MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS ACOMAYO-CUSCO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS ACOMAYO-CUSCO
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 001-2012-MDA/CE
(PRIMERA CONVOCATORIA)
EJECUCIÓN DE OBRA POR CONTRATA CONSTRUCCION XXX XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS – ACOMAYO- CUSCO
VALOR REFERENCIAL 1,751,595.41
(un millon setecientos cincuenta y un mil quinientos noventa y cinco con 41/100 nuevos soles)
ACOS, NOVIEMBRE DEL 2012.
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO PUEDE MODIFICARSE EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD, SALVO AQUELLAS DISPOSICIONES QUE EXPRESAMENTE SE INDIQUE EN LAS BASES QUE PUEDEN SER INCLUIDAS Y/U OMITIDAS)
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
1.1 CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.2 BASE LEGAL
− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones, en adelante la Ley.
− Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.
− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
− Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
− Directivas de OSCE.
− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
− Código Civil.
− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
− Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
− Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
− DECRETO SUPREMO Nº 138-2012-EF modificaciones al D.S. 184-2008-EF
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.
MUY IMPORTANTE:
Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.
1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55º y 57º del Reglamento.
1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54º, 55º, 56º y 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.
MUY IMPORTANTE:
No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
1.6 ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE1
El plazo para solicitar la elevación de observaciones al OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
El Comité Especial, cuando corresponda, deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago de la tasa por concepto de remisión de actuados al OSCE, debiendo bajo responsabilidad remitir las Bases y los actuados del proceso de selección a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación por el participante.
NOTA 1 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
Sólo si el valor referencial es menor a 300 UIT se incorporará el siguiente párrafo:
1 Este procedimiento deberá agregarse sólo si el monto del valor referencial es igual o mayor a trescientas (300) UIT.
“ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD
El plazo para solicitar la elevación de observaciones al Titular de la Entidad es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.
El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el Pronunciamiento a través del SEACE será no mayor de ocho (8) días hábiles. Este plazo es improrrogable y será contado desde la presentación de la solicitud de elevación de las Bases.
La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento es indelegable”.
1.7 INTEGRACIÓN DE LAS BASES
El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad o por el OSCE, de ser el caso.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.
De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCE DE LAS PROPUESTAS
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas
lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01).
1.9 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el calendario del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
NOTA 2 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
En caso de convocarse según relación de ítems, deberá incluirse lo siguiente: “Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos”2.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.
El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.3
1.10 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
a) La oferta económica, en nuevos soles4, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así
2 Esta disposición sólo deberá ser adicionada cuando se convoque el proceso de selección según relación de ítems.
3 Deberá tenerse en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64º del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Asimismo, la inasistencia de dicho representante no viciará el proceso.
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
b) Garantía de seriedad de oferta5.
NOTA 3 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
En caso de convocarse según relación de ítems, deberá incluirse lo siguiente:
“Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente”6
1.11 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
1.11.1 Evaluación Técnica
Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
1.11.2 Evaluación Económica
Si la propuesta económica excede en más del 10% o es menor al 90% del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE Oi
4 En cada caso concreto deberá consignarse la moneda que resulte aplicable.
5 En caso de convocarse a un proceso de selección según relación de ítems, cuando el valor referencial del ítem corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía, bastará que el postor presente en su propuesta técnica una declaración jurada donde se comprometa a mantener vigente su oferta hasta la suscripción del contrato.
6 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71º del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre. Por tanto, resulta necesario precisar este aspecto.
Donde: | ||
i | = | Propuesta |
Pi | = | Puntaje de la propuesta económica i |
Oi | = | Propuesta Económica i |
Om | = | Propuesta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la Propuesta Económica |
NOTA 4 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
En caso de convocarse bajo el sistema de precios unitarios, deberá incluirse la siguiente disposición: “El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva”.
NOTA 5 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento deberá incluirse lo siguiente: “La propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70º del Reglamento”.
1.12 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se efectuará de conformidad con lo indicado en el numeral 1.10.3 de la presente sección.
El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.
En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o xxxx xx xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario.
Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
1.13 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.
1.14 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.
Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.
El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.
2.2 PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
CAPÍTULO III
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
3.1 DE LOS CONTRATOS
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna, Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación
deberá ser presentada en la oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Acos, sito en la plaza xx xxxxx s/n del distrito de Acos.
En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.
NOTA 6 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
Las Entidades podrán citar al ganador de la buena pro a través del SEACE7. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo8:
“La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.”
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado;
Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de la liquidación final;
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso;
Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro Nacional de Proveedores;
Certificado de habilidad de los profesionales propuestos;
Calendarios de Avance de Obra valorizado en concordancia con el cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo;
Calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado;
El desagregado de partidas que dio origen a su propuesta, en caso de obras convocadas a suma xxxxxx.
3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidación y se efectúe el pago correspondiente.
3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
3.4 DE LAS GARANTÍAS
3.4.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
7 La inclusión de esta disposición estará sujeta a su implementación en el SEACE.
8 En caso que la Entidad no consigne dicha opción en las Bases, la notificación deberá realizarse a través de los medios tradicionales.
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, siempre que:
- El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario
- El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas en función al avance de la obra.
3.5.1 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.
3.5.2 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención de la obra requerida y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.
De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONTRATO
3.5.3 DEL PRECIO
La oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida. Al formular su propuesta, el postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra.
Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en nuevos soles9 y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
3.5.4 RESIDENTE DE OBRA10
Persona natural designada por el contratista y en concordancia con su propuesta técnica, el cual será un ingeniero o arquitecto colegiado, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, que acredite que se encuentra hábil en el ejercicio de la profesión.
El residente de obra, por su sola designación representa al Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
9 Consignar la moneda en la cual se presentarán los citados costos.
10 Para la suscripción del contrato deberá cumplirse con designar al residente de obra, cuando no haya formado parte de la propuesta técnica, conforme a lo dispuesto por el artículo 183º del Reglamento.
La sustitución del Residente solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerará aprobada la solicitud. El reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.
3.5.5 INSPECTOR DE OBRA / SUPERVISOR11 (según sea el caso)
Persona natural12 encargada de velar por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato, debiendo cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Residente de la Obra.
Recibirá todas las facilidades necesarias del Contratista para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta.
NOTA 7 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
De acuerdo con el artículo 190º del Reglamento: Será obligatorio contratar a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo.
3.5.6 CUADERNO DE OBRA
En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el Inspector/Supervisor y por el Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.
El Cuaderno de Obra deberá tener una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor (el que se haya designado). El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, no pudiendo impedirse su acceso13 al mismo. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad.
3.5.7 OCURRENCIAS
Son hechos relevantes relacionados con la ejecución de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra, firmando al pie de cada anotación el Inspector/Supervisor o el Residente, según quien sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.
3.5.8 ADELANTOS
Sólo en el caso que la Entidad disponga el otorgamiento de adelantos, deberá incluirse las siguientes disposiciones:
3.5.9 ADELANTO DIRECTO
La Entidad entregará al Contratista, dentro de los siete (7) días naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garantía y el comprobante de pago correspondiente, el
11 Deberá definirse expresamente el profesional a cargo del control de la obra.
12 En el caso que el supervisor de la obra sea una persona jurídica, ésta designará a una persona natural como supervisor permanente de la obra.
