PLIEGO DE CONDICIONES ESPECIALES
PLIEGO DE CONDICIONES ESPECIALES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 452-0004-LPU17
Montaje de Cañerías para la construcción del Proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”
CAPÍTULO I.- CONDICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL LLAMADO
La presente convocatoria a Licitación Pública Nacional tiene por objeto la contratación y ejecución del montaje de cañerías para la construcción del Proyecto denominado “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL” bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064, comprendiendo las ampliaciones de los siguientes gasoductos:
OBRA N° 1: Gasoducto Regional Centro II –Recreo/Rafaela/Sunchales (Sistema operado por distribuidora Litoral Gas S.A).
OBRA N° 2: Sistema Cordillerano/Patagónico (Sistema operado por Camuzzi Gas del Sur S.A.).
OBRA N° 3: Gasoducto Cordillerano (Sistema operado por Transportadora Gas del Sur S.A.)
OBRA N° 4: Gasoducto de la Xxxxx (Sistema operado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. – CGP).
La contratación comprende, además de la ejecución de las obras, servicios, tareas y documentación previstos en la Documentación Licitatoria, los trabajos que a continuación se enumeran: realización del proyecto constructivo, provisión de materiales, equipos, herramientas, mano de obra y las tramitaciones y obtención de habilitaciones y permisos que corresponda efectuar ante organismos gubernamentales o del sector privado necesarios para la ejecución completa de la obra y su habilitación.
ARTÍCULO 2.- GLOSARIO
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La terminología utilizada en la Documentación Licitatoria tiene la significación que seguidamente se indica:
1) Comitente: MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
2) Distribuidora: es toda persona jurídica titular de una licencia de distribución de gas de conformidad a lo dispuesto por las Reglas Básicas –Anexo B - aprobadas por el Decreto N° 2255/92.
3) Licitación: es el procedimiento destinado a la contratación y ejecución del montaje de cañerías para la construcción del Proyecto denominado “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL” bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.
4) Licitante: es el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
5) Licenciataria: es la sociedad titular de la licencia de distribución y/o transporte de gas de conformidad a lo dispuesto por las Reglas Básicas – Anexo A y B- aprobadas por el Decreto N° 2255/92.
6) Obra: es cada una de las ampliaciones que se llevará a cabo en cada uno de los gasoductos, a saber:
OBRA N° 1: Gasoducto Regional Centro II –Recreo/Rafaela/Sunchales (Sistema operado por distribuidora Litoral Gas S.A).
OBRA N° 2: Sistema Cordillerano/Patagónico (Sistema operado por Camuzzi Gas del Sur S.A.).
OBRA N° 3: Gasoducto Cordillerano (Sistema operado por Transportadora Gas del Sur S.A.)
OBRA N° 4: Gasoducto de la Xxxxx (Sistema operado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. – CGP).
7) Proyecto: es la “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”.
8) SUBSECRETARÍA: SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA ENERGÉTICA dependiente de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
9) Transportista: es toda persona jurídica titular de una licencia de transporte de gas, incluyendo todas las actividades accesorias de manipuleo, medición, pruebas y contabilización, de conformidad a lo dispuesto por las Reglas Básicas –Anexo A - aprobadas por el Decreto N° 2255/92.
10) Unión Transitoria: es la unión de partes para el desarrollo o ejecución de
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obras, servicios o suministros concretos, de conformidad con lo previsto en artículo 1463 del Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 3.- LEY APLICABLE
El presente procedimiento se regirá por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064, sus complementarias y modificatorias y la Documentación Licitatoria.
Asimismo, serán de aplicación las Leyes N° 25.551 y N° 18.875, y su normativa complementaria.
La presentación de la Propuesta implicará el pleno conocimiento y la aceptación de todas las condiciones y los requisitos establecidos en la normativa mencionada.
ARTÍCULO 4.- JURISDICCIÓN
Los interesados, Proponentes, Adjudicatarios y Contratistas se someten, para la resolución de toda cuestión vinculada a la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones dimanadas del presente Pliego, a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la República Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción, judicial o arbitral, que pudiere corresponder y a la posibilidad de recusar sin causa. La sola presentación de la oferta importa la aceptación de esta jurisdicción.
ARTÍCULO 5.- PRESUPUESTO OFICIAL
El Presupuesto Oficial de la presente Licitación asciende a la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 21/100
($2.573.871.285,21), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido.
La discriminación del Presupuesto Oficial para cada una las obras comprendidas en la Licitación es la siguiente:
OBRA N° 1: PESOS UN MIL VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y CUATRO ($1.020.884.094,00), Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A) incluido.
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OBRA N° 2: PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 73/100
($693.193.547,73), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) incluido.
OBRA N° 3: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 40/100
($443.189.317,40), Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) incluido.
OBRA N° 4: PESOS CUATROCIENTOS DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 08/100
($416.604.326,08) Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) incluido.
Se deja expresa constancia que dichos montos comprenden todos los impuestos, gastos generales, tasas y contribuciones aplicables conforme a la normativa vigente.
Como ANEXO I y ANEXO XIII, se acompañan modelos de declaración jurada mediante los cuales el Proponente deberá indicar con precisión por cual de las Obras formulará su Oferta y por cada Obra por separado, para las Etapas N° 1 y N° 2, respectivamente.
ARTÍCULO 6.- SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El Licitante contratará la ejecución de la presente Licitación bajo el “SISTEMA DE AJUSTE ALZADO”, en el marco del régimen previsto por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 y normativa aplicable.
ARTÍCULO 7.- CLASE DE LICITACIÓN
La presente Licitación Pública Nacional se realizará por etapa múltiple y está dirigida a Proponentes locales en los términos de la Ley 18.875.
En la Etapa 1 se evaluarán los antecedentes empresariales y técnicos, la capacidad económica-financiera, las garantías, la propuesta técnica y demás información aportada relacionada con la capacidad técnica del Proponente, conforme los parámetros de evaluación establecidos en este pliego.
En la Etapa 2 se evaluarán únicamente las ofertas económicas de los Proponentes que hayan resultado preseleccionados en la Etapa 1.
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ARTÍCULO 8.- PLAZO DE EJECUCIÓN
Para la ejecución de las Obras comprendidas en la presente Licitación se han fijado plazos según se indica a continuación, todos a contar desde la fecha del acta de inicio:
Xxxx Xx 0 Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx XX, Xxxxxx/Xxxxxxx/Xxxxxxxxx (Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx): TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos.
Obra N° 2 Gasoducto Cordillerano – Patagónico (Provincias de Río Negro, Del Neuquén y de Chubut): TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos.
Xxxx Xx 0 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx): DOSCIENTOS SETENTA (270) días corridos.
Xxxx Xx 0 Xxxxxxxxx xx xx Xxxxx (Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx): TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos.
En caso que el Proponente resulte adjudicatario en más de una obra, deberá cumplir la condición de ejecución simultánea de las mismas.
ARTÍCULO 9.- DOMICILIO
Los Proponentes deberán constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y un domicilio electrónico, donde serán válidas todas las notificaciones y/o comunicaciones que les sean remitidas con relación a la presente Licitación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 del PCG.
El correo electrónico que se constituya, deberá ser el denunciado en el sitio de internet del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx).
ARTÍCULO 10.- NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones entre el Licitante y/o Comitente y los Interesados, Proponentes, Adjudicatarios o Contratistas, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente:
a) por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante
legal al expediente;
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b) por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo;
c) por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el Artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación;
d) por carta documento;
e) por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal;
f) por correo electrónico, denunciado en el sitio de internet del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx);
h) mediante la difusión en el sitio mencionado precedentemente.
ARTÍCULO 11.- VISITA DE OBRA
El Proponente deberá declarar expresamente que ha visitado los lugares donde se emplazarán las obras respectivas y que conocen, por sí, todas las condiciones del terreno donde se habrán de erigir las obras, así como las características del ámbito local en materia de recursos, tipo de terreno, materiales, regulaciones, etc.; todo lo cual le permite aseverar que se encuentra en condiciones de realizar la obra de conformidad con las exigencias de la documentación licitatoria. Asimismo, asumirá la responsabilidad absoluta y exclusiva por vicios del suelo, sus características y naturaleza; y en consecuencia no podrá invocar en el futuro ninguna dificultad material imprevista.
A tales efectos deberá presentar la declaración jurada que como Anexo II forma parte del presente PCE, por cada una de las Obras que oferte.
Sin perjuicio de lo expuesto y de ser necesario, los Interesados podrán solicitar permiso de ingreso al lugar de la obra debiendo comunicarse previamente con la SUBSECRETARÍA vía correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, pudiendo realizar esta visita en el plazo que transcurra desde el llamado a licitación y hasta DIEZ (10) días hábiles administrativos previos a la fecha límite para la presentación de Ofertas, designando a una persona autorizada a concurrir al efecto.
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CAPÍTULO II.- DE LOS PROPONENTES
ARTÍCULO 12.- CAPACIDAD CIVIL DEL PROPONENTE
1) Pueden ser Proponentes las personas humanas o jurídicas que reúnan los recaudos del Capítulo III del PCG.
2) Deberán acreditar no hallarse incursas en ninguna de las causales de inhabilitación previstas en el Artículo 15 del PCG. A tal efecto, tanto las empresas como los presidentes, directores, síndicos, socios gerentes y representantes legales de personas jurídicas deberán presentar las declaraciones juradas contenidas en los ANEXOS III y IV del presente Pliego, respectivamente.
3) Los Proponentes deberán presentar toda la documentación que se establece en el presente PCE. Quienes actúen como representantes legales o apoderados, deberán acreditar la representación que invocan, acompañando copia certificada del respectivo instrumento (poder, acta de designación, etc.).
4) En el caso en que dos o más empresas se presenten asociadas a la licitación, deberán hacerlo de conformidad con lo establecido en el Artículo 17 del PCG y acompañar el compromiso formal de constitución de la Unión Transitoria (UT) o Consorcio de Cooperación.
Previo a la firma del Contrato, en su caso, deberán presentar el instrumento de constitución definitivo, en el que deberá constar:
a) El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y de cada una de las empresas asociadas, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, por el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato.
b) El compromiso de mantener la vigencia de la UT o Consorcio de Cooperación por un plazo no menor al fijado para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del Contrato.
c) El compromiso de no introducir modificaciones en los Estatutos de las
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empresas integrantes, ni en el de la UT, que importen una alteración de la responsabilidad, sin la aprobación previa del Licitante.
d) El compromiso de actuar exclusivamente bajo la representación unificada en todos los aspectos concernientes al Contrato.
Cada una de las partes integrantes de la UT o Consorcio de Cooperación deberá presentar la totalidad de la documentación que se exige a las sociedades legalmente constituidas debiendo unificar el domicilio y la representación.
En caso de resultar adjudicataria una UT o Consorcio de Cooperación deberá acreditar su inscripción en la Inspección General de Justicia, como requisito previo a la firma del Contrato. La falta de cumplimiento del presente requisito determinará la revocación de la adjudicación con la pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
Un integrante de una UT o Consorcio de Cooperación no podrá integrar otra ni constituirse como Proponente individual, quedando automáticamente imposibilitados de calificar todos los Proponentes que no cumplan con esta condición.
ARTÍCULO 13.- CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
Para ofertar en la presente Licitación, los Proponentes deberán presentar un certificado de capacidad de contratación vigente, expedido por el Registro Nacional de Constructores y Firmas Consultoras de Obra Pública, en la Sección Ingeniería o Ingeniería Electromecánica, con los alcances que se detallan en el presente, tanto en formato digital como en formato papel.
La Capacidad de Contratación mínima requerida debe ser igual o mayor al resultado que arrojen las fórmulas que a continuación se detallan emanada de la normativa vigente del Registro Nacional, donde los términos de la misma significan:
CC = Capacidad de Contratación mínima (en AR$). PO = Presupuesto Oficial de la Obra (en AR$).
PE = Plazo de Ejecución de la Obra (en meses o fracción).
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Para obras de menos de un año de plazo: CC: PO + PO (12 – PE)
12
Para obras de más de un año de plazo: CC: XX X 00
XX
Para el caso de adjudicación múltiple la capacidad de contratación requerida corresponde a la suma de las capacidades de contratación de cada una de las obras.
Será considerada inadmisible aquella Oferta que no sea acompañada del respectivo certificado o lo acompañe vencido.
En el supuesto de presentarse a la licitación empresas asociadas en cualquiera de las formas legalmente admitidas, sus respectivas capacidades de contratación se sumarán proporcionalmente al porcentaje de participación de cada una de ellas para calcular la capacidad de contratación mínima requerida, debiendo la socia principal cumplir con al menos el CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la pauta mínima expresada para un Proponente individual, mientras que las demás socias deberán cumplir con al menos el TREINTA POR CIENTO (30 %) cada una, de dicha pauta. No cumplir con alguno de estos requisitos será motivo suficiente para el rechazo de la Propuesta del consorcio.
Asimismo, el Proponente se obliga a informar al Licitante toda variación en su situación, conforme a la documentación presentada en el Registro Nacional, bajo apercibimiento de rechazar la oferta, ejecutar la garantía de mantenimiento e informar la situación al Registro Nacional.
ARTÍCULO 14.- CAPACIDAD TÉCNICA
La experiencia técnica específica requerida será determinada en función de las características particulares de cada obra, de acuerdo a lo indicado en la documentación licitatoria, teniendo en cuenta los antecedentes que las
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empresas registren ante el licitante, los certificados que acrediten la ejecución satisfactoria de otras obras análogas a la licitada y algún otro medio que el licitante considere pertinente.
I. Antecedentes de Obras:
Las obras presentadas como antecedente deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) La antigüedad de los antecedentes de obras que el Proponente presente para su consideración no deberán ser mayores a DIEZ (10) años con respecto a la fecha de apertura de Propuestas de la Licitación, con constancia expedida por el ente contratante, demostrando para cada obra ofertada, haber construido y alcanzado la condición de habilitación y recepción provisoria, para gasoductos de alta presión de un diámetro mayor o igual a DIEZ PULGADAS (10”), donde la cantidad total de pulgadas metro de las obras presentadas como antecedente deberá ser igual o mayor a la cantidad de pulgada metro de la Obra para la que desea calificar en la presente Licitación.
b) En el caso que el Proponente en la presente Licitación sea una U.T., el requisito anterior deberá cumplirse íntegramente por parte de al menos uno de los integrantes de la U.T. quien tendrá a cargo el gerenciamiento del proyecto, debiendo estar claramente especificado en el compromiso y en el contrato de la U.T.
c) Para el caso que el Proponente pretenda resultar adjudicatario de más de una Obra, para calificar técnicamente en la Etapa N° 1, el requerimiento mínimo global resultará de la suma de los requerimientos indicados en el acápite a) para cada una de las Obras que cotiza. Por otra parte, el Proponente deberá demostrar que los antecedentes presentados correspondan a obras o frentes de trabajo ejecutados en forma simultánea, de la misma magnitud de las que pretende ser adjudicatario.
d) Para el caso del acápite c) y que el Proponente sea una U.T. el requisito anterior deberá cumplirse por lo menos en un SETENTA POR CIENTO (70%) por parte de uno de los integrantes de la U.T. quien tendrá a cargo el gerenciamiento del proyecto, debiendo estar claramente
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especificado en el compromiso y en el contrato de la U.T., mientras que las demás socias deberán completar en conjunto el TREINTA POR CIENTO (30%) restante, no pudiendo cada una de ellas cumplir con menos del VEINTE POR CIENTO (20%).
En la Etapa N° 1, el Proponente deberá identificar, cuáles son las obras que ha cotizado, de manera de permitir al Licitante la correcta evaluación de su capacidad para poder determinar para qué Obra/s resulta/n admisible/s (Ver Anexo I al presente PCE).
A tales efectos, los Proponentes deberán adjuntar los certificados de recepción provisoria y/o definitiva, además de documentación emitida por el/los Entes Contratantes, que indique: Monto del Contrato, Descripción de la Obra, jurisdicción de pertenencia (indicando dirección y teléfono), km de gasoductos de alta presión construidos y habilitados, (diámetro, longitud y presión de trabajo), y todo dato relevante que permita evaluar las obras realizadas frente a las licitadas en el presente llamado, fechas de inicio y finalización de los trabajos.
La documentación respaldatoria deberá estar certificada por escribano o autoridad competente.
En caso que los antecedentes presentados correspondan a trabajos efectuados en UT, a los efectos de la evaluación de la capacidad técnica, se considerará el porcentaje de participación del oferente en la UT, para el cálculo de las pulgadas-metro.
El Licitante se reserva el derecho de indagar sobre los datos relativos al cumplimiento de los compromisos contractuales oportunamente asumidos por el Proponente.
A fin del cumplimiento del presente apartado, se acompaña como Anexo V, una declaración jurada mediante la cual el Proponente formula el detalle de obras ejecutadas y/o en ejecución por parte del mismo.
II. Nómina de subcontratistas:
El Proponente podrá presentar un listado de subcontratistas especializados que se proponga subcontratar en el marco de la ejecución de la Obra, indicando los
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antecedentes de trabajos ejecutados de naturaleza similar a los que se propone que realicen.
En ningún caso se aceptará la subcontratación total de la obra.
Todo subcontratista que pretenda ser incorporado a la obra deberá ser aprobado previamente por el representante del Comitente.
Como ANEXO VI, se acompaña el modelo de declaración jurada mediante la cual se deberá detallar la nómina de subcontratistas.
III. Antecedentes del Representante Técnico y del Jefe de Obra:
Para cada una de las Obras a ofertar deberán presentar los antecedentes (curriculum vitae) del Representante Técnico y del Jefe de Obra, quienes deberán poseer matrícula vigente en las jurisdicciones donde se ejecutarán las Obras en caso de resultar adjudicatarios, los cuales como requisito mínimo a cumplimentar es que hayan realizado obras de igual o mayor magnitud a las que se licitan y con una experiencia no menor a TRES (3) AÑOS dentro de los últimos DIEZ (10) AÑOS previos a la presentación de las propuestas, además de cumplimentar los requisitos y declaración que se establecen en el Artículo 60 del PCG.
IV.- Detalle del Personal Especializado Afectado a la Obra:
Deberá presentar el detalle del personal propio especializado afectado a la obra, con sus respectivos currículums vitae y dentro de las siguientes categorías y en la forma que se indica en el Anexo VII del presente:
Encargado de Personal
Encargado de Higiene y Seguridad
Encargado de Medio Ambiente e Impacto Ambiental Jefe de Línea
V.- Equipos a Afectar a las Obras:
Deberá presentar el detalle del equipamiento a afectar a las obras indicando cuales serán propios y cuales alquilados, los mismos se indicarán según la forma indicada en el Anexo VIII del presente (en el anexo indicar cantidad, año,
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lugar de emplazamiento, marca, modelo y el tiempo de afectación de cada uno de ellos para cada una de las obras en las que oferta, etc).
Para los equipos que serán de alquiler deberá formalizar una carta de compromiso de alquiler y presentarlo junto con la oferta.
El Licitante se reserva el derecho de visitar los equipamientos tanto de propiedad del Proponente como en alquiler a efectos de la evaluación de los mismos, con lo cual deberá indicarse el lugar en donde se encuentran.
Los tipos y cantidad de equipos que incorpore el contratista a la obra serán parte de la evaluación por parte del Licitante.
CAPÍTULO III.- DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 15.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
15. 1. A los efectos de la admisibilidad de las Propuestas, los Proponentes deberán individualizar la garantía de mantenimiento de oferta, la que deberá ser constituida por un monto equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del Presupuesto Oficial de cada una de las Obras que cotiza, según lo establece el Artículo 21 del PCG. El documento original de dicha garantía deberá ser presentado hasta DOS (2) horas después de la fecha y hora indicadas para el acto de apertura de las Propuestas en la convocatoria, en la oficina de la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sita en Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xxxx 00, xxxxxxx 0.000 xx XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX. Asimismo dicho documento deberá ser presentado en un sobre cerrado, no debiendo contener en su exterior ningún tipo de identificación y/o indicio que sugiriera directa o indirectamente el monto presupuestado, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado y ordenarse la devolución a su presentante sin más trámite.
En el sobre sólo deberá figurar:
● Nº de licitación
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● Obra debidamente detallada
● Fecha y hora de apertura.
