Vestuario del personal Cláusulas de Ejemplo

Vestuario del personal. Para las ambulancias de soporte vital básico, avanzado y sanitarizada, la empresa adjudicataria deberá proveer a su personal que preste servicio en dichos vehículos, del vestuario normalizado por GSC con sus logos, formatos y estilo correspondiente (según Anexo IV), el cual podrá ser adquirido en el suministrador que estime conveniente siempre que se garantice el cumplimiento de calidades y estilos en idénticas condiciones al determinado, previo visto bueno de Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A.. El personal de servicio deberá utilizar, siempre que se encuentre prestando el mismo, la tarjeta de identificación y el vestuario correspondiente, debiendo adaptarse a las características y usos previstos en las Disposiciones de GSC. Asimismo, el personal uniformado sólo podrá hacer uso del uniforme o cualquier otro medio relacionado con la identidad visual y corporativa del GSC y SCS en el transcurso de la prestación de sus servicios, siendo responsable del buen uso del mismo la empresa adjudicataria.
Vestuario del personal. Todas personas asignadas a este servicio tendrán que ir correctamente uniformadas.  Todo el personal adscrito a este servicio tendrá que llevar una identificación visible con su nombre, apellido y fotografía durante su jornada laboral.  La ropa de trabajo llevará el logotipo de la empresa adjudicataria en lugar visible.  La empresa hará reposición de la ropa de trabajo según el convenio provincial.  La empresa tendrá la obligación de comunicar a DFB las entregas de ropa al personal. La uniformidad es imprescindible y obligatoria para todo el personal adscrito al servicio. La falta de ésta o una presentación en un grado de deterioro mínimo serán consideradas como falta leve.
Vestuario del personal. La Empresa facilitará ropa de trabajo adecuada a todo el personal laboral encuadrado en el presente Convenio, que presten servicios en puestos que impliquen un desgaste de prendas superior al normal, o que requieran especiales medidas de seguridad y protección, así como el personal que deba usar uniforme, una vez al año. Igualmente se facilitará ropa impermeable, al personal que habitualmente deba realizar su trabajo a la intemperie. Las prendas de trabajo, utensilios, herramientas o maquinaria de uso diario que tenga en su poder el trabajador a la fecha de la extinción del contrato de trabajo, en su caso, se retornaran a la empresa simultáneamente al cobro de la liquidación por finiquito.
Vestuario del personal. El vestuario de trabajo que identifique a los trabajadores, será aportado por la empresa adjudicataria. El personal estará obligado a vestir estas prendas durante la prestación del servicio. Dicho vestuario deberá ser cómodo, técnico, pudiendo tener elementos diferentes apropiados a las distintas características de las modalidades deportivas como Piscina, cicloindoor, Pilates, etc. El vestuario deberá tener un color vistoso y destacable para su rápida identificación, y llevar los logotipos de la empresa, de Logroño Deporte- Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en todas las prendas y en el lugar y tamaño que apruebe Logroño deporte. No podrá llevar otro tipo de publicidad salvo en el caso que sea autorizado expresamente por Logroño deporte. La propuesta con fotografía o imagen de las prendas, la demostración de cómo irían serigrafiadas, de la calidad, marca, características técnicas del material deportivo a utilizar, las unidades por trabajador, deberá presentarse en el Proyecto Deportivo. La propuesta presentada por la empresa adjudicataria deberá contar con la conformidad de los técnicos de Logroño deporte pudiendo proponer los cambios que consideren oportunos siendo aceptados en cualquier caso por la empresa. El vestuario mínimo exigido en el presente Xxxxxx a portar por la empresa para cada instructor y educador físico titular, será: de un chándal completo, un chubasquero, 3 camisetas de la talla apropiada, una pantaloneta o maya, a lo que habrá que añadir para el personal dedicado a las actividades acuáticas un gorro de baño y 2 bañadores apropiados a su sexo, al monitor de ciclo indoor un malliot ciclista pantalón y camiseta y guantes. El vestuario ha de servir para el reconocimiento inmediato por parte de los usuarios que realicen las distintas actividades. La empresa adjudicataria deberá proporcionar inmediatamente todos los repuestos de vestuario a sus trabajadores en caso de necesidad y además cuando se considere defectuoso por los técnicos de Logroño deporte. los instructores y educadores físicos que no sean titulares de una actividad, deberán disponer obligatoriamente de camiseta, ropa y gorro de baño en su caso, en perfecto estado, como mínimo para el desarrollo de la actividad. Será motivo de sanción directa la no utilización por parte del personal de la empresa del vestuario descrito, siempre que se demuestre fehacientemente tal extremo, a través de prueba o informe de los técnicos de Logroño Deporte.

