NC 0004/2018)
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR EL CONTRATO PARA EL SERVICIO DE “GESTIÓN INTEGRAL DE LAS DEPURADORAS DEL CMC DE SOGAMA”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MULTICRITERIO, SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA Y DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADO
(NC 0004/2018)
febrero de 2018
ÍNDICE
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS 4
1.‐ OBJETO 17
2.‐ NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO 17
3.‐ PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 19
4.‐ DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL 19
5.‐.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE
.............................................................................................................. 19 6.‐ CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE: ...........................20
7.‐ CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS 20
8.‐ GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA 22
9.‐ CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 22
10.‐ PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS 27
11.‐ PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 27
12.‐ MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 29
13.‐CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN 32
14.‐ CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 33
15.‐ PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 36
16.‐ PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 37
17.‐ GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES 38
18.‐ OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 38
19.‐ FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO 42
20.‐ DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 42
21.‐ CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN 43
22.‐ EXTINCIÓN DE CONTRATO 44
23.‐ GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES 45
24.‐ PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD 49
25. ‐ RESPONSABLE DEL CONTRATO 50
ANEXO I 53
ANEXO II 56
ANEXO III 59
ANEXO IV 61
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: NC 0004/2018
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Sociedade Galega do Medio Ambiente, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto de este expediente es la contratación del servicio de GESTIÓN INTEGRAL DE LAS DEPURADORAS DEL CMC DE SOGAMA, de conformidad con el alcance y las condiciones que se determinan en este Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Condiciones Técnicas.
2. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO, DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADO Y SUJETO
A REGULACIÓN ARMONIZADA
Forma de Adjudicación: MULTICRITERIO Tipo de contrato: SERVICIO
Publicidad: DOUE, BOE, DOG, prensa escrita y plataforma contratación Xunta de Galicia
3.
PRESUPUESTO MÁXIMO DE LICITACIÓN
El importe de licitación lo componen tres partidas, una partida fija que corresponde a las
inversiones y mejoras que se solicitan en el alcance del mismo, otra partida fija que correspondería a la gestión integral de las depuradoras y una tercera en función de los volúmenes depurados.
‐ La partida fija correspondiente a la inversión y actuación en equipos, la componen 12 cuotas mensuales que se facturarán a partir del sexto mes de contrato, y se establece en un máximo de 17.500€/mes más IVA.
‐ La partida fija correspondiente a la gestión integral de todas las instalaciones que configuran el alcance de este pliego y se establece en un precio máximo de 31.116,96€/mes sin IVA.
‐ La partida variable correspondiente a los volúmenes de aguas depuradas y que son vertidas a cauce y en el que se establece un precio máximo de 0,42€/m3 sin IVA de agua depurada vertida a cauce.
El presupuesto de contrato asciende a 2.148.895,45€ sin IVA de los que 1.938.895,45€ sin IVA corresponden a la gestión integral de las instalaciones y 210.000€ sin IVA corresponden a las inversiones y actuaciones en equipos. El presupuesto máximo del contrato asciende a 2.600.163,50 € IVA incluido de los que 2.346.063,50 € con IVA corresponden a la gestión integral de las depuradoras y 254.100,00€ IVA incluido corresponde a las inversiones y actuaciones en equipos.
El valor estimado del contrato según lo establecido en el RDL 3/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) es de 3.279.917,80 € sin IVA de los que 3.069.917,80€ sin IVA corresponden a la gestión integral de las instalaciones y 210.000€ sin IVA corresponden a las inversiones y actuaciones en equipos.
Las ofertas que superen cualquiera de los importes máximos establecidos para las anteriores partidas (fija y/o variable) serán rechazadas del proceso de contratación, de conformidad con el artículo 84 del RGCAP.
4. REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios ofertados por el adjudicatario, no sufrirán alteración alguna durante la vigencia del contrato. El contrato se entenderá otorgado a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
5. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones se presentarán en el siguiente domicilio:
a) SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA) XXXXXX, 00 (XXXXXXXX)
XXXXXXX
(X Xxxxxx)
Tlf: 000000000
Fax: 000000000
b) Plazo de presentación de Ofertas: Las ofertas se presentarán dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación que se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de Galicia
6. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
6.1. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR:
VALORACIÓN TÉCNICA (de 0 a 30 puntos): se valorará la coherencia y la idoneidad de la propuesta técnica de acuerdo con los criterios siguientes y con lo solicitado en los apartados Objeto, Alcance, y Propuesta Técnica xxx xxxxxx de condiciones técnicas:
‐ Mejor relación optimizada del número de medios humanos propios del adjudicatario que adscribirá a la ejecución del contrato: Identificación de la estructura organizativa que se propone. Se valorará desde un punto de vista cuantitativo (el número de personas adscritas) y cualitativa (según cualificación profesional) atendiendo a criterios de eficiencia. Hasta 6 puntos.
‐ Mejor relación optimizada del número de medios materiales puestos a disposición del contrato para llevar a cabo la gestión integral de las
instalaciones. Relación optimizada del número de equipos y maquinaria puesta a disposición del contrato, describiéndose los cometidos de cada uno de los equipos en la instalación justificando el uso y las tareas encomendadas a cada uno de ellos. Se valorará la solución más óptima del número de equipos propuestos así como los mejores rendimientos de trabajo propuestos para cada tarea. Hasta 4 puntos.
‐ Especificación de situaciones eventuales que podrían afectar a la ejecución del servicio. Se valorará el mayor detalle y mejor justificación de las soluciones y planes de contingencias propuestos para mitigar o eliminar las situaciones eventuales consideradas: hasta 5 puntos.
‐ Detalle y descripción del alcance ofertado para las actuaciones en equipos exigidas en el apartado 2.5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. Se valorará el mayor detalle del alcance, características y calidades de cada una de las actuaciones, hasta 5 puntos.
‐ Detalle y descripción del edificio de servicios ofertado. Se valorará el mejor detalle de la memoria, los planos, implantación, distribución y calidades. Hasta 5 puntos.
‐ Detalle de las interferencias y relaciones con el resto de instalaciones del Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx. Se valorará el mejor detalle de cómo se llevará a cabo la coordinación, relaciones y actuaciones con cada una de las instalaciones que componen el CMC y que vierten a las depuradoras. Hasta 5 puntos.
Aquellas ofertas que no superen el 30% de la valoración técnica, serán excluidas del procedimiento de licitación, no abriéndose la oferta económica.
6.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS (de 0 hasta 70 puntos).
Plazos de ejecución de las actuaciones a realizar por parte del adjudicatario (de 0 a 10
puntos): (establecidas en el pliego de prescripciones técnicas):
- Actuaciones sobre los equipos, punto 2.5 del P.T. hasta 4 puntos (plazo máximo 3 meses).
- Construcción del nuevo edificio de servicios: hasta 6 puntos (plazo máximo 6 meses).
A la oferta que garantice el menor plazo de ejecución y puesta en marcha de estas actuaciones se le asignará la máxima puntuación. El plazo máximo de ejecución establecido en este Pliego para cada una de ellas tendrá asignado un valor de 0 puntos, el resto de las ofertas recibirán la puntuación que les corresponda de forma lineal entre ambos valores.
VALORACIÓN ECONÓMICA (de 0 a 60 puntos):
A fin de comparar las ofertas económicas, en primer lugar se calculará el importe total del contrato considerando los precios unitarios ofertados en el anexo III de este Pliego. Para dicho cálculo se tendrá en cuenta la estimación de m3 de permeado anuales, y el número de cuotas correspondientes al término fijo establecidas en este Pliego. Se aplicará la siguiente fórmula para calcular el importe que servirá para evaluar las ofertas recibidas:
Donde:
Qi = (edee × 3 años × 650.000 n3/año) + (inv × 12) + (efij × 36)
‐ Qi es el coste del contrato para la oferta i a efectos de evaluación
‐ pdep es el precio en €/m3 depurado sin IVA ofertado por la oferta i.
‐ inv es la cuota mensual ofertada por la empresa i en € sin IVA para pagar la inversión y actuaciones en equipos.
‐ pfij es el precio en €/mes sin IVA para pagar los costes fijos de gestión mensual integral del contrato.
El coste total máximo del contrato que servirá como referencia para la evaluación de las ofertas será el que resulte de aplicar la fórmula anterior con pdep=0,42€/m3 depurado y
inv=17.500€/mes
Se realizará la valoración económica de 1 a 44 puntos por la fórmula elaborada en el apartado siguiente.
Con el valor obtenido se calculará el valor ponderado desde los 44 puntos iniciales al valor máximo final de 60 puntos empleando la siguiente fórmula:
Punti = PE ∗ 60
44
Siendo:
Punti = Puntuación oferta económica: De 1 a 60 puntos.
PE = Puntuación obtenida a partir de la fórmula de valoración económica: De 1 a 44 puntos.
VALORACIÓN ECONÓMICA DE 1 A 44 PUNTOS
En función de la proposición económica las ofertas se puntuarán de 1 a 44 puntos según la fórmula que figura a continuación:
PE 41 3* Bi (0,8* Be )
0.2 * Be
Bi (0,55 * Be )
para 0,80*Be‐ < Bi ≤ Be
PE 35 6 *
0.25 * Be
para 0,55*Be< Bi ≤ 0,80*Be
PE 1 34 *
Bi
(0,55 * Be )
para 0 < Bi ≤ 0.55*Be
Siendo:
PE = Puntuación económica: De 1 a 44 puntos
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA excluido), expresado en tanto
por ciento sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido). Be = Baja de la oferta más económica de todas las admitidas
Además se tendrá en cuenta que las ofertas que se declaren anormales o desproporcionadas quedarán excluidas de clasificación de acuerdo con el artículo 152.4 del TRLCSP.
A los efectos de consideración de presunción de ofertas con valores anormales o desproporcionados se considera que están incursas en esa situación (baja temeraria) las proposiciones con una Bi que exceda en 0,5 *´al valor de la “baja de referencia” Br
Presunción de temeridad: Bi > Br + 0,5 * ´
Siendo:
Br = mínimo [Bm , B´m] Bm=Baja media calculada
n
Bi
Bm i1
n
Bi = Baja de la oferta para la que se quiere determinar la puntuación calculada como el porcentaje que represente la diferencia entre el presupuesto base de licitación (IVA excluido) y el presupuesto de la oferta presentada (IVA excluido), expresado en tanto por ciento sobre el presupuesto base de licitación (IVA excluido), de todas las proposiciones admitidas, incluyan o no valores anormales o desproporcionados.
n = Número de ofertas admitidas tras el análisis de la documentación presentada en los sobres A y B, incluyan o no valores anormales o desproporcionados
= desviación típica calculada
n
Bi Bm
2
i1
n
B´m = media aritmética de las bajas de las ofertas que cumplan la condición siguiente ( Bm – σ ) ≤ Bi ≤ ( Bm + σ )
´= desviación típica de las bajas de las ofertas que cumplen la condición anterior
A los efectos de establecer esta media se tendrá en cuenta que cuando las empresas que formen parte de un mismo grupo, según los supuestos de artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones, se tomarán únicamente la oferta más baja de todas las del grupo.
OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS:
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la presentara para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, con respeto a las disposiciones relativas a la protección del empleo y a las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en el que se va a realizar la prestación, o la posible obtención de alguna ayuda de Estado.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe emitido por el servicio técnico, estima que la oferta no puede cumplirse como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, será excluida de la clasificación, atendiendo a los criterios de adjudicación, de las proposiciones presentadas.
Las proposiciones de carácter económico que presenten individualmente sociedades pertenecientes a un mismo grupo no podrán ser consideradas a los efectos de establecer el precio de referencia para valorar las ofertas económicas e identificar las que deben considerarse como desproporcionadas o temerarias. De esta forma, presentadas distintas proposiciones por estas empresas, se tomará únicamente para aplicar el régimen de ofertas desproporcionadas o anormales la oferta más baja, produciéndose la aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o anormales respecto de las restantes ofertas presentadas por
empresas del grupo.
CRITERIOS DE DESEMPATE:
Si se presentan dos o más ofertas iguales que resulten ser las más ventajosas, al amparo de la disposición adicional cuarta, párrafo primero del TRLCSP, prevalecerán aquellas que cumplan los requisitos de preferencia que se señalan a continuación:
En primer lugar:
La empresa que en el momento de acreditar la solvencia técnica cuente en su plantilla con un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento.
Si varias empresas licitadoras de las que hayan empatado en cuanto a las oferta más ventajosas acreditaran tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A empresa dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social.
En el caso de existir empate, la relación laboral con personas con discapacidad se acreditará mediante la aportación por parte de las empresas, en el momento de la licitación, de la siguiente documentación:
1.‐ Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondiente a todo el personal de la empresa.
2.‐ Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad.
3.‐ Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados.
El porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados deberá mantenerse durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o si es el caso, durante el plazo de garantía, si la ejecución no se realizara en tracto sucesivo.
El incumplimiento de tal condición será causa de resolución del contrato adjudicado debiendo constar en el mismo como tal causa de resolución.
En segundo lugar:
Conforme a lo establecido en el artículo 28.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero, por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de igualdad en las políticas de empleo (DOG núm. 35, de 19 de febrero de 2009), la obtención de la Marca Galega de Excelencia en Igualdade da derecho a una preferencia en la adjudicación de los contratos de la comunidad autónoma.
Si la empresa hiciese uso de esta preferencia, estará obligada a mantener los parámetros de igualdad durante el plazo fijado en la adjudicación que, si el contrato resultase de ejecución sucesiva, será igual a su duración temporal.
De ser el caso, las empresas deben acreditar estar en posesión de la Marca Galega de Excelencia en Igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de dicho Decreto.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.4 de la Ley 2/2007 de 28 xx xxxxx, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia, las empresas que implantasen un plan de igualdad tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos de la Comunidad Autónoma de Galicia siempre y cuando las ofertas presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación
Las empresas deben acreditar la implantación del plan de igualdad. En virtud de lo establecido en el artículo 11.1 del Decreto 33/2009, del 21 de enero, por el que se regula la promoción de la igualdad en las empresas y la integración del principio de igualdad en las políticas de empleo, la acreditación de la implantación del plan de igualdad en las empresas, se realizará mediante certificación expedida por la persona titular de la Secretaría Xeral del departamento de la Administración Autonómica competente en materia de trabajo, luego de solicitud de la empresa interesada.
En tercer lugar:
La empresa que tenga una mayor valoración técnica.
7. GASTOS DE PUBLICIDAD
Importe máximo a pagar por el adjudicatario: 1.200€ sin IVA.
8. MESA DE CONTRATACIÓN
La mesa de contratación estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante del Departamento económico‐financiero de SOGAMA, S.A.
d. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
9. GARANTÍA PROVISIONAL: 19.300 euros
10. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del importe de adjudicación excluido el IVA.
11. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con este Pliego de Condiciones, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección postal y electrónica apartado 6 de este pliego.
No se contestará ninguna consulta recibida en los últimos 15 días del plazo de presentación de ofertas.
12. PLAZO DE EJECUCIÓN
El contrato se formalizará por un periodo de tres 3 años desde la firma del mismo, pudiéndose prorrogar de forma expresa por un periodo anual adicional, hasta un máximo de 4 años como suma total del periodo inicial más la prórroga.
Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la interrupción en la obligada depuración de los distintos efluentes producidos en las instalaciones del CMC, con el riesgo que ello conlleva para el medioambiente, en caso de finalización por cumplimiento del plazo de duración o resolución del contrato, el adjudicatario continuará prestando el servicio hasta que esté concluso el nuevo expediente de contratación. La duración de este período de prórroga excepcional no podrá ser superior a nueve meses.
13. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Los licitadores que decidan presentar su oferta, deberán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica tal y como se recoge en los párrafos siguientes:
Solvencia económica y financiera:
Forma de presentación: Se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviese inscrito en dicho registro, en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Si es empresario individual no inscrito en el Registro Mercantil, acreditará su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro Mercantil.
Criterio: El requisito mínimo será que el importe en el año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios, supere el volumen anual de negocios en servicios relacionados con la gestión integral de plantas de depuración y tratamiento de aguas residuales, por importe mínimo de 969.447,73 euros (IVA excluido).
Solvencia técnica:
Forma de presentación: Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos y que estén relacionados con la gestión integral de plantas de depuración y tratamiento de aguas residuales. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Criterio: El importe mínimo de los servicios certificados para el año de mayor ejecución no podrá ser inferior a 452.408,94 euros (IVA Excluido).