15.2. En caso de que la garantía de mantenimiento de oferta se formalice mediante dinero en efectivo, deberá efectuarse a través de depósito en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Nº 599 Plaza xx Xxxx, Cuenta Corriente N° 54622/85 CBU: 0110599520000054622852, C.U.I.T.: 30- 71511547-2, Denominación: MIN.ENYMIN-5801/328-REC.DEP.GTIA-F.TERC.
15.3. Si la garantía se constituye mediante Póliza de Seguro de Caución, deberá efectuarse a favor del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, con domicilio en Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000, Xxxx 0x, Xxxxxxx 000, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX.
15.4. Si se constituyere mediante fianza bancaria, deberá dejarse expresa constancia de que la entidad bancaria se constituye en fiador codeudor solidario, liso y llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo 1.584 del Código Civil y Comercial de la Nación, a favor del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
En los casos indicados en 15.2. y 15.3. deberá además dejarse constancia de que la cobertura o fianza se constituye hasta tanto se den por finalizadas las obligaciones asumidas por el Proponente dentro del procedimiento licitatorio, así como también deberá dejarse expresa constancia del número de licitación y el nombre del Licitante.
ARTÍCULO 16.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA
Los Proponentes están obligados a mantener su Propuesta durante un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura de las Propuestas en la Etapa Nº 1. Sin embargo, el plazo de mantenimiento de oferta quedará prorrogado de pleno derecho por períodos de TREINTA (30) días corridos hasta el momento de la firma del Contrato, a menos que los Proponentes manifiesten su voluntad en contrario por escrito en forma fehaciente, por lo menos con QUINCE (15) días corridos de anticipación al vencimiento del plazo original o al de alguna de sus prórrogas.
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ARTÍCULO 17.- NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
I.- En la fecha y hora indicadas en la convocatoria se presentará la Propuesta en el Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx) de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo IV del PCG, por las Obras indicadas en el presente PCE, en el PET, y aquellos que se soliciten en forma separada y obligatoria.
Asimismo, la documentación indicada en los apartados 1, 2 y 3 del Artículo 18 del presente PCE, deberá ser presentada en soporte papel en un ejemplar, debidamente foliada, firmada e individualizada en sobre cerrado (Sobre único para la totalidad de las Obras), no debiendo contener en su exterior ningún tipo de identificación y/o indicio que sugiriera directa o indirectamente el monto presupuestado, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado y ordenarse la devolución a su representante sin más trámite.
En el sobre sólo deberá figurar:
● Nº de licitación
● Obra debidamente detallada
● Fecha y hora de apertura.
En caso de discrepancia entre la documentación presentada en formato digital y en formato papel, se tendrá por válida la presentada en formato digital.
Deberá tenerse presente que se trata de ampliaciones sobre sistemas de transporte y distribución existentes, los cuales son operados por distintas licenciatarias (de transporte y/o distribución), motivo por el cual los materiales, así como la ejecución y habilitación de las obras, deberán cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por el presente PCE y el PET.
Los Proponentes podrán cotizar una o más de las Obras indicadas según se indica en las Planillas de Cotización, sin estar obligados a cotizar todas las obras y podrán resultar adjudicatarios de una, varias o todas las Obras indicadas.
En ningún caso, por sí o por terceros, o por empresas vinculadas, un Proponente o sus integrantes podrán participar en más de un consorcio
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Proponente u oficiar de Subcontratistas de otro Proponente.
El oferente, deberá indicar en la Etapa 1, cuáles son las Obras que ha cotizado para la Etapa 2, de manera de permitir al Licitante la correcta evaluación de sus capacidades previo a la apertura de este último sobre, para poder determinar para qué Obra u Obras resulta calificado (ver Anexo I al presente PCE).
II.- Formalidades:
2) Certificaciones, legalizaciones y traducciones: Toda la documentación presentada en fotocopia deberá ser legible y estar debidamente certificada por escribano público o autoridades judiciales, y legalizada si correspondiere, para ser considerada en el presente procedimiento de licitación. Los documentos emitidos por autoridades extranjeras deberán presentarse legalizados por autoridad consular o con su respectiva apostilla o el trámite de autenticación pertinente de acuerdo a la legislación argentina y convenios internacionales vigentes con el país de procedencia. Los documentos y asientos contables deberán hallarse firmados en todas sus hojas por Contador Público matriculado en la jurisdicción que corresponda, y certificados por el Consejo Profesional de la jurisdicción de que se trate.
3) Idioma: La Propuesta y los documentos relativos a ella deberán relatarse en idioma español. La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al español, realizada por traductor público matriculado, y certificada por el Colegio de Traductores respectivo. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al español, prevalecerá esta última.
ARTÍCULO 18: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA ETAPA N° 1: ANTECEDENTES Y PROPUESTA TÉCNICA
El Proponente deberá presentar antecedentes institucionales, económico- financieros y técnicos, la propuesta técnica, con los siguientes requerimientos:
1.- Antecedentes Institucionales y Económico-Financieros:
a) Constitución de domicilio: Los Proponentes deberán constituir domicilio en la
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cual serán válidas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen mientras no manifiesten fehacientemente al Comitente su voluntad de constituir uno nuevo. Además de dicho domicilio, los Proponentes deberán informar su número de teléfono y la dirección de correo electrónico denunciada en el Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx) donde poder cursarles comunicaciones vinculadas con la presente licitación.
b) Copia autenticada del contrato constitutivo de la sociedad y sus modificatorias y, en su caso, del contrato o compromiso de constitución de la UT o Consorcio de Cooperación, con copia de la última Acta de designación de autoridades vigente.
c) Certificado de Capacidad de Contratación Anual extendido por el Registro Nacional de Constructores y Firmas Consultoras de Obra Pública, vigente a la fecha de la apertura de las Propuestas.
d) Constancia de inscripción en la Inspección General de Justicia o Dirección Provincial de Personas Jurídicas que corresponda. Las personas jurídicas deberán acompañar constancia de inscripción de su contrato constitutivo y las modificaciones introducidas en el mismo en la Inspección General de Justicia o Dirección Provincial de Personas Jurídicas que corresponda. Las sociedades extranjeras que constituyan una sucursal en los términos del Artículo 118 de la ley N° 19.550 deberán acompañar la presentación de la documentación correspondiente ante la Inspección General de Justicia o Dirección Provincial de Personas Jurídicas que corresponda.
e) Instrumento que acredite la representación del firmante; deberá acompañarse a la Propuesta el instrumento que acredite la representación de quien la suscribe (poder con facultades suficientes, acta de directorio, etc.) debidamente autenticados. Los poderes conferidos fuera de la República Argentina deberán ser otorgados según las formas del lugar de otorgamiento y legalizados según la legislación vigente en la República Argentina.
f) Últimos TRES (3) balances de cierre de ejercicio: dichos balances deberán estar suscriptos por Contador Público y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o equivalente en la sede social principal del Proponente. Cuando la fecha de cierre del último balance aprobado sea igual o
mayor a SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse
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un estado de situación patrimonial correspondiente al período comprendido entre la fecha del último balance aprobado y TREINTA (30) días corridos previos a la fecha límite para presentar la oferta. Dicho Estado de Situación Patrimonial deberá ser suscripto por Contador Público y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, o entidad equivalente en la sede social principal del Proponente, acompañando además el correspondiente dictamen de auditoría externa. A dicha conversión deberá acompañarse una nota donde el profesional interviniente exprese los criterios que ha utilizado para la evaluación, y exponga los rubros que integran los estados contables respectivos. En caso de que la moneda original del balance no sea cotizada por el Banco de la Nación Argentina, se admitirá que la conversión sea efectuada en primer lugar a dólares estadounidenses tomando como base el tipo de cambio vendedor de la Reserva Federal de los Estados Unidos, y luego de dólares a pesos de acuerdo al tipo de cambio establecido por el presente artículo.
g) Certificado fiscal para contratar: los Proponentes deberán presentar el certificado vigente, o copia de la Nota presentada ante la AFIP solicitando su emisión, con la debida antelación.
h) Declaración jurada de habilidad para contratar con el Estado (ANEXOS III y IV).
i) Declaración jurada de aceptación de competencia (ANEXO IX).
j) Garantía de mantenimiento de oferta.
k) Declaración jurada de Visita a las Obras (ANEXO II).
l) Declaración jurada manifestando si el Proponente tiene juicios pendientes con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal sus entidades descentralizadas sea como actor o demandado, indicando el importe comprometido en el pleito e individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría, entidad demandada y estado procesal, conforme Anexo X.
m) Declaración Jurada de que el Proponente no posee deudas exigibles por ningún concepto con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, y/u Organismos Descentralizados, conforme Anexo XI.
2.- Antecedentes Técnicos:
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a) Designación de los profesionales que actuarán en carácter de Representante Técnico y Jefe de Obra, para cada una de las Obras, con la conformidad de dichos profesionales respecto de la designación, matriculación respectiva y su Currículum Vitae, de acuerdo a lo exigido por el presente Pliego.
b) Listado de antecedentes de obras, y la documentación que respalde su ejecución, conforme Apartado I del Artículo 14 y Anexo V del presente PCE.
3.- Propuesta Técnica:
a) Memoria Descriptiva para cada una de las Obras a ofertar, en la que se indique claramente la metodología que utilizará el Proponente para la construcción, en la que se deberá incluir un histograma del personal directo e indirecto en sus distintas categorías, histograma de equipos y el organigrama propuesto para el desarrollo de los trabajos, de acuerdo con lo especificado en la Documentación Licitatoria. Para el caso que el Oferente cotice más de una obra y pretenda adjudicación múltiple, deberá especificar claramente su desarrollo, organigrama, equipamientos y plan de trabajos que demuestre claramente que puede ejecutar en forma simultánea y en distintas regiones las obras que oferta, dentro de los plazos indicados en el presente PCE.
b) Plan de Trabajo que demuestre el avance físico porcentual para cada una de las Obras ofertadas, considerando lo dispuesto en el Artículo 40 del presente PCE. Dicho plan deberá tener la apertura de ítems conforme se indique en la Planilla de Cotización. Este Plan de Trabajos deberá ser del tipo Diagrama xx Xxxxx y se confeccionará con el programa Microsoft Project 2010 (o posterior) o software similar además deberá ser presentado impreso.
c) Procedimiento de descarga y estibado de la cañería, así como de la carga en el obrador, el que deberá ser sujeto a aprobación del Comitente, en caso de resultar adjudicatario.
d) Nómina de Subcontratistas afectado a cada una de la/las Obra/s a ofertar, conforme a lo dispuesto en el presente PCE, según Apartado II del Articulo 14 (Anexo VI).
e) Detalle del personal especializado afectado a cada una de la/las Obra/s a
ofertar con sus respectivos currículums, conforme a lo dispuesto en el Apartado VII del Articulo 14 del presente PCE.
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f) Procedimientos de Aseguramiento de Calidad, Manuales de Higiene y Seguridad y Procedimientos Ambientales (Ver Art 42 y Anexo XVI del presente PCE).
g) Listado de Equipos que el Proponente propone utilizar para la realización de los trabajos licitados en el presente Pliego para la/las obra/s a ofertar, según la metodología de trabajo indicada en su Memoria Descriptiva. Deberá indicar si los equipos son propios o alquilados, presentando la documentación que avale el compromiso del alquiler, conforme Apartado VIII del Artículo 14 del presente PCE
h) Listado de Materiales y marcas que el Proponente propone utilizar para la realización de los trabajos licitados conforme Anexo XII del presente PCE.
i) Planilla con indicación de las obras a cotizar, conforme Anexo I.
j) Anexo XV, Declaración Jurada de “Compre Nacional”.
k) El Oferente debe tener probada experiencia en proyectos con sistemas de gestión de la calidad, para lo cual deberá presentar:
● Certificado ISO 9000 o en proceso de certificación, válido para todo el alcance de la obra y a la fecha de la oferta, o un sistema de calidad equivalente.
● Manual de Calidad.
● Política de calidad firmada por la dirección.
● Descripción sucinta del sistema de calidad a aplicar en el proyecto.
● Lista de procedimientos a aplicar durante el proyecto.
● Organigrama a aplicar durante las diferentes etapas del proyecto.
● Plan de calidad y plan de inspección y ensayos de un proyecto similar al licitado.
● Plan preliminar de auditorías internas sobre el proyecto.
● Antecedentes de los responsables de Calidad que serán nominados.
l)Toda otra documentación técnica que se indique en el PET.
m) Toda la documentación tendiente a demostrar que cumple con los requisitos previstos en el presente PCE.
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ARTÍCULO 19: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA ETAPA N° 2.
1. Oferta Económica
Deberá contener la Oferta económica correspondiente, por el monto total incluyendo el IVA, de conformidad al Anexo XIII (Formulación de la Propuesta Económica) del presente PCE.
El Proponente expresará su oferta en números y letras respecto de los precios del total cotizado.
A los efectos del IVA, el Comitente deberá ser considerado consumidor final; el Contratista deberá presentar factura tipo “B”.
2. Planilla de Cotización
El Proponente deberá cotizar los precios unitarios y el precio total de cada una de las Obras cotizadas conforme a las Planillas de Cotización de Precios que figuran como Anexo XIV del presente PCE. Los Precios de las distintas Obras deberán ser cotizados en PESOS ARGENTINOS (AR$).
Todos los precios deberán expresarse con hasta DOS (2) decimales.
En caso de discrepancia entre el monto establecido en letras y en números; prevalecerá lo expresado en letras.
Asimismo, en caso de discrepancias entre el precio unitario, multiplicado por las cantidades ofertadas y el precio total, prevalecerá el precio unitario.
La información deberá ser proporcionada en formato Excel.
3. Plan de certificación y Curva de Inversión
El Proponente deberá presentar el plan de certificación y curva de inversión según la Planilla de Cotización en porcentuales y PESOS ARGENTINOS (AR$) para cada una de las obras que se coticen.
4. Análisis de precios
El Proponente deberá presentar análisis de precios o estructura de costos de
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cada uno de los ítems, desagregados en cada uno de los componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias. Además, deberá incluir los precios de referencia asociados a cada insumo.
El esquema de presentación del análisis de precios deberá ajustarse a la estructura que más abajo se indica para cada uno de los ítems de las Planillas de Cotización y contener el detalle de la mano de obra (rendimiento y costos) en todas sus categorías, de todos y cada uno de los materiales que componen los ítems (rendimientos y costos) intervinientes referidos a la unidad del ítem respectivo y asimismo con los equipos, y los porcentajes de incidencia de los restantes elementos que componen el costo total del ítem, incluyendo el costo financiero. De no presentarse los análisis de los precios que componen los ítems del presupuesto, la oferta no será admisible.
La información deberá ser proporcionada en formato Excel. El Proponente deberá presentar:
I. El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
II. Los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems (a, b y c), deberá discriminarse por tipo de material, categoría de equipos y mano de obra.
III. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6 del Decreto 691/16.
ESTRUCTURA DE ANALISIS DE PRECIOS
a) Materiales $ ………………
b) Equipos $ ………………
c) Jornales $ ………………
d) Cargas Sociales $ ………………
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e) Total Mano de Obra (c + d) $ ………………
f) Costo directo (a + b + e) $ ………………
g) Gastos generales de Empresas e indirectos de obra U% de (f) $ ………………
h) Subtotal (f + g) $ ………………
i) Gastos financieros: X% de (h) $ ………………
j) Beneficio: Y% de (h + i) $ ………………
k) Costo total trabajo (h + i + j) $ ………………
l) Impuesto (IVA): Z% de (k) $ ………………
m) Ingresos Brutos (porcentaje de k) $ ………………
n) Precio unitario de aplicación (k + l + m) $ ………………
REFERENCIAS:
● Detalle de los materiales que se requieren, con los precios al por mayor al pie de la obra, incluidos los desperdicios normales, en los casos que corresponda.
● U%, X%, Y% = a definir por el Proponente
● l) Z% = únicamente alícuota del I.V.A.
IV. El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems en soporte digital, en formato Excel.
La falta del análisis de precios implicará descalificación de la Oferta.
Las planillas de análisis de precios, plan de trabajos y curva de inversión mensual formarán parte de la documentación accesoria del Contrato.
Los Proponentes podrán agregar los elementos que estimen convenientes para la mejor interpretación de la propuesta.
La documentación será completa en lo que respecta a la información que permita verificar y comparar la calidad de la misma, en función de los
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requerimientos de la Documentación Licitatoria.
ARTÍCULO 20.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La visualización de ofertas se efectuará por acto público a través del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxxxx.xxx.xx), liberándose en la Etapa N° 1 los requisitos mínimos de participación en el aspecto técnico, institucional y económico-financiero incorporado en las Propuestas en la hora y fecha establecidas en la convocatoria. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura correspondiente para conocimiento de los Proponentes y Funcionarios. Con posterioridad a la Evaluación de dichos requisitos y en virtud del acto de preselección que se dictará como consecuencia, se procederá a determinar fecha y hora para la visualización de la documentación relativa a la Oferta Económica correspondiente a la Etapa N° 2 de aquellas ofertas preseleccionadas. Se generará también a través del Sistema XXXXXXX.XX, en forma automática, el acta de apertura correspondiente para conocimiento de los Proponentes y Funcionarios.
ARTÍCULO 21.- VISTA Y OBSERVACIONES
Los Proponentes podrán tomar vista del contenido de la documentación correspondiente a las Etapas N° 1 y N° 2 de las Propuestas en la oficina de la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA sita en Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxx 0.000, XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX, en el horario de 10 a 16 horas, dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la fecha de apertura de cada una de las Etapas correspondientes, plazo durante el cual los mismos podrán formular sus observaciones a las Propuestas presentadas, mediante el Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx). Vencido el plazo de vista de cada etapa, comenzará el período de evaluación de las Propuestas, durante el cual las actuaciones permanecerán reservadas, hasta que se emita y publique el Dictamen de Precalificación y Evaluación respectivamente.
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CAPÍTULO IV.- EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
ARTÍCULO 22.- PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
A efectos de la evaluación de las Propuestas, se podrá solicitar a los Proponentes, las aclaraciones necesarias y/o la subsanación de formalidades no esenciales, siempre que no impliquen modificaciones a sus Propuestas, mediante intimación a través de alguna de las formas previstas en el Artículo 10 del presente PCE.
Los Proponentes deberán reunir los siguientes requerimientos mínimos de calificación, cuyo incumplimiento sustancial será causal de rechazo de la oferta:
22.1 PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE CAPACIDAD INSTITUCIONAL, TÉCNICA Y ECONÓMICO-FINANCIERA COMO PROPUESTA TÉCNICA (Etapa Nº 1)
22.1.1 Capacidad institucional.
A fin de determinar que el Proponente tiene capacidad jurídica se evaluará la documentación exigida en los Artículos 12 y 18, Apartado 1 del presente pliego.
22.1.2 Capacidad técnica y propuesta técnica.
a) Experiencia Comprobable. El Proponente deberá demostrar, a través de la presentación de contratos y toda otra documentación requerida en la Documentación Licitatoria su experiencia en obras del mismo tipo de la obra licitada.
b) Dentro de la evaluación la Comisión tendrá en cuenta los siguientes factores, cuya enumeración no significa orden de prelación ni limitación:
● Organización y metodología en la realización de las diversas tareas reflejadas en el plan de trabajos presentados.
● Confiabilidad de los métodos constructivos propuestos y de cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de las obras.
● Nómina y calidad de los equipos ofrecidos al servicio de la realización de los trabajos.
● Confiabilidad del sistema propuesto para el control de la calidad de los
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trabajos.
c) Para resultar adjudicatarios de más de una Obra el Proponente no sólo deberá cumplimentar los requisitos y condiciones establecidos en la Documentación Licitatoria, sino también aquellos requisitos y condiciones establecidos para la adjudicación de más de una Obra. Si estas últimas condiciones no resultan cumplidas por el Proponente, el Licitante determinará cuál o cuáles obras podrán adjudicársele sobre la base del mecanismo establecido en la Documentación Licitatoria.
22.1.3 Evaluación de la Capacidad Económico-Financiera.
La Comisión Evaluadora deberá someter los estados contables que presenten los Proponentes a la aplicación de los índices habituales que emplea la ciencia contable para determinar la aptitud de los Proponentes para satisfacer las obligaciones que deberán asumir en caso de resultar adjudicatarios.
