NORMATIVA TÉCNICA. La ejecución de cualesquiera de las obras referidas a la renovación o adecuación de las distintas infraestructuras internas de la Urbanización así como la instalación de aparatos, accesorios y otros elementos hidráulicos, se ajustarán a las normas y conformidad técnica del Canal, así como a sus procesos de ejecución avalados mediante garantía de calidad cer- tificada.
NORMATIVA TÉCNICA. Los equipos instalados y utilizados para garantizar los servicios ofertados en el presente concurso cumplirán con la normativa vigente respecto a: • Emisiones radioeléctricas • Consumo energético eficiente • Protección del medioambiente
NORMATIVA TÉCNICA. En el cumplimiento del Contrato, la EMPRESA se obliga a observar todas las normas técnicas, de seguridad y medio ambiente que puedan venir en aplicación y a acreditarlo así en cualquier momento durante la vigencia de la relación. necesarios para la legalización de las instalaciones durante todo el periodo de vigencia del contrato. La EMPRESA comunicará inmediatamente a FAEN cualquier modificación de dicha normativa, al tiempo que se compromete a adaptar su actividad a la misma.
NORMATIVA TÉCNICA. La ejecución de cualquiera de las obras referidas al establecimiento, renovación o ade- cuación de las distintas infraestructuras internas de la Urbanización así como la instalación de aparatos, accesorios y otros elementos hidráulicos, se ajustará a lo dispuesto en la Esti- pulación Cuarta del Convenio de Gestión Integral.
NORMATIVA TÉCNICA. Proyecto Funcional de Estaciones y Túneles de Metro de la Comunidad de Madrid. - Real Decreto 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, y sus posteriores modificaciones. - Normativa específica de accesibilidad, en especial de la Comunidad de Madrid y la referida a los medios de transporte colectivo. - Normativa propia del Ayuntamiento de Madrid, así como las Ordenanzas Reguladoras. - Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transporte Urbanos de la Comunidad de Madrid.
NORMATIVA TÉCNICA. APLICABLE Con carácter general, se observará la normativa vigente de aplicación a todas las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de este contrato y entre otras las siguientes: −Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales, y reglamentos de desarrollo. −Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. −Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. −Ley 2/2002 de 19 xx xxxxx, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. −Ley 5/2003. de 00 xx xxxxx, de Residuos de la Comunidad de Madrid. −R.D. 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, así como el R.D. 1371/2007, de 19 de octubre, Orden VIV 984/2009 de 15 xx xxxxx y R.D. 173/2010 de 19 de febrero, que lo modifican. −R.D. 1314/1997, de 1 xx xxxxxx, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores, y R.D. 57/2005 de 21 de enero de prescripciones para el incremento de la seguridad en ascensores, así como la Orden 3711/2007 de 11 de diciembre de la Comunidad de Madrid sobre inspección y corrección de deficiencias. −X.X. 000/0000 xx 0 xx xxxxx, x Xxxxx 1187/1998 de la Comunidad de Madrid sobre prevención y control de la legionelosis. −Ordenanza de Conservación Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, del Ayuntamiento de Madrid. −R.D. 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, y RD 1826/2009, de 27 de noviembre, de modificación de la IT.3 −R.D. 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior y sus ITC. −R.D. 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Equipos a Presión y sus ITC. −Normativa técnica sobre instalaciones eléctricas, térmicas y de gas.
NORMATIVA TÉCNICA. En todo lo que no se oponga al presente Pliego de Prescripciones Técnicas, serán de obligado cumplimiento los siguientes documentos: Pliego de Condiciones Técnicas Generales, Aplicable a la Redacción de Proyectos y Ejecución de Obras Municipales del Ayuntamiento de Madrid.
NORMATIVA TÉCNICA. Especificación UNE 0065 publicada en abril 2020 como mascarilla recomendada por el Ministerio de Sanidad del Gobierno de España. - Orden CSM/115/2021 de 11 de febrero de 2021, por la que se establecen los requisitos de información y comercialización de mascarillas higiénicas del Ministerio de Consumo, o cualquier norma que la modifique o sustituya.
NORMATIVA TÉCNICA. Guantes: UNE-EN ISO 374-1:2016 (+/A1:2018) Guantes de protección contra los productos químicos y los microorganismos. Parte 1: Terminología y requisitos de prestaciones para riesgos químicos. (ISO 374-1:2016) (Ratificada por la Asociación Española de Normalización en junio de 2017). - Guantes: UNE-EN ISO 374-5:2016 Guantes de protección contra los productos químicos y los microorganismos peligrosos. Parte 5: Terminología y requisitos de prestaciones para riesgos por microorganismos. (ISO 374- 5:2016) (Ratificada por la Asociación Española de Normalización en junio de 2017). - Guantes: UNE-EN 420:2004+A1:2010 (+/ERRATUM 2011) Guantes de protección. Requisitos generales y métodos de ensayo. - Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios o bien Reglamento UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual. EPI categoría III, o bien ambos. - Declaración CE/UE de conformidad de acuerdo con la Directiva Europea 93/42/CE o con el Reglamento (UE) 2017/745 sobre los productos sanitarios (clase I), o bien Declaración UE de conformidad, Certificado de examen UE de Tipo (módulo B) y Certificado de control de la producción (módulo C2 o D) de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/425, o bien ambos. Todos los EPIS incluidos en el Lote 4 deberán cumplir con las normas del Reglamento UE 2016/425, de 9 xx xxxxx, relativo a los equipos de protección individual y, consecuentemente, tendrán que ser conformes con las normas UNE-EN aplicables a la categoría de producto que en cada caso corresponda, según lo detallado en la Comunicación de la Comisión (2018/C 209/03).