DOCUMENTO ESTÁNDAR DE ADQUISICIONES Documentos de Licitación para la Contratación de Obras
DOCUMENTO ESTÁNDAR DE ADQUISICIONES
Documentos de Licitación para la
Contratación de Obras
Agence Française de Développement
FEBRERO 2024
Introducción
El presente Documento Estándar de Adquisiciones: Documentos de Licitación para la Contratación de Obras (DEACO) ha sido elaborado por la Agence Française de Développement (la "AFD"). Se insta a los Contratantes a que lo utilicen para la contratación de Obras y se les recomienda que soliciten asesoramiento a las fuentes locales competentes para asegurarse de que se ajusta a la legislación aplicable y resulta completo. La AFD declina toda responsabilidad con respecto al uso total o parcial que hagan los Contratantes del presente documento.
El texto que aparece en itálica y resaltado en amarillo corresponde a las "Notas al Contratante". Proporciona instrucciones a la entidad encargada de preparar los Documentos de Licitación específicos. Las "Notas al Contratante" deberán eliminarse en los Documentos de Licitación finales dirigidos a los Oferentes. De la misma manera, esta sección "Guía del Usuario" no formará parte de los Documentos de Licitación finales dirigidos a los Oferentes.
Las Secciones I ‑ Instrucciones a los Oferentes, y VIII ‑ Condiciones Generales (CG), no deben modificarse. Cualquier modificación necesaria deberá incluirse respectivamente en las Secciones II ‑ Datos de la Licitación, y IX – Condiciones Especiales (CE).
Este DEACO se basa en la versión de los Documentos Estándar de Licitación para la Contratación de Obras xx xxxxx de 2015, elaborada por los bancos multilaterales de desarrollo y puede utilizarse independientemente de que haya tenido lugar o no una Precalificación. En el primer caso, el proceso de Precalificación se llevará a cabo tras el procedimiento especificado en el Documento Estándar de Adquisiciones: Precalificación para Contratación de Obras, publicados por la AFD. Se llevará a cabo una Precalificación en el caso de todas las Obras de mayor envergadura. También se podría efectuar una calificación posterior con autorización previa de la AFD. En la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación, se contemplan ambas posibilidades. En el presente DEACO se incluyen las "prácticas recomendadas" por los bancos y las agencias internacionales de desarrollo.
Este DEACO está destinado a la contratación de Obras a precios unitarios pero se ha adaptado para contratos de suma global.
La AFD recibirá con interés los comentarios que los presentes documentos puedan suscitar. Se podrán dirigir las preguntas y los comentarios relativos a dicho DEACO a:
Correo electrónico: _Xxxxxxxxx_Xxxxxx@xxx.xx
Revisión de Febrero de 2024: La revisión de Febrero de 2024 reemplaza la versión anterior (Octubre de 2019) incorporando dos opciones para adaptar el contenido de:
La implementación de estas opciones sigue a la publicación en febrero de 2024 de una nueva versión de las Normas de Adquisiciones para Contratos Financiados por la AFD en Países Extranjeros, que modifica las expectativas sobre el contenido de estas tres partes. de esta manera:
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Indice
¿Por qué se realiza la Precalificación? v
Nota sobre la Inserción de Requisitos de Seguridad xviii
Llamado a Licitación – Con Precalificación xix
¿Por qué se realiza la Precalificación?
Introducción
El éxito de la ejecución de contratos para Obras de gran alcance, ingeniería civil, llave en mano y diseño y construcción de proyectos requiere que los contratos se adjudiquen a firmas o agrupación de firmas que tienen la experiencia específica en el tipo de Obras y tecnología de la construcción requerida, que sean financiera y administrativamente competentes, y que puedan proporcionar todo el equipo requerido oportunamente.
Requisitos para la precalificación de Oferentes
La decisión de realizar o no una precalificación es una decisión de juicio profesional teniendo en cuenta varios aspectos particulares del contrato, y del proceso de precalificación mismo. Los aspectos del contrato que se deben considerar incluyen tamaño, complejidad, costo para preparar las Ofertas, limitaciones en el plazo de cumplimiento, naturaleza crítica de las Obras, impacto ambiental, riesgos asociados, etc. Los aspectos que se deben tener en cuenta en relación con el proceso de precalificación deberán sopesar los posibles beneficios contra las posibles desventajas, y son temas que se examinan en los párrafos 4 y 5 a continuación.
La política de la AFD exige que todos los Solicitantes que cumplan los criterios especificados deberán ser invitados a presentar Ofertas. Por lo tanto, la precalificación no debe utilizarse para limitar la competencia a un número predeterminado de los oferentes potenciales.
Ventajas de la precalificación
El proceso de precalificación podrá beneficiar tanto a los oferentes como a los Contratantes igualmente porque:
El proceso ayudará a oferentes potenciales, que no estén lo suficientemente calificados por sí mismos, a evitar el costo que implica participar en una licitación. Por el contrario, es un incentivo para estos oferentes potenciales para que conformen una asociación, asociación en participación o consorcio (APCA) y así puedan tener una mejor oportunidad de ganar;
Después de haber sido precalificada, una firma bien calificada cotizará sus Ofertas a sabiendas de que está compitiendo contra otros oferentes calificados que también cumplen con criterios mínimos competitivos realistas; la garantía de que oferentes no calificados serán excluidos para presentar Ofertas de precios bajos no realistas anima a los Contratistas más destacados a ofertar;
La precalificación permite a los Contratantes evaluar el interés de las firmas en el Contrato y, en caso de que se reciba un número reducido de solicitudes, les permite hacer los ajustes necesarios en el proceso de adquisición (incluyendo particularmente, las condiciones especiales del Contrato tales como compartir los riesgos, términos de pago, pagos por daños y perjuicios, o plazos de cumplimiento, que pudieran haber sido considerados como onerosos por los oferentes potenciales);
Permite exponer posibles conflictos de interés al identificar Contratistas que pudieran haber tenido algún tipo de asociación comercial con consultores del proyecto;
Reduce el trabajo y el tiempo que los Contratantes tendrían que usar en la evaluación de Ofertas de Contratistas no calificados;
Anima a las firmas locales a formar asociaciones en participación o consorcios con otras firmas nacionales o internacionales, beneficiándose así de sus recursos y experiencia;
Reduce significativamente, sino elimina, los problemas de rechazo asociados con las Ofertas de precios demasiados bajos presentadas por oferentes de capacidad dudosa.
Desventajas de la Precalificación
La precalificación presenta algunas desventajas potenciales:
Puede dilatar el proceso de adquisición, aunque esto puede disminuirse con un buen plan de adquisiciones; por ejemplo, realizando el proceso de precalificación mientras los documentos de licitación están siendo preparados;
El Contratante deberá revisar todas las solicitudes de precalificación, mientras que en el caso de poscalificación generalmente tendrá que revisar las calificaciones de solamente un oferente, la de aquel cuya Oferta ha sido evaluada como la más baja;
Confabulación (y la posibilidad de manipulación de precios) se facilita más entre un número limitado de oferentes identificados, particularmente si son de la misma nacionalidad;
Los planes de adquisiciones deben identificar los contratos que estarán sujetos a precalificación. Con el fin de evitar retrasos en la ejecución, las acciones anticipadas para la precalificación deben acordarse con la AFD en una etapa temprana del ciclo del proyecto.
Guía sobre los Criterios Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS) de los Documentos de Licitación para Contratación de Obras
Si tras evaluar el proyecto se concluye que tiene un impacto ambiental y social significante, en la mayor parte de los casos se habrá realizado un Estudio de Evaluación del Impacto Ambiental y Social (EEIAS) y se habrá elaborado un Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS). En el PGAS se ponen de relieve los principales riesgos e impactos ambientales y sociales y se relacionan las medidas de mitigación que deben ponerse en práctica. Algunas de dichas medidas (aunque no todas) estarán directamente relacionadas con las Obras de construcción del proyecto (véase el siguiente gráfico). En las Obras, podrán aplicarse dos tipos de medidas: en primer lugar, medidas de mitigación encaminadas a modificar el diseño de las Obras de construcción permanentes y, por lo tanto, a inducir cambios en los planos y las especificaciones técnicas; en segundo lugar, medidas y precauciones que deben aplicarse en el marco de la gestión de los Lugares de las Obras temporales. En las presentes Especificaciones Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS) de este DEACO se abordan el segundo tipo de medidas, independientemente de que exista un PGAS.
Este DEACO debe ajustarse teniendo en cuenta los documentos MSSS disponibles (estudio de evaluación del Impacto MSSS, PGAS, PAR (Plan de Acción de Reubicación), PCAS (Plan de Compromiso Ambiental y Social), etc.) y las regulaciones aplicables al Contratante.
La siguiente tabla indica los elementos a ajustar y los puntos de verificación, en las diferentes etapas de la contratación y luego de su ejecución.
PREPARACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Criterios |
Información Adicional |
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SECCIÓN III – CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN |
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Tabla de los criterios de calificación |
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Esta tabla contiene 5 criterios de calificación MSSS, cuyos objetivos son garantizar que las empresas tengan la experiencia MSSS necesaria y estén calificadas para abordar satisfactoriamente los desafíos MSSS de las Obras: |
Dependiendo de los desafíos MSSS identificados, será necesario (i) definir los criterios de calificación que se mantendrán y (ii) ajustar los criterios de calificación que lo requieren. |
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Disponibilidad de una certificación ISO o de una norma internacional equivalente (el Oferente deberá demostrar la equivalencia), en curso de validez y aplicable al Lugar de la Obras: [Seleccionar las certificaciones requeridas marcando una xxxx en la(s) casilla(s) correspondiente(s)]
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De acuerdo con los retos MSSS del Lugar de las Obras y el tipo de competencia prevista (nacional o internacional), se puede decidir:
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Contar con documentos de estrategia y procedimientos internos para la gestión MSSS de las Áreas del Proyecto que sean aceptables para el Contratante:
[Seleccionar solo los puntos sensibles (entre 3 y 5) que se aplican a las Obras marcando una xxxx en la(s) casilla(s) correspondiente(s)]
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Los puntos 1 y 2 son documentos que las empresas serias deberían tener normalmente. Por lo tanto, estos documentos siempre deben solicitarse en una licitación internacional. Con respecto al punto 3, es necesario hacer una selección de alrededor de 3 a 5 temas sensibles, tal y como identificados en los estudios de impacto ambiental y social y en los planes de gestión ambiental y social (PGAS), para los cuales la empresa deberá presentar sus documentos de procedimiento interno. |
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Experiencia de [insertar el número, generalmente dos] contratos de construcción con un fuerte reto MSSS durante los últimos [insertar un número, entre 5 y 10] años, en los que se aplicaron de manera satisfactoria medidas MSSS conforme à las normativas internacionales. |
Es necesario especificar el número de experiencias similares esperadas y el período durante el cual tuvieron que realizarse. Para ello, es necesario tener en cuenta las referencias de las empresas conocidas y consideradas calificadas, con el fin de adaptar el número de referencias a solicitar (1, 2 o 3). |
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Experiencia de un (1) contrato de construcción durante los últimos cinco (5) años en el que se haya llevado a cabo de forma satisfactoria una transferencia de conocimientos a un socio local o de formación MSSS de la mano de obra local. |
Este criterio puede eliminarse si la transferencia de competencia a un socio local o a la mano de obra local no se considera un reto para la la autoridad contratante. |
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Disponibilidad de personal en la empresa dedicado a temas MSSS: Responsable Medioambiental y Social, y/o Responsable de Salud y Seguridad. |
Este criterio es estándar y fácil de cumplir para una empresa con una organización que integre el manejo de los retos MSSS en sus sitios de Obras. Por lo tanto, este criterio debe mantenerse siempre en una licitación internacional. |
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Criterios de Evaluación: |
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El Oferente debe demostrar que dispone de personal que responde a los criterios aquí abajo para los siguientes puestos claves: [Especificar los requisitos de cada lote, dado el caso]
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El criterio de evaluación para el personal a cargo de los asuntos MSSS en el sitio de construcción debe ajustarse: perfil(es) necesario(s), número de años de experiencia general y específica esperada para este(os) perfil(es). |
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SECCIÓN IV – FORMULARIOS DE LICITACIÓN |
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Lista de Precios MSSS: |
Asegurarse que esta lista de precios específica se ha conservado. |
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Formulario de la propuesta técnica - Metodología MSSS: |
Asegurarse que este formulario se ha conservado. |
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Formularios CER y EXP‑MSSS: |
Asegurarse que estos formularios se han conservado. |
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SECCIÓN VII – ESPECIFICACIONES DE LAS OBRAS |
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Especificaciones MSSS: |
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1. Retos MSSS esenciales de la gestión del Lugar de las Obras |
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Los temas MSSS identificados en el Estudio de Evaluación del Impacto Ambiental y Social del proyecto que presentan un riesgo importante para la gestión del Lugar de las Obras son:
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Es necesario seleccionar los temas MSSS más sensibles según los desafíos e impactos MSSS más importantes identificados, y sobre los cuales el Oferente deberá presentar una metodología detallada MSSS en su propuesta técnica, explicando cómo pretende cumplir los requisitos de las Especificaciones MSSS en estos diferentes puntos. Normalmente, la lista debe reducirse a alrededor de 3 a 5 asuntos. Esta lista debe ser similar a la indicada en el criterio de calificación 5.2. La elección de estos ítems debe provenir de los retos MSSS de gestión del Lugar de las Obras identificados en los estudios de impacto MSSS y en el PGAS. Una lista demasiado larga corre el riesgo de que las empresas transmitan metodologías genéricas (sin estar adaptadas a las características del Lugar de las Obras). |
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2. Requisitos MSSS que no se aplican en el marco de este Contrato |
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Se debe marcar "sí" o "no" según la clasificación del proyecto, de acuerdo con la clasificación de riesgo ambiental y social de la AFD. |
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[El Contratante especificará en la siguiente tabla las Cláusulas de las Especificaciones MSSS que no son relevantes en el marco de las Obras y, por lo tanto, no se aplicarán a este Contrato.] Las siguientes Cláusulas de las Especificaciones MSSS no se aplicarán en el contexto de este Contrato y, por lo tanto, no serán calculados por el Oferente en la lista de precios MSSS:
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Si es necesario (según la tabla de contenido), ajuste de las especificaciones estándar MSSS de acuerdo con los retos e impactos MSSS identificados y de acuerdo con la regulación aplicable (si esta es más exigente). Esto puede incluir especificaciónes sobre temas específicos que no están cubiertos por las especificaciones estándar (por ejemplo, protección de arrecifes coralinos o medidas de protección cuando se usan explosivos). Asimismo, se trata de volver no aplicables especificaciones que no sean relevantes para el tipo de trabajo y el contexto del Lugar de las Obras (ver tabla para completar). Se da un ejemplo, a título indicativo. |
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SECCIÓN IX – CONDICIONES ESPECIALES (CE) |
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Parte A – Datos del Contrato Subcláusula 1.1.6.11 – Especifications MSSS: |
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Se aplicarán las Especificaciones MSSS: Sí / No [Se requiere un acuerdo de AFD para marcar "No". No se aplicarán las Especificaciones MSSS para las Obras con leve impacto y riesgo ambiental, social, de salud y de seguridad.] |
Esta Subcláusula se modificará solo cuando las Especificaciones MSSS no sean aplicables. 3 casos pueden llevar a la no inclusión de las Especificaciones MSSS:
Si las especificaciones se vuelven inaplicables, entonces la metodología MSSS, la lista de precios MSSS y las cláusulas MSSS de las Condiciones Especiales tampoco se aplicarán. |
EVALUACIÓN DE LAS CALIFICACIONES Y PROPUESTAS
Evaluación |
Información Adicional |
EVALUACIÓN DE LOS CRITERIOS DE CALIFICACIÓN |
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Análisis de los formularios de presentación y documentos justificativos proporcionados por el Oferente para cumplir con los criterios de calificación: |
Cada criterio de calificación o de precalificación MSSS será evaluado como "cumpliendo" o "no cumpliendo" el requisito correspondiente, de acuerdo con los documentos presentados por las empresas. Con respecto a los criterios de experiencia MSSS y de experiencia específica en transferencia de conocimientos MSSS, los documentos que se deben proporcionar deben ser documentos que muestren la implementación efectiva de las medidas MSSS (por ejemplo, informe de actividad MSSS, informe final MSSS, informe de inspección MSSS, informe de supervisión del Ingeniero) o de un programa de transferencia de conocimientos o de capacitación (informe de actividad MSSS que presenta actividades de capacitación, materiales de capacitación con fichas de presencia). Cualquier Oferente que no cumpla con uno de los criterios de calificación debe ser rechazado. |
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA |
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Evaluación de la metodología MSSS propuesta por el Oferente: |
Se deberá evaluar si la metodología proporcionada por los Oferentes presenta Desviaciones, Omisiones, Reservas importantes y, por lo tanto, si es sustancialmente acorde o no con las Especificaciones MSSS que se incluyen en los documentos de la licitación (consultar la parte E ‑ Evaluación y comparación de las Ofertas en la Sección I ‑ Instrucciones a los Oferentes). En los casos en que (1) la metodología es inconsistente (solo unas pocas páginas) o (2) la metodología no cumple con uno de los requisitos de información detallada requeridos en la primera página de las Especificaciones MSSS (ver arriba), la propuesta técnica será declarada no conforme y rechazada. |
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA FINANCIERA |
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Análisis de la Lista de Precios MSSS completada por el Oferente: |
Si el precio total de la Oferta se estima anormalmente bajo, de conformidad con la Cláusula IAO 36, verificación de la consistencia del precio propuesto en el componente MSSS en comparación con la metodología MSSS (recursos movilizados, calendario, etc.) y las Especificaciones MSSS, y verificación de que el precio MSSS no es anormalmente bajo. En tal caso, se podría requerir un desglose de los precios MSSS si es necesario, de conformidad con la Cláusula IAO 27, antes de concluir el rechazo de la Oferta, de conformidad con la Cláusula IAO 36 (consultar la parte E ‑ Evaluación y comparación de las Ofertas en la Sección I ‑ Instrucciones a los Oferentes) |
PREPARACIÓN DEL CONTRATO
Cláusulas contractuales propias de los temas MSSS figuran en la Sección IX – Condiciones Especiales (CE): de acuerdo con las Especificaciones MSSS, se agregaron cláusulas de suspensión de pagos, cláusulas de suspensión de las Obras y cláusulas que condicionan el inicio de cualquier actividad, a la aprobación por parte del Ingeniero de la información proporcionada por el Contratista, que certifica el cumplimiento de los requisitos MSSS.
Cláusula |
Información Adicional |
SECCION IX – CONDICIONES ESPECIALES |
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Parte A – Datos del Contrato Subcláusula 1.1.6.11 – Especificaciones MSSS: |
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Se aplicarán las Especificaciones MSSS: Sí / No [Se requiere un acuerdo de AFD para marcar "No". No se aplicarán las Especificaciones MSSS para las Obras con leve impacto y riesgo ambiental, social, de salud y de seguridad.] |
Verificar que las Especificaciones MSSS estén señaladas como aplicables. |
Parte B – Disposiciones Especificas |
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Otras Subcláusulas que hacen referencia a las Especificaciones MSSS: |
Si las Especificaciones MSSS son aplicables, se debe garantizar que estas Subcláusulas no hayan sido eliminadas (por ejemplo, no supresión de las Subcláusulas 1.1.6.12 – Área del Proyecto, 1.1.6.13 – PGAS-Obras o 1.1.6.14 – Plan de Protección Ambiental) o modifidas (por ejemplo, no supresión de la referencia a las Especificaciones MSSS en las Subcláusulas 4.8 – Procedimientos de Seguridad, 4.18 – Protección del Medio Ambiente, 4.21 – Informes de Avance, 6.7 – Salud y Seguridad, 8.8 – Suspensión de las Obras, 14.7 - Pagos 15.2 – Terminación por parte del Contratante). |
SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Durante ejecución de las Obras, las cláusulas contractuales propias de los temas MSSS permiten sancionar a una empresa que no cumpla con los requisitos de las Especificaciones MSSS. El seguimiento de las no‑conformidades con respecto a las Especificaciones MSSS será realizado por el Ingeniero, como se especifica en las Especificaciones MSSS. Una no-conformidad de nivel 3 (nivel máximo) implicará la suspensión de pago hasta que sea resuelta, y en algunos casos, implicará la suspensión de las Obras.
Además, toda actividad en un sitio del Área del Proyecto solo podrá comenzar si la información proporcionada por el Contratista garantizando el cumplimiento de las Especificaciones MSSS en este sitio es aprobada por el Ingeniero. Finalmente, la identificación de los precios MSSS asegurará que las actividades MSSS no realizadas no serán remuneradas.
Criterio de seguimiento |
Información Adicional |
PRESENTACIÓN DE INFORMES MSSSS |
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Las Espificaciones MSSS especifican la frecuencia y el contenido de los informes de actividades MSSS que debe proporcionar la empresa de Obras de construcción. Estos informes mensuales contendrán las informaciones siguientes:
Estas especificaciones también indican cómo deben gestionarse las no‑conformidades en la gestión MSSS del sitio de las Obras (Cláusula 3 de las Especificaciones MSSS y Subcláusulas 8.8 y 14.7 de las Condiciones Especiales) y las sanciones aplicables a la empresa. Además, los términos de referencia de la misión de supervisión también deben especificar las tareas que se llevarán a cabo en el tema MSSS y los resultados esperados. |
Asegúrese de que se cumplan las Especificaciones MSSS, en particular a través de los informes de la misión de supervisión de las Obras: frecuencia de inspecciones, gestión de no‑conformidades, sanciones aplicadas cuando corresponda, acciones de capacitación del Contratista, calidad de los informes de actividades del Contratista. |
Nota sobre la Inserción de Requisitos de Seguridad
En contextos de riesgo de seguridad, la AFD y el Contratante deben asegurarse de que los Oferentes evalúen correctamente este riesgo y tomen las medidas adecuadas.
Conforme al Artículo 1.5.2. – Seguridad de las Normas de Adquisiciones para Contratos Financiados por la AFD en Países Extranjeros, si el lugar o los lugares de ejecución de las Obras están ubicados en una zona clasificada como naranja o roja por el Ministerio Francés de Europa y Asuntos Exteriores2, el Contratante deberá incluir en los Documentos de Licitación requisitos relativos a la seguridad, incluyendo la hipótesis de un deterioro de la seguridad durante la ejecución del Contrato.
Con este fin, la AFD ha incluido requisitos específicos en sus Documentos de Licitación, que tienen como objetivo (i) proteger vidas humanas en los sitios de construcción, (ii) preservar su reputación y la del Contratante, y (iii) alentar a las empresas virtuosas a presentar Ofertas responsables.
Para este propósito, estos Documentos de Licitación para la Contratación de Obras contiene los requisitos adicionales siguientes:
Criterios de calificación de seguridad (párrafo 6 de la tabla de criterios de calificación – Sección III);
Una metodología de seguridad que debe proporcionar el Oferente (de conformidad con el Artículo IAO 11.1 (i) de los Datos de la Licitación);
Una Lista de Precios Unitarios de Seguridad que identifica las partidas de los precios de seguridad pagados según el Contrato (Listados ‑ Sección IV);
Especificaciones de seguridad (Sección VII);
Una nueva Subcláusula 19.8 relacionada con la suspensión o terminación de la seguridad del Personal del Contratista (Sección IX).
El Contratante tendrá que ajustar las especificaciones de seguridad de acuerdo con la naturaleza del riesgo de seguridad, completando la información requerida, en particular sobre las medidas de seguridad que asume, y seleccionando las opciones relevantes en el texto.
Al igual que para los otros criterios de calificación, los criterios de calificación de seguridad se evaluarán como "cumpliendo" o "no cumpliendo" el requisito correspondiente.
La evaluación de la metodología de seguridad consistirá en determinar si se cumple con cada condición de admisibilidad especificada en las especificaciones de seguridad. De lo contrario, la Oferta será rechazada.
Durante la ejecución del Contrato, se agregó una Cláusula específica en las condiciones especiales, para tratar el posible deterioro de las condiciones de seguridad que conduciría a la desmovilización del Contratista.
Llamado a Licitación – Con Precalificación
El Llamado a Licitación para contratos, sujeto a Precalificación, se hace únicamente a empresas que estén calificadas, según lo determine el Contratante según sus procedimientos de Precalificación. La AFD deberá examinar el procedimiento si se trata de un contrato potencial elegible para recibir financiamiento de la AFD.
Idealmente, el Llamado a Licitación se envía a los Oferentes calificados en el momento en que se dan a conocer los resultados de la Precalificación.
Para componentes de Obra de mayor envergadura, se recurrirá al procedimiento de Precalificación. En el caso excepcional de que no se emplee dicho procedimiento, se usará el formulario apropiado de Llamado a Licitación (véase a continuación).
Formato Estándar de Llamado a Licitación
Fecha: [fecha en que se emite el Llamado a Licitación]
Nombre del Proyecto:
Llamado a Licitación No.:
El [nombre del Contratante] ha recibido3 financiamientos de la Agence Française de Développement (la "AFD") para financiar el costo de [indicar el nombre del Proyecto] y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos elegibles estipulados en el Contrato4. de [indicar el nombre del Contrato].
El [nombre del Contratante] invita a los Oferentes precalificados elegibles a presentar Ofertas selladas para la construcción y terminación de [indicar breve descripción de las obras] ("las Obras").
Los Oferentes precalificados elegibles podrán solicitar información adicional y examinar los Documentos de Licitación en la oficina de [indicar el nombre del organismo adquiriente que corresponda]5 [indicar la dirección postal de la oficina correspondiente para consultas y emisión de Documentos de Licitación].
Los Oferentes precalificados interesados podrán comprar un juego completo de Documentos de Licitación, solicitándolo por escrito a la dirección arriba indicada y contra el pago de una suma no reembolsable de [indicar el monto en la moneda del Contratante o en una moneda convertible]6.
Las Ofertas deberán entregarse en la oficina antes indicada7, a más tardar a las [indicar la hora] del día [indicar la fecha] y deberán ir acompañadas de una garantía por un monto de [indicar una suma fija].
Las Ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, el [indicar fecha y hora] en las oficinas de [indicar la dirección de la oficina que corresponda].
Llamado a Licitación – Sin Precalificación
Los llamados a licitación que estén abiertos a todos los contratistas sin un proceso previo de Precalificación deberán emitirse directamente al público como Anuncios Específicos de Adquisiciones, a través de:
Un anuncio publicado en al menos un periódico de circulación nacional en el país del Contratante y en el boletín oficial o en un portal electrónico de libre acceso; y
Un anuncio en la página web de la AFD: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.
El Llamado a Licitación contiene información que permite a los Oferentes potenciales decidir acerca de su participación en la licitación. Además de una descripción sucinta de las Obras que se han de contratar, deberán incluirse también los principales criterios de evaluación de Oferta o requisitos de calificación (por ejemplo, un nivel mínimo requerido de experiencia en proyectos similares al proyecto para el que se publica el Llamado a Licitación).
El Llamado a Licitación no forma parte de los Documentos de Licitación.
Formato Estándar de Llamado a Licitación
Fecha: [fecha en que se emite el Llamado a Licitación]
Nombre del Proyecto:
Llamado a Licitación No.:
El [nombre del Contratante] ha xxxxxxxx0 financiamientos de la Agence Française de Développement (la "AFD") para financiar el costo de [indicar el nombre del Proyecto] y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos elegibles estipulados en el Contrato9 de [indicar el nombre del Contrato].
El [nombre del Contratante] invita a los Oferentes elegibles a presentar Ofertas selladas para la construcción y terminación de [indicar breve descripción de las obras] ("las Obras").
Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán solicitar información adicional y examinar los Documentos de Licitación en la oficina de [indicar el nombre del organismo adquiriente que corresponda]10 [indicar la dirección postal de la oficina correspondiente para consultas y emisión de Documentos de Licitación, junto con los números de fax y/o correo electrónico].
Los Oferentes interesados podrán comprar un juego completo de Documentos de Licitación, solicitándolo por escrito a la dirección arriba indicada y contra el pago de una suma no reembolsable de [indicar el monto en la moneda del Contratante o en una moneda convertible]11.
Las disposiciones de las Instrucciones a los Oferentes y de las Condiciones Generales del Contrato son las disposiciones de los Documentos Estándar de Adquisición de la AFD para la Adquisición de Obras.
Las Ofertas deberán entregarse en la oficina antes indicada12 a más tardar a las [indicar la hora] del día [indicar la fecha] y deberán ir acompañadas de una garantía por un monto de [indicar una suma fija].
Las Ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, el [indicar fecha y hora] en las oficinas de [indicar la dirección de la oficina que corresponda].
Los criterios de calificación son los siguientes: [insertar la lista de criterios de calificación técnicos, financieros, legales y de otro tipo].
Especificaciones Técnicas
Notas para preparar las Especificacions Técnicas A fin de que los Oferentes puedan cumplir de manera realista y competitiva los requisitos establecidos por el Contratante sin tener que incluir en sus Ofertas objeciones ni condicionantes, es necesario contar con especificaciones claras y precisas. En el caso de una adquisición competitiva internacional, las especificaciones deben redactarse de tal forma que permita la competencia más amplia posible, al tiempo de reflejar claramente los niveles requeridos de materiales, instalaciones, otros suministros, y mano de obra. Sólo así podrán lograrse los objetivos de economía, eficiencia y equidad en las licitaciones, podrá asegurarse de que las Ofertas se ajusten a las condiciones establecidas y podrá facilitarse la tarea posterior de su evaluación. En las especificaciones debe exigirse que los materiales, instalaciones y otros suministros para la ejecución de las Obras sean nuevos, no se hayan utilizado, sean del modelo más actual o reciente e incluyan las últimas mejoras en materia de diseño y materiales, salvo disposición en contrario en los Documentos de Licitación. Al comienzo de las Especificaciones suele incluirse una Cláusula en la que se establece el Alcance de las Obras; además, es habitual proporcionar una lista de Planos. En este sentido son útiles los ejemplos de especificaciones de proyectos similares ejecutados anteriormente en el mismo país. Se deberá utilizar el sistema métrico. En la mayoría de los casos, el Contratante o el Ingeniero redacta las Especificaciones en forma especial para ajustarlas a los distintos contratos de Obras específicas. No existen Especificaciones estándar de aplicación universal en todos los sectores a nivel mundial, pero sí principios y prácticas establecidos que se reflejan en estos documentos. Al momento de redactar las especificaciones debe hacerse todo lo posible por que éstas no sean restrictivas y al especificar los criterios a los cuales deben ajustarse los materiales, las instalaciones, otros suministros y los trabajos, debe velarse por utilizar en la mayor medida posible normas internacionalmente reconocidas. Si se exigen otros requisitos especiales, ya sean normas nacionales del país del Contratante u otras normas, deberá precisarse en las Especificaciones que también serán aceptables materiales, instalaciones, otros suministros y trabajos que satisfagan otras normas reconocidas y que garanticen un nivel de calidad sustancialmente equivalente al de las normas mencionadas. |
Ofertas Alternativas: Cuando los Documentos de Licitación lo autorizan (consulte la Sección II ‑ Datos de la Licitación, Subcláusula 13.1 de las IAO), el Contratante puede permitir que los Oferentes presenten Ofertas alternativas. Estas Ofertas alternativas deben ser objeto de una Oferta dinstinta, que debe ser completa, autosuficiente e independiente de la Oferta básica. Se justifican en los casos en que es concebible contemplar opciones que podrían resultar menos costosas que las soluciones técnicas establecidas en los Documentos de Licitación. Cualquier Oferta alternativa puede presentarse, sin restricciones, y será tenida en cuenta y evaluada por el Contratante de la misma manera que la Oferta básica, aún si la Oferta básica de dicho Oferente no es la Oferta más baja y técnicamente conforme en lo esencial con los requisitos de los Documentos de Licitación. Soluciones técnicas alternativas Cuando los Documentos de Licitación lo autorizan (consulte la Sección II ‑ Datos de la Licitación, Subcláusula 13.2 de las IAO), los Oferentes podrán incluír soluciones técnicas alternativas. El Contratante indicará los tipos y/o partes de obras para las cuales las alternativas podrían tener una ventaja comparativa tomando en cuenta las habilidades particulares de los posibles Oferentes. Por ejemplo (lista no exhaustiva y proporcionada a título indicativo):
El Contratante deberá dar una descripción de las partes seleccionadas de las Obras con las respectivas referencias a los Planos, las Especificaciones, la Lista de Cantidades y los Criterios de Diseño o Cumplimiento, y señalar que las soluciones alternativas serán equivalentes, al menos a nivel estructural y funcional, a las especificaciones y parámetros básicos de diseño. Dichas soluciones técnicas alternativas vendrán acompañadas de toda la información necesaria para que el Contratante pueda evaluarlas en forma integral, incluidos planos, cálculos de diseño, especificaciones técnicas, desglose de precios, metodología propuesta de construcción y otros detalles pertinentes. El Contratante considerará cada una de las soluciones técnicas alternativas así permitidas, haciéndolo en función de sus propios méritos. |
Planos Es práctica habitual adjuntar los planos en una carpeta separada, a menudo de mayor tamaño que las demás carpetas de Documentos de Licitación. Este tamaño vendrá determinado por la escala de los planos, la cual no deberá reducirse al extremo de que los detalles resulten difíciles de discernir. Como elemento útil puede adjuntarse un mapa simplificado en que se indique la ubicación del sitio de las instalaciones dentro del entorno local, lo que incluye vías principales, postes, aeropuertos y vías férreas. Los planos de construcción, aun si no están trazados en su totalidad, deben mostrar suficientes detalles para brindar a los Oferentes una comprensión adecuada de la índole y complejidad de las Obras requeridas y cotizar la Lista de Cantidades. |
Varios Contratos El requisito básico de descomponer un gran proyecto de Obras de construcción en un paquete de contratos individuales similares o "porciones" es que, en primer lugar, las Obras sean razonablemente homogéneas y que la ejecución de las porciones individuales por parte de distintos oferentes que asuman una "responsabilidad única" conlleve igualmente la finalización puntual y satisfactoria de todo el paquete. Por ejemplo: una serie de tipos de edificación similares (por ejemplo, centros de salud, escuelas, viviendas, etc.); xxxxxxx xx xxxxx; canalizaciones; carreteras rurales; vías en terrenos similares, etc. Reviste importancia la forma en la que se dividan las Obras. Una autopista que se divida de manera "horizontal" en elementos separados radicalmente distintos (tales como terraplenes, alcantarillas, puentes, cimientos de carreteras y pavimentación) no resulta adecuada para que dichos elementos individuales se liciten mediante contratos separados según un régimen de "división y formación de paquetes", debido a los posibles problemas de interrelación entre los distintos contratos y de asignación de responsabilidades por cualquier defecto posterior. No obstante, una autopista dividida "verticalmente" en partes de características similares sí resulta adecuada, puesto que cada parte constituye una entidad completa e independiente por sí misma. La estrategia de contratación de proyectos complejos, en los que el riesgo de planificación y coordinación de las fases y las relaciones entre contratistas es elevado y dicho riesgo es asumido por el Contratante, debe comentarse con la AFD antes de comenzar a preparar la documentación. Las Obras que se incluyen en el marco de estos proyectos suelen dividirse en contratos aparte de diferente naturaleza y con fechas de finalización críticas. Los posibles oferentes para estos contratos separados pueden someterse simultáneamente a una Precalificación y los contratos también pueden ser objeto de la presentación de Ofertas simultáneas, pero su inclusión en paquetes a efectos de Precalificación y presentación de Ofertas pueden resultar muy complicada. Por ejemplo, la construcción de un puerto podría dividirse en varios contratos separados para carreteras de acceso, espigones y embarcaderos, dragados, edificaciones, etc., llevándose a cabo la Precalificación y la presentación de Ofertas al mismo tiempo y con la posibilidad de otorgar varias Obras a uno o más Oferentes. |
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Para la
Contratación de
[indicar la identificación de las Obras]
ACI No: [indicar el número de adquisición competitiva internacional]
Proyecto: [indicar el nombre del proyecto]
Contratante: [indicar el nombre del Contratante]
País: [indicar el nombre del país]
Emitidos el: [indicar la fecha]
Índice
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 3
Sección I ‑ Instrucciones a los Oferentes 4
Sección II ‑ Datos de la Licitación 27
Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación 32
Sección IV ‑ Formularios de Licitación 50
Sección V – Criterios de Elegibilidad 99
Sección VI – Política de la AFD – Prácticas prohibidas – responsabilidad ambiental y social 102
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación) 102
PARTE 2 – Requisitos de las Obras 107
Sección VII – Requisitos de las Obras 108
PARTE 3 – CONDICIONES DEL CONTRATO (CC) Y FORMULARIOS DEL CONTRATO 159
Sección VIII – Condiciones Generales (CG) 160
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación) 283
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I ‑ Instrucciones a los Oferentes
Table des Articles
5 Materiales, Equipos y Servicios Elegibles 9
B. Contenido de los Documentos de Licitación 10
6 Secciones de los Documentos de Licitación 10
8 Enmiendas a los Documentos de Licitación 11
C. Preparación de las Ofertas 12
9 Costo de Participación en la Licitación 12
11 Documentos que conforman la Oferta 12
12 Carta de la Oferta, Formularios de Licitación y Listados 13
13 Ofertas alternativas, soluciones técnicas alternativas y plazos alternativos de terminación 13
14 Precios y Descuentos de la Oferta 13
15 Monedas de la Oferta y de Pago 14
16 Documentos que Conforman la Propuesta Técnica 14
17 Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 15
18 Período de Validez de las Ofertas 15
19 Garantía de Mantenimiento de la Oferta 16
20 Formato y Firma de la Oferta 17
D. Presentación y Apertura de las Ofertas 18
21 Procedimiento para Sellar y Marcar las Ofertas 18
22 Plazo para la Presentación de las Ofertas 18
24 Retiro, Sustitución y Modificación de las Ofertas 18
E. Evaluación y comparación de las Ofertas 20
27 Aclaración de las Ofertas 20
28 Desviaciones, Reservas y Omisiones 20
29 Determinación de Cumplimiento de las Ofertas 21
30 No‑Conformidades no Significativas 21
31 Corrección de Errores Aritméticos 22
32 Conversión a Una Sola Moneda 22
35 Evaluación de las Ofertas 23
36 Oferta anormalmente baja 24
37 Calificación del Oferente 24
38 Derecho del Contratante de Rechazar Todas las Ofertas 24
F. Adjudicación del Contrato 25
39 Criterios de Adjudicación 25
40 Notificación de la Adjudicación 25
42 Garantía de Cumplimiento 25
C. Preparación de las Ofertas 27
D. Presentación y apertura de la Ofertas 30
E. Evaluación y comparación de Ofertas 30
A. Sistema de Gestión Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad 116
1 Responsabilidades y Obligaciones 116
2 Documento de planificación MSSS 117
3 Gestión de las no‑conformidades 118
4 Recursos asignados a la gestión medioambiental 119
6 Presentación de informes 120
B. Protección del Medioambiente 124
10 Protección de las zonas colindantes 124
11 Selección de las áreas ocupadas, de escombros y de los accesos a las Áreas del Proyecto 125
13 Emisión en la atmósfera y polvo 126
16 Desbroce de la vegetación 131
18 Erosión y sedimentación 133
19 Rehabilitación del Lugar de las Obras 134
20 Documentación del estado de las Áreas del Proyectos 135
21 Plan de salud y de seguridad 136
22 Reuniones semanales y diarias 136
23 Equipos y normas de operación 137
25 Equipo de protección individual 137
27 Planificación de las situaciones de emergencia 140
28 Aptitud para el trabajo 140
30 Centro de atención sanitaria y personal sanitario 141
31 Botiquines de primeros auxilios 142
32 Evacuación médica de emergencia 142
D. Mano de obra local y relación con las comunidades locales 146
40 Transporte y alojamiento 147
42 Daños a las personas y a los bienes 148
43 Ocupación o adquisición de terrenos 149
ANEXO 1 – Contenido del PGAS-Obras 151
ANEXO 2 – Propiedades que hacen que producto será peligroso 154
5 Subcontratistas Designados 218
7 Equipos, Materiales y Mano de Obra 224
8 Inicio, Demoras y Suspensión 227
9 Pruebas a la Terminación 231
10 Recepción de las Obras por parte del Contratante 233
11 La Responsabilidad por Defectos 235
14 Precio del Contrato Pago 245
15 Terminación por Parte del Contratante 254
16 Suspensión y Terminación por parte del Contratista 257
17 Riesgos y Responsabilidades 259
20 Reclamaciones, Controversias y Arbitraje 269
ANEXO A – Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias 276
ANEXO B – Prácticas prohibidas ‑ responsabilidad ambiental y social 283
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PARTE 1: Procedimientos de Licitación
PARTE 2: Requisitos de las Obras
PARTE 3: Condiciones y Formularios del Contrato
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emitida por una institución de prestigio de un país elegible indicado en la Sección V, Criterios de Elegibilidad. Si la garantía incondicional es emitida por una institución financiera situada fuera del país del Contratante, la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía. Si se trata de una garantía bancaria, la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá presentarse utilizando ya sea el formulario de Garantía de Mantenimiento de la Oferta que se incluye en la Sección IV, Formularios de Licitación, u otro formato sustancialmente similar aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será válida por un período de veintiocho (28) días posteriores a la fecha límite de validez de la Oferta, o de cualquier período de prórroga, si ésta se hubiera solicitado de conformidad con la Subcláusula 18.2 de las IAO.