Se considerará que los Proponentes han acreditado capacidad económico- financiera suficiente si, cumpliendo en forma excluyente los índices de Solvencia y Liquidez Corriente, el resultado del análisis de los índices promedio de los TRES (3) últimos ejercicios arroja valores admisibles en por lo menos CUATRO (4) de los CINCO (5) indicadores a saber:
INDICADOR | DEFINICIÓN | VALOR ADMISIBLE |
Solvencia | Total Activo Total Pasivo | Mayor o igual a 1,3 |
Liquidez Corriente | Activo Corriente Pasivo Corriente | Mayor o igual a 1,15 |
Prueba Ácida | Activo Corriente - Bs. de Cambio Pasivo Corriente | Mayor o igual a 0,8 |
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Liquidez Inmediata | Caja y Bancos Pasivo Corriente | Mayor o igual a 0,1 |
Leverage | Total Activo x Utilidad Bruta PN Ut. Bruta + R. Fin. | Mayor o igual a 1 |
En caso de Unión Transitoria o Consorcio de Cooperación, para determinar el cumplimiento del consorcio oferente con las pautas mínimas de calificación establecidas, las cifras correspondientes a cada socio se adicionarán proporcionalmente a su porcentaje de participación
22.2 PARÁMETROS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (Etapa N° 2)
Para la evaluación de los requisitos de la Etapa N° 2, se tendrá en cuenta el precio de las ofertas de cada una de las Obras, pudiendo ser adjudicatario un Oferente por más de una Obra, si de ello resulta un precio global más conveniente para el Licitante y toda vez que el Oferente cumpla con los requisitos que fueran establecidos en la Documentación Licitatoria.
ARTÍCULO 23.- DICTAMEN DE PRECALIFICACIÓN DE LA ETAPA Nº 1
La Comisión Evaluadora emitirá el Dictamen de Precalificación, recomendando la preselección de las Propuestas que cumplan con los requerimientos establecidos en la Documentación Licitatoria respecto de los antecedentes institucionales, técnicos, económico-financieros y la propuesta técnica.
El plazo para emitir el Dictamen de Precalificación será dentro de los VEINTE
(20) días hábiles contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de recepción de las actuaciones.
La notificación del dictamen de precalificación a todos los Proponentes se realizará a través del SISTEMA CONTRATAR (xxxxx://xxxxxxx.xx), y se publicará en el Sitio Web.
ARTÍCULO 24.- IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE PRECALIFICACIÓN.
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Los Proponentes podrán impugnar el Dictamen de Precalificación dentro de los CINCO (5) días siguientes a la notificación que se les remita a través del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx).
La Comisión Evaluadora analizará las impugnaciones dentro de los CINCO (5) días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de aquellas, las que serán resueltas por el Licitante al dictar el acto de preselección.
Los pedidos de vista, que serán concedidos en el acto, no suspenderán ni interrumpirán los plazos para presentar impugnaciones al Dictamen de Precalificación.
ARTÍCULO 25.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE PRECALIFICACIÓN.
Junto con el escrito de impugnación, y como requisito para su consideración, deberá constituirse un depósito de dinero en efectivo equivalente al CINCO POR MIL (5 0/00) del presupuesto oficial de las obras que cotice, en el Banco de la Nación Argentina Sucursal Nº 599, Plaza xx Xxxx, Cuenta Corriente N° 54622/85 CBU 0110599520000054622852. La garantía será por tiempo indeterminado e irrevocable, y se perderá de pleno derecho sin necesidad de trámite alguno, en caso de que la impugnación sea rechazada.
En caso de que resulte procedente, se reintegrará el importe de dicha garantía dentro de los CINCO (5) días posteriores a que el acto de preselección quede firme y consentido, a requerimiento del impugnante.
ARTÍCULO 26.- ACTO DE PRESELECCIÓN
Vencido el plazo para presentar impugnaciones, el Licitante dictará el acto de preselección de las Propuestas.
En el mismo acto en que se disponga la preselección, serán resueltas las impugnaciones que hubiesen deducido los Proponentes contra el Dictamen de Precalificación y se determinará la fecha y hora de Apertura de Propuestas correspondiente a la Etapa N° 2.
Dictado el acto de preselección y notificado a todos los Proponentes, el mismo podrá ser recurrido de conformidad a lo dispuesto por el Régimen de Procedimientos Administrativos (Ley N° 19.549 y su Decreto reglamentario N° 1.759/72, t.o. 1991, y sus modificatorias).
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Consentido dicho acto, se procederá a la devolución de las garantías de mantenimiento de las propuestas no preseleccionadas.
ARTÍCULO 27.- APERTURA DE PROPUESTAS ECONÓMICAS (Etapa Nº 2)
La apertura de las Propuestas económicas se efectuará por acto público a través del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx), liberándose las Propuestas en la hora y fecha establecidas en el acto de preselección. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura correspondiente para conocimiento de los Proponentes y funcionarios.
ARTÍCULO 28.- DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LA ETAPA Nº 2
La Comisión Evaluadora emitirá el Dictamen de Evaluación correspondiente a la Etapa Nº 2, recomendando la adjudicación a la/s Propuesta/s más conveniente/s de acuerdo a los parámetros de evaluación establecidos en el presente PCE, fijando a tal efecto el orden de mérito de las Propuestas.
El plazo para emitir el Dictamen de Evaluación de la Etapa Nº 2 será dentro de los VEINTE (20) días hábiles contados a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de recepción de las actuaciones.
La notificación del dictamen de evaluación a todos los Proponentes preseleccionados se realizará a través del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx), y se publicará en el Sitio Web.
ARTÍCULO 29.- IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE LA ETAPA Nº 2.
Los Proponentes podrán impugnar el Dictamen de Evaluación dentro de los CINCO (5) días de su notificación a través del Sistema XXXXXXX.XX (xxxxx://xxxxxxx.xx).
La Comisión Evaluadora analizará las impugnaciones dentro de los CINCO (5) días posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de aquellas, las que serán resueltas por el Licitante al dictar el acto de adjudicación.
Los pedidos de vista, que serán concedidos en el acto, no suspenderán ni interrumpirán los plazos para presentar impugnaciones al Dictamen de Evaluación.
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ARTÍCULO 30.- GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
Junto con el escrito de impugnación, y como requisito para su consideración, deberá constituirse un depósito de dinero en efectivo equivalente al CINCO POR MIL (5 0/00) del presupuesto oficial de las obras que cotice, en el Banco de la Nación Argentina Sucursal Nº 599, Plaza xx Xxxx, Cuenta Corriente N° 54622/85 CBU 0110599520000054622852, debiendo acreditarse el mismo en soporte papel dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de formulada la impugnación.
La garantía será por tiempo indeterminado e irrevocable, y se perderá de pleno derecho sin necesidad de trámite alguno, en caso de que la impugnación sea rechazada.
En caso de que resulte procedente, se reintegrará el importe de dicha garantía dentro de los CINCO (5) días posteriores a que el acto de adjudicación quede firme y consentido, a requerimiento del impugnante.
CAPÍTULO V.- ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
ARTÍCULO 31.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de impugnación del Dictamen de Evaluación correspondiente a la Etapa N° 2 y analizadas las impugnaciones por la Comisión Evaluadora, el Licitante dictará el acto administrativo de adjudicación.
Previo al acto de adjudicación se exigirá el Certificado de Capacidad de Adjudicación que emite el Registro Nacional, tal como lo prescribe el artículo 26 del Decreto Nº 1724/93.
La adjudicación recaerá en la/s Propuesta/s más conveniente/s, entendiendo como tal/es a la/s que haya/n cumplido con los requerimientos establecidos en la Documentación Licitatoria y bajo los parámetros de evaluación dispuestos por el Artículo 22 del presente PCE.
El Licitante se reserva la facultad de adjudicar todas las Obras o algunas de ellas o ninguna, a uno o a varios Proponentes, sin que ello genere derecho alguno a favor de éstos.
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ARTÍCULO 32.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El Licitante podrá dejar sin efecto el procedimiento de la presente Licitación Pública Nacional o de algunas de las Obras que comprenden el objeto de la misma, en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los Proponentes.
ARTÍCULO 33.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El Contrato quedará perfeccionado con su firma, previa constitución de la garantía de cumplimiento contractual, en los términos y las condiciones establecidas en el presente PCE.
Si el Adjudicatario no concurriere a firmar el Contrato dentro de los CINCO (5) días de haber sido convocado para su suscripción, la adjudicación podrá ser dejada sin efecto con pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta.
El Licitante podrá, si lo estima pertinente, adjudicar la obra a la segunda Propuesta más conveniente o declarar fracasada la licitación.
En los casos en los que resulte adjudicataria una UT o Consorcio de Cooperación, previo a la firma del Contrato deberá acreditarse la inscripción ante la Inspección General de Justicia o Dirección Provincial de Personas Jurídicas que corresponda. El incumplimiento de esta obligación facultará al Licitante a dejar sin efecto la adjudicación, perdiéndose la garantía de mantenimiento de oferta.
Si el Comitente no se encontrare en condiciones de firmar el Contrato dentro de los VEINTE (20) días de notificada la adjudicación, el Adjudicatario podrá solicitar que ésta se deje sin efecto, con devolución de la garantía de oferta, pero sin que ello importe el reconocimiento de indemnización alguna.
Serán por cuenta del Adjudicatario los impuestos, tasas u otros gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de sellado del Contrato.
ARTÍCULO 34.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El Proponente que resulte Adjudicatario en la presente licitación deberá constituir una garantía de cumplimiento del Contrato, equivalente al CINCO
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POR CIENTO (5%) del monto total del Contrato, en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 21 del PCG y con las particularidades indicadas en el Artículo 34 del PCG y en el 15 del presente PCE.
La garantía deberá mantenerse vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Si el Adjudicatario no integrara la Garantía de Cumplimiento del Contrato dentro del plazo de cinco días de haber sido convocado para la suscripción del contrato, conforme el artículo 33 del presente PCE, o lo hiciera en forma defectuosa o insuficiente, el Licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso el Contratista perderá la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, comunicándose el incumplimiento al Registro Nacional. En este caso el Licitante podrá optar por disponer la adjudicación al Proponente que siga en el orden de prelación establecido en el Dictamen de Evaluación, pudiendo repetir este procedimiento sucesivamente las veces que sea necesario para adjudicar el Contrato, o por dejar sin efecto la licitación, convocando a un nuevo llamado. La eventual ejecución de la garantía, lo será sin perjuicio de la responsabilidad por los daños y perjuicios que el Contratista haya causado.
ARTÍCULO 35.- ANTICIPO FINANCIERO
El Comitente otorgará al Contratista un Anticipo Financiero equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total del Contrato, el que será reintegrado por el Contratista mediante el descuento proporcional que se practicará en cada certificado de obra.
El CIEN POR CIENTO (100%) del mencionado anticipo será garantizado en cualquiera de las formas indicadas en el Artículo 21 del PCG y con las particularidades indicadas en el Artículo 15 del presente PCE.
El Anticipo Financiero será facturado por el Contratista a los SIETE (7) días corridos de la firma del Contrato.
Dicho anticipo financiero se descontará proporcionalmente de cada certificado mensual, y se entenderá que se congela el Contrato en el mismo valor porcentual a los efectos de la aplicación del Régimen de Redeterminaciones de Precios aprobado por Decreto Nº 691/2016. El Comitente entregará constancia de las deducciones efectuadas con cada certificado de obra, a fin de poder
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amortizar el monto de la garantía presentada.
La garantía constituida le será devuelta al Contratista una vez reintegrado el total del monto adelantado en concepto de Anticipo luego del pedido expreso por su parte.
CAPÍTULO VI.- DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
ARTÍCULO 36.- ORDEN DE INICIACIÓN. ACTA DE INICIO DE OBRA.
El representante del Comitente emitirá mediante acta la Orden de Iniciación de los trabajos fijando un plazo xx xxxx (10) días dentro de los cuales el Contratista está obligado a comenzar la ejecución de las tareas, en cuya oportunidad se labrará el Acta de Inicio de obra, momento a partir del cual comenzarán a correr los plazos contractuales.
.
ARTÍCULO 37.- HITOS PRINCIPALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
A partir de que se suscriba el Acta de Inicio de las Obras será responsabilidad del Contratista, independientemente de los plazos para la concreción de las mismas, que ellas sean programadas de manera dar cumplimiento en los siguientes plazos parciales, los distintos Hitos que a continuación se detallan para las distintas Obras.
A tales efectos el Contratista deberá adecuar su Plan de Trabajos de manera de cumplir con lo especificado en el presente Artículo.
HITOS PRINCIPALES
Comunes para todas y cada una de las Obras:
- El Estudio de Impacto Ambiental: A los CUARENTA Y CINCO (45) días corridos, deberá ser presentado ante la Autoridad correspondiente.
- La provisión de la cañería por parte del Comitente estará disponible dentro de los NOVENTA (90) días de firmada el Acta de Inicio de las Obras propias de este pliego.
Entre los NOVENTA (90) y los CIENTO VEINTE (120) días corridos desde la fecha del Acta de Inicio, el Contratista deberá gestionar los Relevamientos,
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Ingeniería, permisos (ante Organismos y Entes Nacionales, Provinciales y Municipales), constitución de servidumbres previos al inicio de los trabajos en sitio, considerando que dichas gestiones permitan el cumplimiento de los plazos parciales de los hitos aquí establecidos.
Por lo expuesto no se podrán iniciar la construcción de los gasoductos y/o trabajos que forman parte de los mismos hasta tanto se cumplimente lo indicado en los párrafos anteriores, tanto en los plazos parciales, como el plazo total de cada una de las Obras, y será de exclusiva responsabilidad del Contratista la demora que se produzca por esos motivos.
Particulares de cada obra:
Obra 1:
Progresiva Km 47.250, Válvula de Bloqueo y Derivación según Pl. P/SF/15/019
–Plano 1, CIENTO CINCUENTA (150) días corridos
Rafaela (Gasoducto + sistema de 10 Bar (Incluidas E.R.P.) + Red de distribución): TRESCIENTOS (300) días corridos.
Sunchales (Gasoducto + sistema de 10 Bar + Red de distribución): TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos.
Obra 2:
Refuerzo Pilcaniyeu – Bariloche: DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos
Refuerzo Xxxxxx Cura – San Xxxxxx de los Andes: TRESCIENCTOS (300) días corridos
Refuerzo Ramal Bariloche: CIENTO OCHENTA (180) días corridos
Refuerzo Ramal San Xxxxxx de los Andes: DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos
Refuerzo Villa La Angostura: TRESCIENTOS TREINTA (330) días corridos
Resto de los refuerzos: TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos
Obra 3:
Todos los refuerzos: DOSCIENTOS SETENTA (270) días corridos
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Obra 4:
Refuerzo Xxxxx Xxxxxxxx: CIENTO OCHENTA (180) días corridos.
Resto de los refuerzos: TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos (con prioridad en el refuerzo Tandil – Las Armas).
ARTÍCULO 38.- PLAN DE TRABAJOS DEFINITIVO.
El plazo máximo establecido para la ejecución de cada Obra es el indicado en el Articulo Plazo de Obra del presente pliego, debiendo contarse dicho plazo desde la fecha de suscripción del Acta de Inicio de Obra.
El Contratista acompañará su Propuesta con un Plan de Trabajos para cada uno de las Obras, detallado en concordancia con cada uno de los ítems que figuran en la Planilla de Cotización, además de una Metodología Constructiva conforme a las características y al plazo de la obra.
Se aclara que el plazo contractual está considerado sobre la base de una prestación de personal, herramental y equipos adecuados al trabajo a realizar. De comprobarse demoras por insuficiencia de los recursos que dispone el Contratista, se exigirá incrementar las cantidades de esos recursos o adecuar el equipamiento y/o mano de obra, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades previstas.
El Contratista elaborará un Plan de Trabajos desarrollado por el método Xxxxx, que permita el análisis de la ejecución completa de la obra.
Dicho programa comprenderá la siguiente información:
- Detalle de todas las actividades a desarrollar con la indicación, para cada una de ellas, de la duración.
- Detalle de las fechas de comienzo y finalización de cada actividad.
- Programa de inversiones mensuales (%) por actividades, sobre la base del programa de trabajos. Las inversiones serán imputadas en ese programa en correspondencia con el mes en que se ejecutan las respectivas tareas.
Las actividades en las que se detallará la obra estarán perfectamente definidas, serán desagregadas en una cantidad adecuada de forma de permitir su rápida interpretación. Además, las actividades o la composición de varias de ellas serán compatibles con los rubros o ítem en los que se indique la cotización de
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cada una de las Obras.
El Plan de Trabajos definitivo será el que resulte de incorporar las observaciones del Comitente y de actualizar las fechas de acuerdo al Acta de Inicio de Obra. Luego de aprobado, se considerarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
Una vez iniciados los trabajos, el Contratista estará obligado a presentar mensualmente, conjuntamente con el certificado de obra, un informe pormenorizado del avance registrado. En ese informe deberá hacer reserva fundada de todo atraso sufrido en el período por causas que no le resulten imputables. Estas reservas se tendrán por consentidas únicamente cuando el Comitente otorgue una ampliación de plazos sobre la base de las mismas.
El Contratista no deberá registrar disminución en el ritmo de las obras, ni otros incumplimientos de gravedad en las obligaciones asumidas como así también falta de respuesta a las Órdenes de Servicio que se impartan desde la Inspección de Obra y/o el Comitente. La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en la Documentación Licitatoria.
Si por cualquier causa se produjeran alteraciones en el Plan de Trabajo, el Contratista deberá actualizar el mismo dentro de los DIEZ (10) días subsiguientes; el nuevo Plan contemplará las modificaciones necesarias cada vez que la marcha de los trabajos lo exija o lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación, en modo alguno, servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitente.
Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la obra.
La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las multas establecidas en la presente documentación contractual.
Sobre cada modificación del Plan de Trabajo, el Comitente elaborará su
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correspondiente programación de pagos; en consecuencia, los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y éste podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo del Comitente no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagos.
ARTÍCULO 39.- REPLANTEO DE LA OBRA.
El replanteo de los trabajos será realizado por el Contratista y controlado por la Inspección de Obra, para lo cual el Contratista deberá proveer todos los elementos necesarios y serán a su exclusivo cargo los gastos que se originen en las operaciones de replanteo, así como los provenientes del empleo de aparatos, enseres, personal, etc.
Establecidas las marcas y/o los puntos fijos por el contratista y aceptados por la Inspección de Obra, aquel será responsable de su conservación.
Las operaciones de replanteo se efectuarán con la anticipación necesaria para no causar atrasos en el desarrollo normal de la obra, y serán concordantes con el Acta de Inicio y con el Plan de Trabajos definitivo. De cada operación de replanteo se labrará un acta, la que será firmada por la Inspección de Obra y por el Contratista.
ARTÍCULO 40.- DE LA EJECUCIÓN.
40.1 Generalidades
1. El objeto de la Licitación es la Construcción de Gasoductos la que deberá respetar los lineamientos establecidos en los Pliegos, Normas, Reglamentaciones, Ordenanzas, etc. vigentes en cada localidad de emplazamiento de las obras. Los trabajos a ejecutar comprenden en algunos casos ampliaciones (loops) sobre Gasoductos existentes, y en otras obras que vinculan y/o amplían sistemas existentes.
2. El Contratista tomará las medidas necesarias para preservar las estructuras existentes y estará obligado a reparar, de acuerdo a las instrucciones de la Inspección de Obra, cualquier daño y/o deterioro que le sea imputable. Asimismo, deberá adaptar su programación de obras y organización
de las tareas a las condiciones existentes en los distintos ámbitos de los
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trabajos a ejecutar.
3. El Contratista presentará para su aprobación muestras de materiales, insumos, equipos, etc., a la Inspección de Obra. Éstos serán nuevos, sin uso de primera calidad y marca reconocida en plaza. Las presentaciones se practicarán como mínimo con DIEZ (10) días hábiles previos a cualquier compromiso de compra, fabricación o utilización en obra. Durante la ejecución de los trabajos, el Comitente podrá exigir se realicen los ensayos de materiales, como de cualquier otro elemento, estando el contratista obligado a aceptar cuantas indicaciones se le formulen y correr con todos los gastos que se originen. La Inspección de Obra podrá tomar las medidas que considere necesarias con respecto a cualquier otro elemento que el Contratista tenga en la Obra.
4. El Contratista efectuará todo trabajo necesario para la terminación de las tareas, incluso los detalles que no figuren en el PET. Estará obligado a ejecutarlo siempre de acuerdo a las órdenes impartidas por la Inspección de Obra y aplicando a su efecto materiales de primera calidad.
5. El Contratista estará obligado a retirar de la obra sin derecho alguno y con carácter definitivo, al personal que no reúna las condiciones elementales de capacidad, moralidad y educación necesarias para desempeñar su respectiva tarea en la obra.
6. El Contratista es el único responsable de la Obra frente a cualquier anomalía que ocurra en ella, desde el inicio de los trabajos hasta su total terminación.
7. Condiciones Exigidas al Iniciar la Construcción
Para poder iniciar la construcción el Contratista deberá cumplir con los siguientes puntos:
● Tener las partes correspondientes del Proyecto Constructivo terminadas y aprobadas.
● Disponer de todos los materiales necesarios para las construcciones auxiliares requeridas en el obrador.
● Disponer de todas las máquinas, herramientas generales y equipos
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necesarios para la ejecución de los trabajos de montaje.
● Proveer todo el personal de dirección y construcción, mano de obra especializada y común.
● Disponer de los certificados de aptitud técnica de los equipos de izaje, extendido por autoridad competente (Decreto 911/96, Arts. 289 al 292).
● Disponer de la habilitación de operadores de máquinas y equipos otorgada por autoridad competente.
● Proveer un plan de contingencias para accidentes/incidentes con ductos y/o servicios de otras compañías operadoras.
● Tener el Estudio de Impacto Ambiental aprobado
● Contar con los Permisos de Paso en las obras que corresponda.
● Contar con todos los seguros requeridos tomados y con constancia de pago.
● Contar con toda la documentación laboral de los empleados.
● Contar con el Programa de Seguridad aprobado, tanto para el Contratista como para sus subcontratistas.
8. Jefatura y Supervisión del Proyecto por parte de la contratista Comprende las actividades gerenciales que requiere el Proyecto, en las fases de Ingeniería, Suministros y Construcción, para lo cual el Oferente presentará un organigrama con las personas y las oficinas requeridas, tanto en su Sede como en la Obra.
La jefatura deberá ocuparse de organizar y controlar el plantel de profesionales que conforma su equipo de personal clave, de manera de cumplir las siguientes funciones:
a. Cumplimiento de los requerimientos de Prevención de Riesgos y Seguridad tanto en los diseños del Proyecto como en los Trabajos de campo.
b. Coordinación entre las diferentes actividades y entre sus subcontratistas.
c. Realizar una planificación detallada de la dirección y supervisión antes de movilizarse al sitio de las Obras, incluyendo procedimientos de trabajo para cada actividad. La planificación deberá ser aprobada por Inspección y deberá incluir al menos:
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● Plan Directivo de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional.
● Plan Directivo de Protección Ambiental
● Plan Directivo de Calidad
● Plan Directivo de Ejecución del Proyecto, el cual deberá incluir: Relevamientos, permisos de paso y servidumbre administrativa donde corresponda.
Plan de ejecución de Ingeniería Plan de ejecución de Suministros
Plan de ejecución de la Construcción
Estos cuatro Planes Directivos deberán abordar, revisar y aprobar los procedimientos de trabajo de cada actividad, preparados por Ingeniería, poniendo énfasis en lo que a la construcción de Gasoductos e Instalaciones complementarias se refiere. Los mismos deberán ser presentados a la Inspección para su aprobación.
La Contratista deberá preparar y emitir para aprobación de la Inspección de Obra una planificación que incluya los aspectos Constructivos, de Higiene, Seguridad, Salud Ocupacional y Protección Ambiental, incluidas las Relaciones con las Comunidades y con Pueblos Originarios, que definan claramente al nivel más alto, la organización, políticas y objetivos, papeles y responsabilidades del personal directivo del Constructor, interrelaciones y el proceso de trabajo de este sistema y su relación con la Inspección y el Comitente.
Mantener la integridad de las instalaciones a través del desarrollo del Proyecto. Mantener actualizado el sistema de reportes de todos los aspectos relevantes del proyecto.
Asegurar una buena comunicación. Ejecutar la Ingeniería de Detalle.
Asegurar que la finalización de la Obra sea coordinada entre las diferentes actividades y que cumplan los requerimientos de la Documentación Licitatoria.
9. Controles en Obra
Se deberá verificar que se cumplan los requerimientos especificados en los documentos claves elaborados, antes de la movilización al sitio de las Obras y
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que corresponden a:
Planificación de la Dirección (Prevención y Riesgos, Medio Ambiente, Aseguramiento de la Calidad, etc.)
Planificación de los Trabajos y chequeo con los procedimientos aprobados. Implementación de los sistemas para controlar el cumplimiento de las actividades relacionadas con la construcción.
Control de los Procedimientos del Plan Directivo. Control de cumplimiento del Programa.
Control de la aplicación de los Planes Directivos en su conjunto
Se deberá verificar el cuidado del Medio Ambiente asegurando el cumplimiento de los requerimientos de los Estudios Ambientales.
Se deberá verificar el entrenamiento y calificación del personal de la Contratista, así como el cumplimiento del Plan de Seguridad.
Se deberán efectuar controles de calidad establecidos en el plan directivo de Calidad.
40.2 Normas y Códigos y Estándares de Aplicación
Los Trabajos serán realizados bajo las siguientes normas y/o códigos última revisión:
De la República Argentina
● IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación
● CIRSOC (Centro de Investigación de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para Obras Civiles)
● NAG (Normas Argentinas Mínimas de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural y Otros Gases por Cañerías)
● INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial)
● Normativa y resoluciones emitidas por ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas) así como códigos, leyes y otra legislación nacional, provincial y municipal vigente en la República Argentina.
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Internacionales
● AGA (American Gas Association)
● AISI (American Iron and Steel Institute)
● ANSI (American National Standards Institute)
● API (American Petroleum Institute)
● ASME (American Society of Mechanical Engineers)
● ASTM (American Society for Testing and Materials)
● AWS (American Welding Society)
● BS (British Standard)
● EIA (Electronic Industries Association)
● IEC (International Electrotechnical Commission)
● IEEE (Institute of Electrical and Electronics Engineers)
● ISO (International Organization for Standardization)
● ITU-T (International Telecommunications Union - Telecommunications)
● ITU- R (International Telecommunication Union - Radio communications)
● MSS (Manufacturers Standardization Society of the Valve and Fittings Industry)
● NACE (National Association of Corrosion Engineers)
● NEC (National Electrical Code)
● NEMA (National Electrical Manufactures Association)
● NFPA (National Fire Protection Association)
● OSHA (Occupational Safety and Health Administration)
● SSPC (Society for Protective Coatings)
● SWC (Structural Welding Code)
● TIA/ EIA (Telecommunications Industry Association / Electronics Industry Alliance)
● VDE (Association for Electrical, Electronic & Information Technologies)
Discrepancias
En el caso de ocurrir discrepancias será de aplicación la norma más exigente.
Propiedad Intelectual de los Documentos
Todos los diseños, planos, especificaciones e información desarrollada por
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la Contratista bajo este Contrato, serán propiedad intelectual del Comitente, registros electrónicos, magnéticos y ópticos (CD, DVD) se entregarán a La Inspección al término normal o anticipado del Trabajo en formato editable.
40.3 Análisis de Tensiones
La Contratista durante el desarrollo de la Ingeniería de Detalle deberá verificar las tensiones localizadas en las conexiones producidas por las cargas de las cañerías y la dilatación y solicitaciones durante la operación, verificando los soportes y esfuerzos sobre las bases de los componentes de las trampas de scrapper.
Se hará análisis de stress en las líneas indicadas por la Inspección de Obra y en aquellas condiciones que sea necesario según el criterio de la Contratista. Se deberá realizar este cálculo por lo menos en:
● Cañerías aéreas de diámetro nominal 6” y mayores.
● Cañerías de entrada y salida de trampas de scrapper.
● Cañerías que cuya instalación, a criterio de La Inspección, pueda generar tensiones y/o esfuerzos inadmisibles tanto en cañerías como en equipos y/o soportes de cañerías.
40.4 Terrenos y Permisos
40.4.1 Gestiones y Trámites
El Contratista deberá contemplar que los permisos para realizar tareas que afecten terrenos, estructuras, instalaciones, etc., pertenecientes a Reparticiones o Empresas Nacionales, Provinciales, Municipales, Comunales, Empresas Privadas de Servicios Públicos, o Particulares, serán gestionados por su cuenta y cargo ante quien corresponda.
Los gastos de su gestión incluirán la elaboración de toda la documentación conforme a las exigencias de los organismos del caso, honorarios de gestión y aprobación, aranceles, seguros y demás gastos
inherentes y consecuentes del otorgamiento del permiso.
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Estas erogaciones se considerarán incluidas en el Presupuesto de la Propuesta, y no darán lugar a compensación extra de ninguna naturaleza.
En el caso que el Contratista deba realizar tareas que interfieran o afecten estructuras o instalaciones de la red vial nacional que se encuentran bajo el régimen de Concesión de Obra Pública, los permisos pertinentes se solicitarán al organismo correspondiente. El mismo coordinará la ejecución de las tareas objeto del permiso con el desarrollo de los trabajos del Concesionario vial.
El Contratista deberá iniciar los trámites de permisos a que se refiere el presente Artículo, con una antelación que asegure contar con dichas autorizaciones en el momento de la iniciación del trabajo respectivo, según la fecha programada para el mismo en el Plan de Trabajos Aprobado.
El personal que para estas funciones designe la Contratista, trabajará en estrecha vinculación con el personal de la Inspección de Obra, quién brindará el asesoramiento correspondiente a los efectos que la Contratista pueda desarrollar correctamente su trabajo.
40.4.2 Terrenos Para Instalaciones de Superficie
Será responsabilidad de la Contratista la constitución de servidumbre administrativa, a su cargo, de todos los terrenos en los cuales se construyan las instalaciones de superficie (plantas reguladoras, estaciones de separación y medición, trampas scrapper y válvulas de bloqueo), según corresponda a cada Obra, y de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 3562 de fecha 25 de noviembre de 2015 del Ente Nacional Regulador del Gas, y modificatorias.
En las Planillas de Cómputos del PET de cada Obra se indican las cantidades de estaciones de trampas de scrapper, de válvulas de bloqueo, Estaciones Reguladoras, etcétera donde se podrá calcular cuántos terrenos son necesarios con las dimensiones indicadas en los planos típicos.
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40.4.3 Responsabilidades de la Contratista
Queda expresamente establecido que la Contratista será responsable de toda reclamación por daños y perjuicios que efectúen los propietarios, legítimos ocupantes, superficiarios, concesionarios de servicios y/o líneas de servicios aéreas, terrestres y/o subterráneas, autoridades nacionales, provinciales y municipales a raíz de la ejecución de los trabajos, cualquiera fuera su naturaleza, corriendo por su cuenta y cargo las indemnizaciones pertinentes.
Se incluye lo que atañe tanto a los daños "inevitables" causados a cultivos y/o pasturas dentro de la pista, como los “evitables”, siendo que, en ambos casos, los costos derivados serán afrontados por la Contratista en su totalidad.
La presente enunciación con relación al pago de los daños no es taxativa, no pudiendo aducir la Contratista desconocimiento en cuanto a la responsabilidad que le compete.
40.4.4 Actas de Relevamiento previo, permiso de ingreso y Relevamiento de Daños
Previo a la iniciación de los trabajos, la Contratista labrará Actas de Constatación Preventiva de Estado por cada campo o parcela afectada, de manera que queden claramente expuestos los cultivos, alambrados y otros elementos o instalaciones existentes que pueden ser dañados transitoriamente por la ejecución de la obra.
A la terminación de los trabajos, la Contratista labrará Actas de Constatación de Daños en la que conste la “Conformidad Definitiva” de los propietarios o legítimos ocupantes superficiarios.
En todos los casos, las actas deberán contener todos los datos de filiación de los propietarios u ocupantes y la identificación de los campos o parcelas afectadas.
Dichas actas deberán ser complementadas, eventualmente y si correspondiere, con la expresa aclaración del pago de daños por parte de la
Contratista y entregadas a la Inspección de Obra.
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Las mencionadas actas deberán ser suscriptas por el Inspector de Obra, por el representante autorizado de la Contratista y por el propietario superficiario o legítimo ocupante.
40.4.5 Planos de Predios Afectados
Como parte de la documentación Conforme a Obra, la Contratista, a través de un profesional habilitado, deberá confeccionar un plano de mensura de la afectación para cada inmueble, ya sean privados o fiscales. En dichos planos se indicarán las restricciones al dominio motivadas por la presencia de las nuevas instalaciones.
Idéntico criterio se seguirá para los terrenos ocupados por instalaciones complementarias.
Posteriormente, el profesional interviniente deberá presentar los referidos planos de mensura ante los organismos provinciales correspondientes, a los efectos de su debida inscripción.
Finalmente, ni bien disponga de la aprobación de los mismos, la Contratista remitirá un ejemplar de cada plano registrado a la Inspección de Obra.
40.5 Tareas de Hot-tap
Será responsabilidad del Contratista la ejecución de todas las tareas necesarias para efectuar los hot-tap, en los lugares donde sea necesario. Para estos casos, la perforación de la cañería existente estará a cargo de la Licenciataria o a quien ésta designe. El costo de la perforación será a cargo del Contratista, como también la ayuda de gremio que solicite la Licenciataria.
40.6 Barrido y venteo de gas
El Contratista podrá realizar barridos con gas cuando lo considere necesario, con la aprobación de la Inspección de Obra, y deberá coordinar con la misma y con la Licenciataria en el momento en que se pueda realizar. La coordinación
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de estos trabajos deberá realizarse con la suficiente anticipación con todas las partes involucradas (incluyendo el Comitente). La Licenciataria podrá suspender estas tareas por causas ajenas a la Contratista, sin que la misma tenga derecho a reclamo alguno. Ante esta situación, se deberá programar una nueva fecha para realizar las tareas. El costo del gas utilizado en el barrido será a cargo de la Contratista.
Si durante el llenado y puesta en marcha de las nuevas instalaciones surgiera que deben ventearse por fallas en la construcción de las mismas por parte de la Contratista, ésta última será responsable de los costos del gas venteado.
40.7 Precomisionado, Comisionado y Asistencia a Puesta en Marcha
La Contratista será responsable de realizar la totalidad de los controles y verificaciones de práctica para las instalaciones que son parte de los Trabajos dentro de la fase de precomisionado de las instalaciones.
Como parte del Plan Director, establecerá los procedimientos a emplear para el control, seguimiento, verificación de correcciones, implementaciones de Check Lists, etc., que aplique para cada uno de los Trabajos incluidos en el presente Contrato, este plan será presentado a la Inspección de Obra para su aprobación dentro de los 90 (noventa) días de iniciado el contrato, haciendo especial hincapié en la descripción del sistema a implementar y la forma en que se medirá el avance de las tareas del Precomisionado.
La Contratista fijará la apertura de sistemas y subsistemas en que dividirá los trabajos para su correcto seguimiento.
La Contratista designará un Coordinador de Precomisionado, Comisionado y Puesta en Marcha que interactuará con la Inspección de Obra y con el Coordinador de los demás Contratos con que se tienen interfaces.
A los efectos de cumplimentar los controles finales sobre los equipos provistos por la Contratista, se debe prever donde se requiera la participación de personal de asistencia técnica para esta etapa y para la etapa de Comisionado y puesta en marcha.
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40.8. ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS TECNICOS
Las discrepancias acerca de la interpretación o aplicación de los documentos técnicos deberán resolverse aplicando la siguiente prelación normativa:
1. PCE, las circulares con o sin consulta y circulares modificatorias.
2. PET, las circulares con o sin consulta y circulares modificatorias.
3. Planos Generales y planillas de la Ingeniería básica.
4. PCG.
5. Contrato.
6. Propuesta.
7. Memoria Descriptiva.
ARTICULO 41.-
MATERIAL A PROVEER POR EL COMITENTE
El Comitente proveerá la cañería en obra para la ejecución de las Obras en las cantidades y tipos indicados en planilla que se indica a continuación, será responsabilidad del Contratista la provisión de todo otro material que sea necesario para que las obras estén acordes a sus fines.
OBRA N° 1 | OBRA N° 2 | OBRA Nº 3 | OBRA Nº 4 | ||||||||
RE NG LÓ N | Ø no min al | Esp esor (m m) | Ø Exteri or (mm) | Calidad | Revestimie nto | Nivel de Prod. | Normas adicionales | Cant. (m) | Cant. (m) | Cant. (m) | Cant. (m) |
1.1 | 6" | 4,8 | 168,3 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX-XX/000/00 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 7.464 | |||
1.2 | 6" | 4,8 | 168,3 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 22.100 | |||
1.3 | 6" | 5,6 | 168,3 | API 5L X52 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 11.200 | |||
2.1 | 8" | 4,8 | 219,1 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 3.900 |
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2.2 | 8" | 5,6 | 219,1 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX-XX/000/00 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 10.560 | |||
2.3 | 8" | 5,6 | 219,1 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 21.200 | |||
3.1 | 10" | 7,1 | 273,1 | API 5L X56 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX-XX/000/00 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 48.516 | |||
3.2 | 10" | 7,1 | 273,1 | API 5L X56 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 26.200 | |||
4.1 | 12" | 4,8 | 323,9 | API 5L X52 | Polietileno extruído tricapa | PSL2 | TGS GIO-022-00000X000- ET-G- 002 / TGS-GG-053 | 47.508 | |||
4.2 | 12" | 6,4 | 323,9 | API 5L X52 | Polietileno extruído tricapa | PSL2 | TGS GIO-022-00000X000- ET-G- 002 / TGS-GG-053 | 252 | |||
4.3 | 12" | 6,4 | 323,9 | API 5L X52 | Sin revestir | PSL2 | TGS GIO-022-00000X000- ET-G- 002 | 36 | |||
4.4 | 12" | 5,6 | 323,9 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX-XX/000/00 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 4.536 | |||
4.5 | 12" | 7,9 | 323,9 | API 5L X60 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX-XX/000/00 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 74.160 | |||
4.6 | 12" | 6,4 | 323,9 | API 5L X42 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 3.400 | |||
4.7 | 12" | 6,4 | 323,9 | API 5L X56 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 19.500 | |||
5 | 16" | 7,9 | 406,4 | API 5L X56 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 9.200 | 12.000 | ||
6 | 18” | 7,9 | 457,2 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 650 | ||||
7 | 20” | 7,9 | 508,0 | API 5L X56 | Polietileno extruído tricapa | XXX0 | XX Xx XXX-XX-000-0000/0 - Xxxxxxxx X0, x/XXX000/0000 | 18.500 |
La cañería será entregada en los lugares y en las condiciones indicados en los PET de cada Obra.
ARTÍCULO 42.- MEDIO AMBIENTE Y GESTION DE CALIDAD. RESPONSABILIDADES
42.1 Medio Ambiente
El/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE, la totalidad de las
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normas y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio de la República Argentina en materia de Protección Ambiental.
Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental.
En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar.
En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente.
De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems:
- Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial.
- Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo.
- Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes.
- Contenciones secundarias
- Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas
- Manejo de la vegetación en el área del Proyecto
- Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural
- Plan de Auditorías Ambientales.
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El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental.
Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ello.
42.2 Gestión de Calidad
42.2.1 Consideraciones Generales
En la búsqueda de las mejores prácticas para alcanzar los objetivos de Calidad, Precio, Plazo, Seguridad, Salud y Protección del Medio Ambiente, La Inspección de Obra requerirá al Contratista la aplicación de un Sistema de Gestión de Calidad. Por ello se establecen los requerimientos que se indican a continuación.
42.2.2 Documentación a ser Presentada Junto con la Oferta
El Oferente debe tener probada experiencia en proyectos con sistemas de gestión de la calidad, para lo cual deberá presentar:
● Certificado ISO 9000 o en proceso de certificación, válido para todo el alcance de la obra y a la fecha de la oferta, o un sistema de calidad equivalente.
● Manual de Calidad.
● Política de calidad firmada por la dirección.
● Descripción sucinta del sistema de calidad a aplicar en el proyecto.
● Lista de procedimientos a aplicar durante el proyecto.
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● Organigrama a aplicar durante las diferentes etapas del proyecto.
● Plan de calidad y plan de inspección y ensayos de un proyecto similar al licitado.