13 De acuerdo con el artículo 194º del Reglamento, si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias será causal de aplicación de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento.
adelanto hasta el veinte por ciento (10%)14 del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) días siguientes de la suscripción del contrato.
3.5.10 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
Se otorgará para la adquisición de materiales o insumos, hasta el cuarenta por ciento (40%)15 del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista, adjuntando la correspondiente garantía.
3.6 INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
El plazo de ejecución de obra inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento:
a. Que se designe al Inspector o supervisor, según corresponda.
b. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo.
c. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.
d. Que la Entidad entregue el calendario de entrega de materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación16
e. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187º del Reglamento.
NOTA 8 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo de ejecución contractual iniciará al día siguiente de cumplirse todas las demás condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.
3.6.1 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD
La Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto.
3.6.2 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO
Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil.
3.6.3 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años.
Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en esta sección o en las Bases se regirán por la Ley y su Reglamento.
3.6.4 DISPOSICIONES FINALES
14 La Entidad deberá definir, en el caso que considere el otorgamiento de adelantos directos al contratista, el porcentaje al que ascenderá dicho adelanto.
15 La Entidad deberá definir, en el caso que considere el otorgamiento de adelantos para materiales e insumos, el porcentaje al que ascenderá dicho adelanto.
16 Las Bases deben indicar expresamente si dicha condición forma parte de las obligaciones de la Entidad, en cuyo caso deberá consignarse como tal en las Bases.
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las presentes Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida de acuerdo a las instrucciones indicadas)
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1 ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS
RUC N°: 20187503065
1.2 DOMICILIO LEGAL
XXXXX XX XXXXX X/X
0.0 XXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX
El presente proceso tiene por objeto la ejecución de la obra CONSTRUCCION XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS DEL DISTRITO DE ACOS DE LA PROVINCIA DE ACOMAYO DE LA REGION DEL CUSCO
1.4 VALOR REFERENCIAL17
El valor referencial asciende a 1,751,595.41 (un millón setecientos cincuenta y un mil quinientos noventa y cinco con 41/00 nuevos soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx xxxx del 2012.
Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a:
90 % del Valor Referencial | Valor Referencial | 110% del Valor Referencial |
S/.1,576,435.87 (un millón quinientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y cinco con 87/100 nuevos soles) | S/. 1,751,595.41 (un millón setecientos cincuenta y un mil quinientos noventa y cinco con 41/00 nuevos soles) | S/. 1,926,754.95 (un millón novecientos veinte y seis mil setecientos cincuenta y cuatro con 95/100 nuevos soles) |
Las propuestas que excedan en más xxx xxxx por ciento (10%) del valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, conforme al artículo 76º del Reglamento. El plazo para otorgar la buena pro no excederá xx xxxx (10) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular.
1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante RESOLUCION DE ALCALDIA N° 232-2012-A-MDA/A Con fecha 14 de nobiembre del 2012.
1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO18
RECURSOS DETERMINADOS
17 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas, sin perjuicio de las acciones que el Titular de la Entidad ejecute en virtud al artículo 58º de la Ley, de ser necesario.
18 La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.8 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL19
No corresponde.
1.9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
El requerimiento está definido en el Capítulo III de la presente sección.
1.10 BASE LEGAL
− Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012.
− Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones, en adelante la Ley.
− Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias.
− Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
− Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
− Directivas de OSCE.
− Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
− Código Civil.
− Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
− Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
− Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
− Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
− Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
− Decreto Supremo N° 138-2012 EF modificación al D.S. N° 184-2008-E.F.
Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
1.11 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
La obra se encuentra localizada en
Distrito : ACOS
Provincia : ACOMAYO
Departamento : CUSCO
Región : CUSCO
1.12 PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
El plazo de ejecución de la obra es de 180 días calendarios20.
19 Se debe indicar la modalidad en que se realizará la ejecución del contrato, conforme a lo señalado en el artículo 41º del Reglamento.
20 De acuerdo al artículo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el plazo de ejecución de la obra es un requerimiento técnico mínimo que no es materia de calificación ni mejora alguna.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
ETAPAS | FECHAS | LUGAR |
Convocatoria | 27 de noviembre del 2012 | SE@CE |
Registro de Participantes | Del 28 de noviembre al 10 de diciembre del 2012 | Mesa de partes de la municipalidad distrital de Acos |
Formulación de Consultas y/u Observaciones a las Bases | Del 28 al 30 de noviembre del 2012 | Mesa de Partes de la municipalidad de Acos 00:08 a 16:00 hrs |
Absolución de Consultas y/u Observaciones a las Bases | 03 de diciembre del 2012 | Comité Especial – SE@CE |
Integración a las Bases | 07 de diciembre del 2012 | Comité Especial – SE@CE |
Presentación de Propuestas En acto público se realizará la Evaluación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro | 12 de diciembre del 2012 | ACTO PÚBLICO a las 09:00 horas, en el Salón Múltiple de la M.D.A. ubicado en la Plaza xx Xxxxx s/n del distrito de Acos. |
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES
El registro de los participantes se realizará en mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Acos, sito en Plaza xx Xxxxx s/n del Distrito de Acos, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00
a.m. a 16:00 p.m, con recibo de caja por pago del costo de las bases y copia del expediente técnico en CD que es de S/. 50.00 (cincuenta y 00/100 Nuevos Soles); y el formato “A”
2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante Mesa de Partes de la Entidad, sito en el Local de la Municipalidad Distrital de Acos, Plaza xx Xxxxx S/n, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08.00 horas a 16:00 horas21, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial de la ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA N° 01-2012-MDA/CE.
2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en el Salón Múltiple de la Municipalidad Distrital de Acos, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación xxx Xxxxxxx Provincial o el Señor Xxxx xx Xxx del Distrito.
Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 01-2012-MDA/CE. conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
21 Las Entidades de preferencia, deberán establecer que en el horario de atención al público se presentarán las consultas y observaciones, de lo contrario, deberán contemplar un horario razonable para la formulación de éstas, de modo que se fomente la mayor participación de postores, en concordancia con el Principio de Libre Concurrencia y Competencia.
Señores
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS
Plaza xx Xxxxx s/n
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° ………
Objeto del proceso: ………
SOBRE N° 01: PROPUESTA TECNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS
Plaza xx Xxxxx s/n
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° ………
Objeto del proceso: ………
SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR
2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
2.5.1. SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:
Se presentará en un (1) original y 02 copias
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
i) Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, en el Registro de ejecutor de obra22. Mas copia de DNI del representante legal.
ii) Declaración Jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.
iii) Declaración jurada y/o documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección.
iv) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02.
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.
22 En los procesos convocados bajo la modalidad de llave en mano, en las que deba elaborarse el expediente técnico y ejecutarse la obra, el postor deberá acreditar su inscripción en el RNP como consultor y ejecución de obras; dicha acreditación podrá ser realizada de manera individual o mediante la conformación de un consorcio.
v) Declaración Xxxxxx xxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx. Xxxxx Xx 00.
vi) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 04
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
vii) Relación de Personal Profesional (FORMATO Nº 3).
viii) Declaracion Jurada donde la empresa se compromete a contratar mano de obra calificada y no calificada de la localidad de acos.
ix) Declaración Jurada de compromiso de los Profesionales Propuestos Anexo Nº 09.
MUY IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta.
