XXXXXXXX PROVISIONAL Cláusulas de Ejemplo

XXXXXXXX PROVISIONAL. No se exige.
XXXXXXXX PROVISIONAL. SI Importe: NO NO SI
XXXXXXXX PROVISIONAL. SI Importe: NO COMPLEMENTARIA Exigida: % No Exigida NO SI
XXXXXXXX PROVISIONAL. Para poder concurrir al acto de licitación que se convoca, los licitadores deberán prestar garantía provisional para responder del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato, siendo necesario presentar el resguardo acreditativo de la constitución previa de una garantía provisional por importe equivalente al 2% del presupuesto anual base de licitación, sumando todas las prestaciones objeto de licitación. La garantía provisional podrá prestarse en efectivo, que se deberá depositar en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA S.A. en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II. La razón de la presentación de esta garantía, es asegurar la firme intención del licitador para formalizar el contrato y comenzar la prestación del servicio en los plazos establecidos, y de no ser así, retener el importe para poder sufragar parcialmente los costes generados, hasta que se normalice la situación. La garantía provisional será devuelta después de la adjudicación del contrato a todos los licitadores salvo al adjudicatario, al que se le retendrá para responder del cumplimiento de sus obligaciones previas a la formalización hasta su sustitución por la garantía definitiva.
XXXXXXXX PROVISIONAL. Se establece una garantía provisional de 3.000.- €. En caso de depósito en efectivo, éste se efectuará mediante ingreso/transferencia en la cuenta bancaria de MERCALASPALMAS XX00 0000 0000 0000 0000 8146, debiendo incluirse en el sobre A el resguardo correspondiente.
XXXXXXXX PROVISIONAL. Para tomar parte en el concurso los licitadores constituirán previamente, a disposición del órgano de contratación, una garantía provisional por un importe equivalente al 3% del presupuesto base de licitación. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios la garantía provisional, en su conjunto, alcanzará la cuantía exigida en el párrafo anterior y garantizará solidariamente a todos los integrantes de la unión. La garantía provisional permanecerá vigente hasta que se adjudique el contrato, acordándose su devolución en la adjudicación. Sin embargo, será retenida la del adjudicatario e incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP. Si el adjudicatario optase, en su caso, por aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva, deberá ser cancelada la garantía provisional simultáneamente a la constitución de la garantía definitiva. En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato.
XXXXXXXX PROVISIONAL. Un importe equivalente al tres por ciento (3%) del precio máximo del contrato (IVA no incluido), es decir, 8.250 Euros.
XXXXXXXX PROVISIONAL. GARANTÍA DEFINITIVA
XXXXXXXX PROVISIONAL. Procede constituir garantía provisional: NO