● Plan preliminar de auditorías internas sobre el proyecto.
● Antecedentes de los responsables de Calidad que serán nominados.
42.2.3 Documentación a ser Presentada con Posterioridad a la Adjudicación La Contratista deberá presentar, para aprobación de la Inspección de Obra,
dentro de los plazos establecidos en éste Contrato, los siguientes documentos:
● Plan de Calidad y Organigrama de Calidad del Proyecto.
● Plan de aseguramiento de Calidad del Proyecto.
● Lista de Procedimientos Generales y Constructivos del Proyecto.
● Plan de Vigilancias y/o Auditorías internas del Proyecto.
La Contratista, o terceros proveedores, solamente podrán iniciar actividades de producción y/o fabricación cuando los documentos anteriores se encuentren aprobados por La Inspección de Obra.
42.2.4 Plan de Calidad
El Responsable de Calidad de la Contratista tendrá la autoridad necesaria, la independencia organizacional y el debido soporte para asegurar que:
● El Sistema de Gestión de la Calidad estará adecuadamente aplicado en el Proyecto
● Los problemas de calidad se identifiquen
● Se establezcan las soluciones apropiadas y aprobadas
El Plan de Calidad asegurará que las actividades que realiza cada miembro del Proyecto estarán soportadas por procesos descriptos en procedimientos e instrucciones de trabajo preparadas para satisfacer los requerimientos del
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proyecto y de La Inspección de Obra.
El Plan de Calidad alcanzará todas las actividades que se realicen en cumplimiento del Contrato y cubrirá las actividades de ingeniería, suministro, construcción y puesta en marcha involucradas en el alcance de los Trabajos, aun que estas sean realizadas por terceros, a quienes se les exigirá la aplicación del Plan de Calidad tal como si fueran actividades realizadas por la Contratista.
El Plan de Calidad identificará las acciones a realizar sobre los Trabajos que afecten la calidad de servicios y productos comprometidos en el Contrato y tendrá en cuenta como mínimo los lineamientos y criterios que se listan a continuación:
● Se definirán claramente la Organización, las Funciones y Responsabilidades, los niveles de autoridad las líneas de dependencia jerárquica y funcional y las interfaces entre organizaciones.
● Para las actividades que afecten la Calidad se establecerán procedimientos documentados que definan las metodologías a seguir para asegurar que los objetivos de calidad resulten alcanzados.
● La documentación de diseño / construcción se encontrará disponible en el lugar de aplicación y en la versión correcta.
● Los registros de calidad que documentan que los pasos y etapas de los procesos se han cumplido para satisfacer los requerimientos establecidos para los mismos están recopilados, archivados y están disponibles y son recuperables.
● El personal que desarrolla las actividades involucradas en el cumplimiento del Contrato identifica los problemas y los desvíos a la calidad y que se proponen soluciones, acciones correctivas y preventivas a los mismos y que el Comitente verifica que las acciones propuestas se implementan y que las mismas son las adecuadas.
● El Responsable de Calidad del Proyecto identificará aquellos requerimientos que son críticos en la implementación de un sistema efectivo de control de calidad con el propósito de evitar rechazos y re- trabajos.
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El Sistema de Gestión de la Calidad proveerá el soporte para la satisfacción de los requerimientos y para las decisiones del Comitente que tendrán impacto en la calidad. Estas decisiones serán las que permitan maximizar los beneficios del Sistema de Gestión, entre los cuales se incluirán:
● Mejora Continua de los procesos que desarrolla la Organización del Proyecto.
● Establecer el seguimiento, medición y análisis de estos procesos.
● Establecer los criterios para asegurarse que dichos procesos son efectivos.
● La disponibilidad de recursos e información necesaria para asegurarse que dichos procesos son realizados y controlados para satisfacer los requerimientos establecidos.
● Establecer Planes y Programas de Capacitación necesarios para el personal involucrado en el Proyecto.
El Plan de Calidad del Proyecto incluirá los procedimientos específicos para la satisfacción de los requerimientos establecidos en el Contrato, aquellos establecidos por la norma de calidad a ser aplicada y los requerimientos de las normas regulatorias correspondientes.
42.2.5 Plan de Control de Calidad
El Plan de Control de la Calidad estará basado en los Planes de Inspección y Ensayo. Estos deberán contener, como mínimo:
● Identificación del producto, actividad o servicio a controlar
● Especificaciones, normas, códigos o planes de la calidad o procedimientos documentados que son aplicables
● Secuencia de operaciones de monitoreo y control
● Criterios de aceptación y rechazo para los procesos y los productos ya sea por la enumeración en el propio procedimiento o por referencia a códigos normas o especificaciones que los describan
● La Contratista deberá confeccionar registros o documentos donde se avale la inspección o ensayo, dejando formalmente asentado el trabajo. En dicho registro o documento se deberá indicar las condiciones en que
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se realizaron los mismos.
Estos Planes se emitirán una vez asignado el Contrato y reflejarán los requerimientos establecidos por la Inspección de Obra y/o normas regulatorias sobre los productos y servicios.
Las áreas, sistemas o productos (suministrados por terceros ó fabricados in- situ) sobre los que se aplicarán los Planes de Inspección y Ensayo estarán claramente identificadas sobre los mismos, así como la fecha de emisión y las personas encargadas de su emisión y aprobación.
El seguimiento de los Planes de Inspección y Ensayo permitirá conocer el status de las inspecciones de los productos y/o servicios y una vez completadas las mismas, los respectivos registros serán recopilados y archivados de acuerdo a las estructuras, sistemas o áreas en que se ha dividido al Proyecto en la etapa de planificación del mismo.
42.2.6 Control de Equipos y Materiales Durante la Fabricación
Los materiales y equipos que serán incorporados al Proyecto serán inspeccionados usando un plan previamente desarrollado por la Contratista y aprobado por la Inspección de Obra durante la fase de definición y suministro de los mismos.
El Plan de Inspección y Ensayos alcanzará las etapas de manipulación y transporte, y cubrirá aquellos materiales y equipos que deban preservarse de la agresión del medio ambiente, tales como calor o frío extremo, rayos solares, ambiente xxxxxx o desértico u otras condiciones que puedan deteriorar su calidad.
La Inspección de Obra deberá ser notificada con DIEZ (10) días de anticipación de la realización de ensayos y/o pruebas en los establecimientos de los proveedores, para los cuales tendrá libre acceso.
42.2.7 Recepción de Equipos y Materiales
Los equipos y materiales a instalar en el proyecto serán inspeccionados a la recepción en la obra y deberán contar con procedimientos de almacenamiento,
preservación, transporte al sitio de utilización e instalación.
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Esta inspección de recepción tendrá en cuenta las características de cada material y equipo y los requerimientos y las condiciones en que tiene que ser aceptado, almacenado, transportado, su identificación mantenida durante el manipuleo y almacenamiento, y su fraccionado para su uso.
La Inspección de Obra destacará inspectores propios y/o tercerizados en los diferentes hitos y pruebas de los materiales y equipos comprados por la Contratista.
42.2.8 Inspección y Ensayo Durante la Construcción
Las actividades de control, inspección, verificación, ensayo y prueba que serán requeridas en el Contrato, estarán declaradas en Planes de Inspección y Ensayo, basados en procedimientos escritos que serán puestos a disposición de quienes realizarán las actividades de inspección, verificación, ensayo y aprobación por parte de la Inspección de Obra.
42.2.9 Registro de Calidad
El Plan de Calidad y los documentos que en él se hace referencia determinan los Registros de Calidad que se generaran a lo largo del Proyecto y que tienen la misión de demostrar que se han cumplido los requisitos de calidad establecidos en el Contrato y en las normas, códigos y reglamentaciones aplicables.
En el caso que los registros de calidad deban ser distribuidos esto se realizará siguiendo Matrices de Distribución. La distribución será siempre de copias mientras que los originales serán retenidos por la Contratista, que los prepara para luego entregarlos para su archivo final a la Inspección de Obra.
La preparación, distribución, archivo, recopilación en historiales o paquetes de documentos, sistema de numeración y archivo, forma y período de conservación, destrucción o disposición final de los documentos de los proyectos está establecido en los procedimientos generales y particulares que contemplan los requerimientos del Contrato.
La Contratista deberá asegurar trazabilidad de los datos.
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42.2.10 Procedimientos Generales y Constructivos
Los procedimientos generales del Sistema de Gestión de la Calidad describirán, a través de documentos escritos, los procesos administrativos en términos de la norma ISO 9000 o equivalente, debiendo someterse a la aprobación de la Inspección de Obra todos aquellos que representan una clara interface la Inspección de Obra / Contratista, siendo éstos cómo mínimo los que tratan temas de:
● Correspondencia contractual
● No Conformidades
● Auditorías Internas
● Registros de Calidad
● Trazabilidad (o rastreabilidad)
● Pedidos de Cambio
● Listado de instrumentos de medición y control con certificado de calibración vigente.
● Certificados de calibración de los instrumentos y herramientas utilizados en la construcción.
Los procedimientos de control de calidad describirán, a través de documentos escritos, cómo y cuándo la Contratista ensayará y/o inspeccionará las características de un determinado ítem durante el ciclo de fabricación y/o construcción.
El correcto completamiento de los registros proveerá la evidencia objetiva de que los requerimientos contractuales han sido alcanzados.
Los procedimientos deberán estar controlados y disponibles en los lugares a ser utilizados, y rápidamente accesibles por el personal responsable de implementarlos y/o aplicarlos y libre acceso para el personal de la Inspección de Obra en todo momento durante la obra.
En particular, la Contratista deberá considerar los lineamientos de rastreabilidad de cañerías.
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Auditorias y Vigilancias
La Contratista deberá establecer un plan de auditorías / vigilancias de calidad que alcance todas las áreas del proyecto.
Serán realizadas con el objeto de:
● Proveer una evaluación objetiva de cumplimiento de métodos, requerimientos y procedimientos del Sistema de Gestión de la Calidad.
● Satisfactoria implementación del Plan de Calidad.
● Verificar la apropiada identificación los desvíos y aplicación de las medidas correctivas.
La Inspección de Obra se reserva el derecho de realizar sus propias auditorias teniendo la libertad de acceder a todos los registros, documentos y protocolos generados.
El resultado de la auditoria no libera a al Contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales.
ARTÍCULO 43.- PARTES DIARIOS DE OBRA.
El avance diario de obra será asentado por el Contratista en los partes diarios de obra por duplicado según el modelo a suministrar, los que serán foliados y numerados en forma correlativa y serán firmados por el Representante Técnico del Contratista y la Inspección de Obra diariamente.
Los partes diarios deberán reflejar las tareas que se ejecutan en los sitios correspondientes, incorporando además el personal, equipos y materiales involucrados en las mismas.
ARTÍCULO 44.- PLANOS DE OBRA.
1. El Contratista está obligado a confeccionar a su costo, toda la documentación de obra necesaria para su ejecución, según corresponda (planos, especificaciones técnicas, detalles constructivos, cálculos estructurales, estudio de suelos, etc.) y lo que la Inspección de Obra le solicite, debiendo someter esta documentación a la aprobación de esta última en los plazos que ella establezca. El Contratista preparará todos los planos o croquis
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de obra necesarios, en el material que determine la Inspección de Obra, para su correcta preservación y, de cada uno de ellos, entregará a la Inspección de Obra la cantidad de copias indicadas en el PET. Una vez aprobado sacará las copias que necesite para su uso y entregará a la Inspección de Obra el original acompañando además el soporte magnético. El Comitente, previa conformidad de la Inspección de Obra y la Licenciataria, será el responsable de la aprobación de toda la documentación del Proyecto Constructivo.
2. Si correspondiere para el objeto de la obra, todos los cálculos de las estructuras de hormigón, metálicas y estudios de suelos deberán ser verificados por el Contratista y rubricados por un profesional con título habilitado en el Consejo Profesional de Ingeniería correspondiente a la jurisdicción donde se ejecutará la obra, el cual será responsable por los cálculos y estudios, debiendo presentarse memorias de cálculos, planos y todo otro elemento necesario para permitir el estudio y aprobación por parte del Comitente. En ese caso, el Comitente no asume responsabilidad alguna por errores de cálculos y estudios que se cometan y no sean advertidos en la revisión, siendo éstos de exclusiva responsabilidad del Contratista y de los profesionales por éste contratados.
3. El Contratista procederá a desarrollar el Proyecto Constructivo, complementando la información emanada del Licitante en los presentes documentos que forman parte de la Documentación Licitatoria, incluyendo la definición de cada una de las partes componentes de la Obra.
4. El Contratista realizará todas las tramitaciones necesarias para la ejecución de la Obra, ante las autoridades correspondientes y correrá por su cuenta el pago de derechos.
5. Es indispensable que el Contratista presente a la Inspección de Obra los planos de proyecto rotulados con la leyenda “planos de proyecto” firmados por su Representante Técnico. Se podrá solicitar, sin que ello implique adicional de precio, la ejecución de planos parciales de detalle, sobre puntos del proyecto que no resultaren claros para la correcta evaluación de los trabajos.
6. Todo plano o documento técnico que el Contratista presente para su aprobación, deberá tener un rótulo en su parte inferior derecha, con los datos:
● Nombre de la Obra.
● Datos del Contratista.
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● Datos y firmas de los responsables técnicos del proyecto.
● Título del plano o documento técnico.
Se deberá reservar sobre dicho rótulo un espacio para futuras revisiones y otro espacio para las calificaciones.
7. La Inspección de Obra y la Licenciataria revisarán los planos de proyecto y/o la documentación técnica a los efectos de que los mismos se adecuen al anteproyecto emanado del Comitente y cumplan con los requisitos de los documentos del Contrato. La aprobación que otorgue el Comitente no relevará al contratista de la responsabilidad por errores de cualquier tipo, desviaciones con respecto a las especificaciones técnicas o conflictos que pudieran surgir con los trabajos de terceros como consecuencia de tales desviaciones. Los planos se devolverán al Contratista dentro de los QUINCE
(15) días subsiguientes a su recepción en el área correspondiente, mediante una copia con alguna de las calificaciones subsiguientes:
● Aprobado.
● Aprobado con las correcciones indicadas.
● Devuelto para su corrección.
● Rechazado.
El Contratista no iniciará ninguna parte de las obras cuando los planos de proyecto y/o documentación técnica estén calificados con los DOS (2) últimos renglones.
8. Las características del proyecto a realizar deben adecuarse al tipo de instalaciones y materiales que cumplan con las reglamentaciones y normativa vigente.
ARTÍCULO 45.- OBRADOR O DEPÓSITO.
Antes de iniciar los trabajos, el contratista deberá proporcionar los planos y especificaciones de las obras provisionales (Obrador), si correspondiere conforme la envergadura de las obras, o en su defecto del lugar propuesto para oficinas y salvaguarda de materiales y herramientas, al Inspector, debiendo ajustar sus instalaciones a las observaciones formuladas por éste.
El Contratista será el responsable del diseño de las obras provisionales y la
aprobación de la Inspección de Obra no alterará la responsabilidad del contratista al respecto. El contratista, de corresponder, deberá obtener las
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aprobaciones y/o permisos de terceros que sean necesarios respecto del diseño y ejecución de las obras provisionales.
ARTÍCULO 46.- CIERRE DE OBRA.
El Contratista ejecutará el cierre de las obras cuando corresponda, de acuerdo con las reglamentaciones en vigor o en su defecto en la forma y extensión que determinen los pliegos.
El obrador u obradores, de existir como tales, deberán estar cercados con empalizadas aprobado por la Inspección de Obra, que impidan la salida de los materiales al exterior. Las puertas que se coloquen abrirán al interior y estarán provistas de los medios para cerrarlas perfectamente.
La ubicación de los accesos al obrador u obradores deberán ser aprobados por la Inspección de Obra y serán controlados de acuerdo con las medidas de seguridad que se adopten para la obra.
Estos accesos permanecerán cerrados fuera del horario de trabajo.
Al comenzar los trabajos el contratista colocará por su cuenta y cargo UN (1) cartel indicador de la obra (cuyas dimensiones serán de TRES (3) metros de alto y CUATRO (4) metros de ancho), objeto de esta, obligándose a mantenerlo en buenas condiciones hasta la recepción definitiva de la obra, en cuya oportunidad deberá retirarlo.
ARTÍCULO 47.- VIGILANCIA, SEGURIDAD E HIGIENE.
El Contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en el lugar de la obra. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o de terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos.
La responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la obra, a lo largo de todo su recorrido para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes le incumbe al Contratista.
La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos.
La obligación de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el
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presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la Obra y la Recepción Definitiva. En este caso el Contratista deberá proveer las comodidades complementarias necesarias, como también proveerá el transporte de los mismos.
Se incluyen también a cargo del Contratista todos los elementos e instalaciones necesarias para que el personal de serenos cumpla correctamente con la tarea a su cargo.
El personal del Comitente afectado a la obra, será provisto por cuenta del contratista con elementos de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas I.R.A.M.
Asimismo, en la obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable el contratista de los accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados.
Sin perjuicio de lo expuesto, la Inspección de Obra podrá exigir el uso o la colocación de los elementos que considere convenientes.
Al momento de la suscripción del Contrato, el Contratista deberá adecuar las medidas de seguridad del personal a la legislación vigente. Se acompaña normativa como Anexo XVI.
ARTÍCULO 48.- INSPECCIÓN DE OBRA.
48.1 Comodidades para el Comitente y la Inspección de Obra para cada una de las Obras
48.1.1 Para cada una de las Obras y dentro de las instalaciones de los obradores, la Contratista deberá disponer, en cada uno de ellos para uso de la Inspección de Obra y el Comitente de las siguientes facilidades:
Dos (2) oficinas privadas de 24 m2 y 12 m2 c/u, para la Inspección de Obra y el Comitente respectivamente, completas con: teléfono apto para teleconferencias, aire acondicionado frío calor, muebles para guardar documentación, Cuatro (4) Escritorios Seis (6) sillas y una pizarra blanca con sus marcadores para un caso y Un (1) Escritorio, Seis (6) sillas y una pizarra blanca para el otro caso. Se deberá incluir el mantenimiento y la limpieza de las
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mismas.
Deberá prever Cuatro (4) computadoras, Dos (2) de ellas serán Notebook para el Comitente e Inspección de Obra respectivamente y otras DOS (2) computadoras de escritorio para uso de la Inspección de Obra, todas ellas en red y con comunicación a través de internet
Asimismo deberá entregar para cada una de las Obras de TRES (3) teléfonos celulares, DOS (2) para la Inspección de Obra y el restante para el Comitente, los cuales deberán ser de última generación y como requisito mínimo en cuanto a sus características, marca Samsung mod. S7 o similar.
Todos los gastos que demanden los mismos serán por cuenta y cargo de la Contratista.
Un tráiler de SEIS METROS (6 m) de longitud para cafetería con cafetera, heladera, horno a microondas, expendedor de agua, vajilla, mesa, Seis (6) sillas y agua fría y caliente para servicios con Termo tanque eléctrico. Este espacio contará con Aire Acondicionado frío calor. Se deberá incluir el mantenimiento y la limpieza del mismo.
Un tráiler Baño para uso exclusivo de la Inspección y el Comitente.
Deberá prever el abastecimiento de papelería y artículos de oficina para el personal de la Inspección de Obra y el Comitente que ocupe estos espacios, incluyendo cartuchos de tóner para las impresoras y copiadoras.
Todas las computadoras tendrán como mínimo las siguientes características: procesador Intel® Core™ i7-4960HQ Processor (6M Cache, up to 3.80 GHz) ,
2.60 GHz, 4 / 8 núcleos, TDP 47, Memoria DDR3L-1333,1600, gráficos Intel® Iris™ Pro graphics 5200 o superior
Memoria: 8GB DDR3L1333 - 1600 MHz
Disco rígido: 500GB o superior
Placa de video: Mobile Intel GMA 4500MHD o superior Memoria de video: 1 GB o superior
Pantalla: LCD 14.1"TFT 1440 x 900 mínimo Unidad Óptica: DVD RW MultiRecorder
Wi-Fi: 802.11 a/g/n LAN Inalámbrica Audio Estéreo de Alta Definición Touchpad y TrackPoint
Batería extendida de Ion-Litio Autonomía mínima 6 hs
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Puertos: 2 USB 2.0 mínimo
1 FireWire IEEE 1394 RICOH OCHI
1 RJ-45 (Puerto LAN)
Salida vídeo DB-15 (para proyector o monitor) Salida HDMI.
Salidas audio Entrada micrófono
Teclado en español (con tecla Ñ) Windows 10 Profesional con licencia Office 2013 Profesional con licencia
Autocad última versión con licencia (superior)
Adobe Acrobat Profesional con licencia (última versión) Google Earth.
Project 2010
Valija para Notebook
Además, la Contratista deberá proveer al personal de la Inspección de Obra afectado a la misma de equipos compatibles con el sistema de comunicaciones móviles utilizados por la Contratista (celular, radio, telefonía satelital).
Las instalaciones y todos los elementos son de propiedad del Contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y conservación de las instalaciones hasta la Recepción Provisoria.
48.1.2. La Contratista adicionalmente proveerá, por cada Obra, DOS (2) camionetas 4x4 doble cabina (una será para la Inspección de obra y otra para el Comitente), completas, con: doble rueda de auxilio, kit antiderrames, kit de primeros auxilios, jaula antivuelco, GPS (con cargador de 12 volts para auto, soporte para llevarlo en el parabrisas con sopapa, xxxxxx, cable de datos, cargados con la última versión de los mapas del proyecto mapear), combustible, lubricantes y mantenimiento. Estarán a cargo del Contratista el reemplazo por rotura de los vehículos, así como el pago de impuestos, patentes y seguros, durante todo el período de la obra. Los mencionados vehículos y su equipamiento se devolverán al Contratista con la Recepción Provisoria.
48.1.3. El Contratista proveerá, a su exclusiva cuenta, un botiquín con
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material sanitario mínimo para satisfacer las necesidades de una emergencia sanitaria, de acuerdo con las especificaciones requeridas por los organismos de la salud pública con competencia en la materia.
48.1.4. La Contratista facilitará a la Inspección de Obra, mientras dure la obra y hasta la Recepción Definitiva, todo el instrumental necesario para el replanteo, mediciones de obra y verificaciones y/o pruebas estructurales, hidráulicas o las que ésta estime necesario realizar.
48.2 DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
48.2.1. INSPECCIÓN DE OBRA, PLAN DE CALIDAD Y ENSAYOS
Desde el inicio y durante el desarrollo de las obras, la Inspección de Obra tendrá pleno derecho de realizar las inspecciones que considere necesarias con el propósito de verificar la calidad de las mismas.
El Contratista deberá entregar para aprobación de la Inspección toda la documentación que se indican en los Pliegos de Licitación.
Será coordinada una reunión de lanzamiento con el objeto de establecer
todos los lineamientos relacionados con la Inspección de las obras, dicha reunión será establecida por el Comitente.
Cuando las cañerías y/u otro equipamiento sean entregadas por el Comitente y deba ser inspeccionado, el Contratista deberá hacerse cargo de todos los gastos de traslado, estadía, alojamiento y movilidad del personal de la Inspección y/o el Comitente.
48.2.2 FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
Sin que el listado sea taxativo ni limitativo, la Inspección de Obra tendrá las siguientes funciones:
a) Seguimiento y aprobación del proceso de fabricación de equipos y materiales a proveer por el Contratista y/o del Comitente, y aprobación de los ensayos de recepción de los mismos.
b) Realizar las inspecciones, y en conformidad con el Comitente el visado del cronograma de entrega, curva de inversiones, etc., necesarios para emitir los certificados de avance descriptos en el presente pliego.
c) Verificación de cumplimiento de los procedimientos para la trazabilidad
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de la cañería, máquinas y equipos críticos, desde su fabricación hasta su completa ejecución.
d) Verificar que las obras cumplan con los requisitos de los Pliegos Licitatorios y toda otra documentación generada por el Contratista y aprobada por la Inspección, determinando a tal fin si las mismas se ajustan o no a la calidad especificada. Detectar los posibles desvíos de las obras y en consecuencia deberá aprobar o rechazar las entregas estipuladas en el cronograma.
e) Inspeccionar en cualquier momento las tareas, y efectuar aquellas verificaciones que crea conveniente a los efectos de asegurar el fiel cumplimiento de los pliegos y la documentación aprobada.
f) Resolver todas las cuestiones técnicas, calidad de los materiales, marcha de los trabajos y correcta ejecución de los mismos;
g) Ordenar rehacer, a costo del Contratista, todo trabajo que a su juicio se halle mal ejecutado.
h) Establecer las condiciones mínimas para recepcionar las entregas, rechazando lo que no se ajuste al PET, y toda aquella documentación que haya sido aprobada por la Inspección.
i) Controlar el cumplimiento de normas medioambientales, de seguridad e higiene, y otras obligaciones a cargo del Contratista.
j) Revisar y aprobar la documentación técnica emitida por el Contratista, desde la ingeniería de detalle para construcción de los trabajos, como así también los planos conforme a obra.
k) Verificar y eventualmente aprobar en conformidad con el Comitente todo desvío de los trabajos a ejecutar.
l) Aprobar las Actas de Medición emitidas por el Contratista
m) Gestión y asistencia a la intervención sobre gasoductos en servicio.
n) Emitir los certificados de Recepción Provisoria.
o) Emitir los certificados de Recepción Definitiva.
p) Seguimiento de los Partes Diarios de las tareas con indicación de personal involucrado especificando función de los mismos y equipos
utilizados
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q) Seguimiento de los seguros de Contratistas y eventuales Subcontratistas, en un todo de acuerdo a lo exigido en la Documentación Licitatoria.
r) Seguimiento y acción sobra las gestiones de los Contratistas para obtención de permisos para derechos de acceso y paso para la construcción, servidumbres, mensuras, catastro, registros, cruces especiales, base de datos de Propietarios o Superficiarios de los predios afectados a la traza.
La designación de la Inspección será notificada oportunamente al Contratista.
Durante la ejecución del Contrato el Contratista deberá facilitar la actuación de la Inspección de Obra y toda la documentación técnica que requiera la misma para lograr su cometido.
t) Y todo aquello expresado en los presentes pliegos
48.2.3. DESIGNACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE OBRA.
EL Comitente comunicará por escrito al Contratista los nombres de las personas encargadas de la Inspección de Obra, aclarando la función a desempeñar por cada una de ellas a través del Libro de Órdenes de Servicio.
48.2.4. INSTRUCCIONES DE LA INSPECCIÓN DE OBRA.
Las instrucciones de la inspección se realizarán por medio del Libro de Órdenes de Servicio, y deberán ser cumplidas por el Contratista dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de emitida la Orden, salvo que en la misma se estipulara un plazo distinto.
48.2.5. LIBROS DE ÓRDENES DE SERVICIOS Y NOTAS DE PEDIDOS.
Estos libros serán provistos por el Contratista y en ellos se consignarán todas las comunicaciones entre la Inspección de Obra y el Contratista. Deberán ser foliados en forma correlativa, por triplicado, sellados e inicializados por la Inspección de Obra en todas sus fojas. Las Órdenes de Servicios y las Notas de Pedido serán numeradas y fechadas, el original quedará en el libro, el duplicado se entregará y el triplicado quedará en poder de quien la emita.
Todas las órdenes de la Inspección de Obra y los pedidos que formule el
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Contratista, no tendrán validez si no lo hicieran a través de los respectivos libros.
ARTÍCULO 49.- SEGUROS.
49.1 CONDICIONES GENERALES
Las obligaciones en materia de seguros aplican de manera independiente para cada Obra contratada.
El Contratista contratará y mantendrá vigentes en compañía aseguradora autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de acuerdo con las leyes y demás disposiciones vigentes en la materia y a su costo, desde el primer día que comience a correr el plazo total del contrato y hasta el día del Acta de Finalización del mismo, como mínimo los seguros que se indican a continuación.
Respecto del período indicado en el párrafo anterior, se exceptúan aquellos seguros que tengan principio dentro y finalicen antes de la terminación del período del contrato en cuyo caso los seguros se contratarán y mantendrán vigentes por el período que medie entre el principio y fin de las tareas, hitos éstos que deberán ser documentados mediante actas.
La obligación de contratar los seguros que se indican se extiende a los subcontratistas, consultores y/o proveedores. La falta de contratación de los seguros por parte de estos, no exime al Contratista de la cobertura del riesgo de que se trate.
Los seguros que contraten el Contratista y sus subcontratistas, proveedores y/o consultores, deberán contar con la aprobación previa de la Inspección, antes del inicio de cualquier trabajo.
El Contratista deberá, a su costo, obtener y mantener vigentes durante el plazo total del contrato, todos aquellos seguros que estime necesarios para proteger sus propios intereses y responsabilidades.
El Contratista deberá tomar todas las precauciones y medidas necesarias para preservar de daños a los materiales, equipos y obras que se encuentren en el emplazamiento, así como a la propiedad del Comitente, de la Inspección de
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Obra y de Terceros.
Será responsabilidad del Contratista, durante el plazo total del contrato, todo accidente que cause daños materiales o lesiones corporales o muerte, ya sea a sus trabajadores o a terceros, y que sea consecuencia de la ejecución del Contrato, por acciones u omisiones de su personal o de sus contratados, por ejemplo: subcontratistas, consultores o proveedores.
Sin perjuicio de las pólizas de todo riesgo de construcción y montaje y de responsabilidad civil por daños a terceros, que se detallan más adelante, en caso de reclamo de terceros contra el Comitente, por asuntos respecto de los cuales el Contratista sea responsable bajo los términos del Contrato, o relacionados con ellos, se notificará inmediatamente de recibido al Contratista y deberá, a su propio costo, llevar a cabo las gestiones ante el asegurador, u otros, para resolver sobre los mismos y respecto a cualquier otro litigio que surja de ellos, liberando y manteniendo indemne al Comitente de toda responsabilidad.
En todas las pólizas de seguro que el Contratista esté obligado a tomar de conformidad con el Contrato, deberá incluir una cláusula por la que la respectiva compañía aseguradora renuncia a todos sus derechos de subrogación contra el Comitente y/o sus funcionarios y empleados, y/o quien le preste servicios, siempre y cuando no implique dispensa de dolo del Comitente o de los indicados.
A requerimiento de la Inspección, el Contratista estará obligado a acreditar en cualquier momento y al primer requerimiento la contratación y pago de las primas de los seguros.
El Contratista requerirá la contratación de los seguros a cada uno de sus contratados, por ejemplo: Subcontratistas, proveedores y/o consultores, o bien los incluirá en sus pólizas como asegurados adicionales.
Todas las pólizas que presente el Contratista, o sus contratados, contendrán una Cláusula de Notificación que señale: "La presente póliza no podrá ser anulada, modificada, total o parcialmente o enmendada sin previo consentimiento del Comitente. Asimismo, la Compañía Aseguradora se compromete a notificar al Comitente, cualquier omisión de pago y otro hecho
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de cualquier naturaleza en que incurriese el Asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial con una antelación mínima de QUINCE (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente no se producirá suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación al Comitente.
Si el Contratista no contratare, ampliare o mantuviere en vigencia los seguros referidos en el presente capítulo o cualquier otro seguro que le pudiere ser exigido de acuerdo a los términos de la documentación contractual; el Comitente, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso que pudiese ejercer, tendrá la facultad de contratar, mantener en vigencia, o recontratar dichos seguros según corresponda, pagando las primas necesarias. En tal caso el Comitente podrá, en cualquier momento, ejecutar las sumas desembolsadas a valor actualizado por estos conceptos de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato, o bien deducir dicho importe de cualquier certificado o suma que deba ser pagada al Contratista, a sola elección del Comitente y sin perjuicio de la multa correspondiente.
Los gastos que demanden la toma de las pólizas así como también los deducibles o franquicias de estas pólizas serán de cargo y costo del Contratista y sus montos deberán ser claramente señalados en la misma.
La Contratista deberá comunicar inmediatamente a las compañías aseguradoras de todos los seguros tomados con arreglo al presente PCE, toda circunstancia cuya denuncia conforme a lo establecido en las pólizas correspondientes. Igualmente deberá en forma simultánea, informar sobre dichos hechos a la Inspección.
El Contratista será responsable por todas las pérdidas, demandas o reclamos, judiciales o extrajudiciales, así como los gastos y costas de cualquier tipo originados por el incumplimiento de la comunicación a los aseguradores antes referida.
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49.2. SEGURO DE TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE
El seguro será emitido por el 120% del Monto Total del Contrato adjudicado (Monto Total del Contrato más cláusula de variación automática de la suma asegurada del 20%) y cubrirá todos los bienes del mismo; es decir, obras civiles, materiales, equipamiento y maquinaria incorporado o a ser incorporado a la obra, así como campamentos e instalaciones provisionales o instalaciones existentes del Contratista y del Comitente.
49.2.1. COBERTURA MÍNIMA DE DAÑOS MATERIALES
La póliza del seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá cubrir sobre la base de una cobertura de todo riesgo las pérdidas o daños causados por, o a consecuencia de incendio, rayo, explosión, fenómenos de la naturaleza incluyendo pero no limitado a huracán, ciclón, vendaval o tornado, inundación, nieve y/o peso de nieve, huelga, actos terroristas, sabotaje, accidentes en las pruebas y puesta en servicio, material y mano de obra defectuosa, error de diseño y demás riesgos propios de construcción y montaje.
49.2.2. COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El seguro de todo riesgo de construcción y montaje incluirá una cobertura de responsabilidad civil por daños a terceras personas inclusive lesiones corporales o muerte y/o en su propiedad, como consecuencia de siniestros que ocurran durante la ejecución de los trabajos, hasta un límite de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-) por evento.
Este seguro incluirá una cláusula de responsabilidad civil cruzada y amparará los daños y/o lesiones corporales o muertes causados en el área de la obra y amparará, además, las responsabilidades civiles causadas por equipo móvil o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos dentro del radio de las obras.
El seguro considerará como asegurado principal al Contratista y, en forma adicional al Comitente, a la Inspección de Obra y a contratados por el Contratista (como subcontratistas, proveedores y/o consultores) y en cuanto a sus actividades dentro de la obra, a proveedores, ingenieros, técnicos y demás profesionales, como así también a todas aquellas partes involucradas en la
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realización de la Obra por sus respectivos derechos e intereses.
49.2.3. COBERTURA DEL EQUIPO MÓVIL DEL CONTRATISTA
El seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá amparar todos aquellos equipos móviles o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el Contratista utilice con motivo de los trabajos, amparando los daños físicos ocurridos a dichos equipos. Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del Contrato, y podrá ser contratada como una póliza específica, independiente del seguro de Todo Riesgo Construcción y Montaje, en la medida que posea las cláusulas de notificación previa de modificaciones y/o caducidades y de renuncia de la aseguradora a la repetición a favor del Comitente.
49.2.4. CLÁUSULAS OBLIGATORIAS
El Contratista deberá incluir en la póliza del seguro de todo riesgo de construcción y montaje:
a) Una cláusula mediante la cual la póliza cubrirá los gastos necesarios y razonablemente incurridos en la remoción de escombros y/o limpieza, como consecuencia de un siniestro amparado por la misma.
b) Una cláusula de reinstalación automática de suma asegurada en el evento de un siniestro amparado bajo la póliza.
c) Una cláusula de prórroga automática de la vigencia de cobertura del seguro si la misma cesara en fecha anterior a la terminación final y total de las obras.
d) Cubrirá también el transporte terrestre del suministro nacional y almacenaje fuera del emplazamiento.
e) Extensión de cobertura a daños causados directamente por terremoto, temblor y erupción volcánica, ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, maremotos y enfangamiento.
f) También cubrirá pérdidas de o daños a la propiedad situada en o adyacente al sitio de montaje que pertenezca o se encuentre a cargo, custodia o control del Contratista o de los contratistas asegurados, hasta un límite no inferior al diez por ciento (10%) del Valor Total del Contrato.
49.2.5. EXCLUSIONES ADMITIDAS
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Las exclusiones al seguro de todo riesgo de construcción y montaje sólo podrán limitarse a los siguientes eventos:
a) Guerra, invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades (haya guerra declarada o no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, motín, lockout, conmoción civil, poder militar o usurpado, actos malintencionados de personas o grupos de personas que actúen por orden de o en conexión con organizaciones políticas, conspiración, confiscación, apropiación, requisición o destrucción o daño por orden de cualquier gobierno de jure o de facto o por cualquier autoridad pública;
b) Reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva;
c) Acción dolosa intencionada de los asegurados o sus representantes. Sin embargo, las negligencias operacionales, que figuran previamente en este artículo, o sabotaje, no serán considerados como exclusiones.
49.2.6. VIGENCIA DE LA COBERTURA
La cobertura del seguro de todo riesgo de construcción y montaje deberá estar vigente desde la firma del Acta de Inicio de las tareas y hasta la terminación total y definitiva de las obras (Certificado de Recepción Provisoria de las Obras).
49.3. SEGURO DE TRANSPORTE
El Contratista contratará un seguro en modalidad todo riesgo, que ampare los riesgos de transporte marítimo y/o aéreo y/o fluvial y/o terrestre, carga, trasbordos, descarga, almacenamiento y huelga, sobre suministros, maquinarias, piezas, partes, equipos, repuestos y otros elementos importados.
El monto asegurado para cada embarque será equivalente al valor de lo transportado, su flete más los derechos de aduana y otros que correspondan.
El seguro deberá considerar como asegurado principal al Contratista y como asegurados adicionales a sus contratados (como por ejemplo: subcontratistas, proveedores y/o consultores) y al Comitente, y sus montos deberán ser claramente señalados.
Los deducibles de esta póliza serán de cargo y costo del Contratista y sus montos deberán ser claramente señalados. El límite de indemnización de la póliza deberá corresponder al monto máximo esperado en un sólo embarque.
El seguro comenzará en concordancia con la condición de compra (en
fábrica en el país de origen, a bordo de buque en puerto de origen, etc.), y
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concluirá cuando los bienes sean depositados en los recintos de la obra, amparándose transporte terrestre, transbordos y estadía en bodega de aduana u otras. No se aceptará que este seguro sea reemplazado por un conjunto de seguros parciales, a menos que estos seguros parciales sean contratados con la misma aseguradora y abarquen en su conjunto toda la cobertura señalada.
49.4. SEGURO DE RIESGOS DEL TRABAJO
El Contratista deberá contratar con una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) los riesgos de trabajo de acuerdo a lo legislado en la Ley Nº
24.557 y modificatorias, con las coberturas que esta norma y sus complementarias y reglamentarias prevé, y las que en el futuro puedan modificarse o crearse, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en las normas reglamentarias de las mismas. Deberá incluir a todo el personal dependiente, cualquiera sea su modalidad de contratación, tanto en las etapas de proyecto, ingeniería, construcción, operación y mantenimiento, en la forma más amplia permitida, como asimismo deberá cubrir la responsabilidad civil patronal.
En el contrato de afiliación con la ART se deberá contener la cláusula de no repetición de acuerdo con el siguiente texto: “Cláusula de no-repetición: Conste que [ART o empleador autoasegurado] renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Comitente y/o sus Funcionarios y/o empleados y/o obreros y/o cualquier sujeto que en el futuro por modificación del contrato se establezca, bien sea con fundamentos en el art. 39, ap.5 de la Ley 24.557 o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex-dependiente de [Contratista / Subcontratista], alcanzado por la cobertura del presente Contrato de Afiliación, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, sufridos o contraído por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar del trabajo. La [ART] se obliga a comunicar al Comitente en forma fehaciente, los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los diez días de verificados”.
En todos los casos el Contratista y/o Subcontratista presentará las
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constancias de afiliación a una ART o autoseguro y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal.
La Contratista deberá mantener, en todo momento indemne al Comitente. En el caso que en un reclamo judicial iniciado por personal propio de aquella o de sus Subcontratistas y/o sus asesores o toda otra persona haya sido contratada por cualquier partícipe en las Obras, o bien se declare la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la ley N° 24.557 y se determine la aplicación de la normativa del Código Civil y Comercial Argentino, cualquiera sea su fundamento, será de aplicación el artículo 37. (DEMANDAS Y/O RECLAMOS PROMOVIDOS CONTRA EL CONTRATANTE) del presente PCE.
49.5. SEGURO DE VIDA
El Contratista deberán contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica al gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
Su cobertura será exigible para todo su personal durante la vigencia del Contrato hasta la terminación del mismo.
