Common use of Valoración Clause in Contracts

Valoración. En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen de un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientes. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico. Si la presente póliza es renovada y la Compañía aplicara bonificación o recargos con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones se calcularán sobre el importe neto de la prima correspondiente o de la prima inicial de una nueva Póliza que se emita en sustitución de ésta, en su caso, y se aplicarán única y exclusivamente al pago de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral de la póliza, por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado en la siguiente tabla.

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Samples: Convenio De Plan De Pago, Convenio De Plan De Pago, Formato De Solicitud De Seguro

Valoración. En caso De conformidad con el artículo 73 de desacuerdo entre la Ley Reguladora del Contrato de Seguros, cuando el Asegurado o el Asegurado nombrado no estén de acuerdo con el monto de indemnización determinado por la Compañía al ocurrir el siniestro, el Asegurado o el Tomador pueden solicitar se practique una tasación o valoración, y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida Compañía deberá acceder a ello. La valoración será efectuada por un tasador único o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen de un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, dos tasadores Nombrados uno por cada parte, lo cual se hará quienes en previsión de un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escritodictamen suyo discrepante, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a designarán al inicio un tercero para el caso de discordiatercer tasador. El fallecimiento dictamen del tercer tasador, cuando fuere necesario, se mantendrá dentro de una los límites de las partes si fuere persona físicavaloración que constan en los informes individuales de los otros dos tasadores, o su disolución si fuere persona jurídicasin que pueda, ocurrida mientras se esté realizando ser más bajo que el peritaje, no anulará menor ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o más alto que el mayor. Los honorarios de los peritos x xxx xxxxxx tercero se pagarán según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro lo acordado por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que . A falta de acuerdo se estará a lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes dispuesto en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientesel Código Procesal Civil sobre el particular. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico. Si la En todo caso si no existe acuerdo sobre el monto a indemnizar al tercero, las partes se acogerán a lo que se determine en sentencia judicial o laudo arbitral en firme. La Compañía brindará respuesta oportuna a todo reclamo, mediante resolución motivada y por escrito entregada al interesado dentro del plazo máximo de 30 días naturales a partir del momento en que presente póliza es renovada y formalmente el reclamo conforme al formulario de declaración del reclamante. A más tardar quince días hábiles luego de presentado el reclamo, la Compañía aplicara bonificación indicará por escrito en forma clara la documentación y requisitos que se encuentren pendientes de presentación. La documentación y requisitos requeridos por la Compañía para analizar y definir la reclamación, deberá aportarse a la Compañía dentro de los siguientes diez días hábiles, período durante el cual se entenderá suspendido el plazo máximo indicado de 30 días naturales. Si el Asegurado no presentare la información faltante en el plazo requerido (10 días hábiles) o recargos la misma fuera reticente, inexacta o incompleta, el reclamo podrá ser declinado sin perjuicio que el asegurado pueda plantearlo nuevamente con base a la información completa para valorar su experiencia siniestralprocedencia, salvo si la reticencia o inexactitud fuesen intencionales en cuyo caso se declinará de manera definitiva el reclamo. Estas bonificaciones se calcularán sobre Cuando corresponda el importe neto pago o la ejecución de la prima correspondiente o prestación, ésta deberá efectuarse dentro de un plazo máximo de treinta días naturales, contado a partir de la prima inicial de una nueva Póliza que se emita en sustitución de ésta, en su caso, y se aplicarán única y exclusivamente al pago de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral notificación de la póliza, por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado en la siguiente tablaaceptación del reclamo.

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Samples: www.assanet.cr, www.assanet.cr

Valoración. En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida pér- dida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida someti- da a dictamen de un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento nombra- miento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán nombra- rán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté está realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos peri- tos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones excep- ciones correspondientes. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico. Si la presente póliza es renovada y la Compañía aplicara bonificación o recargos con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones se calcularán sobre el importe neto de la prima correspondiente o de la prima inicial de una nueva Póliza que se emita en sustitución de ésta, en su caso, y se aplicarán única y exclusivamente al pago de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral de la póliza, por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado en la siguiente tabla.