Documentación de presentación facultativa:
i) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa -REMYPE, de ser el caso.
ii) Para la acreditación de los factores “Experiencia en obras en general” y “Experiencia en obras similares” deberá requerirse: Copia simple de contratos con su respectiva acta de recepción o conformidad o contratos con sus respectivas resoluciones de liquidacion Anexos N° 06 y 07..
iii) Para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” deberá requerirse: Copia simple de contratos o constancias o certificados. Anexo N° 08
iv) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá requerirse: Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor.
v) Para la acreditación de la maquinaria mínima propuesta se utilizará el Anexo N° 10. Las maquinarias contaran Con una antigüedad de 04 años
SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA23
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
i) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº 05, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales.
23 De acuerdo con el artículo 63º del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
2.6 Determinación del puntaje total
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30
2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Adicionalmente, conforme a los artículos 141º y 183º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos24:
a) Copia del RNP vigente a la fecha de suscripción del contrato.
b) Constancia de No estar inhabilitado para contratar con el Estado.
c) Garantía de Fiel Cumplimiento (Carta Fianza emitida por entidad autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros), la cual debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, en caso de ser persona jurídica.
e) Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, del representante legal o contratista, según corresponda.
f) De ser el caso, contrato de formalización de consorcio con firmas legalizadas de los miembros y designación de representante común.
g) Copia del RUC de la persona natural o jurídica, según sea el caso.
h) Calendarios de Avance de Obra valorizado en concordancia con el cronograma de desembolsos económicos establecidos y sustentado en el programa de ejecución de obra PERT-CPM concordante con el plazo.
i) Calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado.
j) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado, en caso de ser persona jurídica.
k) Designación del residente de obra, con el certificado de habilidad expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú para residente en obras públicas.
l) Documentación que acredite la adquisición de seguros para la ejecución de la obra.
Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza para efectos de garantizar lo siguiente:
- De fiel cumplimiento del contrato
2.8 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato Dentro de los siete (7) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna, Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación
24 Cada Entidad deberá definir si solo requerirá de la presentación de estos documentos o adicionar algún otro.
deberá ser presentada en la oficina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Acos, sito en la xxxxx xx xxxxx x/x xxx xxxxxxxx xx Xxxx.
2.9 ADELANTOS
Directo al contratista 10%
Para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato 40% del contrato original
2.10 FORMA DE PAGO
Según hoja de valorización mensual
2.11 REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
CAPÍTULO III
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
TERMINOS DE REFERENCIA
EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CONSTRUCCION XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS”
ESPECIFICACIONES DE LA OBRA
Ejecución de obra La “ CONSTRUCCION XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS”
1. LUGAR DE EJECUCION DE LA OBRA
Departamento : CUSCO.
Provincial : ACOMAYO
Distrito : ACOS.
2. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/. 1,751,595.41 (un millón setecientos cincuenta y un mil quinientos noventa y cinco con 41/00 nuevos soles), incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que pudiera incidir en el costo total de la ejecución de obra.
3. DESCRIPCION DEL PROYECTO
3.1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.-
El presente Proyecto “CONSTRUCCION XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS” a tomado para la elaboración del Proyecto los criterios de una solución, funcional y adecuado al contexto del paisaje urbano, integración al conjunto de las edificaciones existentes de este tipo en el poblado, con vestigios coloniales, además se encuentra en la manzana donde está ubicado el Monumento Histórico Artístico Templo San Xxxxxx Xxxxxxxx de Xxxx.Xx acuerdo a las limitaciones de espacio físico y por encontrarse en zona monumental, se considera básicamente una edificación en bloque independiente de 2 niveles. El diseño arquitectónico se fundamenta además, por haber concordado el programa de necesidades ó de requerimientos de ambientes para un local municipal.Para su cumplimiento se ha perfilado proyecto una edificación de concreto armado en dos niveles atendiendo a las diferentes necesidades físicas propias de local destinado para el fortalecimiento institucional del distrito.En la elaboración del proyecto (ver planos anexos) se cumplió con los requerimientos sin descuidar la calidad arquitectónica como principio fundamental.Así mismo se tomó en cuenta las siguientes condicionantes: Adecuada utilización del terreno asignado (área, orientación, volumetría, topografía, etc).Distribución Funcional de sus ambientes y relación proporcional de sus zonas.Empleo de materiales por la existencia en la zona y conocimiento en su ejecución.Utilización adecuada de las Instalaciones básicas del entorno.Integración tipológica con el contexto y utilización de materiales contemporáneos para acabados.
3.1.1 Propuesta Arquitectónica:
El diseño arquitectónico se plantea bajo los requerimientos que debe contar una infraestructura municipal, así como fácil acceso a los servicios complementarios necesarios.
La solución arquitectónica propuesta en el proyecto, constituye el resumen de aquellas variables dispuestas por las condicionantes del espacio físico asignado y por una adecuada orientación, sin embargo se ha tomado en consideración los requerimientos básicos que debe de tener una edificación de un local municipal.
Primer Nivel:
RECEPCION
07 OFICINAS ADMINISTRATIVAS
SS.HH. (Para damas y Varones) CAJA DE ESCALERAS
Segundo Nivel
SALA DE EXPOSICIONES SECRETARIA
ALCALDIA
SALA DE REGIDORES
05 OFICINAS ADMINISTRATIVAS
02 SS.HH.
CAJA DE ESCALERAS
Tercer Nivel
03 OFICINAS ADMINISTRATIVAS
02 SS.HH.
CAJA DE ESCALERAS
Xxxxx Xxxxxx
01 TERRAZA
CAJA DE ESCALERAS
En cuanto a la albañilería xx xxxxx se plantea muros de bloques de ladrillo kk, la piedra se propone para la utilización de este material por ser de uso en el distrito y por representar un material constructivo típico del distrito y que facilitará la integración del proyecto con el entorno. Se plantea así mismo la utilización de materiales de acabados contemporáneos como son sistemas xx xxxxxxxxx de autoportantes en vanos interiores, y malquerías xx xxxxxx aguano en las ventanas exteriores, acabados y diseño de carpintería
xx xxxxxx de acorde al diseño propuesto que servirán al uso destinado y que elevaran la calidad arquitectónica de la propuesta; este contraste de materiales tanto por su color y textura, posibilitan una agradable percepción del conjunto además de su integración y pertinencia al lugar por la utilización de un material propio del lugar.
3.1.1.1 Cuadro de Áreas.-
El proyecto “CONSTRUCCION XXXXXXX MUNICIPAL DE ACOS” tiene las siguientes áreas construidas: PRIMER NIVEL : 302.22 m2.
SEGUNDO NIVEL : 305.30 m2.
TERCER NIVEL : 151.50 m2.
NIVEL AZOTEA : 151.50 M2.
3.1.2 Propuesta Estructural:
El sistema estructural principal del edificio que tiene la función de resistir las fuerzas verticales y laterales que solicitan la construcción estará conformada por un sistema aporticado tridimensional constituido por un conjunto de columnas y vigas de concreto armado, estas últimas dispuestas a lo largo de las dos direcciones principales ortogonales en planta.
Así mismo el edificio cuenta con cimentación de un sistema de zapatas aisladas conectadas mediante vigas de conexión y losas aligeradas de concreto armado con la consiguiente posibilidad de poder recibir las cargas de los niveles superiores que tiene las mismas características estructurales.