el Contratante podrá, si así se contempla en los DDL, declarar no elegible al Oferente para la adjudicación de un Contrato por el período de tiempo que figure en los DDL. |
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Sección II ‑ Datos de la Licitación
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IAO 1.1 |
Número de Llamado a Licitación: |
IAO 1.1 |
Nombre del Contratante: |
IAO 1.1 |
Nombre de la Adquisición Competitiva Internacional (ACI): Número de identificación de la ACI: Número e identificación de los lotes (contratos) incluidos en esta ACI [Especificar si no corresponde] |
IAO 2.1 |
Nombre del Proyecto: |
IAO 4.1 |
El número máximo de miembros de la APCA será de: [insertar un número máximo, por ejemplo: tres o indicar "no aplicable"] |
IAO 4.5 |
El Proceso de Licitación ["se somete" / "no se somete"] a Precalificación. [seleccionar la opción apropiada] |
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IAO 7.1 |
Dirección del Contratante para fines de aclaración únicamente: Atención: Dirección: Teléfono: Dirección electrónica: Página Web: |
IAO 7.4 |
["Se" / "No se"] realizará una reunión previa a la Licitación. [seleccionar la opción apropiada] El lugar, la fecha y la hora de la reunión se indican a continuación: Fecha: [preferiblemente a la mitad del plazo de presentación de Ofertas] Hora: Lugar: ["Se" / "No se"] efectuará una visita al Lugar de las Obras, organizada por el Contratante. [seleccionar la opción apropiada] |
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IAO 10.1 |
El idioma de la Oferta es el español. Todo intercambio de correspondencia se realizará en español. El idioma para la traducción de los documentos de soporte y de los materiales impresos es el español. |
IAO 11.1(b) |
Con la Oferta, se presentarán los siguientes Listados: [seleccionar una de las siguientes opciones, según proceda] Lista de Cantidades [para contratos con precios unitarios] [o] Lista de Precios [para contratos de suma global] [o] Lista de Cantidades (para contratos con precios unitarios) y Lista de Precios (para contratos de suma global) [en el caso de un contrato con una combinación de componente de suma global y componente de precios unitarios] |
IAO 11.1(i) |
Junto con la Oferta, el Oferente presentará los siguientes documentos adicionales:
En el caso de Obras en una zona clasificada como naranja o roja por el Ministerio Francés de Europa y Asuntos Exteriores13, el Oferente deberá proporcionar con su Oferta una metodología de seguridad que cumpla con los requisitos de las especificaciones de seguridad. |
IAO 13.1 |
["Se" / "No se"] permitirán Ofertas alternativas. [seleccionar la opción apropiada] |
IAO 13.2 |
["Se" / "No se"] permitirán soluciones técnicas alternativas para los componentes de las Obras indicadas en la Sección VII ‑ Requisitos de las Obras. [seleccionar la opción apropiada] |
IAO 13.5 |
["Se" / "No se"] permitirán plazos alternativos de terminación de las Obras. [seleccionar la opción apropiada] Si se permiten alternativas, el monto del ajuste de la Oferta para la evaluación será: [insertar el munto y la moneda] por [insertar día o semana]. [El Contrato debe mencionar una indemnización por demora (ver Subcláusula 8.7 de las Condiciones Especiales) en caso de incumplimiento del Plazo de Terminación, cuyo monto debe ser superior a los beneficios generados por el plazo alternativo de terminación de las Obras.] |
IAO 14.5 |
Los precios cotizados por el Oferente serán ["revisables" / "firmes"]. [seleccionar la opción apropiada] [Se recomienda adoptar precios revisables para los contratos de obras cuya duración en la ejecución es superior a 18 meses o cuando los precios de algunos materiales (productos petroleros, acero, etc.) varían rápidamente. Cuando los precios son ajustados durante la ejecución del Contrato, al Oferente le compete suministrar los índices y coeficientes utilizados en la Fórmula de Ajuste de Precios indicada en la Sección IV, Formularios de Licitación.] |
IAO 14.7 |
En la Oferta financiera, el Oferente debe separar el monto correspondiente al IVA. Los demás derechos, impuestos y tasas serán incluidos en los precios del Contrato. Las eventuales exenciones fiscales, derechos, impuestos y tasas que se aplican al Contrato se especifican en la Subcláusula 14.1(b) de las Condiciones Especiales del Contrato. |
IAO 15.1 |
La(s) moneda(s) de la Oferta y de pago deberán ser las especificadas en la Opción _____________ tal y como se describe abajo: [El Contratante seleccionará la opción que resulte más adecuada. La opción B satisface mejor (en términos de tiempo) las necesidades del Contratista respecto a diferentes monedas. El Contratante debe mantener únicamente uno de los siguientes textos opcionales.] Opción A (Los Oferentes deberán expresar el precio de la Oferta en la moneda local):
[Opción que se prefiere] Opción B (Se permitirá que los Oferentes expresen el precio de la Oferta en la moneda local y extranjera): El Oferente deberá cotizar los precios unitarios y los precios en los Listados por separado en las siguientes monedas:
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IAO 18.1 |
El período de validez de la Oferta será _____________________ [indicar número de días entre 90 y 120] días. |
IAO 18.3(a) |
El precio de la Oferta deberá ser ajustado de acuerdo con el siguiente factor: [insertar una fórmula de ajuste de precios o indicar "como se indicará en la solicitud de prórroga de la validez de la Oferta".] |
IAO 19.1 |
["Deberá" / "No deberá"] presentarse una Garantía de Mantenimiento de la Oferta. ["Deberá" / "No deberá"] presentarse una Declaración de Mantenimiento la Oferta. Monto y moneda de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, si procede: [insertar una cantidad equivalente en US$ entre el 1 % y el 3 % de la estimación del Contrato del Contratante y especificar la moneda]. [En el caso de lotes, insertar el monto y la moneda de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta correspondiente a cada lote. Se exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta para cada lote, de acuerdo con los montos indicados junto a cada lote. Los Oferentes tienen la posibilidad de presentar una Garantía de Mantenimiento de la Oferta para todos los lotes (por el importe total combinado de todos ellos) para los que hayan presentado Ofertas.] [Si se exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, no se exigirá una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, y viceversa.] |
IAO 19.3(d) |
Otro tipo de garantías aceptables [indicar "Ninguno" si no corresponde]:
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IAO 19.9 |
Si el Oferente incurre en cualquiera de las acciones que se señalan en los incisos (a) o (b) de esta disposición, el Contratante declarará al Oferente no elegible para la adjudicación de contratos por parte del Contratante por un período de ____________ años. [Se eliminará si se exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta.] |
IAO 20.1 |
Número de copias de la Oferta, además del original: ________________________ [Indicar el número] copias papel + una (1) copia digital (CD o pendrive). |
IAO 20.2 |
La confirmación por escrito o autorización para firmar en nombre del Oferente consistirá en: [insertar por ejemplo "un poder legal en el que se haga constar el nombre del firmante de la Oferta".] |
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IAO 22.1 |
Dirección del Contratante para fines de presentación de las Ofertas únicamente: Atención: Dirección:
Plazo para la presentación de las Ofertas: Fecha: Hora: Los Oferentes no tendrán la opción de presentar sus propuestas por medio electrónico. [Se requiere la previa aprobación de la AFD para autorizar la presentación electrónica. En este caso, indicar:] Si los Oferentes tienen la opción de presentar sus Ofertas por medio electrónico, los procedimientos de presentación electrónica serán: [describir el procedimiento de presentación]. |
IAO 25.1 |
Lugar donde se realizará la apertura de las Ofertas: Dirección: Fecha: Hora: Para proceder a la apertura de Ofertas, no se exige un número mínimo de Ofertas. [Si los Oferentes tienen la opción de presentar sus Ofertas de manera electrónica, los procedimientos de apertura de las Ofertas serán los siguientes:___________________________________________________________] |
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IAO 32.1 |
En la evaluación y comparación de las Ofertas, se usará la siguiente moneda única para la conversión de todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas: [Indicar el nombre de la moneda, generalmente la moneda local.] Fuente de la tasa de cambio: [Indicar el nombre de la fuente de la tasa de cambio (por ejemplo el Banco Central del país del Contratante).] La fecha de la tasa de cambio será siete (7) días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se convertirá(n) la(s) moneda(s) de la Oferta a una moneda única de conformidad con el procedimiento de la Opción [A / B] siguiente: [seleccionar la opción apropiada] Opción A: Los Oferentes deberán expresar el precio de la Oferta en la moneda local Para efectos de comparación de las Ofertas, el Precio corregido de la Oferta según lo estipulado en la Cláusula 31, deberá ser desglosado en los diferentes montos correspondientes a las monedas de pago. Para tales efectos, se utilizarán las tasas de cambio especificadas por el Oferente según lo estipulado en la Subcláusula 15.1. Acto seguido, el Contratante convertirá los montos expresados en las varias monedas de pago de la Oferta (excluyendo los montos provisionales pero incluyendo la tasa diaria cuando se cotice de manera competitiva) a la moneda única identificada en las tasas de venta arriba determinada para transacciones similares por la autoridad especificada y en la fecha indicada arriba. Opción B: Se permitirá que los Oferentes expresen el precio de la Oferta en la moneda local y extranjera El Contratante convertirá los montos expresados en las varias monedas de pago de la Oferta según lo estipulado en la Cláusula 31 (excluyendo los montos provisionales pero incluyendo la tasa diaria cuando se cotice de manera competitiva) a la moneda única identificada en las tasas de venta arriba determinada para transacciones similares por la autoridad especificada y en la fecha indicada arriba. |
IAO 33.1 |
[Se incluirá únicamente si lo exige la normativa local y con supeditación a la aprobación previa de la AFD.] ["Se aplicará" / "No se Aplicará"] margen de preferencia. [seleccionar la opción apropiada] Si se aplica margen de preferencia, la metodología de aplicación será definida en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación. |
IAO 34.1 |
En este momento, el Contratante ["tiene intención" / "no tiene intención"] de ejecutar determinadas partes específicas de las Obras recurriendo a subcontratistas seleccionados de antemano (subcontratistas designados). [seleccionar la opción apropiada] [Si en el párrafo anterior se indica "tiene intención", enumerar las partes específicas de las Obras y los respectivos subcontratistas] |
IAO 35.2 |
La evaluación de las Ofertas se basará en los precios sin IVA. |
Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación
Esta Sección contiene todos los criterios que deberá usar el Contratante para evaluar las Ofertas y calificar a los Oferentes. De conformidad con las Cláusulas 35, 36 y 37 de las IAO, no se usarán otros factores, métodos ni criterios. El Oferente proporcionará la información solicitada, debiendo usar para ello los formularios que se incluyen en la Sección IV, Formularios de Licitación.
Si un Oferente está obligado a incluir un importe monetario, los Oferentes deberán indicar el equivalente en US$ usando la tasa de cambio determinada como sigue:
Para la facturación de construcción o los datos financieros exigidos respecto a cada año ‑ La tasa de cambio en vigor el último día del año natural respectivo;
El valor de un solo contrato ‑ La tasa de cambio en vigor en la fecha del Contrato.
Las tasas de cambio se tomarán de la fuente públicamente disponible que se identifica en la Subcláusula 32.1 de las IAO. Todo error a la hora de establecer las tasas de cambio de la Oferta puede ser corregido por el Contratante.
Evaluación
Además de los criterios que se señalan en la Subcláusula 35.2 (a) a (e) de las IAO, las siguientes disposiciones se aplican también:
Evaluación de la adecuación de la propuesta técnica a los Requisitos
La evaluación de la propuesta técnica presentada por un Oferente se compondrá de (a) una evaluación de la capacidad técnica del Oferente para movilizar el equipo y el personal claves para llevar a cabo las Obras, (b) el método de construcción, (c) el calendario de construcción y (d) las fuentes de suministro suficientemente detalladas, de acuerdo con los requisitos especificados en la Sección VII, Requisitos de las Obras.
Si la evaluación establece que existen riesgos medioambientales y sociales elevados y/o impactos importantes y, por lo tanto, los Documentos de Licitación incluyen Especificaciones Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS), la propuesta técnica incluirá una Metodología MSSS. Se evaluará la Metodología MSSS presentada por el Oferente para determinar si se ajusta sustancialmente (es decir, si no presenta ninguna Desviación, Reserva ni Omisión importante) a los requisitos que se especifican en la Sección VII, Requisitos de las Obras-Especificaciones MSSS. El Oferente utilizará el Formulario de la Metodología MSSS que se proporciona para este fin en la Sección IV, Formularios de Licitación. Una Oferta que no incluya la Metodología MSSS o una Oferta cuya Metodología MSSS no se ajuste sustancialmente a los requisitos (es decir, que presente una Desviación, Reserva u Omisión importante) será rechazada.
Aceptabilidad de la metodología de seguridad
Cuando los riesgos de seguridad se consideran altos y, por lo tanto, los Documentos de Licitación incluyen especificaciones de seguridad en la Sección VII – Requisitos de las Obras, la propuesta técnica debe incluir una metodología de seguridad, de conformidad con el Artículo IAO 11.1(i) de los Datos de la Licitación.
La evaluación de la metodología de seguridad consistirá en determinar si se cumple con cada condición de admisibilidad especificada en las especificaciones de seguridad. De lo contrario, la Oferta será rechazada.
Contratos Múltiples:
Si se contemplan contratos múltiples para la ejecución de las Obras según lo estipulado en la Subcláusula 35.4 de las IAO, la evaluación se hará de la siguiente forma:
Los Oferentes pueden presentar Ofertas para uno o más lotes. Las Ofertas se evaluarán por lotes, teniendo en cuenta los descuentos ofrecidos, en su caso, por lotes combinados. Los contratos se le adjudicarán al Oferente o los Oferentes que ofrezcan el costo evaluado más bajo al Contratante por los lotes combinados, siempre que los Oferentes seleccionados satisfagan los criterios de calificación exigidos para el lote o la combinación de lotes, según el caso, respecto de los cuales han sido calificados.
Ofertas alternativas:
Si se contemplan en la Subcláusula 13.1 de las IAO, serán evaluadas de la siguiente forma:
Las Ofertas alternativas deben ser autosuficientes e independientes de la Oferta básica;
Las Ofertas alternativas deben compararse con todas las Ofertas básicas y alternativas, para determinar la Oferta más baja y técnicamente conforme en lo esencial a los requisitos de los Documentos de Licitación y para la cual el Oferente es calificado;
Cualquier Oferta alternativa puede ser rechazada a discreción del contratante.
Soluciones técnicas alternativas:
Si se contemplan en la Subcláusula 13.2 de las IAO, serán evaluadas de la siguiente forma:
Solo se evaluarán las soluciones técnicas alternativas en los componentes de las Obras permitidos y indicados en la Sección VII ‑ Requisitos de las Obras;
Todas las soluciones técnicas alternativas deben compararse con la solución técnica básica y el conjunto de las soluciones técnicas alternativas;
Cualquier solución técnica alternativa puede ser dechazada a discreción del contratante.
Plazos alternativos de terminación de las Obras:
Si se contemplan en la Subcláusula 13.5 de las IAO, serán evaluadas de la siguiente forma:
Los requisitos para plazos alternativos de terminación de las Obras deben especificarse en la Sección VII - Requisitos de las Obras;
Los plazos alternativos de terminación de las Obras serán evaluados de la siguiente forma: para cada día o semana antes del Plazo de Terminación, y solo a efectos de la evaluación, el monto de la Oferta se ajustará restando el monto indicado en la Subcláusula 13.5 de los DDL.
Personal:
El Oferente debe demostrar que dispone de personal que responde a los criterios aquí abajo para los siguientes puestos claves: [Especificar los requisitos de cada lote, dado el caso].
-
No.
Cargo
Número de años de experiencia general
Número de años de experiencia comparable
1
Experto Medioambiental y Social
[Si las Obras presentan altos riesgos y/o tienen un impacto ambiental y social significativo, se requiere una experticia especializada en temas ambientales y sociales]
5
2
2
Experto Salud y Seguridad
[Si las Obras presentan altos riesgos y/o tienen un impacto la salud y seguridad significativo, se requiere una experticia especializada en temas de Salud y Seguridad]
5
2
3
[etc.]
[Insertar (i) la lista de personal clave, por ejemplo, el director del Contrato o del proyecto y los encargados que trabajarán a las órdenes del director de proyecto responsable de los componentes principales (por ejemplo, encargados especializados en dragados, apilamiento o movimientos de tierras, que sean necesarios para cada proyecto concreto), (ii) un número mínimo de años de experiencia en obras civiles (10 a 15 años) y (iii) un número mínimo de años de experiencia en proyectos comparables (5 a 10 años).]
El Oferente deberá proporcionar los datos detallados del personal propuesto y de su experiencia, en los Formularios PER-1 y PER-2 incluidos en la Sección IV, Formularios de Licitación.
Equipos:
El Oferente debe demostrar que puede obtener (comprar, arrendar o alquilar) los equipos clave que se relacionan a continuación: [Especificar los requisitos de cada lote que sean aplicables.]
-
No.
Tipo de equipo y características
Número mínimo exigido
1
2
3
4
5
…
[Insertar en la tabla (i) la lista de equipos críticos exigidos para la ejecución del proyecto y (ii) el número mínimo de cada uno de esos equipos.]
El Oferente deberá proporcionar detalles adicionales sobre los equipos propuestos en el formulario EQU que se incluye en la Sección IV, Formularios de Licitación.
Preferencia Nacional
[Solo se insertará si se permite de acuerdo con la Subcláusula 33.1 de las DDL; de no ser así, elimine el texto siguiente o indicar "No aplicable".]
Se concederá un margen de preferencia del 7,5% (siete y medio por ciento) a los Oferentes nacionales, de acuerdo con las siguientes disposiciones y con arreglo a ellas:
Una empresa individual se considerará Oferente nacional a los efectos del margen de preferencia si fue constituida en el país del Contratante, más de un 50% de sus acciones pertenecen a nacionales del país del Contratante y no subcontrata más de 30% del precio del contrato, excluyendo las sumas provisionales, a contratistas extranjeros. Las APCA solo se consideran Oferentes nacionales y con posibilidades de optar a la preferencia nacional si las empresas de los miembros individuales fueron constituidas en el país del Contratante, si más de un 50% de las mismas pertenece a nacionales del país del Contratante y si la APCA se constituirá en el país del Contratante. La APCA no subcontratará más del 30% del Precio del Contrato, excluyendo las sumas provisionales, a empresas extranjeras. Las APCA entre empresas nacionales y extranjeras no podrán optar a la preferencia nacional.
A los Oferentes que soliciten dicha preferencia se les pedirá que, como parte de los datos para su calificación, aporten la información (incluidos los datos sobre propiedad) que se exigirá para establecer si, según la clasificación establecida por el Contratante y aceptada por la AFD, un Oferente o grupo de Oferentes específicos cumple los requisitos para solicitar la preferencia nacional.
Después de que el Contratante ha recibido y revisado las Ofertas, aquellas que se ajusten a los requisitos se clasificarán en los siguientes grupos:
Grupo A: Ofertas de Oferentes nacionales que pueden optar a la preferencia;
Grupo B: Ofertas de otros Oferentes.
Como primer paso de la evaluación, se compararán todas las Ofertas evaluadas de cada grupo para determinar la Oferta más baja y posteriormente, se compararán entre sí las Ofertas evaluadas más bajas de cada grupo. Si, debido a esta comparación, una Oferta del Grupo A resulta ser la más baja, será seleccionada para la adjudicación del Contrato. Si una Oferta del Grupo B fuese la más baja, como segundo paso de la evaluación, se compararán posteriormente todas las Ofertas del Grupo B con la Oferta evaluada más baja del Grupo A. Exclusivamente a los efectos de esta segunda comparación, se añadirá al precio evaluado ofrecido en cada Oferta del Grupo B un monto equivalente al 7,5% (siete y medio por ciento) del precio de la Oferta respectivo tras haber corregido los errores aritméticos, incluyendo los descuentos incondicionales pero excluyendo las sumas provisionales y el costo de los trabajos por día, si hubiere. Si la Oferta del Grupo A es la más baja, resultará seleccionada para la adjudicación del Contrato. De no ser así, se seleccionará la Oferta evaluada más baja del Grupo B en base al primer paso de la evaluación.
Calificación
Subcontratistas:
La experiencia general y los recursos financieros de los subcontratistas especializados no se añadirán a los del Oferente a efectos de la calificación de este.
Actualización de Información en caso de Precalificación:
El Oferente actualizará la información facilitada durante el correspondiente ejercicio de Precalificación para demostrar que sigue cumpliendo los criterios utilizados en el momento de realizar dicho ejercicio, usando los Formularios pertinentes que se incluyen en la Sección IV, Formularios de Licitación. Si fuera necesario, el Oferente podrá utilizar cualquiera de los Formularios de Precalificación para notificar un cambio que se haya producido tras dicha calificación.
El Contratante se reserva el derecho de solicitar al Oferente información actualizada de los recursos financieros.
Calificación si un Precalificación no ha tenido lugar:
[de otra manera eliminar toda la sección.]
Criterios de Calificación
En el caso de varios contratos, los criterios de calificación aplicables son los requisitos mínimos acumulados en todos los lotes para los cuales el Oferente presenta una Oferta.
[Nota: En el caso de varios lotes (contratos), especifícar todos los criterios de cada lote de acuerdo con los criterios 3.1, 3.2, 4.2(a), 4.2(b) y 5.]
|
||||||
Criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro |
Al menos un miembro |
||||
1.1 Nacionalidad |
Nacionalidad de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Formularios ELE‑1.1 y ELE‑1.2, con los anexos |
1.2 Conflicto de interés |
No presentar conflictos de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Carta de la Oferta |
1.3 Elegibilidad por financiamientos de la AFD |
No haber sido declarado inelegible por la AFD de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Declaración de Integridad, Elegibilidad y de Responsabilidad Ambiental y Social |
1.4 Entidad estatal |
Cumplimiento de las condiciones establecidas en la Subcláusula 4.3 de las IAO |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Formularios ELE‑1.1 y ELE‑1.2, con los anexos |
|
||||||
Criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro |
Al menos un miembro |
||||
2.1 Antecedentes de Incumplimiento de Contratos |
Rescisión de contrato que incumba al Oferente en los últimos 5 (cinco) años14 |
Debe cumplir el requisito15. |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito2 |
N/A |
Formulario CON‑2 |
2.2 Exclusión en el marco de la ejecución de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta |
No está sancionado por la ejecución de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 4.4 de las IAO |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Carta de la Oferta |
2.3 Litigios Pendientes |
Todos los litigios pendientes no deben representar más del cien por ciento (100%) del patrimonio del Oferente y se tratarán como resueltos en contra del Oferente. |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Formulario CON‑2 |
|
||||||
Criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro |
Al menos un miembro |
||||
3.1 Capacidad Financiera |
|
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito. |
N/A |
N/A |
Formularios FIN‑3.1 y FIN‑3.3 |
|
|
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Formularios FIN‑3.1 y FIN‑3.4 |
|
|
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
Formularios FIN–3.1 con anexos |
3.2 Facturación
anual mínima |
Como mínimo, una facturación media anual de ________ US$ [insertar el monto equivalente en US$, en palabras y en cifras], durante los __________ [indicar número de años, generalmente es de 5 años pero puede ser reducido a un mínimo de 3 años] últimos años. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
Debe cumplir con [veinticinco] por ciento [25%] del requisito. |
Debe cumplir con [cuarenta] por ciento [40%] del requisito. |
Formulario FIN‑3.2 |
|
||||||
Criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro |
Al menos un miembro |
||||
4.1 Experiencia general en Obras |
Experiencia en contratos de Obras como Contratista principal, miembro de una APCA, Contratista administrador o subcontratista por lo menos en los últimos [indicar número de años, generalmente es de 5 años pero puede ser reducido a un mínimo de años] años, desde el 1° de Enero ________ [indicar año]. |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Formulario EXP‑4.1 |
4.2 (a) Experiencia Específica en Gestión de Contratos |
(i) Un número mínimo de contratos similares16 especificados a continuación que se hayan terminado de forma satisfactoria y sustancial17 en calidad de Contratista principal, miembro de una APCA18, Contratista administrador o subcontratista entre el 1° de enero [insertar el año, el periodo de tiempo suele ser de entre 5 y 10 años] y la fecha límite para la presentación de Ofertas: N contratos, cada uno con un valor mínimo V, [insertar los valores de N, por lo general 2, y de V]. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito19
|
N/A
|
N/A
|
Formulario EXP‑4.2(a) |
4.2 (b) Experiencia Específica |
Con respecto a lo anterior y a cualquier otro contrato terminado o que se esté ejecutando en calidad de Contratista principal, miembro de una APCA, Contratista administrador o subcontratista20 el día uno o siguientes del año natural durante el periodo estipulado en el anterior criterio 4.2 (a), una experiencia mínima de construcción en las siguientes actividades clave terminadas de forma satisfactoria21: [enumerar las actividades indicando el volumen, el número o el índice de producción, según proceda]. |
Debe cumplir el requisito |
Deben cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir los siguientes requisitos respecto a las actividades clave enumeradas a continuación: [enumerar las actividades clave y los requisitos mínimos correspondientes:] |
Formulario EXP‑4.2(b) |
[Añadir lo siguiente si se permite un subcontratista especializado y describir la naturaleza y las características de los trabajos especializados:] |
(ii) Para los siguientes trabajos especializados, el Contratante permite subcontratistas especializados de acuerdo con las Subcláusulas 34.2 y 34.4 de las IAO. |
Debe cumplir el requisito respecto de un contrato |
Deben cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
Formulario EXP‑4.2(b) |
|
||||||
criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro |
Al menos un miembro |
||||
5.1 Certificacion(es) MSSS |
Disponibilidad de una certificación ISO o de una norma internacional equivalente (el Oferente deberá demostrar la equivalencia), en curso de validez y aplicable al Lugar de la Obras: [Seleccionar las certificaciones requeridas marcando una xxxx en la(s) casilla(s) correspondiente(s)] |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
|
|
|
|
|
|
|
Formulario CER |
|
|
|
|
|
|
Formulario CER |
|
|
|
|
|
|
Formulario CER |
5.2 Documentación MSSS |
Contar con documentos de estrategia y procedimientos internos para la gestión MSSS de las Áreas del Proyecto que sean aceptables para el Contratante:
[Seleccionar solo los puntos sensibles (entre 3 y 5) que se aplican a las Obras marcando una xxxx en la(s) casilla(s) correspondiente(s)]
|
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
|
5.3 Experiencia MSSS |
Experiencia de [insertar el número, generalmente dos] contratos de construcción con un fuerte reto MSSS durante los últimos [insertar un número, entre 5 y 10] años, en los que se aplicaron de manera satisfactoria medidas MSSS conforme a las normativas internacionales. |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
Formulario EXP‑MSSS con la documentación correspondiente (El Oferente debe presentar un documento que justifique la implementación de las medidas MSSS) |
[Eliminar si la transferencia de competencias no es un problema] 5.4 Experiencia Específica en Transferencia de Conocimientos MSSS |
Experiencia de un (1) contrato de construcción durante los últimos cinco (5) años en el que se haya llevado a cabo de forma satisfactoria una transferancia de conocimientos a un socio local o de formación MSSS de la mano de obra local. |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
Formulario EXP‑MSSS con la documentación correspondiente (El Oferente debe presentar un documento que justifique la implementación de la transferencia de conocimientos o la capacitación MSSS) |
5.5 Personal MSSS |
Disponibilidad de personal en la empresa dedicado a temas MSSS: Responsable Medioambiental y Social, y/o Responsable de Salud y Seguridad. |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
Organigrama del Oferente demostrando que la(s) posición(es) MSSS está(n) ocupada(s) |
|
||||||
Criterio |
Requisito |
Entidad individual |
Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (existente o propuesta) |
Documentación Requerida |
||
Todas las partes combinadas |
Cada miembro27 |
Al menos un miembro |
||||
6.1 Experiencia específica en zona de riesgo de seguridad |
Experiencia de dos (2) contratos que haya implicado una presencia en el país, en los últimos diez (10) años, en una zona de riesgo de seguridad similar con la aplicación de un plan de seguridad |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
Líder debe cumplir el requisito |
Formulario EXP‑4.2(b): respecto a cada experiencia citada deberán facilitarse el plan de seguridad, así como un documento justificativo que acredite la aplicación de medidas de seguridad28 |
6.2 Documentación de seguridad |
Poseer documentos y dispositivos internos de gestión de la seguridad en los servicios y las obras |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
Líder debe cumplir el requisito |
Presentación de la siguiente documentación aceptable al Contratante:
|
6.3 Repatriación |
Suscripción de un contrato de asistencia de repatriación de urgencia de expatriados |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
Líder debe cumplir el requisito |
Presentación de un certificado de la empresa encargada de las repatriaciones |
6.4 Preparación en materia de seguridad |
Existencia e implantación de procedimientos y herramientas de preparación de los agentes susceptibles de intervenir o que intervengan en zonas con riesgo de seguridad |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
Debe cumplir el requisito |
Líder debe cumplir el requisito |
Procedimientos y herramientas de preparación para el desplazamiento con documentos justificativos de aplicación (pruebas de acciones de sensibilización o de formación realizadas) |
6.5 Personal de seguridad específico |
Disponibilidad de personal específico en temas de seguridad: responsable de seguridad o equivalente con un mínimo de dos (2) años de experiencia pertinente en los últimos siete (7) años |
Debe cumplir el requisito |
N/A |
N/A |
Líder debe cumplir el requisito |
Organigrama donde se ponga de relieve el puesto específico y ocupado en materia de seguridad y currículo del responsable de seguridad |
Sección IV ‑ Formularios de Licitación
Índice de formularios
Apéndice 1 de la Oferta – Listados de Datos de Ajuste 54
Apéndice 2 de la Oferta – Resumen de las monedas de pago 56
Lista de Precios Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS) 66
Lista de Precios Unitarios de Seguridad 68
Soluciones técnicas alternativas 70
Metodología Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad (MSSS) 71
Organización del Lugar de la Obra y Método de Construcción 74
Formulario PER-1: Personal propuesto 76
Formulario PER-2: Curriculum Vitae del personal propuesto 77
Formularios de Calificación de los Oferentes 79
Formulario ELE‑1.1: Información del Oferente 80
Formulario ELE‑1.2: Información sobre los Miembros de la APCA 81
Formulario FIN‑3.1: Situación Financiera y Rendimiento 84
Formulario FIN‑3.2: Facturación Anual 86
Formulario FIN‑3.3: Fuentes de financiamiento 87
Formulario FIN‑3.4: Compromisos Contractuales Actuales / Obras en Ejecución 88
Formulario EXP‑4.1: Experiencia General en Construcción 89
Formulario EXP‑4.2(a): Experiencia en Construcción de Obras Similares 90
Formulario EXP‑4.2(b): Experiencia Específica en Actividades Clave 92
Formulario CER: Certificación Calidad / Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad (MSSS) 94
Formulario EXP‑MSSS: Experiencia Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad (MSSS) 95
Formulario de Garantía de Mantenimiento de la Oferta 97
Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Oferta 98
Carta de la Oferta
[El Oferente elaborará esta Carta de la Oferta en papel con membrete en el que figure su nombre y dirección.]
Fecha:
ACI No.:
Llamado a Licitación No.:
Alternativa No.:
À:
Nosotros, los abajo firmantes declaramos que:
Hemos examinado, sin tener reservas al respecto, los Documentos de Licitación, incluidas las enmiendas emitidas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (Cláusula 8 de las IAO);
No tenemos ningún conflicto de interés de conformidad con la Cláusula 4.2 de las IAO;
No hemos sido excluidos por el Comprador sobre la base de la ejecución de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta en el país del Comprador tal y como está previsto en la Subcláusula 4.4 de las IAO;
Ofrecemos ejecutar las siguientes Obras de conformidad con los Documentos de Licitación:___
El precio total de nuestra Oferta, excluyendo impuestos y cualquier descuento ofrecido en el inciso (f) abajo, es:
En caso de lote único, el precio total (excluyendo IVA) de la Oferta es de:
En caso de lotes múltiples, el precio total (excluyendo IVA) de cada lote es de:
En caso de lotes múltiples, el precio total (excluyendo IVA) del conjunto de los lotes (suma de totdos los lotes) es de:
El monto total del IVA es: .
Los descuentos ofrecidos y la metodología para aplicarlos son los siguientes:
Los descuentos ofrecidos son los siguientes:
Método de cálculo de los descuentos para determinar el precio de la Oferta
Nuestra Oferta será válida por un período de ____________________________ días a partir de la fecha límite de presentación de las Ofertas estipulada en los Documentos de Licitación; la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo;
Si es aceptada nuestra Oferta, nosotros nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 42 de los Documentos de Licitación;
No estamos participando, como Oferentes, en más de una Oferta en este proceso de Licitación, de conformidad con la Subcláusula 4.2 (e) de las IAO, salvo en lo atinente a las Ofertas alternativas presentadas de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 13 de las IAO;
Entendemos que esta Oferta, junto con la aceptación de ustedes por escrito incluida en su notificación de la adjudicación, constituirá un contrato obligatorio entre nosotros hasta que el Contrato formal haya sido preparado y firmado por las partes;
Reconocemos y aceptamos que el Contratante se reserve el derecho de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las Ofertas en cualquier momento previo a la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con nosotros;
Certificamos que hemos tomado las medidas necesarias para asegurar que ninguna persona que actúe por nosotros o en nuestro nombre participe en ningún tipo de fraude ni corrupción.
Nombre del Oferente29:
Nombre de la persona debidamente autorizada para firmar esta Oferta por y en nombre del Oferente30:
Título de la persona firmando esta Oferta:
Firma de la persona mencionada arriba:
El de de
Apéndice(s):
Apéndice 1 de la Oferta – Listados de Datos de Ajuste
[Nota: este formulario debe incluirse en los Documentos de Licitación cuando se ajustarán los precios – consulte la Subcláusula 14.5 de los DDL; en el caso de un Contrato con un precio fijo, debe eliminarse.]
Sección(es) de Obras: [habrá que incluir varias secciones y tablas separadas cuando las secciones de las Obras (o la Lista de Cantidades) tengan contenidos en monedas muy diferentes.]
Tabla de Ponderaciones
Factor y descripción |
Rango de valores permitido (1) |
Ponderaciones
para cada moneda de pago |
Totales |
|
(moneda local) |
(moneda
extranjera: |
|||
X No ajustable |
[a ser indicado por el Contratante] |
|
|
|
(a) Mano de obra |
[a ser indicado por el Contratante] |
|
|
|
(b) |
[a ser indicado por el Contratante] |
|
|
|
(c) |
[a ser indicado por el Contratante] |
|
|
|
etc. |
[a ser indicado por el Contratante] |
|
|
|
Total |
|
|
|
1.00 |
[El Contratante indicará (i) el valor del elemento fijo X de la fórmula de ajuste del precio en las Columnas (1) y (3), y (ii) los rangos aceptables para las ponderaciones (a), (b), (c) de los factores de ajuste de la fórmula.]
El Oferente indicará en la Columna (2) las ponderaciones específicas de cada factor y moneda de la Oferta y en la Columna (3) los subtotales correspondientes a cada factor, que deben encontrarse dentro del rango especificado por el Contratante en la Columna (1), respectivamente; asimismo, la suma de los subtotales de la Columna (3) debe ser igual a 1 (uno).
Se utilizará una fórmula para cada moneda de pago, que se extraerá de la anterior Tabla de la manera siguiente: las ponderaciones que se utilizarán en cada fórmula se derivarán de los valores de cada columna de moneda, respectivamente, dividiendo cada valor individual por la suma de los valores de la columna dada.
Tabla A: Moneda local
Código del índice |
Descripción / identificación del índice |
Fuente de publicación del índice |
Valor base en [mes]31 |
(T) |
|
|
|
(S) |
|
|
|
(Etc.) |
|
|
|
Tabla B: Moneda extranjera
Código del índice |
Descripción / identificación del índice |
Fuente de publicación del índice |
Valor base en [mes]1 |
(T) |
|
|
|
(S) |
|
|
|
(Etc.) |
|
|
|
Firma del Oferente:
Ejemplo:
En el siguiente ejemplo se muestra una tabla de ponderaciones y la correspondiente fórmula de ajuste de precios que se deriva de ella, de acuerdo con los siguientes supuestos:
En este ejemplo, se muestran tres ponderaciones/factores: X es la parte no ajustable y dos factores de ajuste (a y b) contribuyen al ajuste de precios por medio de la variación de los Índices T y S respectivamente, para los cuales el Contratante permite los rangos respectivos y los valores seleccionados por el Oferente aparecen en la tabla; estos valores se utilizarán en la fórmula de ajuste del precio;
En este ejemplo se muestran dos monedas de pago: la moneda local (l) y una moneda extranjera (e), los índices T y S son los índices respectivos del país de la moneda;
Los datos en negrita son los especificados por el Contratante en los Documentos de Licitación, mientras que los demás datos son facilitados por el Oferente en su Oferta o por el Contratista en las solicitudes de pago.