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Samples: www.qualitas.co.cr

Valoración. En caso de Las partes podrán convenir que se practique una valoración o tasación si hubiera desacuerdo entre respecto del valor o el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bienla pérdida, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen de siniestro. La valoración podrá efectuarse por un perito que ambas partes designen de común acuerdo por escrito, pero si no cuyo nombramiento y honorarios se pusieran de acuerdo pagarán según lo establecido en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientesCláusula 33. En caso de no haber interés o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios se procederá de solución que plantea el ordenamiento jurídicoconformidad con la Cláusula 33. Si la presente póliza es renovada La documentación contractual y la Compañía aplicara bonificación o recargos nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Superintendencia General de Xxxxxxx, de conformidad con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones se calcularán sobre lo dispuesto por el importe neto artículo 29, inciso d) de la prima correspondiente o Ley Reguladora xxx Xxxxxxx de Seguros, Ley 8653, bajo el(los) registro(s) número P14-50-A06-440 de fecha 4 xx xxxxx de 2013. El día que usted cancele su Póliza de Seguro, renunciará a una valiosa inversión. Por lo tanto, cualquier persona que trate de persuadirlo a que abandone esta póliza para tomar otra en su lugar, lo está perjudicando con el fin de lucrarse ella misma. Usted debe insistirle a la persona que a esto lo induce, que le presente su oferta por escrito y en esta forma usted podrá enviarla a la Pan-American Life Insurance de Costa Rica, S.A., para ser analizada y luego darle a usted una explicación de la prima inicial misma. No hay necesidad de una nueva Póliza que se emita en sustitución de éstael ASEGURADO ó el Beneficiario emplee a ninguna persona, en su caso, y se aplicarán única y exclusivamente al pago de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral firma o Compañía para cobrar el valor del seguro ni obtener los beneficios de la póliza. Solo tiene que escribir directamente a la dirección de correo electrónico de Pan-American Life Insurance de Costa Rica, por lo cual podrá recargar S.A. indicada en el Cuadro de Beneficios y Primas, o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo comunicarse con el índice Agente de siniestralidad presentado la Compañía más cercano a usted, quien tiene la obligación de asistirle en la siguiente tablaforma gratuita.

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Samples: Convenio De Liquidación