49.6. SEGURO DE AUTOMOTORES
El Contratista deberá contratar los seguros de los vehículos automotores que sean de su propiedad o de terceros, incluidos los asignados al servicio de inspección que se hallen afectados permanente, temporal o accidentalmente a la ejecución de los trabajos o en el cumplimiento del contrato, durante toda su vigencia sea dentro o fuera del emplazamiento o de la zona de las obras.
El riesgo mínimo a cubrir será la responsabilidad civil de acuerdo a leyes vigentes por lesiones y/o daños corporales y/o muerte a terceros, transportados o no y daños y perjuicios a cosas de terceros no transportados, provocados por el vehículo, sus partes componentes y/o la carga transportada. Los límites de coberturas no serán inferiores a pesos tres millones ($ 3.000.000) por cada automóvil y/o Pick Ups, y pesos diez millones ($ 10.000.000) por cada ómnibus, camión, acoplado y carretón.
La póliza deberá contener una cláusula especial en los siguientes términos: “En
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caso que un tercero reclame directa o indirectamente al Comitente por un siniestro indemnizable por la presente cobertura, éste será considerado como asegurado a tales efectos. No obstante, el Comitente mantendrá en todo momento su condición xx xxxxxxx frente a cualquier hecho amparado por la póliza”.
Para el caso que la Contratista cuente con un seguro más amplio que el de Responsabilidad Civil, la aseguradora deberá renunciar a ejercer derecho de subrogación contra el Comitente.
El presente artículo, al igual que todas las previsiones del capítulo de seguros, es de cumplimiento obligatorio también para los subcontratistas.
Su cobertura será exigible durante la vigencia del Contrato hasta la terminación del mismo.
El Comitente podrá impedir el ingreso a su Terreno de todo vehículo de la Contratista o sus Subcontratistas o de sus asesores, cuyo titular no haya cumplido la exigencia instituida en este inciso.
49.7. SEGURO DE LA CAÑERÍA ENTREGADOS POR EL COMITENTE
El Contratista será responsable de los daños que sufra la cañería desde su entrega sobre camión hasta la recepción provisoria de la obra, incluso los ocasionados por caso fortuito o fuerza mayor o por culpa o dolo del Contratista o de cualquier tercero. A tal fin el contratista deberá contratar un seguro, designando al Comitente como beneficiario, equivalente al 110% del valor de la cañería, del tipo contra todo riesgo. Dicho seguro deberá cubrir los eventuales daños que pueda sufrir la cañería, incluso los ocasionados por caso fortuito o fuerza mayor o por culpa o dolo del Contratista o de cualquier tercero.
49.8. SEGURO POR DAÑO AMBIENTAL
QUE CUBRA DAÑO AMBIENTAL En caso de corresponder el Contratista deberá presentar un Seguro que garantice la ejecución de las tareas de recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva a efectos de cumplir con las exigencias del Artículo 22 de la Ley N° 25.675 y que acrediten su capacidad técnica y factibilidad operativa para realizar acciones de recomposición del ambiente dañado a través de operadores legalmente habilitados.
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ARTÍCULO 50.- PROVISIÓN DE AGUA y ELECTRICIDAD
De ser necesaria la utilización de agua, Energía Eléctrica y/o cualquier otro servicio para la ejecución de la Obra, ésta deberá ser apta y costeada por el Contratista, a cuyo cargo estará el pago de todos los derechos por ese concepto, los que no le serán reembolsados.
ARTÍCULO 51.- REPRESENTANTE TÉCNICO. JEFE DE OBRA
De acuerdo a lo establecido el artículo 60 del PCG, el Contratista designará para cada obra, en calidad de Representante Técnico, a un Ingeniero especialidad Electromecánico, Mecánico, Civil o Industrial, debidamente inscripto en el Colegio de Ingenieros de la jurisdicción donde se ejecutará la obra.
El Representante Técnico deberá estar permanentemente en la Obra. En caso de ausencia ocasional deberá disponer la presencia de un Jefe de Obra para su reemplazo, previa aceptación del Comitente, el que debe cumplimentar los requisitos requeridos para el Representante Técnico.
En caso de reiteración de ausencia injustificada del Representante Técnico y de su reemplazo, el Contratista será pasible de una sanción, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 del PCG y en los Artículos 61 y 62 del presente PCE.
Al momento de presentación de la oferta, el Proponente deberá presentar ambos profesionales con sus respectivos currículums vitae.
El Representante Técnico se entenderá con la Inspección de Obra y ejercerá las atribuciones y responderá por los deberes de la Contratista, no pudiendo éste último discutir la eficacia o validez de los actos que hubiese ejecutado el Representante Técnico, sin perjuicio de las acciones personales que contra éste pudiera ejercer.
Todas las instrucciones que el Representante Técnico reciba de la Inspección de Obra, serán consideradas como impartidas al Contratista. Todas las instrucciones que el Jefe de Obra reciba de la Inspección de Obra, serán consideradas como impartidas al Representante Técnico. Con posterioridad,
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este último deberá notificarse y dentro del término de OCHO (8) días hábiles administrativos desde la fecha de orden de servicio podrá presentar ante el Comitente su reclamación fundada mediante una nota de pedido.
ARTÍCULO 52.- MEDICIÓN – CERTIFICACIÓN – REGISTRO FOTOGRÁFICO.
Previo a la emisión de los certificados la Inspección de Obra en forma conjunta con el Contratista realizarán la medición de los trabajos conformando el Acta de Medición, las mismas tendrán el mismo formato que se indica en el Certificado de Obra, con la salvedad que en dicha Acta involucran cantidades o porcentajes conforme a como avancen los ítems de la Planilla de Cotización que figura en el pliego licitatorio.
Las Actas de Medición serán mensuales y su medición resultará de los trabajos ejecutados del mes en curso
El Acta de Medición reflejará el historial de las obras ejecutadas acumuladas anteriormente, Medición del mes actual y el Acumulado (resultante de la suma de Anterior más mes actual).
La conformidad de las actas será rubricada entre la Inspección de Obra y el Contratista.
El Acta será realizada y rubricada entre la Inspección de Obra y el Contratista dentro de los últimos CINCO (5) días del mes de ejecución de los trabajos.
Resultado de lo indicado anteriormente y aprobada dicha Acta de Medición, la Contratista confeccionará el Certificado de Obra mensual que responderá al mismo formato e ítems establecidos en dicha Acta, valorizando la misma conforme a la Planilla de Cotización aprobada en el contrato,
El Contratista dentro de los primeros CINCO (5) días del mes siguiente de efectuada y aprobada la medición por parte de la Inspección de Obra enviará al Comitente la Certificación de los trabajos para que esta misma proceda a su verificación. El Certificado debe ser por triplicado y originales.
El Contratista deberá presentar para la certificación mensual como mínimo la siguiente documentación:
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● Certificado mensual de avance de obra propiamente dicho, el mismo deberá indicar el número de ítem o ítems a certificar, la descripción correspondiente al Plan de Certificaciones contractual, el porcentaje total del ítem, el porcentaje acumulado anterior, el porcentaje a certificar del presente mes, el acumulado total y el porcentaje pendiente de certificación.
Junto con el Certificado el Contratista presentara a la Inspección de Obra:
● Memoria Descriptiva de los trabajos realizados y detalle de las novedades del mes con eventual incidencia en el costo, plazo y calidad de las obras.
● Detalle del avance físico de las obras, discriminado por ítem, en cantidades y porcentajes. Acta de Medición conformada por la Inspección de Obra.
● Detalle del avance financiero de las obras, discriminado por ítem, en pesos. Certificado básico conformado por la Inspección de Obra.
● Detalle de multas y penalidades aplicadas y pendientes de aplicar con indicación de los montos correspondientes.
● Documentación fotográfica que ilustre los aspectos salientes de los trabajos ejecutados
● Documentación soporte que avale la correcta ejecución de los trabajos a certificar: documentación al día de calidad (certificados de calidad de los materiales, actas de pruebas y ensayos, actas de inspecciones y controles dimensionales), certificados de los END (Ensayos No destructivos), mapas de soldadura y toda otra documentación que a criterio de la Inspección y / o del Comitente sea necesaria para la certificación de los trabajos.
● Manifiestos de transporte y certificados oficiales de disposición final de residuos generados en el periodo a certificar.
● Formulario de estadísticas de accidentes.
● Registro de fechas y duración de las visitas a la obra del profesional de Higiene y Seguridad del Contratista.
● Registro de altas y bajas del personal afectado a la obra.
● Certificación de máquinas y equipos propios y alquilados afectados a la obra.
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● Constancia de pago de todos los seguros propios del Contratista y los de sus sub-contratistas.
● Constancia de pago de todas las obligaciones laborales y previsionales del personal del Contratista y los de sus sub-contratistas.
El Comitente se reserva el derecho de realizar todas las auditorias que considere conveniente a los efectos de verificar la documentación acompañada por el Contratista.
Cabe destacar especialmente que la Inspección y/o el Comitente no efectuará la certificación de los trabajos realizados hasta tanto no se disponga de toda la documentación detallada previamente.
ARTÍCULO 53.- RETENCIONES SOBRE LOS CERTIFICADOS. FONDO DE REPARO
De cada Certificado se efectuarán las retenciones tributarias pertinentes que incluirán aquellas establecidas en: a) la Resolución General N° 1439/03 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (retención Impuesto
al Valor Agregado), b) Resolución General N° 830/00 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (Impuesto a las Ganancias) y c) Resolución General N° 4052/95 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (SUSS – Sistema Único de la Seguridad Social).
Del importe total de cada Certificado, ya sean de valores básicos de Contrato o los de reajuste de precios, se retendrá el importe del CINCO POR CIENTO (5%) para su aplicación al Fondo de Reparo.
En caso de ser afectado este Fondo de reparo al pago de multas o devoluciones que por cualquier concepto debiera efectuar el Contratista, corresponderá al mismo reponer la suma afectada en el plazo xx XXXX (10) días hábiles de ocurrida la notificación, bajo apercibimiento de rescisión del Contrato, sobre la base de lo estipulado en el PCG.
ARTÍCULO 54.- PAGO DE LOS CERTIFICADOS.
El Contratista deberá presentar, en la oficina del Comitente o de quien este
designe a tal efecto, el Certificado debidamente firmado por su Representante Técnico y convalidado por la Inspección de Obra con las correspondientes fojas
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de medición, para su trámite de aprobación y pago.
Junto con el Certificado, el Contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el Certificado.
El pago de cada Certificado se efectuará dentro de los TREINTA (30) días corridos de la fecha de aprobación, en forma completa, de la documentación pertinente.
Dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la fecha de presentación del certificado firmado por parte del Representante Técnico del Contratista y convalidado por la Inspección de Obra, el Comitente deberá aprobar el mismo de modo fehaciente. Si dentro de este último plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará a correr en el momento de la presentación del certificado corregido conforme lo observado.
ARTÍCULO 55.- RECEPCIÓN PROVISORIA.
1. Una vez terminada la ejecución de los trabajos, el Contratista solicitará a la Inspección de Obra, la Recepción Provisoria de la Obra.
2. Se entenderá por fecha de efectiva terminación de los trabajos, aquella en la que el Contratista comunique por Nota de Pedido a la Inspección de Obra que la Obra está terminada, de conformidad con lo previsto en el Contrato, y que han sido aprobados por esta última los resultados de las pruebas y ensayos realizados según especificaciones contractuales, siempre y cuando la Licenciataria de cuenta de ello y que esa solicitud es procedente por estar la Obra en condiciones de recibo.
3. La fecha de efectiva terminación de los trabajos representa la finalización del periodo de ejecución de la Obra. Si este período supera el plazo contractual, incluyendo todas las prórrogas aprobadas, corresponde la aplicación de la multa establecida en los Artículos 61 y 62 del presente PCE. Si la Recepción Provisoria de la Obra se efectúa de oficio por negligencia del Contratista, a requerimiento del Comitente por el motivo que fuere, la fecha de terminación efectiva de los trabajos será la fecha del acta o del instrumento que acredite dicha recepción.
4. A fin de materializar la Recepción Provisoria, el Contratista deberá haber
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presentado la documentación Conforme a Obra, de acuerdo al Art. 56 del presente PCE.
5. La Obra será recibida provisionalmente por la Inspección de Obra ad referéndum de la ratificación del Comitente cuando se encuentre terminada de acuerdo con lo previsto en el Contrato y se hayan cumplido satisfactoriamente las pruebas, procedimientos y puesta en servicio de las instalaciones a recepcionar, según se indican en el PCE, las Especificaciones Técnicas y en el PCG. Si los resultados de las pruebas no fueran satisfactorios, el Contratista deberá repetir las pruebas la cantidad de veces que resulte necesario, efectuando las modificaciones, cambios y/o reparaciones que se requieran, previa aprobación de la Inspección de Obra, hasta obtener resultados satisfactorios, todo esto a su exclusivo cargo y sin que ello implique extensión o prórroga del plazo para la finalización de la Obra.
6. La recepción de la Obra por el Comitente no liberará al Contratista de las responsabilidades que determinan los Artículos 1271, 1273 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
7. Al momento de la recepción provisoria de la Obra, se labrará un acta en presencia del Contratista o de su Representante Técnico debidamente autorizado, prestando conformidad con el resultado de la operación. En dicha acta se consignará la fecha de la efectiva terminación de los trabajos, a partir de la cual correrá el plazo de garantía. En el acta se consignarán, además, las observaciones que merezcan los trabajos ejecutados por el Contratista, estableciéndose el plazo que se otorgue para la refacción de los mismos. El Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra un Manual de Operación y Mantenimiento de la Obra e Instalaciones, con no menos de TREINTA (30) días de antelación respecto de la fecha prevista para las pruebas de Recepción Provisoria de la Obra. El contenido del Manual de Operación y Mantenimiento de la Obra e Instalaciones será definido por la Inspección de Obra, y deberá contener la información suficiente y de una claridad tal que permita guiar paso a paso la operación de las instalaciones para las distintas maniobras de rutina y de emergencia, así como brindar todas las especificaciones técnicas y los datos necesarios para el mantenimiento de los equipos e instalaciones que correspondan, incluyendo el programa de mantenimiento preventivo por aplicar,
los planos de despiece para desarme de equipos, los manuales de
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mantenimiento de cada uno, las listas de repuestos, tipo de lubricantes, etc., según corresponda en función del objeto y de la naturaleza de la Obra.
ARTÍCULO 56.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR POR EL CONTRATISTA PREVIO A LA RECEPCIÓN PROVISORIA.
Es condición indispensable para efectuar la Recepción Provisoria de la Obra, que el Contratista haga entrega a la Inspección de Obra de la siguiente documentación:
x. Xxxxxx y/o croquis conforme a obra, según corresponda, de acuerdo a lo indicado en los PET.
b. Asimismo, el Contratista deberá presentar los planos de acuerdo a lo exigido en cada Municipio o Provincia.
La documentación será verificada por la Inspección de Obra y la Licenciataria, a los efectos de detectar las eventuales faltas de concordancia con la realidad, para luego ser devuelto al Contratista para su corrección y posterior aprobación por parte del Comitente.
Esta documentación conforme a obra estará integrada por los planos, especificaciones y memorias de la Obra ejecutada, incluyendo los estudios técnicos realizados por el Contratista (ambientales, geotécnicos, hidrológicos, estructurales, mensura, etc.).
Todas las medidas se expresarán en el sistema métrico decimal.
Los planos consignarán con toda exactitud las posiciones planialtimétricas de conductos y estructuras, así como la ubicación, plantas, elevaciones y cortes de las obras civiles que hubiere y de todas las instalaciones electromecánicas.
ARTÍCULO 57.- PLAZO DE GARANTÍA.
El Plazo de Garantía será de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados desde la extensión del acta de recepción provisoria.
La finalización del plazo de garantía sin que existieren observaciones dará lugar a la Recepción Definitiva de la Obra.
Si durante el período de garantía el Contratista no solucionara, a satisfacción
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de la Inspección de Obra, las observaciones a los trabajos ejecutados consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y los desperfectos ocurridos durante el período de garantía, el Comitente podrá subsanar las deficiencias contratando los trabajos con terceros o realizándolos por administración, con cargo al Fondo de Reparo del Contrato.
ARTÍCULO 58.- RECEPCIÓN DEFINITIVA.
1. Transcurrido el Plazo de Garantía se podrá realizar la Recepción Definitiva de la Obra. Para efectivizar la Recepción Definitiva, la Inspección de Obra verificará el buen estado y correcto funcionamiento de la Obra, la ausencia de vicios aparentes, los posibles defectos originados en vicios ocultos, así como que se hayan subsanado las deficiencias consignadas en el Acta de Recepción Provisoria y se haya entregado y aprobado la documentación conforme a obra debidamente aprobada y el Manual de Operación y Mantenimiento, de acuerdo con lo establecido en la documentación licitatoria Asimismo, si la Inspección de Obra lo considera pertinente, se ejecutarán las pruebas y ensayos necesarios para demostrar el buen estado y correcto funcionamiento de la Obra, pudiendo repetirse, con ese fin, parcial o totalmente las establecidas para la Recepción Provisoria de la Obra.
2. De verificarse deficiencias o defectos, la Inspección de Obra intimará al Contratista para que en un plazo perentorio los subsane. Vencido dicho plazo sin que el Contratista haya dado cumplimiento a lo ordenado, el Comitente podrá hacerse cargo de oficio de la Obra, dejando constancia del estado en que se encuentra, y efectuar por sí o por medio de terceros los trabajos y provisiones necesarios, cargando los importes que esto insuma al Contratista, en la liquidación final. Si las deficiencias verificadas son subsanadas por el Contratista, el Plazo de Garantía respecto de las partes afectadas de la Obra se extenderá hasta una fecha que no excederá el doble del plazo de garantía original, todo esto a exclusivo juicio del Comitente.
3. La recepción se formalizará con el Acta de Recepción Definitiva que será labrada en presencia de un representante del Comitente y la Contratista o su Representante Técnico, ad referéndum del Comitente.
4. La Recepción Definitiva de la Obra extinguirá de pleno derecho las
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garantías otorgadas por el Contratista por la parte recibida y lo liberará de las responsabilidades contractuales, con excepción de la responsabilidad por ruina de la Obra y por los vicios ocultos que pudieran aparecer en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 59.- LIQUIDACIÓN FINAL DE LA OBRA.
Una vez efectuada la Recepción Definitiva de la Obra y antes de liberar los fondos retenidos, se efectuará la liquidación final de la Obra.
Esta liquidación final se efectuará computando, mediante una medición final, la obra total autorizada ejecutada por el Contratista, con lo que se corregirán los eventuales errores u omisiones que pudieran contener los certificados parciales mensuales.
Para la liquidación final se tomarán en cuenta, de resultar procedentes, los reclamos no resueltos efectuados por el Contratista sobre las mediciones y certificaciones mensuales.
Además de la liquidación de la obra total autorizada ejecutada, en esta liquidación final se incluirán todos los créditos y cargos que le corresponda efectuar al Contratista en forma tal que el resultado de la misma refleje el saldo total y definitivo resultante de la vinculación contractual entre el Comitente y el Contratista.
Asimismo la liquidación final contemplará la provisión de materiales que haya efectuado el Comitente cual debe corresponder con la obra certificada, el haber un saldo resultante el Contratista junto con la Inspección de Obras verificarán cantidades y estados de los mismos y se informará al Comitente quien instruirá al Contratista el destino de los mismos (siempre dentro del área de influencia de la obra) y con cargo al Contratista.
Esta liquidación final, una vez aprobada por el Comitente adquirirá el carácter de liquidación definitiva por la ejecución de la Obra contratada.
Si resultara de esta liquidación un saldo a favor del Contratista, se le abonará el mismo dentro del plazo fijado para los Certificados mensuales a contar desde la fecha de aprobación de la liquidación final.
Si resultara un saldo a favor del Comitente, se notificará al Contratista e
intimará a su pago en el término xx XXXX (10) días hábiles administrativos de recibida la notificación.
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Vencido ese término sin que el Contratista hubiere efectuado el pago, se procederá a afectar, en primer lugar, el fondo de reparo. De no resultar suficiente, el Comitente procederá a la ejecución de la garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 60.- MANEJO DE LAS INSTALACIONES.
