Common use of Términos de pago Clause in Contracts

Términos de pago. (a) El Proveedor emitirá una factura a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridad.

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Samples: Términos Y Condiciones De Compra

Términos de pago. 4.1. Xxxxxx pago se considerará recibido hasta que el Vendedor haya recibido los fondos enteramente liberados. El pago es exigible y pagadero en la fecha y de conformidad con los términos e instrucciones de pago señaladas en la Confirmación de Orden o la factura del Vendedor (ala fecha que fuera anterior) El Proveedor emitirá una factura a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega pero el Vendedor podrá solicitar pago por anticipado del precio de los Bienes y/o carta de crédito proporcionada conforme a satisfacción la Cláusula 4.4 y/u otra forma de GIMSAgarantía de pago antes del envío en las circunstancias descritas en la Cláusula 11.3 u otra forma a discreción del Vendedor. Si ni la Confirmación de Orden ni la factura del Vendedor, ni ningún otro acuerdo entre el Vendedor y únicamente el Comprador señala una fecha en que deba realizarse el pago, el pago íntegro será pagadero dentro de conformidad con los 30 días de la presente fecha de recepción por el Comprador de la factura del Vendedor que ampare los Bienes correspondientes. El Vendedor estará facultado a recuperar el pago total de los Bienes sin ninguna deducción incluyendo lo relativo al IVA u otros impuestos, sin que obste que la propiedad respecto de cualesquiera de tales Bienes no hubiera pasado del Vendedor al Comprador. Cuando se otorgue un descuento en la Confirmación de Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, tal descuento será autorizado mediante la realización del pago en la fecha de vencimiento (o una fecha anterior señalada en la Confirmación de Orden para fines de la obtención del descuento) y tal descuento será rescindido o cancelado por el Vendedor si el pago no se realiza en la fecha de vencimiento, en cuyo caso el Proveedor monto total sin ningún descuento será pagadero por el Comprador. 4.2. Los pagos recibidos serán acreditados contra la factura pendiente de pago más antigua, más cualquier interés devengado sobre la misma en virtud de un pago tardío. El Vendedor podrá volver compensar 4.3. Si el Vendedor no recibe algún pago para la fecha de vencimiento señalada en la Confirmación de Orden, el Comprador pagará al Vendedor un cargo por xxxx y no como una penalización, sobre el saldo insoluto a presentarlaspartir de la fecha de vencimiento indicada en la Confirmación de Orden del Vendedor o en la factura y hasta que el pago sea efectivamente recibido por el Vendedor, conforme a una tasa igual al 18% por año. Las facturas emitidas El Comprador compensará al Vendedor cualquier pérdida cambiaria sufrida por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicablesel Vendedor como resultado del incumplimiento del Comprador de pagar en la fecha debida, por lo que GIMSA o bien, cuando el Comprador no pague en la divisa señalada en la Confirmación de Orden. 4.4. En las circunstancias descritas en la Cláusula 11.3 o de otra forma a discreción del Vendedor, el Vendedor tendrá el derecho de despachar los Bienes para solicitar al Comprador que obtenga y mantenga una carta de crédito irrevocable a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas nombre del Vendedor a satisfacción del Vendedor. La carta de crédito será: (i) confirmada por otras que cumplan un banco aceptable para el Vendedor, (ii) estará vigente por un periodo mínimo de seis (6) meses; y (iii) en un monto equivalente a la exposición total del Vendedor bajo el Contrato, incluyendo, sin limitación, el precio pagadero por los Bienes (junto con cualquier impuesto o arancel aplicable) y los riesgos asociados con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con Bienes. Los procedimientos de ejecución bajo la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute carta de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido crédito serán determinados únicamente por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadVendedor.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta

Términos de pago. 4.1. Xxxxxx pago se considerará recibido hasta que el Vendedor haya recibido los fondos enteramente liberados. El pago es exigible y pagadero en la fecha y de conformidad con los términos e instrucciones de pago señaladas en la Confirmación de Orden o la factura del Vendedor (ala fecha que fuera anterior) El Proveedor emitirá una factura a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega pero el Vendedor podrá solicitar pago por anticipado del precio de los Bienes y/o carta de crédito proporcionada conforme a satisfacción la Cláusula 4.4 y/u otra forma de GIMSAgarantía de pago antes del envío en las circunstancias descritas en la Cláusula 11.3 u otra forma a discreción del Vendedor. Si ni la Confirmación de Orden ni la factura del Vendedor, ni ningún otro acuerdo entre el Vendedor y únicamente el Comprador señala una fecha en que deba realizarse el pago, el pago íntegro será pagadero dentro de conformidad con los 30 días de la presente fecha de recepción por el Comprador de la factura del Vendedor que ampare los Bienes correspondientes. El vencimiento del pago es esencial. El Vendedor estará facultado a recuperar el pago total de los Bienes sin ninguna deducción incluyendo lo relativo al IVA u otros impuestos, sin que obste que la propiedad respecto de cualesquiera de tales Bienes no hubiera pasado del Vendedor al Comprador. Cuando se otorgue un descuento en la Confirmación de Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, tal descuento será autorizado mediante la realización del pago en la fecha de vencimiento (o una fecha anterior señalada en la Confirmación de Orden para fines de la obtención del descuento) y tal descuento será rescindido o cancelado por el Vendedor si el pago no se realiza en la fecha de vencimiento, en cuyo caso caso 4.2. Los pagos recibidos serán acreditados contra la factura pendiente de pago más antigua, más cualquier interés devengado sobre la misma en virtud de un pago tardío. El Vendedor podrá compensar cualesquiera sumas recibidas del Comprador contra cualquier deuda debida al Vendedor por el Proveedor Comprador, independientemente de cualquier distribución o determinación pretendida por el Comprador. El Comprador no podrá volver retener el pago de ninguna factura u otra cantidad debida al Vendedor con motivo de cualquier derecho de compensación, reconvención, descuento, deducción, retención, reembolso o cualquier otro motivo que el Comprador pudiera tener o alegar tener ni por ninguna otra circunstancia. 4.3. Si el Vendedor no recibe algún pago para la fecha de vencimiento como se señala anteriormente, el Comprador pagará al Vendedor un cargo por xxxx y no como una penalización, sobre el saldo insoluto a presentarlas. Las facturas emitidas partir de la fecha de vencimiento hasta que el pago sea recibido efectivamente por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicablesel Vendedor, conforme a una tasa igual al 10% por año o la entonces tasa legal al momento efectivo del pago conforme a la ley inglesa, lo que GIMSA sea que fuere mayor. El Comprador compensará al Vendedor cualquier pérdida cambiaria sufrida por el Vendedor como resultado del incumplimiento del Comprador de pagar en la fecha debida, o bien, cuando el Comprador no pague en la divisa señalada en la Confirmación de Orden. 4.4. En las circunstancias descritas en la Cláusula 11.3 o de otra forma a discreción del Vendedor, el Vendedor tendrá el derecho de despachar los Bienes para solicitar al Comprador que obtenga y mantenga una carta de crédito irrevocable a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas nombre del Vendedor a satisfacción del Vendedor. La carta de crédito será: (i) confirmada por otras que cumplan un banco aceptable para el Vendedor, (ii) estará vigente por un periodo mínimo de seis (6) meses; y (iii) en un monto equivalente a la exposición total del Vendedor bajo el Contrato, incluyendo, sin limitación, el precio pagadero por los Bienes (junto con cualquier impuesto o arancel aplicable) y los riesgos asociados con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con Bienes. Los procedimientos de ejecución bajo la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute carta de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido crédito serán determinados únicamente por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadVendedor.