En el caso de ofertas presentadas por empresarios o licitadores englobados en una UTE, se tendrán en cuenta a la hora de valorar la clasificación las reglas contenidas en el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas (RGCAP).
NATURALEZA Y EXTENSIÓN DE LAS NECESIDADES A SATISFACER A TRAVÉS DE LA PRESENTE LICITACIÓN.
1.‐ OBJETO
El objeto del presente expediente de contratación es definir los requisitos de la oferta que deberá presentarse para llevar a cabo el “SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LAS DEPURADORAS DEL CMC DE SOGAMA”.
2.‐ NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que se suscriba al amparo del presente Xxxxxx tendrá naturaleza privada, y se regirá:
a) En cuanto a su preparación y adjudicación, por lo establecido en el presente Xxxxxx, y para lo no previsto en él, será de aplicación:
1. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP)
2. Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en todo aquello que no resulte contrario al TRLCSP.
3. Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
b) En cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de Derecho Privado.
El orden jurisdiccional contencioso‐administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación de los contratos sujetos a regulación armonizada. Por su parte, el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las cuestiones que se susciten en relación a los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos privados.
Los licitadores renuncian expresamente al foro jurisdiccional que, en su caso, pudiera corresponderles, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los juzgados o tribunales de la ciudad de A Coruña.
En el caso de tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso‐administrativo, los actos que a continuación se relacionan.
Este recurso tiene carácter potestativo y, en su caso, se interpondrá ante el Tribunal Central de Recursos Contractuales (TACRC) dirección Xxxx. Xxxx. Xxxxx, 00; 00000‐ Xxxxxx (xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), en el plazo y forma señalados en el artículo 44 de la TRLCSP.
Podrá interponer el recurso toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.
Actos recurribles:
Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se consideran actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
Los actos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.
No procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios contra los actos antes enumerados, salvo, en caso de existir, la excepción prevista en el artículo 41.3 del TRLCSP respecto de las Comunidades Autónomas.
Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso contencioso‐ administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso‐Administrativa.
De conformidad con el artículo 43 del TRLCSP, las personas físicas y jurídicas legitimadas podrán solicitar ante el TACRC la adopción de medidas provisionales.
3.‐ PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del contrato objeto del presente Pliego de Condiciones Particulares será adjudicado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, de tal manera que la adjudicación del mismo recaerá en la oferta económicamente más ventajosa de conformidad con los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
4.‐ DOCUMENTACIÓN QUE TENDRÁ VALOR CONTRACTUAL
Tendrán valor contractual los siguientes documentos con el siguiente orden de prelación:
‐ Documento de formalización del contrato.
‐ Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas.
‐ Oferta del licitador adjudicatario, aceptada por SOGAMA, S.A.
5.‐.ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y ACCESO AL PERFIL DEL CONTRATANTE
El órgano de contratación de SOGAMA para este expediente será el Consejo de Administración de la Sociedad.
El acceso al perfil del contratante de SOGAMA se realizará de la siguiente forma:
Acceso página web xxx.XXXXXX.xx, o en la Plataforma de Contratación de la Xunta de Galicia página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
6.‐ CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Para cualquier consulta relacionada con los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Administrativas, el ofertante podrá dirigirse al teléfono, fax o dirección postal y correo electrónico que a continuación se señala:
SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A. (SOGAMA)
XXXXXX, 00 (XXXXXXXX) XXXXXXX
(X Xxxxxx)
Tlf: 000000000
Fax: 000000000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx
7.‐ CAPACIDAD Y SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS
1. Estarán facultadas para contratar con SOGAMA, S.A. las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en algunas de las prohibiciones comprendidas en el art. 60 del TRLCSP.
2. Así mismo, será requisito para contratar con SOGAMA, S.A., que las personas físicas y jurídicas tengan una finalidad o actividad relacionada directamente con el objeto del contrato y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
La solvencia económica, financiera y técnica se acreditará según los criterios establecidos en el cuadro resumen de características de este Pliego de Condiciones.
En el caso de uniones de empresarios y para los casos en que sea exigible clasificación, será requisito básico que todas las empresas que concurran a la licitación del contrato hayan obtenido previamente clasificación como empresas de obras o como empresas de servicios en función del tipo de contrato (obras o servicios).
En el caso de Integrantes de las uniones temporales pertenecientes a países de la Unión Europea, deberán presentar los certificados de clasificación o documentos
similares que acrediten la inscripción en las listas oficiales de empresarios autorizados para contratar, establecidas por los miembros de la Unión Europea.
En el caso de integrantes de las uniones de empresarios pertenecientes a países extracomunitarios, deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica en función de lo previsto en el cuadro de resumen de ofertas..
3. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor, será necesario que los empresarios integrados en ella indiquen sus nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asuman el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante SOGAMA, S.A. y nombrar un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante dicha Sociedad para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
4. Si durante la tramitación del presente expediente de contratación y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en los Pliegos de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas , para poder participar en el procedimiento de adjudicación, de conformidad con el art. 149 del TRLCSP.
8.‐ GARANTÍAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA
1. En caso de exigirse, la garantía provisional podrá ser constituida en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 del TRLCSP, y con sujeción a las demás condiciones fijadas reglamentariamente.
2. La garantía provisional será devuelta a los licitadores, una vez se efectúe la adjudicación del contrato o se declare desierta la licitación. Esta garantía provisional será incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
3. El licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá acreditar, en cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 96 del TRLCSP en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido requerimiento a tal efecto del órgano de contratación, la constitución de una garantía definitiva por importe del 5% del importe de adjudicación excluido el IVA, el cual se calculará tomando como base el precio ofertado y la duración del contrato, debiendo acreditarse su constitución mediante la entrega del correspondiente justificante ante el órgano de contratación. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 151.2, párrafo tercero, del TRLCSP.
4. Se acompaña al Pliego un modelo de aval bancario como Anexo I y modelo de certificado de seguro de caución como Anexo II.
9.‐ CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La documentación para la presente licitación se presentará en sobres cerrados, de forma que se garantice la confidencialidad de la oferta, identificado en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el licitador, o la persona que lo represente, e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Las proposiciones se ajustarán a los modelos que se incorporan al presente Pliego y se efectuarán en tres sobres, debidamente cerrados y sellados, identificados con las letras A, B y C. En el exterior de cada sobre deberán indicarse los datos de los ofertantes y su
representante firmando los mismos y deberán poner una dirección de correo electrónico y un número de fax a los efectos de las notificaciones que sea preciso realizar durante el desarrollo del procedimiento de contratación. Se indicará en el exterior de cada sobre el número de inscripción del licitador en el Registro de Contratistas de Galicia, en caso de estar inscrito en dicho registro.
En cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se indica en formato papel y copia electrónica en soporte pendrive o disco duro:
9.1.‐ Sobre A – Documentación Administrativa
En el Sobre A figurarán los siguientes documentos, originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre.
a) Documentación acreditativa de la personalidad empresarial, la capacidad de obrar de los licitadores y la representación.
Dado que se trata de un procedimiento de contratación documentalmente simplificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, y en el artículo
146.4 del TRLCSP, el licitador deberá presentar declaración responsable conforme al modelo previsto como XXXXX XX a este pliego de condiciones. En todo caso, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del TRCSP, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los candidatos aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Adicionalmente, los licitadores podrán presentar también el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) debidamente cumplimentado, que pueden descargarse y/o cumplimentar en el enlace xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx.
En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), todos los integrantes de dicha UTE deberán cubrir el ANEXO IV de este pliego, incorporando además un
compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, así como la designación de un apoderado único de la UTE con poder bastante para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras.
b) Solvencia económica, financiera y técnica
Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica, financiera y técnica con arreglo a lo dispuesto en el cuadro de resumen de características de este pliego de condiciones.
Con independencia de lo establecido en el apartado anterior relativo al procedimiento documentalmente simplificado, es obligatorio presentar en este sobre A la documentación acreditativa de la Solvencia económica financiera y técnica o profesional, tal y como se describe en el apartado correspondiente del cuadro de características del contrato.
c) Resguardo garantía
En este sobre deberá introducirse el correspondiente justificante de haber constituido la garantía provisional ante el órgano de contratación, en caso de ser exigido en el apartado correspondiente de este pliego de condiciones.
d) Inscripción en el Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia
En el caso de que el licitador se encuentre inscrito en el registro general de contratistas de la Xunta de Galicia, deberá incorporar al sobre A una copia de la certificación en la que consten los datos que obran en el registro.
9.2.‐ Sobre B – Propuesta técnica
En este sobre se incluirá la Propuesta técnica que recogerá los siguientes puntos, los cuales servirán para evaluar y puntuar la oferta técnica presentada al procedimiento:
- Relación optimizada del número de medios humanos propios del adjudicatario que adscribirá a la ejecución del contrato: Identificación de la estructura organizativa que se propone. Se valorará desde un punto de vista cuantitativo (el número de personas adscritas) y cualitativa (según cualificación profesional) atendiendo a criterios de eficiencia.
- Relación optimizada del número de medios materiales puestos a disposición del contrato para llevar a cabo la gestión integral de las instalaciones. Relación optimizada del número de equipos y maquinaria puesta a disposición del contrato, describiéndose los cometidos de cada uno de los equipos en la instalación justificando el uso y las tareas encomendadas a cada uno de ellos. Se valorará la solución más óptima del número de equipos propuestos así como los mejores rendimientos de trabajo propuestos para cada tarea.
- Especificación de situaciones eventuales que podrían afectar a la ejecución del servicio. Se valorará el mayor detalle y mejor justificación de las soluciones y planes de contingencias propuestos para mitigar o eliminar las situaciones eventuales consideradas.
- Detalle y descripción del alcance ofertado para las actuaciones en equipos exigidas en el apartado 2.5 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. Se valorará el mayor detalle del alcance, características y calidades de cada una de las actuaciones.
- Detalle y descripción del edificio de servicios ofertado. Se valorará el mejor detalle de la memoria, los planos, implantación, distribución, calidades, etc.
- Detalle de las interferencias y relaciones con el resto de instalaciones del Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx.
Con el objeto de facilitar el estudio y la valoración de las ofertas, la propuesta técnica que presente cada ofertante, no podrá exceder de 40 páginas impresas a una sola cara, en formato A4, mecanografiadas con un interlineado mínimo de 1,5 líneas y con una letra de tamaño de 11 puntos o superior. En caso de incluir planos, estos podrán presentarse en
formato A3. La inclusión de una oferta que supere el número máximo de páginas dará lugar a que sólo se evalúe lo desarrollado hasta el máximo permitido.
Se rechazarán aquellas ofertas en las que el examen de la documentación técnica, permita conocer o deducir el importe de la oferta económica.
Cada uno de los puntos anteriores, se entregarán debidamente identificados de tal forma que en el acto de apertura del sobre “B” se pueda comprobar por la Mesa de Contratación la inclusión de todos ellos.
9.3.‐ Sobre C – Propuesta económica
La propuesta económica se cumplimentará de acuerdo al Xxxxx XXX de este Pliego de Prescripciones, y consistirá en:
‐Precio mensual en €/mes más IVA correspondientes al pago de la inversión y actuaciones en equipos.
‐Precio mensual en €/mes más IVA correspondientes a la gestión integral de todas las instalaciones que configuran el alcance de este pliego.
‐Precio en €/m3 depurado que se corresponde a la partida variable correspondiente a los volúmenes de aguas depuradas vertidas a cauce.
El hecho de que, en la redacción de los presupuestos de la oferta económica, no se incluyan o reflejen determinadas partidas, necesarias para el normal desarrollo del presente servicio, o cualquier otro concepto no incluido de forma específica en este Pliego pero que sea de aplicación por los documentos que forman parte integrante de este Pliego de Concurso, no implica la exoneración de su cumplimiento a cargo del Adjudicatario.
Igualmente, en el anexo III, se cubrirán aquellos valores correspondientes a los criterios de valoración evaluables de forma automática y que aparecen reflejados en el mismo, sin que, en ningún caso, puedan superar los valores máximos allí establecidos.
De acuerdo con el principio de riesgo y xxxxxxx que rige el contrato, los precios ofertados serán la única contraprestación por la gestión y la inversión totalmente ejecutadas, con independencia de los medios a utilizar necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato, y con independencia a si han sido o no previstas en la oferta.
En consecuencia, SOGAMA no aceptará NINGÚN TIPO DE SOBRECOSTE. Igualmente, las propuestas económicas han de tener en cuenta, inexcusablemente, todos los aspectos
necesarios para cumplir con toda la normativa legal aplicable.
La inclusión de la documentación en un sobre distinto a los señalados será causa automática de exclusión de la licitación.
10.‐ PROPOSICIONES SIMULTÁNEAS
1. En la licitación del contrato regulado en el presente Xxxxxx, cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
2. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal de empresas.
3. La infracción de lo previsto en los dos párrafos anteriores dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.
11.‐ PLAZO, LUGAR Y REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
11.1.‐ Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
1. En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán presentarse en la sede de SOGAMA, S.A, situada en Xxxxx Xxxxxx, 00, Xxxx, 15.187, San Xxxxx‐Encrobas, Cerceda (A Coruña), , dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación que se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de Galicia, o se enviarán por correo postal, en un solo envío, dentro del plazo de admisión, justificando la fecha de imposición del envío, anunciándolo al órgano de contratación mediante fax, burofax o telegrama, en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, no será admitida en ningún caso, la documentación que no se recibiera transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo fijado para la admisión de propuestas.
2. Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada salvo por causa justificada.
3. Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y devolverá una copia sellada de la misma como resguardo de la participación.
11.2.‐ Requisitos de la documentación
1. La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Xxxxxx y de los restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A. Cualquier salvedad se entenderá en todo caso como no puesta.
2. Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega y toda la información debe facilitarse tanto en papel impreso como en soporte informático. En caso de discrepancia entre los datos o información de ambos soportes prevalecerá la contenida en la documentación presentada en papel impreso.
3. Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de impresión mecánica o informática (un soporte informático en cada uno de los sobres que componen la oferta, conteniendo exclusivamente la información de ese sobre), y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
4. La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presentan al procedimiento de licitación serán por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
5. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SOGAMA, S.A.
estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos establecidos en el artículo 84 del RGCAP.
6. Serán excluidas, y por tanto no valoradas, las ofertas de los licitadores que no se ajusten a las prescripciones técnicas y requisitos mínimos establecidos en los Pliegos.
7. Las ofertas tendrán una validez mínima de 6 meses, contados a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.
8. Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia de SOGAMA, S.A. a disposición de la Mesa de Contratación, hasta el momento señalado para el acto de apertura de plicas.
9. Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, quedando obligado a cumplir el contrato, si le fuese definitivamente adjudicado, que será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable
12.‐ MESA DE CONTRATACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
12.1.‐ Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de una Mesa de Contratación que estará compuesta por:
a. Presidente: el Presidente de SOGAMA, S.A. o en quien este delegue.
b. Vocal 1: Director General de SOGAMA, S.A.
c. Vocal 2: Representante del Departamento económico‐financiero de SOGAMA, S.A.
d. Secretario: Representante de la Asesoría Jurídica de SOGAMA, S.A.
En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas de la designación de estos nombrarán los que deban sustituirlos.
Se podrá incorporar con carácter facultativo a la Mesa de Contratación, personal técnico especializado para valorar aquellos criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y no sean evaluables de manera automática.
En cuanto al régimen de convocatoria de funcionamiento de la Mesa de Contratación se estará a lo dispuesto en el Reglamento de desarrollo parcial de la LCSP aprobado por RD 817/2009, de 8 xx xxxx y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y del Procedimiento Administrativo Común respecto a los órganos colegiados.
En los casos en los que para la valoración de las proposiciones deban ser tenidos en cuenta criterios distintos al precio, el órgano competente podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos. Asimismo, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con el Pliego de Prescripciones técnicas.
12.2.‐ Calificación previa
1. Antes de la fecha de la apertura pública de ofertas técnicas y económicas, la Mesa de Contratación realizará una comprobación y calificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores (sobre A).
2. Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, o a través de cualquier otro medio que acredite su recepción por los licitadores, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
3. No tendrán en ningún caso la consideración de defectos subsanables la falta o insuficiencia de prestación de la garantía provisional.
12.3.‐ Apertura de los Sobres B y C
1.Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de haber existido, el trámite de subsanación de errores, la Mesa procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección con pronunciamiento expreso sobre las admitidas a licitación y las rechazadas indicando en este caso las causas de su rechazo.
2.Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos.