La propuesta también tiene las mismas características con el planteamiento estructural aporticado de concreto armado, tanto las columnas y vigas, la losa aligerada se propone utilizar materiales livianos para aligerar el peso en el edificio. Las coberturas se proponen la utilización xx xxxx colonial sobre estructuras xx xxxxxx.
3.1.3 Propuesta de Instalaciones Eléctricas:
Las instalaciones eléctricas corresponden a lo siguiente:
Instalaciones de circuitos de Alumbrado y Tomacorrientes.
Instalaciones de Circuitos de alimentadores
Instalaciones de accesorios de todos los sistemas anteriores (caja de salida, tomas, interruptores, etc).
Instalaciones de Tableros interruptores y protección de circuitos alimentadores
Diseño de sistemas de alumbrado y sus artefactos.
Instalaciones xx Xxxx a tierra.
Instalaciones especiales (Red Data e Intercomunicadores interiores)
3.1.4 Propuesta de Instalaciones Sanitarias:
Las instalaciones sanitarias comprende los Sistemas de agua fría, recolección de agua residual y su ventilación, recolección de aguas pluviales.
El sistema de agua fría es directo cuya acometida es por el lado Este del proyecto; el sistema directo alimenta a la edificación, la montante principal de distribución y conducción es de PVC Ø 3/4” con reducción a Ø1/2” que garantiza una presión residual en los puntos de abastecimiento mayor a los 2 m en todos los casos.
El Sistema de Recolección de agua residual y ventilación es usando redes independientes para la recolección de agua residual de lavatorios y la de inodoros, los diámetros de los conductos varían entre Ø2” y Ø4” correspondientemente, se tiene ductos de uso exclusivo de las montantes y cada uno de ellos tiene su propio sistema de ventilación, así como se ventila cada grupo de aparatos sanitarios, en todos los casos las montantes de ventilación son de PVC de Ø2”.
El sistema de recolección de aguas pluviales se da a través de montantes de PVC de Ø3” dispuestas simétrica y equidistantemente en la canaleta de colección de aguas pluviales del techo, las montantes descargan en el canal de aguas pluviales proyectado a nivel de piso que a la vez circunda la edificación.
4. MODALIDAD DE EJECUCION
La modalidad de ejecución de la obra será por contrata SUMA XXXXXX
0. XXXXX XX XXXXXXXXX
00 MESES CALENDARIOS (180 DIAS)
6. REQUISITOS MÍNIMOS DE EXPERIENCIA DEL POSTOR:
El postor deberá estar inscrito en el RNP capítulo de Obras y deberán acreditar haber ejecutado mas de una veces del valor referencial en los últimos cinco años. Se acreditará con copia de contrato y acta de recepción de obra o contratos con sus respectivas resoluciones de liquidación.
la visita de campo será por un profesional acreditado por la empresa, la constancia será firmado por la of. de infraestructura de obras o por la oficina de secretaria general de la municipalidad.
7. PERSONAL NECESARIO MÍNIMO
INGENIERO RESIDENTE DE OBRA:
Ing. Civil Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 15 años en el experiencia profesional.
Haber participado como residente en 05 obras de edificaciones, con un mínimo de 05 años efectivos en obras de edificaciones. Acreditado mediante copia simple de contratos o certificados de trabajo.
Tener actualización profesional en cualquiera de los componentes:
Supervicion de obras..
Normativas de gestión en seguridad en construcción.
Liquidaciones de obra.
Acreditar mediante Copia simple de certificados y/o constancias.
ASISTENTE DE OBRA:
Ing. Civil Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 10 años en la experiencia de la profesión a partir de la emisión del título profesional.
Haber participado como residente y/o asistente en 03 obras en edificaciones, con un mínimo de 02 años efectivos como residente y/o asistente. Acreditado mediante copia simple contratos y/o certificados de trabajo.
INGENIERO ELECTRISISTA:
Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 10 años en el experiencia de la profesión a partir de la emisión del título profesional. com 02 años efectivos como residente o supervisor de obra, deberá de acreditar experiencia de obras públicas o privadas en edificaciones adjuntar contratos, constancias y/o certificado de trabajo.
INGENIERO SANITARIO Y/O ING. CIVIL ESPECIALISTA EN INSTALACIONES SANITARIAS:
Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 05 años en la experiencia profesional a partir de la colegiatura. Haber participado en 5 servicios, con un mínimo 03 años efectivos como especialista en instalaciones sanitarias o residente o supervisión en obras de saneamiento básico. Acreditado con copia simple de contratos
Con consultoría en obras de saneamiento y afines según Registro Nacional de Proveedores – RNP (vigente)
El ing. Civil deberá acreditar con certificados su especialización en instalaciones sanitarias.
.
ARQUEOLOGO.-
Con no menos de 10 años en el experiencia de la profesión.
Debe contar con experiencia en monitoreo, evaluación o supervisión en construcción de inmuebles y/o edificaciones en centros históricos. Con no menos de dos construcciones.
Acreditar con resoluciones, constancias o certificados.
ESPECIALISTA EN MITIGACION E IMPACTO AMBIENTAL
Ing. Civil, arquitecto y/o biólogo Colegiado, acreditado y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 05 años en el experiencia de la profesión. Que acredite con certificados su especialización como tal.
ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS (ing. Civil)
Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con no menos de 10 años en el experiencia en el ejercicio de la profesión.
Especialista en estructuras, con maestría en su especialidad con 05 años como mínimo en el grado de magister, lo cual se sustentara copia simple de grado de Magister.
Con experiencia mínima de 01 año en la especialidad como especialista en estructuras o proyectista en estructuras o consultor en estructuras. Debiendo acreditar con copia simple de contratos.
ESPECIALISTA EN GEOTECNIA
Colegiado, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.
Con post grado en geotecnia y vías terrestres, para sustentar el grado de POST GRADO copia certificada de diploma de post grado.
Con experiencia mínima de 01 año en la especialidad como geotecnia o proyectista en estudio o mecánica de suelos o consultor en estudio de suelos. Debiendo acreditar con copia simple de contratos o certificado.
MAESTRO DE OBRA
Maestro de obra con certificados de capacitación en albañilería otorgado por sencico o senati o instituciones afines a la construcción.
Con experiencia en construcción civil acreditar con 06 certificados y/o constancias de trabajo o contrato de trabajo. EQUIPO MINIMO
CANT. | RELACION DE EQUIPO MINIMO |
01 | Camioneta 4x4 |
01 | Camión Volquete 6x4 371 HP 15 m3 |
01 | Camión Volquete HP 5 m3 |
01 | Camión de 13tn |
01 | Retro excavadora de 108 HP |
01 | Mezcladora de concreto tambor de 18 HP 11p3 |
01 | Vibrador de Concreto de 4 HP 1.35” |
01 | Nivel de Ingeniero ( Certificado de Calibración 3 con meses de antigüedad) |
01 | Winche eléctrico de 5 toneladas |
Aceptándose una declaración jurada la misma que debe de estar sustentada con Copias simple de Factura o contrato de compraventa o contrato de alquiler o contrato leasing o contrato de compromiso de compra venta o alquiler de los equipos.