Valoración. En caso las reglas actuales, la última transacción de desacuerdo entre la sesión de negociación es la que marca el Asegurado y Precio Último Diario, ya que la Compañía, acerca del monto redacción vigente define el Precio Último Diario como el precio de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen última Transacción de un perito que ambas partes designen producto en una Sesión de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientesNegociación. En caso de que no haber interés hubiera habido ninguna Transacción del producto en la Sesión de Negociación, no se publicaría precio. Con esta metodología, en la que la última transacción casada marca el precio, podría darse el caso de una transacción de muy pequeña cantidad marcara el precio de la sesión, existiendo el riesgo de que dicho precio, que marcaría el valor del Precio Último Diario publicado por MIBGAS, no fuera representativo del precio real xxx xxxxxxx al cierre de la sesión. El cambio de metodología en el cálculo del Precio Último Diario pretende evitar la situación anterior que eventualmente podría dar una señal distorsionada del precio xxx xxxxxxx en el caso de que la última transacción se realizara a un precio muy separado del resto de las transacciones realizadas en los últimos minutos de la sesión. La Propuesta de Resolución define el rango de precios existente entre los precios de la oferta de compra y de venta más competitivas al cierre de la Sesión de Negociación como el “spread de cierre”. La metodología que propone la Propuesta de Resolución para el cálculo del Precio Medio Diario tiene en cuenta, como primera opción, todas las transacciones casadas en la última hora que cumplan unas determinadas condiciones de precio y además tiene en cuenta las ofertas existentes y el spread al cierre de la Sesión de Negociación. En concreto, tiene en cuenta todas las transacciones casadas en la última hora de la sesión de negociación que sean por una cantidad mínima de 100 MWh/día y cuyo precio esté dentro el spread de cierre ampliado en 0,25 €/MWh en cada extremo, es decir, que su precio se encuentre entre 0,25€/MWh por debajo de la oferta de venta más barata y 0,25€ por encima de la oferta de compra más cara. En caso de que no hubiera ofertas con estas condiciones, se tomaría el precio medio entre la oferta de compra y de venta más competitivas al cierre de la Sesión de Negociación, siempre y cuando la diferencia de precio entre ellas no sea superior a 0,50 €/MWh. Si la diferencia fuera mayor de 0,50 €/MWh, el Precio Último Diario, será el precio medio ponderado de las últimas transacciones casadas en la sesión cuya cantidad sume 100 MWh/d. Si tampoco hubiera transacciones suficientes para sumar la cantidad de 100 MWh, el Precio Último Diario coincidirá con el de la última Transacción, cuyo volumen sea igual o superior a 50 MWh. Es decir, en el caso más desfavorable, frente a la fórmula actual en la que se toma el precio de la última transacción, el Precio Último Diario calculado según la propuesta tendrá en cuenta como mínimo que esa última transacción sea por un volumen igual o superior a 50 MWh. Por último, en caso de que no existir acuerdo respecto se dé ninguna de las condiciones anteriores, no se publicará precio. Otras plataformas xx xxxxxxx también tienen en cuenta ofertas de compra y venta con un determinado volumen. A modo de ejemplo, la plataforma PEGAS operada por Powernext, para calcular el precio último diario (End of The Day- EOD) de los mercados franceses Xxx Xxxx y TRS, al igual que hace la propuesta de XXXXXX va introduciendo distintos cálculos, según las condiciones que se den. Como primera opción, calcula el precio medio, toma las ofertas de compra y venta con un volumen mínimo de 240 MWh/día que hayan aparecido en el libro de ofertas entre las 17:15 h y las 17:30 h. En el caso de que no haya suficientes transacciones (por lo menos tres), tiene en cuenta los intervalos de tiempo, dentro de los 15 minutos considerados, en los que ha habido simultáneamente ofertas de compra y de venta, e introduce unos criterios de spread mínimo entre las ofertas de compra y venta en dichos intervalos. La CNMC considera adecuada la modificación en la fórmula de cálculo del Precio Último Diario para tratar de dar una señal de precio más representativa de los precios xxx xxxxxxx al cierre de la sesión. La introducción de criterios de precio y volumen en el cálculo del Precio Último Diario reduce el riesgo de que se emita una señal de precio distorsionada, en un mercado que aún no ha alcanzado suficiente liquidez. Cabe señalar que en la metodología propuesta para el cálculo del precio último diario, si bien en la condición a) se contempla un spread de precio distinto para cada contrato, en la condición b) el spread máximo de precio es el mismo para todos los contratos (0,50 €/MWh) y además coincide con el spread máximo de precio considerado en las reglas de MIBGAS Derivatives para los productos de largo plazo, aun cuando la liquidez y el periodo de