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Samples: Sales Contracts

Términos de pago. El Vendedor se reserva el derecho de solicitar el pago por adelantado o contra entrega y, de modificar los términos de crédito si la solvencia del Comprador no cumple la aceptación del Vendedor. A menos que expresamente se establezcan términos de pago diferentes en el formulario de cotización aplicable o ventas o en la constancia de orden o el Manual de Políticas de Ventas, las mercaderías se facturarán en el momento del envío. El pago se realizará en la moneda local del lugar donde se encuentre la oficina del Vendedor y al cual se haya enviado la orden. El pago total vence en el término de (a30) días de la fecha de la factura salvo que se establezca lo contrario en la documentación del Vendedor. En caso de que no se efectúe el pago cuando venza, el Comprador acepta pagarle al Vendedor un cargo por servicio o un cargo financiero correspondiente a la menor de las siguientes opciones: (i) uno y medio por ciento (1,5%) por mes (18% por año), o (ii) la tasa más alta permitida por las leyes aplicables sobre el saldo impago de la factura desde la fecha de vencimiento de la factura en adelante. El Proveedor emitirá Comprador es responsable de todos los costos y gastos asociados con cualquier cheque devuelto debido a fondos insuficientes. Todas las ventas a crédito están sujetas a la aprobación previa del departamento de crédito del Vendedor. Los envíos de exportaciones requerirán el pago antes del envío o una factura Carta de Crédito adecuada. Si, durante el cumplimiento del Contrato con el Comprador, la responsabilidad o la situación financiera del Comprador es tal que el Vendedor, de buena fe, se considera inseguro, o si el Comprador se vuelve insolvente, o se produce un cambio significativo en la titularidad del Comprador, o el Comprador no realiza ningún pago de conformidad con los términos de su contrato con el Vendedor, el Vendedor no está obligado a cargo continuar con el cumplimiento de GIMSA una vez concluida conformidad con el contrato y podrá detener el tránsito de las mercaderías y diferir o rechazar la entrega de las mercaderías, salvo que reciba una garantía satisfactoria o pagos en efectivo por adelantado, o el Vendedor puede poner fin a la orden previa notificación por escrito al Comprador sin más obligaciones para con el Comprador de ningún tipo. Si el Comprador no realiza pagos ni entrega una garantía satisfactoria al Vendedor, el Vendedor también tendrá derecho de exigirle el pago del precio total del contrato correspondiente al trabajo completado y en proceso. Ante el incumplimiento del pago por el Comprador cuando este venza, el Comprador le deberá pagar de inmediato y sin reclamos al Vendedor la totalidad de las sumas impagas por todo envío realizado al Comprador, independientemente de los Bienes a satisfacción términos de GIMSA, dicho envío y únicamente de que tales envíos se hubieran realizado de conformidad con la el presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir Contrato o con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito compraventa entre el Vendedor y el Comprador elija aprovechar dicha ofertaComprador, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, como deuda para el día 25 del mesVendedor, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pagoVendedor puede retener todos los envíos posteriores hasta que se satisfaga la suma total. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido La aceptación por el Proveedor por Vendedor de menos que el pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro total no constituirá una renuncia a ninguno de los 15 días posteriores a la fecha derechos que le correspondan en que virtud del presente documento. El Comprador no cederá ni transferirá este Contrato ni ningún derecho sobre él, ni tampoco dinero adeudado en función de este Contrato, sin el Comprador haya recibido consentimiento escrito del Vendedor, y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte toda cesión realizada sin tal consentimiento será nula y carecerá de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadvalidez.

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Samples: Sales Contracts

Términos de pago. (a) Se podrá abonar la totalidad de la cuantía xxx xxxx contratado o abonar cada una de las sesiones que se vaya a realizar, de manera independiente o mediante el pago recurrente de las mismas. En caso de abonar las sesiones puntualmente, el pago deberá hacerse siempre con, al menos, 24 horas antes de la ejecución de cada una de las mismas. Queda excluida la posibilidad de realizar el abono en metálico, teniendo que formalizarse a través del sistema STRIPE habilitado en la página web o mediante transferencia bancaria realizada en la siguiente cuenta abierta en CAIXABANK: ● XX00 0000 0000 0000 0000 0000 DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AFILIADO: Con la suscripción del presente contrato EL AFILIADO se obliga y adquiere los derechos y deberes que a continuación se enumeran: El Proveedor emitirá afiliado tiene derecho a un plan de entrenamiento personalizado El afiliado tiene derecho a sugerir cambios en su plan de entrenamiento, por razones de salud El afiliado tiene derecho a acceder a las instalaciones que a tal efecto ponga a su disposición ESTUTRAINER. El afiliado tiene derecho a terminar unilateralmente el presente contrato, sin derecho de indemnización ninguno El afiliado se compromete a respetar el documento suscrito, junto a lo establecido en los demás reglamentos relativos a las actividades físicas específicas, así como a seguir las indicaciones y pautas marcadas por los profesionales para la ejecución de las sesiones interesadas El afiliado se obliga a facilitar su documento nacional de identificación, datos personales y de contacto requeridos por el PRESTADOR El afiliado se compromete a suministrar al PRESTADOR información completa y veraz sobre su estado de salud, antecedentes médicos, o sobre cualquier limitación, lesión, contraindicación, enfermedad o patología declarada y/o sobrevenida RECOMENDACIONES: Se requiere que los clientes observen las normas del centro, recomendándose el uso xx xxxxxxx y ropa adecuada, una factura toalla y un candado. Los clientes tienen derecho a cargo finalizar un ejercicio determinado o tabla de GIMSA una vez concluida la entrega ejercicio en cualquier momento, no necesitando permisos para parar su ejecución en caso de necesidad xx xxxxx agua o tener que ir al servicio. Si un determinado ejercicio es doloroso para el AFILIADO deberá comunicarlo al entrenador para que pueda cambiarlo por otro que se adecue a sus necesidades. El entrenador le enseñará cómo trabajar sus músculos correctamente y le animará a llegar hasta el límite de seguridad; siendo el alcance de los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondienteobjetivos responsabilidad del AFILIADO. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridad.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