CAPÍTULO IV
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
A. Factor “Experiencia en obras en general” 25 Se calificará considerando las obras en general ejecutadas por el postor en los últimos cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (05) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria. Se acreditará con copia de contrato y acta de recepción de obra o contratos con sus respectivas resoluciones de liquidacion Incluye a todas las obras ejecutadas por los postores. Mayor a 1 y hasta 5 veces el valor referencial 15 puntos Igual o mayor 0.5 y menor de 1 veces el valor referencial 10 puntos Menor a 0.5 veces el valor referencial 05 puntos | 15 puntos |
B. Factor “Experiencia en obras similares” Se calificará considerando las obras de edificaciones ejecutadas en los últimos cinco (05) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta dos (02) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento (15%) del valor referencial. Se acreditará con copia de contrato y acta de recepción de obra o contratos con sus respectivas resoluciones de liquidacion Se considera obra similar a la construcción de edificaciones. Igual o mayor a 01 veces valor referencial 35 puntos Igual o mayor a 0.5 y menor que 01 veces del valor referencial 20 puntos Menor a 0.5 veces del valor referencial 05 puntos NOTA: La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar experiencia en obras en general | 35 puntos |
C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” Ingeniero Residente 15 puntos Ing. Civil Colegiado, Con no menos de 15 años en el experiencia profesional que se contará a partir de la obtención de la colegiatura, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional.Xxxxx participado como residente en 05 obras de edificaciones, con un mínimo de 05 años efectivos en obras de edificaciones. Acreditado mediante copia simple de contratos o certificados o constancia de trabajo. Se calificara los años efectivos como residente en obras de edificación. Mayor a 05 años efectivo 15 puntos De 04 a 05 años efectivos 10 puntos Menores de 04 años efectivos 05 puntos Del Asistente de obra 10 puntos Ing. Civil Colegiado, Con no menos de 10 años en la experiencia de la profesión que se contará a partir de la obtención de la colegiatura, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional. Haber participado como residente y/o asistente en 03 obras en edificaciones, con un mínimo de 02 años efectivos como residente y/o asistente. Acreditado mediante copia simple contratos o certificados o constancia de trabajo. Se calificara los años efectivos como residente y/o asistente de obra en edificaciones. Mayor a 02 años efectivo 10 puntos De 01 a 02 años efectivos 07 puntos Menores de 01 años efectivos 04 puntos | 35 puntos |
25 Para evaluar la experiencia de postores que presenten contratos ejecutados en consorcio deberá acompañarse la documentación que sustente cuál ha sido el porcentaje de su participación en dicho consorcio, de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato.
Ingeniero Electricista 05 puntos Colegiado, Con no menos de 10 años en el experiencia de la profesión que se contará a partir de la obtención de la colegiatura, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional. De 02 años efectivos como residente o supervisor de obra, deberá de acreditar experiencia de obras públicas o privadas en edificaciones adjuntar contratos, constancias o certificado o constancia de trabajo. Se calificara los años efectivos como residente o supervisor de obra. Mayor a 02 años efectivo 05 puntos De 01 a 02 años efectivos 03 puntos Menores de 01 años efectivos 02 puntos Ingeniero Sanitario Y/O Ing. Civil Especialista En Instalaciones Sanitarias: 05 puntos Colegiado, Con no menos de 5 años en la experiencia profesional a partir de la colegiatura, acreditado con copia del diploma de incorporación al colegio de ingenieros y declaración jurada de estar habilitado. Además deberán presentar copia simple del título profesional. con un minimo de 03 años efectivos como especialista en instalaciones sanitarias o residente o supervisión en obras de saneamiento básico. Se calificara los años efectivos de experiencia en la especialidad. Mayor a 03 años efectivos 05 puntos De 02 a 03 años efectivos 03 puntos Menores de 02 años efectivos 02 puntos | |
D. Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó o liquidó sin que haya incurrido en penalidades, hasta un xxxxxx xx xxxx (10) contratos de obra en general y/o similares. Por ejemplo se puede utilizar la siguiente fórmula de evaluación: PCP= PF x CBC NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor PF = Puntaje máximo del Factor NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor CBC = Número de constancias de buen cumplimento de la prestación Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba. Notas: 1. Los certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor xx xxxx obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa. 2. Ver Pronunciamientos Nº 108-2010/DTN y Nº112-2010/DTN. | 15 puntos |
PUNTAJE TOTAL | 100 PUNTOS |
PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.
CAPÍTULO V
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento, el contrato de ejecución de la obra ……….., que celebra de una parte
……………………., en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por ,
identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº , con
domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° del Registro de
Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal,
……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° , Asiento N°
……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
………………………………. para la ejecución de la obra… , cuyos detalles, importes unitarios (en caso
de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Y MONTO
Con fecha ………….(indicar), el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de (indicar denominación del proceso),
convocada para la ejecución de la obra …………….(indicar), a EL CONTRATISTA, por el siguiente monto ,
incluido el Impuesto General a las Ventas, (de corresponder).
Este monto comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega.
CLÁUSULA TERCERA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, se utilizarán las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes.
CLÁUSULA CUARTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del presente contrato será a partir del día siguiente de la suscripción del mismo hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra.
CLÁUSULA SEXTA: VALORIZACIONES
Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 197º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA SÉTIMA: DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA
El contratista declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
- De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la (Indicar el tipo de garantía).
Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
NOTA 6:
En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 159º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de obra que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla.
CLÁUSULA DÉCIMA: PLAZOS
10.1. PLAZO DE ENTREGA DEL TERRENO
El terreno o lugar donde se ejecutará la obra será entregado al contratista dentro (consignar plazo)26 días
siguientes a la firma del presente contrato.
10.2. INICIO Y TÉRMINO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras materia de este contrato, en un plazo de (consignar) días
calendarios, contados a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo sólo podrá ser ampliado en los casos contemplados en el artículo 200º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
XXXXXXXX UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria.
Durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el cuaderno de obras debidamente foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el inspector/supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad de la ejecución de la obra por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50º de la Ley.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de (Indicar tiempo en años).
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES27
En caso de retraso injustificado del CONTRATISTA en la ejecución de la obra, aquél se hará acreedor a una penalidad por xxxx, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o, si fuera necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento.
La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato
26 Según artículo 184º del Reglamento la condición establecida en el numeral 3 del citado artículo, referida a la entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra, deberá ser cumplida dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato.
27 De ser el caso, deberá considerarse las penalidades que se hubieran establecido al amparo del artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
F x plazo en días
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RECEPCIÓN DE LA OBRA
La recepción de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 210º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: LIQUIDACIÓN DE LA OBRA
La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 211º, 212º y 213º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA
En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en los artículos 40º de la Ley de Contrataciones del Estado, y en el artículo 209º de su Reglamento.
En este supuesto, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 164º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir.
CLAUSULA DÉCIMO SÉTIMA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS28
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144º, 170, 175º, 177º, 199º, 201º 209º, 210º y 211º del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52º de la Ley.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.
De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al …………………………
28 De conformidad con los artículos 216º y 217º del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, podría indicarse si la controversia será resuelta por un tribunal arbitral o un árbitro único.
“LA ENTIDAD” | “EL CONTRATISTA” |
CLÁUSULAS ADICIONALES A LA PROFORMA DE CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA: ADELANTO DIRECTO
1.1 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS otorgará a EL CONTRATISTA un Adelanto Directo, según lo establecido en los Artículos 186º y 187º de EL REGLAMENTO.