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  • Vestuario Las empresas están obligadas a solicitar de cada uno de sus clientes la puesta a disposición de un cuarto apropiado, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 486/1997, de 14 xx xxxxx, de Lugares de Trabajo, para su exclusiva utilización como vestuario por el personal de limpieza. En los concursos públicos deberá incluirse dicha solicitud en la oferta que se presente.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Igualdad de oportunidades y no discriminación De acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptarán medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que negociarán y, en su caso, acordarán, con la representación legal de los trabajadores, en la forma que se determine en la legislación laboral. En el caso de empresas de más de 250 trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. Los planes de igualdad fijaran los concretos objetivos a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados. Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad podrán contemplar, entre otras, las materias de acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Los planes de igualdad incluirán la totalidad de una empresa, sin perjuicio del establecimiento de acciones especiales adecuadas respecto a determinados centros de trabajo. Comisión paritaria de igualdad. Con el fin de interpretar y aplicar correctamente la ley 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que tuvo su entrada en vigor el 24 xx xxxxx de 2007, se crea una comisión paritaria de igualdad con las siguientes funciones:

  • NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.

  • Multiusuarios del servicio público de aseo Son todos aquellos suscriptores agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la persona prestadora del servicio en los términos del presente decreto o las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen y que hayan solicitado el aforo de sus residuos para que esta medición sea la base de la facturación del servicio público de aseo. La persona prestadora del servicio facturará a cada inmueble en forma individual, en un todo de acuerdo con la regulación que se expida para este fin.

  • PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS En caso de siniestro, el asegurado, tomador, beneficiario, o sus respectivos representantes legales, directamente o a través de la entidad aseguradora o del mediador de seguros, deberá comunicar, dentro del plazo de siete días de haberlo conocido, la ocurrencia del siniestro, en la delegación regional del Consorcio que corresponda, según el lugar donde se produjo el siniestro. La comunicación se formulará en el modelo establecido al efecto, que está disponible en la página web del Consorcio (xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx), o en las oficinas de éste o de la entidad aseguradora, al que deberá adjuntarse la documentación que, según la naturaleza de los daños, se requiera. Asimismo, se deberán conservar restos y vestigios del siniestro para la actuación pericial y, en caso de imposibilidad absoluta, presentar documentación probatoria de los daños, tales como fotografías, actas notariales, vídeos o certificados oficiales. Igualmente, se conservarán las facturas correspondientes a los bienes siniestrados cuya destrucción no pudiera demorarse. Se deberán adoptar cuantas medidas sean necesarias para aminorar los daños. La valoración de las pérdidas derivadas de los acontecimientos extraordinarios se realizará por el Consorcio de Compensación de Seguros, sin que éste quede vinculado por las valoraciones que, en su caso, hubiese realizado la entidad aseguradora que cubriese los riesgos ordinarios. Para aclarar cualquier duda que pudiera surgir sobre el procedimiento a seguir, el Consorcio de Compensación de Xxxxxxx dispone del siguiente teléfono de atención al asegurado: 902 222 665.

  • INFORMACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL Ap. Paterno Ap. Materno Nombre(s) Número Número de Testimonio Lugar Fecha de expedición

  • MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO “No aplica este Método”

  • RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.