3.Una vez hecho el trámite previsto en el párrafo anterior, la mesa procederá, a la luz de lo establecido en el artículo 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, en un plazo no superior a 7 días a contar desde la apertura de la documentación administrativa, en acto público en el lugar, fecha y hora que se comunicarán mediante su publicación en el perfil del contratante, a la apertura de los sobres “B”.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de Contratación a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos a que se refiere el artículo
81.2 del RGCAP.
4.Concluido el acto público de apertura, la Mesa de contratación examinará la documentación contenida en el sobre B de las ofertas admitidas, pudiendo solicitar cuantos informes técnicos considere necesarios para evaluarlas. Emitirá un pronunciamiento expreso sobre las empresas admitidas a licitación y las rechazadas indicando en este caso las causas de su rechazo, y asimismo, indicará la puntuación otorgada a cada una de las proposiciones presentadas, debidamente desagregada. Estas circunstancias figurarán en el acta de la mesa.
0.Xx Mesa de Contratación, constituida en acto público en el lugar y día que previamente se haya señalado, procederá al acto público de apertura de las proposiciones económicas de las ofertas admitidas (Sobre C) de los que tuvieran el mínimo de puntuación técnica requerida.
Comenzará el acto de apertura de proposiciones dándose lectura al anuncio del procedimiento y procediéndose seguidamente al recuento de las proposiciones
presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en los certificados expedidos por el personal de SOGAMA, S.A., hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la Mesa de Contratación y en idénticas condiciones en que fueron entregados.
A continuación, el Secretario, dará lectura a los resultados de las puntuaciones técnicas obtenidas por cada licitador y a continuación, abrirá el Sobre C, y el Presidente dará lectura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos. Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el Secretario con el Vº Bº del Presidente.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada por la Mesa de Contratación, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
12.4.‐ Propuesta de adjudicación
Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas, en el plazo máximo de cuatro meses a contar desde la apertura de las proposiciones , la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la mejor oferta en su conjunto.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a SOGAMA, S.A. mientras no se haya adjudicado el contrato por acuerdo del Órgano de Contratación.
13.‐CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los que se establecen en el punto 6 del cuadro resumen de características que acompaña a este Pliego.
14.‐ CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
1. La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación establecidos en este pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes.
2. Cuando para la adjudicación del contrato deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios, el plazo máximo para efectuar la adjudicación es de seis meses, contados desde la apertura de las proposiciones.
3. La Mesa de Contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
4. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación siguiente:
.‐ Documentación justificativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (con la hacienda estatal, de no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de Galicia, de estar dadas de alta en el Imposto sobre Actividades Económicas), y al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
.‐ Documentación justificativa de la constitución de la garantía definitiva que sea procedente, mediante la entrega de la misma.
.‐ De ser el caso, la disponibilidad efectiva de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al art.
64.2 del TRLCSP.
.‐ En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio.
.‐ Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrarmediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas enalguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su falta, que actúan con habitualidad en el tráfico local del ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán presentar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que su Estado de origen admite asu vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga.
.‐ Escritura de apoderamiento original o compulsado por notario u Organismo Administrativo competente del representante legal, incluida copia compulsada por notario u Organismo Administrativo competente de su DNI.
Cuando se trate de una UTE cada uno de los empresarios acreditará la representación en la forma descrita anteriormente.
Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del decreto 262/2001, de 20 de septiembre, por el que se refunde la normativa reguladora del Registro General de Contratistas de la Xunta de Galicia, los licitadores inscritos en el mismo, quedarán exonerados de aportar la documentación que se encuentra vigente en dicho registro el último día de presentación de las proposiciones relativa a la acreditación de la capacidad jurídica, representación y clasificación, si es el caso. Tampoco tendrá el licitador inscrito en el registro de contratistas que aportar los certificados de cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, con la autonómica gallega y con la seguridad social, ni la justificación de estar de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas (o acreditativa de exención), en el caso de que obren en poder de dicho registro y estén vigentes en el último día de plazo para presentar proposiciones.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
6. Cuando el órgano de contratación se aparte de las propuestas elevadas por la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
7. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de plazo, los empresarios admitidos tendrán derecho a retirar su propuesta y a que se les devuelva o cancele la garantía que hubiesen prestado.
8. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Si se interpusiera recurso especial en materia de contratación contra el acto de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
9. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de SOGAMA, en ambos casos se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización de la contratación conforme al art. 156.3 del TRLCSP.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al art. 40delTRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con lo previsto en el art. 13.2.d) del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En todo caso, se estará a lo previsto en los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15.‐ PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. El contrato se perfecciona con su formalización.
2. Tratándose de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
A estos efectos, el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato privado en plazo no superior a cinco días a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
3. La formalización del contrato se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en la Plataforma de Contratación de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el perfil de contratante de SOGAMA.
4. El documento de formalización del contrato deberá contener las menciones y datos establecidos en el artículo 26 del TRLCSP y en el art. 71, apartados 3, 4, 6 y 7 del RGCAP.
5. El contrato podrá formalizarse en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
6. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, SOGAMA, S.A., podrá acordar la resolución del mismo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 109 del RGCAP y con incautación de la garantía provisional e indemnización por los daños causados.
16.‐ PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1. El plazo de ejecución del contrato comenzará a contar desde el día de la firma del mismo.
2. El contrato se formalizará por un periodo de tres 3 años desde la firma del mismo, pudiéndose prorrogar de forma expresa por un periodo adicional de un año, hasta un máximo de 4 años como suma total del periodo inicial más la prórroga.
3. Dado que la interrupción del servicio objeto de esta licitación supondría la interrupción de la obligada depuración de los distintos efluentes producidos en las instalaciones del CMC, con el riesgo que ello conlleva para el medioambiente, en caso de finalización por cumplimiento del plazo de duración o resolución del contrato, el adjudicatario continuará prestando el servicio hasta que esté concluso el nuevo expediente de contratación. La duración de este período de prórroga excepcional no podrá ser superior a nueve meses año.
4. El precio de adjudicación no sufrirá alteración alguna durante la vigencia del contrato.
5. En cualquier caso el contrato se entenderá otorgado a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
17.‐ GASTOS, LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualesquiera impuestos, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudieran gravar el contrato, y demás gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
El adjudicatario será el responsable de elaborar la documentación, tramitar y conseguir en nombre de SOGAMA las licencias, permisos y autorizaciones necesarias para la ejecución del contrato. Será por cuenta del Adjudicatario los costes por concepto de visados, licencias, permisos, autorizaciones requeridas para la realización de los servicios y obras objeto del presente Xxxxxx.
18.‐ OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente reflejadas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el adjudicatario se compromete, en la ejecución del contrato al cumplimiento de lo siguiente:
a) Obligación principal.
Será obligación principal del adjudicatario la ejecución del contrato a su cuenta y riesgo, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego y demás normas de aplicación.
b) Cumplimiento de plazos
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del Contrato.
c) Subcontrataciones
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA las subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
d) Dirección y organización del trabajo
La empresa contratista, bajo la supervisión de SOGAMA, S.A., aportará su propia dirección y gestión del contrato siendo responsable de la organización de la prestación contratada, de la calidad técnica de los trabajos que desarrolla y de las prestaciones realizadas.
Asimismo, dispondrá para la ejecución del contrato de una estructura jerarquizada, con un responsable que se encargará de impartir a sus trabajadores las correspondientes órdenes, criterios de realización de la prestación objeto del contrato, directrices, etc.
e) Obligaciones laborales y sociales
En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista.
El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta
responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual.
La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A.
Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta.
Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.
f) Daños, perjuicios y accidentes a terceros
Será responsabilidad del Adjudicatario la derivada directa o indirectamente de daños y perjuicios ocasionados a terceros por las acciones llevadas a cabo para la ejecución del Contrato en virtud del objeto de este procedimiento. En los casos en que tales daños y perjuicios sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden del órgano de contratación de SOGAMA S.A., será éste el responsable dentro de los límites señalados en las Leyes.
Al efecto, el Adjudicatario mantendrá a su xxxxx hasta la terminación del objeto del Contrato, como mínimo, los siguientes contratos de seguros:
a) De accidentes de trabajo y Seguros Sociales de su personal, conforme a la legislación que le resulte de aplicación.
b) De Responsabilidad Civil Extracontractual que garantice el pago de las indemnizaciones a que el Adjudicatario resultase obligado frente a terceros como civilmente responsable de los daños accidentales causados a los mismos, en sus personas o en sus bienes por acción o por omisión, y ya sea directa o subsidiaria tal responsabilidad, como consecuencia de la ejecución del objeto del Contrato, debiéndose entender SOGAMA como tercero a los efectos de esta responsabilidad. El límite de indemnización mínimo a establecer será de
10.000.000 €.
El adjudicatario indicará la cobertura y la prima a pagar por cada seguro. SOGAMA se reserva el derecho a comprobar y exigir que se cumplan las mismas.
Las posibles cantidades a establecer con franquicia serán a cargo del adjudicatario.
En todo caso, el adjudicatario dejará indemne a SOGAMA de cualquier daño o reclamación que por cualquier concepto pueda efectuarle cualquier tercero a la
administración y que sea consecuencia directa o indirecta de la ejecución del contrato, quedando expresamente habilitada SOGAMA para repetir contra el adjudicatario el abono de las reclamaciones que, eventualmente, ésta se hubiese visto obligada a asumir, incluyendo las que pudieran derivarse de incumplimientos que respecto de las obligaciones y exigencias contenidas en la Autorización Ambiental Integrada así como en el resto de normativa aplicable al desarrollo de las actividades, y que pudieran darse durante la ejecución de los trabajos.
19.‐ FORMA DE PAGO AL ADJUDICATARIO
‐ La facturación se realizará mensualmente. En la factura costará de las siguientes partidas:
a) partida fija mensual correspondiente a las inversiones y actuaciones en equipos que el adjudicatario debe realizar, la cual se facturará de forma mensual a partir del sexto mes de contrato en 12 cuotas, siempre que las inversiones hayan sido ejecutadas en su totalidad, en caso de que no hayan sido ejecutadas en dicho plazo no podrá comenzarse con su facturación hasta que hayan sido ejecutadas.
b) partida variable que se calculará con el total de metros cúbicos depurados vertidos a cauce, multiplicadas por el precio por metro cúbico adjudicado.
c) partida fija mensual en concepto de gestión integral de las instalaciones.
Los metros cúbicos a facturar se obtendrán de las lecturas mensuales realizadas por medio del sistema de medida instalado en el canal Parshall. Además, en caso de existir penalizaciones en alguno de los meses de facturación, Sogama podrá aplicar estas en cualquiera de los meses de facturación.
‐ Los pagos se efectuarán en el máximo plazo permitido por la normativa de aplicación vigente en cada momento mediante pagaré y/o transferencia reservándose SOGAMA el derecho de transferencia del pago antes de la fecha estipulada.
20.‐ DERECHOS DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Son derechos del Órgano de Contratación los siguientes:
1. Interpretar el contrato.
2. Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
3. Modificar el contrato en los términos establecidos en el TRLCSP y especialmente en relación a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 14/2013 de 26 de diciembre de racionalización del sector público autonómico en cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria.
La modificación del contrato por cumplimiento de los principios de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria tendrá la consideración de modificación prevista conforme a lo establecido en el artículo 106 de TRLCSP. El procedimiento para dicha modificación será el establecido en el artículo 211 del TRLCSP, dándose audiencia al contratista.
El límite máximo de reducción del presupuesto del contrato será del 40% y se efectuará mediante la reducción del volumen de deberes del contratista, siempre que esto sea posible. La reducción del precio del contrato será proporcional a la reducción de las prestaciones, de forma que se respete la ecuación financiera del contrato originario, sin alterar su equilibrio económico. Las modificaciones podrán afectar a una reducción del personal adscrito a la ejecución del contrato.
Se entiende que concurren causas económicas que justifican la modificación, cuando se produzca un descenso en la transferencia de subvenciones finalistas de la Administración respecto de las previsiones efectuadas inicialmente en la aprobación de los presupuestos que financian las prestaciones contratadas; se adopten medidas legales de ajuste que determinen la modificación del contrato o se adopten medidas derivadas de un plan de ajuste aprobado de acuerdo con la normativa vigente de estabilidad presupuestaria por las autoridades competentes.
4. Acordar la resolución del contrato y determinar sus efectos
21.‐ CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
1. Para la cesión del contrato deberán observarse las previsiones contenidas en el artículo 226deTRLCSP, siendo asimismo necesario que el cesionario tenga la capacidad exigida para contratar al cedente del contrato.
2. La subcontratación de parte del objeto del contrato se ajustará a lo previsto por el artículo 227delTRLCSP.
El Adjudicatario someterá a la aprobación de SOGAMA, S.A. las subcontrataciones que piense realizar, así como las variaciones que sobre las mismas hubiese.
El Adjudicatario será el único responsable de las subcontrataciones realizadas.
22.‐ EXTINCIÓN DE CONTRATO
El contrato se extinguirá por su conclusión o cumplimiento, o bien por su resolución.
22.1.‐ Cumplimiento y recepción
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este realizase, de acuerdo con los términos de este y a satisfacción de SOGAMA la totalidad de su objeto.
SOGAMA determinará si las prestaciones realizadas por el contratista se ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, si es el caso, la realización de las prestaciones contratadas y la enmienda de los defectos observados con ocasión de su recepción.
Si los trabajos efectuados no se ajustasen a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazarla quedando exento de pago y teniendo derecho, si es el caso, a la recuperación del precio satisfecho.
22.2.‐ Resolución
Serán causas de resolución de los contratos firmados por SOGAMA, S.A.:
‐ Incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Adjudicatario.
‐ Demora del contratista en el cumplimiento de los plazos contractuales
‐ El mutuo acuerdo de las partes.
‐ La muerte o la incapacidad temporal del contratista individual en los casos en los que no fuera posible la continuación del objeto del contrato por parte de su heredero o sucesor legal.
‐ La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista excepto en los casos de fusión de empresas en las que participe la sociedad contratista, en los que continuara el contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del mismo. Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividades de las mismas, continuará el contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación.
‐ Las demás causas específicamente establecidas respecto del contrato de servicios por la LCSP.
23.‐ GARANTÍAS TÉCNICAS Y PENALIZACIONES
De forma general y con respecto a todas las garantías exigidas en el resto de este Pliego y en el propio contrato, el Adjudicatario vendrá obligado a efectuar, a su xxxxx, las acciones necesarias para realizar la gestión integral de las instalaciones, sin perjuicio del derecho de SOGAMA a resolver el Contrato si lo estima conveniente, por incumplimiento del mismo.
- Garantía de depuración:. El Adjudicatario garantizará que la depuración de los distintos efluentes se realizará dentro de los plazos de producción de los mismos, de tal forma que no se produzca una acumulación excesiva de éstos en las balsas de lixiviados que pueda ocasionar vertidos sin depurar. Para ello, se adaptará en todo momento la operación de las instalaciones a las necesidades de depuración del efluente. En cualquier caso, Sogama podrá aplicar en la facturación del mes m repercutiendo esta al adjudicatario en cualquier momento, independientemente de cuando se haya producido el incumplimiento, una penalización consistente en multiplicar la cantidad de agua no depurada respecto de la mínima exigida en el pliego de 65.000m3/mes por el precio en €/m3 ofertado por el adjudicatario como termino variable:
- Esta penalización será de aplicación cuando al finalizar el mes Sogama haya verificado que cualquiera de las dos balsas de lixiviado están por encima del nivel BAJO, excepto en aquellos casos en los que estando por encima de dicho nivel al menos se hayan depurado un mínimo de 65.000m3/mes vertidos a cauce.
*Nivel BAJO: establecido en la regla de medición que será colocada al inicio del contrato en cada una de las dos balsas de lixiviados. Para determinar el nivel de las balsas y poder establecer las penalizaciones en caso de que estas se den, este nivel será tomado el último día de cada mes y en caso de coincidir en fin de semana será tomado el primer día hábil del mes siguiente.
‐ Garantía de nivel de balsas: Sogama podrá penalizar al adjudicatario si en cualquier momento el nivel de las balsas supera el nivel ALTO con un importe de 3000 €, por cada vez que se supere dicho límite.
- Garantía de Calidad. El Adjudicatario garantizará que mantendrá en todo momento los parámetros de vertido del efluente dentro de los límites legales indicados en la AAI o sus revisiones, la cual forma parte de este contrato. En caso de que los valores de cualquier parámetro superen los límites establecidos, Sogama podrá aplicar una penalización de
6.000 euros por cada incumplimiento, pudiéndose dar lugar a la rescisión del contrato en caso de incumplimiento reiterado, sin perjuicio de otras reclamaciones o costes que por daños y perjuicios puedan dar lugar tanto por parte de SOGAMA como de cualquier administración.
- ‐ Garantía de mantenimiento legal de las instalaciones de las depuradoras del CMC. El adjudicatario garantizará que se realizarán y documentarán todas las tareas que sean necesarias desde el punto de vista del mantenimiento legal requeridas por los entes competentes en cada materia, bien sean a realizar, tanto por su parte, como por empresa mantenedora adecuada.
Tras la realización de estos mantenimientos, y posterior redacción de informe/certificado, el adjudicatario se compromete a la entrega de dicho documento a SOGAMA en un período máximo de un mes desde que haya vencido la anterior certificación.
En caso de incumplimiento de esta garantía SOGAMA podrá aplicar una penalización del 10% del importe de la facturación mensual excluyendo las inversiones. Dicha penalización se aplicará de forma mensual y todos los meses sucesivos hasta que el adjudicatario no acredite la realización de dicho mantenimiento.
‐ Garantía de mantenimiento ordinario de las instalaciones de las depuradoras del CMC: El adjudicatario garantizará que se realizarán y documentarán todas las tareas que sean necesarias desde el punto de vista del mantenimiento preventivo y correctivo que requiera la instalación. Sogama podrá realizar auditorías de forma periódica y aleatoria en las diferentes instalaciones. Si durante una de estas visitas detecta deficiencias en el mantenimiento de las instalaciones, esta las comunicará al adjudicatario, el cual dispondrá de 10 días naturales para subsanarlas. En caso de que estas no fueran subsanadas en este periodo de tiempo, Sogama podrá aplicar una penalización del 10% del importe de la facturación mensual excluidas las inversiones. Dicha penalización se aplicará de forma mensual y todos los meses sucesivos hasta que el adjudicatario no acredite la realización de dicho mantenimiento.
‐ Garantía de almacenamiento de productos químicos y residuos generados en cada una de las depuradoras del CMC: El adjudicatario garantizará que el almacenamiento de productos químicos y residuos que se generen en cada una de las instalaciones se realizar de acuerdo con la legislación vigente. En caso de que Sogama detecte cualquier tipo de incumplimiento a este respecto, mediante la realización de auditorías de forma periódica y aleatoria en las diferentes instalaciones, esta las comunicará al adjudicatario, el cual dispondrá de 7 días naturales para subsanarlas. En caso de que estas no fueran subsanadas en este periodo de tiempo, Sogama podrá aplicar una penalización del 10% del importe de la facturación mensual. Dicha penalización se aplicará de forma mensual y todos los meses sucesivos hasta que el adjudicatario no acredite dicho cumplimiento.
‐ Garantía de limpieza. El adjudicatario garantizará que las depuradoras del CMC y las zonas que pertenezcan al ámbito de las mismas y de este contrato, se encuentran en perfecto estado de limpieza y visitabilidad, de acuerdo con el alcance solicitado en estos Pliegos. En caso de incumplimiento de este punto SOGAMA solicitará al adjudicatario por escrito la realización de las correspondientes limpiezas, disponiendo el adjudicatario de un máximo de dos días para realizar las mismas. En caso de que no se lleven a cabo,
SOGAMA podrá aplicar una penalización del 10% del importe de la facturación mensual. Dicha penalización se aplicará de forma mensual y todos los meses sucesivos hasta que el adjudicatario no acredite que se ha subsanado dicha incidencia.
‐ Garantías en materia de prevención de riesgos laborales (PRL): El Adjudicatario se responsabilizará del cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales y del cumplimiento de los procedimientos e instrucciones internas de SOGAMA. El adjudicatario garantizará que las depuradoras del CMC y las zonas que pertenezcan al ámbito de las mismas y de este contrato, se encuentran en perfecto estado de limpieza y visitabilidad así como que se mantenga el cumplimiento de las especificaciones de:
‐R.D. 486/ 97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo afectado por R.D. 2177/2004 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos en altura.
‐R.D. 485/97 sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
‐ Todas aquellas que resulten de aplicación
‐ Coordinación de actividades empresariales.
SOGAMA, como empresa titular y principal según el R.D. 171/2004, tomará la iniciativa en materia de coordinación de actividades empresariales y activará el procedimiento de que dispone en esta materia, el cual el adjudicatario estará obligado a cumplir.
Por el incumplimiento reiterado o continuado durante un período de seis meses desde el inicio del contrato de las obligaciones del procedimiento de coordinación de actividades empresariales de SOGAMA, le será aplicada al adjudicatario una penalización de entre
3.000 euros y 6.000 euros por cada una de ella que se incumpla en función de la gravedad, sin perjuicio de que el Adjudicatario, en cualquier caso, esté obligado al pago de cuantas sanciones se produzcan por esta causa ante la Administración competente. Todas las penalizaciones en materia de PRL se aplicarán sin perjuicio del resarcimiento a SOGAMA de cualquier cantidad que ésta se vea obligada a abonar en concepto de sanciones administrativas, recargo de prestaciones y/o indemnizaciones con motivo de incumplimientos de la normativa aplicable en materia de Seguridad Laboral.
‐ Cualquier sanción administrativa que sea objeto SOGAMA por cualquier motivo (prevención, medioambiente, residuos peligrosos, etc.), relativo a incumplimientos en las características del vertido, normativas vigentes, o de cualquier otra índole, será repercutida al adjudicatario, y adicionalmente se le penalizará con un importe igual a la cuantía de la sanción recibida por SOGAMA. La reiteración en una sanción podrá ser causa de rescisión del contrato.
‐ Actuaciones, inversiones y mejoras a realizar por parte del adjudicatario: el adjudicatario estará obligado a realizar todas y cada una de las actuaciones que se detallan en el pliego de prescripciones técnicas, tanto de adecuación de equipos como de inversiones:
En caso de que cualquiera de ellas no se realicen en los plazos ofertados por el adjudicatario, Sogama aplicará una penalización del 5% del importe total del término fijo correspondiente a las inversiones y adecuación de equipos, calculado multiplicando el importe fijo mensual sin IVA ofertado por las 12 cuotas, por cada dos semanas de retraso respecto al plazo ofertado. Dicha penalización se aplicará de forma mensual y todos los meses sucesivos hasta que Sogama no haya verificado la realización de dicha actuación o mejora y será de aplicación a partir de la segunda semana de incumplimiento del plazo ofertado.
24.‐ PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD.
Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente bloqueados los
datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento.
En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
a) Que el contratista encargado del tratamiento de datos de carácter personal se ajuste a las instrucciones del responsable del tratamiento.
b) Que el contratista encargado del tratamiento y el tercero formalicen el contrato en los términos previstos en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.
En estos casos el tercero tendrá también la consideración de encargado del tratamiento.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato, el plazo de garantía (de ser el caso) y los cinco años posteriores en los términos del artículo 140 del TRLCSP.
25. ‐ RESPONSABLE DEL CONTRATO
SOGAMA nombrará un responsable del contrato, que será persona de su organización con titulación adecuada y suficiente y será directamente responsable de la comprobación, coordinación y vigilancia correcta realización del objeto y alcance del contrato.
Las principales funciones del responsable del contrato son las de interlocución con el contratista, dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos, proponer las modificaciones que estime oportunas en la ejecución de los trabajos en orden a un mejor cumplimiento del objeto del contrato, formular liquidación de la labor realizada dando conformidad si es el caso a las facturas presentadas por el adjudicatario y tramitar cuantas incidencias surjan en el desarrollo de los trabajos objeto del contrato. Será el Jefe de Área Técnica.
26. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
1.‐ Las empresas deberán en sus ofertas a SOGAMA hacer constar la relación de patentes y demás derechos de propiedad industrial o intelectual que implicarán en el cumplimiento del contrato, de forma que queden perfectamente acreditadas la propiedad industrial o intelectual previas al contrato y que se aportarán a la ejecución
del mismo. Cualquier propiedad industrial o intelectual no identificada como tal en la oferta de las empresas será considerada como posterior y obtenida con motivo del presente contrato.
2.‐ Todos los derechos, títulos e intereses tanto de propiedad industrial o intelectual previos al contrato permanecerán como propiedad del contratista, pero éste le concede a SOGAMA una licencia no exclusiva y gratuita durante el plazo de vigencia de dichas propiedades en relación con el desarrollo, resultado y aplicación de los trabajos objeto de este contrato.
3.‐ El contratista contará con las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes para emplear materiales, suministros, equipos en la ejecución del objeto del contrato, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones relativas a reclamaciones en materia de propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar a SOGAMA por los daños y perjuicios que se le causen por tal concepto.
4.‐ Todos los documentos que se elaboren y los trabajos que se realicen para la ejecución del presente contrato, que puedan ser objeto de protección como propiedad industrial o propiedad intelectual serán propiedad de SOGAMA, que podrá ejercer el derecho de explotación. Dicho derecho de explotación, comprenderá la reproducción, distribución, divulgación, comunicación pública e información. La empresa adjudicataria para hacer uso de los mismos como referencia o como base de futuros trabajos, necesita la autorización expresa de SOGAMA. Por tanto, quedarán en propiedad de SOGAMA tanto los servicios recibidos como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial e intelectual, reservándose SOGAMA su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por SOGAMA, y ésta, en consecuencia podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. En cuanto sea legalmente necesario para hacer efectivos la titularidad o los derechos de SOGAMA reconocidos en la presente cláusula el contratista, desde que sea requerido para ello y en cualquier caso antes de la recepción de los trabajos objeto del contrato, formalizará un documento público, que se inscribirá en los correspondientes registros, la transmisión a SOGAMA de los derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial generada o adquirida con motivo del presente
contrato y la cesión de derechos a los fines de explotación de los resultados del contrato. Todos los gastos que pudieran originarse serán por cuenta del contratista, quien habrá de satisfacer también las remuneraciones que resulten legalmente procedentes.
5.‐ El adjudicatario no podrá hacer uso alguno de la información, productos o tecnologías desarrollados en el presente contrato, ni publicar, divulgar o proporcionar a terceros ningún dato o documento procedente de los trabajos de no mediar autorización expresa y por escrito de SOGAMA, obligándose a resarcir a esta por los perjuicios que se le causen.
ANEXO I
MODELO DE AVAL
ANEXO MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF , con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en
, código postal , localidad , y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA A
(nombre y apellidos o razón social del avalado), (domicilio a efecto de notificaciones), NIF , en virtud de lo dispuesto en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP) para responder de las obligaciones siguientes:
(detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado), ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº , por importe de (en letra y cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
El presente aval estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(Razón social de la entidad)
(Firma de los apoderados) BASTANTEO DE PODERES POR
Provincia, Fecha, Número o Código.
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
ANEXO II
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número (1)
(en adelante, asegurador), con domicilio en
(xxxxx), y NIF , debidamente representado por Don/Doña
(2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A
(3) , NIF ), (domicilio a efecto de notificaciones), en concepto de tomador del seguro, ante la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., con C.I.F. nº
, en adelante, asegurado, hasta el importe de (en letra y cifra) (4), en los términos y condiciones establecidos en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector Público (TRLCSP), normativa de desarrollo y Pliego de condiciones por la que se rige el contrato (5) , en concepto de garantía provisional para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se pueden derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguiente, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, en caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado, al primer requerimiento, en los términos establecidos en la normativa de contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que la SOCIEDADE GALEGA DO MEDIO AMBIENTE, S.A., o quien en su nombre habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación
o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En , a de de
Fdo.: (Asegurador)
BASTANTEO DE PODERES POR
Provincia, Fecha, Número y Código.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe en letra, por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
ANEXO III
MODELO PROPUESTA ECONÓMICA
D. , con domicilio en ‐ , provisto de D.N.I. núm. expedido en , con fecha , en nombre y representación de , CIF núm. , sabedor de la licitación por anuncio publicado en en fecha
, y de las condiciones y requisitos que se exigen para concurrir a la licitación y adjudicación del contrato de , por procedimiento abierto, para
.DECLARA
1. Que conoce el Pliego de condiciones y sus anexos que contienen las condiciones técnicas y económicas que le sirven de base a la convocatoria del citado contrato, y que los acepta incondicionalmente en la totalidad de su contenido.
2. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con SOGAMA, S.A., y que se compromete en nombre de , a cumplir el contrato con estricta sujeción a los documentos citados.
3. Precio ofertado término fijo (euros/mes sin IVA): Gestión integral de las depuradoras del CMC de SOGAMA:
para el servicio de
4. Precio ofertado término variable (Euros/m3 depurado sin IVA): para la partida correspondiente a los volúmenes de agua depurada vertidas a cauce.
5. Precio ofertado inversiones y actuaciones en equipos (euros/mes sin IVA):
.
6. TIEMPOS OFERTADOS GARANTIZADOS PARA LAS ACTUACIONES
ACTUACIÓN | Plazo Máximo | Plazo ofertado |
Instalación del nuevo edificio de vestuarios y sala de control | 6 meses | |
Actuaciones en equipos | 3 meses |
7. Asimismo, se compromete al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
En , a de de
Fdo.:
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Número de expediente:
Denominación de la contratación:
Fecha de la declaración:
DATOS DEL DECLARANTE
Nombre y apellidos:. DNI/NIF : , Teléfono: (A
efectos de notificaciones) FAX:
Correo electrónico:
Dirección Postal:
(en caso de actuar en representación)
Entidad Mercantil a la que representa:
Domicilio social:
CIF:
Cargo:
Datos de constitución (Referencia escritura):
Poder de representación (Referenciaescritura):
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Dirección Postal:
Número de inscripción en el registro de contratistas de la Xunta:
Manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación convocado por la Sociedade Galega do Medio Ambiente para la ejecución del contrato de referencia por el importe señalado en la proposición económica, así como que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos legalmente para contratar, dispone de la documentación que así lo acredita, autoriza al órgano de contratación a recabar los datos necesarios que obren en la administración para comprobar la veracidad de lo manifestado y expresa lo siguiente:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que según se recoge en el artículo 24 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico y en el artículo 146. 4 del TRLCSP, la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos de la licitación y en el TRLCSP para poder concurrir a esta licitación, en cuanto a la capacidad, solvencia y representación.
Que conoce los pliegos de cláusulas de la licitación que sirven de base al contrato y los acepta incondicionalmente.
Que ni el firmante de esta declaración, ni la entidad a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes se encuentran incursos en ninguna de las causas de prohibición para contratar conforme con lo dispuesto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, así como que el empresario persona física o, en su caso, la empresa que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (con la Administración del Estado y con la de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso) y con la Seguridad Social establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no forma parte de los órganos de gobierno u de administración ningún alto cargo a los que se refiere la Ley 5/2006, del 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de interés de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, la Ley 9/1996, del 18 de octubre, de incompatibilidades de los miembros de la Xunta de Galicia y altos Cargos de la Administración Autonómica, la Ley 53/1984, del 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y la Ley Orgánica 5/1985, del 19 xx xxxxx, de régimen electoral general, en los
términos establecidos en las mismas, o en cualquier otra norma de aplicación en la materia.
Que ni el firmante de esta declaración, ni ninguno de los administradores o representantes de la entidad a la que represento, es, es cónyuge, persona vinculada con análoga relación de convivencia afectiva o descendientes de las personas a las que se refiere el párrafo anterior (siempre que, respecto de estos últimos, dichas personas ostenten su representación legal)
Que en el caso de ser adjudicatario declara de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante y aceptando la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de A Coruña.
Que en relación con lo establecido en el artículo 145.4 del TRLCSP y en el artículo 86 del RGLCAP sobre empresas vinculadas, la entidad mercantil a la que represento (marcar lo que proceda):
□ No tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o que perteneciese a su mismo grupo de empresas ni está integrada por ningún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con alguna sociedad también licitadora en el procedimiento de adjudicación.
□ Sí tiene vinculación con otra/s empresa/s licitadora/s en el procedimiento de adjudicación o sí pertenece a su mismo grupo de empresas y/o sí está integrada por algún socio en el que concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 42.1 del Código de Comercio en relación con una/s sociedad/s también licitadora/s en el procedimiento de adjudicación. Se incluye a continuación la denominación social de la/s empresa/s en la/s que concurre/n esta circunstancia:
Que la entidad a la que represento se encuentra inscrita en el Registro General de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia con el número y que, teniendo en cuenta que se acreditan las circunstancias de aptitud para contratar mediante certificación de dicho registro, se manifiesta que (marque lo que proceda):
a) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración.
b) Las circunstancias de aptitud para contratar acreditadas mediante certificación de dicho registro no experimentaron variación a fecha de la firma de esta declaración, excepto las que a continuación se indican, según se justifica con los documentos que se acompañan:
‐ Circunstancias varias:………………………………………
‐ Documentación justificativa que se adjunta:……………………………………….
Que manifiesto conocer el contenido y alcance del Código Ético Institucional de la Xunta de Galicia, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia del 24 de julio de 2014 y publicado por resolución de 8 de septiembre de 2014 (DOG núm. 179 del 19/09/2014).
Firma y sello en todas las páginas
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR EL SERVICIO DE “GESTIÓN INTEGRAL DE LAS DEPURADORAS DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL XX XXXXXXX”, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MULTICRITERIO, SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA Y DOCUMENTALMENTE SIMPLIFICADO
(NC 0004/2018)
Febrero 2018
ÍNDICE
1. OBJETO 3
2. ALCANCE 3
2.1 ANTECEDENTES 3
2.2 DESCRIPCIÓN DE LAS PLANTAS DEPURADORAS DE EFLUENTES INSTALADAS EN EL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL XX
XXXXXXX 3
2.3 CARACTERÍSTICAS QUE DEBE CUMPLIR EL VERTIDO. LÍMITES DE VERTIDO 7
2.4 DESARROLLO DE LA GESTIÓN INTEGRAL 8
2.5 ACTUACIONES SOBRE EQUIPOS 20
2.6 RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO 23
3. INVERSIONES 26
3.1 NUEVO EDIFICIO DE SERVICIOS DE LAS DEPURADORAS DEL CMC 26
1. OBJETO
El objeto del presente pliego es definir los requisitos necesarios para llevar a cabo el “GESTIÓN INTEGRAL DE LAS DEPURADORAS DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL XX XXXXXXX” lo cual se detalla
en los apartados siguientes.
2. ALCANCE
2.1 Antecedentes
SOGAMA cuenta con dos depuradoras en serie en el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx (en adelante CMC) instaladas para procesar todos los efluentes derivados del normal funcionamiento de las distintas plantas dispuestas en dicho Complejo. Estas depuradoras son las siguientes:
Depuradora Físico‐Química.
Depuradora Biológica
A continuación, a título orientativo, se incluye una breve descripción de cada una de las plantas depuradoras anteriormente indicadas:
2.2 Descripción de las plantas depuradoras de efluentes instaladas en el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx.
2.2.1 Depuradora Físico‐Química compuesta por tres líneas.
Datos de diseño, según proyecto:
Caudal medio horario conjunto: 220 m3/h, formado por una línea de 100 m3/h y dos líneas de 60m3/h cada una de ellas.
Tipo de agua residual: Purgas de vapor de las calderas, purgas de las xxxxxx de refrigeración de la Planta Termoeléctrica y Planta de Cogeneración, Lavado de Filtros de Agua Bruta, Efluente de salida de la Depuradora Biológica, Lixiviados de los vertederos de inertes y cenizas, y Caudal de Tiempo Seco del Tanque de Tormentas.
Descripción de los equipos
Desbaste de gruesos.
Consiste en un canal de desbaste en el que está instalada una reja‐tornillo extractor‐ compactador TECMONCADE.
Tanque de homogeneización.
Tanque con un volumen de 2000 m3 y dotado con dos agitadores sumergibles en cada extremo del tanque y un aireador. En el interior se coloca un sistema de bombeo a elevación formado por dos bombas sumergibles para las líneas 1‐2 y dos bombas sumergibles para la línea 3.
Desbaste de finos.
Consiste en un rototamiz FMS para las líneas 1 y 2 que se alimenta desde las bombas del tanque de homogeneización, y otro rototamiz SALHER para la línea 3 que se alimenta desde las bombas ABS‐Sulzer. Ambos están equipados con tolva de recogida de sólidos.
Coagulación‐Floculación‐Decantación.
Existen tres líneas de coagulación‐floculación‐decantación en paralelo (líneas 1, 2 y 3). En el caso de las líneas 1 y 2, el tratamiento físico‐químico de coagulación‐floculación se realiza en el interior de dos cámaras construidas en PRFV equipadas con sendos agitadores verticales. En las cámaras se dosifica policloruro de aluminio (PAC) (coagulante) y un polielectrolito aniónico (floculante), respectivamente. El control de pH se realiza mediante una disolución xx xxxx (NaOH) al 25%. Todos los sistemas de dosificación están constituidos por un tanque de almacenamiento y dos bombas dosificadoras de pistón. La salida del tanque de floculación alimenta un decantador lamelar de 63 m2 de superficie. El agua tratada se entrega a la salida del decantador lamelar y el fango se bombea mediante dos bombas de rotor excéntrico hacia un espesador de fangos.
En el caso de la línea 3, el tratamiento físico‐químico de coagulación‐floculación‐decantación se realiza en el interior de dos cámaras construidas en PRFV equipadas con sendos agitadores. En las cámaras se dosifica Policloruro de aluminio (PAC) (coagulante) y un polielectrolito aniónico (floculante), respectivamente. El control de pH se realiza mediante una disolución xx xxxx (NaOH) al 25%. Todos los sistemas de dosificación están constituidos por un tanque de almacenamiento y dos bombas dosificadoras de pistón. El agua tratada se entrega a la salida del decantador lamelar y el fango se bombea mediante dos bombas de rotor excéntrico hacia un espesador de fangos.
Espesador de fangos.
El espesador de fangos para las líneas 1 y 2 es un recipiente estático construido en PRFV de 4 m de diámetro y con capacidad para 33 m3, y el de la línea 3 es también un recipiente estático construido en PRFV de 4 m de diámetro y con capacidad para 40 m3.
Acondicionamiento de fangos.
El acondicionamiento de fangos común a todas las líneas se produce en un tanque de 2 m3 de capacidad en el que se adiciona un polielectrolito catiónico (floculante) y policloruro de aluminio (PAC) (coagulante) que se dosifican mediante dos bombas de rotor excéntrico. Este depósito dispone a su vez de un agitador vertical.
Deshidratación de fangos.
Se realiza en un filtro prensa TEFSA de 52 placas de 1x1 m con capacidad para 1.800 litros.
Balsas de Lixivados
En las inmediaciones de las depuradoras se disponen dos balsas de lixiviados de 2.000m3 de capacidad cada una, a las que se conducen los lixiviados procedentes de los vertederos de cenizas e inertes. Ambas balsas disponen de un sistema de impermeabilización que consta de (abajo a arriba):
o Una barrera geológica artificial de 50 cm de arcilla compactada en el fondo y lámina de bentonita en los taludes (en ambos casos con coeficientes de impermeabilidad inferiores a 1,0 × 10‐9m/s.)
o Un geocompuesto drenante con láminas de compuesto geotextil en ambas caras.
o Una geomembrana impermeable de PEAD de 2mm xxxx.
En el punto más bajo de ambas balsas se dispone de una arqueta de hormigón en la que se disponen los sistemas de bombeo responsables de conducir los lixiviados a la balsas de homogenización. Así mismo, ambas balsas disponen entre otros elementos de conductivímetros y sondas de nivel por ultrasonidos.
Depósitos de Productos Químicos.
La depuradora cuenta con los siguientes depósitos de almacenamiento de productos químicos:
o Almacenamiento xx Xxxx (NaOH) al 25%: se lleva a cabo en un depósito de 5m3 de PEAD, el cual se encuentra calorifugado, para evitar la cristalización del reactivo, y en el interior de un cubeto de obra para retención de derrames. El llenado de dicho depósito se efectúa desde un camión cisterna ubicado en el cargadero habilitado a tal efecto a través de una bomba.
o Almacenamiento de Policloruro de Aluminio (PAC): se lleva a cabo en un depósito de 20m3, el cual se encuentra en el interior de un cubeto de obra para retención de derrames. El llenado de dicho depósito se efectúa desde un camión cisterna ubicado en el cargadero habilitado a tal efecto y a través de una bomba.
2.2.2 Depuradora biológica
Datos de diseño, según proyecto:
Caudal diario: 75 m3/día
Tipo de agua residual Descripción de los equipos
Desbaste de finos: Consiste en un canal de desbaste en el que está instalada una reja‐tornillo extractor‐compactador SALHER.
Tanque de homogeneización‐regulación: Para laminar el caudal hacia el tratamiento biológico se dispone de un tanque de hormigón de 66 m3. El tanque está equipado con un sistema de aireación‐agitación mediante turbojet (uno en operación ABS‐Sulzer más otro en reserva ABS). El bombeo del efluente se realiza mediante dos bombas sumergibles ABS‐Sulzer de 5 m3/h, una en operación y otra en reserva, equipada con rodete triturador, y con su sistema de elevación mediante tubos guía y zócalo de anclaje.
Desbaste de finos: Consiste en un rototamiz TECMONCADE, equipado con tolva de recogida de sólidos.
Tanque de desnitrificación: El agua procedente del tanque de homogeneización se introduce en el tanque de desnitrificación que tiene un volumen de 80 m3 y está en condiciones anóxicas. En este tanque se recircula el fango procedente del decantador secundario que es el que está cargado de nitratos, tras su permanencia en el reactor biológico. Consta además de un agitador sumergible de hélice EBARA y de un sensor con indicador de concentración de los parámetros nitrato y amonio.
Reactor biológico: Seguidamente, el líquido pasa por gravedad, a través de una ventana al reactor biológico de 570 m3 de volumen. El reactor biológico cuenta con un sistema de dosificación de ácido fosfórico, para suplir la previsible falta del fósforo necesario para el correcto funcionamiento del sistema, y de antiespumante.
Dos soplantes de émbolos rotativos, una en operación y otra en reserva, suministran el aire necesario para los procesos de oxidación biológica a través de una parrilla de 250 difusores de membrana de nueve pulgadas de diámetro (dividida en dos zonas, una con 175 difusores y otra con 75 difusores). El caudal de aire aportado se regula a través de un lazo de control entre el oxímetro instalado en el reactor biológico y el variador de frecuencia que regula la velocidad de trabajo de la soplante.
Decantador secundario: El licor mixto pasa al decantador secundario construido en PRFV de 4 m de diámetro, donde el sobrenadante clarificado se envía por canalización enterrada al tanque de homogeneización de la depuradora físico‐química, y el fango decantado se recircula a la cámara de desnitrificación mediante dos bombas sumergibles, una en operación y otra en reserva.
Ambas bombas están equipadas con zócalos de anclaje y tubos guía, y están ubicadas en el pozo de recirculación contiguo al decantador secundario.
La purga de fangos en exceso producidos en el tratamiento biológico se recoge mediante conexión rápida para tractor cisterna en la línea de recirculación. Éste, la traslada hasta el acondicionamiento de fangos de la depuradora físico‐química.
2.3 Características que debe cumplir el vertido. Límites de vertido.
El vertido del efluente final de las depuradoras se encuentra situado en un único punto de vertido y se produce por medio de una única canalización. El efluente de la depuradora biológica se vierte en la depuradora físico‐química donde se procesa nuevamente como paso previo al vertido a cauce público, a través de una conducción hasta la Arqueta de Vertido al Xxxx da Iña.
Tras los correspondientes procesos de depuración, la calidad del vertido debe cumplir en cada momento con lo estipulado en la AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA otorgada a la Sociedade Galega do Medioambiente, S. A. (SOGAMA) para el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx (CMC) y para el Vertedero xx Xxxxxx y su posteriores modificaciones, cuya revisión vigente puede ser consultada en la siguiente dirección web:
xxxx://xxxxx.xxxxx.xxx/xxxxx‐de‐expedientes‐da‐autorizacion‐ambiental‐ integrada?p_p_id=AAIPortlet_WAR_AAIPortlet_INSTANCE_4ZjN&p_p_lifecycle=2&p_p_state=norma l&p_p_mode=view&p_p_cacheability=cacheLevelPage&p_p_col_id=column‐ 2&p_p_col_count=1&_AAIPortlet_WAR_AAIPortlet_INSTANCE_4ZjN_accion=descarga&_AAIPortlet_ WAR_AAIPortlet_INSTANCE_4ZjN_accion=busqueda&_AAIPortlet_WAR_AAIPortlet_INSTANCE_4ZjN
_codigo=29905
Los parámetros que deberán mantenerse bajo vigilancia son los indicados en el apartado 3.2.3.a.1 del Anexo VI, referido a “Aguas residuales industriales y fecales” depuradas procedentes de la depuradora Físico‐Química correspondientes a las instalaciones del CMC.
El Adjudicatario deberá realizar, a su xxxxx, una serie de Controles Internos con distinta frecuencia en función del parámetro sometido a control (los Controles Externos los realizará SOGAMA dentro de su Plan de Vigilancia Ambiental). Estos controles se realizarán de acuerdo a lo estipulado en el apartado “1.2.5. Vigilancia y control de vertidos. Indicaciones”, del Anexo VII de la resolución ya
mencionada, con periodicidades diarias, quincenales y mensuales dependiendo del parámetro a analizar:
Tanto la frecuencia como los valores límite de los parámetros, o los propios parámetros bajo vigilancia, podrán variar en función de las revisiones que puedan surgir de una futura autorización de vertido o nueva legislación que fuese de aplicación. En caso de que esto suceda, las partes acordarán la forma de llevar a cabo las nuevas exigencias.
Todos los análisis se realizarán sobre una muestra integrada durante un periodo de 24 horas, con lo que el Adjudicatario deberá dotar a su xxxxx la arqueta de vertido de la EDAR con un toma‐muestras automático para recogida horaria de muestras.
2.4 Desarrollo de la gestión integral
La empresa adjudicataria llevará a cabo la gestión integral de las depuradoras del CMC, incluyendo, al menos, las tareas detalladas a continuación, de tal forma que se garantice el tratamiento eficaz de todos los efluentes producidos en el CMC y su vertido a cauce de acuerdo con los valores límite establecidos en el artículo 2.3.
2.4.1 Operación
Será x xxxxx del adjudicatario llevar a cabo la operación de las depuradoras físico‐química y biológica del CMC, las cuales tendrán la misión de depurar la totalidad de las aguas residuales originadas en dicho complejo. La operación de las mismas se hará de modo eficiente y de forma que el efluente vertido a cauce público cumpla con las exigencias establecidas en la Autorización Ambiental Integrada del CMC. La operación de las depuradoras se llevará a cabo las 24 horas y 7 días a la semana durante el periodo de vigencia del contrato, para ello en todo momento se encontrará un operario al servicio de las mismas.
Se llevarán a cabo todas las tareas administrativas que requiera el funcionamiento de la planta (gestión de materiales, repuestos, compras, etc.,) o aquellas que, en función de las necesidades del servicio pudiesen ser necesarias en cada momento.
A fin de llevar a cabo cualquier tipo de gestión con la Administración, el Adjudicatario aportará a SOGAMA toda la documentación que le sea requerida por ésta última, y siempre de acuerdo a los requerimiento de la AAI ya mencionada.
Existirá un responsable único de planta o Jefe de Planta, con la formación técnica adecuada que servirá de interlocutor con Sogama, disponiendo de teléfono de contacto durante las 24 horas del día, comunicando a Sogama inmediatamente cualquier incidencia que afecte a la disponibilidad de la planta o a la producción y mantenimiento.
Las depuradoras deberán operarse bajo la premisa de mantener los niveles de las balsas de lixiviados de cenizas y de escorias lo más bajos posibles.
Con el objeto de establecer diferentes niveles de llenado de las balsas, el adjudicatario suministrará e instalará en cada una, unos visores/marcas de profundidad que se colocarán en el muro de hormigón de separación entre ambas. Se dispondrán así mismo en un punto central respecto a su eje longitudinal, en cuyo punto, el muro tendrá una altura aproximada de 2 m. Se diseñarán de acuerdo las siguientes medidas, nomenclaturas y coloraciones:
Las reglas de profundidad se acometerán en material plástico resistente al lixiviado que contengan las balsas. Deberán ser visibles e identificables desde cualquier punto del perímetro de las balsas. El método de fijación de las marcas no podrá afectar a la integridad xxx xxxx de separación. En todo caso, el adjudicatario deberá someter a la aprobación de SOGAMA el diseño y colocación de las reglas de profundidad.
Informe de Explotación: Una vez finalizado el mes, el Adjudicatario entregará a Sogama un Informe de Explotación que contendrá como mínimo la siguiente información:
Caudal diario de agua depurada (salida EDAR) medido por medio del canal Parshall, caudal diario de entrada a las depuradoras, y total mensual.
Nivel de cada una de las balsas de lixiviado y la balsa de homogenización, justificando ambos por medio de una fotografía.
Informe de los análisis químicos realizados en los vertidos de las plantas depuradoras, y resultados analíticos, incluyendo datos medios, máximos y límites establecidos en la Autorización Ambiental Integrada.
Medias mensuales y acumuladas de lodos generados en la depuración.
Consumo mensual de consumibles y reactivos.
Personal en planta e incidencias ocurridas (accidentes de trabajo, bajas, etc.)
Sogama podría requerir información adicional relacionada con la gestión integral de las depuradoras, la cual deberá ser aportada por el adjudicatario en dicho informe.
2.4.1.1. Nueva instalación de depuración.
A lo largo del contrato Sogama tiene previsto la instalación de un sistema adicional de depuración de aguas basado en ósmosis inversa, cuya misión será la reducción de la conductividad en el vertido de aguas residuales industriales del Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx. Inicialmente está previsto procesar el caudal proveniente de las balsas de lixiviados, al ser el flujo más concentrado y ya tenerlo en una línea separada, se trataría directamente, sin mezclar con el agua que llega de planta, si bien podría ser necesario procesar otros flujos a fin de conseguir un permeado que cumpla con los correspondientes valores de conductividad. Será Sogama la que especifique finalmente cuáles serán las pautas de operación de la misma, estableciendo los flujos que se procesarán en dicha instalación.
El cualquier caso el adjudicatario deberá únicamente operar la nueva instalación depuradora con el personal adscrito a este contrato. Será x xxxxx de Sogama los suministros de productos químicos que requiera para su funcionamiento así como su mantenimiento, incluyendo en éste los repuestos y consumibles.
Independientemente de la puesta en funcionamiento de esta instalación, la cual no haría otra cosa que mejorar la calidad de los efluentes, el adjudicatario deberá cumplir con todas las garantías solicitadas en los Pliegos.
2.4.2 Mantenimiento
Será x xxxxx del adjudicatario llevar a cabo el mantenimiento correctivo, predictivo y legal de todos las máquinas, instalaciones y equipos que componen la depuradora físico‐química y biológica del CMC, así como aquellos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del proceso de depuración, siendo éstas, sin carácter exhaustivo, las siguientes:
Depuradora físico‐química
Depuradora biológica
Instalación de baja tensión asociada a las depuradoras anteriores y la instalación de alta tensión de la depuradora físico‐química desde la cabina de 6kV que protege eléctricamente al transformador.
Balsas de lixiviados: cenizas e inertes
Red de Aguas Residuales (desde las arquetas del punto de entrada de aguas residuales a las depuradoras hasta el punto de vertido)
Instalación de Agua Industrial de las depuradoras desde los tanques de agua bruta del CMC.
Almacenamiento y Dosificación de Productos Químicos necesarios para el tratamiento de depuración de la depuradora Físico‐Química y Biológica.
Almacenamiento de Residuos generados.
Protección Contra Incendios de las depuradoras
Aparatos a presión de las depuradoras
Equipos informáticos y software de gestión de las instalaciones de depuración.
Todos los elementos de obra civil, incluyendo todas las estructuras, soleras, muros, cargaderos, pintura, carpintería metálica, cristalería, edificio de nueva construcción tanto interior como exteriormente, barandillas, escaleras, etc.
El mantenimiento de las instalaciones de depuración se acometerá de modo que todos los equipos y componentes de dicha instalación se encuentren en estado óptimo de funcionamiento, permitiendo por tanto el correcto y eficaz tratamiento de las aguas residuales. Serán x xxxxx del adjudicatario todos los repuestos necesarios, sustitución de partes de equipos o de equipos completos que durante la vigencia del contrato sufriesen cualquier tipo de avería que requiriese de su sustitución, independientemente de la antigüedad de los mismos o de su estado en el momento que se produzca la misma.
Será x xxxxx del adjudicatario llevar a cabo la reparación de aquellas estructuras, equipos y edificaciones sufran daños y/o deterioro ya sea en pinturas, cubiertas con goteras, o cualquier tipo de daño en general.
De acuerdo al Real Decreto 337/2014, de 9 xx xxxx, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC‐RAT 01 a 23, el adjudicatario suscribirá un contrato de mantenimiento de la instalación de alta tensión asociadas a las depuradoras objeto de concurso con una empresa instaladora de alta tensión
El adjudicatario será el encargado de llevar a cabo, a su xxxxx, cuantas Inspecciones Periódicas Reglamentarias sean necesarias, contratando al organismo de control autorizado que desee, teniendo en cuenta en todo caso que el titular de las instalaciones/establecimientos es SOGAMA. Se prestará especial atención a la instalación eléctrica de baja y alta tensión, el sistema de protección contra incendios. el almacenamiento de productos químicos y los aparatos y equipos a presión de las depuradoras.
Calibración, verificación o sustitución de equipos de medida y ensayo cuando sea preciso, entregándose los correspondientes certificados emitidos por entidad independiente a SOGAMA. En la verificación de estos equipos de medida se incluyen expresamente el caudalímetro‐ phmetro del canal Parshall utilizado para la medida de volúmenes depurados a la salida de la Depuradora Físico‐química, previo al punto de vertido final del CMC. La verificación‐calibración de este equipo será como mínimo semestral. En cualquier caso, esta frecuencia vendrá determinada por la Autorización Ambiental Integrada vigente en cada momento. Este elemento y el canal por el que se vierte el agua depurada han de permanecer en todo momento en perfecto estado de mantenimiento y limpieza debido a que es el equipo por medio del cual se medirán los caudales depurados para realizar la facturación mensual de la partida variable del contrato.
Será por cuenta del Adjudicatario la gestión y mantenimiento de toda la red de saneamiento, desde el punto de entrada de aguas residuales hasta el punto de vertido. Como mínimo, se realizará una limpieza de las tuberías de salida de los efluentes depurados en cada depuradora, mediante camión de alta presión una vez al año. En el momento en que se detecte una anomalía en la red de tuberías, ésta ha de ser solucionada de inmediato.
En caso de que en cualquier momento durante el período de duración del contrato SOGAMA decidiese implantar un sistema integrado de gestión de mantenimiento de sus instalaciones, el
adjudicatario quedará obligado a la introducción/envío de cuantos informes, revisiones y tareas de mantenimiento se realicen en el contexto de este contrato, que en cualquier caso, e independientemente de la implantación de este sistema, el adjudicatario deberá tener documentadas entregándolas a Sogama a requerimiento de esta.
SOGAMA se reserva el derecho de realizar auditorías internas o externas con la finalidad de evaluar la gestión y calidad del mantenimiento realizado sobre las instalaciones que componen el alcance de este concurso.
El Adjudicatario mantendrá permanentemente actualizado un archivo histórico de mantenimiento de todos los equipos y un archivo estadístico de mantenimiento, que podrá ser requerido por SOGAMA en cualquier momento.
2.4.3 Limpieza
Limpieza general de elementos y dependencias de las depuradoras, jardines anexos, canalizaciones de vertido y punto de vertido. En este último caso, se asegurará la absoluta pulcritud de la zona, de forma que no existan flóculos, grasas, o material procedente de arrastre tanto desde la EDAR como desde la red de pluviales. El Adjudicatario procederá a la limpieza de la Arqueta de Vertido final al Xxxx da Iña como mínimo de forma semanal, y en casos puntuales cuando sea necesario.
Durante el tercer año de contrato se realizará una limpieza pormenorizada de las dos balsas de lixiviados (escorias y cenizas), en la que se acometerán entre otras, las siguientes tareas:
Retirada de todos los lodos y sólidos depositados en el fondo de las balsas de lixiviados. Previa limpieza de las balsas, el adjudicatario deberá realizar, a su xxxxx, una caracterización previa de la naturaleza de los lodos depositados en el fondo de las mismas, para determinar su peligrosidad como residuo, por medio de empresa acreditada ENAC. Será x xxxxx del adjudicatario, el traslado y gestión de los residuos (lodos, etc.) generados de la limpieza de las balsas de lixiviados.
Revisión exhaustiva del paquete de impermeabilización de las balsas lixiviados por medio de empresa acreditada en el control de calidad de geosintéticos. El adjudicatario procederá a la reparación y/o subsanación de las incidencias detectadas, debiendo ser supervisadas y aprobadas por la empresa acreditada en el control de calidad de geosintéticos.
Se coordinará con SOGAMA la limpieza de dichas balsas.
Durante el segundo, y en caso de prórroga, en el cuarto año de contrato se efectuará una limpieza pormenorizada de los tanques de homogeneización de la depuradora físico‐química y del reactor biológico, tanque de homogenización y tanque de desnitrificación de la depuradora biológica, sustituyendo los difusores que se encuentren en mal estado en el caso del reactor biológico, y reparando aquellos equipos o partes de instalación que se encuentren dañados. Los residuos originados por esta limpieza serán también caracterizados y gestionados por el Adjudicatario, a su xxxxx, coordinando con SOGAMA su transporte a gestor autorizado. Se coordinará con SOGAMA dichas limpiezas.
En caso de que alguno, parte o todos los tanques de la depuradora físico‐química y biológica presente una cantidad de lodos tal que no permita el adecuado funcionamiento de los sistemas de bombeo de aspiración, agitación y/o aireación, SOGAMA podrá exigirle al adjudicatario una limpieza previa de las mismas, que se hará siguiendo las premisas indicadas en los puntos anteriores.
2.4.4 Medio Ambiente.
Detección de anomalías en los procesos de depuración mediante la comprobación de los parámetros del vertido a la salida de cada una de las depuradoras.
Análisis, x xxxxx del Adjudicatario, de todos los parámetros establecidos en el CONTROL INTERNO en el artículo 2.3. del presente pliego. Dentro de estos controles, los parámetros con frecuencia diaria podrán ser realizados por el propio laboratorio en planta del adjudicatario o por uno externo, a criterio del adjudicatario. Los parámetros con frecuencia quincenal y mensual deberán ser realizados por un Laboratorio Externo Acreditado por ENAC en la toma de muestras de aguas residuales industriales y en el análisis de los parámetros mencionados, siempre teniendo en cuenta que los límites especificados en la AAI para cada parámetro se encuentren dentro del rango de medida del procedimiento de análisis.
Será x xxxxx del Adjudicatario la elaboración de cuantos análisis, dictámenes o informes sean necesarios para cumplir con cualquier requerimiento con la Administración, en particular, la Autorización Ambiental Integrada otorgada a la Sociedade Galega do Medioambiente, S. A. (SOGAMA) para el Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx (CMC) y para el Vertedero xx Xxxxxx y su posteriores modificaciones.
Gestión y envío a gestor autorizado por parte del Adjudicatario, a su xxxxx, de todos los residuos peligrosos y no peligrosos generados por la gestión integral de las depuradoras del CMC de SOGAMA, incluidos todos los lodos de depuración y lodos/fangos depositados en el fondo de las balsas.
2.4.5 Suministro de Productos Químicos
Forma parte del alcance del presente pliego de concurso el suministro de los productos químicos genéricos y específicos necesarios para la correcta operación de las depuradoras físico‐química y biológica.
Los productos químicos a suministrar son los que siguen:
Xxxx (NaOH):
o Concentración: 25 %
o Tipo de transporte: Cisterna de 10 toneladas máximo.
Hipoclorito Sódico:
o Concentración: 170 gr/l aproximadamente
o Recipiente: contenedores GRG/IBC de 1.000 l.
Ácido Fosfórico:
o Concentración: 25 %
o Recipientes: garrafas de 25 l.
Policloruro de Aluminio (PAC):
o Concentración: 36 % aproximadamente (9 % de Aluminio)
o Tipo de transporte: Cisterna de 12 toneladas máximo.
Polielectrolito aniónico:
o Características del producto: Formulado para ser utilizado conjuntamente con el Policloruro de Aluminio como floculante de carga aniónica y bajo peso molecular.
o Tipo de recipiente para suministro: bidones retornables de 200kg aprox.
Polielectrolito catiónico:
o Características del producto: Formulado de naturaleza catiónica para ser utilizado en la deshidratación de fangos y conseguir una reducción importante del contenido de agua de los mismos.
o Tipo de recipiente para suministro: bidones retornables de 200kg aprox.
Antiespumante:
o Características del producto: Formulado para controlar la formación de espuma en el proceso.
o Tipo de recipiente para suministro: bidones retornables de 175 kg aprox.
De igual modo, cualquier otro producto químico que pudiera ser necesario para llevar a cabo la gestión integral de las depuradoras será x xxxxx del adjudicatario.
Respecto a estos productos, será responsabilidad del adjudicatario lo siguiente:
El Adjudicatario coordinará y será a su xxxxx los envíos, descargas, cargas de contenedores vacíos, etc. de aditivos y reactivos, necesarios para el normal desarrollo del objeto del Concurso. Será por cuenta del adjudicatario la retirada de los contenedores retornables vacíos.
Será responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento de la legislación vigente en materia de almacenamiento de productos químicos y de residuos peligrosos, debiendo poner a disposición del contrato todos los elementos necesarios para su cumplimiento. SOGAMA dispone en el CMC de un almacén de productos químicos para el almacenamiento de bidones y de contenedores GRG/IBC y de un almacén de residuos peligrosos, de los cuales podrá hacer uso el adjudicatario. El uso de ambos almacenes se hará en cada momento de acuerdo a las instrucciones que imparta SOGAMA y en coordinación con la empresa responsable de dicho almacén. En cualquier caso, el Adjudicatario llevará a cabo un control del stock de reactivos en el almacén.
El adjudicatario podrá modificar el formato y/o volumen de los recipientes (contenedores, bidones, garrafas, etc.) tras la correspondiente aprobación previa por parte de SOGAMA.
El Adjudicatario será responsable de la fabricación, suministro, pruebas y análisis, controles de calidad de acuerdo con la norma que sea de aplicación, y transporte hasta las instalaciones de SOGAMA de los productos químicos necesarios para la correcta gestión de las depuradoras físico‐química y biológica.
El Adjudicatario será el único responsable de los suministros y controles de calidad indistintamente de cualquier subcontratación a terceros de cualquier elemento o parte de los mismos.
El Adjudicatario se hará responsable de todas las licencias, permisos y autorizaciones que sean necesarios para la importación de cualquier suministro de productos químicos objeto del alcance, si fuese el caso.
Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las leyes, reglamentos y requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato.
Los contenedores a suministrar deberán cumplir con la legislación vigente, tanto en materia de calidad de construcción como en transporte. En caso de que Sogama considere que la calidad de los contenedores no resultara la adecuada en términos de seguridad y por consideraciones Medioambientales, podrá exigirle al adjudicatario el remplazo de dichos contenedores por unos que sí den cumplimiento a dichas consideraciones.
2.4.6 Control de Legionella
Será responsabilidad y a xxxxx del adjudicatario el control de la Legionella, según el Real Decreto 865/2013 o el vigente en cada momento, de los sistemas de instalación de agua fría y los sistemas de agua caliente sanitaria, siendo el alcance el que sigue:
Circuito de Agua fría:
o Limpieza y desinfección ANUAL de la red de distribución y de los puntos terminales. La red de distribución de agua fría de la depuradora Físico‐Química parte de la conducción que une el Tanque de Agua Bruta del CMC de SOGAMA con el depósito de 50 m3 (Tanque T3) situado en dichas depuradoras, y finaliza en los puntos terminales (grifos, lavamanos, duchas, termoeléctricos, etc.) del nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras. Se efectuará también después de una parada superior a un mes, después de una reparación o modificación estructural o cuando se ponga en marcha por primera vez.
o Se tomará una muestra ANUAL de agua para el análisis de Legionella en los Vestuarios de la Depuradora y una muestra ANUAL en el depósito de 50 m3 de la EDAR. Se efectuará aproximadamente 15 días después de cualquier limpieza y desinfección que se haga. Estas analíticas deben estar certificadas y acreditadas por
laboratorio certificado y homologado según normas ISO. En caso de que alguna analítica de Legionella a lo largo del año resultase positiva se procedería a la desinfección de nuevo de toda la red sin coste alguno.
o Se revisará de forma ANUAL el funcionamiento de la instalación.
o Se revisará el estado de conservación y limpieza del depósito de 50 m3 de la EDAR de forma TRIMESTRAL.
o Se revisará de forma MENSUAL el estado de conservación y limpieza de los puntos terminales (grifos y duchas). Se realizará en un número representativo, rotatorio a lo largo del año de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación.
o Se revisarán los filtros y otros equipos de tratamiento del agua de forma MENSUAL.
o Se purgarán las válvulas de drenaje de las tuberías de forma MENSUAL.
o Se tomará de forma MENSUAL la Temperatura en el depósito y en puntos significativos de la red de distribución.