1. Directos al contratista, hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original.
2. Para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original.
1.2 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, sólo puede entregar los Adelantos previstos en las Bases y solicitados por EL CONTRATISTA, contra la presentación de una CARTA FIANZA solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática a favor de LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS. La presentación de esta CARTA FIANZA no puede ser exceptuada en ningún caso, conforme lo establece el Artículo 162º de EL REGLAMENTO.
1.3 La amortización del Adelanto Directo se hará según lo establecido en el Artículo 189º de EL REGLAMENTO
1.4 El Adelanto Directo no constituye un pago a cuenta. El tratamiento del Adelanto Directo se efectuará acorde a lo establecido en los Artículos 162º, 164º, 186°, 187º y 189º de EL REGLAMENTO. Se liberará la CARTA FIANZA del Adelanto Directo, una vez que se haya amortizado el 100% del mismo.
CLÁUSULA SEGUNDA: ADELANTOS PARA MATERIALES E INSUMOS
2.1 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, a solicitud de EL CONTRATISTA, entregará el importe para Materiales e Insumos a utilizarse en el objeto del Contrato, según lo establecido en los Artículos 186º y 188º de EL REGLAMENTO, y Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
2.2 El valor de los Materiales e Insumos pagados deberá estar de acuerdo con el metrado de LA OBRA y en conjunto no deberán superar el 40% del monto del Contrato Original, según Artículo 186º de EL REGLAMENTO.
2.3 Los Adelantos para Materiales e Insumos deberán estar respaldados por la correspondiente CARTA FIANZA, solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática a favor de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, vigente hasta la amortización total del Adelanto para Materiales e Insumos, acorde a lo establecido en el Artículo 162º de EL REGLAMENTO.
2.4 El tratamiento del Adelanto para Materiales se efectuará acorde a lo establecido en los Artículos 162º, 164º, 186°, 188º y 189º de EL REGLAMENTO.
CLÁUSULA TERCERA: INSPECCIÓN O SUPERVISION DE LA OBRA
3.1 LA OBRA, contará de modo permanente y directo con un INSPECTOR o SUPERVISOR, quedando prohibida la existencia de ambos en una misma Obra, cuyas condiciones o características establece el Artículo 220º de EL REGLAMENTO. LA OBRA estará sometida durante su ejecución a la permanente supervisión de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, quien para estos efectos designará a EL SUPERVISOR; éste, por delegación, dirigirá la inspección general de LA OBRA, con autoridad suficiente para suspender y rechazar los trabajos que a su juicio no satisfagan las Especificaciones Técnicas y el Expediente Técnico, quien absolverá las interrogantes que le plantee EL CONTRATISTA. Igualmente, LA OBRA estará sometida a la fiscalización de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS; cuyas funciones se hallan establecidas en el Artículo 223º de EL REGLAMENTO.
3.2 EL CONTRATISTA no podrá ser exonerado por EL SUPERVISOR de ninguna de sus obligaciones contractuales y no ordenará ningún trabajo adicional que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS.
3.3 EL CONTRATISTA, a pedido de EL SUPERVISOR y/o LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, separará a cualquier persona que comprobadamente cause desorden o fomente indisciplina en la ejecución de LA OBRA.
CLÁUSULA CUARTA: CUADERNO DE OBRA
4.1 El Cuaderno de Obra será abierto en la fecha de entrega del terreno conforme a lo establecido en el Artículo 224° de EL REGLAMENTO.
4.2 Las Anotaciones y Consultas sobre Ocurrencias se rigen en concordancia con los Artículos 225º y 226° de EL REGLAMENTO.
CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBRAS ADICIONALES Y OBRAS NUEVAS
5.1 Sólo procederá la ejecución de las Obras Adicionales cuando previamente se cuente con la certificación de crédito presupuestario y la Resolución del Titular de la Entidad (máxima autoridad administrativa de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS) y en los casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, sean iguales o no superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, se procederá acorde al Artículo 207º de EL REGLAMENTO.
5.2 Las Obras Adicionales cuyos montos restándole los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince (15%) del monto del Contrato Original, serán tratados tal como lo dispone el Artículo 208° de EL REGLAMENTO, acorde a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Modificatoria de LA LEY.
Los de Adicionales de Obra con carácter de emergencia, cuyos montos, restándoles los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince por ciento (15%) del monto del Contrato Original, la autorización de la Contraloría General de la República se emitirá previa al pago, conforme procedimiento señalado en el Artículo 208º de EL REGLAMENTO.
5.3 El concepto, trámite y pago de las Obras Adicionales está normado en N° 002-2010-CG/OEA “Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra”., aprobada por Resolución de Contraloría Nº 226-2010- CG de fecha 23.07.2010 y lo establecido en el Artículo 41º de LA LEY y en los Artículos 207º y 208º de EL REGLAMENTO.
5.4 El presupuesto de cualquier Obra Adicional o cambio, deberá ser determinado de acuerdo a los Precios Unitarios del Contrato; y, de no existir, se pactarán de mutuo acuerdo. En el Presupuesto Adicional se tendrá en cuenta lo previsto en el Artículo 207º de EL REGLAMENTO.
5.5 Cuando se apruebe el Adicional de Obra, EL CONTRATISTA estará obligado a ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento.
CLÁUSULA SEXTA: PERSONAL DE EL CONTRATISTA
6.1 Para la ejecución de LA OBRA, EL CONTRATISTA utilizará el personal profesional calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por circunstancias caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas. Para este efecto, EL CONTRATISTA deberá proponer a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS con ocho (08) días hábiles de anticipación, el cambio de personal a fin de obtener la aprobación correspondiente. Cualquier solicitud en este sentido será debidamente justificada y los cambios que resultaren no irrogarán gastos adicionales a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS.
El cambio solicitado por EL CONTRATISTA y que no cuente con la aprobación de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS y no esté debidamente justificado, será considerado como incumplimiento de obligación
contractual y causal de resolución de contrato, siendo de aplicación los Artículos 168º y 169º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
6.2 EL CONTRATISTA tendrá como representante en LA OBRA a un Ingeniero Civil colegiado aprobado por LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, quien desempeñará las funciones de Ingeniero Residente, cumpliendo lo establecido en el Artículo 185° de EL REGLAMENTO. Su sustitución se encuentra establecida en el mismo Artículo citado.
Asimismo proveerá de Ingenieros Colegiados habilitados, y técnicos en número y calificación satisfactorios en concordancia con su Propuesta, así como los Especialistas que eventualmente requiera la correcta ejecución de los trabajos.
6.3 Todas las instrucciones transmitidas al Ingeniero Residente se consideran tramitadas a EL CONTRATISTA.
6.4 EL CONTRATISTA está facultado para seleccionar el personal auxiliar técnico – administrativo necesario, para el mejor cumplimiento de sus obligaciones, reservándose LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS el derecho a rechazar al personal que a su juicio no reuniera requisitos de idoneidad y competencia.
6.5 EL CONTRATISTA dará por terminados los servicios de cualquiera de sus trabajadores, cuya labor o comportamiento no sean satisfactorios para LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS.
En el caso de personal profesional, inmediatamente EL CONTRATISTA propondrá a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS el cambio de personal, a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio. Transcurrido ocho (08) días naturales y en caso que LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS no dé ninguna respuesta, se considerará por aprobado el cambio propuesto.