El Contratista deberá suministrar instrucciones escritas acerca del manejo de las instalaciones incorporadas a la Obra y de los inconvenientes que con más frecuencia podrán presentarse en ellas, e instruir directamente al personal que el Licitante destine a su cuidado, para lo cual debe cumplimentar con la entrega de un Manual de Uso y Mantenimiento.
ARTÍCULO 61.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
Todo incumplimiento de las condiciones previstas en la documentación contractual o de órdenes de servicio dará lugar a la aplicación de sanciones, debiéndose tener en cuenta que las multas son progresivas y acumulativas en proporción a los incumplimientos producidos y al monto del Contrato.
A tal efecto, deberá habilitarse una cuenta de deméritos en la que se asentará el puntaje que reflejará las faltas cometidas por el Contratista, a partir del cual se medirá el grado de incumplimiento registrado por éste desde el inicio del Contrato. A los efectos del cálculo de las multas, se entenderá por monto del Contrato al monto original del mismo más los importes de las modificaciones que fueren aprobadas.
La acumulación de multas por un valor xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto del Contrato, podrá ser considerada por el Comitente como causal suficiente para la rescisión del Contrato, sin necesidad de librar intimación judicial o extrajudicial alguna.
61.1 MULTAS.
Se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes.
La imposición de las penalidades establecidas en este artículo, no impide la aplicación de otras que estuvieran en el mismo o en otro documento del
Contrato.
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1. Multas por Xxxx en la Iniciación de los Trabajos: Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro del plazo establecido, se le aplicará una multa de CINCO DÉCIMOS POR MIL (0,5‰) del monto total del Contrato por cada día de demora en iniciar la Obra.
2. Multas por Xxxx en la Finalización de los Trabajos: Si el Contratista no diera total y correcta terminación a los trabajos dentro del plazo contractual, se le aplicará una multa equivalente a CINCO DÉCIMOS POR MIL (0,5‰) del monto total del Contrato por cada día de atraso en la terminación de la Obra. Las multas que se apliquen por demora en la iniciación o en la finalización de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la Obra por el número de días correspondientes a aquella. Solo se incluirán en el cómputo del plazo del Contrato, las prórrogas y ampliaciones aprobadas expresamente por el Comitente.
3. Multas por la Paralización de los Trabajos sin causa justificada: Si el Contratista paralizara los trabajos sin causa justificada, se le aplicará una multa equivalente a UN DÉCIMO POR MIL (0,1‰) del monto total del Contrato por cada día de paralización.
4. Multas por faltas o incumplimiento de Órdenes de Servicio: Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a lo dispuesto contractualmente, o incumpliera las Ordenes de Servicio emanadas de la Inspección de Obra, se hará pasible de la aplicación de multas que podrán variar de CINCO DÉCIMAS AL DIEZ POR MIL (0,5‰ al 10‰) del monto del Contrato, según la importancia de la infracción o incumplimiento. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción o incumplimiento.
Las infracciones y la cuantificación de su sanción son las siguientes:
a. Ausencia injustificada del Representante Técnico: UNA DÉCIMA POR MIL (0,10%0) del monto contractual por cada día de ausencia injustificada.
b. Negativa a notificarse de una Orden de Servicio: VEINTICINCO CENTÉSIMAS POR MIL (0,25%0) del monto contractual.
c. Incumplimiento de disposiciones municipales vigentes para el
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cierre de obras y seguridad en la vía pública: UNA DÉCIMA POR MIL (0,10%0) del monto contractual.
d. Incumplimiento de una Orden de Servicio: CINCO DÉCIMAS POR MIL (0,5%0) del monto contractual por cada día de incumplimiento contado a partir de su notificación.
e. Paralización de trabajos (total o parcial) por divergencias no resueltas: CINCO DÉCIMAS POR MIL (0,5%0) del monto contractual por cada día de paralización.
ARTÍCULO 62.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS.
1. Producido un incumplimiento que justificara la de aplicación de multas, la Inspección de Obra intimará mediante Orden de Servicio en plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO (48) horas, prorrogable por causa debidamente justificada de conformidad a la naturaleza del objeto en cuestión, al cumplimiento bajo apercibimiento de sanción.
2. La Inspección de Obra comunicará al Comitente los fundamentos de la procedencia de la intimación, a lo cual el Comitente dictará la correspondiente resolución sobre el particular.
3. Las multas por incumplimiento del plazo de ejecución de la Obra así como las establecidas por infracción a las disposiciones de este pliego o en cualquiera de los instrumentos que integran el Contrato, serán aplicadas directamente por el Comitente (resolución mediante), a requerimiento de la Inspección de Obra o en forma directa, cuando así corresponda.
4. El importe de las multas podrá ser percibido por el Comitente o bien deducido de créditos y fondos retenidos que éste posea. En este último caso la deducción o afectación se hará en el siguiente orden:
a. Deducción del importe de la multa del primer certificado que el Contratista debe cobrar después de la aplicación de ésta.
b. Afectación del fondo de reparos en el monto de la multa, el que deberá ser repuesto por el Contratista de inmediato ante la intimación del Comitente.
5. La afectación del fondo de reparos significará la transferencia a favor del
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Comitente del monto de la multa.
6. Los montos afectados deberán ser repuestos por el Contratista en los términos establecidos en el Artículo 86 – Retenciones sobre los certificados. Fondo de Reparo del PCG, bajo apercibimiento de rescisión del Contrato sobre la base de lo estipulado en el Capítulo X (Rescisión del Contrato) del PCG.
ARTÍCULO 63.- SUBCONTRATOS.
El Comitente será competente para la aprobación de los subcontratos con los que el Contratista pretenda ejecutar parte de la Obra.
Cuando se hubiere presentado subcontratista especializado solamente se admitirá su reemplazo por probada fuerza mayor.
ARTÍCULO 64.- RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSA DEL CONTRATISTA.
Cuando la rescisión del Contrato no se produzca por las causales estipuladas en el Artículo 50 inciso a) de la Ley Nº 13.064, la devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los trabajos ejecutados satisfactoriamente y de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, o de los saldos de ambas garantías que resulten de la compensación prevista en el artículo 86 del PCG, se efectuará después de transcurrido un período no menor al plazo de garantía contado desde la fecha de suspensión efectiva de las obras y siempre que no se hubiesen comprobado desperfectos debido a la mala calidad de los materiales o defectuosa ejecución de los trabajos.
En este último caso, si los desperfectos no fuesen reparados por el Contratista, el Comitente podrá proceder a hacerlo por cuenta de aquél, afectando con ese fin el Fondo de reparo y la Garantía de cumplimiento de contrato si fuese necesario.
Si hubiese trabajos ejecutados parcialmente que no tuvieran su correspondiente previsión como precio unitario en el listado de ítems a cotizar por parte del Contratista, el valor de los mismos será fijado por el Comitente o
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quien este designe a tal respecto. Si la rescisión se produjese en los términos del inciso a) del Artículo 50 de la Ley N° 13.064, el Contratista perderá la Garantía de Cumplimiento de Contrato y el Fondo de Reparo en su caso.
ARTÍCULO 65: REDETERMINACIÓN DE PRECIOS.
Será de aplicación al presente Contrato, el mecanismo de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública dispuesto por el Decreto N° 691 de fecha 17 xx xxxx de 2016, sus normas complementarias y modificatorias (Ver Anexo XVIII).
A tales efectos se aclara que el mes de base contractual para la redeterminación de los precios será el correspondiente al mes de presentación de la oferta económica o última redeterminación de precios aprobada, en concordancia con lo establecido en el citado Decreto.
ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN
De conformidad con lo previsto en el Art. 31 del Régimen de Redeterminación de Precios aprobado por Decreto Nº 691/2016, las redeterminaciones definitivas de precios deberán solicitarse en cada oportunidad en que se produzca la variación de referencia que habilite la solicitud de una adecuación provisoria.
De tal modo, a cada adecuación provisoria presentada corresponderá la presentación de una redeterminación definitiva por el mismo período.
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ARTÍCULO 66: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
66.1 PERSONAL
El contratista deberá cumplir con toda la legislación laboral aplicable. Asimismo, deberá observar las disposiciones de la ley 24.493, de mano de obra nacional.
El personal empleado por el Contratista para ejecutar el contrato, no adquiere por esta contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con el Comitente / Distribuidora / Transportista, siendo por cuenta del Contratista todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado bajo cualquier forma de contratación. Queda bajo exclusiva responsabilidad del Contratista todo accidente que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio en ocasión o con motivo del mismo, como así también del cumplimiento y pago de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, normas de higiene, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la vigencia del contrato, sin excepción. El Contratista deberá cumplir con la totalidad de sus obligaciones Fiscales, Previsionales, de la Seguridad Social y Sindicales.
66.2 DERECHOS, GESTIONES Y HABILITACIONES
El Contratista deberá tramitar las autorizaciones, habilitaciones y demás trámites, exigidos por entes Nacionales, Provinciales y Municipales o empresas prestadoras de los servicios y abonar todos los impuestos (incluidos sellos), tasas, contribuciones, aranceles y cualquier otro derecho que surja de la construcción.
El Contratista deberá abonar el impuesto de sellos en su totalidad -incluyendo aquella porción que podría corresponder al Comitente conforme a la determinación del mismo que hagan las respectivas jurisdicciones locales.
66.3 DEMANDAS Y/O RECLAMOS PROMOVIDOS CONTRA EL COMITENTE / DISTRIBUIDORA / TRANSPORTISTA.
El CONTRATISTA mantendrá indemne al Comitente / Distribuidora / Transportista frente a todo tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial, y/o
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extrajudicial relacionado con la ejecución de la obras, incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al CONTRATISTA, dependiesen o no de él. Si el Comitente / Distribuidora / Transportista fuese demandado por terceros o personas vinculadas con el Contratista, éste se compromete a asumir la responsabilidad tanto en la contestación de los reclamos, imputaciones, multas, recursos, demandas, etc. como en el seguimiento del proceso que se instaure. Para ello se compromete a: a) Efectuar todas las gestiones para evitar que el Comitente / Distribuidora / Transportista sea incluido en dichos reclamos, imputaciones, multas, recursos, demandas, etc. b) De ocurrir que el Comitente / Distribuidora / Transportista sea condenado o deba efectuar cualquier erogación con motivo de un reclamo, imputación, recurso, demanda, etc., el Contratista se compromete a efectuar por su cuenta y cargo los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento.
El Contratista se compromete a abonar todas las sumas pagadas por el Comitente , más los intereses, dentro de los cinco (5) días a contar de la fecha del pago realizado por el Comitente.
En caso que el CONTRATISTA no cumpliera con lo dispuesto en el párrafo anterior, el Comitente podrá deducir lo pagado de los Certificados correspondientes, o en su defecto del Fondo de Reparo, o de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
El Comitente tendrá amplias facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales del Contratista, pudiendo exigirle la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimiento.
66.4. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. CALIDAD DE MATERIALES Y EQUIPOS. SUBCONTRATISTAS
El Contratista deberá presentar antes de gestionar las compras de materiales y equipos que formarán parte de la obra, el Listado de Proveedores para aprobación de la Inspección de Obra. Dicho listado formará parte de la documentación contractual y contendrá como mínimo:
● Nombre, dirección y contacto del proveedor.
● Elemento, material o equipo a suministrar.
Ningún material será aceptado por la Inspección si el proveedor no se
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encuentra incluido en el Listado de Proveedores presentado por el Contratista y aprobado por la Inspección de Obra.
El Contratista podrá en el transcurso de la obra solicitar la aprobación de la Inspección de Obra para incorporar nuevos proveedores al listado.
El Listado de Proveedores deberá mantenerse durante todas las etapas de la obra, actualizado y aprobado por la Inspección de Obra.
Todos los productos serán nuevos y sin uso, adecuados a los requerimientos del contrato. El Contratista deberá requerir la aprobación de la Inspección de Obras de todos los materiales. Esta aprobación requerirá la intervención que la Inspección de Obras disponga a tal efecto.
El Contratista realizará todos los ensayos de los materiales y equipos de acuerdo a lo establecido por el PET, o como lo indique la Inspección en los casos no previstos en el mismo. Serán por cuenta del Contratista todos los gastos relativos a los ensayos y controles de calidad.
Cuando el PET no establezca plazo para la comunicación de la aceptación o rechazo, el mismo será xx XXXX (10) días hábiles para los materiales y equipos inspeccionados en el lugar que corresponda y de QUINCE (15) días hábiles, en el caso de materiales y equipos que deben ser estudiados en el laboratorio o proveedores del Contratista.
Independientemente de la aprobación inicial del material empleado, la Inspección de Obras podrá tomar muestras en los lugares de trabajo y cuando algún material no reuniera las condiciones previstas, procederá a su inmediato rechazo. Serán imputables al Contratista todas las demoras motivadas por rechazo de materiales y equipos presentados en forma no satisfactoria para la Inspección de Obra.
El Contratista será asimismo responsable de cualquier reclamo o denuncia que pudiera originar la provisión o el uso indebido de materiales patentados.
Asimismo, el Contratista deberá presentar un Listado de Subcontratistas a la Inspección de Obra, que formará parte de la documentación contractual y contendrá como mínimo:
● Nombre, dirección y contacto del subcontratista.
● Servicio a suministrar.
La subcontratación de servicios no exime a la Contratista de ser el
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responsable primario de las obras y de su correcta ejecución, en tiempo y forma.
La Inspección de Obra no aceptará a ningún subcontratista si éste no se encuentra incluido en el Listado de Subcontratista presentado por el Contratista y aprobado por el Comitente.
ARTÍCULO 67. APROBACIÓN O RECHAZO DE LAS OBRAS, MATERIALES Y EQUIPOS
Como norma general todos los materiales, equipos y obras deberán satisfacer lo especificado en el pliego y/o especificaciones del fabricante, salvo que razones excepcionales de orden técnico aconsejaren otra alternativa que, de todos modos, quedará a criterio y aprobación de la Inspección de Obra.
La Inspección de Obra podrá solicitar sin cargo alguno los ensayos correspondientes en el lugar que indique.
El Contratista deberá tomar precauciones para que los materiales, equipos y obras se conserven en buen estado y no sufran perjuicios de ningún tipo, ya sea por la acción de los agentes atmosféricos o por cualquier otra causa.
Los equipos y materiales serán depositados en un depósito de acopio transitorio, propuesto por la Contratista y aprobado previamente por la Inspección de obra.
La Inspección de Obra podrá tomar las medidas que considere necesarias con respecto a cualquier equipo o material que el Contratista tenga en depósito.
ARTÍCULO 68. INSPECCIONES EN TALLERES Y DEPÓSITOS
El Comitente o su representante y/o la Inspección de Obra designada a tal fin, tendrá libre acceso a los talleres y depósitos del Contratista, Subcontratistas, Proveedores, en cualquier momento en que se efectúen las tareas de fabricación y armado, y/o verificación y ensayo de materiales, elementos y productos.
Las inspecciones que se realicen en talleres y depósitos, xx xxxxxxx xx
XXXXX-0000-00000000-XXX-XXXX#XXX
Contratista de su responsabilidad respecto al comportamiento ulterior de los productos en su lugar de destino, ni representan responsabilidad para el Comitente/Distribuidora/Transportista.
En consecuencia el Contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para verificar la procedencia, calidad y condiciones de los materiales que se utilicen, y la bondad de la mano de obra por cuanto será el único responsable por las fallas y deficiencias que se pudieran originar hasta que venzan los plazos de garantía.
ARTÍCULO 69. INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN
Para todas aquellas operaciones de medición, verificaciones, pruebas o ensayos de las obras previstas en las especificaciones, el Contratista deberá disponer de los implementos necesarios, toda vez que ello le sea requerido por el Comitente o la Inspección de Obra y en particular cuando solicite mediciones, verificaciones o pruebas donde se haga necesario contar con los mismos para constatar el fiel cumplimiento del Contrato.
ARTÍCULO 70. GARANTÍA DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS
El contratista garantiza que todos los bienes y materiales suministrados en virtud del contrato son nuevos y sin uso. El contratista garantiza además que todos los bienes y materiales suministrados en virtud del contrato estarán libres de defectos resultantes: del diseño, de los materiales o la mano de obra o de algún acto u omisión del contratista, que puedan manifestarse durante el uso normal de los bienes en las condiciones imperantes para el destino de los mismos.
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ANEXO I: FORMULACIÓN DE PROPUESTA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
Montaje de Cañerías para la construcción del Proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”
(Lugar y Fecha)
SEÑOR MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
S / D
Yo [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que formulo la presente Propuesta, a ejecutar por el Sistema de Ajuste Alzado, en relación a la Obra detallada a continuación:
OBRA N°…….(El Proponente deberá indicar la Obra por la cual formula su Oferta).
El Proponente declara que conoce y acepta en su totalidad los términos de la Documentación Licitatoria, incluyendo Pliego de Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas, así como las Circulares (con o sin consulta) y modificatorias existentes.
Saluda (n) al Señor Ministro muy atentamente.
[LUGAR Y FECHA]
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
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ANEXO II: DECLARACIÓN JURADA DE VISITA DE OBRA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
Montaje de Cañerías para la construcción del Proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”
OBRA Nº: (El Proponente deberá indicar la/s obra/s por la/s cual/es oferta y realizar dicha declaración por cada una de las que oferte)
SEÑOR MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
S / D
Yo [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que el Proponente conoce el lugar donde se ejecutará la Obra denominada “ ” y que se ha recogido
en el sitio la información relativa a las condiciones locales que puedan influir sobre la ejecución de los trabajos, comprometiéndose al estricto cumplimiento de las obligaciones emergentes a esta Licitación y que se abstendrá de presentar cualquier tipo de reclamo o adicional de obras alegando desconocimiento o falta de información sobre dichas cuestiones.
[LUGAR Y FECHA]
[FIRMA] [ACLARACIÓN] [CARÁCTER] [PROPONENTE]
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ANEXO III: DECLARACIÓN JURADA DE LA EMPRESA DE NO ENCONTRARSE INCURSA EN NINGUNA DE LAS CAUSAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 15 XXX XXXXXX DE CONDICIONES GENERALES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
Montaje de Cañerías para la construcción del Proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”
OBRA Nº: (El Proponente deberá indicar la/s obra/s por la/s cual/es oferta y realizar dicha declaración por cada una de las que oferte)
SEÑOR MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
S / D
Yo [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento que el Proponente:
a) No posee obligaciones pendientes de cumplimiento en materia tributaria ni previsional.
b) No se encuentra inhabilitado por quiebra.
c) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los últimos CINCO (5) años.
d) No se encuentra incurso en causales de inhabilidad previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional.
e) No se encuentra incurso en incumplimiento referido a rendiciones de cuentas en razón de haber sido beneficiario de subsidios o aportes estatales.
f) No se encuentra inhabilitado de acuerdo a regímenes especiales. [LUGAR Y FECHA]
[FIRMA] [ACLARACIÓN]
[CARÁCTER][PROPONENTE]
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ANEXO IV: DECLARACIÓN JURADA A PRESENTAR POR CADA PRESIDENTE, DIRECTOR, SÍNDICO, SOCIO GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LOS PROPONENTES, DE NO ENCONTRARSE INCURSO EN NINGUNA DE LAS CAUSAS DE INCOMPATIBILIDAD PREVISTAS EN EL ARTICULO 15 DEL P.C.G.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
Montaje de Cañerías para la construcción del Proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE GAS NATURAL”
OBRA Nº: (El Proponente deberá indicar la/s obra/s por la/s cual/es oferta y realizar dicha declaración por cada una de las que oferte)
SEÑOR MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
S / D
Yo [NOMBRE DEL DECLARANTE], con documento [TIPO Y Nº], en carácter de [CARÁCTER] de la empresa [NOMBRE DE LA EMPRESA] (en adelante, el “Proponente”) declaro bajo juramento:
a) No soy agente ni funcionario del Sector Público Nacional ni pertenezco a empresas que tengan participación suficiente para formar la voluntad social ni dirijo ni administro ni represento ni patrocino ni asesoro ni presto servicios de forma alguna en violación a lo dispuesto por la Ley de Ética Pública N° 25.188, en relación a la presente contratación.
b) No poseo condena por delito doloso.
c) No me encuentro procesado por delitos contra la Administración Pública Nacional o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
d) No posee obligaciones pendientes de cumplimiento en materia tributaria ni previsional.
e) No se encuentra inhabilitado por quiebra.
f) No se le ha rescindido ningún contrato por su culpa, con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal, durante los
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