Cuentas Bancarias Cláusulas de Ejemplo

Cuentas Bancarias. Las cuentas bancarias a través de las cuales se realicen todos los pagos por concepto de suministro de energía serán cuentas de tesorería en el Banco de España o cuentas domiciliadas en una entidad que tenga cuenta de tesorería en el Banco de España.
Cuentas Bancarias. 1. Las cuentas pueden abrirse a nombre de una o más personas físicas o de una persona jurídica y siempre a la orden de personas determinadas. Únicamente el titular o su representante legal o voluntario, que haya acreditado su calidad de tal ante el Banco, podrá realizar actos constitutivos, modificativos o extintivos, retirar fondos y solicitar información respecto de la cuenta. 2. Tratándose de cuentas abiertas a nombre de dos o más personas físicas, todo cuanto una o alguna de ellas efectuaren en las cuentas será obligatorio para todas y todas serán solidariamente responsables frente al Banco. 3. En caso de cuenta a la orden, el Banco considerará que los titulares son propietarios de los fondos y los ordenatarios sus mandatarios.
Cuentas Bancarias. Los fondos líquidos que integren el patrimonio fideicomitido, serán gestionados a través de cuentas bancarias, que serán abiertas a nombre del fiduciario, en entidades del tipo de las indicadas en 8.7. del presente, en las que se dejará expresa constancia que se trata de cuentas correspondientes a este fideicomiso.
Cuentas Bancarias. 12.1. Cuenta bancaria en la sede principal de la Institución: La Institución abre, en su sede y en su nombre, una cuenta bancaria para el Proyecto, productora de intereses y en la que se depositan los fondos previstos para el Proyecto, o La COSUDE puede exigir a la Institución que ha abierto una cuenta bancaria conforme a la letra a) antes mencionada, una garantía bancaria o exigir la apertura de la cuenta bancaria en nombre de la COSUDE, en la que serán despositados los fondos. En este último caso, la Institución dispone de una procuración a los fines de pago, según las modalidades previstas en el anexo “Condiciones financieras especiales”, o A petición de una Institución, la COSUDE puede autorizar a administrara una sola cuenta en su nombre que reagrupe diversos proyectos. 12.2. Además, la Institución abre en el país contraparte una cuenta bancaria de la que su representante puede sacar los fondos necesarios para la realización del proyecto. Todas las sumas giradas en el país contraparte por la Institución para la ejecución del Proyecto deben ser depositadas en esa cuenta según el tipo de cambio oficial, reconocido por el gobierno local o, en su defecto, según el tipo de cambio reconocido por la COSUDE en fecha del giro o en divisas. Los fondos puestos a disposición en esa cuenta han de utilizarse únicamente para el Proyecto, con exclusión de toda utilización personal o tercera de cualquier orden. Además, la Institución adoptará toda medida referente a la seguridad de los fondos y se asegurará, entre otras cosas, que las cuentas bancarias locales dispongan solamente de los fondos necesarios para la realización del Proyecto. 12.3. Bajo reserva de los pagos a cuentas a medio plazo, los intereses obtenidos por la Institución sobre los avances de fondos de la COSUDE son ingresados al crédito de la cuenta del Proyecto, contabilizados a título de desembolso de la COSUDE y deducidos del último reembolso previsto contractualmente o reembolsados a la COSUDE bajo presentación de la liquidación anual global de intereses suministrada por la Institución en los 90 días que siguen al final de cada año civil del Proyecto.
Cuentas Bancarias. Con el propósito de organizar el proceso de recaudo y pago de los recursos de contrapartida, la Entidad Fiduciaria deberá recibir dichos recursos en cuentas Individuales creadas para cada Municipio y/o CPGA beneficiario del incentivo. El encargo fiduciario deberá crear una única cuenta para el recaudo y pago de los recursos aportados por el MADR. Tanto FINAGRO como la Entidad Fiduciaria deben tener la posibilidad de contar con la información de recaudos, pagos, deducciones, gravámenes y cualquier otro concepto que se genere por la administración de los recursos, de manera consolidada y por tercero en el momento en que sea necesario. El corte de dicha información no podrá ser superior a tres días hábiles. Cabe aclarar que FINAGRO informará a la Sociedad Entidad Fiduciaria el plazo dentro del cual se permitirá a los Municipios y/o CPGA aportar los recursos de contrapartida. En caso de que estos recursos no sean consignados en los plazos establecidos, el encargo fiduciario deberá cancelar las cuentas creadas para estos municipios y/o CPGA´S.