Los costos adicionales que demande la obtención de los reemplazos necesarios, tales como pasajes, viáticos, gastos de traslado, etc., serán de responsabilidad de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA SÉTIMA: INTERVENCIÓN ECONOMICA DE LA OBRA
7.1 LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, podrá de oficio o a solicitud de parte intervenir económicamente LA OBRA, en circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor o por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos, según lo previsto en el Artículo 206º de EL REGLAMENTO y directivas del OSCE.
CLÁUSULA OCTAVA: NULIDAD DEL CONTRATO
8.1 Son causales de declaración de nulidad de oficio del Contrato las siguientes:
Por haberse suscrito el presente Contrato en contravención con el Artículo 10º de LA LEY.
Cuando se verifique la transgresión del principio e presunción de veracidad durante el proceso de selección o para la suscripción del presente Contrato.
Cuando se haya suscrito el Contrato no obstante encontrase en trámite un recurso de apelación. Cuando no se haya utilizado el proceso de selección correspondiente.
8.2 El procedimiento para declarar la Nulidad del Contrato se regirá por el establecido en el Artículo 144º de EL REGLAMENTO.
CLÁUSULA NOVENA: DEVOLUCIÓN DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
9.1 Para que LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS proceda a la devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe haber quedado consentida la Liquidación del Contrato y cumplirse previamente por EL CONTRATISTA, lo siguiente:
9.1.1 Que presente el Acta de Recepción de LA OBRA sin observaciones.
9.1.2 Que haya entregado los planos de post construcción y la memoria descriptiva valorizada.
9.1.3 Que presente una Declaración Jurada de no tener adeudos pendientes por reclamos laborales.
9.2 La ejecución de las Garantías se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 164º de EL REGLAMENTO.
CLAUSULA DÉCIMO: MANTENIMIENTO DE ACCESOS A LA OBRA
10.1 EL CONTRATISTA será responsable del Mantenimiento de accesos a la obra donde se ubique LA OBRA, desde la entrega del terreno hasta la Recepción de los Trabajos y estará sujeto a fiscalización.
10.2 El Mantenimiento de accesos a la obra es una obligación de EL CONTRATISTA, en concordancia con las Especificaciones Técnicas y disposiciones contractuales.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: CONTROL DE CALIDAD
11.1 EL CONTRATISTA presentará mensualmente Informes de Control de Calidad, siguiendo las indicaciones de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, y al culminar los trabajos hará entrega de un Informe Final de los controles realizados.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: OTRAS RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA
12.1 EL CONTRATISTA será responsable de los daños y perjuicios derivados de su actuación y/u omisión, inclusive frente a terceros o a las propiedades de éstos, lo mismo que se extiende a sus subcontratistas.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PERIODO DE GARANTÍA
13.1 Queda estipulado que si en el curso de los siete (07) años siguientes a su Recepción sin observaciones, LA OBRA se destruye total o parcialmente, por razones imputables a EL CONTRATISTA o defectos constructivos, éste será responsable y en ese caso LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS podrá iniciar las acciones que se establece en el Artículo 212º de EL REGLAMENTO.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: IMPUESTOS Y DERECHO DE ADUANA
14.1 En relación a los derechos de aduana, seguros, fletes, gastos consulares y otros gastos de importación que efectúe EL CONTRATISTA, serán de aplicación las Leyes vigentes sobre la materia.
CLAUSULA DÉCIMO QUINTA: ACUERDOS VERBALES
15.1 Ninguna conversación o acuerdo verbal con cualesquier funcionario de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS o EL CONTRATISTA, antes, durante el proceso de ejecución o después podrá afectar o modificar los términos u obligaciones contenidas en cualquier documento que integre el presente Contrato de Ejecución de Obra.
CLAUSULA DÉCIMO SEXTA: ACATAMIENTO DE LAS LEYES DEL PERU
16.1 EL CONTRATISTA acepta todas las Leyes del Perú, Decretos, Resoluciones Supremas, Regionales y/o Municipales para todas sus actividades dentro de la República, y deberá eximir totalmente a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS de multas, pérdidas o daños debido a la contravención de ellas.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA:CIRCUNSTANCIAS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
17.1 Las partes han convenido en considerar como circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, a la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible tales como fenómenos contratantes y que no pudieran ser evitadas, tales como guerra, incendios, explosiones, disturbios, actos de sabotaje, etc., que imposibiliten continuar la ejecución de los trabajos o determinan su cumplimiento parcial o tardío o defectuoso (Art. 1315º del Código Civil).
También se considerarán las demoras por paralizaciones dispuestas por LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, o la imposibilidad de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS de seguir financiando los trabajos, como consecuencia de las situaciones descritas en el párrafo anterior.
17.2 Si cualesquiera de las partes contratantes estuviera temporalmente incapacitada debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor para cumplir total o parcialmente las obligaciones contraídas, notificará a la otra parte por escrito tal circunstancia, tan pronto como sea posible después de ocurrido el evento, proporcionando todos los detalles del mismo.
18.2.1 Producido y notificado el evento determinante de las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones a cargo de la parte afectada sólo por el tiempo que dure la incapacidad causada, debiéndose actuar en lo posible de modo que la causa o los efectos sean solucionados con la mayor celeridad posible.
17.2.2 El mayor costo y los pagos adicionales correspondientes que pudieran resultar de la paralización de los trabajos, en razón de las circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, serán determinados de común acuerdo entre las partes contratantes.
17.2.3 Si la paralización de los trabajos por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor subsistiere por un período de sesenta (60) días naturales, LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS o EL CONTRATISTA mediante Carta Notarial, podrá resolver el Contrato, salvo que dichas partes decidieran la suspensión y posterior continuación de LA OBRA reajustando los términos del Contrato de común acuerdo.
17.2.4 En caso de resolución del Contrato, EL CONTRATISTA entregará a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS, bajo responsabilidad en un plazo de quince (15) días naturales, toda la información relacionada con LA OBRA y a través de EL SUPERVISOR, la Liquidación del Contrato, en un plazo de sesenta (60) días naturales.
CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA: DE LAS NOTIFICACIONES
18.1 Para los fines del presente Contrato, constituyen formas válidas de comunicación las que LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS efectúe a través de los medios electrónicos, como son el fax y/o correo electrónico, para lo cual se utilizarán los números telefónicos y direcciones electrónicas indicados por EL CONTRATISTA en la introducción del presente Contrato y/o en la Declaración Jurada de datos contenida en su Propuesta Técnica.
18.2 Para este fin la Cédula de Notificación que se realice, con sus Informes Técnico y Legal correspondientes, transmitida por cualesquiera de los medios electrónicos señalados precedentemente deberá consignar obligatoriamente la fecha cierta en que ésta es remitida; oportunidad a partir de la cual surtirá efectos legales.
18.3 Una vez efectuada la transmisión por fax o por correo electrónico, la notificación en el domicilio físico de EL CONTRATISTA no será obligatoria; no obstante, de producirse, no invalidará la notificación efectuada con anticipación y por los medios indicados, computándose los plazos a partir de la primera de las Notificaciones efectuadas, sea bajo cualquier modalidad.
