VISTA Y OBSERVACIONES Cláusulas de Ejemplo

VISTA Y OBSERVACIONES. Los Proponentes podrán tomar vista del contenido de la documentación correspondiente a las Etapas N° 1 y N° 2 de las Propuestas en la oficina de la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA sita en Xxxxxxxx Xxxxxxxx X° 000, Xxxxxxx 0.000, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, en el horario de 10 a 16 horas, dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la fecha de apertura de cada una de las Etapas correspondientes, plazo durante el cual los mismos podrán formular sus observaciones a las Propuestas presentadas, mediante el Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx). Vencido el plazo de vista de cada etapa, comenzará el período de evaluación de las Propuestas, durante el cual las actuaciones permanecerán reservadas, hasta que se emita y publique el Dictamen de Precalificación y Evaluación respectivamente. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM
VISTA Y OBSERVACIONES. Los Oferentes podrán tomar vista del contenido de las Ofertas dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la fecha de apertura, término durante el cual podrán presentar, si lo estimaren procedente, observaciones respecto a dicho contenido. La vista de las actuaciones podrá ser realizada en Xx. Xxx Xxxxxxxxxx 0000, Xxxx 0, xxxxxxx 000 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 11:00 a 17:00 horas o la que se indique al momento de la apertura. Vencido dicho plazo de vista, comenzará la etapa de evaluación de las Ofertas, periodo de confidencialidad, durante el cual no se podrá tener acceso a las actuaciones, hasta que se emita y publique el dictamen respectivo.
VISTA Y OBSERVACIONES. Los Oferentes podrán tomar vista del contenido de las Ofertas dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la fecha de apertura, término en el cual podrán presentar, asimismo, y si lo estimaren procedente, observaciones respecto a dicho contenido. Los Oferentes podrán impugnar el acto o cualquiera de las Propuestas por escrito presentado en las oficinas de ENERFE y dentro del término señalado; en todos los casos, las impugnaciones deberán ser fundadas. Serán resueltas, sin más trámite, por ENERFE en la Resolución de Adjudicación. La vista de las actuaciones podrá ser realizada por escrito en las oficinas de ENERFE, sitas en X. Xxxxxxx N°260, Piso3º, Xxxxxx xx Xxxxx Xx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx, XX (0000), Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, de 12.00 a 16.00 horas. No se aceptarán consultas ni pedidos de vista telefónicos o por correo electrónico. No serán contestadas aquellas vistas que se presenten fuera de término. Vencido dicho plazo de vista, comenzará la etapa de evaluación de las ofertas, durante el cual el Legajo de Licitación permanecerá reservado a disposición de la Comisión de Evaluación (CEPA) conformada al efecto, período de confidencialidad, durante el cual no se podrá tener acceso a las actuaciones, hasta que se emita y publique el dictamen respectivo. Una vez presentadas las Ofertas los Oferentes no podrán presentar espontáneamente información ni documentación adicional relativa a la Oferta ni que la modifique.
VISTA Y OBSERVACIONES. Se establecerá un plazo total de tres (3) días, iniciados a partir del segundo día hábil posterior a la fecha de apertura, para la vista de ofertas. Cada oferente podrá solicitar un turno por única vez. La extensión horaria otorgada a cada interesado dependerá de la cantidad total de ofertas presentadas, ello en virtud de la distribución equitativa de tiempo dentro del plazo total establecido y serán otorgados en el mismo orden de presentación de las ofertas. El cronograma de vista será concertado con los oferentes en el mismo día de la apertura. Los oferentes podrán formular sus respectivas observaciones a las demás ofertas dentro del plazo perentorio de tres (3) días corridos iniciados una vez finalizada su toma de vista. De considerarse pertinente y necesario, la Comisión Evaluadora de Ofertas correrá traslados a los oferentes involucrados de las observaciones efectuadas a sus ofertas, quienes contarán a su vez con un plazo de tres (3) días corridos para presentar su respuesta a las manifestaciones allí formuladas.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.