related to TRABAJO EN ALTURAS

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Los TRABAJOS objeto de este contrato se consideran , los cuales deberán reunir las características y especificaciones de la propuesta técnica y económica del CONTRATISTA; y su realización se ajustará a las normas mencionadas en la declaraciones II.6 y II.7 del CONTRATISTA, y a las disposiciones legales y administrativas sobre equilibrio ecológico y protección del ambiente y a las determinaciones de las autoridades competentes.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Todo lo necesario para su funcionamiento. REQUERIMIENTO DE ENERGÍA: Voltaje de alimentación 220 VAC/ 50 Hz. DESCRIPCIÓN : RX ARCO EN C Característica Propuesta (**) Según condiciones generales correspondientes CANTIDAD: 1 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Sistema radio quirúrgico de plataforma quirúrgica general, con intensificador de imagen de 9 pulgadas con dos monitores de grado medico LCD de 19”. Permite hacer fluoroscopia y radiografía para aplicaciones en procedimientos quirúrgicos generales incluyendo: Ortopedia, Trauma, Urología, Cirugía general, implante de marca paso, Vascular, Abdomen Tórax, Cabeza, Columna, y otras aplicaciones en donde se requiere Fluoroscopia normal y fluoroscopia pulsada. Unidad de control, transformador de alta tensión, intensificador de imagen, sistema de vídeo, posicionador mecánico con ruedas, gabinete móvil adicional con soporte para 2 monitores. Reporte de dosis GENERADOR XX XXXXX-X Generador digital compacto de alta frecuencia Generador monobloque digital compacto de anodo rotatorio con potencia de 5 Kw o mayor Fluoroscopia Normal: Rango aprox. de Kvp: 40 – 110; Rango aprox. de mA: 0.1 – 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia de Alto Nivel: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 0,2 - 4mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Fluoroscopia Pulsada: Rango aprox. de Kvp: 40 – 120; Rango aprox. de mA: 8 – 12mA Modos de fluoroscopia Manual y/o Automático Reducción de la dosis de radiación para el paciente y el operador. Radiografía convencional: Rango de mA: 20 mA o mayor (fijo o variable). Tiempo de exposición controlado automáticamente. TUBO XX XXXXX-X Tubo xx xxxxx-x con ánodo rotatorio, punto focal fino de 0.3mm o menor y punto focal grueso de 0.6mm o menor COLIMADOR Colimador tipo iris Obturador paralelo xx xxxxx posición. CADENA DE IMAGEN Intensificador de imagen con 3 campos: de acuerdo al fabricante, que permiten al operador visualizar adecuadamente la anatomía relevante con excelente calidad de imagen a baja dosis, con resolución central mínima en el monitor DQE >=de 65%. Cámara tipo CCD (Charge Coupled Device) 1024 x 1024, al menos de 14 bits o tecnología superior Rotación Motorizada de la imagen de acuerdo a fabricante 2 Monitores de video de alta resolución LCD de 19” o mayor montados en una base. PROCESAMIENTO DIGTAL DE IMAGENES Selección automática de la técnica óptima de imagen. Posibilita calidad de imagen uniforme dentro del campo de visión. Simplifica la operación Ajuste Automático de brillo y contraste para lograr una alta calidad de imagen. Ajuste manual de brillo y contraste Inversión de la imagen Izquierda/Derecha Rotación de imagen Imagen negativa Memoria digital de 100.000 imágenes, mínimo Capacidad de congelar y mantener la última imagen adquirida en monitor en ausencia xx xxxxx-X (Hold Last Image) Ampliación y recorrido de la imagen ampliada (Zoom y roam). Transferencia de imágenes de un monitor hacia el otro. Intercambio de la imagen derecha/ izquierda Rotación de la imagen 360° Inversión de la imagen hacia arriba y hacia abajo Auto grabado de imagen. Conectividad: Puerto USB Conectividad DICOM versión 3.0: como mínimo: DICOM send o store query/retrieve; DICOM print; DICOM worklist Capacidad de almacenamiento, unas 100.000 imágenes en formato DICOM Unidad de grabación DVD, CD-R que grabe el visor DICOM INTERFASE DE USUARIO Controles multifunción: Interruptor de pie sencillo Interruptor de mano Anotación el teclado alfanumérico y ratón Directorio de imágenes multipropósito: Recuperación y revisión de imágenes Creación de copia impresa Copia y Borrado de imágenes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Brazo en C SID aproximado de (Distancia Foco. Film):980mm Desplazamiento vertical aproximado 400 mm o mayor motorizado Desplazamiento horizontal aproximado 200mm o mayor ACCESORIOS: Cinco juegos de cobertores estériles tanto para el intensificador de imágenes como para el tubo xx xxxxx x y el Arco en C La oferta debe incluir todos los accesorios necesarios para la puesta en funcionamiento.