18.4 Es de responsabilidad de EL CONTRATISTA mantener activos y en funcionamiento el facsímile (fax) y dirección electrónica consignada en la introducción del presente Contrato; asimismo de conformidad con el Artículo 40º del Código Civil, el cambio de domicilio físico y para efectos del presente contrato, de fax y de dirección electrónica, sólo será oponible a LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOS si ha sido puesto en su conocimiento de manera indubitable.
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO “A”
REGISTRO DEL PARTICIPANTE
Acos,…. de del 2012
Srs. Comité Especial Permanente
Adjudicación Directa Pública Nº 001-2012-MDA/CE. Ref: EJECUCION DE LA OBRA:
Por medio de la presente, ..................................................................................... (Persona Jurídica o Persona Natural), con RUC Nº ....................................., con domicilio legal en
.........................................................................................., debidamente representado por
..........................................................................., identificado con DNI Nº..........................., solicito inscribirme
como participante para el proceso de selección de la referencia.
Para tal efecto, les alcanzo los datos siguientes:
Razón Social: …………………………….....................................
Número de RUC: …..………………….........................................
Domicilio legal: …..………………………………………............………
Correo electrónico: ………………………………………………….
Teléfono: ………………………… Fax: ……………………………
…………………………………………..
Nombre, firma y sello del Postor
FORMATO “B”
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE
Acos, ………………..
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
Presente.-
……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… nos dirigimos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública N° , a fin
de acreditar a nuestro representante (o apoderado en caso de personas naturales) (nombre del
representante o apoderado) identificado con DNI. Nº quien se encuentra en virtud a este
documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón Social del postor
ANEXO N° 01
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº …….
Presente.- Estimados señores:
El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº , R.U.C.
Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº , DECLARO
BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social | |||||
Domicilio Legal | |||||
RUC | Teléfono | Fax |
ACOS,…………………..………
..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO N° 02 DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42º DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
Presente.-
De nuestra consideración:
(Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en
.........................................., Representante Legal de la empresa ; que se presenta como postor de
la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº ………………….., para la EJECUCIÓN DE LA OBRA ,
declaro bajo juramento:
1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10° de la Ley.
2.- Conozco, acepto y se someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección.
4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ACOS, ………………………………………
……..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO Nº 03
DECLARACIÓN JURADA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
Presente.-
El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de
..............................., con RUC. Nº , declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra
………………………(incluir denominación), materia de ……………………………….(incluir denominación del proceso), de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente:
PLAZO OFERTADO:(Indicar plazo fijado en el expediente técnico) DÍAS CALENDARIO.
ACOS, …………………………………..
……..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO N° 04
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
Presente.- Estimados señores:
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta para la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° , responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del
citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal
común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en , para efectos de participar en
todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad el contrato correspondiente.
OBLIGACIONES DE ……………….: ( ) % Participación
………………………
………………………
OBLIGACIONES DE ….……………: ( ) % Participación
……………………..
……………………..
………………………………………….. …………………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del
Representante Legal Empresa 1 Representante Legal Empresa 2
ACOS, …………………………………………
ANEXO N° 05
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores:
COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y el expediente técnico de la obra, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO (Consignar moneda) |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar.
ACOS, ………………………………………
……..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO Nº 06 RELACIÓN DE OBRAS EN GENERAL
Postor:
CONTRATISTA | Descripción de la Obra | Cliente | Xxxxx | Xxxxx de la liquidación o monto final de la obra | Consorcio | % Particip. | Monto correspondient e al Postor | |
Inicio | Término | |||||||
Firma y sello del Representante Legal
Nombre / Razón social del postor
ANEXO Nº 07 RELACIÓN DE OBRAS SIMILARES
Postor:
CONTRATISTA | Descripción de la Obra | Cliente | Xxxxx | Xxxxx de la liquidación o monto final de obra | Consorcio | % Particip. | IPC (*) | Monto actualizado a mes del Valor Referencial | Nº de Folio | ||
Inicio | Término | A la fecha de Término de la Obra | A mes del Valor Referencial | ||||||||
Se considerará el monto final de los Contratos culminados dentro del periodo de los últimos 05 años, previos a la fecha de la presentación de propuestas, independientemente de la fecha de suscripción del Contrato o inicio de Obra
El valor mínimo de cada obra es el 15% del Valor Referencial.
En caso de experiencia como consorcio, se considerará el porcentaje de Consorciado, el que se acreditará con el Contrato de Asociación u otro documento emitido por el contratante. Asimismo se aceptará obras que han sido ejecutadas en consorcio cuyo monto total de la Obra es mayor del 15% del Valor Referencial de esta licitación, pero que al aplicarle el porcentaje de participación resulta un monto igual o menor del 15% de este Valor Referencial, teniendo en cuenta el Pronunciamiento Nº 318-2005/GTN.
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO N° 08
REQUISITOS MÍNIMOS DEL PERSONAL PROFESIONAL
Cantidad | Cargo | Nombre | Requisito Técnico Mínimo | Cumple / No cumple |
1 | Ing. Residente | |||
1 | Ing. Asistente de Obras | |||
1 | Ing. electricista | |||
1 | Ing.sanitario | |||
1 | Especialista en Gestión ambiental |
ACOS, …………………………………………
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO Nº 09
DECLARACIÓN JURADA DE COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS
El que suscribe ……………………………………………., mediante la presente DECLARACIÓN JURADA, se compromete a formar parte del personal profesional propuesto en calidad de ……………………….. para la Obra a
la que postula el Postor …………………………………, en caso que éste obtenga la Buena Pro del concurso de Adjudicación Directa Pública Nº ……………………………….. convocado por …………………………………..
Asimismo, declaro expresamente y bajo juramento, que no tengo compromiso alguno que imposibilite mi participación en la fecha y por el tiempo ofrecido.
ACOS, ................................
FIRMA DEL PROFESIONAL:
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
ANEXO N° 10 REQUERIMIENTOS DE EQUIPO MÍNIMO
Nº | DESCRIPCIÓN | AÑO DE FABRICACIÓN | CANTIDAD | TENENCIA (PROPIO, LEASING, ALQUILER U OPCIÓN DE COMPRA, | UBICACIÓN |
El que suscribe,........................................, identificado con DNI Nº............................., Representante Legal
de..............................., con RUC. Nº , declaro que mi representada se compromete a disponer
de las Maquinarias y Xxxxxxx, cuya relación se adjunta en el cuadro precedente, para la ejecución de las obras objeto de la presente licitación, de acuerdo a la relación de Maquinarias y Equipos mínimos, y calendario de utilización, precisados en el Expediente Técnico.
ACOS, …………………………………………
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
FORMATO Nº 2
PRESUPUESTO DETALLADO
(Este documento deberá ser presentado para la suscripción del contrato) Sistema de Contratación:
DESCRIPCIÓN | COSTO PARCIAL |
TOTAL COSTO DIRECTO (1) | |
GASTOS GENERALES (2) | |
UTILIDAD (3) | |
TOTAL COSTO (1)+(2)+(3) | |
IGV ( 18%) | |
TOTAL GENERAL (*) |
(*)Este monto incluye gastos generales, utilidad y tributos
……..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor
FORMATO Nº 3
(De acuerdo al Capítulo III de la Sección Específica) PROFESIONALES Y TÉCNICOS REQUERIDOS
CANT. | RELACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL Y PERSONAL TÉCNICO |
……..........................................................
Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor