Definición de Personal del Contratante

Personal del Contratante se refiere al personal, mano de obra y otros empleados (si hubiera) del Contratante que contribuyen a cumplir las obligaciones del contratante bajo el Contrato; y cualquier otro personal identificado como Personal del contratante, mediante una notificación del Contratante al Consultor.
Personal del Contratante significa el Ingeniero, los asistentes mencionados en la SubCláusula 3.2 [Delegación por el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante. 1.1.2.7 “Personal del Contratista” significa el Representante del Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y de cada Subcontratista; así como cualquier otro personal que asista al Contratista en la ejecución de las Obras. 1.1.2.8 “Subcontratista” es cualquier persona definida como tal en el Contrato, o cualquier persona designada como subcontratista para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de cada uno de ellos.
Personal del Contratante significa el Ingeniero, los asistentes mencionados en la Subcláusula 3.2 [Delegación por el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante. "Personal del Contratista" significa el Representante del Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y de cada SubContratista; así como cualquier otro personal que asista al Contratista en la ejecución de las Obras. "SubContratista" es cualquier persona definida como tal en el Contrato, o cualquier persona designada como SubContratista para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de cada uno de ellos. "Comisión para la Resolución de Controversias" significa la persona o las tres personas designadas con arreglo a la Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias] o la Subcláusula 20.3 [Desacuerdo Sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias]. "FIDIC" significa la Fédération Internationale des Ingénieurs-Conseils, es decir, la Federación Internacional de Ingenieros Consultores. "Banco" significa la institución financiera (si la hubiere) que se señala en los Datos del Contrato. "Prestatario" es la persona (si la hubiere) designada como tal en los Datos del Contrato

Examples of Personal del Contratante in a sentence

  • El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal ni mano de obra que forme parte del Personal del Contratante.

  • Si el Contratista no lleva a cabo las Pruebas a la Terminación dentro del plazo de 21 días, el Personal del Contratante podrá proceder con las pruebas, a riesgo y expensas del Contratista.

  • El Contratista también proporcionará instalaciones para el Personal del Contratante conforme se señala en las Especificaciones.

  • En colaboración con las autoridades sanitarias locales, el Contratista se asegurará de que el Lugar de las Obras y cualesquiera lugares de alojamiento para el Personal del Contratista y el Personal del Contratante estén siempre provistos de personal médico, instalaciones de primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se tomen medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuanto a bienestar e higiene, así como para prevenir epidemias.

  • El seguro deberá cubrir al Contratante y al Ingeniero contra responsabilidad por reclamos, daños, pérdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos de abogados) que surjan de lesiones, enfermedad o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del personal del Contratista, excepto que este seguro podrá excluir pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean producto de cualquier acto o negligencia del Contratante o del Personal del Contratante.

  • El Contratante y el Contratista velarán por el cumplimiento de esta disposición por parte del Personal del Contratante y el Personal del Contratista, respectivamente.

  • El Personal del Contratante tendrá derecho a planificar sus actividades en función del programa.

  • El Contratista también proporcionará instalaciones similares para el Personal del Contratante si así se establece en las Especificaciones.

  • El Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante y el Personal de Contratista no solicitarán asesoría ni consultarán con el Miembro sobre el Contrato, salvo en el curso normal de las actividades de la Comisión para la Resolución de Controversias en virtud del Contrato y del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias.

  • El Contratante tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal del Contratante y los demás Contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras: Cooperen con el Contratista de conformidad con la Subcláusula 4.6 [Cooperación]; y Tomen medidas análogas a las que debe tomar el Contratista con arreglo a los incisos (a), (b) y (c) de las Subcláusula 4.8 [Procedimientos de Seguridad] y 4.18 [Protección del Medio Ambiente].


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Personal del Contratante significa el Ingeniero, los asistentes mencionados en la Subcláusula 3.2 [Delegación por el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante.
Personal del Contratante significa el personal, trabajadores y otros empleados del Contratante dedicados a cumplir las obligaciones del Contratante bajo el Contrato; y cualquier otro personal identificado como Personal del Contratante, mediante una notificación del Contratante al proveedor del Servicio. (j) "AS" significa Ambiental y Social, como corresponde incluyendo Explotación y Abuso Sexual (EAS) y Acoso Sexual (ASx).
Personal del Contratante se define en la Subcláusula 1.1 de las CGC; y Una lista no exhaustiva de (i) comportamientos que constituyen EAS y (ii) comportamientos que constituyen ASx se anexa a las Normas de Conducta en el formulario de la Sección IV.
Personal del Contratante significa el Ingeniero, los asistentes mencionados en la Subcláusula 3.2 [Delegación por el Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra y otros empleados del Ingeniero y del Contratante; así como cualquier otro personal sobre el cual se notifique al Contratista por el Contratante o el Ingeniero, como Personal del Contratante. "Personal del Contratista" significa el Representante del Contratista y todo el personal que utilice el Contratista en el Lugar de las Obras, que puede incluir el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y de cada SubContratista; así como cualquier otro personal que asista al Contratista en la ejecución de las Obras. "Subcontratista" es cualquier persona definida como tal en el Contrato, o cualquier persona designada como Subcontratista para una parte de las Obras, y todos los sucesores legales de cada uno de ellos. "Comisión para la Resolución de Controversias" significa la persona o las tres personas designadas con arreglo a la Subcláusula 20.2 [Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias] o la Subcláusula 20.3 [Desacuerdo Sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias]. "FIDIC" significa la Fédération Internationale des Ingénieurs-Conseils, es decir, la Federación Internacional de Ingenieros Consultores. "Banco" significa la institución financiera (si la hubiere) que se señala en los Datos del Contrato. "Prestatario" es la persona (si la hubiere) designada como tal en los Datos del Contrato.