Términos de pago. El término de pago para cualquier orden es de treinta (a30) El Proveedor emitirá una factura días a cargo partir de GIMSA una vez concluida la entrega fecha de los Bienes a satisfacción facturación al Comprador en pesos moneda nacional o al tipo de GIMSA, y únicamente cambio publicado por Banco de conformidad México en el Diario Oficial de la Federación el día en que haya de cumplirse con la presente Ordenobligación de pago. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, Todas las entregas estarán sujetas a la aprobación del Departamento de Crédito del Vendedor. El Vendedor se reserva el derecho de solicitar el pago en cuyo caso efectivo o de solicitar del Comprador que proporcione garantías adicionales que respalden el Proveedor podrá volver a presentarlaspago antes de realizar cualquier entrega en los TÉRMINOS Y CONDICIONES de este instrumento. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA El Vendedor tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta de dar por terminado el pedido u Orden de Compra en cualquier momento y mediante notificación por escrito al Comprador o bien estará facultado para suspender futuros pedidos con el Comprador en caso de que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan el Comprador incumpliera o dejare de realizar cualesquier exhibición o pago pendiente o no proporcione garantías de pago suficientes o satisfactorias para el Vendedor o si el Comprador no cumple con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fecualesquier otra estipulación del presente instrumento. El Proveedor deberá seguir cumpliendo Comprador cubrirá todos los gastos, incluyendo honorarios relacionados y aquellos en que se incurra con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo motivo de la cobranza o recolección de cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OCdeuda o pago pendiente, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento incluido pero no limitativo al pago por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, adelantado o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes alguna otra garantía de pago. En el caso de pedidos para herramentalSi algún pago o deuda al Vendedor no fuera pagada a tiempo, el Compradortendrá derecho ésta generará un interés moratorio a cualquier descuento ofrecido razón del 3.02% (tres punto cero dos por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a ciento) mensual desde la fecha en que el Comprador haya recibido se adeuda y aceptado el herramental facturadohasta la fecha en que sea cubierta la obligación de pago. GIMSA no acepta por parte Si hubiera situación de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales incumplimiento por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o Comprador, el Vendedor podrá solicitar en cualquier Addendum tiempo pagos en efectivo por adelantado o contrato celebrado con posterioridadgarantías adicionales para futuras entregas y para los Productos hasta el momento enviados. Si tal pago o garantía no fuera proporcionado, además de los derechos y acciones que tiene el Vendedor, éste estará facultado para interrumpir las entregas de los Productos solicitados por el Comprador. Asimismo, el Comprador deberá pagar al Vendedor un interés moratorio sobre saldos insolutos del 3.02% (tres punto cero dos por ciento) mensual, que se generará desde la fecha de exigibilidad de la obligación de pago correspondiente hasta la fecha de su total liquidación.

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Samples: Términos Y Condiciones

Términos de pago. Fecha de vencimiento del pago. El Vendedor puede facturar al Cliente por los Productos y Servicios antes, durante o en cualquier momento después de la finalización de la entrega. El pago vencerá a más tardar 30 (atreinta) El Proveedor emitirá una factura días naturales después de la fecha de la factura, a cargo menos que se especifique un periodo de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida tiempo diferente en la Ordenfactura o se comunique al Cliente por escrito. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena feLos envíos parciales se pueden facturar por separado. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden Vendedor puede enviar facturas electrónicamente y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución no está obligado a proporcionar una disputa relacionada con esta Ordencopia impresa de la factura. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado Moneda de la Factura, Corrección y Pago Los pagos deben realizarse en la moneda señalada especificada en la OCfactura o según lo establecido en el Acuerdo, misma y deben realizarse en su totalidad y en fondos compensados mediante transferencia electrónica de fondos a una cuenta bancaria designada por escrito por el Vendedor. A menos que el Vendedor acuerde lo contrario por escrito, no se permite el pago con tarjeta de crédito. Si el Vendedor establece un portal de pago, el Cliente deberá coincidir pagar al Vendedor a través de dicho portal, si así lo indica el Vendedor. Las disputas relacionadas con las facturas deben ser de buena fe y estar acompañadas de información complementaria detallada y se consideran renunciadas 15 (quince) días naturales después de la fecha de la factura. El Vendedor se reserva el derecho de corregir cualquier factura inexacta. Cualquier factura corregida debe pagarse antes de la fecha de vencimiento del pago de la factura correspondiente. (b) En caso que original o el plazo de pago incluido en la factura corregida, lo que ocurra más tarde. El Cliente debe pagar el importe no impugnado de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre dentro de la fecha de vencimiento del pago de la factura original o el día 1ro y el 15 del mismo mesplazo de pago incluido en la factura corregida, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pagolo que ocurra más tarde. En el caso de pedidos para herramentalque haya un pago en exceso, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido importe pagado en exceso se compensará con las facturas futuras emitidas por el Proveedor Vendedor o se reembolsará de otro modo en los términos que determine el Vendedor. Todos los importes adeudados en virtud del Acuerdo se pagarán en su totalidad sin ninguna compensación, contra reclamo, deducción o retención (que no sea ninguna deducción o retención de impuestos según lo requiera la Ley Aplicable). Pago atrasado. Si el Cliente no cumple oportunamente con sus obligaciones de pago hacia el Vendedor o cualquiera de las afiliadas del Vendedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro cualquier importe no impugnado, independientemente de los 15 días posteriores a la fecha si se establece en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos Acuerdo o cualquier otro tipo contrato con el Vendedor o cualquiera de las afiliadas del Vendedor, el Vendedor puede, a discreción exclusiva del Vendedor y hasta que se hayan pagado todos los importes pendientes y los cargos adicionales por xxxx, si los hubiere: (1) quedar exento de sus obligaciones con respecto a las garantías, incluidos, entre otros, los plazos de entrega, el apoyo para la provisión de repuestos y los plazos de entrega en virtud de cualquier contrato (incluido el Acuerdo); (2) negarse a procesar cualquier crédito al que el Cliente pueda tener derecho en virtud de cualquier contrato (incluido el Acuerdo); (3) compensar cualquier crédito o suma adeudada por el Vendedor o cualquiera de las afiliadas del Vendedor al Cliente con cualquier importe no impugnado adeudado por el Cliente al Vendedor o cualquiera de las afiliadas del Vendedor, incluidos, entre otros, los importes adeudados en virtud de cualquier contrato (incluido el Acuerdo) entre las Partes o con las afiliadas del Vendedor; (4) retener el cumplimiento y los envíos futuros al Cliente a los que el Vendedor o cualquiera de las afiliadas del Vendedor estén obligados en virtud de cualquier contrato (incluido el Acuerdo); (5) declarar al Cliente en incumplimiento y rescindir el Acuerdo y cualquier otro contrato con el Vendedor o cualquiera de sus afiliadas; (6) recuperar Productos por los que no se haya realizado el pago; (7) entregar envíos futuros bajo cualquier contrato (incluido el Acuerdo) sobre la base de un pago en efectivo con pedido o en efectivo por adelantado; (8) incluir cargos por pago atrasado sobre los importes pendientes a una tasa del 2 % por mes o la tasa máxima permitida por la Ley Aplicable, si es menor, para cada mes o parte del Proveedor mismo; (9) cobrar tarifas de almacenamiento o mantenimiento de inventario sobre los Productos; (10) recuperar todos los costos de cobranza, incluidos, entre otros, los honorarios razonables de abogados; (11) si el Cliente no cumple con el pago según un programa de pago, acelerar todos los pagos restantes y declarar el saldo pendiente total en ese momento exigible y pendiente de pago; (12) implementar que cualquier bonificación por volumen de negocios o esquema de descuento solo se adeude y sea pagadero después de que el Cliente haya cumplido con todas sus obligaciones para con el Vendedor; (13) exigir al Cliente que pague los costos judiciales y extrajudiciales en los que incurra el Vendedor, que ascenderán a no estén estipulados menos del equivalente al 15 % de la suma pendiente, con sujeción a un importe mínimo de 250 EUR, o su equivalente en moneda local, o la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadtasa máxima permitida por la Ley Aplicable, si es menor; y (14) combinar cualquiera de los derechos y recursos anteriores según lo permita la Ley Aplicable. Los recursos anteriores son adicionales a todos los demás recursos disponibles por ley.

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Samples: Términos Y Condiciones De Venta

Términos de pago. 8.1 A menos que las partes hayan acordado expresamente lo contrario por escrito, el pago de las facturas se hará (ai) en la moneda especificada en la factura, (ii) en la cuenta bancaria especificada en la factura y (iii) en un plazo de treinta (30) días desde la fecha de emisión de la factura sin aplicar compensación o descuento alguno. 8.2 El Proveedor emitirá una factura Vendedor tendrá derecho en todo momento a cargo reclamar el pago por adelantado o el pago en metálico en el momento de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes Productos, así como a satisfacción exigir una garantía en un impreso aprobado por un representante autorizado por el Vendedor para garantizar que el precio de GIMSA, y únicamente compra de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso los Productos se ha abonado. 8.3 Si el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que Comprador no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo cumple con sus obligaciones bajo esta Orden especificadas en las presentes Condicio- nes, incluyendo, pero no limitándose a, el pago puntual del precio de compra, se considerará de manera inmediata legalmente en xxxx, sin necesidad de ninguna notificación o acción legal. En ese caso: (i) el Vendedor estará autorizado a suspender sus obligaciones especificadas en las presentes Condiciones incluyendo, pero no limitándose a, el suministro de Productos sin eximir al Comprador de sus obligaciones y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden (ii) el Comprador deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondientesaldar todas las cantidades e intereses devengados. (b) 8.4 Cualquier extensión de crédito permitida al Comprador podrá modificarse o cancelarse en todo momento. 8.5 En caso de que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha ofertase retrase en el pago, el Comprador Vendedor tendrá derecho a aprovechar cobrar intereses del uno o del uno y medio por ciento (1.5%) mensual o, en caso ser más, el descuento al pagar, para interés legal en virtud de la legislación aplicable sobre el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes importe pendiente de pago; una parte de un mes será considerada como un mes completo. En el caso de pedidos para herramentalTodos los costes, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido judiciales y extrajudiciales, contraídos por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores Vendedor con respecto a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte infracción de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales alguna obligación por parte del Proveedor que no estén estipulados en Comprador correrán por cuenta de este último. Los costes extrajudiciales serán por lo menos el diez por ciento (10%) de la Orden cantidad pendiente. 8.6 El Vendedor, según su criterio y sin previo aviso, siempre puede deducir cualquier importe y/o en cualquier Addendum o contrato celebrado debido por el Comprador con posterioridad.una cantidad pagadera por el Vendedor al Comprador

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Samples: Sales Contracts

Términos de pago. El Vendedor se reserva el derecho de solicitar el pago por adelantado o contra entrega y, de modificar los términos de crédito si la solvencia del Comprador no cumple la aceptación del Vendedor. A menos que expresamente se establezcan términos de pago diferentes en el formulario de cotización o ventas o en la constancia de orden o el Manual de Políticas de Ventas, las mercaderías se facturarán en el momento del envío. El pago se realizará en la moneda local del lugar donde se encuentre la oficina del Vendedor y al cual se haya enviado la orden. El pago total vence en el término de (a30) días de la fecha de la factura salvo que se establezca lo contrario en la documentación del Vendedor. En caso de que no se efectúe el pago cuando venza, el Comprador acepta pagarle al Vendedor un cargo por servicio o un cargo financiero correspondiente a la menor de las siguientes opciones: (i) uno y medio por ciento (1,5%) por mes (18% por año), o (ii) la tasa más alta permitida por las leyes aplicables sobre el saldo impago de la factura desde la fecha de vencimiento de la factura en adelante. El Proveedor emitirá Comprador es responsable de todos los costos y gastos asociados con cualquier cheque devuelto debido a fondos insuficientes. Todas las ventas a crédito están sujetas a la aprobación previa del departamento de crédito del Vendedor. Los envíos de exportaciones requerirán el pago antes del envío o una factura Carta de Crédito adecuada. Si, durante el cumplimiento del Contrato con el Comprador, la responsabilidad o la situación financiera del Comprador es tal que el Vendedor, de buena fe, se considera inseguro, o si el Comprador se vuelve insolvente, o se produce un cambio significativo en la titularidad del Comprador, o el Comprador no realiza ningún pago de conformidad con los términos de su contrato con el Vendedor, el Vendedor no está obligado a cargo continuar con el cumplimiento de GIMSA una vez concluida conformidad con el contrato y podrá detener el tránsito de las mercaderías y diferir o rechazar la entrega de las mercaderías, salvo que reciba una garantía satisfactoria o pagos en efectivo por adelantado, o el Vendedor puede poner fin a la orden previa notificación por escrito al Comprador sin más obligaciones para con el Comprador de ningún tipo. Si el Comprador no realiza pagos ni entrega una garantía satisfactoria al Vendedor, el Vendedor también tendrá derecho de exigirle el pago del precio total del contrato correspondiente al trabajo completado y en proceso. Ante el incumplimiento del pago por el Comprador cuando este venza, el Comprador le pagará de inmediato al Vendedor la totalidad de las sumas impagas por todo envío realizado al Comprador, independientemente de los Bienes a satisfacción términos de GIMSA, dicho envío y únicamente de que tales envíos se hubieran realizado de conformidad con la el presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir Contrato o con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito compraventa entre el Vendedor y el Comprador elija aprovechar dicha ofertaComprador, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pagoVendedor puede retener todos los envíos posteriores hasta que se satisfaga la suma total. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido La aceptación por el Proveedor por Vendedor de menos que el pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro total no constituirá una renuncia a ninguno de los 15 días posteriores a la fecha derechos que le correspondan en que virtud del presente documento. El Comprador no cederá ni transferirá este Contrato ni ningún derecho sobre él, ni tampoco dinero adeudado en función de este Contrato, sin el Comprador haya recibido consentimiento escrito del Vendedor, y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte toda cesión realizada sin tal consentimiento será nula y carecerá de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadvalidez.

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Samples: Sales Contracts

Términos de pago. (a) El Proveedor emitirá una factura a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega Comprador pagará un anticipo por el 50% del valor total de los Bienes a satisfacción bienes y/o servicios cotizados, el 50% restante se pagará contra entrega. Los pagos serán en dólares de GIMSAlos Estados Unidos de Norteamérica, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuraso bien, en cuyo caso su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio publicado en el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con Diario Oficial de la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento Federación correspondiente al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. El Vendedor puede requerir términos distintos para embarques de exportación y/o para otros conceptos especiales cotizados. El Vendedor se reserva el derecho de cargar un 5% al millar sobre el valor de los bienes no recogidos oportunamente en las instalaciones del Vendedor como cuota diaria por almacenaje. El Vendedor no acepta devoluciones. En el caso de pedidos para herramentalalguna excepción, en un periodo no mayor a 30 días después de la emisión de la factura, el Compradortendrá Vendedor lo autorizará por escrito y se reserva el derecho a cualquier descuento ofrecido de efectuar un cargo por manejo del 30% del valor de la devolución. La aceptación de la devolución será previa revisión del Departamento de Servicio del Vendedor para garantizar la integridad y condiciones del equipo. El Vendedor tendrá el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro derecho, entre otros, de los 15 días terminar el Acuerdo o de suspender entregas posteriores a la fecha bajo este y/u otros acuerdos que se tengan con el Comprador en caso que el Comprador haya recibido no haga los pagos establecidos a su vencimiento. Los pagos vencidos generarán intereses a partir de la fecha de vencimiento y aceptado hasta que se reciba el herramental facturadopago. GIMSA La tasa de interés la determinará el Vendedor, pero ésta nunca excederá la tasa máxima permitida por la ley. El pago de intereses no acepta implica autorización para extender o modificar las condiciones establecidas. El Comprador deberá cubrir todos los gastos generados por parte el cobro de comisionespagos vencidos, impuestos o cualquier otro tipo incluyendo honorarios legales. El Comprador deberá expedir sus pagos a nombre de cargos adicionales por parte Process and Controls del Proveedor que no estén estipulados Sureste, S.A. de C.V. y realizar transferencia electrónica a su cuenta asignada en la Orden Moneda Nacional o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadDólares del BANCO SANTANDER.

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Samples: Términos Y Condiciones De Venta

Términos de pago. 9.1 Cada envío de Productos será una transacción separada y se facturará al Comprador en el momento de la entrega. Sin perjuicio de lo anterior, si los Productos deben ser instalados por el Proveedor o por un tercero que actúe en su nombre, a menos que se acuerde lo contrario, el Comprador podrá (aa discreción del Proveedor) El Proveedor emitirá una factura facturarse de acuerdo con el siguiente esquema de pago: ‐ 60% del precio al recibir el Comprador la confirmación del pedido del Proveedor; ‐ 30% del precio a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción Productos de GIMSA, y únicamente de conformidad acuerdo con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos Sección 6; ‐ 10% del precio después de la aceptación de los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente Productos de acuerdo con la información requerida Sección 11. 9.2 En caso de un retraso en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto entrega o aceptación que no sea objeto atribuible al Proveedor, el esquema de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa pago no se verá afectado, y el Comprador pagará las cuotas en función de manera expedita y la fecha de buena fe. entrega o aceptación acordada inicialmente. 9.3 El Proveedor deberá seguir cumpliendo tendrá derecho a facturar al Comprador, con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato respecto a los Servicios, con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Ordenanticipación anual o mensual. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en Los términos de pago serán netos treinta (30) días a partir de la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que fecha de la factura de los Productos y Servicios, a menos que se acuerde lo contrario. 9.4 Todos los importes adeudados en virtud de un Proveedor ofrezca un descuento Contrato deberán ser pagados en su totalidad por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha ofertasin deducción, retención, compensación o reconvención por cualquier motivo, ya sea que surja en el contrato, agravio (incluida la negligencia), incumplimiento del deber legal o de otra manera, salvo ser requerido por la ley. 9.5 El Proveedor puede, a su discreción, determinar en cualquier momento que la condición financiera del Comprador requiere un pago total o parcial por adelantado o la provisión de seguridad para el pago por parte del Comprador en una forma satisfactoria para el Proveedor. 9.6 Si el Comprador no realiza ningún pago a su vencimiento, sin perjuicio de otros derechos y recursos disponibles para el Proveedor, el Comprador Proveedor (a su elección) tendrá derecho a aprovechar a: (i) rescindir el descuento al pagarContrato por parte del Comprador, para el día 25 del mes, suspender o cancelar entregas posteriores de Productos y/o la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, provisión de Servicios o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro parte de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos mismos bajo ese Contrato o cualquier otro tipo Contrato entre ellos y reclamar daños y/o recibir tarifas de cargos adicionales cancelación razonables; (ii) para ratificar el Contrato y reclamar daños y perjuicios del Comprador; y (iii) recuperar, además del pago, intereses sobre el monto impago (tanto antes como después de la sentencia) a una tasa del 6% anual por parte encima de la tasa xx xxxxxxxx base prevaleciente del Proveedor Royal Bank of Scotland ocasionalmente, hasta que no estén estipulados el pago esté hecho en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadsu totalidad. Dicho interés se calculará diariamente.

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Samples: Términos Y Condiciones Para La Venta Y Suministro De Bienes Y Servicios

Términos de pago. (a) El Proveedor emitirá una factura a cargo de GIMSA Concarril una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción de GIMSAConcarril, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA Concarril podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA Concarril tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará Concarrilpagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA Concarril dispute de buena fe. GIMSA Concarril pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA Concarril aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramental, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA Concarril no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridad.

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Samples: Términos Y Condiciones De Compra