Tabla de Ponderaciones:
Factor y descripción |
Rango de valores permitidos |
Ponderaciones de cada moneda de pago |
Totales |
|
l |
e |
|||
X
a
b |
0,15
0,30 - 0,50
0,25 - 0,45 |
0,05
0,15
0,20 |
0,10
0,25
0,25 |
0,15
0,40
0,45 |
Totales |
|
0,40 |
0,60 |
1,00 |
Fórmula que se utilizará para calcular el ajuste de los pagos:
Pagos en moneda locale (l):
Pagos en modeda extranjeras (e):
Apéndice 2 de la Oferta – Resumen de las monedas de pago
Tabla: Opción A
Para utilizar exclusivamente con la Opción
A: |
Para _______________________ [indicar el nombre del componente de las Obras]
Nombre de la moneda de pago |
A) Monto en la moneda |
B) Tasa de cambio (unidades de moneda local por unidad de moneda extranjera) |
C) Equivalente en moneda local C = A x B |
D) Porcentaje del precio neto de la Oferta (PNO) 100 x C PNO |
Moneda local |
|
1.00 |
|
|
Moneda extranjera: € o US$ |
|
|
|
|
Precio de la Oferta |
|
|
|
100 |
Montos provisionales expresados en moneda local |
[a ser indicados por el Contratante] |
|
[a ser indicados por el Contratante] |
|
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA (incluyendo montos provisionales) |
|
|
(Precio de la Oferta) |
100 |
Tabla: Opción B
A ser utilizada únicamente con la Opción
B: |
Resumen de las monedas de la Oferta para _______________________ [indicar el nombre de la Sección de las Obras]
Nombre de la Moneda |
Montos a Pagar |
Moneda Local:____________________________ |
|
Moneda Extranjera: € o US$:_________________ |
|
Montos provisionales expresados en moneda local:____________________________________ |
[A ser indicados por el Contratante] |
Apéndice 3 de la Oferta - Declaración de Integridad, Elegibilidad y de Responsabilidad Ambiental y Social
[El contenido de la Declaración de Integridad, Elegibilidad y de Responsabilidad Ambiental y Social depende de la fecha de firma del Convenio de Financiamieto de la AFD que cubre total o parcialmente la financiación de este Contrato.
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN A y eliminará la OPCIÓN B;
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluído, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN B y eliminará la OPCIÓN A. ]
[OPCIÓN A – Versión de la Declaración de Integridad a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación)
Nombre de referencia de la oferta o propuesta: (el "Contrato")
A: (la "Autoridad Contratante")
Reconocemos y aceptamos que la Agence Française de Développement (la "AFD") sólo financia los proyectos de la Autoridad Contratante sujeta a sus propias condiciones, las cuales están determinadas en el Convenio de Financiamiento que beneficie directa o indirectamente a la Autoridad Contratante. Por consiguiente, no existen vínculos de derecho entre la AFD y nuestra empresa, nuestra Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) o nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores. La Autoridad Contratante mantiene la responsabilidad exclusiva de la preparación y aplicación del procedimiento de adquisición y ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
Certificamos que no estamos, ni está ningún miembro de nuestra APCA ni de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores en ninguno de los casos siguientes:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 De haber sido objeto:
de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país donde el Contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco de la adquisición o ejecución de un contrato (en el supuesto de tal condena, disponemos de la posibilidad de adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del Contrato);
de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años mediante la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde estamos constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato (en el supuesto de tal sanción, podemos adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del Contrato);
de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figurar en las listas de sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/ x Xxxxxxx, en particular dentro de la lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y la seguridad internacional;
2.4 Haber sido objeto de una rescisión de contrato pronunciada por causales atribuibles a nosotros mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de nuestras obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
2.5 No haber cumplido nuestras obligaciones respecto al pago de nuestros impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde estamos constituidos o las del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estar sujeto una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figurar en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx (en el supuesto de dicha decisión de exclusión, podemos adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del presente proceso de adquisición);
2.7 Haber producido falsos documentos o ser culpable de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
Certificamos que no estamos, ni está ningún miembro de nuestra APCA ni de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, en ninguna de las situaciones de conflicto de interés siguientes:
3.1 Accionista que controle a la Autoridad Contratante o una filial controlada por la Autoridad Contratante, salvo que el conflicto resultante se haya puesto en conocimiento de la AFD y se haya resuelto a su propia satisfacción.
3.2 Tener negocios o relaciones familiares con un funcionario de la Autoridad Contratante implicado en el proceso de adquisición o en la supervisión del contrato que resulte, salvo que el conflicto resultante haya sido puesto a conocimiento de la AFD y se haya resuelto a su propia satisfacción;
3.3 Controlar o estar controlado por otro oferente o consultor, estar bajo control común con otro oferente o consultor, recibir de o conferir a otro oferente o consultor directa o indirectamente subsidios, tener el mismo representante legal que otro oferente o consultor, mantener contactos directa o indirectamente con otro oferente o consultor que nos permita tener o dar acceso a información contenida en nuestras solicitudes, ofertas o propuestas respectivas, influenciarlas, o influenciar las decisiones de la Autoridad Contratante;
3.4 Encontrarse en un servicio de consultoría que, por su naturaleza, pueda resultar incompatibles con los servicios que se llevarán a cabo para la Autoridad Contratante;
3.5 En el caso de un proceso de adquisición para bienes, obras o plantas:
Haber preparado o haber estado asociados con un consultor que haya preparado especificaciones, planos, cálculos o cualquier otra documentación utilizada para el proceso de adquisición;
Haber sido nosotros mismos o una de nuestras empresas afiliadas contratados o propuestos a ser contratados por la Autoridad Contratante para efectuar la supervisión o inspección de las obras en el marco del Contrato.
Si somos una entidad de propiedad estatal, para competir en este proceso de adquisición, certificamos que somos financiera y económicamente autónomos y que nos regimos por las normas del derecho comercial.
Nos comprometemos a comunicar a la Autoridad Contratante, el cual informará a la AFD, cualquier cambio de situación relacionado con los puntos 2 a 4 anteriores.
En el contexto del proceso de adquisición y ejecución del contrato correspondiente:
6.1 No hemos cometido ni cometeremos conductas deshonestas (por acción u omisión) destinadas a engañar deliberadamente a un tercero, a ocultarle intencionalmente elementos, sorprender o viciar su consentimiento o hacerle eludir sus obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar sus normas internas con el fin de obtener un beneficio ilegítimo.
6.2 No hemos cometido ni cometeremos conductas deshonestas (por acción u omisión) contrarias a nuestras obligaciones legales o reglamentarias y/o a nuestras normas internas con el fin de obtener un beneficio ilegítimo.
6.3 No hemos prometido, ofrecido o concedido ni prometeremos, ofreceremos o concederemos, directa o indirectamente, a (i) cualquier Persona que tenga un mandato legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial dentro del Estado de la Autoridad Contratante, que haya sido designada o elegida, a título permanente o no, que esté remunerada o no y cualquiera que sea su nivel jerárquico, (ii) cualquier otra Persona que ejerza una función pública, incluso para una institución del estado o entidad de propiedad estatal, o que preste un servicio público, o (iii) cualquier otra Persona definida como Funcionario Público por las leyes del Estado de la Autoridad Contratante, una ventaja indebida de cualquier naturaleza, para ella misma o para otra Persona o entidad, para que ese Funcionario Público lleve a cabo o se abstenga de llevar a cabo un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
6.4 No hemos prometido, ofrecido o concedido ni prometeremos, ofreceremos o concederemos, directa o indirectamente, a cualquier Persona que ocupe una posición ejecutiva en una entidad del sector privado o que trabaje para dicha entidad, cualquiera sea en calidad de que lo hace, una ventaja indebida de cualquier tipo, para ella misma o para otra Persona o entidad, con el fin de que lleve a cabo o se abstenga de llevar a cabo un acto en violación de sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
6.5 No hemos cometido ni cometeremos ningún acto que pueda influir sobre el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, particularmente, ninguna Práctica Anticompetitiva que tenga por objeto o por efecto impedir, restringir o distorsionar la competencia, con la clara intención de limitar a otros participantes el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por otras empresas.
6.6 Ni nosotros, ni ninguno de los miembros de nuestra APCA, ni ninguno de los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, vamos a comprar o suministrar material, ni vamos a intervenir en sectores que estén bajo embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx.
6.7 Nos comprometemos a cumplir, y a hacer cumplir al conjunto de nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, consistentes con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados ambientales internacionales. Además, nos comprometemos a implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales, cuando se indican en el plan de gestión ambiental y social que provee la Autoridad Contratante.
Nosotros, así como los miembros de nuestra APCA y nuestros proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores o subconsultores, autorizamos a la AFD a que examine cuentas, archivos y otros documentos relativos al proceso de adquisición y a la ejecución del contrato y que los someta a una auditoría por auditores designados por la AFD.
Nombre: Como:
Debidamente habilitado a firmar en nombre de32:
Firma:
En la fecha:
Fin de la OPCIÓN A ]
[OPCIÓN B – Versión de la Declaración de Integridad a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluido.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN A mencionada anteriormente)
Título de la oferta/de la propuesta/del Contrato firmado33 (el "Contrato")
A: (la "Entidad Contratante")
Reconocemos y aceptamos que la Agence Française de Développement (la "AFD") solo financia los proyectos de la Entidad Contratante según sus propias condiciones, las cuales están determinadas por el Convenio de Financiamiento que lo vincula directa o indirectamente a la Entidad Contratante. La Entidad Contratante conserva la responsabilidad exclusiva de la preparación y aplicación del proceso de adquisición y de su ejecución. Por consiguiente, no puede existir vínculo jurídico alguno entre la AFD y nuestra empresa, nuestra Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), y nuestros subcontratistas. Según se trate de un Contrato de obras, plantas y equipamientos, bienes, servicios de consultoría u otras prestaciones de servicios, la Entidad Contratante también se puede denominar Cliente o Comprador.
Certificamos que no estamos, ni nadie que actúe en nuestro nombre34, como tampoco ninguno de los miembros de nuestra APCA, ni ninguno de nuestros subcontratistas, en uno de los siguientes casos:
2.1 Estar o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, liquidación, administración judicial, salvaguarda, cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como resultado de un procedimiento similar;
2.2 Haber sido objeto, en los cinco años que preceden a esta Declaración, de una sanción administrativa definitiva, de una condena definitiva pronunciada por una autoridad competente, o de cualquier otra resolución sin litigio35 con efecto extintivo de la acción pública, ya sea (i) en el país en el que estamos establecidos, (ii) en el país de ejecución del Contrato, (iii) en el contexto de la adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD, (iv) pronunciada por una institución de la Unión Europea o (v) pronunciada por una autoridad competente en Francia, por:
haber incurrido en Prácticas Prohibidas, tal y como se definen en el Artículo 6.1 abajo establecido, o en cualquier otro delito en el contexto de una adquisición o ejecución de un contrato (en el supuesto de tal sanción, condena, o resolución sin litigio, disponemos de la posibilidad de adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria, como puede ser un programa de conformidad, para justificar que nosotros (o la persona que actúa en nuestro nombre, el miembro de nuestra APCA, o nuestro subcontratista) consideramos que dicha sanción, condena o resolución no es pertinente en el contexto de este Contrato, cuando proceda);
haber participado en una organización criminal, incurrido en infracciones terroristas o relacionadas con actividades terroristas, con trabajo infantil o con otras infracciones vinculadas a la trata de seres humanos;
haber creado una entidad en una jurisdicción diferente con la intención de sustraerse a sus obligaciones fiscales, sociales o a cualquier otra obligación legal aplicable en el territorio en el que se encuentra su sede social, su administración central o su principal establecimiento o por el hecho de ser una entidad creada con la intención de sustraerse a dichas obligaciones;
2.3 Haber sido objeto de una rescisión de contrato pronunciada por su exclusiva culpa en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato, siempre y cuando esta rescisión no haya sido objeto de una impugnación de su parte y que la resolución se encuentre en proceso o haya dado lugar a una decisión de justicia que invalide la rescisión por exclusiva culpa;
2.4 Ser objeto de una medida de inelegibilidad adoptada por uno de los bancos multilaterales de desarrollo signatarios del acuerdo de reconocimiento mutuo del 9 xx xxxxx del 201036 (si procede, podemos adjuntar a la presente Declaración de Integridad la información complementaria que permitiría considerar que dicha inelegibilidad no es pertinente en el marco de este Contrato);
2.5 No haber cumplido con nuestras obligaciones relativas al pago de los impuestos o de las cotizaciones sociales, según las disposiciones legales del país en el que estamos constituidos, o del país de la Entidad Contratante;
2.6 Haber producido falsos documentos o ser culpable de falsa(s) declaración(ones) al proporcionar los datos exigidos por la Entidad Contratante con motivo del presente proceso de adquisición y de adjudicación del Contrato.
Certificamos que ninguno de nosotros, ni nadie que actúe en nuestro nombre2, así como ningún miembro de nuestra APCA, ni ninguno de nuestros subcontratistas, ni nuestros accionistas directos o indirectos, ni nuestras filiales, que actúen con nuestro conocimiento o consentimiento:
3.1 Es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones individuales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea x Xxxxxxx;
3.2 Es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones sectoriales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea x Xxxxxxx;
3.3 Es inelegible para la realización del Proyecto debido a cualquier otra medida de sanciones internacionales pronunciada por las Naciones Unidas, la Unión Europea x Xxxxxxx.
Certificamos que ni nosotros, ni nadie que actúe en nuestro nombre2, así como ningún miembro de nuestra APCA, ni ninguno de nuestros subcontratistas, estamos [ni hemos estado (en caso de financiamiento retroactivo de un contrato ya adjudicado)] en ninguna de las situaciones de conflicto de interés siguientes:
4.1 Ser un accionista que controle a la Entidad Contratante o una filial controlada por la Entidad Contratante, a menos que el conflicto resultante se haya puesto en conocimiento de la AFD y resuelto a su satisfacción;
4.2 Tener relaciones de negocios o familiares con algún miembro de los servicios de la Entidad Contratante implicada en el proceso de adquisiciones o la supervisión del Contrato que resulte, a menos que el conflicto resultante se haya puesto en conocimiento de la AFD y resuelto a su satisfacción;
4.3 Controlar o estar controlado por otro candidato, oferente o consultor, estar bajo control de la misma empresa que otro candidato, oferente o consultor, recibir de otro candidato, oferente o consultor o conceder a otro candidato, oferente o consultor, directa o indirectamente, subvenciones, tener el mismo representante legal que otro candidato, oferente o consultor, mantener, directa o indirectamente, contactos con otro candidato, oferente o consultor permitiendo (i) haber dado, y/o dar acceso a informaciones contenidas en nuestras respectivas candidaturas, ofertas o propuestas que pueden falsear la competencia, (ii) impactarlas, o (iii) influir en las decisiones de la Entidad Contratante;
4.4 Estar implicado en una misión de servicios de consultoría que, por su naturaleza, es o podría ser incompatible con la misión que debería efectuar para la Entidad Contratante;
4.5 Haber preparado personalmente, estar o haber estado asociado con una persona física o moral que preparó las especificaciones, términos de referencia u otros documentos que se utilizaron con motivo del procedimiento de adquisiciones del presente Contrato, y que contienen disposiciones que pudieran favorecer una candidatura, oferta o propuesta;
4.6 Tener, o haber tenido acceso, haber preparado personalmente, estar o haber estado asociado con una persona física o moral que tiene o ha tenido acceso, o preparó las especificaciones, planos, cálculos, estudios y otros documentos que no han sido comunicados a todos los candidatos, oferentes o consultores con motivo del presente proceso de adquisiciones, y que por consiguiente confieren una ventaja competitiva indebida;
4.7 En el caso de un procedimiento que tiene por objeto la adjudicación de un Contrato de obras, plantas y equipamientos o bienes, estar contratado, o estar próximo a serlo (o que una de las empresas a la que estamos afiliados lo esté, o esté próxima a serlo), para efectuar la supervisión o el control de las prestaciones en el marco del Contrato.
Si somos una entidad o una empresa pública, para participar en una licitación, certificamos que gozamos de autonomía jurídica y financiera y que nos regimos según las normas del derecho comercial.
En el contexto del proceso de adjudicación y ejecución del Contrato:
6.1 Ni nosotros, ni nadie que actúe en nuestro nombre2, como tampoco ningún miembro de nuestra APCA, ni ninguno de nuestros subcontratistas, hemos cometido ni cometeremos ningún tipo de Prácticas Prohibidas según se definen en el documento que lleva por título “Política General del grupo AFD en materia de prevención y lucha contra las Prácticas Prohibidas”, que se encuentra a disposición en el sitio internet de la AFD37.
6.2 Ni nosotros, ni nadie que actúe en nuestro nombre2, como tampoco ningún miembro de nuestra APCA, ni ninguno de nuestros subcontratistas, vamos a comprar o proporcionar [hemos comprado o proporcionado (en caso de financiamiento retroactivo de un contrato ya adjudicado)] material ni intervenir [ni hemos intervenido (en caso de financiamiento retroactivo de un contrato ya adjudicado)] en sectores que estén bajo embargo de las Naciones Unidas, la Unión Europea x Xxxxxxx.
Nos comprometemos a, y nos comprometemos a que todo aquel que actúe en nuestro nombre2, cualquier miembro de nuestra APCA, cualquier subcontratista se comprometa a:
7.1 cumplir con las normas ambientales reconocidas por la comunidad internacional, entre las cuales figuran los convenios internacionales para la protección del medio ambiente, y en particular a adoptar todas las medidas razonables para evitar o limitar los impactos negativos sobre la vegetación, la biodiversidad, los suelos, las napas de aguas subterráneas y superficiales, así como sobre las personas y bienes, que son resultado de la contaminación, el ruido, las vibraciones, el tráfico y otros efectos generados por nuestras actividades, en coherencia con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del Contrato.
7.2 implementar las medidas de mitigación de los riesgos ambientales y sociales cuando se incluyen en el plan de gestión ambiental y social proporcionado por la Entidad Contratante, y a verificar que las emisiones, los residuos en superficie y las aguas residuales producidos por nuestras actividades se mantienen dentro de los límites, y cumplen con las especificaciones o prescripciones aplicables al Contrato.
7.3 respetar los derechos de los trabajadores relativos a los sueldos, horarios laborales, reposo y vacaciones, horas extra, edad mínima, pagos regulares, compensaciones y beneficios conforme a las normas reconocidas por la comunidad internacional entre las que figuran los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de manera coherente con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del Contrato; indicar esos elementos en un documento anexado a los contratos laborales de nuestros empleados y a la disposición de la Entidad Contratante; y respectar y facilitar los derechos de los trabajadores para organizarse e implementar un mecanismo de atención a reclamos para los trabajadores directos o indirectos.
7.4 implementar prácticas de no discriminación e igualdad de oportunidades, y a garantizar la prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzado.
7.5 mantener un expediente de cada miembro del personal local en el que se consignen las horas trabajadas por cada persona, el tipo de trabajo, los sueldos pagados y las formaciones recibidas, y a que esos expedientes siempre estén a disposición para que la Entidad Contratante y los representantes autorizados del gobierno los puedan consultar, con arreglo a las leyes y reglamentaciones aplicables a la protección de datos personales en el país de ejecución del Contrato.
Nosotros, cualquier persona que actúe en nuestro nombre2, los miembros de nuestra APCA, nuestros subcontratistas, nuestros accionistas directos o indirectos, y nuestras filiales, autorizamos a la AFD a llevar a cabo investigaciones, y en particular a revisar los documentos y registros contables relativos al proceso de adjudicación y ejecución del Contrato, incluyendo, aunque sin limitarse a ello, nuestros procesos y procedimientos internos relacionados con el cumplimiento de las sanciones internacionales pronunciadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, y a someterlos a una auditoría por auditores designados por la AFD.
Declaramos que pagamos, o que vamos a pagar, comisiones, ventajas, honorarios, gratificaciones o gastos relacionados con el procedimiento de adjudicación o ejecución del Contrato en beneficio de la(s) tercera(s) persona(s) siguiente(s) (por ejemplo, un intermediario/agente)(*):
-
Nombre del beneficiario
Datos
Motivo
Monto
(Precisar la divisa)_________________
_________________
_________________
________________
_________________
_________________
_________________
________________
_________________
_________________
_________________
________________
(*): Si no se efectuó, o no se efectuará, ningún pago, indicar "Ninguno".
Nos comprometemos a comunicar sin plazo alguno a la Entidad Contratante, que a su vez informará a la AFD, cualquier cambio de situación con respecto a los puntos que preceden, incluso en caso de medidas de sanción o de embargo adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, tras la firma de la presente Declaración.
Nombre: En calidad de:
Debidamente autorizado para firmar por y en nombre de38 :
Firma:
En la fecha:
Fin de la OPCIÓN B ]
Listados
[Insertar la Lista de Cantidades para Contratos con precios unitarios
o
La Lista de Precios para Contratos de suma global
o
Ambos para un contrato que combine una suma global con precios unitarios y que indique claramente en cada formulario el tipo de precio (suma global o precio unitario)
E incluir el siguiente texto a modo de introducción]
Las tarifas y los precios no incluirán el IVA y en los Formularios se identificará la estimación del IVA por separado. En la Subcláusula 14.1 (b) de las Condiciones Especiales del Contrato se incluye información sobre las exenciones fiscales aplicables.
Los Formularios deben cumplimentarse conforme a la alternativa en cuanto a monedas mantenida en la Subcláusula 15.1 de los DDL.
Lista de Precios Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS)
[Esta lista de precios debe incluirse en la Lista de Cantidades, en el apartado de "Componentes Generales". Para enmiendas a las Especificaciones MSSS, si hubiere, puede ser necesario ajustar la Lista de Precios MSSS]
[Si no se incluyen Especificaciones MSSS en los Documentos de Licitación, esta Lista de Precios debe eliminarse]
No. de componente |
Descripción |
No. Clausula Especificaciones MSSS |
Unidad |
Monto sin IVA [indicar moneda] |
Monto del IVA |
Partida No. 1: Componentes generales – Lista de Precios MSSS |
|||||
MSSS 1 |
Recursos asignados a la gestión MSSS |
Cláusula 4 |
Suma global |
|
|
MSSS 2 |
Elaboración y actualización de documentación MSSS, informes e inspecciones |
Cláusulas 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9 |
Suma global |
[El Costo MSSS 1 debería excluir la totalidad o parte de los costos de dichas tareas] |
|
MSSS 3 |
Implantación del Plan de Seguridad y Salud: Reuniones, centro de atención sanitaria, controles médicos, urgencias y evacuaciones, equipos de protección de seguridad, higiene |
Cláusulas 1, 9, 21 a 25, 27 a 35, 37, 38 |
Suma global |
[El Costo MSSS 1 debería excluir la totalidad o parte de los costos de dichas tareas] |
|
MSSS 4 |
Alojamiento, agua para beber, comidas y transporte del personal (*) (*): El Oferente describirá de manera detallada las condiciones económicas para facilitar alojamiento, comidas y transporte al personal:
|
Cláusulas 36, 40, 41 |
Suma global |
[El costo de "movilización del sitio" debería excluir la totalidad o parte de los costos de dichas tareas] |
|
MSSS 5 |
Costos de la gestión de contratación de personal local y formación |
Cláusulas 8, 39 |
Suma global |
[El Costo MSSS 1 debería excluir la totalidad o parte de los precios asociados a dichas tareas] |
|
MSSS 6 |
Protección de las zonas colindantes, biodiversidad, lucha contra la erosión y gestión de aguas residuales |
Cláusulas 10, 11, 12, 17, 18 |
Suma global |
|
|
MSSS 7 |
Gestión de emisiones atmosféricas, ruidos y tráfico, ocupación de terrenos |
Cláusulas 13, 14, 42, 43, 44 |
Suma global |
|
|
MSSS 8 |
Gestión de materias peligrosas y residuos |
Cláusulas 15, 26 |
Suma global |
|
|
MSSS 9 |
Desbroce de la vegetación y rehabilitación del sitio |
Cláusulas 16, 19, 20 |
Suma global |
[El costo de "movilización del sitio" debería excluir la totalidad o parte de los costos asociados a dichas tareas] |
|
Total de la Lista MSSS |
____________ |
_________ |
|||
Se considera que los costos MSSS abarcan las operaciones de todos los Lugares de las Obras (definidas en la Subcláusula 1.3 de las Especificaciones MSSS). Los certificados de pagos provisionales incluirán la parte de cada costo MSSS que ascienda al porcentaje de avance real conseguido durante la ejecución de las medidas MSSS en cumplimiento de las Especificaciones MSSS y aprobadas por el Ingeniero. Si no se incluyen Especificaciones MSSS en los Documentos de Licitación, esta Lista de Costos no es aplicable. |
Lista de Precios Unitarios de Seguridad
[Esta Lista de Precios Unitarios de Seguridad debe incluirse en la Lista de Cantidades, en el apartado de "Componentes Generales"]
[Si no se incluyen especificaciones de seguridad en los Documentos de Licitación, esta Lista de Precios Unitarios de Seguridad debe eliminarse]
N° precio |
Designación de las categorías |
Referencia Especificaciones de Seguridad |
Precio
unitario |
IVA |
Partida Segudidad |
||||
Seguridad 1 |
Organización de la Seguridad |
Artículo 4.1 |
|
|
Seguridad 2 |
Desplazamiento en el país y a la zona en cuestión |
Artículo 4.2 |
|
|
Seguridad 3 |
Alojamiento durante las misiones |
Artículo 4.3 |
|
|
Seguridad 4 |
Alojamiento y protección en los emplazamientos de obras y trabajos |
Artículo 4.4 |
|
|
Seguridad 5 |
Comunicación |
Artículo 4.5 |
|
|
Otros |
Este precio puede remunerar el conjunto de las demás prestaciones descritas en los Artículos 1 a 3 de las especificaciones de seguridad |
Artículos 1 a 3, 5 a 6 |
|
|
TOTAL Partida Seguridad |
______________ |
____________ |
||
Los precios incluyen todas las actividades y medidas definidas en las especificaciones de seguridad y corresponden a los costos adicionales en comparación con una situación sin riesgo de seguridad. Se incluirá un desglose del precio del dispositivo de seguridad en la Oferta. Si las especificaciones de seguridad no están incluidas en los Documentos de Licitación, esta Lista de Precios Unitarios de Seguridad no es aplicable. |
Propuesta Técnica
El Contratante indicará, para cada elemento de la propuesta técnica a continuación, la información y los detalles que el Oferente debe proporcionar en su Oferta.
Soluciones técnicas alternativas
Metodología Medioambiental, Social, de Seguridad y de Salud (MSSS)
Lista de Subcontratistas
Organización del Lugar de la Obra y Método de Construcción
Cronograma de Construcción
Personal propuesto (formularios PER-1 y PER-2)
Equipos propuestos (formulario EQU)
Soluciones técnicas alternativas
Propuesta
para las partes de las Obras
por las cuales soluciones técnicas
alternativas se permiten
Objeto |
Descripción del requerimiento |
Descripción de la solución técnica alternativa propuesta39 |
Beneficios para el Contratante |
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|
Metodología
Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad
(MSSS)
[Si no se incluyen Especificaciones MSSS en los Documentos de Licitación, este Formulario de Metodología MSSS debe eliminarse]
El Oferente propondrá una Metodología MSSS que facilite información sobre la forma en que cumplirá los requisitos y objetivos que se especifican en la Sección VII, Requisitos de las Obras – Especificaciones MSSS. Si no se incluyen Especificaciones MSSS en los Documentos de Licitación, este requisito no resulta aplicable.
La Metodología MSSS presentada tendrá la forma de una versión preliminar del Plan de Gestión Ambiental y Social de las Obras (PGAS-Obras), cuyo contenido se describe detalladamente en el Anexo 1 de las Especificaciones MSSS.
Para abordar los aspectos MSSS más delicados puestos de relieve durante la evaluación del impacto ambiental y social del proyecto, la Metodología MSSS aportará información detallada sobre la gestión de los puntos enumerados en la tabla en el parágrafo 1. "Retos MSSS esenciales de la gestión del Lugar de las Obras" de la Sección VII ‑ Requisitos de las Obras. No se trata de suministrar otra vez la estrategia interna y los documentos de procedimientos solicitados en la fase de Precalificación, sino detallar de manera concreta y contextualizar la metodología de gestión de los riesgos ambientales, sociales, de salud y de seguridad que se utilizará en el sitio objeto del presente Contrato.
Una Oferta cuya Metodología MSSS, según la evaluación, no se ajuste sustancialmente a las Especificaciones MSSS (es decir, que presente una Desviación, Reserva u Omisión importante) será rechazada.
Lista de Subcontratistas
Subcontratistas propuestos para las actividades principales/sub-actividades
Los subcontratistas y/o fabricantes siguientes son propuestos para llevar a cabo la actividad principal/sub-actividad indicada.
Actividad Principal/Sub‑actividad |
Subcontratistas Propuestos |
Nacionalidad |
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|
Los Oferentes tendrán que proporcionar, para cada subcontratista propuesto, el compromiso de que este último leyó, entendió y cumplirá los requisitos MSSS, utilizando el formulario adjunto.
Formulario de compromiso MSSS del Subcontratista
Fecha:
Llamado a Licitación No.:
Alternativa No.:
Título del Contrato: [insertar el nombre del Contrato]
A: [insertar el nombre de la agencia del Contratante]
Nosotros, los suscritos, confirmamos que leímos, entendimos y cumpliremos las Especificaciones MSSS del Contrato mencionado anteriormente.
Nombre del subcontratista propuesto:
Nombre y título de la persona debidamente autorizada para firmar este compromiso por cuenta del subcontratista:
[Firma
de la persona mencionada arriba]
[Fecha
de firma]
Nombre
de la persona debidamente autorizada para firmar est Oferta por
cuenta del Oferente:
Título del firmante de la Oferta:
Frima de la persona mencionada arriba:
Fecha de firma (día/mes /año):
Organización del Lugar de la Obra y Método de Construcción
Cada uno de los Oferentes expondrá los detalles de la Organización del Lugar de las Obras y Declaración del Método de las Obras a fin de demostrar la manera en la que cumplirá los requisitos y el objetivo del Contratante. Como mínimo, la Declaración del Método abordará lo siguiente:
Los detalles de los acuerdos y métodos que propone implantar el Oferente para la construcción de las Obras, de manera suficientemente detallada para demostrar que son suficientes para cumplir los requisitos del Contrato, por ejemplo, terminar dentro del Plazo de Terminación indicado en las Condiciones Especiales del Contrato;
Señalar los planes del Oferente para gestionar la coordinación de acceso al Lugar de las Obras;
Comentarios sobre los aspectos geotécnicos y subterráneos de las Obras, incluidos los materiales, las fuentes de materiales y cualquier limitación;
Comentarios sobre cualquier aspecto relativo a zonas marítimas o malecones de las Obras [si relevante];
Comentarios sobre la gestión del tráfico y la logística [según procedan];
Señalar los planes y la organización del Oferente para garantizar que se cumplan los Requisitos de las Obras;
Señalar los planes del Oferente para realizar pruebas después de haber terminado, según las especificaciones que constan en los Requisitos de las Obras;
Cuando se permiten soluciones técnicas alternativas para las secciones de trabajo especificadas en la Sección VII – Requisitos de las Obras, se proporcionará una descripción completa, que incluye toda la documentación necesaria para la evaluación, como se indica en la Subcláusula 13.3 de las IAO.
[Insertar otra información pertinente]
Cronograma de Construcción
Cada Oferente definirá un Programa y un Cronograma detallados relativos a la movilización y construcción de las Obras que se han de realizar, lo que incluye las fechas de inicio y finalización estimadas relativas a los componentes individuales y la identificación de objetivos principales y de una trayectoria crítica. El Programa y el Cronograma propuestos se elaborarán de acuerdo a los Requisitos de las Obras y abordarán lo siguiente:
Los detalles del calendario propuesto para la obtención de los permisos que puedan resultar necesarios para comenzar a las Obras, incluida la preparación de los estudios necesarios, la información de apoyo y las solicitudes;
Los detalles del calendario propuesto para realizar las Obras en el Plazo de Terminación, en forma de gráfico xx xxxxxx en el que aparezca de forma destacada la trayectoria crítica;
Los detalles del calendario propuesto para realizar las pruebas, la puesta en funcionamiento y la entrega de las Obras terminadas;
[Otras medidas propuestas que resulten oportunas]
Personal
Formulario PER-1: Personal propuesto
Los Oferentes deberán suministrar los nombres de los miembros del personal debidamente calificados para cumplir los requisitos que se señalan en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación. La información sobre su experiencia anterior deberá ser suministrada de conformidad con el Formulario para cada candidato.
1. |
Cargo (*) |
Nombre |
|
2. |
Cargo (*) |
Nombre |
|
3. |
Cargo (*) |
Nombre |
|
4. |
Cargo (*) |
Nombre |
(*): Según se especifica en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación
Formulario PER-2: Curriculum Vitae del personal propuesto
Nombre del Oferente: |
Cargo: |
||
Información personal |
Nombre: Nacionalidad:________________ |
Fecha de nacimiento: |
Calificaciones profesionales:
|
||
Empleo actual |
Nombre del empleador: |
|
Dirección del empleador:
|
||
Teléfono: |
Persona de contacto (gerente / oficial de personal): |
|
Fax: |
Dirección electrónica: |
|
Cargo actual: |
Años con el empleador actual: |
Resuma la experiencia profesional de los últimos 20 años, en orden cronológico inverso. Indique experiencia particular, técnica y gerencial pertinente para este Contrato.
Desde |
Hasta |
Compañía/Proyecto/Contrato/Cargo/Experiencia técnica y gerencial relevante |
|
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|
|
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Formulario EQU: Equipos
El Oferente proporcionará la información adecuada para demostrar claramente que tiene la capacidad para cumplir los requisitos relativos al equipo clave enumerado en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación. Se preparará un formulario separado para cada uno de los equipos señalados o para los equipos alternativos propuestos por el Oferente.
Equipo
|
||
Información sobre el equipo |
Nombre del fabricante:
|
Modelo y potencia nominal:
|
|
Capacidad:
|
Año de fabricación:
|
Situación actual |
Ubicación actual:
|
|
Información sobre compromisos actuales:
|
||
Fuente |
Indique la fuente del equipo: oo propio oo arrendamiento financiero oo alquilado oo fabricado especialmente |
Omita la siguiente información para los equipos que sean propiedad del Oferente.
Propietario |
Nombre del propietario: |
|
Dirección del propietario:
|
||
Teléfono: |
Nombre y cargo de la persona de contacto:
|
|
Fax: |
Dirección electrónica: |
|
Acuerdos |
Información sobre acuerdos de alquiler / arrendamiento / fabricación relacionados específicamente con el proyecto:
|
Formularios de Calificación de los Oferentes
[Se borrará esta sección si se ha realizado previamente una precalificación]
El Oferente deberá proveer la información solicitada en las siguientes hojas de información para demostrar que esté calificado para ejecutar el Contrato según lo estipulado en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación.
Formulario
ELE‑1.1:
Información del Oferente
Fecha: [Insertar el día, mes y año]
ACI No. y título: [Insertar el número de ACI y el título]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Nombre jurídico del Oferente |
Si se trata de una Asociación en
Participación, Consorcio o Asociación (APCA) el nombre jurídico
de cada miembro: |
En caso de APCA, País actual de constitución
o propuesto del Oferente: |
Año actual de constitución o propuesto del
Oferente: |
Dirección jurídica del Oferente en el país
de constitución: |
Información del representante autorizado del Oferente:
Nombre:
Dirección:
Número de Teléfono / Fax: Dirección
electrónica: |
|
Formulario
ELE‑1.2:
Información sobre los Miembros de la APCA
[La siguiente información deberá ser completada por cada miembro de una APCA y, si aplica, cada subcontratista especializado, en cuyo caso se debe sustituir el "del miembro de la APCA" por "del subcontratista especializado".]
Fecha: [Insertar el día, mes y año]
ACI No. y título: [Insertar el número de ACI y el título]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Nombre jurídico de la Asociación en
Participación, Consorcio o Asociación (APCA)
Oferente: |
Nombre jurídico del miembro de la
APCA: |
País de constitución del miembro de la
APCA: |
Año de constitución del miembro de la
APCA: |
Dirección jurídica del miembro de la APCA en
el país de constitución: |
Información del representante autorizado de la APCA:
Nombre:
Dirección:
Número de Teléfono / Facsímil: Dirección
electrónica: |
|
Formulario
CON-2:
Historial de Incumplimiento de Contratos, Litigios
Pendientes e Historial de Litigios
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y por cada uno de los miembros de la APCA]
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Incumplimiento de Contratos de conformidad con la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación |
|||
|
|||
Año |
Porción del Contrato Incumplida |
Identificación del Contrato |
Monto total del Contrato (valor actual equivalente en US$) |
[Insertar el año] |
[Insertar el monto en monedas originales y el porcentaje] |
Identificación del contrato: [Insertar el nombre completo del contrato / número y cualquier otra identificación] Nombre del Contratante: [Insertar el nombre completo] Dirección del Contratante: [Insertar calle/ciudad/país] Motivo(s) del incumplimiento: [Insertar el(los) motivo(s) principal(es)] |
[Insertar monto] |
Litigios pendientes, de conformidad con la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación |
|||
|
|||
Año |
Monto de la controversia (moneda) |
Identificación del Contrato |
Monto total del Contrato (valor actual equivalente en US$) |
[Insertar el año] |
[Insertar el monto] |
Identificación del Contrato: [Insertar el nombre completo del contrato / número y cualquier otra identificación] Nombre del Contratante: [Insertar el nombre completo] Dirección del Contratante: [Insertar calle/ciudad/país] Controversia en cuestión: [Insertar las cuestiones principales en disputa] La Parte del Contrato que inició el litigio: [Insertar "Contratista" o "Contratante"] Organismo de resolución del litigio: [Insertar en que instancia está el litigio - conciliador, arbitraje o poder judicial] Situación actual del litigio: [indicar "en curso", o "resuelto", etc.] |
[Insertar monto] |
[Insertar el año] |
[Insertar el monto] |
… |
[Insertar monto] |
… |
… |
… |
… |
Formulario
FIN‑3.1:
Situación Financiera y Rendimiento
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y por cada uno de los miembros de la APCA]
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Datos Financieros
Tipo de información financiera en [insertar la moneda] |
Información Financiera de los [indicar numero] años anteriores [indicar en palabras] (monto en moneda, moneda, tasa de cambio equivalente en US$) |
||
Año 1 |
Año 2 |
Año 3 |
|
Informe de la situación financiera (información del balance general) |
|||
Activo Total (AT) |
|
|
|
Deudas financieras totales40 |
|
|
|
Patrimonio total/Patrimonio neto (PN) |
|
|
|
Activo corriente |
|
|
|
Pasivo corriente |
|
|
|
Necesidades de capital circulante |
|
|
|
Información del estado de ingresos |
|||
Facturación |
|
|
|
Beneficio antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización (el EBIDTA)41 |
|
|
|
Utilidades antes de Impuestos |
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|
|
Información sobre la capacidad de financiamiento |
|||
Capacidad de financiamiento generada por las actividades operacionales |
|
|
|
Documentos financieros
El Oferente y sus partes asociadas deberán presentar copias de los estados financieros por los [indicar número] años, de conformidad con la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación, criterio 3.1, las cuales deberán cumplir las siguientes condiciones:
Reflejar la situación financiera del Oferente o miembro de una APCA, y no la de las empresas afiliadas (como la empresa matriz o miembro del grupo);
Estar auditados por un contador certificado de conformidad con la normativa local;
Estar completos, incluidas todas las notas a los estados financieros;
Corresponder a períodos contables ya cerrados y auditados.