entrega difiere entre los contratos negociados en ambas plataformas y, por tanto, la volatilidad de los mismos. Así, en las metodologías de precios de otras plataformas de negociación europeas uno de los criterios que varía, en función del contrato de que se trate, es precisamente el spread máximo de precio considerado en la metodología de cálculo. A modo de ejemplo, en el Cuadro 1 se reflejan los spreads máximos de precio que se consideran en la metodología de cálculo del precio spot último diario (EOD Price) de la plataforma Pegas para los productos TRS, XXX XXXX y TTF, con entrega al día siguiente y fin de semana, así como el precio último o precio de cierre7 de los contratos de futuros para el TRS, XXX XXXX y TTF con periodo de entrega en M+18 y con un horizonte temporal mayor al último día del mes siguiente al de la realización de la valoraciónTransacción (M+2, las partes podrán acudir a los medios de solución que plantea Q1, Q2, S+1 y CAL+1). €/MWh DA* WE** M+1 M+2 Q1 Q2 S+1 Cal+1 TRS 1,20 1,20 1,50 1,00 ‐ ‐ ‐ ‐ XXX XXXX 0,60 0,60 0,60 0,80 0,80 1,00 0,80 0,8 TTF 0,40 0,40 0,60 0,80 0,80 1,00 0,80 0,8 *DA: Day‐Ahead **WE: Week‐End En el ordenamiento jurídico. Si la presente póliza es renovada y la Compañía aplicara bonificación o recargos con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones ¡Error! No se calcularán sobre encuentra el importe neto origen de la prima correspondiente o referencia. se recoge la desviación típica, del periodo comprendido entre abril de 2014 y abril de 2018, de la prima inicial cotización media de los contratos mensuales (M+1), trimestrales (Q+1), semestrales (invierno y verano) y anuales (CAL+1), con entrega en PVB-ES, negociados a través de una nueva Póliza agencia de intermediación. 7 Precio que es remitido diariamente a la ECC. 8 Mes siguiente. M+1 Q+1 Win+1 Sum+1 Cal+1 2014 1,872 1,839 1,804 1,421 0,726 2015 1,397 1,184 2,028 1,886 1,985 2016 2,998 2,623 1,490 1,491 1,346 2017 4,380 2,940 1,006 1,124 1,360 2018 4,370 2,940 1,021 1,126 1,358 Promedio 2014‐2018 3,003 2,305 1,470 1,410 1,355 Fuente: elaboración propia a partir de datos de una agencia de intermediación Se observa que la volatilidad de las cotizaciones (medida a través de la desviación típica estándar) difiere en función del contrato, observándose mayor volatilidad en los contratos con vencimiento más cercano. En el Gráfico 1 se emita en sustitución refleja la evolución de éstala cotización media, en el periodo comprendido entre abril de 2014 y abril de 2018, de los contratos mensuales (M+1), trimestrales (Q+1), semestrales (invierno y verano) y anuales (CAL+1), con entrega en PVB, negociados a través de una agencia de intermediación. Gráfico 1. Evolución de la cotización media de los contratos con entrega en PVB-ES negociados en el mercado OTC (€/MWh) 36,00 34,00 32,00 30,00 28,00 26,00 24,00 22,00 20,00 18,00 16,00 14,00 12,00 01/04/2014 01/05/2014 01/06/2014 01/07/2014 01/08/2014 01/09/2014 01/10/2014 01/11/2014 01/12/2014 01/01/2015 01/02/2015 01/03/2015 01/04/2015 01/05/2015 01/06/2015 01/07/2015 01/08/2015 01/09/2015 01/10/2015 01/11/2015 01/12/2015 01/01/2016 01/02/2016 01/03/2016 01/04/2016 01/05/2016 01/06/2016 01/07/2016 01/08/2016 01/09/2016 01/10/2016 01/11/2016 01/12/2016 01/01/2017 01/02/2017 01/03/2017 01/04/2017 01/05/2017 01/06/2017 01/07/2017 01/08/2017 01/09/2017 01/10/2017 01/11/2017 01/12/2017 01/01/2018 01/02/2018 01/03/2018 01/04/2018 10,00 M+1 Q+1 Cal+1 Win+1 Sum+1 Fuente: elaboración propia a partir de datos de una agencia de intermediación Por último, cabe destacar que en otras plataformas xx xxxxxxx europeas se establece un mecanismo adicional para determinar el precio último diario en el supuesto de que no se cumplan ninguna de las condiciones de cálculo establecidas, al objeto de que todos los días se publique esta referencia de precio, llegándose incluso a convocar, si fuera necesario, un comité de precios9. En el Comité de Agentes xx Xxxxxxx, podría analizarse la introducción de un mecanismo adicional (de último recurso) para la determinación de dicha referencia diaria de precio, en el supuesto de que no se cumplan ninguna de las condiciones establecidas para su cálculo, al objeto de que todos los días se publique un precio último diario, tal y como ocurre en otros mercados. Debe tenerse en cuenta que el precio último diario de la sesión de negociación anterior es considerado, en el caso de que no hubiera ninguna transacción para un producto en concreto en una sesión de negociación, para el cálculo de los rangos de precios permitidos en la introducción de ofertas en la plataforma de negociación por parte de los agentes. En su caso, y se aplicarán única y exclusivamente estas posibles modificaciones en relación al pago cálculo del precio último diario, podrían también incluirse en las reglas de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral MIBGAS Derivatives para los productos de la póliza, por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado en la siguiente tablalargo plazo.