Términos de pago. 7.1 A menos que Xxxxx acuerde algo diferente en una enmienda modificatoria a estos Términos y Condiciones de Venta firmada por ambas partes, que se refiera explícitamente a la presente Sección 7.1 y establezca una intención de modificarlos o reformarlos, cada una de las facturas será pagadera a Zebra en la cuenta bancaria designada por Zebra, en la moneda de los Estados Unidos, por cheque o transferencia electrónica, o por una carta de crédito confirmada e irrevocable aceptable para Xxxxx, dentro del plazo de cuarenta y cinco (a45) El Proveedor emitirá días, contado desde la fecha de la factura. Zebra puede, a su exclusivo criterio, realizar envíos por cobro contra entrega (“COD”, por sus siglas en inglés) o requerir un pago completo o parcial anticipado. La pérdida o el daño en tránsito de envíos no eximen a la Compañía de sus obligaciones de pago aquí establecidas. Si la Compañía no cumple con sus obligaciones de pago dentro del plazo aquí previsto, la Compañía deberá abonar a Zebra un cargo por xxxx igual al monto que resulte menor entre el uno coma cinco por ciento (1,5 %) por mes o la tasa de interés máxima permitida por la ley, desde el trigésimo primer (31) posterior a la fecha de la factura en cuestión. La Compañía será responsable ante Xxxxx por todos los costos legales, los cargos y los gastos en que Xxxxx incurra al intentar obtener el pago de los montos adeudados. La Compañía no tendrá derecho de compensar montos y está prohibido beneficiarse de un descuento, rebaja u otro programa mediante la aplicación de una deducción a una factura. Xxxxx puede aplicar uno o más pagos realizados por la Compañía a cualquier cuenta(s) abierta(s) o deuda(s) de la Compañía, independientemente de la designación que la Compañía haga para dicho(s) pago(s). En forma adicional a cualquier derecho o recurso que Xxxxx pueda tener, Zebra puede, a su criterio, detener o demorar todos los envíos de la Compañía en caso de que la Compañía no cumpla con cualquiera de sus obligaciones de pago conforme a estos Términos y Condiciones de Venta. Todos los envíos detenidos serán considerados como cancelados por la Compañía. 7.2 La Compañía sólo puede presentar reclamos o débitos a Zebra por una determinada factura dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde lo que ocurra después entre la recepción de los Productos o la factura; de lo contrario, la Compañía renuncia a cargo todo reclamo y la factura debe ser pagada en su totalidad. Todos los cambios en la cuenta de GIMSA una vez concluida la Compañía que sean resultantes de las discrepancias en la Orden, la factura o el Producto y que sean favorables a la Compañía se acreditarán a la cuenta de la Compañía. Zebra y la Compañía realizarán esfuerzos razonables para resolver las discrepancias que pudieran acontecer y la Compañía abonará oportunamente las sumas parciales de las facturas que no se encuentren en disputa conforme a la Sección 7.1. Sin perjuicio de lo anterior, todo reclamo o débito relacionados con cargos de transporte o faltas de productos deben realizarse dentro del plazo de catorce (14) días desde la fecha de recepción de los Productos por parte de la Compañía (o, si Xxxxx realizó la entrega directamente, por parte del cliente de la Compañía). Las discrepancias y los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente reclamos no resueltos serán abordados de conformidad con la presente OrdenSección 26 de los Términos y Condiciones Principales del Programa. 7.3 Zebra se reserva el derecho de revocar todo crédito otorgado a la Compañía en caso de haber demoras en los pagos o si Zebra determina a su exclusivo y absoluto criterio, que el crédito de la Compañía no garantiza una mayor extensión de crédito. GIMSA podrá rechazar facturas prematurasCada envío será facturado y abonado al momento del vencimiento correspondiente, independientemente de cualquier otro envío programado. El pago no estará condicionado a que los Productos cumplan ningún procedimiento de prueba de aceptación que tenga la Compañía. 7.4 Si la Compañía no paga cualquier factura de los Productos de conformidad con sus términos o en el caso de que Zebra, a su exclusivo criterio, considere inadecuada o no satisfactoria la condición financiera o el historial de pagos de la Compañía, Zebra tendrá el derecho, además de otros derechos o recursos, de cancelar cualquier Orden(es) aceptada(s), de detener o retrasar cualquier envío(s) de Productos a la Compañía, o de rescindir estos Términos y Condiciones de Venta, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicablescasos sin incurrir en ninguna responsabilidad por pérdidas o daños de cualquier tipo a raíz de tal cancelación, por lo que GIMSA tendrá el derecho cese, retraso o rescisión. 7.5 Queda a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan criterio exclusivo de Zebra toda decisión relacionada con los requisitos fiscales correspondientes límites de crédito y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes los términos de pago. En el caso Sin perjuicio de pedidos para herramentallo antedicho, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores envíos estarán sujetos en todo momento a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta aprobación del crédito de la Compañía por parte de comisionesZebra. Zebra se reserva el derecho, impuestos incluso después del desempeño parcial o el pago parcial en la cuenta de la Compañía, de solicitar garantía satisfactoria por parte de la Compañía en cuanto al desempeño adecuado de las obligaciones de la Compañía. Negarse a brindar dicha garantía facultará a Zebra a aplazar todo envío hasta que se brinde dicha garantía o a cancelar la cuenta de la Compañía o tanto como se adeude sin perjuicio de ningún derecho que Xxxxx pueda tener contra la Compañía con respecto a incumplimiento contractual o cualquier otro tipo otra clase de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadincumplimiento.

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Samples: Términos Y Condiciones De Venta

Términos de pago. (a) 5.1 El Proveedor emitirá una factura a cargo pago será procedente de GIMSA manera trimestral una vez concluida que opere la entrega activación de los Bienes la suscripción a satisfacción de GIMSAla Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones en las líneas que conforman la partida 1 (líneas 1, 2 y únicamente 3) del objeto contractual. Por otra parte, el pago de la línea que conforma la partida 2 (línea 4) será procedente una vez que opere la recepción definitiva y a satisfacción de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones. En acatamiento a la circular Nº 184-2005 emitida por el Consejo Superior y de conformidad con el artículo 10 de la presente OrdenLey Nº 8131 del 16 de octubre de 2001, Ley de la Administración Financiera de la Republica y Presupuestos Públicos, que establece a favor de las instituciones públicas la libertad de fijar los medios de pago a utilizar, se advierte que el Poder Judicial realizará los pagos bajo la modalidad de Transferencia Electrónica a través de la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda en cualquier cuenta que tenga un domicilio financiero registrado en el Banco Central de Costa Rica, dado que la plataforma de pagos que se utiliza es el Sistema Interbancario de Pagos Electrónicos (SINPE) de dicha entidad reguladora. 5.2 En aquellos casos en que el pago por transferencia se vaya a tramitar por primera vez, se debe remitir vía correo electrónico xxxxx-xxxx@Xxxxx-Xxxxxxxx.xx.xx del Departamento Financiero Contable la certificación de cuenta que emite la entidad financiera. 5.3 Dicha transferencia bancaria se ejecutará una vez realizada el servicio respectivo o la entrega del bien, a entera satisfacción del Poder Judicial. GIMSA podrá rechazar facturas prematurasPara tales efectos, el adjudicatario debe presentar en cuyo caso un lapso no mayor de cinco días hábiles a partir de la entrega a satisfacción, la facturación respectiva (factura electrónica) ante la Administración, sea el Proveedor podrá volver a presentarlasDepartamento Financiero Contable u oficina usuaria, con el visto bueno del Administrador del Contrato en la factura, (firma, nombre, número de cédula, sello de la oficina y fecha). Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicablesAdemás, debe estar debidamente aprobada en el SIGA-PJ, por lo parte de cada oficina que GIMSA tendrá recibe el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes bien o servicio, Acta de Recibo de Bienes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena feServicios. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado pago se hará efectivo en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondienteun plazo no mayor a 30 días naturales. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 del mes, la factura correspondiente fechada entre el día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. 5.4 En el caso de pedidos para herramentalpagos en moneda extranjera, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido Departamento Financiero Contable ejecutará el pago en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central xx Xxxxx Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al momento del herramental dentro de los 15 días posteriores pago, según lo regula el artículo 25 del Reglamento a la fecha Ley de Contratación Administrativa y en ningún caso el monto pagado será superior al estipulado en el pedido. Es importante mencionar que, el Departamento Financiero Contable dará un trámite preferencial de pago a los pedidos de bienes pactados en moneda extranjera que correspondan a procedimientos de Licitaciones Abreviadas, Públicas y a Contrataciones Directas por excepción. 5.5 Cuando por la naturaleza de la oferta el Comprador haya contratista gestione el reconocimiento de diferencial cambiario ante el Departamento de Proveeduría, se considerará para el cálculo del pago el siguiente procedimiento: Escenario 1: Si el Proveedor presentó las facturas a cobro dentro del plazo ordenatorio de 5 días hábiles siguientes al recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos a satisfacción del bien o cualquier otro tipo de cargos adicionales servicio por parte del Poder Judicial, se utilizará la fórmula: Escenario 2: Si el Proveedor presentó las facturas a cobro fuera del plazo ordenatorio de 5 días hábiles siguientes al recibido a satisfacción del bien o servicio por parte del Poder Judicial, no obstante, el Poder Judicial logró acreditar el pago dentro del plazo de 5 días hábiles más 30 días naturales posteriores inmediatos al recibido conforme del bien o servicio, se utilizará la fórmula: Escenario 3: Si el Proveedor presentó las facturas a cobro fuera del plazo ordenatorio de 5 días hábiles siguientes al recibido a satisfacción del bien o servicio por parte del Poder Judicial, lo cual originó que la acreditación del pago fuera después del plazo de 5 días hábiles más 30 días naturales posteriores inmediatos al recibido conforme del bien o servicio, se utilizara la fórmula: 5.6 Las facturas comerciales por concepto de adquisición de bienes adquiridos por el Poder Judicial que se presenten para trámite de pago deben reunir los siguientes requisitos: a) Emitirse a nombre de “Corte Suprema de Justicia Poder Judicial”. b) Las facturas comerciales (física o electrónica) deben estar debidamente registradas ante el Ministerio de Hacienda, lo que se verificará con el timbraje correspondiente o la dispensa emitida por el citado Ministerio y resoluciones de la Dirección General de Tributación sobre la incorporación de comprobantes electrónicos. c) Las facturas electrónicas deben cumplir con las disposiciones que establezca la Dirección General de Tributación en las Directrices o normativa que al efecto se publiquen. d) Consignar el recibido conforme de los bienes, indicando como mínimo la fecha, nombre completo, número de cédula, sello y la firma de la funcionaria responsable del recibido a satisfacción. e) Dicha factura debe ser con la numeración electrónica tal y como lo dispone la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda en las directrices DGT-R-48-2016 “Autorización para el uso de los comprobantes electrónicos” y DGT-R-51-2016 “obligatoriedad para el uso de los comprobantes electrónicos”. f) Especificar en el detalle, el tipo de compra (artículo), la cantidad y el precio unitario de la mercadería adquirida, con la finalidad de dar cumplimiento a las directrices emitidas por el Ministerio de Hacienda en cuanto a las características de las facturas comerciales. A los documentos que no estén estipulados contengan los requisitos anteriormente indicados no se les dará trámite, ni se recibirán. a. De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta, en el pago a realizar a quienes resulten adjudicatarios, se les retendrá el porcentaje correspondiente por ese concepto. b. En los casos en los cuales la forma de pago sea internacional el adjudicatario debe consultar la información respectiva en la Orden o siguiente dirección electrónica xxxxx://xxx.xxxxx-xxxxxxxx.xx.xx/xxxxxxxxxxx, en cualquier Addendum o “Consultas y Servicios”, apartado de Información de interés para los proveedores. c. Para efectos de pago, la factura electrónica se enviará a la siguiente dirección: fe-prov-cj@poder- xxxxxxxx.xx.xx, en formato PDF y XML y con la confirmación del Ministerio de Hacienda. Se emite a nombre de Corte Suprema de Justicia - Poder Judicial y debe contener el número de contrato celebrado con posterioridady el número de oficio de solicitud. d. El pago de los bienes adquiridos se realizará previa aprobación del Administrador del Contrato, contra presentación de las facturas en el lugar de destino correspondiente, y recibidos a satisfacción. El trámite de pago se realizará 30 días naturales, posterior al recibo a satisfacción.

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Samples: Pliego De Condiciones De La Contratación

Términos de pago. 4.1. Xxxxxx pago se considerará recibido hasta que el Vendedor haya recibido los fondos enteramente liberados. El pago es exigible y pagadero en la fecha y de conformidad con los términos e instrucciones de pago señaladas en la Confirmación de Orden o la factura del Vendedor (ala fecha que fuera anterior) pero el Vendedor podrá solicitar una garantía de pago antes del envío en las circunstancias descritas en la Cláusula 11.3. Si ni la Confirmación de Orden ni la factura del Vendedor, ni ningún otro acuerdo entre el Vendedor y el Comprador señala una fecha en que deba realizarse el pago, el pago íntegro será pagadero dentro de los 30 días de la fecha de recepción por el Comprador de la factura del Vendedor que ampare los Bienes correspondientes. El Proveedor emitirá una factura Vendedor estará facultado a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega recuperar el pago total de los Bienes a satisfacción sin ninguna deducción incluyendo lo relativo al IVA u otros impuestos, sin que obste que la propiedad respecto de GIMSAcualesquiera de tales Bienes no hubiera pasado del Vendedor al Comprador. Cuando se otorgue un descuento en la Confirmación de Orden, tal descuento será autorizado mediante la realización del pago en la fecha de vencimiento (o una fecha anterior señalada en la Confirmación de Orden para fines de la obtención del descuento) y únicamente tal descuento será rescindido o cancelado por el Vendedor si el pago no se realiza en la fecha de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematurasvencimiento, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlasmonto total sin ningún descuento será pagadero por el Comprador. 4.2. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicablesLos pagos recibidos serán acreditados contra la factura pendiente de pago más antigua, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con más cualquier interés devengado sobre la información requerida misma en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute virtud de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena feun pago tardío. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo Vendedor podrá compensar cualesquiera sumas recibidas del Comprador contra cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Ordendeuda debida al Vendedor por el Comprador, independientemente de cualquier distribución o determinación pretendida por el Comprador. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en El Comprador no podrá retener el pago 4.3. Si el Vendedor no recibe algún pago para la moneda fecha de vencimiento señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura Confirmación de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha ofertaOrden, el Comprador tendrá derecho pagará al Vendedor un cargo por xxxx y no como una penalización, sobre el saldo insoluto a aprovechar el descuento al pagar, para el día 25 partir de la fecha de vencimiento indicada en la Confirmación de Orden del mes, Vendedor o en la factura correspondiente fechada entre y hasta que el día 1ro y pago sea efectivamente recibido por el 15 Vendedor, conforme a una tasa igual al 18% por año o el monto máximo permitido por la ley aplicable, lo que sea que fuere mayor. El Comprador compensará al Vendedor cualquier pérdida cambiaria sufrida por el Vendedor como resultado del mismo mesincumplimiento del Comprador de pagar en la fecha debida, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramentalbien, el Compradortendrá derecho a cualquier descuento ofrecido por el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados pague en la Orden o divisa señalada en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadla Confirmación de Orden.

