ÍNDICE
ÍNDICE
1.- DISPOSICIONES GENERALES.
1.1.- Objeto del contrato.
1.2.- Presupuesto del contrato.
1.3.- Plazo de ejecución del contrato. 1.4.- Licitadores.
2.- CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN.
2.1.- Garantía provisional.
2.2.- Presentación de proposiciones.
2.3.- Normas generales y contenido de las proposiciones:
2.3.1.- Sobre número 1. Documentación administrativa:
A) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad.
B) Documentos acreditativos de la representación.
C) Compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso.
D) Exigencia de Solvencia. Clasificación del contratista.
E) Declaraciones responsables.
F) Documentos que acreditan la solvencia económica y financiera.
G) Documentos que acreditan la solvencia técnica.
H) Garantía provisional, en su caso.
I) Subcontratación.
J) Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo.
K) Declaración de confidencialidad.
L) Dirección de correo electrónico. 2.3.2.- Sobre número 2. Documentación técnica 2.3.3.- Sobre número 3. Propuesta Económica
2.4.- Apertura y examen de las proposiciones. 2.5.- Valoración de las proposiciones.
2.5.1.- Criterios de valoración. 2.5.1.1.- Valoración Técnica.
2.5.1.1.1 Calidad del estudio del proyecto y cumplimiento del PPTP.
2.5.1.1.2 Medidas para garantizar la calidad.
2.5.1.1.3 Plazo ofertado y programación de la obra. 2.5.1.2- Valoración Económica.
2.5.1.3- Valoración global de las ofertas.
2.5.1.4- Criterios objetivos para determinar que una proposición sea considerada anormal o desproporcionada.
2.6 .- Ofertas con valores anormales o desproporcionados. 2.7.- Adjudicación.
3.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
3.1.- Documentación.
3.2.- Garantía definitiva.
3.3.- Documento de formalización. 3.4.- Régimen jurídico del contrato.
4.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
4.1.- Obligaciones laborales y sociales.
4.2.- Cumplimiento del plazo y penalidades por xxxx. 4.3.- Obtención y cumplimiento de permisos.
4.4.- Señalización de las obras.
4.5.- Seguro vigente durante las obras.
5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- Dirección de las obras.
5.2.- Comprobación del replanteo. 5.3.- Programa de trabajos.
5.4.- Revisión de precios. 5.5.- Modificaciones.
5.6.- Suspensión de las obras.
5.7.- Responsabilidad del contratista.
5.8.- Recepción y liquidación de las obras.
6.- PLAZO DE GARANTÍA.
7.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
1.- DISPOSICIONES GENERALES.
1.1.OBJETO DEL CONTRATO.
El régimen jurídico aplicable al contrato será el derecho privado, siendo el orden jurisdiccional civil el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos celebrados.
El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la ejecución de las obras contempladas en el proyecto presentado por la Comunidad de Regantes…………………………………….. para financiación de las obras a través del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER) denominado , que ha sido
objeto de Ayuda mediante Resolución de ….......... .
El ámbito de aplicación está conformado por el conjunto de las ayudas de la medida M04: Inversiones en activos físicos (artículo 17); submedida 4.3: Apoyo a las inversiones en infraestructuras relacionada con el desarrollo,la modernización o la adaptación de la agricultura l correspondiente a la Prioridad P5 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía para el período 2014-2020, financiadas con cargo al PDR y tramitadas por la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural. La medida 4 están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) al 75%.
1.2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO.
El presupuesto de licitación es el que figura en el Anexo 1, en el que se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Los precios unitarios que regirán durante la ejecución de las obras serán los que figuran en el proyecto aprobado por la Comunidad, afectados por el coeficiente de baja resultante de la adjudicación del contrato.
1.3.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato será como máximo el fijado en el Anexo 1 y comenzará a computarse con el Acta de Comprobación de Replanteo e Inicio de las Obras, finalizando con la certificación final de la obra ejecutada. No obstante, si el adjudicatario ha ofertado un plazo inferior, el plazo será el incluido en la oferta que sirvió de base para la adjudicación. En ningún caso podrán admitirse plazos de ejecución superiores a los fijados en la Resolución de Concesión de la Ayuda.
Las posibles prórrogas estarán condicionadas a la previa aceptación por la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.
1.4.- LICITADORES.
Están facultadas para contratar las empresas que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica . Esta Solvencia se considerará acreditada cuando la empresa licitadora se encuentre clasificada en el tipo y subtipo
correspondiente a la obra a ejecutar y al importe de la misma. En caso contrario la empresa deberá acreditar el tipo y volumen de obra ejecutado en los últimos 5 años.
Solo podrán presentarse empresas, cuyo objeto social incluya la actividad o prestación objeto del contrato.
No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado directa o indirectamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal.
Cada empresa podrá presentar una única solicitud de participación, y en caso de empresas pertenecientes a un mismo grupo, solo podrá presentarse una empresa del grupo sola o en UTE.
1.5 COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación será el órgano competente para la valoración de las ofertas, estará constituida por el Presidente de la Comunidad de Regantes, tres vocales designados por la Comunidad, un secretario que podrá ser el Secretario de la Comunidad o el asesor jurídico contratado al efecto y un asesor técnico.
2.- CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN.
2.1.- GARANTÍA PROVISIONAL.
Garantía Provisional de un 2% del Presupuesto base de licitación
2.2.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán en una oficina de correos en la que se acredite la fecha y hora de su presentación, y estarán dirigidas a la sede que la Comunidad de regantes haya establecido a efectos de notificación en la solicitud de ayuda, dentro del plazo indicado por la Comunidad de Regantes en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (B.O.J.A.)
El anuncio de licitación publicado en el B.O.J.A además de la fecha de apertura de sobres, recogerá también la fecha, hora y lugar donde se emplace a los futuros licitadores para la visita a la obra con el fin de la toma de datos y aclaraciones al proyecto, si hubiese lugar a ello la visita, que deberá tener lugar con anterioridad al menos de 5 días a la finalización del plazo de presentación de proposiciones. Este anuncio contendrá también una dirección electrónica en la que los licitadores podrán descargarse toda la documentación necesaria para la licitación de forma gratuita.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por la empresa del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna. Supondrá un incumplimiento en la presentación de las proposiciones y la exclusión del procedimiento de licitación, aquellas empresas que no presenten la misma en el plazo establecido.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición.
2.3.- NORMAS GENERALES Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Las Empresas licitadoras deberán presentar tres (3) sobres cerrados (“1”, “2” y “3”) y firmados por EL CONCURSANTE o por la persona que lo represente; en el exterior de cada sobre se hará constar el número correspondiente, el contenido del mismo, el título de la obra, el nombre completo, en su caso siglas, dirección, NIF, dirección de correo electrónico y número de teléfono del Concursante.
Lugar y plazo de presentación de las propuestas.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentaran, dentro del plazo señalado en el anuncio, en una oficina de correos que deberá acreditar la fecha y hora de su presentación. Estarán dirigidas a la sede de la comunidad de regantes
En relación con la presentación por correo se estará a lo establecido en la normativa vigente en materia de contratación del sector público. En el momento de la apertura de sobres, con la acreditación de la oficina de correos, el Secretario de la Comunidad de Regantes, comprobará que la proposición se ha presentado en el plazo establecido y levantará acta en la que se indicará la relación de solicitudes presentadas con la indicación de la fecha y hora de su presentación, debiendo excluirse por la mesa las que hayan sido presentadas fuera de plazo, o no hayan sido presentadas en sobres cerrados para su apertura por la mesa.
Una vez que el proponente haya remitido por correo la oferta, deberá así mismo anunciarlo por correo electrónico a la Comunidad de regantes, adjuntando en este correo copia de la certificación acreditativa de la fecha y hora de su presentación de la oficina de correos..
Normas Generales.
(1) Las ofertas se referirán al conjunto de las obras pertenecientes al Proyecto, y no se admitirán ofertas parciales o de ejecución de partidas del presupuesto, ni ofertas con variantes o mejoras valoradas.
(2) Todos los concursantes habrán de señalar en el momento de presentar sus propuestas una dirección electrónica para las comunicaciones y relaciones que en general se deriven del concurso o que de cualquier manera puedan afectar al concursante.
(3) EL CONCURSANTE podrá presentar la documentación exigida, en caso de que sea notarial, ajustada a los requisitos que establece el Reglamento Notarial, en lo que se refiere a la legalización y legitimación. En el caso de documentos administrativos podrán ser presentados los originales, copia o fotocopia debidamente compulsadas.
(4) Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación redactada en otra lengua deberá acompañarse de la correspondiente traducción oficial al castellano.
2.3.1.- SOBRE NÚMERO 1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
En este sobre se incluirá exclusivamente la documentación relativa a la acreditación, no pudiendo incluirse ninguna referencia al precio que exclusivamente debe aparecer en el sobre 3. Los documentos incluidos en este sobre podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas o autenticadas conforme a la legislación vigente.
A) DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD.
1. La capacidad de obrar de las empresarias o empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. Las personas licitadoras individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredite las condiciones de aptitud profesional.
4. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La capacidad de las mismas se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas, o mediante la presentación de una declaración responsable, junto con los certificados correspondientes.. Solo se valorará la capacidad si la acreditación de las obras que la empresa ha ejecutado, se refiere a obras encuadradas en el mismo grupo a la que concurre
5. Las demás empresas extranjeras deberán justificar mediante informe, que el Estado de procedencia de la empresa admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables.
Además será necesario que las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea tengan abierta sucursal en España, con designación de personas apoderadas o representantes para sus operaciones, y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
La acreditación de su capacidad de obrar se instrumentará a través de informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
B) DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA REPRESENTACIÓN.
Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación.
Si la licitadora fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
C) COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS, EN SU CASO.
Las empresas que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente, y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato. Se deberá cumplimentar el modelo del Anexo 2.
D) EXIGENCIA DE SOLVENCIA. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA.
Para participar en la licitación, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación, que deberá corresponderse con la equivalente a la que se exige para los contratos en el sector público.
La clasificación exigida o su equivalente en experiencia, se hará constar en el Anexo 1. La empresa acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido Clasificación/experiencia .
La clasificación/experiencia de las uniones temporales será la resultante de la acumulación de las clasificaciones/experiencia de las empresas agrupadas,
No obstante lo anterior, si en la licitación se exigiese clasificación/experiencia en uno o varios grupos de clasificación, deberán estar clasificadas o constar la experiencia suficiente individualmente al menos en uno de los grupos exigidos un número de empresas que representen más del 50 por ciento de participación en la unión temporal.
En el caso de personas empresarias no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, no será exigible la clasificación, ya concurran al contrato aisladamente o integradas en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia conforme al apartado siguiente.
La falta de experiencia/solvencia será motivo de exclusión
E) DECLARACIONES RESPONSABLES.
Los licitadores deberán presentar los siguientes documentos:
1. Declaración responsable de tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones de contratar
2. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3. Declaración responsable , de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, así como en la ejecución de los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones, ni ser empresa vinculada a ellas.
Respecto a los miembros de la Mesa de Contratación deben manifestar mediante una declaración responsable no tener interés ni relación personal, profesional o económica con las empresas que concurran a la licitación, no pudiendo participar si no existe esta declaración.
Las referidas declaraciones se acreditarán conforme al modelo establecido en el Anexo 3.
F) DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA.
1. Cuando en el Anexo 1 se exija clasificación administrativa, la solvencia económica y financiera quedará acreditada mediante la presentación de la documentación exigida en la cláusula 3ª del 2.3.1 D) (Clasificación de los contratistas) del presente pliego.
2. Cuando en el Anexo 1 no se exija clasificación administrativa, la citada solvencia podrá acreditarse mediante cualquiera de los medios que se señalan a continuación:
a) Mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como contratista de obras referente al tipo de obra objeto de la presente licitación, expedido por la Junta Consultiva de Contratación
Administrativa, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma.
b) Volumen anual de negocios.
c) Existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
d) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.
En función de la documentación indicada en el apartado anterior, se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple con el criterio o los criterios que se señalan:
a) Que presente el certificado de clasificación administrativa como contratista de obras referente al tipo de obra objeto de la presente licitación, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma.
b) Que del volumen anual de negocios sea igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato.
c) Que el seguro de indemnización por riesgos profesionales sea por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato.
d) Que el Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, tenga un importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato.
En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario
G) DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA SOLVENCIA TÉCNICA.
1. Cuando en el Anexo 1 se exija clasificación administrativa, la solvencia técnica se acreditará mediante la presentación de la misma, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma.
2. Cuando en el Anexo 1 no se exija clasificación administrativa, la citada solvencia se acreditará por el medio o los medios que se señalan a continuación:
2.1. Mediante la presentación del certificado de clasificación administrativa como persona contratista de obras referente al tipo de obra objeto de la presente licitación, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, acompañado de una declaración sobre su vigencia y de las circunstancias que sirvieron de base para la obtención de la misma.
2.2. Cuando en el Anexo 1 no se exija clasificación administrativa, la citada solvencia podrá acreditarse mediante los medios siguientes:
a) Relación de las obras ejecutadas en los diez últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras.
d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente
H) GARANTÍA PROVISIONAL, EN SU CASO.
El Documento justificativo de haber constituido la garantía provisional a favor del órgano de contratación sólo se aportará en los casos y por la cuantía en que así se indique expresamente en el Anexo 1. Esta garantía se considera necesaria porque las obras que se licitan serán subvencionadas, en parte, con fondos del FEADER y está sujetas a un plazo de ejecución previamente definido. La garantía podrá constituirse:
1.- Si se constituye la garantía mediante aval, prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, deberá aportarse el documento original. Se utilizará el modelo del Anexo 4, presentando el documento original.
2.- Si se constituyera la garantía mediante seguro de caución, celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo, deberá aportarse el original del certificado del contrato. Se utilizará el modelo del Anexo 5, presentando el documento original.
3.- Si se constituye en valores de Deuda Pública, deberán aportarse los certificados de inmovilización de los valores anotados.
4.- En caso de constituirse en efectivo, deberá depositarse en la entidad financiera que el órgano de contratación le indique.
En el caso de uniones temporales, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas que concurran agrupadas, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las personas integrantes de la unión temporal.
La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de las personas licitadoras hasta la adjudicación del contrato. Para la persona licitadora que resulte adjudicataria, la garantía responderá también del cumplimiento de las obligaciones que a esta le corresponden.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a las personas licitadoras inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida a la persona licitadora que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva.
Si alguna persona candidata o licitadora retira su proposición injustificadamente antes de la adjudicación, se procederá a la incautación de la garantía provisional.
En el caso de ofertas consideradas desproporcionadas o anormales, la falta de contestación a la solicitud de información aplicando analógicamente el artículo 152.3 del TRLCSP, o el reconocimiento por parte de la persona licitadora de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, , serán excluidas de la licitación.
I) SUBCONTRATACIÓN.
En caso de que se prevea la posibilidad de subcontratación en el Anexo 1, las personas licitadoras deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia técnica de las personas subcontratistas a las que se vaya a encomendar su realización. El porcentaje máximo a subcontratar será el indicado en el Anexo 1. Se estará a lo dispuesto en la Ley 32/2006, de 18 de octubre reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.
J) RELACIÓN DE EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO.
Las personas licitadoras deberán presentar declaración, según modelo del Anexo 6 del presente pliego, bien de que no pertenece a ningún grupo de empresas o bien de que se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y pertenece a un grupo de empresas, con indicación de la relación de las empresas de dicho grupo y de las que se presentan a la licitación.
En el caso de empresas que pertenezcan al mismo grupo, sólo se admitirá una oferta por grupo, tanto si se presenta sola o en UTE.
Si se presentan dos o más ofertas, se excluirá por la Mesa de Contratación todas las presentadas. La ofertas que no cumplan estos requisitos, serán rechazadas por la Mesa de Contratación.
K) DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD.
Los licitadores podrán presentar una declaración, según modelo del Anexo 12 del presente pliego ,designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales.
El órgano de contratación solo podrá hacer uso de la documentación aportada por el licitador para esta licitación y para lo relacionado con la justificación de la ayuda FEADER.
L) DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO.
El licitador deberá aportar una dirección de correo electrónico en la que la Comunidad le efectuará las notificaciones. Se indicará según modelo de Anexo nº 7.
2.3.2.- SOBRE NÚMERO 2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
Con anterioridad suficiente a la fecha indicada en el anuncio para la apertura pública de sobres y una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, La mesa revisará la documentación del sobre 1, y procederá a pedir subsanación de defectos a los licitadores. Transcurrido el plazo de subsanación, la Mesa de Contratación resolverá sobre la admisión de los candidatos, e invitará a los licitadores admitidos a la apertura pública del sobre nº 2.
En este sobre se incluirá exclusivamente la documentación técnica, no pudiendo incluirse ninguna referencia al precio que exclusivamente debe de aparecer en el sobre 3. Los documentos podrán aportarse en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas o autenticadas conforme a la legislación vigente.
Se incluirá la documentación que considere el licitador que justifique el conocimiento de la obra y la garantía de que se va a ejecutar en plazo y con la calidad requerida, expresando con claridad los aspectos que son susceptibles de valoración por la mesa de contratación, de acuerdo a lo expuesto en el apartado 2.5.1.1. En particular se expresarán al menos los siguientes aspectos:
a) Propuesta Técnica.
Se presentará memoria de calidades de los materiales con mas relevancia presupuestaria de la obra, e inexcusablemente los que se especifican en el apartado de valoración técnica
b) Programa de Trabajo
Programa de Trabajo que justifique la reducción del Plazo de Ejecución de la Obra y que permitirá valorar el punto 2.5.1.1.3. Oferta concreta de reducción del plazo de ejecución.
c) Vigilancia de la calidad de ejecución de la obra.
Mediante los Planes de Autocontrol y de Recepción de los Materiales según lo expuesto en el punto 2.5.1.1.2
2.3.3. SOBRE NUMERO 3: PROPUESTA ECONÓMICA.
La proposición económica se formulará según el modelo que se adjunta como Anexo 8 de este Pliego, que es parte inseparable del mismo.
La proposición presentada por empresas que pretendan formar una UTE deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas que se comprometen a constituir la citada unión.
La proposición económica se presentará en caracteres claros o escrita a máquina en números y letra y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Comunidad de Regantes estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre la proposición numérica o de texto, prevalecerá la establecida en texto.
Cuando el firmante actúe como Administrador, Director, Apoderado, etc., de una empresa o de un tercero, hará constar claramente el título de su apoderamiento o representación.
2.4.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
Una vez recibidos los sobres por la secretaría de la Mesa de Contratación junto con los certificados de Correos, se reunirá la misma para calificar previamente los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, por la presidencia se ordenará la apertura del sobre nº 1.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación del sobre nº 1 o, en su caso, en la declaración responsable presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a las interesadas y lo hará público a través de comunicaciones electrónicas a todas las empresas licitadoras., concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que las licitadoras los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva de la licitadora si en el plazo concedido no procede a la subsanación de dicha documentación o, en su caso, de la citada declaración responsable.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de las licitadoras.
Los sobres 2 y 3 se abrirán siempre en la fecha en que se haya anunciado, en un mismo acto previamente convocado y tendrá carácter público pudiendo asistir las empresas licitadoras. El orden de apertura será siempre en primer lugar el sobre 2 (referencia técnicas) y posteriormente, y después de haberse valorado las referencias técnicas, se procederá, y no antes, a la apertura del sobre 3 (propuesta económica).
La incorrecta inclusión de la documentación sobre los criterios de valoración de las proposiciones/ofertas en los sobres estipulados, incumpliendo lo previsto, afectando al procedimiento de selección de los licitadores y en particular al principio de igualdad de trato entre los candidatos, al permitir conocer la información con respeto a uno de ellos en un momento procedimental inadecuado, motivará el rechazo por la Mesa de Contratación,
2.5.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
2.5.1.- Criterios de valoración.
2.5.1.1 Valoración Técnica.
En primer lugar se destaca que son de obligado cumplimiento las prescripciones que establezca el PPTP del contrato. Las ofertas que no cumplan esta condición serán desestimadas.
Se valorarán cada uno de los aspectos que se citan a continuación, por lo que la valoración técnica total será entre cero (0) y cien (100) puntos.
1º) Calidad del Estudio del proyecto y cumplimiento de las prescripciones del PPTP. 2º) Medidas para garantizar la calidad.
3º) Plazo ofertado y programación de la obra
Cada uno de estos criterios se valorará de la siguiente forma:
2.5.1.1.1 Calidad del Estudio del proyecto y cumplimiento de las prescripciones del PPTP
En particular se valorará lo siguiente:
Nivel de cumplimiento del PPTP y adecuación de las alternativas y propuestas, en su caso, permitidas o impuestas por el mismo, lo cual se evaluará desde el punto de vista técnico. En el PPTP se indican las prescripciones, las alternativas, las propuestas, permitidas o impuestas que se considerarán para esta evaluación (tales como procedencia de materiales, su calidad ( anejo nº9), garantía de suministros (anejo nº10), desvíos provisionales de tráfico, prescripciones o mejoras en la seguridad y salud laboral , identificación de servicios afectados, y la previsión por parte del licitador de organizar la obra para evitar que afecte al camino crítico de la programación y evitar ralentizaciones o paralizaciones parciales de la obra, innovaciones tecnológicas, de control y de comunicación, etc). Desde el punto de vista económico el Contratista habrá incluido en su presupuesto el cumplimiento de tales prescripciones. | 20,00 |
Justificación de la metodología indicada para la ejecución de los trabajos y su coherencia | 10,00 |
Conocimiento del terreno donde será ejecutada la obra y de otros condicionantes externos | 10,00 |
Estudio de los documentos de Memoria, Planos y Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx ,Mediciones. Detección de errores u omisiones en los documentos del proyecto. | 10,00 |
TOTAL PUNTUACIÓN MÁXIMA | 50,00 |
El licitador en el – SOBRE 2 - deberá incluir una memoria y documentación derivada del conocimiento y estudio del proyecto, incluyendo la concepción global de la obra, una descripción de actividades complejas o importantes y de los procesos constructivos propuestos, análisis y presupuestos, posibles comprobaciones del terreno, estudio de las entradas a fincas colindantes y su afectación por las obras, estudio de los desvíos provisionales que proponga el Licitador de acuerdo a su proceso constructivo, definiendo las medidas de seguridad a aplicar, etc.
Salvo que el PPTP especifique otra cosa, se presentará análisis y documentación (memoria, planos, pliego de condiciones, mediciones, presupuesto, etc.) acerca de las posibles prescripciones técnicas que se demanden o señalen en el PPTP del presente Contrato, en relación con cualquier elemento de la obra ( cálculos nuevos , mediciones corregidas, etc) que pudiera resultar modificado conforme a aquellas, así como cualquier otra documentación que se demande en el mismo PPTP.
Todo ello será descrito en un máximo de 60 páginas para un tamaño de letra 10, al margen de la documentación complementaria que sea estrictamente necesaria.
2.5.1.1.2 Medidas para garantizar la calidad
Se valorará:
Plan de Autocontrol de la Calidad elaborado y valorado según las recomendaciones o modelo de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para obras hidráulicas, incluyendo propuesta de Laboratorio homologado para la realización de los ensayos. El importe de este Plan es por cuenta del contratista. | 5,00 |
Plan de Control de Calidad de materiales de Recepción, elaborado y valorado según las recomendaciones o modelo de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para obras hidráulicas, que será como mínimo el detallado en el anejo del proyecto,incluyendo propuesta de Laboratorio homologado para la realización de los ensayos que ha de ser diferente al elegido para el Autocontrol. Se deberá indicar la valoración al alza de este capítulo con respecto al del proyecto , siendo este importe al alza por cuenta del contratista | 20,00 |
TOTAL PUNTUACIÓN MÁXIMA | 25,00 |
El licitador, en lo relativo al Control de Calidad de Materiales y Equipos (CCM), deberá incluir en su oferta, como mínimo, un Plan de Control de Calidad de Producción (Autocontrol), elaborado siguiendo las Recomendaciones para la Redacción de Planes de Control de Calidad de Materiales de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para obras hidráulicas, disponible para los licitadores, en la página web de la Agencia de Obra Pública de Andalucía, en la ruta
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.xxx? alias=descarga&t=6&idsejpf=area_tecnica\Calidad\Control_de_calidad_de_materiales\Recomendaciones_redaccion_planes_control
\obras_hidraulicas\Obra_Civil
En el archivo Plan autocontrol obras hidráulicas.xls y cuadro de precios obras hidráulicas diciembre 2002.xls El laboratorio que ejecute los trabajos de Autocontrol deberá estar acreditado conforme a lo dispuesto en el
Decreto 13/1988, de 27 de Enero, el Decreto 21/2004, de 3 de Febrero, Orden, de 15 xx Xxxxx de 1989 y Orden de 18 de febrero de 2004, ambas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Deberá indicarse expresamente el laboratorio que ejecutará los trabajos, aportando compromiso de colaboración y acreditación específica y adecuada para la obra.
El anejo a la memoria del proyecto contiene un Plan de Control de la Calidad de Materiales de Recepción, este Plan es de contenido mínimo, el licitador sobre la base del Plan de Control de la Calidad de Materiales del proyecto, elaborará un Plan de Control de la Calidad de Materiales de Recepción aumentando o manteniendo las cantidades a ensayar siguiendo el modelo del proyecto, de acuerdo con las recomendaciones de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía para obras hidráulicas, disponible para los licitadores, en la página web de la Agencia de Obra Pública de Andalucía, en la ruta
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx.xxx? alias=descarga&t=6&idsejpf=area_tecnica\Calidad\Control_de_calidad_de_materiales\Recomendaciones_redaccion_planes_control
\obras_hidraulicas\Obra_Civil
En el archivo Plan recepción obras hidráulicas.xls y cuadro de precios obras hidráulicas diciembre 2002.xls
El resultado será un nuevo Plan con igual o mayor importe que el de proyecto, el cual se reflejará indicándose el porcentaje al alza con respecto la solución del proyecto en términos del Presupuesto de Ejecución Material del capítulo de Control de la Calidad, siendo el importe de exceso del Plan de Calidad de Materiales de Recepción propuesto por el licitador sobre el importe del Proyecto por cuenta del contratista.
El licitador propondrá un laboratorio de contraste para realizar los trabajos de Recepción que, de igual modo ,deberá estar acreditado conforme a lo dispuesto en el Decreto 13/1988, de 27 de Enero, el Decreto 21/2004, de 3 de Febrero, Orden, de 15 xx Xxxxx de 1989 y Orden de 18 de febrero de 2004, ambas de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía. Deberá indicarse expresamente el laboratorio que ejecutará los trabajos, aportando compromiso de colaboración y acreditación específica y adecuada para la obra; y ser diferente al designado para el Autocontrol. El Laboratorio propuesto por el contratista se pondrá a disposición de la Dirección de Obra para la realización del plan de ensayos propuesto.
Las ofertas que presenten el plan de Autocontrol y/o el Plan de Control de Calidad más ventajosa obtendrán la puntuación máxima. Siendo la oferta más ventajosa la de la oferta de mayor importe obtenida como resultado de las mediciones de ensayos según las recomendaciones de los archivos citados Plan autocontrol obras hidráulicas.xls y Plan recepción obras hidráulicas.xls multiplicadas por los precios indicados en el archivo cuadro de precios obras hidráulicas diciembre 2002.xls. Siempre tomándose como base de mediciones mínimas las del proyecto en su correspondiente anejo de Control de Calidad.
La puntuación de las restantes ofertas que cumplan las recomendaciones expuestas , se obtendrán : Puntos Oferta Autocontrol = 5*( Importe Autocontrol Ofertado/Importe Autocontrol Puntuación máxima.)
Puntos Oferta Recepción Materiales = 20*( Importe Recepción Materiales Ofertado/Importe Recepción Materiales Puntuación máxima.)
Las ofertas que no cumplan las recomendaciones citadas se calificarán con cero puntos
2.5.1.1.3 Plazo ofertado y programación de la obra
Se valorará
-Racionalidad y justificación del programa conforme a la asignación de recursos a la ejecución de las distintas actividades de la programación y la obtención de los rendimientos correspondientes (rendimientos ofertados, Anejo nº13) - Valoración económica y nivel de detalle de las actividades del programa, de forma que quede relacionada su ejecución en el tiempo con la ejecución presupuestaria correspondiente. -Plazo propiamente dicho. Se valorará positivamente la disminución del plazo ofertado, fundamentalmente si la obra supone riesgo de accidentes a terceros y molestias al público, o si se indica en el PPTP, siempre que no sea una expresión voluntarista sin justificación, en cuyo caso se penalizará, y que se razone de forma concisa y clara su viabilidad en relación con la programación propuesta y los medios utilizados. -Presentación de relación planificada de medidas para la ejecutabilidad de la obra en épocas de lluvias | 25,00 |
TOTAL PUNTUACIÓN MÁXIMA | 25,00 |
Se aportará un Estudio de Programación de la obra, cuya finalidad es la de probar la viabilidad de ejecución de la obra en el plazo ofertado, coherentemente con los medios personales y materiales propuestos.
Se destaca la importancia que puede tener el concepto plazo en aquellas obras que supongan molestias de consideración a terceros y sobre todo riesgo de accidentes.
El estudio contendrá al menos lo siguiente
b1) Plazo: Se indicará el plazo total ofertado en días , según calendario estándar (una semana laboral de lunes a viernes, diez fiestas nacionales, dos fiestas autonómicas y dos fiestas locales), coincidente con lo expresado en los apartados b2) y b3) (ANEJO 8).
b2) Expresión gráfica del programa de trabajos (diagrama xx xxxxxx), Su desglose mínimo será el del proyecto base de licitación, contemplando aquellas actividades previas y/o auxiliares (tales como pruebas, remates,...).
Se tendrán en consideración una relación de medidas, debidamente planificadas, para la ejecutabilidad de la obra en época de lluvias e invernal (tales como medidas para permitir y mantener la accesibilidad a los tajos de obra en los casos en que esta pueda ser problemática por razón de las lluvias; drenajes definitivos o provisionales; desvío de aguas de escorrentía, ya por razón de viabilizar la ejecución o de impedir la degradación de calidad de la obra; condiciones consideradas en la programación y posible disposición de medios adicionales, a fin de que ciertos elementos de las obras excavaciones, terraplenes, pavimentos, zanjas tuberías,balsas,etc- sean adelantados o retrasados a épocas de baja pluviometría; protecciones ante las lluvias o heladas de determinados tajos). La posible repercusión económica de estas medidas se entenderá incluida
en los precios de la obra.
b3) Justificación del programa de trabajos:
a) Memoria breve y concisa con objeto de aclarar y justificar el plazo ofertado. Si fuere necesario podrán describirse los movimientos estratégicos de equipos en actividades principales, secuencias constructivas singulares, rendimientos puntuales de unidades muy significativas, problemática del camino crítico previsto, circunstancias específicas que durante el proceso constructivo previsiblemente puedan incidir en el desarrollo de los trabajos (reposición de servicios afectados, entradas a fincas, arqueología, desvíos de tráfico, etc)
Todo ello será descrito en un máximo de 30 páginas para un tamaño de letra 10 , al margen de la documentación complementaria que sea estrictamente necesaria.
b) Cuadro de rendimientos, asignación y distribución de equipos (maquinaria y personal no técnico) por capítulos / actividades, según Xxxxx 13, y que deberá adjuntarse debidamente conformado en la oferta.
El calendario estándar para la programación ofertada contemplará, salvo indicación en contrario por especiales características de la obra, una semana laboral de lunes a viernes, diez fiestas nacionales, dos fiestas autonómicas y dos fiestas locales.
El licitador que resulte adjudicatario habrá de realizar, cualquiera que sea el presupuesto de la obra, el programa contractual de detalle, conforme al ofertado, adaptándolo a las condiciones previstas para el contrato según la cláusula 5.3 de Ejecución del Contrato del presente Xxxxxx . Igualmente la empresa aportará la siguiente información de medios, que se compromete a aportar a la obra:
a1) Equipos y Medios personales tales como Jefe de Obra, Jefe de Producción, Encargados, Maquinistas. Dicho personal será exigido por la Comunidad de Regantes en la obra con la dedicación propuesta, en la forma indicada en el Cuadro del Anejo 15. Cualquier sustitución de este personal que se precise realizar con posterioridad a la presentación de la oferta, deberá ser propuesta por el adjudicatario y aceptada por la Comunidad de Regantes.
El licitador que resulte adjudicatario, habrá de presentar las acreditaciones de títulos profesionales u otros certificados de formación y experiencia.
Cuando se prevea la intervención de personal extranjero, se acompañará, además, la documentación acreditativa de la autorización para trabajar en España con arreglo a las disposiciones vigentes.
a2) En relación con los equipos, instalaciones de producción, maquinaria, etc., se presentará un cuadro de características en la forma indicada en el Anejo 14, con la documentación anexa que se cita.
En el caso de que así se exija en el Anejo 1, los licitadores deberán indicar en la oferta la parte de contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización.
La Puntuación máxima de 25 puntos, la obtendrá la oferta resultante del Plazo medio en días de las ofertas que cumplan los requisitos señalados en este apartado de programación de las obras , multiplicado por 0,9.
Siendo el plazo medio la suma de todos los plazos en días que cumplan los requisitos señalados en este apartado divido por el número de ofertas que cumplan los requisitos.
La puntuación de las ofertas de plazo en días superior a 0,9*Plazo medio, se obtendrá de la siguiente manera: Puntuación Plazo= 25* Plazo de máx. Puntuación(días)/Plazo ofertado(días).
La puntuación de las ofertas de plazo en días inferior a 0,9*Plazo medio, se obtendrá de la siguiente manera: Puntuación Plazo= 25* Plazo ofertado(días)/Plazo de máx. Puntuación(días)
La puntuación de las ofertas que sean inferiores en días a 0,8* Plazo Medio (días) se calificarán con cero puntos.
La ofertas que no cumplan algún requisito de los detallados en los apartados y subapartados anteriores b1); b2); b3); b); a1) y a2) se calificarán con cero puntos y no se contabilizarán para determinar el plazo medio.
RESUMEN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
ASPECTOS PUNTOS MAX.
1. Calidad del Estudio del proyecto y cumplimiento de las prescripciones del PPTP | 50,00 |
2. Medidas para garantizar la calidad del resultado a obtener | 25,00 |
3. Plazo ofertado y programación de las obras | 25,00 |
TOTAL | 100,00 |
2.5.1.2 Valoración económica.
Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas, correspondientes a las proposiciones que han sido admitidas, se procederá de forma que a la oferta económica que sea de menor importe se le asignarán cien (100) puntos. Las restantes ofertas económicas se evaluarán con la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:
100 * ( Importe P.B.L-Precio de la Oferta Valorada)
Puntuación de la Oferta=
( Importe P.B.L-Precio de la Oferta más económica)
A estos efectos se considera la “oferta más económica” a la oferta más baja de las presentadas no incursa definitivamente en temeridad por su bajo importe, una vez aplicados los criterios establecidos en el punto
2.5.1.4 y P.B.L = Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido)
Es decir la valoración de la oferta económica sigue la ecuación de una recta de valor 100 puntos para la más económica admitida y cero puntos la correspondiente al P.B.L
La ofertas superiores al P.B.L serán rechazadas.
2.5.1.3 Valoración global de las ofertas
El método a seguir para determinar la oferta más ventajosa será el siguiente:
a) Las ofertas admitidas administrativa y técnicamente quedarán encuadradas en dos intervalos:
Calidad técnica inadecuada: puntuación inferior a 25 puntos.
Calidad técnica adecuada: puntuación de 25 o superior.
b) Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inadecuada no serán tomadas en consideración para el cálculo de las ofertas anormalmente bajas ni para la determinación de la oferta más ventajosa, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el intervalo de calidad técnica adecuada, se procederá a declarar desierta la licitación, al no haber concurrido al mismo ofertas de calidad técnica suficientemente cualificadas.
En el punto c) que sigue no se hace referencia a las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica inadecuada ni a las calificadas definitivamente como anormalmente bajas, que no son ya tomadas en consideración.
c) La puntuación global de las ofertas encuadradas en el intervalo de calidad técnica adecuada se calculará con arreglo a la siguiente fórmula:
Puntuación global de las ofertas = 0,3 PT + 0,7 PE (%mínimo)
A los únicos efectos establecidos en este apartado c), y en particular de formulación de la puntuación global de las ofertas, la puntuación técnica (PT) de la oferta de “calidad técnica adecuada” se multiplicará por 0,3 y la puntuación económica (PE) de la oferta de “calidad técnica adecuada”por 0,7 (como mínimo).
Las Comunidades de Regantes tienen la posibilidad de aumentar el peso de la PE en la puntuación global, en cuyo caso, disminuirá el peso del PT en la misma proporción.
La propuesta efectuada no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Comunidad de Regantes mientras no se le haya adjudicado el contrato por acuerdo del órgano de Contratación.
En caso de empate entre dos o más ofertas prevalecerá el siguiente orden , quedará en primer lugar la de mayor puntuación económica, si persistiese el empate la de mejor puntuación en el criterio del plazo (2.5.1.1.3), si aún continuase el empate la de mejor puntuación en el criterio de medidas para garantizar la calidad ( 2.5.1.1.2) y por último si siguiese la igualdad el criterio de estudio del proyecto ( 2.5.1.1.1).
2.5.1.4 Criterios objetivos para determinar que una proposición sea considerada anormal o desproporcionada
Siendo:
bajo importe
Ofi: Importe de la oferta económica de la empresa i
PR: Presupuesto de Referencia, calculada como se indica a continuación.
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su
aquellas que cumplan que:
Ofi ≤ 0,94 * PR
que cinco (5):
Cálculo de Presupuesto de Referencia PR:
a) Para un número N de ofertas económicas “contemplables” mayor o igual
N
PR=
∑ Ofi
i=1
N
, es decir la media aritmética
(4):
bajo importe:
b) Para un número N de ofertas económicas "contemplables" igual a cuatro
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su
aquellas que cumplan que:
Ofi ≤ 0,9 * PR . No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a PR en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva PR sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo, caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva PR se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía .
c) Para un número N de ofertas económicas "contemplables" igual a tres (3):
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe: aquellas que cumplan que:
Ofi ≤ 0,9 * PR . No obstante, se excluirá para el cómputo del PR la oferta de cuantía más elevada cuando sea
superior en más de 10 unidades porcentuales al PR. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales
d) Para un número N de ofertas económicas "contemplables" igual a dos (2):
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe: aquellas que cumplan que:
Sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
e) Para un número N de ofertas económicas "contemplables" igual a una (1):
Se entenderán, como ofertas incursas en presunción de anormalidad por su bajo importe: aquellas que cumplan que:
Sea inferior en más de 25 unidades porcentuales al P.B.L
Se denominan ofertas económicas “contemplables”, a las ofertas admitidas administrativa y técnicamente.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de anormalidad por su bajo importe en relación con la prestación, se recabará la información necesaria para que el órgano de Contratación pueda estar en disposición de determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello debe ser tomada en consideración para adjudicar la obra.
Para ello, se solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica y sus justificaciones. El licitador dispondrá de un plazo máximo de cinco (5) días naturales, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar sus justificaciones también por escrito.
Si transcurrido este plazo no se hubieran recibido dichas justificaciones, se considerará que la proposición no podrá ser cumplida y, por tanto, la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de selección.
Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, se decidirá, o bien la aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha oferta. El mencionado posible rechazo, en ningún caso tendrá efectos sobre los cálculos ya realizados del valor de la baja de referencia.
Admitidas las justificaciones por el órgano de Contratación, se procederá a evaluar las ofertas económicas de todos los licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas (hayan estado o no incursas inicialmente en presunción de anormalidad por su bajo importe) en la forma descrita con anterioridad.
Se entiende por empresas pertenecientes a un mismo grupo, las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
2.6.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, ( si su baja difiere en mas de un 6% de la media de las bajas) deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado, para que en el plazo de cinco días justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. De esta audiencia deberá quedar constancia y su resultado deberá ser comunicado electrónicamente a todas las empresas licitadoras
Una vez justificada por el licitador, la Comunidad valorará esta justificación y aceptará la misma o la rechazará mediante informe técnico motivado.
2.7.- ADJUDICACIÓN.
Una vez analizada toda la documentación y tras la apertura del sobre 3 (proposición económica) en el mismo acto se determinarán los puntos económicos obtenidos por cada empresa, procediéndose a la adjudicación del contrato a la empresa que en su conjunto haya obtenido mayor puntuación. En caso de empate se adjudicará a la empresa que haya licitado el menor importe según lo mencionado en el apartado 2.5.1.3.
En caso de que existan bajas desproporcionadas, se pedirá la justificación de las mismas y en caso de ser admitidas se puntuarán económicamente con la misma puntuación económica obtenida por la licitación mas ventajosa que no haya sido considerada desproporcionada, independientemente de la cantidad ofertada por el licitador.
No se admitirán ofertas por importe superior al de licitación, la Comunidad adjudicará, definitivamente, el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la apertura del sobre 3 o a la finalización del plazo de subsanación en caso de bajas desproporcionadas.. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada y será notificada directamente a la adjudicataria y a las restantes licitadoras y, simultáneamente, se mandará para su publicación anuncio al BOJA. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En todo caso, en dicha notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
3.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
3.1.- DOCUMENTACIÓN.
Antes de la formalización del contrato, en el caso de que la adjudicataria sea una unión temporal, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
El contrato se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede de la Comunidad. La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante.
El contrato se formalizará en documento que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación a las licitadoras o candidatas,
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
Cuando por causas imputables a la adjudicataria no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Comunidad podrá acordar la incautación sobre la garantía provisional del importe indicado en el Anexo 1,
Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por la adjudicataria el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos integrantes del contrato.
3.2.- GARANTÍA DEFINITIVA.
La Comunidad podrá exigir al adjudicatario la constitución de una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta garantía estará a disposición de la Comunidad y servirá para asegurar el cumplimiento del contrato en tiempo y forma. Cuando así se prevea, la garantía que eventualmente deba prestarse podrá constituirse mediante retención en el precio en la forma y condiciones previstas.
La adjudicataria podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, podrá exigirse el reajuste de la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique a la empresa el acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado en el Anexo 1 y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto este sin culpa de la contratista.
3.3.- DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, el correspondiente documento de formalización del contrato según modelo que se acompaña como Anexo 9, que es parte inseparable de este Pliego, cuyo cumplimiento es obligatorio.
La Memoria del Proyecto, , y los Planos, el Pliego de Prescripciones Técnicas y los Cuadros de Precios del Proyecto revestirán carácter contractual, por lo que deberán ser firmados en prueba de conformidad por el adjudicatario en el acto mismo de la formalización del contrato.
3.4.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza privada, aunque por las características del fondo FEADER que lo financia, deben respetarse los principios establecidos por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, particularmente los referidos a publicidad, transparencia y moderación de costes
El contrato se ajustará al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del contrato. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
4.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
4.1.- OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES.
El personal adscrito al contratista para la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con la Comunidad, dependiendo exclusivamente del adjudicatario, quien tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresa respecto del mismo.
La contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud laboral por lo que vendrá obligada a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
Asimismo estará obligada a observar el cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas por su carácter de empresa empleadora, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquella, o entre sus subcontratistas y las personas trabajadoras de una y otra, sin que pueda repercutir contra la Comunidad ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los organismos competentes.
En cualquier caso, la empresa contratista, indemnizará a la Comunidad de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
4.2.- CUMPLIMIENTO DEL PLAZO Y PENALIDADES POR XXXX.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización, así como de los plazos parciales señalados.
La constitución en xxxx por la empresa contratista no precisará intimación previa por parte de la Comunidad. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por la Comunidad.
Si llegado al término de cualquiera de los plazos parciales o del final, el adjudicatario hubiera incurrido en demora por causas imputables al mismo, la Comunidad podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo. Las penalidades tendrán la cuantía de ... EUROS POR DÍA hábil si no se cumplen los plazos parciales y total.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Comunidad, por daños y perjuicios originados por la demora de la empresa contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista y éste se ofreciera a cumplir sus compromisos dándole prórroga del tiempo que se le había señalado, se concederá por la Administración un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no se que el contratista pidiese otro menor.
Se podrá incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato . Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
Para la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al adjudicatario.
4.3.- OBTENCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE PERMISOS.
El adjudicatario queda obligado a la obtención, a su xxxxx, de los permisos relativos a pasos de carreteras y caminos, así como los relacionados con la electrificación de las obras, incluidos y presupuestados en el proyecto de la obra objeto de la licitación. La licencia de obra será abonada por la Comunidad de Regantes y no forma parte de las obligaciones del contratista.
4.4.- SEÑALIZACIÓN DE LAS OBRAS.
Los costes de las actuaciones de señalización se consideran incluidos en los gastos generales del proyecto de obra licitado y por consiguiente en la oferta económica presentada. Así mismo se consideran incluidos los costes de las obras que sean necesarias para la correcta colocación de dicha señalización.
4.5.- SEGURO VIGENTE DURANTE LAS OBRAS.
El adjudicatario, además de cuantos otros seguros sean obligatorios para el desarrollo de su actividad, está obligado a concertar a su xxxxx, antes del inicio de las obras y con plazo hasta un año después de la fecha de recepción de las mismas, un seguro contra incendios de las obras, por el importe de su presupuesto de adjudicación, debiendo figurar como beneficiario, en caso de siniestro, la Comunidad.
Igualmente deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, tanto a personas como a cosas, así como por daños producidos a la Comunidad, o al personal dependiente de la misma durante la vigencia del contrato.
5.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
5.1.- DIRECCIÓN DE LAS OBRAS.
La Dirección Facultativa de la Obra podrá ser desarrollada directamente por los servicios técnicos de la Comunidad o por el personal técnico por ella contratado. Será responsable de que estas se lleven a cabo con estricta sujeción al proyecto aprobado y que las mismas se realicen dentro de los plazos establecidos.
Incumbe a la Comunidad, a través de la persona responsable del contrato, ejercer de manera continuada y directa, la coordinación, supervisión, control y seguimiento del contrato.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la dirección inmediata de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obras que ejecute conforme a las instrucciones -de obligado cumplimiento dadas por la Comunidad a través del facultativo designado para la Dirección Facultativa de la Obra.
5.2.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO.
Se procederá a efectuar la comprobación del replanteo en el plazo máximo de un mes desde la formalización del contrato, autorizándose, en su caso, el inicio de las obras.
5.3.- PROGRAMA DE TRABAJOS.
El adjudicatario estará obligado a presentar a la Comunidad un programa de trabajo, que se ajustará al modelo proporcionado por la Comunidad, en el plazo de treinta días, contados desde la formalización del contrato. En el programa de trabajo se incluirán analógicamente los datos exigidos en el artículo 144.3 del RGLCAP.
La Comunidad resolverá sobre el programa de trabajo en el plazo máximo de los 15 días siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato.
5.4.- REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede.
5.5.- MODIFICACIONES.
En caso de que por causas justificadas análogas a las previstas para el caso de contratos públicos, deba procederse a la modificación del contrato, esta modificación deberá se aprobada por la Comunidad de Regantes y aceptada por la Administración concedente de la Ayuda.
5.6.- SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS.
Si la Comunidad acordase la suspensión temporal total de las obras, por causas imputables a ella misma y por un periodo de tiempo que no dé derecho al adjudicatario a solicitar la resolución del contrato, de forma análoga a lo previsto en los apartados a), b) y c) del artículo 237 del TRLCSP, procederá el abono al contratista de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por este. Igualmente procederá dicho abono en el caso de que dándose las circunstancias análogas a las establecidas en los citados apartados del artículo 237 del TRLCSP para la resolución del contrato, la adjudicataria no la solicitase.
En el caso de que la suspensión acordada fuese temporal parcial, es decir, afectase solo a una parte de las obras en ejecución, se calculará el porcentaje que suponen las obras paralizadas respecto del total contempladas en el proyecto aprobado y se aplicará este porcentaje para determinar el tope máximo de la indemnización.
En caso de suspensión temporal parcial, deberá determinarse por la Comunidad, previa audiencia del contratista, su incidencia sobre el plazo total, a los efectos de la concesión de la prórroga que proceda.
5.7.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.
La ejecución del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, con los límites y responsabilidades análogos a los establecidos en el artículo 230 del TRLCSP.
5.8.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS.
Para la recepción de las obras a su terminación se levantará acta que deberá ser suscrita por un representante de la empresa adjudicataria, un representante designado por el Órgano de Contratación y el facultativo encargado de la direccion de las obras.
6.- PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en el Anexo 1 y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. Durante este período, el adjudicatario contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan.
7.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extingue por cumplimiento o por resolución.
El contrato se extingue por el cumplimiento por parte de la empresa contratista de la totalidad de la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en el mismo.
Son causas de resolución del contrato las análogas a las previstas para contratos del sector público en los artículos 223 y 237 del TRLCSP. Cuando ésta causas no sean responsabilidad del contratista, la Comunidad deberá indemnizarlo, y en caso de que la responsabilidad sea del contratista, deberá indemnizar a la Comunidad por los daños y perjuicios ocasionados, con los demás efectos que procedan conforme a la normativa aplicable. El importe de la garantía responderá de todo ello, en cuanto alcance, y sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del adjudicatario en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
En........a....de de 201X.
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD: Fdo.:.............................................…
Anexo Nº 1
OBJETO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
1.- Definición del Contrato
OBJETO | PROYECTO: | |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | Comunidad de Regantes ….......... | |
Perfil del contratante | Página web de la comunidad de Regantes | |
Correo electrónico |
2.- Presupuesto de licitación
IVA excluido | € | IVA | € | TOTAL | € |
3.- Garantías
3.1. Provisional | € | 2% del presupuesto del contrato, excluido el I.V.A. |
3.2. Definitiva | 5% del importe de adjudicación, excluido I.V.A. |
4.- Plazo de ejecución
PLAZO TOTAL:
5.- Plazo de garantía.
Dos (2) años
6.- Revisión de Xxxxxxx.
No procede.
7.- Clasificación de los licitadores.
Grupo | Subgrupo | Categoría | |||
Grupo | Subgrupo | Categoría | |||
Grupo | Subgrupo | Categoría |
8.- Delegado y Personal Facultativo
Titulados Universitarios Competentes
9.- Posibilidad de subcontratación
SI | Porcentaje máximo | (el máximo son 60%) | NO |
Anexo Nº 2
DECLARACIÓN DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN EN UNIÓN TEMPORAL
Xx./D. …......................................., mayor de edad y con NIF núm. …...…......................, en nombre
propio o en representación de la empresa ......................................................., con domicilio social en ..................................... y NIF nº.................., en calidad de …..............................(1), bajo su personal
responsabilidad.
Xx./D. ….................................., mayor de edad y con NIF núm. ….............................., en nombre
propio o en representación de la empresa ......................................................., con domicilio social en ...................................., y NIF nº ................... en calidad de …........................... (1), bajo su personal
responsabilidad.
Se comprometen a constituir una unión temporal de empresas, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, a efectos de participar en la licitación para la contratación del expediente ….................................
En el caso de resultar adjudicatarias se comprometen a formalizar en escritura pública la citada unión.
La participación en la unión temporal de cada miembro es la que sigue:
Empresa | % de participación |
Como persona representante de la citada unión se nombra a …...............................................
(Lugar, fecha, firma) (FIRMA DE CADA MIEMBRO DE LA UTE).
Anexo Nº 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Xx./D.
con residencia en provincia xx
xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad nº en nombre, propio o de la empresa
que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:
DECLARA
- Tener plena capacidad de obrar y no estar incursa en las prohibiciones para contratar
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social.
- En el supuesto de exigirse, declara igualmente la vigencia del Certificado de Clasificación, así como las de las circunstancias que sirvieron de base para su otorgamiento.
- No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal.
(Lugar, fecha y firma)
Anexo Nº 4
MODELO DE AVAL (Original)
La entidad …..................................... (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF ....................., con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la C
…................................................. , y en su nombre (nombre y apellidos de
los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de …........................., Dº .........................., con fecha y
protocolo nº …...................., y que afirma encontrarse íntegramente subsistente, AVALA a la:
….................................................. (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF ,
ante la Comunidad de Regantes …............................., por importe de ….................................(en letra y en cifra), a efectos de garantizar el exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que resulten como consecuencia de la participación, y posible adjudicación, del concurso de ejecución de obra de construcción del Proyecto “. ”.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo
56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Comunidad de Regantes, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.
El aval estará en vigor hasta el plazo de vigencia de la oferta o hasta la formalización del contrato definitivo, en el caso de que el avalado fuese el adjudicatario.
El presente aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número …...............................
(Lugar y fecha) (razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
Anexo Nº 5
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (Original)
Certificado número …...................
La Entidad ….......................... (en adelante, asegurador), con domicilio en , y
NIF ….................., debidamente representado por Dº , con poderes suficientes para
obligarle en este acto, según resulta de la escritura de poder otorgada ante el Notario de ,
Dº.........................., con fecha …........................ y protocolo nº ,
ASEGURA A la …................................., NIF , en concepto de tomador del seguro, ante la
Comunidad de Regantes …....................................., en adelante asegurado, hasta el importe de
…..................................... (en letras y en cifras) , en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de obra de construcción del Proyecto “...................................................”, en concepto de garantía provisional, para responder de las obligaciones, penalidades y demás
gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Comunidad de Regantes , en los términos
establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta el plazo de vigencia de la oferta o hasta la formalización del contrato definitivo en el caso de que el avalado fuese el adjudicatario.
Lugar y fecha
Firma: Asegurador.
Anexo 6
RELACIÓN DE EMPRESAS PERTENECIENTES AL MISMO GRUPO
Xx./D ..............................................
con residencia en ….............................
provincia de ….......................................
calle ........................................................................., nº …......
según DNI Nº ….......................................
en nombre, propio o de la empresa que representa …...............................................
DECLARA
Que la empresa a la que representa: (marcar lo que proceda)
a) No pertenece a ningún grupo de empresas.
b) Pertenece al grupo de empresas denominado: ....................
En este último caso, deberá indicar:
No concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio
Concurren a la licitación otras empresas del Grupo que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. (indicar nombre de las otras empresas)
(Lugar, fecha y firma)
Anexo Nº 7
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE CORREO ELECTRÓNICO
Xx./D. .………………………………………….....…………………..…… con Documento Nacional de Identidad nº …………………….. actuando en nombre de la empresa ……………………………………………………… de la que actúa en calidad de (persona administradora única, solidaria o mancomunada o
persona apoderada solidaria o mancomunada) según Escritura de constitución/poder/elevación a público de acuerdos sociales, Nº de protocolo ……….………..….... otorgado por …………………………........………….., con fecha …………………………… en la ciudad de ………………………
Declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano de contratación:
Que consiente que todas las notificaciones derivadas del presente procedimiento de contratación sean realizadas a través de la dirección de correo electrónico y/o del número de fax indicados a continuación:
Correo electrónico: ………………………………………………
Fax: ………………………………………………
(Lugar, fecha y firma)
Anexo Nº 8
MODELO DE PROPUESTA ECONÓMICA
D. .........................................................................................., con DNI nº , domiciliado en
.........................., provincia de ............................, calle , nº
.................., actuando en nombre (propio) (o de la Empresa que representa)
..................................................................................................................., con NI. nº ,
domicilio fiscal en ......................, provincia de .........................., calle ....................................................., nº
..............., enterado del anuncio publicado en la página ………..del B.O.J.A. nº ……… día de
....................... de 2017, conociendo el correspondiente Proyecto técnico y enterado de las condiciones y requisitos que se exigen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación de las obras de "PROYECTO: ...................................", promovidas por la Comunidad de Regantes “ ”,
se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de .................................... LETRA, IVA excluido (…........................
NUMERO) EUROS.
El licitador hace constar que el valor de la oferta incluye el importe de gastos generales y beneficio industrial estando excluidos el correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, de conformidad con lo señalado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato.
A esta cantidad le corresponde un IVA de Euros.
......................................, ............ de de 201X.
( lugar, fecha y firma del proponente)
Anexo Nº 9
CALIDAD DE LOS MATERIALES OFERTADOS
La Empresa se compromete fehacientemente, caso de ser adjudicataria a utilizar, para las
distintas unidades de obra que componen el Proyecto, y se relacionan en cuadro adjunto las siguientes marcas. Las marcas ofertadas cumplirán la normativa vigente correspondiente y poseerán Certificados de Calidad contrastada (AENOR o similares, etc.). Igualmente se acompañan los certificados de compromiso de suministro correspondientes a cada uno de ellos.
A continuación se relacionan las marcas ofertadas para las distintas partidas del proyecto que se contemplan en el presente pliego.
( Lugar, fecha y firma del proponente)
Anexo Nº 10
Razón Social Suministradora
Fecha: REF.
PRESUPUESTO: ….........................
CARTA COMPROMISO DE SUMINISTRO
Muy Sres. Nuestros:
Por el presente documento ambas Empresas se comprometen a: 1º- En caso de que la Empresa:
Licitadora
resulte adjudicataria de la obra:
Nombre y presupuesto del proyecto
La citada Empresa adjudicataria, pasará pedido a Razón Social suministradora, de los materiales de su fabricación, según presupuesto de referencia y fecha, en las condiciones expresadas en la misma.
2º- Razón Social Suministradora, así mismo se compromete a realizar el suministro de materiales relacionados en el presupuesto referenciado de acuerdo con las especificaciones de proyecto y condiciones de nuestra oferta.
3º- Así mismo se hace constar que Razón Social Suministradora, está en posesión de los Certificados de Registro de Empresa Aenor según Norma ISO 9.000 y Gestión Ambiental según Norma ISO 14.000.
4º- Para que conste a los efectos oportunos se firma el presente escrito por ambas Empresas.
Nombre y firma de la Empresa Licitadora Por Razón Social Suministradora
Se adjuntará listado de materiales objeto de la carta de compromiso.
Anexo Nº 11
MODELO DE CONTRATO DE EJECUCIÓN
En …...., a …...... de de 201X,
REUNIDOS
De una parte, D. ........................., en el ejercicio del cargo de Presidente y actuando en nombre y
representación de la Comunidad de Regantes “.............”, con NIF número ........... y domiciliada en , c/
.........., constituida mediante resolución de fecha e inscrita en el Registro del citado Organismo.
Y, de otra, D. ..........................., con DNI nº ........................, en el ejercicio del cargo de
..................... y actuando en nombre y representación de la empresa/Unión Temporal de Empresas
........................ con NIF nº .................. y domiciliada en , constituida mediante escritura pública
el día ............... e inscrita en , (identificada, en adelante, como el contratista).
Los comparecientes, cada uno con el carácter que interviene,
ACUERDAN
La celebración de un contrato de arrendamiento de obras que se atendrá a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Las obras a realizar por el contratista serán las incluidas en el proyecto denominado "............................................”, consistentes
en: ...................................................................................................................................................................
.........................................................................................................................................................................
........................................................................................................................................................................,
todo ello según proyecto técnico redactado por el ...................................
El contratista se compromete a ejecutarlas con estricta sujeción al Proyecto y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como con estricta observancia de las condiciones de los permisos y licencias ya obtenidos por la Comunidad o que sea preciso obtener por el contratista que, a todos los efectos, tienen carácter contractual desde la firma del presente contrato y que son conocidos el contratista, para lo cual este deberá aportar los materiales en la cantidad y calidad fijadas en ambos documentos y en su oferta técnica (según relación que firmada por ambas partes se incorpora al presente contrato como Anexo del mismo), así como la maquinaria y mano de obra necesarias para el cumplimiento del presente contrato.
El contratista declara conocer el emplazamiento donde se deberán realizar los trabajos y las condiciones en que deberá desarrollar los mismos, por lo que la Comunidad de Regantes no admitirá reclamación alguna de aquel motivada por una errónea o incompleta verificación del emplazamiento de la obra y las condiciones locales.
Si, durante la ejecución de una unidad de obra, se pusiera de manifiesto alguna alteración o modificación entre la descripción de la obra ejecutada y la prevista en el Proyecto y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la Comunidad de Regantes quedará facultada para exigir al contratista la realización, x xxxxx de este último, de los trabajos necesarios para cumplir las condiciones proyectadas, salvo que la alteración o modificación haya sido previa y expresamente autorizada por dicha Comunidad de Regantes.
Segunda.- El precio total que, por la ejecución de la obra, deberá pagar la Comunidad de Regantes al contratista será de ................................... (...............) EUROS, IVA incluido, que implica una baja del …. % respecto al presupuesto base de licitación que consta en el anuncio publicado en el ................ y pliego de Cláusulas Administrativas Particulares aceptado expresamente por el contratista. Este precio no será objeto de revisión durante la vigencia del presente contrato, de modo que si se produce alguna alteración o modificación en la obra a realizar que, previa y expresamente haya sido autorizada por la Comunidad de Regantes, ello no implicará nunca un aumento del precio a pagar por esta, salvo pacto expreso en contrario entre el dueño de la obra y el contratista.
Este precio global se abonará por pagos parciales, viniendo determinado cada uno de ellos por la certificación que, a tales efectos, expida el Director Facultativo de Obra nombrado por la Comunidad de Regantes, con la periodicidad definida en la oferta del contratista, sobre el trabajo ejecutado en el período a que se refiere dicha certificación, cuya valoración se determinará en función de las mediciones de la obra ejecutada y de los Cuadros de Precios del Proyecto, afectados por el coeficiente de adjudicación. Esta certificación no implicará aceptación ni aprobación de la obra.
Desde que por la Comunidad de Regantes sea aceptada cada certificación a que se hace referencia en el párrafo anterior, se pagará su importe dentro de los ….... días siguientes a esa aprobación. El contratista emitirá factura en los 10 primeros días del mes siguiente al período facturado, y será remitida en original y 2 copias al domicilio social de la Comunidad de Regantes. El pago de cada certificación se realizará mediante transferencia a días fecha desde la de emisión de la factura.
La demora en la obligación de pago del precio correspondiente a cada factura será sancionada con la obligación de abonar, además del principal, el interés legal del dinero vigente en el momento de su pago. Esta demora, sin embargo, no facultará al contratista para exigir la resolución del presente contrato al amparo de lo previsto en el artículo 1.124 del Código civil.
Tercera.- El plazo total y los plazos parciales para la realización de los trabajos del presente contrato serán los ofertados por el contratista en el concurso, es decir, (parcial) contados desde su iniciación para
………………. y meses, contados desde su iniciación, para finalizar las obras. No obstante ello, si por
causas ajenas a la voluntad de las partes, tales como fuerza mayor, etc., alguna de las unidades de obra no pudiera ejecutarse en el citado plazo, el cómputo del mismo se suspenderá -para esa sola unidad de obra-
hasta que las citadas causas se hubiesen superado; la demora prevista en este párrafo no dará a las partes derecho a indemnización o compensación de tipo alguno.
La Comunidad de Regantes se reserva la facultad de establecer la prioridad de las distintas unidades de obra y el plan de ejecución de las mismas, en virtud del Proyecto y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la oferta del contratista y las necesidades materiales de ejecución y entrada en servicio de las obras. También se reserva el derecho a contratar con terceros parte de los trabajos contemplados en el presente contrato, estimara que el contratista no puede cumplir los plazos previstos, o si así fuera administrativamente exigible, con la consecuente deducción de los costes que la nueva contratación lleva implícitos.
Cuarta.- Para responder del cumplimiento de este contrato, ha sido constituida una fianza definitiva por importe de ………………… (NUMERO) EUROS, mediante …………
El contratista asume toda la responsabilidad relacionada con la ejecución de la obra a realizar, así como con las obligaciones laborales, sociales, de seguridad social, administrativas, penales, fiscales y de cualquier otra índole que pudieran derivarse del presente contrato.
El contratista deberá suscribir, y mantenerse al corriente en el pago de sus respectivas primas, las correspondientes pólizas de seguros que se definen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, así como las adicionales que pudiera haber ofertado. En cualquier caso, el seguro de responsabilidad civil incluirá los daños que se pudieran producir, en caso de que se ejecutara en coincidencia con las obras objeto del presente contrato.
Quinta.- Queda prohibida la subcontratación en la ejecución de los trabajos que son objeto de este contrato, salvo que concurran simultáneamente las circunstancias siguientes:
1º.- Que el contratista carezca de los materiales y medios específicos para ejecutar trabajos que exijan cierta especialización.
2º.- Que la subcontratación sea expresamente autorizada por la Comunidad de Regantes.
3º.- Que no se exonere al contratista de sus obligaciones para con el presente contrato.
Sexta.- Si, finalizado el plazo de ejecución pactado, no fuese aceptado el trabajo por el Director Facultativo de la Obra, por causas imputables al contratista, éste realizará, a su cargo, dentro de los 30 días naturales siguientes a dicho rechazo, todo el trabajo de corrección de defectos, respondiendo frente a la Comunidad de Regantes por los daños y perjuicios que por tal motivo le hubiere ocasionado.
Séptima.- El contratista se compromete a permitir cuantas visitas de inspección realice el Técnico del Expediente designado a tal efecto por la Administración, para que pueda ejecutarse la obra y percibirse las ayudas públicas en los términos que fueren aprobados administrativamente.
Octava.- Este contrato se extinguirá, además de por su cumplimiento, y por las causas señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, por la causa de resolución prevista en el artículo 1594 del Código civil. En el supuesto de que el contratista no pueda ejecutar la obra por causa independiente de su voluntad, no podrá pedir la resolución prevista en el artículo 1595 del Código Civil, sino solamente celebrar una subcontratación en las condiciones previstas en la cláusula quinta anterior. Serán supuestos especiales de resolución:
El no dar comienzo el contratista los trabajos dentro del plazo de dos meses desde la notificación de la adjudicación, o de un mes desde la formalización del presente contrato.
La suspensión de las actuaciones, por causas imputables al contratista, durante más de dos meses después de comenzadas.
El retraso en la ejecución de las actuaciones en más de dos meses sobre los plazos ofertados por el contratista, sin perjuicio de lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Si de este retraso se derivase, además, la pérdida de las ayudas públicas a favor de la Comunidad, el contratista responderá de los daños y perjuicios causados.
La resolución del contrato por causas imputables al contratista implicará la liquidación de las actuaciones por parte de la Comunidad, que se obtendrá partiendo del importe de las obras realizadas. A esta liquidación se le deducirán las retenciones de certificaciones, las penalizaciones que procedieran por retraso en la ejecución de las obras y, en el plazo final de estas, las penalizaciones por falta de calidad y todos los gastos que por estos motivos se originen, así como las indemnizaciones a las que hubiese lugar por daños y perjuicios.
Novena.- El contratista se compromete a ejecutar las obras de manera que estas reúnan las condiciones necesarias para que cumplan las prescripciones de seguridad, salubridad y ornato público exigidas por la legislación vigente.
El plazo de garantía de las obras es de DOS AÑOS (o el ofertado por el contratista, si este fuera mayor), contados desde el día siguiente al de la recepción de las obras, sin exclusión de la responsabilidad.
Hasta el momento de la firma del correspondiente documento de recepción formal de las obras, el mantenimiento y conservación de las mismas será responsabilidad exclusiva del contratista; este tendrá obligación, en caso de avería grave que afectase al normal suministro de agua a los usuarios, de reparar en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas, y a su xxxxx, dicha avería. Transcurrido dicho plazo sin que ello se haya realizado, la Comunidad de Regantes podrá proceder a ejecutar la garantía en la parte correspondiente al importe estimado de la subsanación de la avería, a efectos de proceder a la contratación con terceros de los referidos trabajos.
Décima.- Son de cuenta del contratista los gastos derivados de los permisos relativos a pasos de carreteras y caminos, así como los relacionados con la electrificación de las obras, incluidos y presupuestados en el proyecto de la obra objeto de la licitación.
Undécima.- Este contrato de arrendamiento de obras se regirá por sus cláusulas y por las contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas que constituyeron la base del concurso y, en lo que en ellas no estuviese previsto, se atendrán las partes a las disposiciones que, respecto a este tipo de contrato, establecen el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y el Código civil.
Duodécima.- Para la resolución de cuantas discrepancias pudieran surgir en cuanto a la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente contrato, ambas partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, acuerdan someterse a los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo competentes por razón del territorio.
Formalizándose así este contrato, en cuyo contenido sus otorgantes se afirman y ratifican, lo firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.
Anexo Nº 12
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
Xx./D. …, con D.N.I. núm. …, en nombre y representación de … con CIF…
DECLARA
Que los documentos y datos presentados en el siguiente sobre (1) se consideran de carácter confidencial y son los que a continuación se relacionan:
(Lugar, fecha y firma)
(1) Indicar número de sobre, teniendo en cuenta que deberá presentarse, en su caso, una declaración por cada sobre.
Página
Fdo.: ................................ Fdo.:
.......................................
Presidente de la Comunidad. Administrador.
Anexo Nº 13
MODELO DE CÁLCULO DE DURACIONES BÁSICAS. CONFIGURACIÓN, ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE EQUIPOS
Anexo Nº 14
MODELO DE MAQUINARIA Y MEDIOS MATERIALES
Anexo Nº 15
MODELO DE RELACIÓN DE RECURSOS HUMANOS