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Samples: www.cnmc.es

Valoración. En caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen Dentro de un perito tiempo, no demasiado largo -mientras duren las bonificaciones-, pasará lo mismo que ambas partes designen con el contrato del 97 de común acuerdo por escritocarácter indefinido, pero se convertirán algunos temporales en indefinidos, obviando el debate de si estaba justificada la temporalidad, y de nuevo seguiremos hundidos en la precariedad. Es notorio que no se pusieran de acuerdo quiera entrar en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir fondo de la fecha cuestión, que es ni más ni menos que, mientras las empresas puedan tener trabajadores temporales en peores condiciones, con sueldos más bajos, en la más absoluta indefensión, ... no estabilizarán la contratación. No se entra en la defensa del puesto de trabajo fijo contrato completo fijo (¿?), sino que una sigue la lógica de ellas hubiere sido requerida por flexibilidad establecida contra los de tiempo parcial, que de no adornarse, podría la otra por escritopatronal utilizarlo como jornadas partidas, es decir, disposición a "full time" del trabajador, con medio sueldo. Fuente: "EXPANSIÓN" (6-XI-98) Fuente: "EXPANSIÓN" (6-XI-98) Sin embargo, hay quienes sí ven satisfechas sus aspiraciones: la patronal, que con ayuda del gobierno vieron como la Reforma Laboral del año pasado ponía en marcha nuevos mecanismos para facilitar el despido, para abaratar el despido y para reducir cotizaciones empresariales y que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de ahora ven como se continúa profundizando en aquella contrareforma con nuevas bonificaciones económicas y con una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de UGT-CCOO de sus criterios respecto a la Compañíaflexibilización de la organización del tiempo de trabajo. No obstante, simplemente determinará el Acuerdo no se subscribe por la pérdida CEOE al no recoger la máxima flexibilidad que eventualmente estaría obligada ellos plantean, en una clara postura de prepotencia por la Compañía situación de humillación constante en la que se han colocado los sindicatos mayoritarios. No solo debemos analizar este acuerdo en base a resarcirla letra firmada, quedando las partes conocemos la realidad lo suficientemente bien como para imaginarnos cual va a ser la aplicación en libertad la realidad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondienteseste acuerdo: Contrato a tiempo parcial para cubrir jornadas completas. En caso de Horas extraordinarias que no haber interés figurarán o no existir acuerdo respecto de la realización de la valoración, las partes podrán acudir a los medios de solución se cobrarán. Horas complementarias que plantea el ordenamiento jurídico. Si la presente póliza es renovada y la Compañía aplicara bonificación o recargos con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones se calcularán sobre el importe neto de la prima correspondiente o de la prima inicial de una nueva Póliza que se emita en sustitución de ésta, en su caso, y se aplicarán única y exclusivamente al pago de dicha prima. La compañía analizará anualmente, la experiencia siniestral de la póliza, por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado en la siguiente tablanunca serán consolidadas como jornada.