NOTA: Las acciones de control que requieran por la legislación una periodicidad mayor que la mensual, como por ejemplo:
La apertura de los grifos y duchas de las instalaciones no utilizadas para comprobar su funcionamiento de forma SEMANAL.
La medición de forma DIARIA del pH y del Cloro residual libre en un número representativo de terminales.
Serán efectuadas por el Adjudicatario y sus resultados serán reflejados en el Libro de Registro de la instalación.
Circuito de Agua Caliente:
o Limpieza y desinfección ANUAL de los acumuladores, termos, red de distribución y de los puntos terminales dispuestos en el nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras. Se efectuará también después de una parada superior a un mes, después de una reparación o modificación estructural o cuando se ponga en marcha por primera vez.
o Se tomará una muestra ANUAL de agua para el análisis de Legionella en los puntos más representativos de la instalación (Termos, Acumuladores, Duchas, punto proximal y punto distal). Se efectuará aproximadamente 15 días después de cualquier limpieza y desinfección que se haga. Estas analíticas deben estar certificadas y acreditadas por laboratorio certificado y homologado según normas
ISO. En caso de que alguna analítica de Legionella a lo largo del año resultase positiva se procedería a la desinfección de nuevo de toda la red sin coste alguno.
o Se revisará de forma ANUAL el funcionamiento de la instalación.
o Se revisará el estado de conservación y limpieza de acumuladores y termos de forma TRIMESTRAL.
o Se revisará de forma MENSUAL el estado de conservación y limpieza de los puntos terminales (grifos y duchas). Se realizará en un número representativo, rotatorio a lo largo del año de forma que al final del año se hayan revisado todos los puntos terminales de la instalación.
o Se purgarán las válvulas de drenaje de las tuberías de forma MENSUAL.
o Se tomará de forma MENSUAL la Temperatura en los puntos “centinela” (punto proximal y punto distal).
NOTA: Las acciones de control que requieran por la legislación una periodicidad mayor que la mensual, como por ejemplo:
La purga del fondo de los acumuladores y termos de forma SEMANAL.
La apertura de los grifos y duchas de las instalaciones no utilizadas para comprobar su funcionamiento de forma SEMANAL.
La medición de forma DIARIA de la Temperatura en termos y acumuladores
Serán efectuadas por el Adjudicatario y sus resultados serán reflejados en el Libro de Registro de la instalación.
2.4.7 Desratización
Será responsabilidad y a xxxxx del adjudicatario el tratamiento de desratización del nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras.
Se realizará tratamiento inicial y un mantenimiento preventivo con una periodicidad BIMESTRAL en el nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras.
De forma BIMESTRAL se procederá a la realización de una revisión y reposición de los cebos. Consistirá en la disposición de portacebos raticidas con el producto químico raticida sólido, líquido o pasta fresca en función de la categoría de la instalación a tratar.
Para el tratamiento de choque se expedirá un certificado de realización del servicio con los productos utilizados, la dosis a aplicar y el aplicador de los tratamientos. Todos los productos
que se utilicen estarán homologados y autorizados por el Ministerio de Sanidad para su uso ambiental.
2.5 Actuaciones sobre equipos
Además de lo comentado en el apartado correspondiente al Desarrollo de la gestión integral de las Depuradoras del CMC, será x xxxxx del adjudicatario llevar a cabo las siguientes actuaciones de mejora de las instalaciones de depuración, las cuales se realizarán en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato:
2.5.1 Completa Revisión y Acondicionamiento del Filtro‐Prensa de la Depuradora Físico‐Química.
Con el objeto de optimizar el funcionamiento y la disponibilidad del filtro‐prensa y garantizar que dicho equipo trate todos los lodos originados en el proceso de depuración físico‐químico, se llevarán a cabo, como mínimo, las actuaciones que se relacionan a continuación, que serán x xxxxx del adjudicatario:
Se llevará a cabo una completa revisión del Bastidor, Grupo Electrohidráulico Dispositivo de Cierre y Abertura Electrohidráulica, el Mecanismo de Traslado de Placas, Paquete Filtrante, Cuadro Eléctrico y de Mando, así como los restantes equipos y componentes que conforman el filtro‐prensa. Una vez llevada a cabo la mencionada revisión de todos los equipos y componentes del filtro‐prensa. Se procederá a la reparación o suministro y sustitución de todos los elementos defectuosos.
Se procederá a la sustitución de las telas filtrantes existentes por unas de nuevo suministro en caso de que éstas estén deterioradas.
Se procederá un saneamiento y tratamiento superficial del bastidor del filtro prensa, especialmente en aquellas zonas que presentan deterioro y corrosión.
2.5.2 Sustitución xx Xxxxxxx en Decantadores Lamelares de las líneas 1 y 2 de la Depuradora Físico‐Química.
Con el objeto de maximizar el rendimiento del proceso de separación líquido‐sólido que se lleva a cabo en los decantadores lamelares de las líneas 1 y 2 de la depuradora físico‐química del CMC, será x xxxxx del adjudicatario:
La retirada de las xxxxxxx existentes en dichas líneas
Suministrar e instalar nuevas xxxxxxx
Las nuevas xxxxxxx a instalar se diseñarán de modo que:
Minimicen el número de paradas técnicas de las líneas 1 y 2 de depuración para la limpieza de las xxxxxxx.
Minimicen la formación de obturaciones en las xxxxxxx.
Maximicen de superficie efectiva de decantación
Eviten la formación xx xxxxxxx preferenciales
Las xxxxxxx se encuentren correctamente apoyados en la estructura de soporte.
El acabado superficial de las xxxxxxx minimizará la adherencia de fangos/flóculos
Será x xxxxx del adjudicatario el suministro e instalación de los soportes y perfiles de apoyo de las xxxxxxx. Así mismo, en caso de ser necesario, se llevarán las todas las reformas y adecuaciones, así como las restantes actuaciones que sean necesarios en el bastidor del decantador, el cual está construido en PRFV, para la correcta instalación de las xxxxxxx.
2.5.3 Cerramiento del Filtro‐Prensa de la Depuradora Físico‐Química.
El Filtro‐Prensa se encuentra instalado sobre una estructura metálica con cubierta y barandillas laterales con el objeto de situar bajo dicho equipo un contenedor para la recogida de las tortas. El equipo se encuentra instalado a una altura aproximada de 3 metros. Así mismo, la estructura dispone de una escalera de acceso.
Será por cuenta del adjudicatario instalar un cerramiento mediante chapa perfilada xx xxxxx galvanizado y prelacado. Dicho cerramiento protegerá al filtro‐prensa de la luz solar, el viento y de la lluvia, y abarcará la altura que va desde la superficie de apoyo del filtro prensa a la cubierta existente. Para el acceso a la zona del filtro‐prensa a través de la escalera, se procederá a la instalación de una puerta metálica de acceso.
Forma parte del alcance el suministro e instalación de toda la perfilería y tornillería necesaria para la fijación del cerramiento y la puerta. Se procederá a la instalación de nuevas luminarias estancas con el objeto de garantizar una correcta visibilidad de todos los componentes del filtro prensa.
Será x xxxxx del adjudicatario el suministro e instalación de todos los materiales necesarios para el montaje del cerramiento lateral, la puerta de acceso y las luminarias, las cuales se acometerán de modo que:
Se garantice la operatividad y mantenibilidad de todos los equipos y componentes de la depuradora físico‐química.
Soporte las acciones de viento y lluvia.
Cumpla la legislación vigente, prestando especial atención en lo establecido en materia de seguridad y salud.
Todos los materiales a suministrar deberán ser resistentes a la corrosión.
2.5.4 Reacondicionamiento de Estructuras Metálicas y Pasarelas.
Se llevará a cabo una limpieza y reacondicionamiento de las estructuras metálicas que soportan todos los componentes y equipos de las depuradoras biológica y Físico química y de las balsas de lixiviados, así como de las pasarelas (con sus barandillas, rodapiés, etc.), escaleras y escalas que dan servicio a las mismas. A tal efecto:
Se sanearán las superficies que presentan corrosión, eliminando cualquier impureza existente. Los elementos metálicos que presenten una degradación importante, se serán sustituidas. A estas superficies/perfiles, se les aplicará un tratamiento anticorrosión mediante 2 capas de imprimación y al menos dos capas de pintura de esmalte sintético del color que determine SOGAMA. Se revisará el estado de todas las barandillas, rodapiés de las pasarelas de las depuradoras, reparando las que se encuentren deterioradas, e instalando y montando aquellas de las que carezca de acuerdo a la legislación vigente en materia de seguridad y saludo. Así mismo se procederá al saneamiento y refuerzo de las pasarelas dispuestas sobre el decantador lamelar de la línea 1y 2 de depuración.
Se remplazará el tramex de las pasarelas y escaleras correspondiente a las líneas 1 y 2, y el filtro prensa de la depuradora físico‐química, así como todo aquel tramex instalado en las depuradoras del CMC, que estando dispuesto en altura, no disponga xx xxxxx de seguridad de 8mm x 8mm. El nuevo tramex a instalar será electrosoldado y galvanizado 30x30x30x3 mm con suelo antideslizante, separador entregirado y malla de seguridad de 8mm x 8mm. El tramex deberá soportar una carga de 400 kg/m2. Se instalarán todas las grapas de sujeción y de unión, que garanticen su fijación. Se revisarán todos elementos de fijación y apoyo y se sanearán/sustituirán en caso de deterioro. Así mismo, en caso de que el tramex no se encuentre debidamente apoyado y fijado, se reforzará la estructura de apoyo a tal efecto.
2.5.5 Suministro y Montaje de Nuevas Pasarelas.
Con el objeto de poder proceder al izado, retirada, descenso y recolocación de los equipos instalados en el tanque de homogenización y en el tanque de desnitrificación de la depuradora biológica, y de las bombas sumergibles de elevación de las líneas 1 y 2 de la depuradora físico‐química, y poder llevar a cabo un adecuado mantenimiento de los mismos, será x xxxxx del adjudicatario, el suministro y montaje de las pasarelas necesarias que permitan dichas actuaciones de modo que se dé cumplimiento a legislación vigente en materia de seguridad y salud. Contará con las barandillas, rodapiés y plataforma en tramex. Todas las superficies metálicas estarán debidamente tratadas y protegidas contra la corrosión.
Con el objeto de garantizar que se pueda llevar a cabo el mantenimiento de todos los equipos sumergidos de las depuradoras físico‐química y biológica del CMC, será x xxxxx del adjudicatario llevar a cabo las siguientes actuaciones:
Revisión, reparación y acondicionamiento, en caso de ser necesario, de todos los sistemas existentes de elevación e izado de equipos sumergidos.
Revisión de las plataformas existentes para la retirada de los equipos sumergidos, de modo que permitan llevar a cabo los trabajos de mantenimiento de dichos equipos cumpliendo la legislación vigente en materia de seguridad y salud.
2.5.6 Suministro y Montaje de un pHmetro en el tanque de homogenización de las depuradora físico‐química.
Con el objeto de conocer el valor de pH en el tanque de homogenización, será x xxxxx del adjudicatario el suministro de una nueva sonda de pH. La medida de dicha sonda se mostrará y almacenará en el SCADA de la depuradora físico‐química.
2.6 Responsabilidad del Adjudicatario
En el momento en que el adjudicatario comience a gestionar las instalaciones y al personal objeto de contrato, éste no podrá realizar reclamación alguna a Sogama por el estado de las mismas ya que el contrato en todo momento se entiende a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario. Previo al inicio del contrato será necesaria la firma de un acta de traspaso entre la empresa saliente y la entrante, con la que se darán por aceptadas las instalaciones para proceder con su gestión de acuerdo a este contrato.
El Ofertante designará un Interlocutor único ante SOGAMA, que estará localizable en todo momento 24 horas al día durante la duración del Contrato, dado el carácter del objeto del contrato.
El adjudicatario pondrá a disposición del contrato todo el personal y la maquinaria móvil que sean necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones objeto de concurso.
Respecto al personal propio, como mínimo el adjudicatario habrá de poner a disposición del servicio 1 Responsable de Contrato con dedicación exclusiva al mismo, con titulación técnica en ingeniería o químicas, y que en cualquier caso tendrá una experiencia mínima demostrada de 5 años en instalaciones de tratamiento de aguas residuales y dispondrá al menos de un curso
básico en PRRLL de 60 horas. Sogama no aceptará un responsable del contrato que no acredite estas condiciones.
El adjudicatario, como mínimo habrá de poner a disposición del servicio 1 vehículo para el traslado entre instalaciones de depuración dentro del CMC.
Se tendrá en cuenta que las instalaciones están actualmente en funcionamiento por lo que el adjudicatario del concurso tendrá que subrogar el personal al servicio de las mismas según el CONVENIO COLECTIVO DE CENTRO DE TRABAJO DE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS EN LOS CENTROS DEL COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL XX XXXXXXX, COMO SUBCONTRATISTAS DE LA SOCIEDAD GALLEGA DE MEDIOAMBIENTE, S.A.
El adjudicatario aportará los medios humanos necesarios para cubrir bajas, absentismos y vacaciones de forma que la planta sea operada en todo momento en condiciones óptimas.
Relación de personal que actualmente está adscrito a la gestión de las depuradoras:
CATEGORIA PROFESIONAL | ANTIGÜEDAD | SALARIO BRUTO € |
GRUPO III | 08/02/2002 | 33.005,26 |
GRUPO III | 01/12/2001 | 33.341,89 |
GRUPO III | 01/12/2001 | 33.104,49 |
GRUPO III | 01/12/2001 | 31.958,98 |
GRUPO III | 15/11/2001 | 33.159,79 |
El adjudicatario cumplirá con las obligaciones que supone la legislación laboral y de la Seguridad Social respecto del personal a su servicio, no teniendo este personal relación jurídico‐laboral ni derecho alguno frente a SOGAMA, toda vez que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario, el cual ostentará todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono, con arreglo a las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, sin que en ningún caso resulte responsable SOGAMA de las obligaciones presentes o futuras nacidas entre el adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos o medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento o interpretación del contrato.
El adjudicatario cuidará en todo momento de la buena presencia del personal a su cargo: uniformidad y trato correcto.
Los daños que el personal pudiera ocasionar en el mobiliario o instalaciones, ya sea debido a negligencia, dolo o con ocasión de la adopción de medidas de presión o conflicto, serán indemnizables por el adjudicatario.
Con el fin de evitar actividades desproporcionadas que causen graves perjuicios en las instalaciones, material o mobiliario, el adjudicatario adoptará las medidas de seguridad, suficientes y adecuadas para garantizar en todo momento que la prestación de los servicios mínimos se realice con toda normalidad y no causen perjuicios a los usuarios.
Será x xxxxx del Adjudicatario la compra y suministro de todos los repuestos necesarios para la realización del mantenimiento, y los consumibles, combustibles o productos químicos y reactivos necesarios para el correcto funcionamiento de las depuradoras incluidas en el objeto de este pliego de concurso, así como de las dependencias objeto de contrato, incluyendo los vestuarios.
El Adjudicatario pondrá a disposición la figura de un Consejero de Seguridad de acuerdo al RD 1566/99 o legislación vigente que estará en posesión del certificado de aprobación de formación y reciclaje otorgado por la Autoridad Competente. Su cometido principal será buscar medios y promover acciones que faciliten las cargas y/o descargas de productos químicos en la empresa con sujeción a la normativa aplicable y en condiciones de seguridad. Para ello, entre otras acciones, auditará y asesorará en el cumplimiento de la normativa, redactará un informe anual sobre las actividades relativas a la carga/descarga y /o transporte de productos químicos y comprobará la existencia y adecuación de procedimientos en relación a las actividades implicadas.
El Adjudicatario elaborará un plan de emergencia por posibles vertidos, reboses y fallos en el proceso de depuración de las instalaciones. Dicho plan irá encaminado principalmente a evitar cualquier vertido al cauce que no cumpla los parámetros exigidos en la autorización debiendo, si ello es necesario, paralizar inmediatamente la planta de depuración, y proponiendo diversas soluciones preventivas. Este Plan será entregado a SOGAMA dentro de los dos primeros meses de explotación.
