UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. No se establece.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.3 de la LCSP, en el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se aplicarán los criterios y un umbral mínimo del 50 por cien de la puntuación en el conjunto de criterios cualitativos para continuar en el proceso selectivo recogidos en el apartado I de la carátula de este pliego.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. Aplicación de los criterios de valoración.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, estableciendo un umbral mínimo del 50% de la puntuación en el conjunto de los criterios cualitativos para continuar en el proceso selectivo: Las ofertas presentadas deberán alcanzar una puntuación mínima de 25,5 puntos en los criterios cualitativos (50% de 51 puntos) para poder continuar en el procedimiento de licitación. Los pasos a seguir para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación a través del servicio DEUC electrónico son los siguientes:
1. Descargar el documento que está en el Perfil de Contratante en formato xml, identificado como ………………….
2. Ir al siguiente link:
3. Elegir la casilla “Soy un operador económico”.
4. Elegir la casilla “Importar DEUC”.
5. En “examinar” elegir el documento que nos hemos descargado en el paso 1, en formato xml.
6. Ya aparece el DEUC correspondiente a este expediente, con lo que se cumplimenta, imprime y firma para su presentación en formato papel. En caso de no utilizar el servicio DEUC electrónico se facilita un documento en formato odt para su cumplimentación en soporte papel. Una mayor información sobre cómo cumplimentar el DEUC se encuentra en los siguientes documentos:
(i) El Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se establece el formulario normalizado del DEUC está disponible en la página web xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx.
(ii) Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado a los órganos de contratación en relación con la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva directiva de contratación pública: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xx- ES/Servicios/Contratacion/Junta%20Consultiva%20de%20Contratacion%20Administrativa/Pagin as/default.aspx.
(iii) Enlace al formulario electrónico Documento europeo único de contratación (DEUC): xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxx=xx. El presente formulario consta de las siguientes partes y secciones:
Parte I. Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora. Parte II. Información sobre el operador económico (empresa licitadora o candidata).
Sección A: Información sobre el operador económico.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. Se exigirá a las empresas licitadoras que alcancen un umbral mínimo de de puntuación de la menos el 50% en cada uno de los criterios de adjudicación arriba señalados, de forma que no serán tenidas en cuenta las ofertas cuya puntuación no alcance 16 puntos para el criterio de “Propuesta Gastronómica” y 3 puntos para el criterio de “Plan de Comunicación y Marketing”.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. Conforme a lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP, para su admisión en la valoración global, se exigirá que en los criterios no cuantificables mediante fórmulas, las licitadoras alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que no sean tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance un mínimo de 20 puntos en el apartado relativo al proyecto técnico y de gestión.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. Comité u organismo técnico especializado
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. Excepcionalmente, se podrá establecer un proceso de valoración por fases al amparo de la previsión contemplada en el artículo 146.3 de la LCSP, especialmente cuando los criterios de valoración de las ofertas de apreciación técnica tengan una importancia significativa y se entienda imprescindible alcanzar una puntuación mínima en estos criterios para asegurar la calidad, sostenibilidad e innovación social y técnica de las prestaciones objeto del contrato, y serán excluidas del proceso de selección las empresas que no obtengan la puntuación mínima exigida. Se concretará este umbral mínimo de puntuación en el CCP del contrato en el que se establezca. Este umbral en ningún caso será más de la mitad de la puntuación atribuida al criterio o criterios en cuestión y la valoración de las ofertas técnicas en este caso, si su peso es superior al de los criterios evaluables de forma matemática y no la realiza directamente la Mesa de contratación, deberá hacerla una comisión-técnico jurídica de al menos tres miembros diferentes de quienes hayan participado en la elaboración de la documentación técnica del contrato, tal y como se establece en el artículo 14.5 de la Instrucción de contratación 1/2018 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. No se admitirán proposiciones económicas por debajo del tipo de licitación establecido en la cláusula tercera de este pliego.
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN. En los criterios ponderables por juicio de valor se deberá obtener una puntuación mínima de 20 puntos.