VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE Cláusulas de Ejemplo

VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. De existir la necesidad de realizar viajes no inicialmente previstos los TDR, se deberá tramitar una adenda por viáticos. El costo de los pasajes no debe exceder la tarifa económica por la ruta más directa.
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. El valor de los servicios de alojamiento, alimentación y transporte terrestre será pagado sobre el 70% de los honorarios, de acuerdo con la escala de viáticos de los funcionarios, establecida en el decreto vigente del Departamento Administrativo de la Función Pública y la circular interna que para el efecto esté vigente. TIQUETES AÉREOS: Sí para el cumplimiento del objeto del contrato, fuere necesario el traslado del contratista a un lugar diferente al del lugar de ejecución previsto como principal para la ejecución del contrato, éste tendrá derecho al reconocimiento de tiquetes aéreos en clase económica, cuando las necesidades lo exijan, previa solicitud del supervisor del contrato y autorización del ordenador del gasto.
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. Rubro para atender los gastos de transporte, manutención y alojamiento de los empleados y trabajadores del Departamento que se desplacen a desempeñar funciones propias de su cargo fuera de la sede habitual de trabajo, de acuerdo con las normas vigentes. Mantenimiento, conservación y reposición de equipo mecánico, de oficina, mobiliario, de sistematización, eléctrico, electrónico, equipo médico, paramédico, de laboratorios y demás equipos que requiere la administración, incluye mano de obra de éstos, así mismo reparaciones menores y adecuación de locales al servicio de las diferentes dependencias de la administración Departamental, pago de administración de inmuebles, vigilancia y celaduría de los mismos
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. Los viáticos se definen como el reconocimiento para el alojamiento y alimentación de los empleados municipales y de conformidad con lo establecido con el Decreto 172 de 29 xx Xxxxxx 2001. IMPRESOS Y PUBLICACIONES: Por este rubro se puede ordenar y pagar los gastos de edición de formas escritos, publicaciones, libros, revistas, Trabajos tipográficos, sellos, suscripciones y cualquier otro tipo de impreso, adquisición de libros, revistas, archivos magnéticos, pagos de avisos y publicidad. GASTOS GACETA MUNICIPAL: Por este rubro se pueden ordenar y pagar servicios personales, adquisición de materiales y empastes, compra de equipo destinados al
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. La Corporación Autónoma Regional del Quindío-CRQ reconocerá a todos los empleados públicos, viáticos dentro del área de jurisdicción de la CRQ, de conformidad con la siguiente tabla y expedirá la reglamentación específica para la aplicación de este gasto. Hasta 3.181.780 50.000 20.000 PARAGRAFO PRIMERO. Este máximo salarial corresponde al máximo grado de profesional especializado existente en la CRQ, lo cual indica que se asumirá un nuevo rango una vez el Gobierno Nacional expida el nuevo decreto que fije escala de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por los empleados públicos de la rama ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional.
VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJE. El Contratante proporcionará a El Consultor, cuando fuere procedente, el pago de viáticos y gastos de viaje dentro y fuera del país de conformidad con el Reglamento de Viáticos que se establezca oportunamente para estos efectos, en el grado y categoría que corresponda.

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  • IMPUESTOS Y GASTOS El pago de toda clase de impuestos, tasas, gravámenes actualmente vigentes o que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del contrato, se efectuará por las partes de acuerdo con la legislación vigente. Cualesquiera otros gastos que se deriven de la ejecución del contrato corresponderán exclusivamente a la adjudicataria sin que en ningún caso puedan ser repercutidos al Banco de España como partidas independientes.

  • Gastos de anuncios Por cuenta del adjudicatario.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.

  • Valoración de las ofertas Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los Anexos XI y XII, que son parte inseparable de este pliego. Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo. En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos XI y XII y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación. Cuando los criterios subjetivos del Anexo XI tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XII la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada. Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo XI o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres nº DOS. Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo XI del presente pliego que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.