Permitir el libre acceso, y sin restricciones, a cualquier punto de las depuradoras dentro del alcance del presente documento al personal de SOGAMA.
Además del deber de cooperación y coordinación que debe existir entre SOGAMA y el adjudicatario, en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, el adjudicatario estará obligado a cumplir las disposiciones contenidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborables, y en particular:
o Conocer y asumir las normas de seguridad elaboradas por SOGAMA y la evaluación de riesgos del anterior contratista, revisando aquellos aspectos que considere deben actualizarse o mejorarse.
o Adoptar las medidas necesarias de vigilancia y control de la salud que se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada.
Será responsabilidad del Adjudicatario el pleno cumplimiento de las leyes, reglamentos y requisitos de la legislación vigente a la firma del Contrato.
3. Inversiones
3.1 Nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras del CMC
Forma parte del alcance del presente pliego de concurso el dotar a la zona de las Depuradoras del Complejo Medioambiental xx Xxxxxxx de un nuevo Edificio de Servicios que se implantará en las inmediaciones de la Depuradora Físico‐Química de dicho complejo, el cual se llevará a cabo en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de firma del contrato. Hasta que dicho edificio esté operativo, el adjudicatario proporcionará las correspondientes casetas que servirán como vestuarios. A tal efecto será responsabilidad y a xxxxx del adjudicatario la realización de todos los estudios e informes, así como los restantes trabajos que sean necesarios para la ejecución del mismo.
El nuevo edificio se ejecutará bajo el estricto cumplimiento de la legislación vigente aplicable de ámbito europeo, estatal, autonómico y local vigente a la hora de acometer la obra de referencia.
El Código Técnico de la Edificación vigente, incluidos todos sus Documentos Básicos (Seguridad Estructural, Seguridad en Caso de Incendios, Seguridad de Utilización y Accesibilidad, Salubridad, etc.) así como las legislación relacionada en cada uno de los documentos anteriores.
El reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
El reglamento electrotécnico para baja tensión, incluidas las correspondientes instrucciones estatales y autonómicas.
Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios
Legislación en materia de Producción y Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
La Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA
Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Protección de la salud y seguridad de los trabajadores. Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Producción y Gestión de los Residuos. Legislación de suelos.
Accesibilidad y Supresión xx Xxxxxxxx
Prevención de Riesgos Laborales
Así mismo, será de obligado cumplimiento lo establecido en la Autorización Ambiental Integrada de SOGAMA.
La edificación de referencia se podrá acometer mediante estructura metálica, de hormigón o mixta, mediante el uso de técnicas de construcción tradicionales o mediante técnicas de construcción modular prefabricada. En todo caso deberán:
Cumplir con las exigencias y premisas establecidas en el presente documento
Garantizar en todo momento la operatividad y mantenibilidad de la edificación, así como las instalaciones de SOGAMA.
El adjudicatario propondrá la implantación de dicho Edificio y de las instalaciones asociadas, debiendo someter la misma a la aprobación previa de Sogama.
El nuevo Edificio de Servicios de las Depuradoras será de una sola planta y constará al menos de las siguientes particiones, de las cuales se especifica la superficie útil mínima de cada una de ellas:
ESTANCIAS | Nº DE ESTANCIAS | SUPERFICIE ÚTIL MÍNIMA (m2) |
Oficina de Jefe de Planta | 1 | 9 |
Oficina xx Xxxx de Control | 1 | 9 |
Sala Diáfana (Laboratorio) | 1 | 10 |
Vestuario Masculino | 1 | 22 |
Vestuario Femenino | 1 | 15 |
Sala | 1 | 6 |
TOTAL | 6 | 71 |
En función de las instalaciones de climatización y/o agua caliente sanitaria que se instalen, se deberá tener en consideración el dotar al edificio de una sala en la que se dispongan los equipos correspondientes a dichas instalaciones.
Las dimensiones de dicha edificación serán tales que permitan la implantación de las estancias indicadas, garantizando las superficies mínimas indicadas.
3.1.1 Vestuario Masculino
El diseño del vestuario, así como las características y calidades de los elementos constructivos y mobiliario del vestuario masculino deberán ser adecuados a las condiciones de humedad que se dan en este tipo de estancias. El vestuario se diseñará así mismo, teniendo en consideración 5 trabajadores adscritos + 1 trabajador de reserva, y se encontrará sectorizado en las 3 zonas siguientes:
1. Zona Limpia
Zona del vestuario dotado de taquillas, banco y perchero, en la que el usuario que accede al mismo del exterior, procede a dejar la ropa y calzado limpio (xx xxxxx) antes de pasar a la zona sucia, o bien, en la que usuario procedente del área de trabajo accede tras haber dejado la ropa y calzado sucio (de trabajo) en la zona sucia.
2. Zona Sucia
Zona del vestuario dotado de taquillas, banco y perchero, en la que el usuario que accede al mismo del área de trabajo, procede a dejar la ropa y calzado sucio (de trabajo) antes de pasar a la zona limpia, o bien, en la que usuario procedente del exterior accede tras haber dejado la ropa y calzado limpia (xx xxxxx) en la zona limpia.
3. Zona de Aseo
Es la zona intermedia y de paso obligado para circular entre la zona limpia y sucia. En la misma se encuentran los urinarios, inodoros, duchas y lavamanos.
En la siguiente imagen se muestra la sectorización deseada del vestuario masculino. Tal como se muestra en la misma, deberá haber una separación clara entre la zona sucia limpia y sucia del vestuario.
El vestuario masculino se dotará de:
1. Zona limpia
Un mínimo de 6 taquillas de zona limpia.
Bancos de Vestuario de zona limpia.
Armario/estantería para ropa limpia
2. Zona Sucia
Un mínimo de 6 taquillas de zona sucia.
Bancos de Vestuario de zona sucia.
Cesta cerrada (con tapa) para ropa sucia.
3. Zona Aseo
Una ducha
Un lavamanos.
Un inodoro
Un urinario
Un espejo
Las taquillas a suministrar e instalar serán modulares mediante sistema inicial y extensiones, de medidas mínimas de 30*51*180 cm. Su estructura y cerramientos serán de xxxxx xx xxxxx laminado en frío y lacados, al igual que el techo que será de tipo inclinado. Las puertas dispondrán de
etiquetero, xx xxxxxx ventilación y de pomo metálico para colocación de candado. Se apoyarán sobre un juego de 4 patas xx xxxxx de 100mm de altura.
El banco de vestuario estará dotado de percheros, repisa superior y repisa zapatero.
Con carácter general, los aparatos sanitarios serán de porcelana sanitaria blanca vitrificada y la grifería será de tipo monomando con acabado niquelado. Estos elementos serán fabricados por un fabricante de reconocido prestigio. Se suministrarán e instalarán de igual modo, en la zona de aseo, los dosificadores de jabón, dispensadores de papel, papeleras, toalleros, colgadores y espejos en número necesario y acorde a los aparatos sanitarios y al personal que hará uso de las dependencias.
3.1.2 Vestuario Femenino
Se acometerá siguiendo las mismas premisas que las indicadas para el caso del vestuario masculino y considerando 2 trabajadoras adscrita.
El vestuario femenino se dotará de:
1. Zona limpia
Un mínimo de 2 taquillas de zona limpia.
Bancos de Vestuario de zona limpia.
Armario/estantería para ropa limpia
2. Zona Sucia
Un mínimo de 2 taquillas de zona sucia.
Bancos de Vestuario de zona sucia.
Cesta cerrada (con tapa) para ropa sucia.
3. Zona Aseo
Una ducha
Un lavamanos.
Un inodoro
Un espejo
3.1.3 Oficinas de Jefe de Planta y Sala de Control
En sendas oficinas se dispondrá 1 puesto de trabajo modular compuesto por mesa escritorio, mesa adicional, bucks fijos y/o rodantes, estanterías, armarios y silla de oficina. Las estanterías, bucks y mesas adicionales se instalarán en número necesario de acuerdo a las necesidades de cada oficina.
Las ventanas a instalar en Oficinas y Sala Diáfana, serán de tipo oscilobatiente y se implantarán con la premisa de optimizar la visibilidad de la depuradora físico‐química, así como la de maximizar su iluminación natural. El acristalamiento será doble formado por vidrio de baja emisividad térmica y cámara de aire.
3.1.4 Sala Diáfana
En esta sala, y en caso de que el adjudicatario así lo desee expresamente, podrá instalarse el laboratorio para la realización de las analíticas diarias solicitadas en los controles ambientales internos, así como aquellas otras que considere oportunas, siempre y cuando se analicen muestras relacionadas con las unidades de depuración del CMC de SOGAMA. A tal efecto, será por cuenta del adjudicatario dotar dicha estancia de todo el equipamiento necesario, así como llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para la realización de dichas analíticas en forma.
3.1.5 Sala
Esta estancia se dotará de:
Mesa para 2 personas
2 Sillas
1 pequeño mueble/estantería
3.1.6 Instalación Eléctrica
La acometida eléctrica al edificio de servicios se realizará desde el cuadro general de baja tensión de la depuradora físico‐química, en donde contará con un circuito independiente, convenientemente protegido contra contactos directos e indirectos. Así mismo se dotarán en dicho cuadro de todas las protecciones y aparamenta necesaria que vendrán determinadas por la normativa vigente.
A partir del CGBT de la Depuradora Físico‐Química, se realizará una conducción subterránea que servirá para realizar la acometida de energía eléctrica en baja tensión al edificio de Servicios. Este pase se realizará por medio de la utilización de tubo corrugado de PVC xx xxxxx capa del diámetro apropiado a la sección y tipo de acometida. Este tubo se enterrará en el terreno, ejecutándose de esta manera una instalación enterrada bajo tubo. La profundidad mínima de enterramiento será de 1 metro, quedando perfectamente señalizada su presencia a una profundidad de 30 cm por medio de baliza adecuada. Este conducto se encontrará duplicado en toda su longitud, dotando a la
infraestructura de una reserva de idénticas características en cuanto a materiales y disposición. Esta reserva contará con guía.
La conducción contará con cuantas arquetas resulten necesarias para cumplir con lo siguiente:
Ninguna arqueta distará más de 25 metros de la siguiente.
En cada cambio de dirección se contará con una arqueta.
Todas estas arquetas serán prefabricadas de hormigón con dimensiones mínimas de 50cm x 50cm x 50cm y contarán con tapa de fundición apta para utilización en zonas de tráfico rodado pesado.
El fin de esta acometida se encontrará en el cuadro general de baja tensión a instalar en el edificio de servicios.
La acometida llegará al cuadro general de baja tensión mencionado, contará con un interruptor automático general para el conjunto de la instalación eléctrica de baja tensión de la zona de servicios, así como un interruptor automático general para cada uno de los subcuadros que pudieran instalarse. Además, en este cuadro se instalarán las protecciones necesarias para las instalaciones de fuerza directamente asociadas al edificio de servicios.
Anexo a este cuadro se instalará un cuadro general de alumbrado, que gestionará los circuitos de alumbrado a instalar en el propio edificio de servicios, así como el alumbrado exterior de toda la zona de servicios. Al igual que el cuadro al que se refiere el párrafo anterior, se dispondrá de un interruptor general para dicho cuadro, y la aparamenta necesaria para el correcto funcionamiento del sistema de alumbrado de forma general.
La instalación eléctrica de baja tensión estará protegida contra descargas eléctricas de tipo atmosférico por medio de un descargador a instalar en el cuadro general de baja tensión.
La instalación eléctrica del edificio de servicios se dividirá en instalación de fuerza y alumbrado, encontrándose la aparamenta de protección y control en los cuadros definidos en los párrafos anteriores.
La aparamenta relativa a los circuitos eléctricos a implementar se instalará en el cuadro general de distribución o de alumbrado según la instalación de la que se trate.
Cada estancia se dotará de:
1. Oficinas de Jefe de Planta y Sala de Control:
o Un mínimo de 5 tomas de fuerza monofásicas de 16A por puesto de trabajo (3 tomas en la ubicación de los puestos y las 2 restantes distribuidas en cada estancia)
2. Sala Diáfana:
o Un mínimo de 6 tomas de fuerza monofásicas de 16A.
3. Comedor:
o Un mínimo de 5 tomas de fuerza monofásicas de 16A.
4. Vestuario Masculino:
o Un mínimo de 3 tomas de fuerza monofásicas de 16 en la zona de aseo.
5. Vestuario Femenino:
o Un mínimo de 2 tomas de fuerza monofásicas de 16 en la zona de aseo.
En cuanto a la instalación de alumbrado interior, ésta estará compuesta por circuitos independientes para alumbrado normal de zonas húmedas y secas, así como de alumbrado de emergencia de zonas húmedas y secas. En el caso del alumbrado normal a instalar en zonas húmedas, contarán con el nivel de protección necesario para su utilización en dichos ambientes.
Todas las dependencias contarán con luminaria de emergencia sobre la puerta de acceso a las mismas. Con este tipo de iluminación se proveerá del nivel de luz necesario para identificar las vías de evacuación del edificio en caso de emergencia. También se instalará una luminaria de este tipo sobre cada cuadro eléctrico de distribución.
El alumbrado normal y el de emergencia estarán a lo dispuesto a la normativa de aplicación en cuanto a nivel de iluminación y autonomía.
Para el alumbrado exterior, se instalarán equipos estancos que garanticen el alumbrado de las zonas de paso de personas, estacionamiento de vehículos, etc. con un nivel de iluminación mínimo de 100 Lux para cada punto de dichas superficies. Especial atención se prestará a la iluminación del perímetro de los edificios a instalar.
El alumbrado exterior contará con la posibilidad de selección entre funcionamiento manual y automático, siendo en este último caso controlado por medio de una célula crepuscular.
3.1.7 Red de Agua y Fontanería
Del tanque de Agua Bruta del CMC parte un ramal compuesto por una tubería de PE de 50mm de diámetro que se dirige a la depuradora físico‐química del CMC. A la llegada a dicha instalación, dicha tubería se ramifica para dotar de agua a los puntos terminales ahí instalados. Aguas arriba de dicha
ramificación, la red de agua está conectada a un depósito de 50 m3 dotado de válvulas de cierre tanto aguas arriba como aguas abajo, que actúa como depósito de reserva de agua, y por tanto, puede abastecer de agua a la instalación en caso de necesidad.
Se instalará una nueva red de abastecimiento que dote de agua al nuevo edificio de Servicios de las Depuradoras que partirá aguas abajo del depósito de reserva de 50 m3 existente. Se instalarán a tal efecto todos los equipos y componentes necesarios para que las aguas se abastezcan al edificio de servicios en condiciones adecuadas de caudal y presión (Válvulas reductoras de presión, sistemas de bombeo, manómetros, válvulas antirretorno, filtros, etc.). En caso de instalarse sistemas de bombeos, éstas se instalarán por duplicado y en paralelo, a fin de garantizar el suministro de agua en caso de avería de una bomba. Se instalará un contador/totalizador verificado con el objeto de determinar el consumo de agua en las instalaciones. Así mismo, en caso de ser necesario se instalarán dispositivos necesarios para optimizar la calidad de las aguas como filtros de carbón activo, sistemas de descalcificación, etc.
La tubería de distribución al edificio se acometerá por medio de tubería de PEAD (banda azul) enterrada en zanja (profundidad mínima de 75cm) y colocada sobre cama o lecho de arena de 15cm de espesor mínimo y con un relleno de arena de hasta 10cm por encima de la generatriz superior de la tubería.
En cada cambio de dirección, intersección y lugares en los que se instalarán válvulas de cierre, se instalará arqueta prefabricada de hormigón de 50x40cm de sección mínima, profundidad adecuada y tapa metálica u hormigón estanca.
Se procederá a la ejecución de red de tubería interior de fontanería en el interior del nuevo edificio a construir para llevar el agua a los puntos de consumo.
Se dotará a la instalación de una red de Agua Caliente Sanitaria en la que se genere y distribuya agua caliente hasta cada uno de los puntos de consumo mediante tuberías protegidas y aisladas térmicamente. Dicha instalación deberá ser capaz de suministrar ACS en los puntos de Consumo (Duchas, Lavamanos, etc.) teniendo consideración al número de trabajadores asignados a los trabajos de operación de las depuradoras y sus turnos de trabajo.
Se procederá al suministro e instalación de todos aquellos restantes sistemas, equipos y demás medios necesarios para el correcto funcionamiento de la red de fontanería y para el cumplimiento de la legislación vigente.