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  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98

  • Objeto del Contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Indicador de desempeño Programa de capacitación elaborado e implementado. Registro de asistencia del personal en base a la nómina vigente. Plazo: mes 11

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Respuesta El III Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (PIOM), para el período 1997-2000, fue aprobado el día 7 de marzo de 1997 por el Consejo de Ministros, por lo que el compromiso que se adquiere con este plan es evidente. Durante todos y cada uno de los años de vigencia del III PIOM, se llevará a cabo un seguimiento de la puesta en marcha del mismo, con estos dos objetivos fundamentales: — Conocer el grado de cumplimiento del plan al fina- lizar cada año, es decir, qué actuaciones se han puesto en marcha y cuáles no. — Conocer cómo se ha ejecutado el plan, es decir, qué actividades se han llevado a cabo para dar cumplimiento al mismo con respecto a cada una de las actuaciones en él in- cluidas. El método o procedimiento a utilizar en esta fase de se- guimiento de la puesta en marcha del plan consiste en di- señar una ficha de recogida de información para cada ac- tuación, que se cumplimentará al finalizar cada uno de los años de vigencia. En estas fichas se dejará constancia de las actividades llevadas a cabo para ejecutar las actuacio- nes, fechas en que se han realizado, y los motivos, si hu- biera lugar a ello, por los que no se ha puesto en marcha la actuación en cuestión. hasta su completa finalización. Así, con respecto a la Actuación 5.1.4 del III PIOM, consistente en garantizar que la publicidad en la que inter- venga la Administración General del Estado no incluya imágenes discriminatorias, se han realizado las siguientes actuaciones durante los años 1998 y 1999: — A través del Observatorio de la Publicidad se ha realizado un seguimiento general de la publicidad que fue emitida, incluida la publicidad institucional y de la Ad- ministración General del Estado, no habiéndose detec- tado anuncios con un tratamiento discriminatorio hacia la mujer. — Hay que destacar que suelen ser las campañas insti- tucionales las que más favorecen la imagen de la mujer, ya que suele aparecer realizando funciones diferentes a las tradicionalmente atribuidas al género femenino, y con una presencia más equilibrada con respecto al hombre. Madrid, 24 de noviembre de 2000.—El Secretario de Estado de Relaciones con las Cortes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de la pregunta nú- mero 2229, seguida de la contestación remitida por el Go- bierno, formulada por la Senadora del Grupo Socialista, doña MARÍA CARMEN MONTES CONTRERAS, sobre las acciones audiovisuales y publicaciones que ha apoyado el Gobierno desde 1998 y que promuevan una imagen po- sitiva del papel de las mujeres en la sociedad, con indica- ción de las características de dicho apoyo. El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENE- RALES, Senado, Serie I, número 86, 3 de noviembre de 2000. Palacio del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado María Carmen Montes Contreras, Senadora por Cór- doba, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 169 del Re- glamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la si- guiente pregunta, para que le sea contestada por escrito.

  • Acuerdo Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento del Senado y encomendar su conoci- miento a la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación; asimismo, dar traslado al Gobierno, publi- car en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES y noti- ficar este acuerdo a su autor. En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publica- ción de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara. Xxxxxxx del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Senador por Córdoba, perte- neciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 168 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. ¿Qué alternativas defiende el Gobierno ante la pro- puesta de reforma de la OCM del azúcar (Reglamento CE nº 2038/1999), presentada por la Comisión? Xxxxxxx del Senado, 24 de noviembre de 2000.—Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Pregunta oral en Comisión. 681/000070.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Equipamiento Planos de detalle.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • ACCESORIOS Componentes o partes, tales como cables, microfiltros u otros, que se incluyen dentro del KIT DE CONEXIÓN, necesarias para llevar a cabo la conexión del EQUIPO TERMINAL con el EQUIPO DE CÓMPUTO.