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Samples: Contrato Fijo

Valoración. En caso las reglas actuales, el Precio Último Diario se define como el precio de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía, acerca del monto de cualquier pérdida o daño, o del valor del bien, al momento de ocurrir el siniestro la cuestión será sometida a dictamen última Transacción de un perito que ambas partes designen producto en una Sesión de común acuerdo por escrito, pero si no se pusieran de acuerdo en el nombramiento de un sólo perito, se designarán dos, uno por cada parte, lo cual se hará en un plazo xx xxxx días contados a partir de la fecha en que una de ellas hubiere sido requerida por la otra por escrito, para que lo hiciere. Antes de empezar sus labores; los dos peritos nombrarán a un tercero para el caso de discordia. El fallecimiento de una de las partes si fuere persona física, o su disolución si fuere persona jurídica, ocurrida mientras se esté realizando el peritaje, no anulará ni afectará los poderes o atribuciones xxx xxxxxx o de los peritos x xxx xxxxxx tercero según el caso, o si alguno de los peritos de las partes o el perito tercero falleciere antes del dictamen, será designado otro por quien corresponda (las partes, los peritos o la autoridad judicial) para que lo sustituya. Los gastos y los honorarios que se originen con motivo del peritaje serán a cargo de la Compañía y del Asegurado por partes iguales, pero cada parte cubrirá los honorarios de su propio perito. El peritaje a que se refiere esta cláusula no significa aceptación de la reclamación por parte de la Compañía, simplemente determinará la pérdida que eventualmente estaría obligada la Compañía a resarcir, quedando las partes en libertad de ejercer las acciones y oponer las excepciones correspondientesNegociación. En caso de que no haber interés o hubiera habido ninguna Transacción del producto en la Sesión de Negociación, no existir acuerdo respecto se publicaría precio. Con esta metodología, en la que la última transacción casada marca el precio, podría darse el caso de una transacción de muy pequeña cantidad marcara el precio de la realización sesión, existiendo el riesgo de que dicho precio, que marcaría el valor del Precio Último Diario publicado por MIBGAS, no fuera representativo del precio real xxx xxxxxxx al cierre de la valoración, sesión. El cambio de metodología en el cálculo del Precio Último Diario pretende evitar la situación anterior que eventualmente podría dar una señal distorsionada del precio xxx xxxxxxx en el caso de que la última transacción se realizara a un precio muy separado del resto de las partes podrán acudir a transacciones realizadas en los medios de solución que plantea el ordenamiento jurídico. Si la presente póliza es renovada y la Compañía aplicara bonificación o recargos con base a su experiencia siniestral. Estas bonificaciones se calcularán sobre el importe neto últimos minutos de la prima correspondiente o sesión. La Propuesta de Resolución define el rango de precios existente entre los precios de la prima inicial oferta de compra y de venta más competitivas al cierre de la Sesión de Negociación como el “spread de cierre”. La CNMC considera adecuada la modificación propuesta en la fórmula de cálculo del Precio Último Diario para tratar de dar una nueva Póliza señal de precio más representativa de los precios xxx xxxxxxx al cierre de la sesión. La introducción de criterios de precio y volumen en el cálculo del Precio Último Diario reduce el riesgo de que se emita en sustitución una señal de éstaprecio distorsionada, en un mercado que aún no ha alcanzado suficiente liquidez. En relación con las alegaciones recibidas de algunos agentes, en las que se propone algún cambio en la fórmula de cálculo del índice, dado su casoalto contenido técnico, y se aplicarán única y exclusivamente al pago recomienda su discusión previa en el Comité de dicha primaAgentes xx xxxxxxx, pudiendo volver a considerarse su mejora si existe consenso por parte de los agentes en alguna modificación adicional. En el anexo este informe se recoge un análisis más detallado de la fórmula de cálculo del índice, así como alguna posible propuesta de mejora adicional, también para su discusión previa en el Comité de Agentes xx xxxxxxx. La compañía analizará anualmente, Propuesta de Resolución añade una validación en el proceso de validación de ofertas para evitar que se produzca la experiencia siniestral casación de la póliza, dos ofertas presentadas por lo cual podrá recargar o bonificar la prima a pagar de renovación, de acuerdo con el índice de siniestralidad presentado mismo agente en la siguiente tabla.negociación por subasta:

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