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Samples: Términos Y Condiciones Generales De Venta

Términos de pago. (a) 15.6. Si el Evento debiera interrumpirse después de su aper- El Proveedor Organizador emitirá y enviará al Expositor cada una factura a cargo de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente de conformidad con la presente Ordenlas 15.1.1. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con todos los requisitos fiscales aplicables, por lo que GIMSA tendrá el derecho a rechazar facturas inconformes hasta que dichas facturas sean sustituidas por otras que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura decisión de no participar, la preavise el tura debido a sucesos que no dependieran del poder de dis- facturas respectivas de acuerdo a los términos de pago indi- Expositor con una anticipación de por lo menos 180 (ciento posición de la Organización, se excluirá el derecho de rescin- cados en el Punto 5. El Expositor deberá cancelar cada una ochenta) días corridos antes del día establecido para el ar- dir el contrato o de reivindicar un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha ofertaderecho de indemnización. de las facturas recibidas incluyendo la enviada en concepto mado del evento, el Comprador tendrá derecho a aprovechar Expositor deberá abonar el descuento equivalente Esto mismo será aplicable en caso que el Organizador se vea de anticipo indicada en la cláusula 12 del presente, dentro al pagar, para el día 25 50% del mes, total del importe correspondiente al espacio con- obligado por causas de fuerza mayor o por otros motivos del plazo que indique la factura correspondiente fechada entre el respectiva y al tipo de cam- tratado en concepto de multa. ajenos al Organizador a cerrar o a evacuar de forma tempo- bio del día 1ro y el 15 del mismo mes, o bien al pagar para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes de pago. En el caso de pedidos para herramentalcontrario, el Compradortendrá derecho Organiza- ral o definitiva algunas zonas del certamen o toda la superfi- dor podrá cancelar la participación del Expositor. 15.1.2. En caso que la decisión de no participar, la preavise el cie de exposición. Estas disposiciones incluyen asimismo las Expositor con una anticipación de por lo menos 90 (noventa) restricciones de utilización de la superficie asignada para el 13.1. La falta de pago en término de cualquiera de las fac- días corridos antes del comienzo del día establecido para el stand o del acceso hacia el mismo, las cuales se deban a cualquier descuento ofrecido turas emitidas por el Proveedor Organizador, hará incurrir al Expositor armado del evento, el Expositor deberá abonar el equivalen- medidas de saneamiento o de reestructuración o disposicio- en xxxx automática y de pleno derecho, sin necesidad de te al 70% de la superficie contratada en concepto de multa. nes y condiciones impuestas por pago expedito cuando pague las autoridades Municipa- interpelación alguna, judicial o extrajudicial. La xxxx ge- les, Nacionales o Provinciales, en este caso, el Organizador nerará en forma automática el cobro de intereses xxxxxx- 15.1.3. En caso que la factura por concepto decisión de no participar la preavise el procurará encontrar una solución sustitutiva sin reconocer xxxx a favor del herramental Organizador a la tasa del 0.05% diario que Expositor dentro del período de tiempo de los 15 90 (noventa) ninguna obligación jurídica. se devengará hasta el efectivo pago. Cuando el retraso en el días posteriores corridos previos al día establecido para el armado del pago de las cuotas indicadas y/o de los intereses moratorios Evento, el Expositor deberá abonar el equivalente al 100% de En caso que cualquier disposición del Gobierno Nacional y/o estipulados por el presente contrato, exceda los catorce (14) la superficie contratada en concepto de multa. del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o de cualquier días corridos contados a partir de la fecha de vencimiento de otro organismo u entidad público o privado, incluso del propio concesionario o titular o tenedor del predio de la Exposición, limite, restrinja, afecte y/o modifique de alguna manera y en que algún sentido, las condiciones y términos con- venidos de la Exposición, el Comprador haya recibido Organizador no asume respon- sabilidad alguna en tal sentido, no generando en dicho caso para el Expositor importe alguno en concepto de daños y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta perjuicios ni por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadningún concepto.

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Samples: Oferta De Participación

Términos de pago. (a) El Proveedor emitirá una factura Todos los Vehículos consignados comprados por el Concesionario y todos los cargos y tarifas de ADESA relativos a la transacción deben pagarse el día de la venta. ADESA puede compensar los montos que debe al Concesionario, según los procedimientos de las ventas u otro, con cualquier monto que éste deba a la empresa. También podrá retener en su posesión cualquier vehículo que fuera propiedad o estuviera a cargo del Concesionario y/o retener los títulos de GIMSA una vez concluida la entrega de los Bienes a satisfacción de GIMSA, y únicamente de conformidad con la presente Orden. GIMSA podrá rechazar facturas prematuras, en cuyo caso el Proveedor podrá volver a presentarlas. Las facturas emitidas por Proveedores deberán cumplir con propiedad hasta que se paguen todos los requisitos fiscales aplicablescheques sin fondos, los cargos relativos al servicio y cualquier otro monto que el Concesionario adeudara a ADESA. Cada pago realizado a ADESA mediante cheque o giro bancario, por lo el Concesionario o en su representación, implicará que GIMSA tendrá éste (independientemente de que fuera la persona que extiende el derecho a rechazar facturas inconformes hasta cheque o realiza el giro bancario) garantiza que dichas facturas sean sustituidas por otras al momento de librar el cheque o realizar el giro bancario y al momento en que cumplan con los requisitos fiscales correspondientes y cuente con la información requerida en la Orden. GIMSApagará todo monto debidamente facturado, salvo aquel monto que GIMSA dispute de buena fe. GIMSA pagará todo monto que no sea objeto de disputa. Las Partes procurarán resolver todo disputa de manera expedita y de buena fe. El Proveedor deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones bajo esta Orden y bajo cualquier otro contrato con GIMSA aun estando pendiente resolución una disputa relacionada con esta Orden. Todo monto pagadero bajo esta Orden deberá ser pagado en la moneda señalada en la OC, misma que deberá coincidir con la factura correspondiente. (b) En caso que la factura de un Proveedor ofrezca un descuento por pago expedito y el Comprador elija aprovechar dicha oferta, el Comprador tendrá derecho a aprovechar el descuento al pagar, se presente para el día 25 del mespago, la factura correspondiente fechada entre respectiva cuenta sobre la cual se extiende el día 1ro y cheque o se realiza el 15 del mismo mes, o bien al pagar giro bancario contiene fondos suficientes para el día 10 del mes siguiente aquella factura fechada entre el día 16 y el 31 del mes anterior al mes llevar a cabo la transacción de pago. Todos los cheques y/o giros bancarios devueltos por fondos insuficientes deberán pagarse en forma inmediata con dinero en efectivo o fondos certificados a fin de prevenir las medidas destinadas a gestionar el cobro. En el caso de pedidos para herramentaldevolución de cheques o giros bancarios por fondos insuficientes, se aplicará un cargo de servicio que deberá pagarse. A partir de entonces, ADESA analizará la capacidad financiera del Concesionario y podrá, a su criterio, exigir que las transacciones ulteriores se realicen estrictamente en dinero en efectivo. El Concesionario no deberá suspender el Compradortendrá derecho pago de un cheque o un giro bancario bajo ninguna circunstancia. El Concesionario deberá pagar todos los costes legales, incluso, entre otros, los honorarios de abogados y las costas judiciales en los que ADESA incurriere a cualquier descuento ofrecido por fin de cobrar todas las sumas de dinero que el Proveedor por pago expedito cuando pague la factura por concepto del herramental dentro de los 15 días posteriores Concesionario le adeudara a la fecha en que el Comprador haya recibido y aceptado el herramental facturado. GIMSA no acepta por parte de comisiones, impuestos o cualquier otro tipo de cargos adicionales por parte del Proveedor que no estén estipulados en la Orden o en cualquier Addendum o contrato celebrado con posterioridadempresa.

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Samples: Auction Terms and Conditions