Xxxx en el pago de las cuotas Cláusulas de Ejemplo

Xxxx en el pago de las cuotas. Cuando el precio de la venta bajo reserva del dominio se haya pactado para pagarse por medio de cuotas, la falta de pago de uno o más instalamentos que no excedan en su conjunto de la octava parte del precio total de la cosa, sólo dará lugar al cobro de la cuota o cuotas insolutas y de los intereses moratorios, conservando el comprador el beneficio del término con respecto a las cuotas sucesivas, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 966. Toda estipulación en contrario se tendrá por no escrita. Concordancias Código de Comercio; Art. 897 Ley 045 de 1990; Art. 69
Xxxx en el pago de las cuotas. El suscriptor no adjudicatario que cancele las cuotas atrasadas, las pagará al valor que tenga la cuota para la asamblea siguiente, siempre y cuando la sociedad no haya dado por terminado el contrato por incumplimiento del suscriptor, de lo cual deberá informar a la fiduciaria y al suscriptor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la cancelación del contrato.
Xxxx en el pago de las cuotas. Cuando un suscriptor, que no haya recibido su bien, cancele las cuotas atrasadas, las pagará al valor que tenga la cuota para la asamblea siguiente, siempre y cuando la sociedad no haya dado por terminado el contrato por incumplimiento. Si un suscriptor adjudicado, habiendo recibido el bien o servicio, se encuentre en xxxx en el pago de una o más cuotas, deberá cancelarlas con los reajustes vigentes a la fecha de pago y cubrir además los intereses moratorios a la tasa máxima autorizada por la ley o reglamentos, y los gastos de cobro que sean causados por la gestión judicial o extrajudicial. Además la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE PLANES DE AUTOFINANCIAMIENTO COMERCIAL, podrá dar por extinguido el plazo y exigir toda la obligación pendiente de conformidad con la cláusula aceleratoria consagrada en el pagaré.
Xxxx en el pago de las cuotas. Cuando un suscriptor, que no haya recibido su bien, cancele las cuotas atrasadas, las pagará al valor que tenga la cuota para la asamblea siguiente, siempre y cuando la sociedad no haya dado por terminado el contrato por incumplimiento. COMERCIAL, podrá dar por extinguido el plazo y exigir toda la obligación pendiente de conformidad con la cláusula aceleratoria consagrada en el pagaré.
Xxxx en el pago de las cuotas. EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) que pague(n) las cuotas atrasadas, la(s) pagará(n) al valor que tenga la cuota para la Asamblea inmediatamente siguiente, lo cual lo(s) habilitará a participar en dicha Asamblea. LA SAPAC podrá dar por terminado el contrato cuando EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES) no adjudicado(s) esté(n) en xxxx en el pago de tres (3) cuotas, salvo que EL(LOS) SUSCRIPTOR(ES)
Xxxx en el pago de las cuotas. Cuando un suscriptor cancele las cuotas atrasadas, las pagará al valor que tenga la cuota para la fecha del pago, siempre y cuando CHEVYPLAN® no haya dado por terminado el contrato por incumplimiento, conforme al numeral 2.2.1. del capítulo IV. Si un suscriptor adjudicado o ganador se encuentra en xxxx en el pago de una porción de la cuota o más, deberá cancelarla con los reajustes vigentes a la fecha de pago y cubrir además los intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida, más las costas y los gastos de cobro que sean causados por la gestión pre jurídica o jurídica, así como los honorarios a que haya lugar. Además, CHEVYPLAN® podrá dar por extinguido el plazo y exigir toda la obligación pendiente de conformidad con la cláusula aceleratoria consagrada en el pagaré.
Xxxx en el pago de las cuotas. Cuando un suscriptor, que no haya recibido su bien, cancele las cuotas atrasadas, las pagará al valor que tenga la cuota para la

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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El concesionario deberá iniciar las obras exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones una vez aprobada la documentación correspondiente al Legajo Técnico de Obra de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 48º - Cláusulas Generales, debiendo realizar la totalidad de las obras enunciadas en los artículos precedentes, en un plazo máximo de ejecución de dos (2) años calendario. Al momento de la toma de posesión, el concesionario podrá iniciar los trabajos preparatorios en la Unidad, correspondientes a tareas de limpieza, desmonte de estructuras existentes, mensura, protecciones, replanteos que oportunamente autorice la dependencia interviniente. Los plazos de obra mencionados no se modificarán por causa de presentación de propuestas alternativas y/o modificatorias de la propuesta de obra de la oferta, la que será evaluada por el Municipio de Gral. Pueyrredon para su aprobación o desistimiento. Dicho plan deberá contemplar la habilitación -como mínimo y en primer término- de las obras relacionadas con los sanitarios para uso público y obras de infraestructura, de modo que se asegure la prestación de servicios en forma adecuada. La obligatoriedad de ejecución de la obra comprometida es exclusiva responsabilidad del concesionario, no pudiendo ceder ni transferir dicha obligación ni parcial ni totalmente a terceros. La detección de dicho incumplimiento hará pasible al concesionario de las sanciones previstas. El Municipio de Gral. Pueyrredon, a solicitud y por los motivos expuestos por el oferente, en atención a la magnitud del proyecto ofertado y a la razonabilidad del tiempo que demanden las nuevas construcciones propuestas, estará facultada para conceder un plazo mayor al mencionado en el párrafo primero del presente artículo.

  • Terminación de las Obras en la fecha prevista 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación.

  • IDENTIFICACIÓN DEL CRÉDITO PRESUPUESTARIO PARA CUBRIR EL COMPROMISO DERIVADO DEL CONTRATO El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al siguiente detalle: Año T.P. Programa Sub Programa Proyecto Objeto de Gasto F.F. O.F. Departamento Monto Esta contratación está incluida en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Construcción de las Obras por el Contratista 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • Recepción de las Obras 56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras.