Vestuario del personal Cláusulas de Ejemplo

Vestuario del personal. Para las ambulancias objeto de la presente concurrencia, la empresa adjudicataria deberá proveer a su personal que preste servicio en dichos vehículos, del vestuario normalizado por GSC con sus logos, formatos y estilo correspondiente (según Anexo V), el cual podrá ser adquirido en el suministrador que estime conveniente siempre que se garantice el cumplimiento de calidades y estilos en idénticas condiciones al determinado, previo visto bueno de Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A.. El personal de servicio deberá utilizar, siempre que se encuentre prestando el mismo, la tarjeta de identificación y el vestuario correspondiente, debiendo adaptarse a las características y usos previstos en las Disposiciones de GSC. Asimismo, el personal uniformado sólo podrá hacer uso del uniforme o cualquier otro medio relacionado con la identidad visual y corporativa de GSC y SCS en el transcurso de la prestación de sus servicios, siendo responsable del buen uso del mismo la empresa adjudicataria.
Vestuario del personal. Todas personas asignadas a este servicio tendrán que ir correctamente uniformadas.  Todo el personal adscrito a este servicio tendrá que llevar una identificación visible con su nombre, apellido y fotografía durante su jornada laboral.  La ropa de trabajo llevará el logotipo de la empresa adjudicataria en lugar visible.  La empresa hará reposición de la ropa de trabajo según el convenio provincial.  La empresa tendrá la obligación de comunicar a DFB las entregas de ropa al personal. La uniformidad es imprescindible y obligatoria para todo el personal adscrito al servicio. La falta de ésta o una presentación en un grado de deterioro mínimo serán consideradas como falta leve.
Vestuario del personal. La Empresa facilitará ropa de trabajo adecuada a todo el personal laboral encuadrado en el presente Convenio, que presten servicios en puestos que impliquen un desgaste de prendas superior al normal, o que requieran especiales medidas de seguridad y protección, así como el personal que deba usar uniforme, una vez al año. Igualmente se facilitará ropa impermeable, al personal que habitualmente deba realizar su trabajo a la intemperie. Las prendas de trabajo, utensilios, herramientas o maquinaria de uso diario que tenga en su poder el trabajador a la fecha de la extinción del contrato de trabajo, en su caso, se retornaran a la empresa simultáneamente al cobro de la liquidación por finiquito.
Vestuario del personal. El vestuario de trabajo que identifique a los trabajadores, será aportado por la empresa adjudicataria. El personal estará obligado a vestir estas prendas durante la prestación del servicio. Dicho vestuario deberá ser cómodo, técnico, pudiendo tener elementos diferentes apropiados a las distintas características de las modalidades deportivas como Piscina, cicloindoor, Pilates, etc. El vestuario deberá tener un color vistoso y destacable para su rápida identificación, y llevar los logotipos de la empresa, de Logroño Deporte- Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en todas las prendas y en el lugar y tamaño que apruebe Logroño deporte. No podrá llevar otro tipo de publicidad salvo en el caso que sea autorizado expresamente por Logroño deporte. La propuesta con fotografía o imagen de las prendas, la demostración de cómo irían serigrafiadas, de la calidad, marca, características técnicas del material deportivo a utilizar, las unidades por trabajador, deberá presentarse en el Proyecto Deportivo. La propuesta presentada por la empresa adjudicataria deberá contar con la conformidad de los técnicos de Logroño deporte pudiendo proponer los cambios que consideren oportunos siendo aceptados en cualquier caso por la empresa. El vestuario mínimo exigido en el presente Xxxxxx a portar por la empresa para cada instructor y educador físico titular, será: de un chándal completo, un chubasquero, 3 camisetas de la talla apropiada, una pantaloneta o maya, a lo que habrá que añadir para el personal dedicado a las actividades acuáticas un gorro de baño y 2 bañadores apropiados a su sexo, al monitor de ciclo indoor un malliot ciclista pantalón y camiseta y guantes. El vestuario ha de servir para el reconocimiento inmediato por parte de los usuarios que realicen las distintas actividades. La empresa adjudicataria deberá proporcionar inmediatamente todos los repuestos de vestuario a sus trabajadores en caso de necesidad y además cuando se considere defectuoso por los técnicos de Logroño deporte. los instructores y educadores físicos que no sean titulares de una actividad, deberán disponer obligatoriamente de camiseta, ropa y gorro de baño en su caso, en perfecto estado, como mínimo para el desarrollo de la actividad. Será motivo de sanción directa la no utilización por parte del personal de la empresa del vestuario descrito, siempre que se demuestre fehacientemente tal extremo, a través de prueba o informe de los técnicos de Logroño Deporte. Los inventarios se realizarán en los periodos que no ...

Related to Vestuario del personal

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.