Cuentas Bancarias. 5.1Será abierta en España una cuenta bancaria a nombre de PRODUCTORA 1 y otra a nombre de PRODUCTORA 2 para financiar la producción en España. En estas cuentas se ingresará el conjunto de las contribuciones financieras correspondientes a cada productora según porcentaje a LA OBRA para su producción. 5.2Dichas cuentas servirán exclusivamente para la producción de la OBRA y se mantendrá separada del resto de cuentas de PRODUCTORA 1 y PRODUCTORA 2 con el único fin de evitar que se mezclen los fondos para la producción de LA OBRA con los fondos de las compañías. Dacord amb la Quinta clausula
Cuentas Bancarias. La Tarjeta tiene asociada una cuenta bancaria con el Banco BAC San ▇▇▇▇, S.A., tipo , con el número de cuenta en colones y en Dólares. El propósito de la cuenta es facilitar el pago de la Tarjeta. Las transacciones esperadas de la cuenta bancaria serán de $1500 Dólares. El saldo mínimo diario requerido para esta cuenta es de ¢ y/o $ .
Cuentas Bancarias. Las disposiciones de esta sección ahora se encuentran en las siguientes ubicaciones: • Acerca de su cuenta - Vincular y desvincular una fuente de fondos – Su permiso continuo para que hagamos cargos a sus fuentes de fondos • Acerca de su cuenta - Vincular y desvincular una fuente de fondos – Riesgo de cancelaciones en su fuente de fondos • Hacer un pago – Financiar su pago - Financiar pagos enviados desde su cuenta
Cuentas Bancarias. 6.1. La Permisionaria, previo a la Fecha de Lanzamiento, abrirá y mantendrá una cuenta bancaria destinada los Fondos del Jugador (la “Cuenta Bancaria de Fondos del Jugador”). A efecto de asegurar un correcto funcionamiento de la Cuenta Bancaria de Fondos del Jugador, La Permisionaria realizará todos los trámites necesarios ante el banco de que se trate para otorgar a la Administradora los permisos necesarios para su gestión. La Administradora será responsable del fondeo inicial (en caso de ser necesario) de la Cuenta Bancaria de Fondos del Jugador y se asegurará que el saldo en dicha cuenta satisfaga en todo momento los requerimientos de la Ley aplicable. 6.2. A menos que la Ley aplicable requiera otra cosa, y considerando que la Administradora será responsable de pagar los Premios; y, en general, de administrar los Fondos del Jugador, la Cuenta Bancaria de Fondos del Jugador será administrada y mantenida por la Administradora, y las Partes reconocen que los Fondos del Jugador son propiedad del Jugador y serán resguardados a nombre de los Jugadores en términos de la Ley aplicable para Gaming Revenue or are permitted to be withdrawn under applicable Law for any other reason. beneficio de los Jugadores, hasta que cualquier monto se convierta en Ingresos Brutos de Juego o hasta que se permita su retiro por cualquier otro motivo en términos de la Ley aplicable. 6.3. The Parties agree that the funds held in the Player Bank Account shall be used solely for the administration of Player Funds. Permit Holder shall not comingle such Player Funds with other funds (of Permit Holder or any third party) and shall not make any use of the Player Funds other than as allowed under the Permit for the Mexican e- Gaming Offering. 6.3. Las Partes acuerdan que los fondos resguardados en la Cuenta Bancaria del Jugador se utilizarán solamente para la administración de los Fondos del Jugador. La Permisionaria no mezclará los Fondos del Jugador con otros fondos (de la Permisionaria o cualquier tercera persona) y no utilizará los Fondos del Jugador de forma distinta a la permitida en el Permiso para la Oferta Mexicana de Juego en Línea. 6.4. Prior to the Go-Live, Permit Holder shall set-up and maintain, in accordance with applicable Law, a separate bank account for the purposes of depositing into such account all Gross Gaming Revenue (the “Online Bank Account”). Notwithstanding the above, Manager shall have rights and control of the Online Bank Account in order to distribute between ...
Cuentas Bancarias. (a) Además de la cuenta bancaria referida en el Artículo 4.01(c) de las Normas Generales, el Prestatario, por intermedio del Organismo Ejecutor, deberá presentar al Banco evidencia de la apertura de una cuenta o cuentas bancarias separadas en Dólares y en Moneda Local a nombre del Organismo Ejecutor que deberá(n) ser dedicada(s) exclusivamente al Proyecto para ingresar y mantener durante toda la vigencia de este Contrato: (i) Los recursos ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ que el Organismo Ejecutor reciba del Prestatario, según lo previsto en el Convenio Subsidiario, a los cuales deberá asignárseles un código específico; y (ii) Los recursos que el Organismo Ejecutor reciba de las IFIs o de las PYMES como pago de los Sub-préstamos otorgados por el Organismo Ejecutor con recursos ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y que el Prestatario dedicará (1) al pago del principal, intereses y comisiones a que se refiere este Contrato y (2) al uso previsto en la Cláusula 4.05