Se adjunta copia de los estados financieros42 para los [indicar número] años arriba estipulados, los cuales cumplen con los requisitos
Formulario
FIN‑3.2:
Facturación Anual
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y por cada uno de los miembros de la APCA]
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Año |
Facturación Anual |
||
Monto y Moneda43 |
Tasa de Cambio |
Equivalente en US$ |
|
[Indicar el año] |
[Indicar el monto y la moneda] |
[Insertar las tasas de cambio utilizadas para calcular los montos en US$] |
[Insertar los montos equivalentes en US$] |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
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|
|
|
|
Facturación promedio anual44 |
|
Formulario
FIN‑3.3:
Fuentes de financiamiento
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y todos los miembros combinados en caso de una APCA]
Indique las fuentes de financiamiento propuestas, tales como activos líquidos, bienes inmuebles libres de gravámenes, líneas de crédito y otros medios financieros, descontados los compromisos vigentes, que estén disponibles para satisfacer todas las necesidades de flujo de efectivo para construcción asociadas al contrato o contratos en cuestión, conforme se señala en la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación.
Recursos Financieros |
||
No. |
Fuente de financiamiento |
Monto (equivalente en US$) |
1 |
|
|
2 |
|
|
3 |
|
|
… |
|
|
Formulario
FIN‑3.4:
Compromisos Contractuales Actuales / Obras en
Ejecución
Los Oferentes y cada uno de los socios de una APCA deberán proporcionar información sobre sus compromisos contractuales actuales respecto de todos los contratos que les hayan sido adjudicado, o para los cuales hayan recibido una carta de intención o de aceptación, o que estén por finalizar, pero para los cuales aún no se haya emitido un certificado de terminación final sin salvedades.
Compromisos Contractuales Actuales |
|||||
No. |
Nombre del Contrato |
Contratante |
Valor de la obra por ejecutar (actual equivalente en US$) |
Fecha prevista de terminación |
Facturación
mensual promedio en los últimos 6 meses |
1 |
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
5 |
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|
… |
|
|
|
|
|
Formulario
EXP‑4.1:
Experiencia General en Construcción
[El siguiente cuadro deberá ser completado por el Oferente y por cada uno de los miembros de la APCA]
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
[Identificar los contratos que demuestren trabajo continuo de construcción de obras durante los últimos [insertar el número] años, de conformidad con la Sección III, Criterios de Calificación, criterio 4.1. Enumerar los contratos cronológicamente de acuerdo a las fechas de inicio.]
Mes/Año de Inicio |
Mes/Año de Terminación |
Identificación del Contrato |
Cargo del Oferente |
[Insertar
el mes /año] |
[Insertar
el mes / año] |
Nombre
del Contrato:
Breve
descripción de las obras realizadas por el
Oferente:
Monto
del contrato:
Nombre
del Contratante: Dirección: |
[Insertar "Contratista principal" o "Miembro de una APCA" o "Subcontratista" o "Contratista Administrador"] ________________
|
… |
… |
… |
… |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formulario
EXP‑4.2(a):
Experiencia en Construcción de Obras
Similares
[El siguiente cuadro deberá ser completado para cada contrato ejecutado por el Oferente, por cada uno de los miembros de la APCA y por subcontratistas especializados]
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Contrato Similar No. [insertar el número] de [insertar el número de contratos similares requeridos] |
Información |
||||
Identificación del contrato: |
|
||||
Fecha de adjudicación: |
|
||||
Fecha de conclusión: |
|
||||
Función
en el contrato: |
|
|
|
|
|
Monto total del contrato: |
[Indicar el monto total del contrato en la moneda local] |
_____________ |
|||
En caso de ser miembro de una APCA, o subcontratista, indique la participación en el monto total del contrato: |
_______________ % [Indicar el porcentaje del monto] |
___________ [Indicar el monto total del contrato en moneda local] |
____________ [Indicar la tasa de cambio y el monto total del contrato equivalente en US$] |
||
Nombre del Contratante: |
|
||||
Dirección: |
|
||||
Número de teléfono / fax: |
|
||||
Dirección electrónica: |
|
Formulario
EXP‑4.2(a) (cont.):
Experiencia en Construcción de Obras
Similares (cont.)
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
Contrato Similar No. [insertar el número] de [insertar el número de contratos similares requeridos] |
Información |
Descripción de la similitud de conformidad con el criterio 4.2(a) de la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Formulario
EXP‑4.2(b):
Experiencia Específica en Actividades Clave
Nombre jurídico del Oferente: [Insertar el nombre completo]
Fecha: [Insertar día, mes, año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [Insertar el nombre completo]
Nombre jurídico del subcontratista asignado45 (según la IAS 24.3): [Insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [Insertar el número y nombre de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Actividad clave No. 1: [Insertar una descripción breve de la actividad, enfatizando su especificidad]
|
Información |
||||
Identificación del contrato: |
|
||||
Fecha de Adjudicación: |
|
||||
Fecha de Terminación: |
|
||||
Función
en el contrato: |
|
|
|
|
|
Monto Total del contrato: |
[Indicar el monto total del contrato en la(s) moneda(s) del contrato] |
____________ [Indicar la tasa de cambio y el monto total del contrato equivalente en US$] |
|||
Cantidad (volumen, número o índice de producción, según sea aplicable) ejecutada en virtud del contrato por año o parte del año: |
Cantidad
total del contrato |
Porcentaje participación |
Cantidad real ejecutada |
||
Año 1 |
|
|
|
||
Año 2 |
|
|
|
||
Año 3 |
|
|
|
||
Año 4 |
|
|
|
||
Nombre del Contratante: |
|
||||
Dirección: |
|
||||
Teléfono/Fax: |
|
||||
Correo Electrónico: |
|
Formulario
EXP‑4.2(b) (cont.):
Experiencia Específica en Actividades
Clave (cont.)
Nombre jurídico del Oferente: [Insertar el nombre completo]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [Insertar el nombre completo]
Descripción de las actividades clave, de conformidad con el criterio 4.2(a) de la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación |
|
|
[Insertar la respuesta a la solicitud que se indica en la columna izquierda] |
|
|
|
|
|
|
|
|
Actividad clave No. 2: [Insertar una descripción breve de la actividad, enfatizando su especificidad]
Actividad clave No. 3: [Insertar una descripción breve de la actividad, enfatizando su especificidad]
Formulario
CER:
Certificación Calidad / Medioambiental, Social, de Salud y
de Seguridad (MSSS)
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Certificación [Calidad
/ Medioambiente / Salud y Seguridad]
[tachar lo que no proceda]
DESCRIPCIÓN |
INFORMACIÓN |
Identificación del Certificado: |
|
Fecha de obtención: |
|
Áreas cubiertas por la certificación: |
|
Fecha de expiración: |
|
Nombre del emisor: |
|
Dirección: |
|
Teléfono/Fax: |
|
Correo Electrónico: |
|
Conformidad con las normas internacionales: |
El certificado es [ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001] [tachar lo que no proceda] Si / No |
En otro caso, prueba de conformidad con la norma ISO aportada por el Oferente: |
El Oferente tendrá que suministrar un certificado de homologación expedido por un organismo de certificación acreditado y con reconocimiento internacional |
El Oferente complementará este formulario para cada uno de los certificados solicitados en el criterio 5.1 de la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación.
Formulario
EXP‑MSSS:
Experiencia Medioambiental, Social, de Salud y
de Seguridad (MSSS)
Nombre jurídico del Oferente: [insertar el nombre completo]
Fecha: [insertar el día, mes y año]
Nombre jurídico del Miembro de la APCA: [insertar el nombre completo]
ACI No. y título: [insertar el número y título de la ACI]
Página [insertar el número de la página] de [insertar el número total] páginas
Contrato n° [número del contrato similar] de [número total de contratos requeridos] Contratos exigidos |
Información |
|||||
Identificación del contrato: |
|
|||||
Descripción breve del alcance y aspectos claves del proyecto: |
|
|||||
Fecha de adjudicación: |
|
|||||
Fecha de terminación: |
|
|||||
Función
en el contrato: |
|
|
|
|
||
Monto total del contrato: |
[Indicar el monto total del contrato en moneda local] |
_________________ |
||||
En caso de ser miembro de una APCA, o subcontratista, indique la participación en el monto total del contrat: |
____________
% |
_____________ |
_________________ |
|||
Nombre del Contratante: |
|
|||||
Dirección: |
|
|||||
Teléfono/Fax: |
|
|||||
Correo electrónico: |
|
|||||
Descripción de los retos MSSS y de las medidas aplicadas bajo el Contrato: |
|
|||||
|
[Insertar la descripción] |
|||||
|
[Insertar el nivel de impacto, según la clasificación de los bancos de desarrollo, si corresponde] |
|||||
|
[Suministrar un documento justificativo, considerado aceptable por el Contratante, de la implementación del Plan de Gestión MSSS46] |
|||||
|
[Suministrar la prueba de haber realizado satisfactoriamente47:
|
Formulario de Garantía de Mantenimiento de la Oferta
Garantía bancaria
Beneficiario:
Llamado a Licitación No:
Fecha:
No. de GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
Garante:
Se nos ha informado que ______________________ (en adelante denominado "el Oferente") ha presentado o presentara al Beneficiario su Oferta _____________________ (en adelante denominada "la Oferta") para la ejecución de ____________________ bajo el Llamado a Licitación número _______________________.
Asimismo, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Beneficiario, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros, el Garante, por medio de la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar al Beneficiario una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de ___________________ [Indicar el monto en cifras] (_____________________) [Indicar el monto en palabras], al momento en que recibamos el primer requerimiento del Beneficiario acompañado de una declaración del Beneficiario - en el requerimiento o en un documento independiente firmado que acompañe el requerimiento - declarando que el Oferente:
Ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta ("Período de Validez de la Oferta"), o cualquier extensión de dicho período aceptado por el Oferente; o
Habiéndole notificado el Beneficiario de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la Oferta, o dentro del período prorrogado por el Oferente, i) no ha firmado el Contrato, o ii) no ha suministrado la Garantía de Cumplimiento, de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (IAO) de los Documentos de Licitación del Beneficiario.
Esta Garantía expirará:
en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida al Beneficiario en relación con este Contrato; o
en el caso de no ser el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: i) haber recibido nosotros una copia de la comunicación del Beneficiario al Oferente sobre el resultado del proceso de Licitación; o ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración del periodo de validez de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.
Esta garantía está sujeta a las "Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías contra primera solicitud" (Uniform Rules for Demand Guarantees), Revisión de 2010, publicación de la Cámara de Comercio Internacional No.758.
Firma: _______________________________
Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Oferta
Fecha:
Licitación No.:
Alternativa No.:
A:
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.
Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Comprador por un período de [Indicar el período] ____________________ contado a partir de [Indicar la fecha] ____________, si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta si:
Retiráramos nuestra Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta o durante cualquier otra extensión del periodo de validez que se haya acordado; o
Si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta por el Beneficiario durante el período de validez de la misma o durante cualquier otra extensión del periodo de validez que se haya acordado, (i) no ejecutamos o rehusamos ejecutar el Contrato, si es requerido; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará si no somos los seleccionados, y cuando ocurra el primero de los siguientes hechos:
si recibimos una copia de su comunicación con el nombre del Oferente seleccionado; o
han transcurrido veintiocho (28) días después de la expiración de nuestra Oferta.
Nombre del Oferente48:
Nombre
de la persona debidamente autorizada para firmar esta Oferta por y en
nombre del Oferente49:
Título de la persona firmando esta Oferta:
Firma de la persona mencionada arriba:
Fechada el _____________________________ día de ___________________ de 20_____________
[Nota: En caso de una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta.]
Sección V – Criterios de Elegibilidad
Elegibilidad para contratos financiados por la AFD
[El contenido de la Sección V - Criteros de Elegibilidad depende de la fecha de firma del Convenio de Financiamieto de la AFD que cubre total o parcialmente la financiación de este Contrato.
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN A y eliminará la OPCIÓN B;
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluído, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN B y eliminará la OPCIÓN A. ]
[OPCIÓN A – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación)
Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, no son atados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y servicios de no consultoría sin tomar en cuenta el país de origen del proveedor, contratista, subcontratista, consultor o subconsultor, así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
No pueden ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD las Personas50 (incluyendo todos los miembros de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) y cualquiera de sus subcontratistas) que en la fecha de la entrega de una solicitud (para precalificar o expresar interés), oferta o propuesta o en la fecha de la adjudicación del contrato:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 Hayan sido objeto:
de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país de realización donde el contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del contrato;
de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años por la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde están constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del contrato;
de una condena pronunciada por una corte hace menos de cinco años que se considere una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier otro delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figuran en las listas de las sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, en particular por concepto de lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y a la seguridad internacionales;
2.4 Hayan sido objeto de una rescisión por causales atribuibles a ellos mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no se ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
2.5 No hayan cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde están constituidos o con las mismas del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estén bajo el peso de una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figuren en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del proyecto financiado por la AFD;
2.7 Hayan producido falsos documentos o sean culpables de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
Las entidades de propiedad estatal podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades de propiedad estatal tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante, (iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
Fin de la OPCIÓN A]
[OPCIÓN B – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluido.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN A mencionada anteriormente)
Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, están desvinculados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los contratos de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y otras prestaciones de servicios sin considerar la nacionalidad del adjudicatario (ni la de sus proveedores o subcontratistas) así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización.
No puede ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD una Persona51 que, o cuyo subcontratista, Dirigente52, empleado o agente (que esté declarado o no), en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente:
está en, o es objeto de un proceso de, quiebra, liquidación, administración judicial, salvaguarda, cesación de actividad, o se encuentra en cualquier otra situación análoga como resultado de algún procedimiento de la misma naturaleza;
ha sido objeto, desde hace menos de cinco años, de una sanción administrativa definitiva, de una condena definitiva pronunciada por alguna autoridad competente, o de cualquier otra resolución sin litigio53 con un efecto extintivo de la acción pública, ya sea (i) en el país de registro de la Persona, (ii) en el país de ejecución del Contrato, (iii) en el marco de la adjudicación o ejecución de un contrato financiado por la AFD, (iv) pronunciada por una institución de la Unión Europea o (v) pronunciada por una autoridad competente en Francia, por
haber incurrido en Prácticas Prohibidas54, o por cualquier delito cometido en ocasión de la adjudicación o ejecución de un contrato, a no ser que presente información complementaria, como pudiera ser un programa de conformidad, que dicha Persona (o, respectivamente, su subcontratista, Dirigente, empleado o agente) considere útil transmitir como parte de la Declaración de Integridad, que permitiría estimar que esta sanción, condena o resolución no es pertinente en el caso del presente Contrato.
haber participado en una organización criminal, por infracciones terroristas o relacionadas con actividades terroristas, trabajo infantil, u otras infracciones relacionadas con la trata de seres humanos;
haber creado una entidad en una jurisdicción distinta con la intención de sustraerse a sus obligaciones fiscales, sociales o a cualquier otra obligación legal aplicable en el territorio en el que se encuentra su sede, su administración central o su principal establecimiento o por el hecho de ser una entidad creada con la intención de sustraerse a este tipo de obligaciones;
haya sido objeto de una rescisión por su exclusiva culpa en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato, excepto si esta rescisión ha sido objeto de una impugnación y la resolución del litigo esté todavía en curso o se haya confirmado una sentencia invalidando la rescisión por su culpa exclusiva;
sea objeto de una medida de inelegibilidad adoptada por uno de los bancos multilaterales de desarrollo signatarios del acuerdo de reconocimiento mutuo del 9 xx xxxxx de 201055; de existir dicha medida de inelegibilidad, la Persona puede adjuntar a la Declaración de Integridad las informaciones complementarias que permitan considerar que esta medida de inelegibilidad no es pertinente en el caso de este Contrato;
no haya cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos o cotizaciones sociales según las disposiciones legales del país en el que está establecida, o de las del país de la Entidad Contratante;
haya producido documentos falsos o sea culpable de falsas declaraciones al momento de proporcionar los datos exigidos por la Entidad Contratante con motivo del proceso de adjudicación de este Contrato.
Además, no puede ser adjudicatario de un Contrato financiado por la AFD una Persona, o su subcontratista, Dirigente, empleado o agente (que esté declarado o no), un accionista directo o indirecto, o una filial que opere con su conocimiento, que, en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente:
es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones individuales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx;
es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones sectoriales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx;
es inelegible para la realización del Proyecto debido a cualquier otra medida de sanciones internacionales pronunciada por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx.
Las entidades o empresas públicas podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades o empresas públicas tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante, (iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
Fin de la OPCIÓN B]
Sección VI – Política de la AFD – Prácticas prohibidas – responsabilidad ambiental y social
[El contenido de la Sección VI -– Política de la AFD – Prácticas prohibidas – responsabilidad ambiental y social depende de la fecha de firma del Convenio de Financiamieto de la AFD que cubre total o parcialmente la financiación de este Contrato.
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN A y eliminará la OPCIÓN B;
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluído, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN B y eliminará la OPCIÓN A. ]
[OPCIÓN A – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación)
Prácticas fraudulentas y corruptas
La Autoridad Contratante y los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores deberán observar las más altas reglas de ética durante el proceso de adquisición y la ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
Con la firma de la Declaración de Integridad, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores declaran que (i) "no han cometido actos susceptibles de influir en el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, en particular, que no se han involucrado ni se involucran en cualquier práctica anticompetitiva" y que (ii) "el proceso de adquisición y ejecución del contrato no ha dado ni dará lugar a ningún acto de corrupción o de fraude".
La AFD exige que los Documentos de Adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores autoricen a la AFD a examinar sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
La AFD se reserva el derecho de adoptar cualquier acción apropiada con el fin de asegurar el cumplimiento de dichas reglas de ética, en particular el derecho de:
Rechazar la propuesta de adjudicación de un contrato si establece que durante el proceso de adquisición el oferente o consultor recomendado para ser adjudicado el contrato es culpable de un acto de corrupción, directamente o a través de un agente, o ha cometido fraude o prácticas anticompetitivas con el fin de obtener dicho contrato;
Declarar la contratación viciada si, en cualquier momento, la AFD determina que la Autoridad Contratante, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores, subconsultores o sus representantes participaron en actos de corrupción, fraude o prácticas anticompetitivas durante el proceso de adquisición o la ejecución del contrato sin que la Autoridad Contratante haya tomado las medidas necesarias para remediar esta situación a su debido tiempo y a satisfacción de la AFD, incluso por no informar a la AFD cuando se enteró de dichas prácticas.
Con el fin de aplicar esta disposición, la AFD define las expresiones siguientes:
Corrupción de un Funcionario Público se interpretará como:
El acto de prometer, ofrecer o conceder a un Funcionario Público, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para él mismo o para otra Persona56 o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales;
El acto por el cual un Funcionario Público solicite o acepte, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí mismo o para otra Persona o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
Funcionario Público se interpretará como:
Cualquier Persona natural que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial (dentro del país de la Autoridad Contratante), indistintamente de que la Persona natural haya sido nombrada o electa, de manera permanente o temporal, que sea remunerada o no, sea cual sea su nivel jerárquico que esa Persona natural ejerce;
Cualquier otra Persona natural que ejerza un cargo público, incluso para un organismo o una empresa del estado, o que preste un servicio público;
Cualquier otra Persona natural definida como Funcionario Público en las leyes del país de la Autoridad Contratante.
Corrupción de una Persona Privada57 se interpretará como:
El acto de prometer, ofrecer o conceder, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo a él o cualquier Persona o entidad, para ella misma con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales;
El acto por el cual cualquier Persona Privada, solicita o acepta, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí misma o para otra Persona o entidad, para que esa Persona Privada realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
Fraude significa cualquier conducta deshonesta (por acción u omisión), que se considere o no una ofensa criminal, destinada a engañar deliberadamente a un tercero, disimular intencionalmente elementos, a violar o viciar su consentimiento, a eludir las obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar las reglas internas con el fin de obtener un lucro ilegítimo.
Práctica Anticompetitiva se interpretará como:
Cualquier acción concertada o implícita con el objeto o cuyo efecto es impedir, restringir o distorsionar la competencia en un mercado, en particular cuando: (i) limita el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por parte de otras Personas; (ii) obstaculiza el libre establecimiento de precios competitivos, a través de la creación artificial de aumentos y rebajas de precio; (iii) limita o controla la producción, las oportunidades xx xxxxxxx, las inversiones o el progreso técnico; o (iv) reparte los mercados o las fuentes de abastecimiento;
Cualquier explotación abusiva por parte de una Persona o de un grupo de Personas que mantiene una posición dominante en un mercado interno o en una parte substancial del mismo;
Cualquier práctica donde los precios cotizados son irracionalmente bajos, con el objetivo de eliminar de un mercado o prevenir entrar en un mercado a una Persona o cualquiera de sus productos.
Responsabilidad ambiental y social
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD busca asegurar que se cumplen con las normas ambientales y sociales reconocidas internacionalmente y que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores para contratos financiados por la AFD deben comprometerse, sobre la base de la Declaración de Integridad a:
Cumplir y a hacer cumplir por el conjunto de sus subcontratistas y subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados internacionales para la protección del medio ambiente, en consonancia con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato;
Implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales cuando se especifican en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) emitido por la Autoridad Contratante.
Fin de la OPCIÓN A]
[OPCIÓN B – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluido.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN A mencionada anteriormente)
Prácticas Prohibidas
La Autoridad Contratante, los candidatos, oferentes, consultores o proveedores deberán respetar las más estrictas normas de ética durante la adjudicación y ejecución de los contratos.
Con el fin de aplicar la presente disposición, la AFD introduce la noción de Prácticas Prohibidas, haciendo referencia a actos según se definen en los documentos titulados “Política General de prevención y lucha contra las Prácticas Prohibidas”58 y “Normas de Adquisiciones para Contratos Financiados por la AFD en Países Extranjeros”59 de libre acceso en su Sitio Internet.
Al firmar la Declaración de Integridad, los proveedores, consultores, contratistas y sus subcontratistas declaran que no se han involucrado ni se involucrarán en ninguna Práctica Prohibida durante la adjudicación y ejecución del contrato.
No podrá ser adjudicatario de un Contrato financiado por la AFD una Persona60 que, o cuyo subcontratista, Dirigente61, empleado o agente (que esté declarado o no), en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente, haya participado en una Práctica Prohibida, directamente o a través de un agente (que esté declarado o no), con el fin de obtener ese contrato.
La AFD exige que los documentos de adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los candidatos, oferentes, consultores o proveedores y sus subcontratistas autoricen a la AFD a realizar investigaciones, incluyendo la examinación de sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
Con el fin de detectar y luchar de manera óptima contra las Prácticas Prohibidas, la AFD implementó un mecanismo de denuncia abierto a terceros: por lo tanto, cualquier persona puede señalar una Práctica Prohibida directamente al Servicio de Investigaciones ya sea:
por correo electrónico, a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxXxxxxxXXX@xxxxxxxx.xxx, o
por correo postal dirigido al Departamento de la Conformidad de la AFD, 0 xxx Xxxxxx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx.
Responsabilidad Ambiental, Social, de Salud y de Seguridad (ASSS)
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD debe asegurarse que los contratos que financia respetan las normas ASSS internacionalmente reconocidas. Por consiguiente, los Candidatos, Oferentes y Consultores que intervienen en los Contratos financiados por la AFD, deben firmar una Declaración de Integridad mediante la cual se comprometan a:
cumplir con las normas ambientales reconocidas por la comunidad internacional, entre las cuales figuran los convenios internacionales para la protección del medio ambiente, y en particular a adoptar todas las medidas razonables para evitar o limitar los impactos negativos sobre la vegetación, la biodiversidad, los suelos, las napas de aguas subterráneas y superficiales, así como sobre las personas y bienes, que son resultado de la contaminación, el ruido, las vibraciones, el tráfico y otros efectos generados por nuestras actividades, en coherencia con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del contrato.
implementar las medidas de mitigación de los riesgos ambientales y sociales cuando se incluyen en el plan de gestión ambiental y social proporcionado por la Entidad Contratante, y a verificar que las emisiones, los residuos en superficie y las aguas residuales producidos por nuestras actividades se mantienen dentro de los límites, y cumplen con las especificaciones o prescripciones aplicables al contrato.
respetar los derechos de los trabajadores relativos a los sueldos, horarios laborales, reposo y vacaciones, horas extra, edad mínima, pagos regulares, compensaciones y beneficios conforme a las normas reconocidas por la comunidad internacional entre las que figuran los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de manera coherente con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del contrato; indicar esos elementos en un documento anexado a los contratos laborales de nuestros empleados y a la disposición de la Entidad Contratante; y respectar y facilitar los derechos de los trabajadores para organizarse e implementar un mecanismo de atención a reclamos para los trabajadores directos o indirectos.
implementar prácticas de no discriminación e igualdad de oportunidades, y a garantizar la prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzado.
mantener un expediente de cada miembro del personal local en el que se consignen las horas trabajadas por cada persona, el tipo de trabajo, los sueldos pagados y las formaciones recibidas, y a que esos expedientes siempre estén a disposición para que la Entidad Contratante y los representantes autorizados del gobierno los puedan consultar, con arreglo a las leyes y reglamentaciones aplicables a la protección de datos personales en el país de ejecución del contrato.
Fin de la OPCIÓN B]
PARTE 2 – Requisitos de las Obras
Sección VII – Requisitos de las Obras
Contenido
ESPECIFICACIONES
Especificaciones Técnicas
Especificaciones Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS) del Lugar de las Obras
Especificaciones de seguridad
PLANOS
[En el caso de Obras en las que la gestión del Lugar de las Obras y del Área del Proyecto tenga un impacto MSSS leve, se podrán especificar como "no aplicable" dichas Especificaciones MSSS, marcando "No" en la casilla correspondiente en la Subcláusula 1.1.6.11 de las Condiciones Especiales del Contrato y eliminarse de los Documentos de Licitación]
Especificaciones Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad (MSSS) del Lugar de las Obras
Retos MSSS esenciales de la gestión del Lugar de las Obras
[En la tabla siguiente, indicar "NO" para los puntos irrelevantes y agregar líneas, si es necesario, para los puntos sensibles relacionados con la gestión de los sitios y, si procede, resaltados en el EEIAS, el PGMS. del Proyecto o el Plan de Compromiso Ambiental y Social.]
Los temas MSSS identificados en el Estudio de Evaluación del Impacto Ambiental y Social del proyecto que presentan un riesgo importante para la gestión del Lugar de las Obras son:
-
Recursos MSSS y organización del seguimiento
[Seleccionar:]
Sí / NoGestión de las Áreas del Proyecto (campamentos base, canteras, áreas ocupadas para las Obras y zonas de almacenamiento)
[Seleccionar:]
Sí / NoSalud y Seguridad en los Lugares de las Obras
[Seleccionar:]
Sí / NoContratación de personal local y formación MSSS de la mano de obra local (reforzamiento de capacidad), de los subcontratistas y de los socios locales (transferencia de conocimientos)
[Seleccionar:]
Sí / NoRelaciones con las partes involucradas, información y consulta de las comunidades y autoridades locales
[Seleccionar:]
Sí / NoGestión del tráfico
[Seleccionar:]
Sí / NoSustancias peligrosas
[Seleccionar:]
Sí / NoVertidos líquidos (efluentes)
[Seleccionar:]
Sí / NoProtección de los recursos hídricos
[Seleccionar:]
Sí / NoEmisiones en la atmósfera, ruido y vibraciones
[Seleccionar:]
Sí / NoGestión de los residuos
[Seleccionar:]
Sí / NoBiodiversidad: protección de la fauna y la flora
[Seleccionar:]
Sí / NoRehabilitación y revegetación de las Áreas del Proyecto
[Seleccionar:]
Sí / NoErosión y sedimentación
[Seleccionar:]
Sí / NoLucha contra las enfermedades transmisibles (VIH/SIDA, paludismo, etc.)
[Seleccionar:]
Sí / No
Requisitos MSSS que no se aplican en el marco de este Contrato
-
Las normas, estándares, y umbrales recomendados en materia de MSSS por las instituciones internacionales especializadas afiliadas a Naciones Unidas se aplican al Contrato:
Sí / No
[En caso de proyecto clasificado B62 por la AFD, marcar "no". Solo se aplican las regulaciones del país. La tabla siguiente debe completarse según el ejemplo que se proporciona a continuación, indicando que las Subcláusulas 9.2 y 9.3 no se aplican.
En caso de proyecto clasificado A o B+ por la AFD, marcar "sí".]
[El Contratante especificará, en la siguiente tabla, las Cláusulas de las Especificaciones MSSS que no son relevantes en el marco de las Obras y que, por lo tanto, no se aplicarán a este Contrato:]
Las siguientes Cláusulas de las Especificaciones MSSS no se aplicarán en el marco de este Contrato y, por lo tanto, no serán calculados por el Oferente en la lista de precios MSSS:
-
Número de Cláusula no aplicable
Explicaciones
Cláusula No. [insertar referencia de la Cláusula]
[insertar explicaciones]
[Etc.]
[Etc.]
[A continuación se proporciona un ejemplo, como una indicación (que se eliminará en la versión final de los Documentos de Licitación):]
-
Ejemplo de obras y eliminación de ciertas Cláusulas de las Especificaciones MSSS
Contexto: Obras de construcción y desarrollo de 2 edificios de 4 pisos en el mismo sitio, en área urbana. La implantación de las Obras ya existe y el EEIAS no mostró ningún reto en términos de biodiversidad. Como el Lugar de las Obras está en la ciudad con acceso al transporte público, no es necesario establecer campamentos base para albergar al personal. Además, hay un centro hospitalario cercano para evacuar y tratar al personal en caso de accidente.
El proyecto está clasificado B por la AFD con respecto a los riesgos ambientales y sociales que representan las Obras. En este caso, solo se aplican las normativas del país.
En este caso, por ejemplo, las siguientes Cláusulas de las Especificaciones MSSS no se aplicarán en el marco de este contrato y, por lo tanto, el Oferente no las cifrará en la Lista de Precios MSSS:
Número de Cláusula no aplicable
Explicaciones
9.2 y 9.3 ‑ normas, valores guías, estándares, umbrales y concentraciones de vertidos recomendados por las instituciones internacionales especializadas afiliadas a Naciones Unidas en materia de MSSS
Subcláusula 9.1 permanece aplicable: El Contratista deberá cumplir con las normas, estándares y umbrales aplicables, de acuerdo con las regulaciones del país donde las Obras se realizan.
16 ‑ Desbroce de la vegetación
17 ‑ Biodiversidad
30 ‑ Centro de atención sanitaria y personal sanitario
32 ‑ Evacuación médica de emergencia
33 ‑ Acceso a los cuidados
Se requerirá que el Contratista llegue a un acuerdo con un hospital cercano para evacuar y tratar al personal en caso de un accidente
36.2 ‑ Condiciones de alojamiento
36.3.2 – Cantina
36.4 – Alimentación
40 ‑ Transporte y alojamiento
41 ‑ Comidas
Se aplican las Cláusulas siguientes: 36.1 ‑ Agua potable, y 36.3.1 y 36.3.3 ‑ Higiene en los espacios comunes.
De 39.9 a 39.12 ‑ Contratación local
Se aplican las Cláusulas siguientes: de 39.1 a 39.8 y 39.13.
En las presentes Especificaciones MSSS (en adelante denominadas "las Especificaciones MSSS"), una referencia a las Condiciones del Contrato (CC) significa una referencia tanto a las Condiciones Generales del Contrato como a sus Condiciones Especiales. Los lectores deberían tener extrema precaución al hacer referencia a una Cláusula o Subcláusula específica y:
Xxxx primero el texto de la Cláusula o Subcláusula de las Condiciones Generales del Contrato;
Comprobar posteriormente, si este texto ha sido enmendado por las Condiciones Especiales del Contrato y, de ser así, en qué medida.
Según la Subcláusula 1.5 – Orden de Prioridad de los Documentos de las CC, al interpretar el Contrato, las Condiciones Especiales de este prevalecen sobre aquellas que se encuentran en las Condiciones Generales del mismo.
Todos los términos de estas Especificaciones MSSS que son idénticos a un término de las Condiciones del Contrato tienen el mismo significado que el definido en las Condiciones del Contrato.
Todos los términos escritos con mayúscula en estas Especificaciones MSSS se encuentran definidos en la Subcláusula 1.1 – Definiciones de las CC.
Índice
5 Materiales, Equipos y Servicios Elegibles 9
B. Contenido de los Documentos de Licitación 10
6 Secciones de los Documentos de Licitación 10
8 Enmiendas a los Documentos de Licitación 11
C. Preparación de las Ofertas 12
9 Costo de Participación en la Licitación 12
11 Documentos que conforman la Oferta 12
12 Carta de la Oferta, Formularios de Licitación y Listados 13
13 Ofertas alternativas, soluciones técnicas alternativas y plazos alternativos de terminación 13
14 Precios y Descuentos de la Oferta 13
15 Monedas de la Oferta y de Pago 14
16 Documentos que Conforman la Propuesta Técnica 14
17 Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 15
18 Período de Validez de las Ofertas 15
19 Garantía de Mantenimiento de la Oferta 16
20 Formato y Firma de la Oferta 17
D. Presentación y Apertura de las Ofertas 18
21 Procedimiento para Sellar y Marcar las Ofertas 18
22 Plazo para la Presentación de las Ofertas 18
24 Retiro, Sustitución y Modificación de las Ofertas 18
E. Evaluación y comparación de las Ofertas 20
27 Aclaración de las Ofertas 20
28 Desviaciones, Reservas y Omisiones 20
29 Determinación de Cumplimiento de las Ofertas 21
30 No‑Conformidades no Significativas 21
31 Corrección de Errores Aritméticos 22
32 Conversión a Una Sola Moneda 22
35 Evaluación de las Ofertas 23
36 Oferta anormalmente baja 24
37 Calificación del Oferente 24
38 Derecho del Contratante de Rechazar Todas las Ofertas 24
F. Adjudicación del Contrato 25
39 Criterios de Adjudicación 25
40 Notificación de la Adjudicación 25
42 Garantía de Cumplimiento 25
C. Preparación de las Ofertas 27
D. Presentación y apertura de la Ofertas 30
E. Evaluación y comparación de Ofertas 30
A. Sistema de Gestión Medioambiental, Social, de Salud y de Seguridad 116
1 Responsabilidades y Obligaciones 116
2 Documento de planificación MSSS 117
3 Gestión de las no‑conformidades 118
4 Recursos asignados a la gestión medioambiental 119
6 Presentación de informes 120
B. Protección del Medioambiente 124
10 Protección de las zonas colindantes 124
11 Selección de las áreas ocupadas, de escombros y de los accesos a las Áreas del Proyecto 125
13 Emisión en la atmósfera y polvo 126
16 Desbroce de la vegetación 131
18 Erosión y sedimentación 133
19 Rehabilitación del Lugar de las Obras 134
20 Documentación del estado de las Áreas del Proyectos 135
21 Plan de salud y de seguridad 136
22 Reuniones semanales y diarias 136
23 Equipos y normas de operación 137
25 Equipo de protección individual 137
27 Planificación de las situaciones de emergencia 140
28 Aptitud para el trabajo 140
30 Centro de atención sanitaria y personal sanitario 141
31 Botiquines de primeros auxilios 142
32 Evacuación médica de emergencia 142
D. Mano de obra local y relación con las comunidades locales 146
40 Transporte y alojamiento 147
42 Daños a las personas y a los bienes 148
43 Ocupación o adquisición de terrenos 149
ANEXO 1 – Contenido del PGAS-Obras 151
ANEXO 2 – Propiedades que hacen que producto será peligroso 154
5 Subcontratistas Designados 218
7 Equipos, Materiales y Mano de Obra 224
8 Inicio, Demoras y Suspensión 227
9 Pruebas a la Terminación 231
10 Recepción de las Obras por parte del Contratante 233
11 La Responsabilidad por Defectos 235
14 Precio del Contrato Pago 245
15 Terminación por Parte del Contratante 254
16 Suspensión y Terminación por parte del Contratista 257
17 Riesgos y Responsabilidades 259
20 Reclamaciones, Controversias y Arbitraje 269
ANEXO A – Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias 276
ANEXO B – Prácticas prohibidas ‑ responsabilidad ambiental y social 283
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El término "Área del Proyecto" designa un Área del Proyecto individual o el conjunto de las Áreas del Proyecto. Para propósitos de claridad, "Área del Proyecto "es un concepto diferente de Lugar de las Obras según la Subcláusula 1.1.6.7 de las CC. Área del proyecto se refiere a una zona dentro de la cual el Contratista ha de cumplir las obligaciones de tipo medioambiental, social, de salud y seguridad que se definen en las Especificaciones MSSS. Lugar de las Obras son los sitios donde se ejecutarán las Obras Permanentes y donde deben ser enviados los Equipos y Materiales, y sobre los cuales el Contratante ha de otorgar al Contratista derecho de acceso y posesión. El Contratante no tiene ninguna obligación similar respecto de ninguna zona que se encuentre fuera del Lugar de las Obras, ni siquiera dentro del Área del proyecto, en el cual el acceso correrá por cuenta y riesgo del Contratista. En lo que a espacio físico se refiere, según la Subcláusula 1.1.6.7 de las CC, el Lugar de las Obras se encuentra incluido en el Área del proyecto. Por lo tanto, el Área del proyecto tiene una mayor superficie geográfica que el Lugar de las Obras.
Las Especificaciones MSSS se aplicarán al Contratista y, salvo aprobación explícita del Ingeniero, a todos los Subcontratistas contratados para ejecutar las Obras. De conformidad con la Subcláusula 4.4 de las CC, el Contratista será plenamente responsable de los actos, fallos y negligencias de los Subcontratistas, sus representantes, empleados o trabajadores tan plenamente como si se tratasen de sus propios actos, fallos o negligencias o de los de sus propios representantes, empleados o trabajadores.
El Contratista tendrá que identificar todos los textos normativos relacionados con los aspectos de protección del medioambiente (agua, aire, suelos, ruido, vegetación, fauna, flora, residuos, aguas subterráneas) y de conformidad con las Cláusulas 4 y 6 de las CC, la protección de personas (derecho laboral, pueblos autóctonos, normas de exposición laboral, otros). En su Plan de Gestión Ambiental y Social de las Obras (PGAS-Obras) (tal y como se define en la Subcláusula 2.1 de las Especificaciones MSSS), el Contratista establecerá la lista de textos, normas y otros condicionantes normativos y definirá los medios utilizados para cumplirlos. |
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En relación con los aspectos no tratados en el documento de la IFC, se aplicarán las normas, valores guías, estándares, umbrales y concentraciones de vertidos de las instituciones siguientes:
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La gestión de los residuos por un proveedor de servicios externo tendrá que ir precedida por una inspección documentada de sus instalaciones de tratamiento, reciclaje o almacenamiento, por parte del Contratista, para garantizar la aplicación de lo dispuesto en materia de residuos en las Especificaciones MSSS.
Cualquier otra propuesta debe ser validada primero por el Ingeniero.
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ANEXO 1 – Contenido del PGAS-Obras
1. |
Política medioambiental |
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2. |
PGAS-Obras |
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3. |
Recursos MSSS |
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4. |
Normativa MSSS |
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5. |
Medios de control operativos MSSS |
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6. |
Área del Proyecto |
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7. |
Plan de Salud y Seguridad |
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8. |
Plan de formación |
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9. |
Condiciones laborales |
|
10. |
Contratación local |
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11. |
Plan de gestión del tráfico |
|
12. |
Productos peligrosos |
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13. |
Efluentes |
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14. |
Ruidos y vibraciones |
|
15. |
Residuos |
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16. |
Desbroce y revegetación |
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17. |
Biodiversidad |
|
18. |
Lucha contra la erosión |
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19. |
Documentación de la situación de las Áreas del Proyecto |
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20. |
Rehabilitación de las Áreas del Proyecto |
|
21. |
Anexos |
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ANEXO 2 – Propiedades que hacen que producto será peligroso63
1. |
Explosivo |
sustancias y preparaciones que puedan explotar bajo el efecto de una llama o que sean más sensibles a los golpes o al frotamiento que el dinitrobenceno. |
2. |
Comburente |
sustancias y preparaciones que, en contacto con otras sustancias, sobretodo sustancias inflamables, presenten una reacción fuertemente exotérmica. |
3. |
Fácilmente inflamable |
sustancias y preparaciones (i) en estado líquido (incluidos los líquidos extremadamente inflamables), cuyo punto de inflamación sea inferior a 21°C, o que pueda calentarse hasta al punto de inflamarse en el aire a temperatura ambiente sin aporte de energía; o (ii) en estado sólido, que puedan inflamarse fácilmente por una breve acción de una fuente de inflamación y que sigan ardiendo o consumiéndose después de alejarse de la fuente de inflamación o (iii) en estado gaseoso, que sean inflamables en el aire a una presión normal; o (iv) que, en contacto con el agua o con el aire húmedo, produzcan gases fácilmente inflamables en cantidades peligrosas. |
4. |
Inflamable |
sustancias y preparaciones líquidas, cuyo punto de inflamación sea igual o superior a 21ºC e inferior o igual a 55ºC. |
5. |
Irritante |
sustancias y preparaciones no corrosivas que, por contacto breve, prolongado o repetido con la piel y las mucosas, puedan provocar una reacción inflamatoria. |
6. |
Nocivo |
sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan implicar riesgos de gravedad limitada. |
7. |
Tóxico |
sustancias y preparaciones (incluidas las sustancias y preparaciones muy tóxicas) que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan implicar riesgos graves, agudos, crónicos o incluso la muerte. |
8. |
Cancerígeno |
sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir cáncer o aumentar su frecuencia. |
9. |
Corrosivo |
sustancias y preparaciones que, en contacto con los tejidos vivos, puedan ejercer una acción destructora sobre éstos últimos. |
10. |
Infeccioso |
sustancias con microorganismos viables o sus toxinas, de las cuales se sepa o se tenga motivos fundados para creer que causen enfermedad en el hombre o en otros organismos vivos. |
11. |
Tóxico para la reproducción |
sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir o aumentar la frecuencia de efectos indeseables no hereditarios en la descendencia o que perjudique las funciones o capacidades reproductivas. |
12. |
Mutágeno |
sustancias y preparaciones que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir defectos genéticos hereditarios o aumentar su frecuencia. |
13. |
Reacciona con agua |
sustancias y preparaciones que, en contacto con el agua, el aire o un ácido, desprendan un gas tóxico o muy tóxico. |
14. |
Sensibilizador |
sustancias y preparaciones que, por inhalación o penetración cutánea, puedan dar lugar a una reacción de hipersensibilización de manera que una nueva exposición a la sustancia o a la preparación produzca efectos nefastos característicos. Dicha propiedad sólo se tomará en consideración si los métodos de prueba fuesen disponibles. |
15. |
Ecotóxico |
sustancias y preparaciones que presenten o puedan presentar riesgos inmediatos o diferidos para uno o varios componentes del medioambiente. |
16. |
Peligroso para el medioambiente |
después de su eliminación, sustancias y preparaciones susceptibles, de dar origen, por cualquier medio que sea, a cualquier otra sustancia. Por ejemplo, un producto de lixiviación que posea una de las características enumeradas anteriormente. |
[Insertar en caso de Obras en una zona clasificada como naranja o roja por el Ministerio Francés de Europa y Asuntos Exteriores64; de lo contrario, suprimir.
Para finalizar estas especificaciones, el Contratante completará la información requerida y seleccionará las opciones relevantes (resaltadas en amarillo en el texto)]
Especificaciones de Seguridad
Preámbulo
[Introducir una descripción del contexto de seguridad, y en particular mencionar los acontecimientos recientes pertinentes y las alertas eventualmente emitidas por las autoridades locales, francesas o por instituciones internacionales]
[Describir las funciones y responsabilidades, tareas y puesta a disposición de medios por el Contratante para garantizar la seguridad de personas y bienes: escolta, viviendas, vigilancia, disposiciones de transporte, comunicación, etc.]
[Dado el caso, deberán precisarse las funciones y responsabilidades en materia de control de la seguridad asignadas a la empresa principal, en caso de contratos por lotes]
El Contratista debe demostrar la atención que presta a la protección de sus colaboradores en misión de trabajo en el país. De esta forma, identificará los riesgos y a la vista de este análisis, definirá los medios de prevención y de protección, integrando medios que pueden ser organizativos, técnicos o humanos. Estos elementos se describen en una metodología que deberá abordar y definir, para cada uno de los títulos siguientes, lo que el Contratista ha previsto.
Advertencias:
1 ‑ Las condiciones de admisibilidad especificadas, aunque se intenten correlacionar con los riesgos potenciales a los que pueda enfrentarse el Contrato, tienen como objetivo exclusivo servir para la evaluación de las Ofertas, con el fin de eliminar aquellas que no respeten una base mínima de exigencia. No pretenden en ningún caso constituir medidas suficientes para garantizar la seguridad de las personas y los bienes en el marco del Contrato. La evaluación de los riesgos y las medidas de seguridad que deben definirse y aplicarse, por consiguiente, son responsabilidad del Contratista, que las explicitará en su metodología de seguridad.
2 ‑ Una metodología que no cumpla cualquiera de las condiciones de admisibilidad especificadas en los apartados siguientes será declarada no conforme y la Oferta del Contratista será rechazada.
Análisis de seguridad y amenazas
El Contratista precisará su visión del contexto de seguridad y de las amenazas en la zona de ejecución del Contrato y/o la zona peligrosa, y presentará un análisis de seguridad para la zona en cuestión y para las actividades que deberá realizar. Precisará el método y las referencias utilizadas para realizar este análisis, y presentará los escenarios principales de amenazas que puedan identificarse desde la fase de la Oferta.
Además, podrá compartir en todo momento los elementos relativos a la seguridad del país procedentes de su organización local o de su casa matriz.
Condiciones de admisibilidad:
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Organización general de la seguridad
El Contratista definirá en su organización las funciones y responsabilidades generales en materia de seguridad así como el reparto de las tareas asociadas con relación al Contrato (incluidos subcontratistas y co-contratistas), e identificará un referente de seguridad. Definirá la organización y los medios previstos. En el supuesto de una APCA, el líder designará para este Contrato a una persona referente de seguridad como interlocutor único para dicha APCA.
Condiciones de admisibilidad:
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Medidas de seguridad específicas previstas
En función de su propio análisis de seguridad y de los principales escenarios de amenaza eventualmente identificados, el Contratista preverá medidas específicas y adaptadas. Estas medidas cubrirán como mínimo los siguientes temas:
4.1. Organización de la Seguridad
El Contratista deberá describir su organización de seguridad local en el país en el que se realicen las Obras. Precisará en particular si esta organización se basa en recursos internos, con sus propios medios ya existentes en el país, si recurre a un colaborador local, a un eventual proveedor de seguridad o a un "Security Officer" específico para el Contrato, o si se basa en los medios estatales del país y si puede solicitarlos directamente. Describirá las funciones respectivas previstas para cada agente que intervendrá a nivel local.
Condiciones de admisibilidad:
Identificación :
Identification :
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4.2 Desplazamiento en el país y a la zona en cuestión
En función del análisis de seguridad, podrán ser necesarias disposiciones particulares para garantizar la seguridad de los desplazamientos dentro del país. Estos medios podrán consistir en la utilización de aeronaves de compañías nacionales o privadas, la utilización de vehículos particulares o de medios marítimos o fluviales. El Contratista describirá los medios y disposiciones previstos para protegerse del riesgo de seguridad (delincuencia, secuestro, etc.) durante estos trayectos. Estas disposiciones podrán ser técnicas, organizativas o humanas. Diferenciará las disposiciones relativas a las acciones de protección de las relativas a las acciones de anticipación.
El Contratista describirá la logística de transporte prevista con los medios humanos, técnicos y organizativos y los dispositivos de seguimiento de los desplazamientos. Definirá asimismo sus requisitos para la gestión del mantenimiento y las reglas de conducta.
Condiciones de admisibilidad:
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Alojamiento durante las misiones de trabajo
En caso de que el Contratante no facilite el alojamiento y las medidas de seguridad del Contratista, el Contratista describirá el tipo de vivienda y las medidas previstas para proteger a los equipos (vigilancia, medios físicos, etc.).
Condiciones de admisibilidad:
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Alojamiento y protección en los emplazamientos de obras y trabajos
El Contratista garantizará la seguridad de los emplazamientos de obras (área de servicios, zona técnica, cantera, etc.), y de los trabajos, describiendo el dispositivo de seguridad aplicable en cada uno de estos emplazamientos.
El Contratista describirá los medios y medidas pasivas de seguridad previstos para protegerse del riesgo de seguridad (cierre, muro de sostenimiento, tabique en zigzag, zonas seguras, etc.) así como los medios y medidas activas (seguridad, fuerzas de defensa, etc.).
Condiciones de admisibilidad:
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4.5 Comunicación
El Contratista pondrá en marcha un proceso de comunicación y diálogo entre los diferentes agentes del Contrato, para asegurar la comunicación de hechos relevantes en materia de seguridad y llevar a cabo las acciones preventivas o correctivas que se estimen necesarias. Expondrá los medios que le permitan asegurar una comunicación eficaz.
Condiciones de admisibilidad:
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Información, sensibilización y formación antes de la salida
El Contratista preverá disposiciones para informar, sensibilizar y formar a sus colaboradores antes de partir en misión. Estas disposiciones serán objeto de acciones de comunicación formalizadas. Describirá las disposiciones previstas específicas de este Contrato, en forma de "órdenes de servicio" o de documentos equivalentes.
Condiciones de admisibilidad:
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Gestión de alertas y gestión de crisis
El Contratista deberá demostrar la existencia de un protocolo de gestión de crisis en el que participen la organización local y su casa matriz. Describirá modalidades principales de puesta en marcha y de funcionamiento de este protocolo.
En este marco, el Contratista describirá el protocolo de alerta que va desde la organización local hasta su casa matriz y la interacción con el Contratante.
Condiciones de admisibilidad:
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PARTE 3 – CONDICIONES DEL CONTRATO (CC) Y FORMULARIOS DEL CONTRATO
Sección VIII – Condiciones Generales (CG)
[Nombre del Contratante]
[Nombre del Contrato]
Las Condiciones Generales que figuran a continuación corresponden a la edición armonizada de los Bancos de desarrollo de las condiciones del Contrato para construcción, preparadas y registradas por la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC), FIDIC 2010 - Todos los derechos reservados.
Esta publicación es para su uso exclusivo de los Beneficiarios de la AFD y sus agencias ejecutoras de proyectos conforme se estipula en el convenio de concesión de licencia celebrado entre la AFD y la FIDIC. Por consiguiente, ninguna parte de esta publicación podrá reproducirse, traducirse, adaptarse, almacenarse en un sistema de recuperación de datos ni transmitirse en forma alguna o por medio alguno, ya sea mecánico, electrónico o magnético, mediante fotocopias, grabación u otros medios, sin la previa autorización por escrito de la FIDIC, salvo por el Contratante identificado anteriormente y con el único propósito de elaborar estos documentos estándar de licitación para el Contrato señalado supra.
Índice
1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación: 8
a) El término "por escrito" significa comunicado en forma escrita con prueba de recibido; 8
c) El término "día" significa día calendario. 8
5 Materiales, Equipos y Servicios Elegibles 9
6 Secciones de los Documentos de Licitación 10
8 Enmiendas a los Documentos de Licitación 11
9 Costo de Participación en la Licitación 12
11 Documentos que conforman la Oferta 12
11.1 La Oferta comprenderá lo siguiente: 12
12 Carta de la Oferta, Formularios de Licitación y Listados 13
13 Ofertas alternativas, soluciones técnicas alternativas y plazos alternativos de terminación 13
14 Precios y Descuentos de la Oferta 13
15 Monedas de la Oferta y de Pago 14
15.1 La(s) moneda(s) de la Oferta y la(s) moneda(s) de pago serán la(s) estipulada(s) en los DDL. 14
16 Documentos que Conforman la Propuesta Técnica 14
17 Documentos que Establecen las Calificaciones del Oferente 15
18 Período de Validez de las Ofertas 15
19 Garantía de Mantenimiento de la Oferta 16
20 Formato y Firma de la Oferta 17
21 Procedimiento para Sellar y Marcar las Ofertas 18
21.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: 18
22 Plazo para la Presentación de las Ofertas 18
24 Retiro, Sustitución y Modificación de las Ofertas 18
27 Aclaración de las Ofertas 20
28 Desviaciones, Reservas y Omisiones 20
28.1 Durante la evaluación de las Ofertas, se aplican las siguientes definiciones: 20
29 Determinación de Cumplimiento de las Ofertas 21
30 No‑Conformidades no Significativas 21
31 Corrección de Errores Aritméticos 22
32 Conversión a Una Sola Moneda 22
35 Evaluación de las Ofertas 23
35.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: 23
36 Oferta anormalmente baja 24
37 Calificación del Oferente 24
38 Derecho del Contratante de Rechazar Todas las Ofertas 24
39 Criterios de Adjudicación 25
40 Notificación de la Adjudicación 25
42 Garantía de Cumplimiento 25
1.1 Evaluación de la adecuación de la propuesta técnica a los Requisitos 32
1.2 Aceptabilidad de la metodología de seguridad 32
1.5 Soluciones técnicas alternativas: 33
1.6 Plazos alternativos de terminación de las Obras: 33
Si se contemplan en la Subcláusula 13.5 de las IAO, serán evaluadas de la siguiente forma: 33
3.2 Actualización de Información en caso de Precalificación: 35
3.3 Calificación si un Precalificación no ha tenido lugar: 35
1 Responsabilidades y Obligaciones 116
1.4 Las Especificaciones MSSS se refieren a toda el área de influencia de las Obras: 116
2 Documento de planificación MSSS 117
2.1 Plan de Gestión Ambiental y Social de las Obras (PGAS-Obras) 117
3 Gestión de las no‑conformidades 118
4 Recursos asignados a la gestión medioambiental 119
4.1 Gestor y supervisores MSSS 119
4.2 Responsable de las relaciones con las partes involucradas al exterior 119
6 Presentación de informes 120
6.4 Notificación de los acontecimientos MSSS 121
7.2 El reglamento quedará expuesto en las distintas Áreas del Proyecto. 122
10 Protección de las zonas colindantes 124
11 Selección de las áreas ocupadas, de escombros y de los accesos a las Áreas del Proyecto 125
12.9 Caso particular de las escorrentías 126
13 Emisión en la atmósfera y polvo 126
13.5 En las carreteras no pavimentadas utilizadas por los vehículos y máquinas del Contratista: 126
16 Desbroce de la vegetación 131
16.6 Madera con valor comercial 131
17.8 El Contratista protegerá las excavaciones para prevenir herir a los animales. 132
17.9 El Contratista deberá liberar inmediatamente a cualquier animal atrapado no herido. 132
17.10 El Contratista no deberá alterar los hábitats naturales fuera de las Áreas del Proyecto. 132
17.12 El Contratista no iniciará incendios forestales. 132
17.13 El Contratista no introducirá especies exóticas invasoras (EEI): 132
18 Erosión y sedimentación 133
18.3 Drenaje y tratamiento de las aguas de escorrentía 133
18.4 Barrera de sedimentos 133
18.5 Escombros y vertedero de materiales 134
19 Rehabilitación del Lugar de las Obras 134
20 Documentación del estado de las Áreas del Proyectos 135
20.2 El estado de las Áreas del Proyecto se documentará así, al menos en las etapas siguientes: 135
21 Plan de salud y de seguridad 136
21.2 En cumplimiento de la Cláusula 6 de las CC, el plan identificará y caracterizará: 136
22 Reuniones semanales y diarias 136
23 Equipos y normas de operación 137
25 Equipo de protección individual 137
26.8 Almacenamiento de substancias peligrosas x 138
27 Planificación de las situaciones de emergencia 140
27.2 El Contratista describirá su plan de emergencia en el Plan de salud y seguridad. 140
27.5 Se instalarán extintores de incendios en cada edificio en lugares claramente indicados. 140
28 Aptitud para el trabajo 140
30 Centro de atención sanitaria y personal sanitario 141
31 Botiquines de primeros auxilios 142
31.2 Cada vehículo estará equipado con un botiquín de primeros auxilios. 142
32 Evacuación médica de emergencia 142
34.1 El Contratista no podrá contratar a trabajadores con mala salud. 143
36.2 Condiciones de alojamiento: 144
36.3 Higiene en los espacios comunes: 144
39.7 Oficina de contratación local: 147
40 Transporte y alojamiento 147
42 Daños a las personas y a los bienes 148
42.6 El o las actas levantadas por el oficial del juzgado se someterán al Ingeniero con el PPA. 148
43 Ocupación o adquisición de terrenos 149
44.2 Este Plan de gestión del tráfico: 149
ANEXO 1 – Contenido del PGAS-Obras 151
ANEXO 2 – Propiedades que hacen que producto será peligroso 154
1.5 Orden de Prioridad de los Documentos 199
1.8 Cuidado y Suministro de los Documentos 199
1.9 Demoras de los Planos o Instrucciones 200
1.10 Uso de los Documentos del Contratista por Parte del Contratante 200
1.11 Uso de los Documentos del Contratante por Parte del Contratista 201
1.12 Detalles Confidenciales 201
1.13 Cumplimiento de la Legislación 201
1.14 Responsabilidad Conjunta y Solidaria 202
1.15 Inspecciones y Auditorías por Parte del Banco 202
2.1 Derecho de Acceso al Lugar de las Obras 202
2.2 Permisos, Licencias y Aprobaciones 203
2.3 Personal del Contratante 203
2.4 Arreglos Financieros del Contratante 203
2.5 Reclamaciones del Contratante 204
3.1 Obligaciones y Facultades del Ingeniero 204
3.2 Delegación por el Ingeniero 206
3.3 Instrucciones del Ingeniero 206
3.4 Reemplazo del Ingeniero 207
4.1 Obligaciones Generales del Contratista 207
4.2 Garantía de Cumplimiento 208
4.3 Representante del Contratista 209
4.5 Cesión de Beneficio de Subcontrato 210
4.8 Procedimientos de Seguridad 211
4.10 Datos del Lugar de las Obras 212
4.11 Suficiencia del Monto Contractual Aceptado 212
4.12 Condiciones Físicas Imprevisibles 213
4.13 Servidumbre de Paso y Dependencias 214
4.17 Equipos del Contratista 215
4.18 Protección del Medio Ambiente 215
4.19 Electricidad, Agua y Gas 215
4.20 Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición 215
4.22 Seguridad del Lugar de las Obras 217
4.23 Operaciones del Contratista en el Lugar de las Obras 217
5 Subcontratistas Designados 218
5.1 Definición de "Subcontratista Designado" 218
5.2 Objeciones a las Designaciones 218
5.3 Pagos a Subcontratistas Designados 219
6.1 Contratación de Personal y Mano de Obra 219
6.2 Nivel Salarial y Condiciones de Trabajo 219
6.3 Personas al Servicio del Contratante 220
6.6 Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra 220
6.8 Supervisión del Contratista 221
6.9 Personal del Contratista 222
6.10 Registro del Personal y los Equipos del Contratista 222
6.13 Suministro de Alimentos 223
6.14 Abastecimiento de Agua 223
6.15 Medidas contra Plagas e Insectos 223
6.16 Bebidas Alcohólicas y Drogas 223
6.18 Días Festivos y Costumbres Religiosas 223
6.19 Preparativos de Sepelio 223
6.20 Prohibición de Trabajo Forzoso u Obligatorio 223
6.21 Prohibición de Trabajo Infantil Perjudicial 223
6.22 Registro de Historia Laboral de los Trabajadores 223
6.23 Organizaciones de Trabajadores 224
6.24 No Discriminación e Igualdad de Oportunidades 224
7 Equipos, Materiales y Mano de Obra 224
7.7 Propiedad de los Equipos y los Materiales 227
8 Inicio, Demoras y Suspensión 227
8.4 Prórroga del Plazo de Terminación 229
8.5 Demoras Ocasionadas por las Autoridades 229
8.7 Indemnización por Demora 230
8.8 Suspensión de las Obras 230
8.9 Consecuencias de la Suspensión 230
8.10 Pago de los Equipos y Materiales en Caso de Suspensión 231
8.11 Suspensión Prolongada 231
8.12 Reanudación de las Obras 231
9 Pruebas a la Terminación 231
9.1 Obligaciones del Contratista 231
9.3 Repetición de las Pruebas 232
9.4 Fracaso de las Pruebas a la Terminación 232
10 Recepción de las Obras por parte del Contratante 233
10.1 Recepción de las Obras y Secciones 233
10.2 Recepción de partes de las Obras 233
10.3 Interferencia con las Pruebas a la Terminación 234
10.4 Superficies que Requieren Reacondiciona-miento 235
11 La Responsabilidad por Defectos 235
11.1 Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos 235
11.2 Costo de Reparación de los Defectos 235
11.3 Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos 235
11.4 Incumplimiento en Cuanto a la Reparación de Defectos 236
11.5 Retiro de Trabajos Defectuosos 236
11.8 Búsqueda por parte del Contratista 237
11.9 Certificado de Cumplimiento 237
11.10 Obligaciones no Cumplidas 237
11.11 Despeje del Lugar de las Obras 237
12.1 Trabajos que se Medirán 238
13.3 Procedimiento de Variación 241
13.4 Pago en Monedas Aplicables 241
13.7 Ajustes por Cambios en la Legislación 243
13.8 Ajustes por Cambios en el Costo 243
14 Precio del Contrato Pago 245
14.3 Solicitud de Certificados de Pago Provisionales 246
14.5 Equipos y Materiales para las Obras 247
14.6 Emisión de Certificados de Pago Provisionales 249
14.9 Pago del Monto Retenido 250
14.10 Declaración de Terminación 251
14.11 Solicitud de Cetificado de Pago Final 252
14.13 Emisión de Certificado de Pago Final 252
14.14 Fin de la Responsabilidad del Contratante 253
15 Terminación por Parte del Contratante 254
15.1 Notificación Para Hacer Correcciones 254
15.2 Terminación por parte del Contratante 254
15.3 Valoración en la Fecha de Terminación 255
15.4 Pagos después de la Terminación 255
15.5 Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia 256
15.6 Prácticas Corruptivas o Fraudulentas 256
16 Suspensión y Terminación por parte del Contratista 257
16.1 Derecho del Contratista a Suspender los Trabajos 257
16.2 Terminación por parte del Contratista 258
16.3 Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista 259
16.4 Pago a la Terminación 259
17 Riesgos y Responsabilidades 259
17.2 Cuidado de las Obras por parte del Contratista 260
17.3 Riesgos del Contratante 260
17.4 Consecuencias de los Riesgos del Contratante 261
17.5 Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial 261
17.6 Limitación de Responsabilidad 262
17.7 Uso del Alojamiento y la Instalaciones del Contratante 262
18.1 Requisitos Generales en Materia de Seguros 263
18.2 Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista 264
18.3 Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad 266
18.4 Seguro para el Personal del Contratista 266
19.1 Definición de Fuerza Mayor 267
19.2 Notificación de Casos de Fuerza Mayor 267
19.3 Obligación de Reducir las Demoras 268
19.4 Consecuencias de la Fuerza Mayor 268
19.5 Fuerza Mayor que Afecte a un Subcontratista 268
19.6 Terminación Opcional, Pago y Finiquito 268
19.7 Liberación del Cumplimiento del Contrato 269
20 Reclamaciones, Controversias y Arbitraje 269
20.1 Reclamaciones del Contratista 269
20.2 Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias 271
20.3 Desacuerdo sobre la Composición de la Comisión para la Resolución de Controversias 272
20.4 Obtención de Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias 273
20.7 Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias 275
20.8 Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias 275
ANEXO A – Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias 276
ANEXO B – Prácticas prohibidas ‑ responsabilidad ambiental y social 283
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En las Condiciones del Contrato ("estas Condiciones"), que comprenden las Condiciones Especiales, las partes A y B, y estas Condiciones Generales, los siguientes términos y expresiones tendrán el significado que se señala en el documento. Los términos que se refieran a personas o partes incluirán empresas y otras entidades jurídicas, salvo en los casos en que el contexto requiera algo diferente. |
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En el Contrato, salvo que el contexto requiera algo diferente:
Las palabras al margen y otros encabezamientos no se tomarán en cuenta en la interpretación de estas Condiciones. En estas Condiciones, las disposiciones que incluyan la expresión "costo más utilidades" requieren que las utilidades sean de 1/20 (5%) del Costo, salvo indicación diferente en los Datos del Contrato. |
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En los casos en que en estas Condiciones se contemple la entrega o emisión de aprobaciones, certificados, consentimientos, decisiones, notificaciones, solicitudes y finiquitos, estas comunicaciones deberán ser:
Las aprobaciones, certificados, consentimientos y decisiones no deberán retenerse ni demorarse sin razones válidas. Cuando se emita un certificado a una Parte, el emisor enviará una copia a la otra Parte. Cuando una Parte o el Ingeniero emitan una notificación a la otra Parte, se deberá enviar una copia al Ingeniero o a la otra Parte, según corresponda. |
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El Contrato se regirá por la legislación del País u otra jurisdicción que se estipule en los Datos del Contrato. El idioma que haya de regir el Contrato será el que se señale en los Datos del Contrato. El idioma para las comunicaciones será el que se indique en los Datos del Contrato. De no especificarse, se utilizará el idioma que rija el Contrato. |
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Los documentos que conformen el Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos. Para fines de interpretación, el orden de prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:
Si se encuentra alguna ambigüedad o discrepancia en los documentos, el Ingeniero emitirá las aclaraciones o instrucciones necesarias. |
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Las partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la Carta de Aceptación, a menos que en las Condiciones Especiales se acuerde otra cosa. El Convenio se basará en el formulario que se anexa en las Condiciones Especiales. Los costos de los sellos fiscales y cargos similares (si los hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio correrán por cuenta del Contratante. |
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Ninguna de las Partes podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como así tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo al Contrato. Sin embargo, cualquiera de las Partes:
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El Contratante será responsable del cuidado y la custodia de las Especificaciones y los Planos. Salvo indicación diferente en el Contrato, se suministrarán dos copias del Contrato y de cada Plano subsiguiente al Contratista, quien podrá hacer o solicitar copias adicionales, por su propia cuenta. El Contratista será responsable del cuidado y la custodia de todos los documentos contractuales, salvo que se hayan entregado al Contratante o hasta dicha entrega. Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato, el Contratista proporcionará al Ingeniero seis copias de cada uno de los Documentos del Contratista. El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, una copia del Contrato, las publicaciones que se señalan en las Especificaciones, los Documentos del Contratista (si los hubiere), los Planos y las Variaciones, así como cualesquier otras comunicaciones que se realicen en virtud del Contrato. El personal del Contratante tendrá el derecho de acceder a todos los documentos mencionados en cualquier horario razonable. Si una de las Partes detecta algún error o defecto en un documento elaborado para la ejecución de las Obras, dicha Parte notificará inmediatamente a la otra al respecto. |
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El Contratista deberá notificar al Ingeniero sobre cualquier posible demora o interrupción de las Obras en caso de que no se emitan a dicho Contratista los planos o las instrucciones necesarias en un determinado plazo, que deberá ser razonable. La notificación incluirá información detallada sobre los planos o instrucciones que se necesiten, la razón por la que deban emitirse y el plazo para hacerlo, así como la naturaleza y el costo del posible retraso o interrupción que se podría sufrir por la demora en la emisión de tales documentos. Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo debido a que el Ingeniero no ha emitido el plano o la instrucción señalados en un plazo razonable y que se especifique en la notificación con información complementaria, el Contratista enviará otra notificación al Ingeniero y, sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir esta segunda notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión al respecto. Sin embargo, si el incumplimiento del Ingeniero se debe a algún error o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá derecho a la prórroga del plazo ni al Costo o utilidades mencionados. |
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En lo que se refiere a las Partes, el Contratista retendrá los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de los Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por el Contratista (o en su nombre). Se considerará que (con la firma del Contrato) el Contratista otorga al Contratante una licencia sin plazo determinado, transferible, no exclusiva y libre de regalías para copiar, usar y transmitir los Documentos del Contratista, así como para realizar y usar modificaciones de los mismos. Dicha licencia:
Ni el Contratante ni ninguna otra persona en su nombre, podrá, sin el consentimiento previo del Contratista, usar, copiar ni transmitir a terceros los Documentos del Contratista ni otros documentos de diseño elaborados por o en nombre del Contratista para otros fines que no sean los que se señalan en esta Subcláusula. |
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En lo que se refiere a las Partes, el Contratante retendrá todos los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual respecto de las Especificaciones, los Planos y otros documentos elaborados por el Contratante (o en su nombre). El Contratista podrá, a sus expensas, copiar, usar y obtener transmisiones de esos documentos para fines del Contrato. El Contratista no podrá, sin el consentimiento previo del Contratante, copiar, usar ni transmitir dichos documentos a terceros, salvo en la medida necesaria para los fines del Contrato. |
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El Contratista y el personal del Contratante divulgarán toda la información confidencial y de otra índole que se solicite razonablemente para verificar el cumplimiento del Contrato y permitir su debida ejecución. Cada uno de ellos, deberá tratar la información del Contrato con carácter privado y confidencial, salvo en la medida necesaria para cumplir las obligaciones contraídas por cada uno de ellos en virtud del Contrato o para cumplir las leyes pertinentes. Ninguno de ellos publicará ni divulgará información acerca de las Obras preparada por la otra Parte sin el consentimiento previo de dicha Parte. Sin embargo, el Contratista podrá divulgar cualquier información de dominio público o información que se requiera para demostrar sus calificaciones para competir en otros proyectos. |
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En el cumplimiento del Contrato, el Contratista cumplirá las leyes pertinentes. Salvo indicación en otro sentido en las Condiciones Especiales:
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Si el Contratista establece (al xxxxxx xx xxxxx aplicables) una asociación en participación, consorcio u otra asociación de hecho, de dos o más personas:
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El Contratista permitirá al Banco y/o a personas designadas por éste inspeccionar el Lugar de las Obras y las cuentas y registros del Contratista relacionados con el cumplimiento del Contrato, y someter dichas cuentas y registros a una auditoria por auditores designados por el Banco, si éste así lo exige. |
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El Contratante concederá al Contratista derecho de acceso a, y posesión de, todas las partes del Lugar de las Obras durante el plazo (o plazos) señalados en los Datos del Contrato. El derecho de acceso y la posesión pueden no ser exclusivos del Contratista. Si, en virtud del Contrato, se exige que el Contratante conceda (al Contratista) la posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso, el Contratante lo hará en el plazo y de la manera que se indiquen en las Especificaciones. Sin embargo, el Contratante podrá retener ese derecho o posesión hasta que reciba la Garantía de Cumplimiento. De no especificarse ese plazo en los Datos del Contrato, el Contratante concederá al Contratista el derecho de acceso al, y la posesión del Lugar de las Obras en los períodos que sean necesarios para permitir al Contratista proceder sin interrupción de conformidad con el programa presentado con arreglo a la Subcláusula 8.3 [Programa]. Si el Contratista sufre alguna demora o incurre en algún Costo debido a que el Contratante no le ha concedido dicho derecho o posesión en el plazo establecido, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir dicha notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con lo que se establece en la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión al respecto. Sin embargo, si el incumplimiento del Contratante se debe a algún error o demora del Contratista, incluido un error o demora en la entrega de cualquiera de los Documentos del Contratista, el Contratista no tendrá derecho a dicha prórroga ni al Costo o utilidades mencionados. |
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El Contratante prestará asistencia razonable al Contratista, cuando éste así lo solicite, para obtener:
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El Contratante tendrá la responsabilidad de asegurarse que el Personal del Contratante y los demás Contratistas del Contratante en el Lugar de las Obras:
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El Contratante deberá presentar, antes de la Fecha de Inicio y, de ahí en adelante, dentro de e un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba una solicitud del Contratista, evidencia razonable de que se han hecho y se mantienen los arreglos financieros que han de permitir que el Contratante pague puntualmente el Precio del Contrato (según se calcule en ese momento) de conformidad con la Cláusula 14 [Precio Contractual y Pago]. Antes de hacer cualquier cambio sustancial a sus arreglos financieros, el Contratante deberá notificar al Contratista y proporcionar información detallada al respecto. Además, si el Banco notifica al Prestatario que ha suspendido los desembolsos al amparo de su préstamo, el cual financia total o parcialmente la ejecución de las Obras, el Contratante notificará dicha suspensión al Contratista, con los detalles correspondientes, incluida la fecha de la notificación, con copia al Ingeniero, en un plazo de 7 días contados a partir de la fecha en que el Prestatario reciba del Banco la notificación de suspensión. En caso de que el Contratante tenga acceso a fondos alternativos en las monedas adecuadas para seguir pagando al Contratista más allá del décimo sexto (60º) día contado desde la fecha de notificación de suspensión por parte del Banco, el Contratante deberá presentar en dicha notificación evidencia razonable de la medida en que dichos recursos estarán disponibles. |
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Si el Contratante considera que tiene derecho a recibir un pago en virtud de cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra manera relacionada con el Contrato y/o a una prórroga del Período para la Notificación de Defectos, el Contratante o el Ingeniero notificarán detalladamente al Contratista. Sin embargo, no será necesario hacer notificaciones de pagos adeudados con arreglo a la Subcláusula 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], la Subcláusula 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición], o de otros servicios que solicite el Contratista. La notificación deberá hacerse tan pronto como sea posible y no más de 28 días después que el Contratante se haya enterado, o debiera haberse enterado, de la situación o circunstancias que originaron la reclamación. Se enviará una notificación sobre cualquier prórroga del Período para la Notificación de Defectos antes de que venza dicho plazo. La información detallada incluirá la Cláusula u otra base de la reclamación, así como pruebas del monto y/o la prórroga que el Contratante considere que le correspondan en relación con el Contrato. El Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de (i) el monto (si procede) que le corresponda pagar al Contratista a favor del Contratante, y/o (ii) la prórroga (si procede) del Plazo para la Notificación de Defectos de conformidad con la Subcláusula 11.3 [Prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos]. Este monto podrá incluirse como una deducción en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. El Contratante sólo tendrá derecho a compensar o deducir una suma de un monto certificado al amparo de un Certificado de Pago, o a presentar otra reclamación en contra del Contratista, de conformidad con esta Subcláusula |
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El Contratante designará al Ingeniero quien cumplirá las obligaciones que se le asignen en el Contrato. El personal del Ingeniero incluirá ingenieros debidamente calificados y otros profesionales competentes para cumplir esas obligaciones. El Ingeniero no tendrá la potestad de modificar el Contrato. El Ingeniero podrá ejercer las facultades que se le confieran explícitamente en el Contrato o se deriven implícitamente del mismo. Si el Ingeniero debe obtener la aprobación del Contratante antes de ejercer una facultad en particular, los requisitos serán los que se indican en las Condiciones Especiales. El Contratante informará sin demora al Contratista sobre cualquier cambio en las facultades conferidas al Ingeniero. Sin embargo, cuando el Ingeniero ejerza una facultad específica que requiera la autorización del Contratante, entonces (para los fines del Contrato) se considerará que este último ha concedido su aprobación. Salvo indicación diferente en estas Condiciones:
Se aplicarán las siguientes disposiciones: El Ingeniero obtendrá la aprobación específica del Contratante antes de actuar de conformidad con las siguientes Subcláusulas de estas Condiciones:
Sin perjuicio de la obligación de obtener aprobación, como se indica supra, si a juicio del Ingeniero ocurre una emergencia que afecte la seguridad personal, la seguridad física de las Obras o de la(s) propiedad(es) colindante(s), éste podrá, sin eximir al Contratista de sus deberes y responsabilidades en virtud del Contrato, ordenar al Contratista que lleve a cabo las Obras o actividades que sean necesarias, según el Ingeniero, para mitigar o reducir el riesgo. El Contratista cumplirá inmediatamente cualquier instrucción de esa índole que le dé el Ingeniero, aún a falta de la aprobación de dicha instrucción por parte del Contratante. El Ingeniero determinará un aumento del Precio del Contrato por concepto de dicha orden, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes], y notificará debidamente al Contratista, con copia al Contratante. |
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El Ingeniero podrá ocasionalmente asignar deberes y delegar autoridad a los asistentes, y también podrá revocarlas. Entre los asistentes puede incluirse un ingeniero residente y/o inspectores independientes designados para examinar y/o probar elementos de los Equipos y/o los Materiales. La asignación, delegación o revocación deberán hacerse por escrito y no entrarán en vigor hasta que ambas Partes hayan recibido copia de la notificación. Sin embargo, salvo que ambas Partes acuerden otra cosa, el Ingeniero no podrá delegar la autoridad para resolver cualquier asunto de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones]. Cada asistente a quien se le hayan asignado deberes o en quien se haya delegado autoridad, estará autorizado únicamente a impartir instrucciones al Contratista en la medida definida en la delegación. Cualquier aprobación, verificación, certificado, consentimiento, examen, inspección, orden, notificación, propuesta, solicitud, prueba o acto de esa índole por parte de un asistente, efectuado de conformidad con la delegación, tendrá el mismo efecto que si proviniera del Ingeniero. Sin embargo:
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El Ingeniero podrá impartir instrucciones al Contratista en cualquier momento, y proporcionarle los Planos adicionales o modificados que se necesiten para la ejecución de las Obras y la reparación de cualquier defecto, de conformidad con el Contrato. El Contratista sólo responderá a las instrucciones del Ingeniero, o del asistente en el que se haya delegado la autoridad pertinente en virtud de esta Cláusula. En el caso de que una orden constituya una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. El Contratista cumplirá las instrucciones que imparta el Ingeniero o el asistente en quien se haya delegado dicha autoridad, en relación con cualquier asunto del Contrato. Siempre que sea posible, las instrucciones se impartirán por escrito. Si el Ingeniero o un asistente autorizado:
entonces la confirmación pasará a constituir la orden escrita del Ingeniero o el asistente en quien se ha delegado dicha autoridad (según corresponda). |
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Si el Contratante prevé reemplazar al Ingeniero, el Contratante deberá notificar al Contratista, por lo menos 21 días antes de la fecha prevista del reemplazo, el nombre, la dirección y la experiencia pertinente del potencial Ingeniero sustituto. Si el Contratista considera que el potencial Ingeniero sustituto no es adecuado, tendrá el derecho a presentar objeciones al nombramiento, mediante notificación al Contratante, con información que fundamente su posición, y el Contratante dará plena y justa consideración a dicha objeción. |
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En los casos en que estas Condiciones contemplen que el Ingeniero proceda de conformidad con esta Subcláusula 3.5 para acordar o resolver algún asunto, el Ingeniero consultará con cada una de las Partes con el ánimo de alcanzar un acuerdo. De no lograrse un acuerdo, el Ingeniero tomará una decisión justa de conformidad con el Contrato, tomando en cuenta todas las circunstancias pertinentes. Salvo que se especifique algo diferente, el Ingeniero notificará a ambas Partes sobre cada uno de los acuerdos o decisiones, con los detalles del caso dentro del plazo de 28 días de haber recibido la correspondiente queja o solicitud. Cada una de las Partes dará cumplimiento a los acuerdos o decisiones, salvo (y en ese caso, hasta) que se sometan a reconsideración con arreglo a la Cláusula 20 [Quejas, Controversias y Arbitraje]. |
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En la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista diseñará, ejecutará y terminará las Obras de conformidad con el Contrato y con las instrucciones del Ingeniero y reparará cualquier defecto de las Obras. El Contratista suministrará los Equipos y los Documentos del Contratista que se especifiquen en el Contrato, así como todo el Personal del Contratista, los Bienes, los bienes consumibles y otros bienes y servicios, permanentes o temporales, necesarios para, y en relación con, el diseño, la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos. Todos los equipos, materiales y servicios que incorporen en, o se requieran para, las Obras deberán provenir de cualquier país elegible de conformidad con la definición que establece el Banco. El Contratista velará por el carácter adecuado, la estabilidad y la seguridad de todas las operaciones y los métodos de construcción en el Lugar de las Obras. Salvo en la medida en que se especifique en el Contrato, el Contratista (i) será responsable de todos los Documentos del Contratista, las Obras Temporales y el diseño que pueda ser necesario en relación con cada elemento de los Equipos y los Materiales para que dicho(s) elemento(s) se ciña(n) al Contrato; y (ii) no será responsable del diseño o las especificaciones de las Obras Permanentes. El Contratista suministrará al Contratante, a solicitud del Ingeniero, la información sobre los arreglos y los métodos que propone adoptar para la ejecución de las Obras. Dichos arreglos y métodos no podrán modificarse de manera significativa sin que antes se haya notificado de ello al Ingeniero. En caso de que en el Contrato se especifique que el Contratista diseñará cualquier parte de las Obras Permanentes, entonces, salvo indicación diferente en las Condiciones Especiales:
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El Contratista obtendrá (a su costo) una Garantía de Cumplimiento por el monto y monedas estipulados en los Datos del Contrato y en la denominación de la(s) moneda(s) del contrato o en una moneda de libre conversión que sea aceptable para el Contratante. Esta Subcláusula no se aplicará en los casos en que no se especifique un monto en los Datos del Contrato. El Contratista suministrará la Garantía de Cumplimiento dentro de un plazo que no exceda de 28 días después de haber recibido la Carta de Aceptación, y enviará una copia al Ingeniero. La Garantía de Cumplimiento deberá haber sido emitida por un banco o entidad financiera de prestigio elegida por el Contratante, y se presentará de acuerdo con el formulario anexo a las Condiciones Especiales u en otro formulario aprobado por el Contratante. El Contratista se asegurará de que la Garantía de Cumplimiento sea válida y exigible hasta que el Contratista ejecute y termine las Obras y repare cualquier defecto. Si en los términos de la Garantía de Cumplimiento se estipula una fecha de vencimiento y 28 días antes de ésta el Contratista todavía no está en condiciones de recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista deberá prorrogar el período de validez de la Garantía de Cumplimiento hasta que se terminen las Obras y se reparen los defectos. El Contratante no podrá hacer reclamaciones en virtud de la Garantía de Cumplimiento, salvo por los montos que le correspondan al amparo del Contrato. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados y gastos legales) que se generen a raíz de una reclamación al amparo de la Garantía de Cumplimiento en la medida en que el Contratante no hubiera tenido derecho a hacer la reclamación. El Contratante devolverá la Garantía de Cumplimiento al Contratista dentro del plazo de 21 días de haber recibido una copia del Certificado de Cumplimiento. Sin perjuicio de lo dispuesto en el resto de esta Subcláusula, en los casos en que el Ingeniero decida aumentar o reducir el Precio del Contrato a raíz de un cambio en el costo y/o la legislación o como resultado de una Variación que supere el 25 por ciento de la porción del Precio del Contrato pagadera en una moneda específica, el Contratista, a solicitud del Ingeniero, procederá sin demora a aumentar o reducir, según corresponda, el valor de la Garantía de Cumplimiento en esa moneda, en el mismo porcentaje. |
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El Contratista nombrará al Representante del Contratista y le conferirá todas las facultades necesarias para que actúe en nombre del Contratista para los fines del Contrato. Salvo que el nombre del Representante del Contratista aparezca en el Contrato, el Contratista suministrará al Ingeniero para su aprobación, antes de la fecha de inicio, el nombre y la información de la persona que propone como Representante del Contratista. Si se niega la aprobación o se revoca según la Subcláusula 6.9 [Personal del Contratista], o si la persona designada no ejerce sus funciones como Representante del Contratista, el Contratista seguirá el mismo procedimiento para presentar el nombre y la información de otra persona adecuada para el cargo en cuestión. El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante del Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento previo del Ingeniero. El Representante del Contratista dedicará todo su tiempo a dirigir el cumplimiento del Contrato por parte del Contratista. Si el Representante del Contratista debe ausentarse temporalmente del Lugar de las Obras durante la ejecución de éstas, se nombrará a un sustituto adecuado, con el previo consentimiento del Ingeniero, a quien deberá darse la debida notificación. El Representante del Contratista recibirá instrucciones en nombre del Contratista, de conformidad con la Subcláusula 3.3 [Instrucciones del Ingeniero]. El Representante del Contratista podrá delegar facultades, funciones y poderes en cualquier persona competente, y podrá revocar dicha delegación en cualquier momento. Las delegaciones o revocaciones no entrarán en vigor sino una vez que el Ingeniero haya recibido una notificación previa firmada por el Representante del Contratista en la que se señale el nombre de la persona y se especifiquen las facultades, las funciones y los poderes delegados o revocados. El Representante del Contratista hablará con fluidez el idioma para comunicaciones definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]. Si los delegados del Representante del Contratista no hablan con fluidez el idioma mencionado, el Contratista se asegurará de que haya intérpretes competentes durante todas las horas de trabajo, en un número que el Ingeniero considere suficiente. |
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El Contratista no subcontratará la totalidad de las Obras. El Contratista será responsable de las acciones u omisiones de cualquier Subcontratista, sus agentes o empleados, como si fueran las suyas propias. Salvo indicación en contrario en las Condiciones Especiales:
El Contratista se asegurará de que los requisitos que se le imponen en la Subcláusula 1.12 [Confidencialidad] se apliquen igualmente a todos los Subcontratistas. En la medida de lo posible, el Contratista dará justas y razonables oportunidades a contratistas del País, para ser nombrados Subcontratistas. |
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Si las obligaciones de un Subcontratista siguen vigentes después de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente, el Contratista deberá ceder al Contratante el beneficio de dichas obligaciones, si el Ingeniero así se lo exige antes de esa fecha. Salvo indicación diferente en la cesión, el Contratista no será responsable ante el Contratante por los trabajos que realice el Subcontratista después de la entrada en vigor de la cesión. |
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El Contratista ofrecerá, conforme se estipule en el Contrato o indique el Ingeniero, suficientes oportunidades de trabajo a:
quienes podrán estar empleadas en el Lugar de las Obras o en sus inmediaciones para la ejecución de trabajos no incluidos en el Contrato. Cualquiera de esas instrucciones constituirá una Variación en la medida en que obligue al Contratista a sufrir retrasos y/o a incurrir en un Costo Imprevisto. Los servicios para ese personal y otros contratistas pueden incluir el uso de Equipos del Contratista, Obras Temporales o arreglos en materia de acceso que son responsabilidad del Contratista. Si en virtud del Contrato se exige al Contratante que conceda al Contratista posesión de cualquier cimiento, estructura, instalación o medio de acceso de conformidad con los Documentos del Contratista, el Contratista suministrará dichos documentos al Ingeniero en el plazo y la forma indicados en las Especificaciones. |
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El Contratista trazará las Obras en función de los puntos originales, líneas y niveles de referencia especificados en el Contrato o notificados al Ingeniero. El Contratista será responsable del correcto posicionamiento de todas las partes de las Obras, y rectificará cualquier error en las posiciones, niveles, dimensiones o alineamiento de las mismas. El Contratante será responsable de cualquier error en los parámetros de referencia señalados o notificados, pero el Contratista tratará razonablemente de verificar la precisión de dichos datos antes de que se utilicen. Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en Costos por realizar trabajos requeridos a raíz de un error en los parámetros de referencia, que un Contratista con experiencia no hubiera podido detectar razonablemente dicho error y evitar esa demora o ese Costo, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, con arreglo a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o decidir i) si y (si procede) en qué medida no se hubiera podido detectar el error de manera razonable, y ii) si los asuntos que se señalan en los incisos (a) y (b) supra se relacionan con dicha medida. |
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El Contratista deberá:
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El Contratista establecerá un sistema de control de calidad para demostrar el cumplimiento de los requisitos del Contrato. El sistema se ceñirá a la información que figura en el Contrato. El Ingeniero podrá auditar cualquier aspecto del sistema. Deberán presentarse al Ingeniero, para su información, detalles de todos los procedimientos y documentos de cumplimiento antes del inicio de cada etapa de diseño y ejecución. Todos los documentos de naturaleza técnica que se emitan para el Ingeniero deberán ostentar comprobante de la aprobación previa del propio Contratista. El cumplimiento del sistema de control de calidad no eximirá al Contratista de ninguno de sus deberes, obligaciones o responsabilidades en virtud del Contrato. |
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Antes de la Fecha Base, el Contratante deberá haber proporcionado al Contratista, para su información, todos los datos pertinentes de los que disponga sobre las condiciones subterráneas e hidrológicas del Lugar de las Obras, incluidos aspectos ambientales. A su vez, el Contratante pondrá a disposición del Contratista todos los datos de esa índole que obtenga después de la Fecha Base. El Contratista será responsable de interpretar todos esos datos. En la medida en que fuera posible (tomando en cuenta el costo y el tiempo), se considerará que el Contratista ha obtenido toda la información necesaria acerca de los riesgos, imprevistos y otras circunstancias que puedan tener influencia o incidencia en la Oferta o las Obras. En la misma medida, se considerará que el Contratista ha inspeccionado y examinado el Lugar de las Obras, sus alrededores, los datos mencionados anteriormente y otra información disponible, y que antes de presentar la Oferta estaba satisfecho con respecto a todos los asuntos pertinentes, incluidos (más no de manera exclusiva):
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Se considerará que el Contratista:
Salvo indicación en otro sentido en el Contrato, el Monto Contractual Aceptado cubre todas las obligaciones del Contratista en virtud del Contrato (incluidas las que se establezcan bajo Montos Provisionales, si los hubiere) y todos los aspectos necesarios para ejecutar y terminar adecuadamente las Obras y reparar cualesquiera defectos. |
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En esta Subcláusula, "condiciones físicas"se refiere a condiciones físicas naturales y artificiales, así como otras obstrucciones y contaminantes físicos que el Contratista encuentre en el Lugar de las Obras durante la ejecución de las mismas, incluidas condiciones subterráneas e hidrológicas pero no climáticas. Si el Contratista se enfrenta con condiciones físicas adversas que considere Imprevisibles, notificará de ello al Ingeniero tan pronto como sea posible. En esa notificación se describirán las condiciones físicas, de manera que el Ingeniero pueda inspeccionarlas, y se expondrán las razones por las que el Contratista las considera condiciones Imprevisibles. El Contratista seguirá con la ejecución de las Obras adoptando las medidas que sean adecuadas y razonables para las condiciones físicas, y cumplirá las instrucciones que pueda darle el Ingeniero. Si alguna orden constituye una Variación, se aplicará la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. Si, habiendo encontrado condiciones físicas que sean Imprevisibles, el Contratista hace la notificación al respecto y sufre demoras y/o incurre en Costos a raíz de las condiciones mencionadas, el Contratista tendrá derecho a la notificación indicada en la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], a:
Tras recibir la notificación y examinar y/o investigar las condiciones físicas, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de acordar o resolver (i) si y (si procede) en qué medida esas condiciones físicas eran Imprevisibles, y (ii) si los asuntos que se describen en los incisos (a) y (b) supra guardan relación con esa medida. Sin embargo, antes de llegar a un acuerdo definitivo o decisión respecto del Costo adicional con arreglo al inciso (ii), el Ingeniero también podrá analizar si otras condiciones físicas en partes similares de las Obras (si las hubiere) eran más favorables de lo que podría haberse previsto cuando el Contratista presentó la Oferta. Si, y en la medida en que fueren encontradas esas condiciones más favorables, el Ingeniero podrá proceder de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] con el fin de llegar a un acuerdo o decisión respecto de las reducciones de Costo originadas por dichas condiciones, que podrán incluirse (como deducciones) en el Precio del Contrato y los Certificados de Pago. Sin embargo, el efecto neto de todos los ajustes en virtud del inciso (b) y todas las reducciones mencionadas, por todas las condiciones físicas que se encuentren en partes similares de las Obras, no darán lugar a una reducción neta del Precio del Contrato. El Ingeniero deberá tomar en cuenta cualquier evidencia de las condiciones físicas previstas por el Contratista cuando presentó la Oferta, evidencias que el Contratista deberá facilitar; sin embargo, la interpretación de esas evidencias por parte del Contratista no tendrá carácter obligatorio para el Ingeniero. |
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Salvo indicación diferente en el Contrato, el Contratante deberá proveer acceso al, y posesión del, Lugar de las Obras, incluyendo las servidumbres de paso especiales y/o temporales que puedan ser necesarias para las Obras. El Contratista también obtendrá, a su riesgo y expensas, cualquier servidumbre de paso o instalaciones adicionales fuera del Lugar de las Obras que pueda necesitar para fines de las Obras. |
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El Contratista no interferirá en forma innecesaria ni inadecuada con:
El Contratista deberá indemnizar y amparar al Contratante de todos los daños, perjuicios y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados) que se generen a raíz de una interferencia innecesaria o inadecuada de esa índole. |
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Se considerará que el Contratista está satisfecho con la conveniencia y disponibilidad de las rutas de acceso al Lugar de las Obras el día de la Fecha Base. El Contratista hará lo razonablemente posible por evitar los daños que pueda sufrir cualquier camino x xxxxxx como resultado del tráfico del Contratista o su personal. Ello incluye el uso adecuado de vehículos y rutas apropiados. Salvo indicación diferente en estas Condiciones:
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Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:
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El Contratista será responsable de todos sus Equipos. Una vez que se lleven al Lugar de las Obras, se considerará que los Equipos del Contratista se usarán exclusivamente para la ejecución de las Obras. El Contratista no retirará del Lugar de las Obras ningún elemento importante de sus Equipos sin el consentimiento previo del Ingeniero. Sin embargo, dicho consentimiento no será necesario para vehículos que transporten Bienes o Personal del Contratista fuera del Lugar de las Obras. |
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El Contratista tomará todas las medidas razonables para proteger el medio ambiente (tanto dentro como fuera del Lugar de las Obras) y para limitar los daños y las alteraciones que se puedan crear a las personas y las propiedades como consecuencia de la contaminación, el ruido y otros resultados de sus operaciones. El Contratista velará por que las emisiones y las descargas superficiales y efluentes que se produzcan como resultado de sus actividades no excedan los valores señalados en las Especificaciones o dispuestas por las leyes aplicables. |
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Salvo en los casos que se señalan más abajo, el Contratista será responsable de suministrar la electricidad, el agua y los demás servicios que necesite para las actividades de construcción y, en la medida establecida en las Especificaciones, para las pruebas. El Contratista tendrá derecho a usar para los fines de las Obras los suministros de electricidad, agua, gas y otros servicios que se encuentren disponibles en el Lugar de las Obras y cuyos detalles y precios figuren en las Especificaciones. El Contratista suministrará, a su riesgo y expensas, los aparatos necesarios para hacer uso de esos servicios y medir las cantidades consumidas. El Ingeniero dará su aprobación, o determinará, las cantidades consumidas y los montos pagaderos (a esos precios) por concepto de dichos servicios, de conformidad con las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista pagará dichos montos al Contratante. |
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El Contratante pondrá sus Equipos (si los hubiere) a disposición del Contratista para la ejecución de las Obras, de conformidad con los detalles, arreglos y precios señalados en las Especificaciones. Salvo indicación en sentido diferente en las Especificaciones:
El Ingeniero acordará o determinará las cantidades adecuadas y los montos pagaderos (a los precios establecidos) por el uso de los Equipos del Contratante de conformidad con las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. El Contratista pagará dichos montos al Contratante. El Contratante proporcionará, sin costo alguno, los "materiales de libre disposición"(si los hubiere) de conformidad con la información que se señale en las Especificaciones. El Contratante proporcionará, a su riesgo y expensas, dichos materiales en la fecha y lugar señalados en el Contrato. El Contratista los inspeccionará visualmente y notificará con prontitud al Ingeniero sobre cualquier falta, defecto u omisión al respecto. A no ser que las Partes acuerden otra cosa, el Contratante rectificará de inmediato la falta, defecto u omisión que se le haya notificado. Tras esa inspección visual, los materiales de libre disposición pasarán a estar bajo el cuidado, custodia y control del Contratista. Las obligaciones del Contratista en materia de inspección, cuidado, custodia y control no eximirán al Contratante de su responsabilidad por cualquier falta, defecto u omisión no advertida en una inspección visual. |
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Salvo que se exprese otra cosa en las Condiciones Especiales, el Contratista elaborará informes mensuales de avance, que presentará al Ingeniero en 6 copias. El primer informe cubrirá el período desde la Fecha de Inicio hasta el final del primer mes calendario. De ahí en adelante se presentarán informes mensuales, cada uno dentro del plazo de 7 días contados a partir del último día del período en cuestión. Se presentarán informes hasta que el Contratista haya terminado todo el trabajo que se sepa que está pendiente a la fecha de terminación que se indique en el Certificado de Recepción de Obra. Los informes incluirán:
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Salvo disposición en sentido diferente en las Condiciones Especiales:
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El Contratista limitará sus actividades al Lugar de las Obras y a cualquier otro sitio adicional que obtenga como zonas adicionales de trabajo con el acuerdo del Ingeniero. El Contratista tomará todas las precauciones necesarias para mantener sus Equipos y su Personal dentro del Lugar de las Obras y dichas zonas adicionales y mantenerlos fuera de los terrenos adyacentes. Durante la ejecución de las Obras, el Contratista mantendrá el Lugar de las Obras libre de obstrucciones innecesarias y almacenará, o dispondrá de, los Equipos del Contratista o los materiales excedentes. El Contratista despejará el Lugar de las Obras y eliminará los escombros, la basura y las Obras Temporales que ya no se necesiten. Al emitirse un Certificado de Recepción de Obra, el Contratista despejará y retirará de la parte del Lugar de las Obras y las Obras a que se refiere dicho Certificado todos sus Equipos, materiales excedentes, desperdicios, basura y Obras Temporales. El Contratista dejará esa parte del Lugar de las Obras y las Obras referidas limpias y seguras. Sin embargo, el Contratista podrá retener en dicho Lugar, durante el plazo para la Notificación de Defectos, los Bienes que necesite para cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato. |
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Los fósiles, monedas, artículos de valor o antigüedad y estructuras y otros restos o elementos de interés geológico o arqueológico que se encuentren en el Lugar de las Obras quedarán bajo el cuidado y la autoridad del Contratante. El Contratista tomará precauciones razonables para evitar que su Personal u otras personas retiren o dañen cualquiera de esos objetos encontrados. Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista notificará rápidamente de ello al Ingeniero, quien le impartirá instrucciones al respecto. Si el Contratista sufre alguna demora y/o incurre en algún Costo por cumplir las instrucciones, hará una nueva notificación al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:
Tras recibir esa nueva notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Determinaciones] a fin de llegar a un acuerdo o determinación al respecto. |
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En el Contrato se entiende por "Subcontratista designado "un Subcontratista:
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El Contratista no tendrá ninguna obligación de contratar a un Subcontratista designado contra el que presente objeciones razonables mediante notificación al Ingeniero, tan pronto como sea posible, junto con los detalles al respecto. Salvo que el Contratante acuerde por escrito eximir al Contratista de las respectivas consecuencias, las objeciones se considerarán razonables si se derivan (entre otros) de cualquiera de los siguientes aspectos:
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El Contratista pagará al Subcontratista designado los montos de los recibos del Subcontratista designado aprobados por el Contratista y que el Ingeniero certifique como pagaderos de conformidad con el subcontrato. Esos montos y demás cargos se incluirán en el Precio del Contrato de acuerdo con el inciso (b) de la Subcláusula 13.5 [Montos Provisionales], salvo lo dispuesto en la Subcláusula 5.4 [Comprobantes de Pago]. |
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Antes de emitir un Certificado de Pago que incluya un monto pagadero a un Subcontratista designado, el Ingeniero podrá solicitar al Contratista que demuestre razonablemente que el Subcontratista designado ha recibido todos los montos adeudados de conformidad con Certificados de Pago anteriores, menos las deducciones aplicables por retención u otros conceptos. A menos que el Contratista:
(ii) Presente al Ingeniero pruebas razonables que el Subcontratista designado ha sido notificado sobre el derecho del Contratista; el Contratante podrá (a su sola discreción) pagar, directamente al Subcontratista designado, parcial o totalmente, los montos certificados con anterioridad (menos las deducciones correspondientes) que sean pagaderos al Subcontratista designado y para los cuales el Contratista no haya presentado las pruebas que se señalan en los incisos (a) o (b) supra. En ese caso, el Contratista devolverá al Contratante el monto que éste haya pagado directamente al Subcontratista. |
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Salvo disposición en sentido diferente en las Especificaciones, el Contratista deberá encargarse de contratar a todo el personal y la mano de obra, de origen nacional o de otra procedencia, así como de su remuneración, alimentación, transporte, y cuando corresponda, alojamiento. Se alentará al Contratista a que, en la medida de lo posible y razonable, contrate dentro del País personal y mano de obra que cuenten con las calificaciones y la experiencia adecuadas. |
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El Contratista deberá pagar niveles salariales y adoptar condiciones de trabajo que no sean inferiores a los establecidos para la profesión o la industria donde se lleve a cabo el trabajo. De no haber niveles salariales ni condiciones laborales aplicables, el Contratista pagará niveles salariales y se ceñirá a condiciones que no resulten inferiores al nivel general de remuneraciones y condiciones observados localmente por Contratantes cuyo negocio o industria sean similares a los del Contratista. El Contratista informará a su Personal acerca de su obligación de pagar impuestos sobre la renta en el País respecto de sus sueldos, salarios, subsidios y cualesquiera otros beneficios gravables en virtud de las leyes del País vigentes en ese momento, y el Contratista cumplirá las obligaciones que por ley le correspondan en relación con las respectivas deducciones. |
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El Contratista no contratará, ni tratará de contratar, personal ni mano de obra que forme parte del Personal del Contratante. |
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El Contratista cumplirá todas las Leyes laborales pertinentes aplicables al Personal del Contratista, incluidas las Leyes en materia de empleo, salud, seguridad, bienestar social, inmigración y emigración, y permitirá que gocen de todos sus derechos legales. El Contratista exigirá a sus empleados que obedezcan las leyes aplicables, incluidas aquellas relacionadas con la seguridad en el lugar de trabajo. |
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En el Lugar de las Obras no se trabajará en días localmente reconocidos como de descanso ni fuera de las horas regulares de trabajo que se establezcan en los Datos del Contrato, a menos que:
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Salvo que se indique otra cosa en las Especificaciones, el Contratista proporcionará y mantendrá todas las instalaciones para alojamiento y bienestar social que sean necesarios para su personal. El Contratista también proporcionará instalaciones para el Personal del Contratante conforme se señala en las Especificaciones. El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida temporal o permanentemente dentro de las estructuras que conforman las Obras Permanentes. |
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El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones razonables para mantener la salud y la seguridad del Personal del Contratista. En colaboración con las autoridades sanitarias locales, el Contratista se asegurará de que el Lugar de las Obras y cualesquiera lugares de alojamiento para el Personal del Contratista y el Personal del Contratante estén siempre provistos de personal médico, instalaciones de primeros auxilios y servicios de enfermería y ambulancia, y de que se tomen medidas adecuadas para satisfacer todos los requisitos en cuanto a bienestar e higiene, así como para prevenir epidemias. El Contratista nombrará a un oficial de prevención de accidentes en el Lugar de las Obras, que se encargará de velar por la seguridad y la protección contra accidentes. Esa persona estará calificada para asumir dicha responsabilidad y tendrá autoridad para impartir instrucciones y tomar medidas de protección para evitar accidentes. Durante la ejecución de las Obras, el Contratista proporcionará todo lo que dicha persona necesita para ejercer esa responsabilidad y autoridad. El Contratista enviará al Ingeniero, a la mayor brevedad posible, información detallada sobre cualquier accidente que ocurra. El Contratista mantendrá un registro y hará informes acerca de la salud, la seguridad y el bienestar de las personas, así como de los daños a la propiedad, según lo solicite razonablemente el Ingeniero. Prevención del VIH/SIDA. El Contratista llevará a cabo un programa de concientización sobre el VIH/SIDA por medio de un proveedor de servicios aprobado, y tomará todas las demás medidas que se especifiquen en el Contrato para reducir el riesgo de transmisión del virus VIH entre el personal del Contratista y la comunidad local, promover diagnósticos oportunos y brindar asistencia a las personas afectadas. Durante la vigencia del Contrato (incluido el Período para la Notificación de Defectos), el Contratista (i) realizará campañas de comunicación con fines de información, educación y consulta (IEC), al menos cada dos meses, dirigidas a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras (incluidos todos los empleados del Contratista, los Subcontratistas y los empleados del Contratista o del Contratante, así como a todos los conductores y obreros que hagan entregas en el Lugar de las Obras para actividades de construcción) y a las comunidades locales adyacentes, sobre los riesgos, el peligro, el impacto y las medidas adecuadas para evitar las enfermedades transmitidas sexualmente - o infecciones transmitidas sexualmente en general y VIH/SIDA en particular; (ii) suministrará preservativos masculinos o femeninos a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras según corresponda; y (iii) ofrecerá servicios de examen, diagnóstico, asesoramiento y envío de casos a un programa nacional exclusivo sobre infecciones transmitidas sexualmente y VIH/SIDA (salvo que se acuerde de otra manera), a todo el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras. El Contratista incluirá en el programa que se presentará para la ejecución de las Obras en virtud de la Subcláusula 8.3 [Programa] un programa paliativo para el personal y la mano de obra del Lugar de las Obras y sus familiares, sobre infecciones y enfermedades transmitidas sexualmente, incluido el VIH/SIDA. En dicho programa se indicará la fecha, la manera y el costo que tenga previsto el Contratista para cumplir los requisitos que se señalan en esta Subcláusula y las especificaciones conexas. Para cada componente, el programa desglosará los recursos que se proporcionarán o utilizarán y cualquier subcontratación que se proponga. El programa incluirá asimismo una estimación de costos pormenorizada y la documentación correspondiente. El pago que recibirá el Contratista por elaborar y poner en marcha este programa no superará el Monto Provisional destinado a este fin. |
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Durante la ejecución de las Obras y posteriormente por el tiempo que sea necesario para cumplir las obligaciones del Contratista, éste proporcionará toda la supervisión necesaria para planificar, organizar, dirigir, administrar, inspeccionar y poner a prueba el trabajo. La labor de supervisión estará a cargo de un número suficiente de personas que posean conocimientos adecuados del idioma para comunicaciones (definido en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]) y de las operaciones que se llevarán a cabo (incluidos los métodos y técnicas requeridos, los posibles peligros y los métodos de prevención de accidentes), para la ejecución satisfactoria y segura de las Obras. |
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El Personal del Contratista contará con las calificaciones, aptitudes y experiencia adecuadas en sus respectivos campos de actividad u ocupaciones. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que despida (o que haga que se despida) a cualquier persona empleada en el Lugar de las Obras o en las Obras, incluido el Representante del Contratista si procede, quien:
Si procede, el Contratista nombrará (o hará que se nombre) en su reemplazo a otra persona adecuada. |
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El Contratista presentará al Ingeniero detalles sobre el número de cada una de las clases de miembros de su Personal y de cada tipo de Equipos que tiene en el Lugar de las Obras. Esos detalles se presentarán cada mes calendario, en la forma que apruebe el Ingeniero, hasta que el Contratista termine todos los trabajos que queden pendientes en la fecha de terminación que se señala en el Certificado de Recepción de la Obra. |
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El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones que sean necesarias para evitar cualquier conducta ilegal, o que altere o perturbe el orden por parte del Personal del Contratista o entre los miembros de dicho Personal, y para preservar la paz y la protección de las personas y los bienes que se encuentren en el Lugar de las Obras y los alrededores. |
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En la medida en que lo permitan las leyes aplicables, el Contratista podrá traer al País al personal extranjero que sea necesario para la ejecución de las Obras. El Contratista se asegurará que esas personas obtengan los visados de residencia y los permisos de trabajo necesarios. Si el Contratista así lo solicita, el Contratante hará todo lo posible para ayudarlo rápida y oportunamente a obtener los permisos locales, estatales, nacionales o gubernamentales que sean necesarios para traer al País dicho personal. El Contratista será responsable de que esos miembros del personal regresen a su lugar de contratación o a su domicilio. En el caso de que alguno de esos empleados o alguno de sus familiares fallezca en el País, el Contratista será igualmente responsable de hacer los arreglos necesarios para su regreso o entierro. |
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El Contratista se encargará de que se suministre al Personal del Contratista una cantidad suficiente de alimentos adecuados a precios razonables, conforme se señale en las Especificaciones, para los fines del Contrato o en relación con éste. |
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Tomando en cuenta las condiciones locales, el Contratista suministrará en el Lugar de las Obras una cantidad adecuada de agua potable y de otra clase para el consumo del Personal del Contratista. |
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El Contratista tomará, en todo momento, todas las precauciones necesarias para proteger a su Personal en el Lugar de las Obras contra plagas e insectos, y para disminuir los consiguientes peligros para la salud. El Contratista cumplirá todas las normativas de las autoridades sanitarias locales, incluido el uso de insecticidas adecuados. |
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Salvo en la medida autorizada por las leyes del País, el Contratista no importará, venderá, regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a bebidas alcohólicas o drogas, ni tampoco permitirá que su personal las importe, venda, regale, haga objeto de trueque o deseche. |
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El Contratista no regalará, hará objeto de trueque ni dará otro destino a armas o municiones de ningún tipo, ni tampoco permitirá que su Personal lo haga. |
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El Contratista respetará los días festivos, los días de descanso y las costumbres religiosas y de otra índole que se reconozcan en el País. |
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El Contratista será responsable, en la medida en que lo exija la legislación local, de hacer los preparativos de sepelio para cualquiera de sus empleados locales que fallezca mientras trabaja en las Obras. |
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El Contratista no empleará ninguna forma de "trabajo forzoso u obligatorio". Por "trabajo forzoso u obligatorio" se entiende todo trabajo o servicio, realizado de manera involuntaria, que se obtenga de una persona bajo amenaza de fuerza o sanción, e incluye cualquier tipo de trabajo forzoso u obligatorio, como trabajo servil, servidumbre laboral o contratos de trabajo similares. |
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El Contratista no empleará a ningún niño para que realice un trabajo que tenga características de explotación económica, pueda ser peligroso o pueda interferir en la educación del niño, o sea perjudicial para su salud o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. Cuando las leyes laborales del País del Contratante tengan normas para el empleo de menores, el Contratista deberá seguir dichas leyes aplicables al Contratista. Los menores de 18 años no podrán ser empleados en trabajos peligrosos. |
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El Contratista mantendrá un registro completo y preciso sobre el empleo de trabajadores en el Lugar de las Obras. El registro incluirá los nombres, edades, sexos, horas trabajadas y salarios de todos los trabajadores. El registro se resumirá una vez al mes y se enviará al Ingeniero. El registro se incluirá en los informes detallados que debe presentar el Contratista en virtud de la Subcláusula 6.10 [Registro del Personal y Equipos del Contratista]. |
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En países donde la ley nacional reconozca el derecho de los trabajadores a establecer y adherirse sin interferencia a organizaciones de su elección, y el derecho de negociación colectiva, el Contratista cumplirá con la ley nacional. En los casos en que la ley nacional restrinja las organizaciones de trabajadores, el Contratista se asegurará de que su personal tenga medios alternativos para expresar sus quejas y defender sus derechos en relación con las condiciones de trabajo y los términos de empleo. En cualquiera de los casos descritos anteriormente, y si la legislación laboral pertinente no se pronuncia al respecto, el Contratista no disuadirá a su Personal de constituir organizaciones de trabajadores, de afiliarse a las que deseen ni de negociar convenios colectivos, y no discriminará ni tomará represalias contra aquellos que participen o soliciten participar en dichas organizaciones y negocien convenios colectivos. El Contratista deberá tratar con esos representantes de los trabajadores. Cabe esperar que las organizaciones de trabajadores representen a estos de manera justa dentro de la plantilla. |
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El Contratista no deberá tomar decisiones basándose en características personas no relacionadas con requisitos inherentes al trabajo. El Contratista deberá basar la relación laboral en el principio de igualdad de oportunidad y trato justo, y no deberá discriminar en cuanto a contratación, compensación (incluyendo salaries y beneficios), condiciones de trabajo y términos de referencia, acceso a entrenamiento, ascensos, terminación de empleo o retiro y disciplina. El Contratista deberá cumplir con la ley en los países en los que la discriminación es prohibida. Cuando la ley nacional no incluya provisiones en cuanto a la discriminación, el Contratista deberá cumplir con los requerimientos de ésta Subcláusula. No se considerarán como actos de discriminación las medidas especiales de protección o asistencia tomadas para remediar discriminación pasada o selección de un trabajo en particular basado en requerimientos inherentes del trabajo. |
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El Contratista se encargará de la fabricación de los Equipos, la producción y fabricación de los Materiales y toda otra tarea de ejecución de las Obras:
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El Contratista presentará al Ingeniero, para su aprobación, las siguientes muestras de Materiales, e información pertinente, antes de usar los Materiales en o para las Obras:
Cada muestra se etiquetará según su origen y uso previsto en las Obras. |
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En toda oportunidad que se considere razonable, el Personal del Contratante:
El Contratista dará al personal del Contratante plena oportunidad de llevar a cabo dichas actividades, incluyendo el acceso, las facilidades, los permisos y el equipo de seguridad. Ninguna de estas actividades eximirá al Contratista de ninguna obligación o responsabilidad. El Contratista notificará al Ingeniero cuando se haya terminado cualquier trabajo y antes de cubrirlo, guardarlo o empaquetarlo para fines de almacenamiento o transporte. El Ingeniero llevará a cabo el examen, inspección, medición o prueba sin demoras injustificadas, o notificará rápidamente al Contratista que no es necesario hacerlo. Si el Contratista no hiciera la notificación, deberá, a solicitud del Ingeniero, y corriendo con los correspondientes gastos, descubrir los trabajos y posteriormente reponerlos a su estado anterior. |
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Esta Subcláusula se aplicará a todas las pruebas que se señalen en el Contrato, diferentes de las Pruebas Posteriores a la Terminación (si las hubiere). Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, el Contratista proporcionará todos los aparatos, asistencia, documentos e información adicional, electricidad, equipos, combustible, bienes consumibles, instrumentos, mano de obra, materiales y personal con las debidas calificaciones y experiencia que sean necesarios para realizar eficientemente las pruebas especificadas. El Contratista acordará con el Ingeniero la hora y el lugar para realizar las pruebas especificadas de cualesquiera Instalaciones, Materiales y otras partes de las Obras. El Ingeniero podrá, con arreglo a la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes], variar el sitio o los detalles de pruebas específicas, o instruir al Contratista que lleve a cabo pruebas adicionales. Si esas pruebas modificadas o adicionales reflejan que los Equipos, los Materiales o la mano de obra sometidos a prueba no se ajustan al Contrato, el costo de realización de dicha Variación correrá por cuenta del Contratista, sin perjuicio de las demás disposiciones del Contrato. El Ingeniero notificará al Contratista con al menos 24 horas de anticipación sobre su intención de presenciar las pruebas. Si el Ingeniero no se presenta en el lugar y a la hora acordados, el Contratista podrá proceder a realizar las pruebas, salvo que el Ingeniero indique otra cosa, y para los efectos se considerará que las pruebas se han realizado en presencia del Ingeniero. Si el Contratista sufre demoras y/o incurre en algún Costo por el cumplimiento de esas instrucciones o como resultado de una demora ocasionada por el Contratante, el Contratista notificará al Ingeniero y sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho a:
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o decidir al respecto. El Contratista enviará sin demora al Ingeniero informes debidamente certificados sobre las pruebas. Cuando se hayan aprobado las pruebas especificadas, el Ingeniero refrendará el certificado de pruebas del Contratista o le emitirá un certificado para tal efecto. Si el Ingeniero no presencia las pruebas, se considerará que éste ha aceptado los valores registrados como precisos. |
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Si, como resultado de un examen, inspección, medición o prueba, cualquiera de los Equipos, Materiales o elementos de mano de obra se consideran defectuosos o de otra forma no ceñidos al Contrato, el Ingeniero podrá rechazarlos mediante notificación al Contratista con la justificación correspondiente. En ese caso, el Contratista subsanará rápidamente el defecto y se asegurará que el elemento rechazado se ajuste al Contrato. Si el Ingeniero exige que se vuelvan a poner a prueba dichos Equipos, Materiales o elementos de mano de obra, las pruebas se repetirán bajo los mismos términos y condiciones. Si el rechazo y las pruebas adicionales obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], reembolsará dichos costos al Contratante. |
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Sin perjuicio de cualesquiera pruebas o certificaciones previas, el Ingeniero podrá instruir al Contratista que:
El Contratista acatará las instrucciones bien sea en un plazo razonable, que corresponderá (si lo hubiere) al que se especifique en la orden, o de manera inmediata si se señala el carácter urgente de conformidad con el inciso (c) anterior. Si el Contratista no cumple las instrucciones, el Contratante tendrá derecho a contratar y remunerar a otras personas para que hagan el trabajo. Salvo en la medida en que el Contratista hubiera tenido derecho a remuneración por el trabajo, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], pagará al Contratante todos los costos que se generen a raíz de esta deficiencia. |
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Salvo que se especifique de otra manera en el Contrato, y en la medida en que sea consistente con las Leyes del País, todos los Equipos y Materiales pasarán a ser propiedad del Contratante, libre de todo gravamen, en el que ocurra primero de los siguientes eventos:
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Salvo disposición en contrario en las Especificaciones, el Contratista pagará todas las regalías, rentas y demás pagos devengados por concepto de:
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A menos que se indique otra cosa en las Condiciones especiales, la Fecha de Inicio será la fecha en que se hayan cumplido las condiciones previas que se mencionan a continuación y el Contratista haya recibido la instrucción del Ingeniero en donde da constancia sobre el acuerdo de las Partes en que se han cumplido dichas condiciones y para que se inicien las Obras:
El Contratista comenzará la ejecución de las Obras tan pronto como sea razonablemente posible después de la Fecha de Xxxxxx, y procederá con las Obras con la diligencia debida y sin demoras. |
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El Contratista terminará todas las Obras, y cada Sección (si la hubiere), dentro del Plazo de Terminación de las Obras o la Sección (según sea el caso), incluidas:
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El Contratista presentará al Ingeniero un programa cronológico detallado dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la notificación con arreglo a la Subcláusula 8.1 [Inicio de las Obras]. El Contratista presentará asimismo un programa revisado en los casos en que el programa previo no sea consistente con el progreso real alcanzado o con las obligaciones del Contratista. Cada uno de los programas incluirá:
Salvo que el Ingeniero notifique al Contratista, dentro de un plazo de 21 días contados a partir de la fecha en que reciba un programa, sobre la medida en que dicho programa no se ajusta al Contrato, el Contratista procederá de conformidad con lo establecido en el programa, sujeto a sus demás obligaciones en virtud del Contrato. El Personal del Contratante tendrá derecho a planificar sus actividades en función del programa. El Contratista notificará sin demoras al Ingeniero acerca de cualquier posible acontecimiento o circunstancia futura que pueda afectar el trabajo de manera adversa, aumentar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Ingeniero podrá exigir al Contratista que presente un cálculo estimativo del efecto previsto de los posibles acontecimientos o circunstancias futuras, y/o una propuesta con arreglo a la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación]. Si, en cualquier momento, el Ingeniero notifica al Contratista que un programa no cumple (en la medida señalada) con el Contrato o no coincide con el progreso real alcanzado ni con las intenciones manifestadas por el Contratista, éste presentará al Ingeniero un programa revisado de conformidad con esta Subcláusula. |
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De conformidad con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], el Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de Terminación en el caso y en la medida en que la terminación para los efectos de la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones] se haya demorado o vaya a demorarse por cualquiera de las siguientes razones:
Si el Contratista considera que tiene derecho a una prórroga del Plazo de Terminación, notificará de ello al Ingeniero de conformidad con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista]. Al decidir cada prórroga en virtud de la Subcláusula 20.1, el Ingeniero revisará las decisiones previas y podrá aumentar, más no reducir, el tiempo total de prórroga. |
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En los casos en que se apliquen las condiciones que se enumeran a continuación, a saber:
dicha demora o interrupción se considerará causa de demora de conformidad con el inciso (b) de la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación]. |
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Si en cualquier momento:
por cualquier razón que no sean las que se enumeran en la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], entonces el Ingeniero podrá exigir al Contratista que presente, con arreglo a la Subcláusula 8.3 [Programa], un programa modificado y un informe complementario en el que se describan los métodos modificados que el Contratista tiene previsto adoptar para acelerar el progreso y terminar las Obras dentro del Plazo de Terminación. Salvo que el Ingeniero notifique otra cosa, el Contratista adoptará esos métodos modificados, que podrán requerir aumentos en las horas de trabajo y/o en el número de miembros del Personal del Contratista y/o de Bienes, bajo el riesgo y expensas del Contratista. Si esos métodos modificados obligan al Contratante a incurrir en costos adicionales, el Contratista, sujeto a la notificación establecida en la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], pagará dichos costos al Contratante, además de una indemnización por demora (si corresponde) en virtud de la Subcláusula 8.7 infra. Los costos adicionales de los métodos revisados incluyendo medidas para acelerar el progreso, exigidas por el Ingeniero para reducir los atrasos resultantes de las razones enumeradas en la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación] deberán ser pagadas por el Contratante sin generar, sin embargo, ningún beneficio de pago adicional al Contratista. |
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Si el Contratista no cumple con lo dispuesto en la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación], el Contratista deberá indemnizar al Contratante por dicho incumplimiento, con arreglo a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante]. La indemnización por demora corresponderá al monto que se señale en los Datos Contractuales, que se pagará por cada día que transcurra entre la fecha de vencimiento del Plazo de Terminación pertinente y la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de Obra. Sin embargo, el importe total adeudado con arreglo a esta Subcláusula no superará el monto máximo estipulado en los Datos Contractuales para indemnización por demora (si lo hubiere). Esta indemnización por demora será la única indemnización que deberá pagar el Contratista por dicho incumplimiento, salvo en el caso de terminación del Contrato en virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], antes de la terminación de las Obras. Las indemnizaciones mencionadas no eximirán al Contratista de su obligación de terminar las Obras ni de otros deberes, obligaciones o responsabilidades que tenga en virtud del Contrato. |
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El Ingeniero podrá en cualquier momento exigir al Contratista que suspenda total o parcialmente las Obras. Durante dicha suspensión, el Contratista protegerá, guardará y resguardará la Obra o la correspondiente parte de la misma contra deterioros, pérdidas o daños. El Ingeniero también podrá notificar la causa de la suspensión. Siempre y cuando se notifique la causa y ésta sea responsabilidad del Contratista, no se aplicarán las siguientes Subcláusulas 8.9, 8.10 y 8.11. |
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Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo por cumplir las instrucciones del Ingeniero en virtud de la Subcláusula 8.8 [Suspensión de las Obras] y/o por reanudar los trabajos, notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto. El Contratista no tendrá derecho a una prórroga del plazo, ni al pago del Costo, en que incurra para corregir las consecuencias derivadas de diseños, mano de obra o materiales defectuosos atribuibles al Contratista o al incumplimiento del Contratista en cuanto a proteger, guardar o resguardar las Obras de conformidad con la Subcláusula 8.8 [Suspensión de las Obras]. |
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El Contratista tendrá derecho a recibir un pago por el valor (a la fecha de la suspensión) de los Equipos y/o los Materiales que no se hayan entregado en el Lugar de las Obras, si:
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Si la suspensión prevista en la Subcláusula 8.8 [Suspensión de las Obras] continúa por más de 84 días, el Contratista podrá pedir permiso al Ingeniero para proceder con los trabajos. Si el Ingeniero no concede dicho permiso dentro de un plazo de 28 días a partir de la solicitud, el Contratista, mediante notificación al Ingeniero, podrá considerar la suspensión como una omisión de la parte afectada de las Obras en virtud de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. Si la suspensión afecta la totalidad de las Obras, el Contratista podrá hacer una notificación de terminación con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista]. |
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Después de que se conceda el permiso o instrucción para proceder con los trabajos, el Contratista y el Ingeniero examinarán conjuntamente las Obras, los Equipos y los Materiales afectados por la suspensión. El Contratista subsanará cualquier deterioro, defecto o pérdida ocasionado en las Obras, los Equipos o los Materiales durante la suspensión luego de recibir del Ingeniero la respectiva orden según la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. |
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El Contratista llevará a cabo las Pruebas a la Terminación de acuerdo con lo dispuesto en esta Cláusula y en la Subcláusula 7.4 [Pruebas], tras suministrar los documentos de conformidad con el inciso (d) de la Subcláusula 4.1 [Obligaciones Generales del Contratista]. El Contratista notificará al Ingeniero con al menos 21 días de anticipación sobre la fecha a partir de la cual el Contratista podrá realizar cada una de las Pruebas a la Terminación. Salvo que se convenga en otra cosa, las Pruebas a la Terminación se llevarán a cabo dentro de los 14 días posteriores a dicha fecha, o en el o los días que indique el Ingeniero. Al considerar los resultados de las Pruebas a la Terminación, el Ingeniero hará lugar a un margen para tener en cuenta el efecto que pueda tener en el desempeño y otras características de las Obras cualquier uso de las mismas por parte del Contratante. Tan pronto como las Obras o una Sección de las mismas hayan aprobado cualesquiera Pruebas a la Terminación, el Contratista presentará al Ingeniero un informe certificado de los resultados de dichas pruebas. |
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Si el Contratante demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, se aplicarán la Subcláusula 7.4 [Pruebas] (inciso quinto) y/o la Subcláusula 10.3 [Interferencia con las Pruebas a la Terminación]. Si el Contratista demora indebidamente las Pruebas a la Terminación, el Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que lleve a cabo las pruebas dentro de 21 días después de recibida dicha notificación. El Contratista realizará las pruebas en el día o los días que determine dentro de ese plazo y notificará de ello al Ingeniero. Si el Contratista no lleva a cabo las Pruebas a la Terminación dentro del plazo de 21 días, el Personal del Contratante podrá proceder con las pruebas, a riesgo y expensas del Contratista. En ese caso se considerará que las Pruebas a la Terminación se han realizado en presencia del Contratista, y los respectivos resultados se aceptarán como precisos. |
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Si las Obras, o una Sección, no pasan las Pruebas a la Terminación, se aplicará la Subcláusula 7.5 [Rechazo], y el Ingeniero o el Contratista podrán exigir que se repitan las pruebas fallidas y las Pruebas a la Terminación sobre cualquier trabajo conexo bajo los mismos términos y condiciones. |
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Si las Obras, o una Sección, no aprueban las Pruebas a la Terminación que se hayan repetido en virtud de la Subcláusula 9.3 [Repetición de las Pruebas], el Ingeniero tendrá derecho a:
En caso del inciso (c) anterior, el Contratista procederá de conformidad con todas las demás obligaciones contraídas en virtud del Contrato, y el Precio del Contrato se reducirá en la proporción que sea adecuada para cubrir el valor reducido para el Contratante como consecuencia de esta falla. A menos que en el Contrato se señale la reducción pertinente por la falla (o se defina su método de cálculo), el Contratante podrá exigir que la reducción sea: (i) convenida entre ambas Partes (solamente para subsanar en forma integral dicha falla) y que se pague antes de que se emita el correspondiente Certificado de Recepción de Obra, o (ii) decidida y pagada con arreglo a las Subcláusulas 2.5 [Reclamaciones del Contratante] y 3.5 [Decisiones]. |
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Salvo en los casos que se contemplan en la Subcláusula 9.4 [Fracaso de las Pruebas a la Terminación], el Contratante recibirá las Obras (i) cuando se hayan terminado de conformidad con el Contrato, incluidos los asuntos que se señalan en la Subcláusula 8.2 [Plazo de Terminación], a excepción de los casos permitidos que figuran en el inciso (a) infra; y (ii) cuando se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra, o se lo considere emitido de conformidad con esta Subcláusula. El Contratista podrá solicitar un Certificado de Recepción de Obra mediante notificación al Ingeniero como mínimo 14 días antes de que a juicio del Contratista las Obras sean terminadas y listas para la recepción. Si las Obras están divididas en Secciones, el Contratista podrá igualmente solicitar un Certificado de Recepción de Obra por cada Sección. Dentro un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que reciba la solicitud del Contratista, el Ingeniero deberá:
Si el Ingeniero no emite el Certificado de Recepción de Obra o no rechaza la solicitud del Contratista dentro del plazo de 28 días, y si las Obras o la Sección (conforme proceda) se ajustan sustancialmente al Contrato, el Certificado de Recepción de Obra se considerará emitido el último día de ese plazo. |
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El Ingeniero podrá, a la sola discreción del Contratante, emitir un Certificado de Recepción de Obra para cualquier parte de las Obras Permanentes. El Contratante no podrá usar ninguna parte de las Obras (excepto como medida temporal definida en el Contrato o acordada por ambas Partes) salvo y hasta que el Ingeniero haya emitido un Certificado de Recepción de Obra para esa parte. Sin embargo, si el Contratante usa alguna parte de las Obras antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra:
Después de que el Ingeniero emita un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las Obras, se dará al Contratista la más pronta oportunidad para tomar las medidas necesarias a fin de llevar a cabo las Pruebas a la Terminación que queden pendientes. El Contratista realizará dichas pruebas tan pronto como sea posible antes de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente. Si el Contratista incurre en algún Costo como resultado de la recepción y/o el uso de una parte de las Obras por parte del Contratante, aparte de los usos que se especifiquen en el Contrato o que acuerde el Contratista, éste (i) notificará al Ingeniero; y (ii) con sujeción a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista] tendrá derecho al pago de dicho Costo más utilidades, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. Tras recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el costo y las utilidades. Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una parte de las Obras (que no sea una Sección), se deberá reducir la indemnización por demora correspondiente a la terminación del resto de las Obras. Asimismo, se deberá reducir la indemnización por demora correspondiente al resto de la Sección (si procede) en la que se incluya esta parte. Para cualquier período de demora que transcurra después de la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, la reducción proporcional de estas indemnizaciones por demora se calculará como la proporción entre el valor certificado de la parte y el valor total de las Obras o la Sección (conforme proceda). El Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer esas proporciones. Las disposiciones contenidas en este inciso se aplicarán únicamente a la tarifa diaria de indemnizaciones por demora con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Indemnización por Demora] y no afectarán el monto máximo de dichas indemnizaciones. |
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Si el Contratista se ve impedido de realizar, por más de 14 días, las Pruebas a la Terminación por causa del Contratante, se considerará que el Contratante ha recibido las Obras o la Sección (según proceda) en la fecha en que de otra forma se habrían concluido las Pruebas a la Terminación. En ese caso, el Ingeniero emitirá el Certificado de Recepción de Obra correspondiente, y el Contratista realizará las Pruebas a la Terminación tan pronto como sea posible, antes de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos. El Ingeniero exigirá la realización de las Pruebas a la Terminación, notificando para ello con una antelación de 14 días y de conformidad con las disposiciones pertinentes del Contrato. Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en algún Costo como resultado de la demora en la realización de las Pruebas a la Terminación, notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir la notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto. |
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Salvo indicación en contrario en el Certificado de Recepción de Obra, un certificado correspondiente a una Sección o parte de las Obras no será considerado que certifica la terminación de algún suelo u otras superficies que requieran reacondicionamiento. |
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A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá:
Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista. |
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Los trabajos que se mencionan en el inciso (b) de la Subcláusula 11.1 [Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos] se llevarán a cabo a riesgo y expensas del Contratista, si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a:
Si, y en la medida en que, dichos trabajos se atribuyan a cualquier otra causa, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará sin demora al Contratista y se aplicará la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación]. |
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Con sujeción a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], el Contratante tendrá derecho a una prórroga del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a una Sección si, y en la medida en que, las Obras, la Sección o un elemento importante de los Equipos (según corresponda y después de la recepción) no puedan utilizarse para los fines que fueron concebidos debido a algún daño o defecto atribuible al Contratista. Sin embargo, el Plazo para la Notificación de Defectos no podrá prorrogarse por más de dos años. Si se suspendiera la entrega y/o el montaje de los Equipos y/o Materiales de conformidad con las Subcláusulas 8.8 [Suspensión de los Trabajos] o 16.1 [Derecho del Contratista de Suspender los Trabajos], las obligaciones del Contratista en virtud de esta Cláusula no se aplicarán a ninguno de los daños o defectos que ocurran más de dos años después del momento en el que, de lo contrario, habría vencido el respectivo Plazo para la Notificación de Defectos de las Instalaciones y Materiales. |
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Si el Contratista no subsana cualesquiera daños o defectos en un plazo razonable, el Contratante (o alguien en su nombre) podrá fijar una fecha límite para ello. Dicha fecha deberá ser notificada al Contratista con una antelación razonable. Si el Contratista no repara el daño o defecto para la fecha que se señala en la notificación, y los trabajos de reparación debieron realizarse por cuenta del Contratista de conformidad con la Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Contratante podrá (a su opción):
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Si el defecto o daño no pueden repararse rápidamente en el Lugar de las Obras y el Contratante así lo aprueba, el Contratista podrá retirar del Lugar de las Obras los elementos defectuosos o dañados de los Equipos con el fin de repararlos. El consentimiento del Contratante puede obligar al Contratista a aumentar el monto de la Garantía de Cumplimiento en una suma igual al costo total de reposición de esos elementos o a proporcionar otra garantía adecuada. |
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Si los trabajos de reparación de cualquier daño o defecto afectan el funcionamiento de las Obras, el Ingeniero podrá exigir que se repita cualquiera de las pruebas contempladas en el Contrato. Para ello, deberá hacerse una notificación en un plazo de 28 días contados a partir de la fecha de reparación del daño o defecto. Estas pruebas se llevarán a cabo bajo las mismas condiciones que las anteriores, excepto que dichas pruebas se llevarán a cabo a riesgo y expensas de la Parte responsable, con arreglo a la Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], para el costo del trabajo de reparación. |
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Hasta tanto se emita el Certificado de Cumplimiento, el Contratista tendrá derecho de acceso a las Obras, según sea razonablemente necesario para cumplir con lo dispuesto en esta Cláusula, salvo en la medida en que sea inconsistente con restricciones razonables de seguridad del Contratante. |
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El Contratista buscará, a solicitud del Ingeniero, la causa de cualquier defecto, bajo la dirección de éste. A no ser que los costos de reparación corran por cuenta del Contratista con arreglo a la Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos], el Costo de la búsqueda más utilidades serán acordados o determinados por el Ingeniero de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] y se incluirán en el Precio del Contrato. |
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Se considerará que el Contratista ha cumplido todas sus obligaciones cuando el Ingeniero emita el Certificado de Cumplimiento, en el que se indicará la fecha en que el Contratista cumplió sus obligaciones en virtud del Contrato. El Ingeniero emitirá el Certificado de Cumplimiento dentro de 28 días después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la Notificación de Defectos, o tan pronto cuando, después de dicha fecha, el Contratista haya suministrado todos los Documentos del Contratista y haya terminado y puesto a prueba todas las Obras, incluida la reparación de cualesquiera defectos. Se emitirá una copia del Certificado de Cumplimiento al Contratante. Se considerará que únicamente el Certificado de Cumplimiento constituye la aceptación de las Obras. |
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Después de emitido el Certificado de Cumplimiento, cada una de las Partes seguirá responsable del cumplimiento de cualquier obligación que quede pendiente en ese momento. A los efectos de la determinación de la naturaleza y la medida de las obligaciones incumplidas, se considerará que el Contrato sigue vigente. |
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Tras recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista removerá del Lugar de las Obras cualquier Equipo del Contratista remanente, así como los materiales excedentes, escombros, desechos y Obras Temporales. Si todos estos elementos siguen en el Lugar de las Obras 28 días después de que el Contratista haya recibido el Certificado de Cumplimiento, el Contratante podrá venderlos o deshacerse de los mismos. El Contratante tendrá derecho a recibir un pago por concepto de los costos incurridos en relación con, o atribuibles a, dicha venta o eliminación y con el reacondicionamiento del Lugar de las Obras. Se pagará al Contratista cualquier saldo remanente del monto de la venta. Si dicho monto es inferior a los costos del Contratante, el Contratista reembolsará al Contratante la diferencia. |
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Las Obras se medirán y evaluarán para su pago, de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula. El Contratista deberá mostrar en cada certificado según las Subcláusulas 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales], 14.10 [Declaración de Terminación], y 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] las cantidades y otros detalles relacionando los montos que considere que le corresponden según el Contrato. Cuando el Ingeniero requiera que sea medida cualquier parte de las Obras, se notificará de ello con antelación razonable al Representante del Contratista, quien deberá:
Si el Contratista no asiste al Ingeniero o no envía a un representante, la medición que haga el Ingeniero (o que se haga en su nombre) se aceptará y dará por exacta. Salvo estipulación diferente en el Contrato, cuando se deban medir cualquiera de las Obras Permanentes a partir de registros, éstos serán preparados por el Ingeniero. Cuando y como le sea solicitado, el Contratista acudirá a revisar y acordar los registros con el Ingeniero, para posteriormente firmarlos una vez acordados. Si el Contratista no se presenta, los registros serán aceptados como exactos. Si el Contratista examina los registros y no está de acuerdo con ellos, o no los firma según lo acordado, notificará al Ingeniero sobre los aspectos que considere inexactos. Tras recibir esa notificación, el Ingeniero revisará los registros y los confirmará o modificará, y certificará el pago de las partes que no se encuentran en discusión. Si el Contratista no notifica al respecto al Ingeniero dentro de un plazo de 14 días contados a partir de la solicitud de examinar los registros, éstos serán aceptados como exactos. |
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Salvo indicación en sentido diferente en el Contrato y sin perjuicio de las prácticas locales:
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Salvo disposición en otro sentido en el Contrato, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o determinar el Precio del Contrato mediante la evaluación de cada componente de trabajo, aplicando para ello la medición acordada o determinada de acuerdo con las Subcláusulas 12.1 y 12.2 supra y la tarifa pertinente o el precio para el componente. Para cada componente de trabajo, la tarifa apropiada o el precio serán las que se especifiquen en el Contrato para el componente en cuestión o, en su defecto, las que se especifiquen para trabajos similares. Cualquier componente de trabajo que se incluya en la Lista de Cantidades sin precio ni tarifa especificados se considerará incluido en las demás tarifas o precios de la Lista de Cantidades y no será pagado por separado. Sin embargo, será apropiado especificar una nueva tarifa o precio para un componente de trabajo si:
o
Todas las tarifas o precios nuevos se derivarán de cualquier tarifa o precio pertinente del Contrato, haciendo los ajustes razonables para tomar en cuenta los aspectos que figuran en los incisos (a) o (b), según proceda. De no haber tarifas ni precios relevantes para derivar unos nuevos, éstos se derivarán en función del Costo razonable de ejecutar los trabajos, más utilidades, tomando en cuenta cualquier otro aspecto pertinente. Hasta tanto se acuerde o se determine la tarifa o el precio adecuado, el Ingeniero establecerá una tarifa o precio provisional para los fines de los Certificados de Pago Provisionales, tan pronto como se inicien los trabajos pertinentes. |
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Siempre que la omisión de cualquier trabajo forme parte de una Variación (o constituya una Variación total), cuyo valor no se haya acordado, si:
entonces el Contratista notificará debidamente al Ingeniero, con información de apoyo. Una vez que reciba esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer este costo, monto que se incluirá en el Precio del Contrato. |
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El Ingeniero podrá iniciar Variaciones en cualquier momento antes de que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras, bien sea mediante una orden o una solicitud dirigida al Contratista para que presente una propuesta. El Contratista ejecutará cada una de las Variaciones, con carácter obligatorio, a no ser que envíe sin demora al Ingeniero una notificación en la que indique (con documentos de apoyo) que: (i) no puede obtener inmediatamente los Bienes requeridos para la Variación, o (ii) dicha Variación ocasiona un cambio sustancial en la secuencia o progreso de las Obras. Una vez recibida esa notificación, el Ingeniero anulará, confirmará o variará la orden. Las Variaciones pueden incluir:
El Contratista no alterará ni modificará las Obras Permanentes, a menos y hasta cuando el Ingeniero ordene o apruebe una Variación. |
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El Contratista podrá, en cualquier momento, presentar al Ingeniero una propuesta escrita que (a su juicio), si se adopta, (i) acelerará la terminación de las Obras, (ii) reducirá el costo que supone para el Contratante la ejecución, el mantenimiento y el funcionamiento de las Obras, (iii) mejorará la eficiencia o el valor que representan para el Contratante las Obras terminadas, o (iv) de otra forma será de beneficio para el Contratante. La propuesta se elaborará corriendo por cuenta del Contratista los costos correspondientes, e incluirá los componentes que se enumeran en la Subcláusula 13.3 [Procedimiento de Variación]. Si el Ingeniero aprueba una propuesta que incluye un cambio en el diseño de parte de las Obras Permanentes, entonces salvo que ambas Partes acuerden algo diferente:
No obstante, si el monto (i) es inferior al monto (ii), no se incluirá ningún pago. |
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Si el Ingeniero solicita una propuesta, antes de ordenar una Variación, el Contratista responderá por escrito tan pronto como sea posible, señalando las razones por las que no puede cumplir (si ese es el caso), o bien presentando:
Tras recibir dicha propuesta (en virtud de la Subcláusula 13.2 [Ingeniería de Valor] o de otra forma), el Ingeniero responderá, tan pronto como sea posible, dando aprobación, desaprobando la propuesta o dando comentarios. El Contratista no demorará ningún trabajo mientras espera una respuesta. Las instrucciones para ejecutar una Variación, junto con cualesquiera de los requisitos para el registro del Costo, serán impartidas por el Ingeniero al Contratista, quien deberá acusar recibo. Cada Variación se evaluará de conformidad con la Cláusula 12 [Medición y Evaluación], salvo que el Ingeniero solicite o apruebe otra cosa de conformidad con esta Cláusula. |
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Si el Contrato contempla el pago del Precio del Contrato en más de una moneda, entonces en el momento en que se acuerde, apruebe o determine un ajuste, de conformidad con lo que se señala supra, se especificará el monto pagadero en cada una de las monedas aplicables. Para tales efectos, se hará referencia tanto a las proporciones reales o previstas de las monedas en el Costo del trabajo modificado, como a las proporciones de las diferentes monedas estipuladas para el pago del Precio del Contrato. |
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Cada Monto Provisional se usará, total o parcialmente, solamente de conformidad con las instrucciones del Ingeniero, y el Precio del Contrato se ajustará en forma acorde. La suma total pagada al Contratista incluirá únicamente los montos correspondientes a trabajos, insumos o servicios a que se refiera el Monto Provisional que indique el Ingeniero. Para cada Monto Provisional, el Ingeniero podrá dar indicaciones en cuanto a:
A solicitud del Ingeniero, el Contratista presentará cotizaciones, facturas, comprobantes y cuentas o recibos para fines de verificación. |
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Para trabajos menores o de carácter incidental, el Ingeniero podrá ordenar que se ejecute una Variación como Trabajos por Día. El trabajo se evaluará de conformidad con el Listado de Trabajos por Día que se incluye en el Contrato y se ceñirá al procedimiento que se indica a continuación. De no incluirse en el Contrato ningún Listado de Trabajos por Día, esta Subcláusula no se aplicará. Antes de ordenar Bienes para los trabajos, el Contratista presentará cotizaciones al Ingeniero. Al solicitar un pago, el Contratista presentará facturas, comprobantes y cuentas o recibos de los Bienes. A excepción de los componentes para los que en el Listado de Trabajos por Día especifique que no corresponde pago, el Contratista entregará diariamente al Ingeniero declaraciones precisas en duplicado, que incluirán los siguientes detalles sobre los recursos utilizados en la ejecución de los trabajos del día anterior, a saber:
El Ingeniero firmará y devolverá al Contratista una copia de cada declaración que sea correcta o sea convenida. Posteriormente, el Contratista presentará al Ingeniero declaraciones con los precios de estos recursos, antes de incluirlos en la próxima Declaración de conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales]. |
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El Precio del Contrato se ajustará a fin de reflejar cualquier aumento o reducción en el Costo que se produzca a raíz de un cambio en las Leyes del País (incluidas la introducción de nuevas Leyes y la derogación o modificación xx Xxxxx vigentes) o un cambio en la interpretación judicial o gubernamental oficial de dichas Leyes, después de la Fecha Base, que afecte el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Contratista en virtud del Contrato. Si el Contratista sufre (o sufrirá) una demora o incurre (o incurrirá) en Costos adicionales como consecuencia de esos cambios en las Leyes o en dichas interpretaciones, que se realicen después de la Fecha Base, el Contratista notificará de ello al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista no tendrá derecho a la prórroga mencionada si la demora correspondiente ya ha sido tomada en cuenta para establecer una ampliación de plazo anterior, ni el Costo se pagará por separado si dicho monto ya se ha tomado en cuenta en la indexación de cualesquiera datos en el cuadro de datos de ajuste de conformidad con las disposiciones de la Subcláusula 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo]. |
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En esta Subcláusula, “cuadro de datos de ajuste” significa el cuadro completo de los datos de ajuste correspondientes a monedas local y extranjera que se incluyen en los Formularios. De no existir dicho cuadro de datos de ajuste, esta Subcláusula no se aplicará. Si se aplica esta Subcláusula, los montos pagaderos al Contratista se ajustarán por alzas o bajas en el costo de la mano de obra, los Bienes y otros insumos de las Obras, mediante la suma o resta de los montos establecidos en las fórmulas que se establecen en esta Subcláusula. En la medida en que las disposiciones de esta u otras Cláusulas no contemplen la compensación total por alzas o bajas de los Costos, se considerará que el Monto Contractual Aceptado incluye las sumas para cubrir las contingencias de otros aumentos o reducciones en los costos. El ajuste que se aplicará al monto de otra forma pagadero al Contratista, conforme se valore de acuerdo con el Formulario adecuado y se certifique en los Certificados de Pago, se calculará a partir de las fórmulas para cada una de las monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato. No se aplicarán ajustes a los trabajos valorados en función del Costo o precios vigentes. Las fórmulas serán del siguiente tipo general:
donde: "Pn" es el factor multiplicador de ajuste que se aplicará al valor contractual estimativo en la moneda pertinente del trabajo realizado en el período “n”, siendo este período de un mes, salvo otra indicación en los Datos Contractuales; "a" es un coeficiente fijo, que se indica en el cuadro de datos de ajuste pertinente y representa la porción no ajustable de los pagos contractuales; "b", "c", "d", etc. son coeficientes que representan la proporción estimada de cada elemento de costo relacionado con la ejecución de las Obras, tal como se indica en el cuadro de datos de ajuste correspondiente; dichos elementos de costo tabulados pueden ser indicativos de recursos tales como mano de obra, equipos y materiales; "Ln", "En", "Mn", etc. representan los índices de costos vigentes o los precios de referencia para el período "n", expresados en la moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento de costo tabulado en la fecha correspondiente a 49 días antes del último día del período (al cual se refiera el respectivo Certificado de Pago); y "Lo", "Eo", "Mo", etc. representan los índices de costo base o los precios de referencia, expresados en la moneda de pago correspondiente, cada uno de los cuales es aplicable al elemento relevante de costo tabulado en la Fecha Base. Se usarán los índices de costos o precios de referencia que figuran en el cuadro de datos de ajuste. Si su fuente estuviese en duda, el Ingeniero determinará lo que corresponda. Para tal fin, se hará referencia al valor de los índices en fechas determinadas a efectos de clarificar la fuente; si bien es posible que esas fechas (y por ende esos valores) puedan no corresponder a los índices de costo base. En los casos en que la “moneda del índice” no sea la moneda de pago pertinente, cada índice será convertido a la moneda de pago pertinente al tipo de venta, establecida por el banco central del País, correspondiente a esta moneda en la fecha anterior para la cual se requiera que el índice sea aplicable. Hasta el momento en que se disponga de cada uno de los índices de costos vigentes, el Ingeniero establecerá un índice provisional para emitir los Certificados de Pago Provisionales. Cuando se cuente con un índice de costo vigente, el ajuste se recalculará según corresponda. Si el Contratista no termina las Obras dentro del Plazo de Terminación, los ajustes de precios posteriores se harán utilizando (i) cada índice o precio aplicable 49 días antes del vencimiento del Plazo de Terminación de las Obras, o (ii) el índice o precio vigentes; de ambos, el que resulte más favorable para el Contratante. Las ponderaciones (coeficientes) de cada factor de costo indicado en el cuadro o cuadros de datos de ajuste se ajustarán únicamente si se vuelven irrazonables, desequilibrados o inaplicables a raíz de Variaciones. |
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Salvo que se indique otra cosa en las Condiciones Especiales:
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El Contratante hará un pago anticipado, en forma xx xxxxxxxx sin intereses para fines de movilización y apoyo de flujo de caja, cuando el Contratista suministre una garantía de conformidad con esta Subcláusula. El total del pago anticipado, el número y la frecuencia de las cuotas (en caso de que sea más de una) y las monedas y proporciones aplicables se indicarán en los Datos Contractuales. Salvo y hasta que el Contratante reciba esta garantía, o si en los Datos Contractuales no se indica el total del pago anticipado, esta Subcláusula no se aplicará. El Ingeniero entregará al Contratista y al Contratante un Certificado de Pago Provisional correspondiente al pago anticipado o a su primera cuota después de que reciba una Declaración (en virtud de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pagos Provisionales]) y después de que el Contratante reciba (i) la Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Subcláusula 4.2 [Garantía de Cumplimiento] y (ii) una garantía por montos y monedas equivalentes al pago anticipado. Esta garantía será emitida por un banco o entidad financiera de prestigio elegida por el Contratante, y se presentará de acuerdo con el formulario anexo a las Condiciones Especiales u otro formulario aprobado por el Contratante. El Contratista se asegurará que la garantía sea válida y exigible hasta que se reembolse el pago anticipado, pero su monto será reducido en forma gradual en una suma igual a la de los reembolsos abonados por el Contratista conforme se indique en los Certificados de Pago. Si en los términos de la garantía se especifica su fecha de vencimiento, y el pago anticipado no se ha reembolsado a más tardar 28 días antes de esa fecha, el Contratista prorrogará la validez de dicha garantía hasta que el pago anticipado haya sido reembolsado. Salvo indicación diferente en los Datos del Contrato, el pago anticipado será reembolsado mediante deducciones porcentuales de los pagos provisionales establecidos por el Ingeniero de conformidad con la Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales], de la siguiente manera:
Si el pago anticipado no se ha reembolsado antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra o antes de la terminación del Contrato con arreglo a la Cláusula 15 [Terminación por parte del Contratante], la Cláusula 16 [Suspensión y Terminación por parte del Contratista] o la Cláusula 19 [Fuerza Mayor] (conforme proceda), la totalidad del saldo pendiente será inmediatamente debido y, en caso de terminación según lo dispuesto en la Cláusula 15 [Terminación por el Contratante] y Subcláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], pagadero por el Contratista al Contratante. |
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El Contratista presentará al Ingeniero a finales de cada mes una Declaración en seis copias, en la forma que apruebe el Ingeniero, en la que figuren de manera detallada los montos a los que considere tener derecho, junto con la documentación de apoyo que incluirá el informe de avance mensual de conformidad con la Subcláusula 4.21 [Informes de Avance]. La Declaración incluirá los siguientes elementos, según corresponda, que se expresarán en las diferentes monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato y en la secuencia indicada a continuación:
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Si el Contrato incluye un calendario de pagos en el que se especifiquen las cuotas en que se pagará el Precio del Contrato, entonces, salvo indicación en otro sentido en dicho calendario:
Si el Contrato no incluye un calendario de pagos, el Contratista presentará cifras estimativas no obligatorias de los pagos que prevé serán pagaderos cada trimestre. La primera cifra estimativa se presentará dentro de un plazo de 42 días contados a partir de la Fecha de Inicio. Cada trimestre se presentarán cifras estimativas revisadas, hasta que se emita el Certificado de Recepción de Obra para las Obras. |
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En el caso de que se aplique esta Subcláusula, los Certificados de Pago Provisionales incluirán, con arreglo al inciso (e) de la Subcláusula 14.3, (i) un monto por concepto de los Equipos y Materiales que se hayan enviado al Lugar de las Obras para incorporarlos en las Obras Permanentes, y (ii) una reducción en los casos en que el valor contractual de dichos Equipos y Materiales esté incluido como parte de las Obras Permanentes con arreglo al inciso (a) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales]. Esta Subcláusula no se aplicará si las listas mencionadas en los incisos (b)(i) o (c)(i) infra no se incluyen en los Formularios. El Ingeniero determinará y certificará cada adición si se cumplen las siguientes condiciones:
y, o bien:
o:
El monto adicional que se ha de certificar será el equivalente del 80% del costo que establezca el Ingeniero para los Equipos y Materiales (incluida la entrega en el Lugar de las Obras), tomando en cuenta los documentos que se mencionan en esta Subcláusula y el valor contractual de dichos Equipos y Materiales. Las monedas de este monto adicional serán las mismas que las correspondientes al monto que se volverá pagadero cuando se incluya el valor contractual con arreglo al inciso (a) de la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales]. En ese momento, el Certificado de Pago incluirá la reducción aplicable que será equivalente a este monto adicional para los Equipos y Materiales pertinentes y se expresará en las mismas monedas y proporciones que dicho monto. |
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No se certificará ni pagará ningún monto hasta que el Contratante haya recibido y aprobado la Garantía de Cumplimiento. Posteriormente, el Ingeniero entregará al Contratante y al Contratista, dentro de un plazo de 28 días después de recibir una Declaración y documentos justificativos, un Certificado de Pago Provisional en el que se indicará el monto que el Ingeniero determine con criterio justo que es pagadero, junto con información complementaria de cualquier deducción o retención realizadas por el Ingeniero en la Declaración, si los hubiere. Sin embargo, antes de emitir el Certificado de Recepción de Obra, el Ingeniero no estará obligado a emitir un Certificado de Pago Provisional por un monto que (después de retenciones y otras deducciones) sea inferior al monto mínimo establecido en los Datos Contractuales para los Certificados de Pago Provisionales (si los hubiere). En ese caso, el Ingeniero notificará apropiadamente al Contratista. No se retendrán Certificados de Pago Provisionales por ninguna otra razón, aunque:
El Ingeniero podrá, en cualquier Certificado de Pago, hacer cualquier corrección o modificación que hubiera debido hacerse en un Certificado de Pago anterior. Los Certificados de Pago Provisionales no se considerarán como indicativos de la aceptación, aprobación, consentimiento o satisfacción del Ingeniero. |
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El Contratante pagará al Contratista:
El pago del monto adeudado en cada moneda se hará en la cuenta bancaria que designe el Contratista en el país de pago (para esta moneda) que se especifique en el Contrato. |
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Si el Contratista no recibe un pago de conformidad con la Subcláusula 14.7 [Pagos], el Contratista tendrá derecho a recibir durante el período xx xxxx un cargo financiero compuesto mensual sobre el monto insoluto. Se considerará dicho período como comenzando a correr a partir de la fecha de pago que se especifica en la Subcláusula 14.7 [Pagos], sin consideración (en caso de su inciso (b)) de la fecha en que se emita cualquier Certificado de Pago Provisional. Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, estos cargos financieros se calcularán a la tasa anual de tres puntos porcentuales sobre la tasa de descuento del banco central del país de la moneda de pago o, si ésta no se encuentra disponible, la tasa interbancaria ofrecida, y se pagarán en dicha moneda. El Contratista tendrá derecho a recibir este pago sin notificación formal o certificación, y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso. |
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Cuando haya sido emitido el Certificado de Recepción de Obra para las Obras, el Ingeniero certificará para pago la primera parte del Monto Retenido a favor del Contratista. Si se emite un Certificado de Recepción de Obra para una Sección o parte de las Obras, se certificará y pagará una proporción del Monto Retenido. Esta proporción será igual a la mitad (50%) de la proporción calculada dividiendo el valor contractual estimado de la Sección o parte entre el Precio final estimado del Contrato. Lo más pronto posible después de la última fecha de vencimiento de los Plazos para la Notificación de Defectos, el Ingeniero certificará el saldo remanente del Monto Retenido para su pago al Contratista. De haberse emitido un Certificado de Recepción de Obra para una Sección, se certificará una proporción de la segunda mitad del Monto Retenido y se pagará sin demora después de la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a dicha Sección. Esta proporción será igual a la mitad (50%) de la proporción calculada dividiendo el valor contractual estimado de la Sección entre el Precio final estimado del Contrato. Sin embargo, si alguno de los trabajos quedara por ejecutar de conformidad con la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos], el Ingeniero podrá retener la certificación del costo estimado de este trabajo hasta que éste haya sido ejecutado. Al calcularse estas proporciones, no se tomará en cuenta ninguno de los ajustes con arreglo a las Subcláusulas 13.7 [Ajustes por Cambios en la Legislación] y 13.8 [Ajustes por Cambios en el Costo]. Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, cuando el Certificado de Recepción de Obra para las Obras haya sido emitido y la primera mitad del Monto Retenido haya sido certificada para pago por el Ingeniero, el Contratista tendrá derecho a reemplazar la segunda mitad del Monto Retenido por una garantía, en el formato anexo a las Condiciones Especiales u en otro formulario aprobado por el Contratante y emitida por un banco o entidad financiera de prestigio elegida por el Contratante. El Contratista deberá asegurarse de que la garantía se emita por los montos y en las monedas de la segunda mitad del Monto Retenido y que sea válida y exigible hasta que el Contratista haya ejecutado y terminado las Obras y reparado cualesquiera defectos, según se especifica en la Subcláusula 4.2 en relación con la Garantía de Cumplimiento. Una vez que el Contratante reciba la garantía requerida, el Ingeniero certificará y el Contratante pagará la segunda mitad del Monto Retenido. La liberación de dicha mitad contra presentación de una garantía se hará en lugar de la liberación con arreglo al segundo párrafo de esta Subcláusula. El Contratante devolverá la garantía al Contratista dentro del plazo de 21 días después de recibir una copia del Certificado de Cumplimiento. Si la Garantía de Cumplimiento requerida en virtud de la Subcláusula 4.2 es una garantía a la vista, y el monto garantizado al amparo de ésta al momento de emisión del Certificado de Recepción de Obra es más de la mitad del Monto Retenido, entonces no se exigirá la garantía del Monto Retenido. Si el monto garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento al momento de emisión del Certificado de Recepción de Obra es menos de la mitad del Monto Retenido, la garantía del Monto Retenido sólo se requerirá por la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto garantizado al amparo de la Garantía de Cumplimiento. |
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Dentro del plazo de 84 días contados a partir de la fecha en que reciba el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a las Obras, el Contratista presentará al Ingeniero una declaración de terminación en seis copias con documentos complementarios, de conformidad con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales], en la que se muestre:
El Ingeniero procederá después a certificar de conformidad con la Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales]. |
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Dentro del plazo de 56 días después de recibir el Certificado de Cumplimiento, el Contratista presentará al Ingeniero un borrador de declaración final en seis copias, en un formato aprobado por el Ingeniero y con documentos complementarios, en el cual se muestre detalladamente:
Si el Ingeniero no está de acuerdo con una parte del borrador de declaración final o no puede verificarla, el Contratista presentará dentro del plazo de 28 días después de recibido dicho borrador, la información adicional que solicite razonablemente el Ingeniero y hará los cambios en el borrador que ambos determinen de común acuerdo. Luego, el Contratista preparará y presentará al Ingeniero la declaración final de la manera acordada. Esta declaración consensuada se denomina “Declaración Final” en estas Condiciones. Sin embargo, si, después de deliberaciones entre el Ingeniero y el Contratista y de cualquier de los cambios acordados al borrador de declaración final, resultare evidente que existe una controversia, el Ingeniero entregará al Contratante (con copia al Contratista) un Certificado de Pago Provisional correspondiente a las partes acordadas del borrador de declaración final. Posteriormente, si se resolviera la controversia en forma definitiva con arreglo a las Subcláusulas 20.4 [Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] o 20.5 [Transacción Amigable], el Contratista entonces preparará y entregará al Contratante una Declaración Final (con copia al Ingeniero). |
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Al presentar la Declaración Final, el Contratista presentará un finiquito confirmando que el total de la Declaración Final constituye el pago total y definitivo de todos los montos adeudados al Contratista en virtud del Contrato o en relación con éste. Este finiquito podrá indicar que el mismo entrará en vigencia cuando el Contratista reciba la Garantía de Cumplimiento y el saldo pendiente de ese total, en cuyo caso el finiquito entrará en vigor en esa fecha. |
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Dentro del plazo de 28 días posteriores al momento en que haya recibido la Declaración Final y el finiquito de conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero entregará, al Contratante y al Contratista, el Certificado de Pago Final, en el que se indicará:
Si el Contratista no ha solicitado un Certificado de Pago Final de conformidad con las Subcláusulas 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12 [Finiquito], el Ingeniero le solicitará que lo haga. Si el Contratista no presenta una solicitud dentro del plazo de 28 días, el Ingeniero emitirá el Certificado de Pago Final por el monto que equitativamente determine como pagadero. |
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El Contratante no será responsable ante el Contratista por ninguna de las materias o componentes contemplados o relacionados con el Contrato o la ejecución de las Obras, salvo en la medida en que el Contratista haya incluido un monto expresamente para ello:
Sin embargo, esta Subcláusula no limitará las responsabilidades del Contratante en el marco de sus obligaciones de indemnización ni sus responsabilidades en casos de fraude, incumplimiento deliberado o mala conducta evidente de su parte. |
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El Precio del Contrato se pagará en la moneda o monedas señaladas en el Formulario de Monedas de Pago. Si se señala más de una moneda, los pagos se harán de la siguiente manera:
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Si el Contratista no cumple con cualquiera de las obligaciones en virtud del Contrato, el Ingeniero podrá exigirle, mediante notificación, que corrija la falla y la subsane dentro de un plazo determinado razonable. |
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El Contratante tendrá derecho a dar por terminado el Contrato si el Contratista:
o si cualquier miembro del Personal del Contratista, representante o Subcontratista del Contratista da u ofrece (directa o indirectamente) a cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas que se describen en el inciso (f) supra. Sin embargo, los incentivos y recompensas de carácter lícito para el Personal del Contratista no darán lugar a la terminación del Contrato. En cualquiera de dichas situaciones o circunstancias, el Contratante podrá, previa notificación al Contratista con una antelación de 14 días, terminar el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar de las Obras. Sin embargo, en el caso de los incisos (e) o (f), el Contratante podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el Contrato. La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratante no perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato o a otra fuente. En ese caso, el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y entregará al Ingeniero cualesquiera Bienes requeridos, todos los Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por o para el Contratista. Sin embargo, el Contratista realizará sus mejores esfuerzos para cumplir inmediatamente cualquier orden razonable que se incluya en la notificación para: (i) la cesión de cualquier subcontrato, y (ii) la protección de la vida o la propiedad, o la seguridad de las Obras. Con posterioridad a la terminación, el Contratante podrá terminar las Obras y/o encargárselas a otras entidades, en cuyo caso el Contratante y dichas entidades podrán usar cualesquiera Bienes, Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por el Contratista o en su nombre. El Contratante notificará al Contratista que se le entregarán los Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las Obras o en sus inmediaciones. El Contratista inmediatamente hará los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y riesgo. Sin embargo, si para entonces el Contratista no ha pagado un monto adeudado al Contratante, este último podrá vender dichos elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista cualquier saldo remanente. |
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Tan pronto como sea posible después de que entre en vigor una notificación de terminación en virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer el valor de las Obras, los Bienes, los Documentos del Contratista y cualesquiera otros montos adeudados al Contratista por trabajos ejecutados de conformidad con el Contrato. |
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Después de que entre en vigor una notificación de terminación en virtud de la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante], el Contratante podrá:
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El Contratante tendrá derecho a terminar el Contrato, en cualquier momento y por su propia conveniencia, previa notificación de tal terminación al Contratista. La terminación entrará en vigor 28 días después de la fecha en que el Contratista haya recibido esta notificación o en que el Contratante haya devuelto la Garantía de Cumplimiento, lo que ocurra más tarde. El Contratante no terminará el Contrato con arreglo a esta Subcláusula con el propósito de ejecutar las Obras él mismo o encargárselas a otro Contratista ni para evitar una terminación del Contrato por parte del Contratista en virtud de la Subcláusula 16.2 [Terminación por Parte del Contratista]. Con posterioridad a esta terminación, el Contratista procederá de conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista] y será pagado según se estipula en la Subcláusula 16.4 [Pago a la Terminación]. |
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Si el Contratante determina que el Contratista ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, o coercitivas al competir por el Contrato en cuestión o al ejecutarlo, el Contratante podrá rescindir el Contrato y expulsar al Contratista del Lugar de las Obras dándole un preaviso de 14 días. En tal caso, se aplicarán las provisiones incluidas en la Cláusula 15 de la misma manera que si se hubiera aplicado lo indicado en la Subcláusula 15.2 [Terminación por parte del Contratante]. Si se determina que algún empleado del Contratista ha participado en actividades corruptas, fraudulentas, colusorias, u coercitivas durante la ejecución de las Obras, dicho empleado deberá ser removido de su cargo según lo estipulado en la Subcláusula 6.9 [Personal del Contratista]. Para efectos de esta Subcláusula:
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Si el Ingeniero no realiza la certificación de conformidad con la Subcláusula 14.6 [Emisión de Certificados de Pago Provisionales] o el Contratante no cumple con lo dispuesto en las Subcláusulas 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante] o 14.7 [Pagos], el Contratista podrá, previa notificación al Contratante con una antelación mínima de 21 días, suspender los trabajos (o reducir el ritmo de trabajo) salvo y hasta que el Contratista haya recibido el Certificado de Pago, pruebas razonables o pago, conforme proceda y según se indique en la notificación. Sin perjuicio de lo anterior, si el Banco ha suspendido los desembolsos al amparo de su préstamo o crédito, con cuyos recursos se han realizado los pagos al Contratista, total o parcialmente para la ejecución de las Obras, y no hay recursos alternativos disponibles conforme se contempla en la Subcláusula 2.4 [Arreglos Financieros del Contratante], el Contratista podrá, previa notificación, suspender los trabajos o reducir su ritmo en cualquier momento, pero con un plazo mínimo de 7 días contados a partir de la fecha en que el Prestatario haya recibido del Banco la notificación de suspensión. La acción del Contratista no perjudicará su derecho a los cargos financieros en virtud de la Subcláusula 14.8 [Retraso en los Pagos] y a terminar el Contrato con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista]. Si el Contratista recibe posteriormente dicho Certificado de Pago, prueba o pago (conforme se describa en la Subcláusula pertinente y en la notificación mencionada supra) antes de hacer una notificación de terminación, el Contratista reanudará su trabajo normal tan pronto como sea razonablemente posible. Si el Contratista sufre una demora o incurre en algún Costo a raíz de la suspensión de los trabajos (o reducción del ritmo de trabajo) de conformidad con esta Subcláusula, el Contratista notificará al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir esta notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o a una decisión al respecto. |
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El Contratista tendrá derecho a terminar el Contrato si:
En cualquiera de estas situaciones o circunstancias, el Contratista podrá terminar el Contrato, previa notificación al Contratante con una antelación mínima de 14 días. Sin embargo, en el caso de los incisos (f) o (g), el Contratista podrá terminar inmediatamente el Contrato mediante notificación. Si el Banco suspende el préstamo o crédito de donde proviene parte o la totalidad de los pagos al Contratista, y éste no ha recibido los montos que se le adeudan, una vez vencido el plazo de 14 días que se estipula en la Subcláusula 14.7 [Pagos] para pagos en virtud de Certificados de Pago Provisionales, el Contratista podrá, sin perjuicio de sus derechos a cargos financieros con arreglo a la Subcláusula 14.8 [Retraso en los Pagos], tomar una de las siguientes medidas: (i) suspender los trabajos o reducir su ritmo, o (ii) terminar el Contrato mediante notificación al Contratante, con una copia al Ingeniero. Dicha terminación entrará en vigor 14 días después de efectuada la notificación correspondiente. La elección del Contratante de terminar el Contrato será sin perjuicio de cualquiera de los derechos del Contratista en virtud del Contrato o de otra fuente. |
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Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a las Subcláusulas 15.5 [Derecho del Contratante de Terminar el Contrato por Conveniencia], 16.2 [Terminación por Parte del Contratista] o 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito], el Contratista deberá, sin demora:
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Después de que entre en vigencia una notificación de Terminación con arreglo a la Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista], el Contratante deberá, sin demora:
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El Contratista indemnizará y amparará al Contratante, al Personal del Contratante y sus respectivos representantes de toda reclamación, daño, pérdida y gasto (incluidos honorarios y gastos de abogados) relacionado con:
El Contratante indemnizará y amparará al Contratista, al Personal del Contratista y sus respectivos representantes frente a y de cualquiera de las reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados) relacionados con (1) lesiones corporales, enfermedades o muerte atribuibles a cualquier negligencia, acto deliberado o incumplimiento del Contrato por parte del Contratante, el Personal del Contratante o cualquiera de sus respectivos representantes, y (2) los asuntos en los que la responsabilidad al respecto pueda estar excluida de la cobertura de seguros, conforme se describe en los incisos (d) (i), (ii) y (iii) de la Subcláusula 18.3 [Seguro Contra Lesiones Personales y Daños a la Propiedad]. |
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El Contratista asumirá plena responsabilidad por el cuidado de las Obras y Bienes a partir de la Fecha de Inicio hasta la emisión del Certificado de Recepción de Obra (o éste se considere emitido de conformidad con la Subcláusula 10.1 [Recepción de las Obras y Secciones]) para las Obras, momento en que dicha responsabilidad se transferirá al Contratante. Si se emite un Certificado de Recepción de Obra (o se considera emitido) para cualquier Sección o parte de las Obras, la responsabilidad del cuidado de dicha Sección o parte pasará al Contratante. Una vez se transfiera debidamente la responsabilidad al Contratante, el Contratista asumirá la responsabilidad del cuidado de los trabajos que queden pendientes en la fecha que se señale en el Certificado de Recepción de Obra, hasta que los mismos hayan sido concluidos. Si las Obras, Bienes o Documentos del Contratista sufren alguna pérdida o daño durante el período en que estén bajo el cuidado del Contratista, por cualquier causa que no figure en la Subcláusula 17.3 [Riesgos del Contratante], el Contratista rectificará la pérdida o el daño, por su cuenta y riesgo, a fin de que dichas Obras, Bienes o Documentos del Contratista se ciñan a las disposiciones del Contrato. El Contratista será responsable de cualquier pérdida o daño causado por cualquier acción del Contratista después de la emisión de un Certificado de Recepción de Obra. El Contratista también será responsable de cualquier pérdida o daño que ocurra después de que se haya emitido un Certificado de Recepción de Obra y los mismos se hubieren producido a raíz de algún hecho previo que fuere responsabilidad del Contratista. |
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Los riesgos a que se hace referencia en la Subcláusula 17.4 [Consecuencias de los Riesgos del Contratante] infra, en la medida en que afecten directamente la ejecución de los trabajos en el País, son:
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Si y en la medida en que cualquiera de los riesgos que se enumeran en la Subcláusula 17.3 supra ocasione pérdidas o daños a las Obras, Bienes o Documentos del Contratista, el Contratista notificará sin demora al Ingeniero y rectificará dicha pérdida o daño en la medida requerida por el Ingeniero. Si el Contratista sufre una demora y/o incurre en algún Costo por subsanar esa pérdida o daño, el Contratista dará una notificación adicional al Ingeniero y, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a:
Tras recibir esa notificación adicional, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto. |
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En esta Subcláusula, "violación" significa una violación (o pretendida violación) de cualquier patente, diseño registrado, derecho de autor, marca registrada, marca comercial, secreto comercial o cualquier otro derecho de propiedad intelectual o industrial relacionado con las Obras; y “reclamación” significa una reclamación (o proceso judicial de reclamación) en la que se alegue una violación. Cuando una de las Partes no notifique a la otra sobre cualquier reclamación dentro del plazo de 28 días después de recibirla, se considerará que dicha Parte ha renunciado a su derecho de indemnización en virtud de esta Subcláusula. El Contratante indemnizará y amparará al Contratista contra y de cualquier reclamación en la que se alegue una violación que se produce o se produjo:
El Contratista indemnizará y amparará al Contratante contra y de cualquier otra reclamación que surja de o en relación con (i) la fabricación, uso, venta o importación de cualquier Bien, o (ii) cualquier diseño que sea responsabilidad del Contratista. Si una de las Partes tiene derecho a ser indemnizada en virtud de esta Subcláusula, la Parte a la cual corresponda indemnizar podrá (a su costo) realizar negociaciones para la transacción de la reclamación y de cualquier litigio o arbitraje que pudiera surgir de aquella. La otra Parte ayudará, a solicitud y expensas de la Parte que indemniza, a impugnar la reclamación. Esta otra Parte (y su Personal) no hará ninguna admisión que pueda perjudicar a la Parte que indemniza, a no ser que ésta no se haya puesto al frente de una negociación, litigio o arbitraje a pesar de habérselo solicitado la otra Parte. |
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Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la privación de uso de las Obras, pérdida de ganancia, pérdida de contratos ni pérdidas o daños indirectos o emergentes que pueda sufrir la otra Parte en relación con el Contrato, a menos que así sea dispuesto específicamente con arreglo a la Subcláusula 8.7 [Daños por Demora]; Subcláusula 11.2 [Costo de Reparación de los Defectos]; Subcláusula 15.4 [Pagos después de la Terminación]; Subcláusula 16.4 [Pago a la Terminación]; Subcláusula 17.1 [Indemnizaciones]; Subcláusula 17.4 (b) [Consecuencias de los Riesgos del Contratante]; y Subcláusula 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial]. La responsabilidad total del Contratista ante el Contratante, en virtud del Contrato o en relación con éste, salvo por lo dispuesto en las Subcláusulas 4.19 [Electricidad, Agua y Gas], 4.20 [Equipos del Contratante y Materiales de Libre Disposición], 17.1 [Indemnizaciones] y 17.5 [Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial], no excederá el monto que resulte de la multiplicación de un factor (menor o mayor que uno) por el Monto Contractual Aceptado, conforme figura en los Datos Contractuales, o (de no especificarse ese factor u otra suma) el Monto Contractual Aceptado. Esta Subcláusula no limitará la responsabilidad en caso de fraude, incumplimiento deliberado o mala conducta grave de la Parte que incumple. |
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El Contratista asumirá toda la responsabilidad por el cuidado del alojamiento y las instalaciones suministradas por el Contratante, si los hubiere, conforme se detallen en las Especificaciones, desde las respectivas fechas de entrega al Contratista hasta el cese de ocupación (pudiendo ocurrir la entrega o el cese de ocupación después de las fechas señaladas en el Certificado de Recepción de Obra). Si el alojamiento o las instalaciones mencionadas anteriormente sufren alguna pérdida o daño mientras estén bajo la responsabilidad y cuidado del Contratista por cualquier motivo aparte de los que sean responsabilidad del Contratante, el Contratista rectificará, a su costo, la pérdida o el daño a satisfacción del Ingeniero. |
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En esta Cláusula, "Parte aseguradora" significa, para cada tipo de seguro, la Parte responsable de contratar y mantener el seguro que se indica en la Subcláusula pertinente. Cuando el Contratista sea la Parte aseguradora, cada seguro se contratará con aseguradoras y bajo los términos aprobados por el Contratante. Esos términos deberán ser consistentes con los términos acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las disposiciones de esta Cláusula. Cuando el Contratante sea la Parte aseguradora, los seguros se contratarán con aseguradoras y bajo términos aceptables por el Contratista. Estos términos deberán ser consistentes con los términos acordados por ambas Partes antes de la fecha de la Carta de Aceptación. Este acuerdo de términos tendrá precedencia sobre las disposiciones de ésta Cláusula. Si se requiere una póliza de seguro colectivo, la cobertura se aplicará por separado a cada asegurado como si se hubiera emitido una póliza individual para cada uno de ellos. Si una póliza cubre a otras partes adicionales, es decir, además de los asegurados que se señalan en esta Cláusula, (i) el Contratista actuará al amparo de la póliza en nombre de los asegurados colectivos adicionales, salvo que el Contratante actuará en nombre del Personal del Contratante, (ii) los asegurados colectivos adicionales no podrán recibir pagos directamente del asegurador ni tener cualquier otro trato directo con el asegurador, y (iii) la Parte aseguradora exigirá a todos los asegurados colectivos adicionales que cumplan las condiciones establecidas en la póliza. Toda póliza contra daños y perjuicios dispondrá que los pagos sean hechos en las monedas requeridas para fines de reparación de la pérdida o el daño pertinente. Los pagos que se reciban de los aseguradores se usarán para reparar dicha pérdida o daño. La Parte aseguradora pertinente presentará a la otra Parte, dentro de los plazos respectivos que figuren en los Datos Contractuales (calculados a partir de la Fecha de Inicio):
Cuando se pague cada una de las primas, la Parte aseguradora suministrará a la otra los comprobantes de pago. Cada vez que se presenten comprobantes o pólizas, la Parte aseguradora notificará también al Ingeniero. Cada una de las Partes cumplirá sin demoras las condiciones estipuladas en cada una de las pólizas de seguro. La Parte aseguradora mantendrá a las aseguradoras informadas acerca de cualquier cambio relevante para la ejecución de las Obras y se asegurará que el seguro se mantenga de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula. Ninguna de las Partes hará modificaciones sustanciales a los términos de los seguros sin la previa aprobación de la otra Parte. Si una aseguradora hace (o trata de hacer) cualquier modificación, la Parte que primero sea notificada por el asegurador notificará sin demora a la otra. Si la Parte aseguradora no contrata ni mantiene vigentes los seguros que deba contratar y mantener en virtud del Contrato, o no presenta comprobantes satisfactorios ni copias de las pólizas de conformidad con esta Subcláusula, la otra Parte podrá (a su discreción y sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso) contratar seguros con la cobertura pertinente y pagar las primas correspondientes. La Parte aseguradora pagará a la otra el monto de esas primas, y el Precio del Contrato se ajustará de conformidad. Nada de lo dispuesto en esta Cláusula limita las obligaciones, responsabilidades o compromisos del Contratista o el Contratante en virtud de los términos del Contrato o de otra fuente. Cualquiera de los montos no asegurados o no recuperados de las aseguradoras serán asumidos por el Contratista y/o el Contratante de conformidad con dichas obligaciones, responsabilidades o compromisos. Sin embargo, si la Parte aseguradora deja de contratar y mantener en vigencia un seguro que se encuentre disponible y que dicha Parte deba contratar y mantener en virtud del Contrato, y la otra Parte no aprueba la omisión ni contrata el seguro por la cobertura pertinente a este incumplimiento, la Parte aseguradora pagará cualquiera de los montos que habrían sido recuperables al amparo del seguro. Los pagos que haga una Parte a la otra estarán sujetos a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] o a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], según corresponda. El Contratista podrá contratar todos los seguros relacionados con el Contrato (incluido, pero no de manera exclusiva, el seguro mencionado en la Cláusula 18) con aseguradoras provenientes de cualquier país elegible. |
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La Parte aseguradora asegurará las Obras, los Equipos, los Materiales y los Documentos del Contratista por un valor igual o mayor al costo total de reposición, incluidos los costos de demolición, retiro de escombros y honorarios profesionales y utilidades. El seguro será válido desde la fecha en que se presenten las pruebas con arreglo al inciso (a) de la Subcláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de Seguros] hasta la fecha de emisión del Certificado de Recepción de Obra. La Parte aseguradora mantendrá este seguro a fin de proporcionar cobertura hasta la fecha de emisión del Certificado de Cumplimiento, por pérdidas o daños imputables al Contratista a raíz de una causa que ocurra antes de la emisión del Certificado de Recepción de Obra, y por las pérdidas o daños causados por el Contratista durante cualquier otra operación (incluidas las contempladas en la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos]). La Parte aseguradora asegurará los Equipos del Contratista por un valor igual o mayor al costo total de reposición, incluida la entrega en el Lugar de las Obras. En relación con cada uno de los elementos de los Equipos del Contratista, el seguro estará vigente durante el transporte del mismo al Lugar de las Obras y hasta que se deje de necesitar como Equipo del Contratista. Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros contemplados en esta Subcláusula:
Si, después de haber transcurrido más de un año a partir de la Fecha Base, la cobertura descrita en el inciso (d) supra deja de estar disponible bajo términos comercialmente razonables, el Contratista (como Parte aseguradora) notificará al Contratante, con información complementaria. El Contratante entonces: (i) con sujeción a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante] tendrá derecho a recibir el pago de un monto equivalente a los términos comercialmente razonables que el Contratista debería haber previsto pagar por dicha cobertura, y (ii) salvo que obtenga la cobertura bajo términos comercialmente razonables, se considerará que ha aprobado la omisión de conformidad con la Subcláusula 18.1 [Requisitos Generales en Materia de Seguros]. |
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La Parte aseguradora asegurará contra la responsabilidad de cada una de las Partes por cualquier pérdida, daño, muerte o lesión corporal que pueda ocurrir a cualquier propiedad física (salvo los elementos asegurados con arreglo a la Subcláusula 18.2 [Seguro de las Obras y los Equipos del Contratista]) o a cualquier persona (a excepción de personas aseguradas con arreglo a la Subcláusula 18.4 [Seguro del Personal del Contratista]), que surjan a raíz del cumplimiento del Contrato por parte del Contratista y antes de la emisión del Certificado de Cumplimiento. El seguro será por un monto límite, por incidente, no menor al que se señale en los Datos del Contrato, sin limitar el número de incidentes que puedan ocurrir. Si en los Datos Contractuales no se señala ningún monto, esta Subcláusula no será aplicable. Salvo disposición diferente en las Condiciones Especiales, los seguros especificados en esta Subcláusula:
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El Contratista contratará y mantendrá un seguro de responsabilidad civil contra reclamaciones, daños, pérdidas y gastos (incluidos honorarios y gastos de abogados) como resultado de lesiones, enfermedades o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del Personal del Contratista. El seguro deberá cubrir al Contratante y al Ingeniero contra responsabilidad por reclamos, daños, pérdidas y gastos (incluyendo honorarios y gastos de abogados) que surjan de lesiones, enfermedad o muerte de cualquier persona empleada por el Contratista o cualquier otro miembro del personal del Contratista, excepto que este seguro podrá excluir pérdidas y reclamaciones en la medida en que sean producto de cualquier acto o negligencia del Contratante o del Personal del Contratante. El seguro deberá ser mantenido en plena vigencia y efecto durante todo el tiempo en que el personal mencionado trabaje en la ejecución de las Obras. En el caso de los empleados de un Subcontratista, este último podrá contratar el seguro, pero el Contratista será responsable de velar por el cumplimiento de esta Cláusula. |
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En esta Cláusula, "Fuerza Mayor" significa un evento excepcional o circunstancia:
La Fuerza Mayor puede incluir, pero no de manera exclusiva, acontecimientos excepcionales o circunstancias como las que enumeran a continuación, siempre y cuando se cumplan las condiciones de los incisos (a) a (d) supra:
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Si por Fuerza Mayor una de las Partes se ve o se verá impedida de cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato, ésta notificará a la otra sobre la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza Mayor y especificará las obligaciones que no se puedan o no se podrán cumplir. La notificación se hará dentro del plazo de 14 días a partir de la fecha en que la Parte tomó, o debió haber tomado conocimiento, de la situación o circunstancia constitutiva de la Fuerza Mayor. Una vez que se haga la notificación, la Parte estará eximida del cumplimiento de sus obligaciones por el tiempo que dicha Fuerza Mayor le impida cumplirlas. Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, la Fuerza Mayor no será aplicable a las obligaciones de pago de cualquiera de las Partes de hacer los pagos a la otra Parte en virtud del Contrato. |
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Cada una de las Partes hará en todo momento todo lo que esté a su alcance para reducir al mínimo cualquier demora en el cumplimiento del Contrato como resultado de una situación o circunstancia de Fuerza Mayor. Una Parte notificará a la otra cuando deje de verse afectada por la situación o circunstancia de Fuerza Mayor. |
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Si el Contratista se ve impedido de cumplir sus obligaciones sustanciales en virtud del Contrato por motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado con arreglo a la Subcláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor] y sufre demoras o incurre en Costos por dicho motivo, el Contratista, sujeto a la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], tendrá derecho a lo siguiente:
Tras recibir esa notificación, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de llegar a un acuerdo o una decisión al respecto. |
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Si un Subcontratista tiene derecho, en virtud de cualquier contrato o acuerdo relacionado con las Obras, a ser exonerado de su responsabilidad por Fuerza Mayor, bajo términos adicionales o más amplios que los que se especifican en esta Cláusula, dicha situación o circunstancia adicional o más amplia de fuerza mayor no exonerará al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones ni le darán derecho a ser exonerado de responsabilidad con arreglo a esta Cláusula. |
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Si la ejecución sustancial de todas las Obras en curso es impedida por un período continuo de 84 días por algún motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado de conformidad con la Subcláusula 19.2 [Notificación de Fuerza Mayor], o por varios períodos que sumen un total de más de 140 días debido al mismo motivo de Fuerza Mayor que se haya notificado, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra la terminación del Contrato. En ese caso, la terminación entrará en vigencia 7 días después de la notificación, y el Contratista procederá de conformidad con la Subcláusula 16.3 [Cese de las Obras y Retiro de los Equipos del Contratista]. Tras dicha terminación, el Ingeniero determinará el valor de los trabajos realizados y emitirá un Certificado de Pago que deberá incluir:
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Sin perjuicio de cualquier otra disposición de esta Cláusula, si surge una situación o circunstancia que esté fuera del control de las Partes (incluida, pero no de manera exclusiva, la Fuerza Mayor) y que vuelva imposible o ilícito para cualquiera o ambas Partes cumplir sus obligaciones contractuales o que, en virtud de la ley que rige el Contrato, otorgue a las Partes el derecho de ser liberadas de seguir cumpliendo el Contrato, entonces, mediante notificación de una de las Partes a la otra sobre dicha situación o circunstancia:
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Si el Contratista considera que tiene derecho a cualquier prórroga del Plazo de Terminación o cualquier pago adicional en virtud de cualquier Cláusula de estas Condiciones o de otra forma vinculada con el Contrato, el Contratista enviará una notificación al Ingeniero en la que describirá el evento o circunstancia que origina el reclamo. La notificación se hará tan pronto como sea posible, a más tardar 28 días después de que el Contratista se dé cuenta, o hubiera debido darse cuenta, de dicho evento o circunstancia. Si el Contratista no notifica un reclamo dentro de dicho plazo de 28 días, no se prorrogará el Plazo de Terminación, el Contratista no tendrá derecho a recibir pagos adicionales y el Contratante quedará liberado de cualquier responsabilidad vinculada con el reclamo. De otra forma, se aplicarán las siguientes disposiciones de esta Subcláusula. El Contratista también enviará cualquier otra notificación requerida en el Contrato, así como información complementaria sobre la reclamación, que sea pertinente a dicho evento o circunstancia. El Contratista mantendrá los registros actualizados que sean necesarios para fundamentar el reclamo, ya sea en el Lugar de las Obras o en otro sitio aceptable para el Ingeniero. Sin admitir la responsabilidad del Contratante, el Ingeniero podrá, tras recibir cualquier notificación con arreglo a esta Subcláusula, seguir de cerca la contabilidad y ordenar al Contratista que mantenga registros actualizados adicionales. El Contratista permitirá al Ingeniero verificar todos esos registros, y (de requerírsele) presentará copias al Ingeniero. Dentro del plazo de 42 días contado a partir del momento en que el Contratista se dé cuenta (o hubiera debido darse cuenta) del evento o circunstancia que originó el reclamo, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Contratista y apruebe el Ingeniero, el Contratista enviará al Ingeniero un reclamo completo y pormenorizado que incluya toda la información complementaria del fundamento del reclamo y de la prórroga del plazo y/o pago adicional exigidos. Si el evento o circunstancia que origina el reclamo tiene un efecto continuo:
Dentro del plazo de 42 días contados a partir de la fecha en que reciba un reclamo o cualquier información adicional que respalde un reclamo anterior, o dentro de cualquier otro plazo que proponga el Ingeniero y apruebe el Contratista, el Ingeniero responderá dando su aprobación, o bien negando su aprobación y dando comentarios detallados. El Ingeniero también podrá solicitar cualquier información adicional que sea necesaria, pero deberá dar su respuesta sobre los principios del reclamo en el plazo indicado anteriormente. Dentro del plazo de 42 días definido anteriormente, el Ingeniero deberá, de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones], acordar o decidir sobre: (i) las prórrogas (si las hubiere) del Plazo de Terminación (antes o después de su vencimiento) según la Subcláusula 8.4 [Prórroga del Plazo de Terminación], o (ii) los pagos adicionales (si los hubiere) a que el Contratista tuviere derecho según el Contrato. Cada Certificado de Pago deberá incluir los pagos adicionales de los reclamos que razonablemente se hayan determinado como pagaderos en virtud de la respectiva disposición del Contrato. Salvo y hasta que la información suministrada sea suficiente para fundamentar todo el reclamo, el Contratista sólo tendrá derecho a recibir pagos por la parte del reclamo que haya podido demostrar. Si el Ingeniero no responde dentro del plazo definido en esta Cláusula, cualquiera de las partes puede considerar que el reclamo ha sido rechazado por el Ingeniero y cualquiera de ellas puede referirlo a la Comisión para la Resolución de Controversias según la Subcláusula 20.4 [Obtención de Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias]. Los requisitos de esta Subcláusula son adicionales a los que se establecen en cualquier otra Subcláusula que se aplique a un reclamo. Si el Contratista no cumple con esta u otra Subcláusula en relación con cualquier reclamo, prórroga del plazo y/o pago adicional, dará cuenta de la medida (si la hubiere) en que el incumplimiento haya impedido o perjudicado la investigación adecuada del reclamo, salvo que el reclamo sea excluido con arreglo al segundo inciso de esta Subcláusula. |
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Las controversias serán referidas a una Comisión para la Resolución de Controversias para su decisión de conformidad con la Subcláusula 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias]. Las Partes nombrarán una Comisión para la Resolución de Controversias, para la fecha que se señale en los Datos Contractuales. La Comisión para la Resolución de Controversias estará formada, según se disponga en los Datos del Contrato, por una o tres personas debidamente calificadas ("los miembros"), cada una de las cuales hablará con fluidez el idioma para comunicaciones que se defina en el Contrato y será un profesional con experiencia en el tipo de construcción que concierne a las Obras y en la interpretación de documentos contractuales. Si no se indica el número de miembros y las Partes no resuelven otra cosa, la Comisión para la Resolución de Controversias estará formada por tres personas. Si las Partes no han designado conjuntamente la Comisión para la Resolución de Controversias 21 días antes de la fecha señalada en los Datos Contractuales, y dicha Comisión debe estar formada por tres personas, cada Parte propondrá un miembro para la aprobación de la otra Parte. Los dos primeros miembros propondrán al tercer miembro y las Partes deberán acordar sobre éste, quien actuará como presidente. Sin embargo, si las Partes han acordado una lista de miembros potenciales y ésta es parte del Contrato, los miembros serán seleccionados entre los que aparecen en la lista, que no sea cualquiera de ellos que no pueda o no quiera aceptar el nombramiento. El acuerdo entre las Partes y bien el miembro único o bien cada uno de los tres miembros, incorporará por referencia las Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias que se incluyen en el Anexo de estas Condiciones Generales, con las enmiendas que acuerden entre ellos. Los términos de la remuneración, bien sea del miembro único o bien de los tres miembros, incluida la remuneración de cualquier experto a quien consulte la Comisión para la Resolución de Controversias, se establecerán de común acuerdo entre las Partes al momento en que se acuerden los términos de nombramiento. Cada Parte será responsable de pagar la mitad de la remuneración. Si las Partes así lo acuerdan en cualquier momento, podrán referir cualquier asunto a la Comisión para la Resolución de Controversias para que ésta de su opinión. Ninguna de las Partes consultará con la Comisión sobre cualquier materia sin el consentimiento de la otra Parte. Si un miembro rehúsa o no puede actuar por muerte, incapacidad, renuncia o terminación del nombramiento, se nombrará a un sustituto de acuerdo con el mismo procedimiento que se utilizó para designar o acordar sobre la persona que está siendo sustituida, conforme se describe en esta Subcláusula. El nombramiento de cualquier miembro podrá terminarse por mutuo acuerdo de ambas Partes, pero no por el Contratante o el Contratista actuando por sí mismos. Salvo que las Partes dispongan otra cosa, el nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias (incluido cada miembro) expirará cuando entre en vigencia el finiquito mencionado en la Subcláusula 14.12 [Finiquito]. |
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Si se aplica cualquiera de las siguientes condiciones:
entonces la entidad o funcionario encargado del nombramiento que se designe en los Datos del Contrato nombrará, a solicitud de una o ambas Partes y después de consultar con ellas, dicho miembro de la Comisión para la Resolución de Controversias. Este nombramiento será definitivo y concluyente. Cada Parte será responsable de pagar la mitad de la remuneración de la entidad o funcionario encargado del nombramiento. |
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Si surge una controversia (de cualquier tipo) entre las Partes en relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras, incluida cualquier controversia relativa a cualquier certificado, decisión, orden, opinión o valoración del Ingeniero, cualquiera de las Partes podrá remitir la controversia por escrito a la Comisión para la Resolución de Controversias para su decisión, con copias a la otra Parte y al Ingeniero. Dicha remisión deberá indicar que el caso se remite con arreglo a esta Subcláusula. En el caso de una Comisión para la Resolución de Controversias que esté compuesta por tres personas, se considerará que la Comisión ha recibido el caso en la fecha en que lo reciba el presidente de la misma. Ambas Partes pondrán a disposición de la Comisión para la Resolución de Controversias, tan pronto como sea posible, toda la información adicional requerida y le proporcionarán el acceso necesario al Lugar de las Obras e instalaciones pertinentes que la Comisión pueda requerir para llegar a una decisión sobre dicha controversia. Se considerará que la Comisión no actúa en calidad de árbitro(s). Dentro del plazo de 84 días contado a partir de la fecha en que reciba el caso en cuestión, o en el plazo que proponga la Comisión para la Resolución de Controversias y aprueben ambas Partes, la Comisión emitirá su decisión, la cual deberá ser fundamentada y expresar que se basa en esta Subcláusula. La decisión será obligatoria para ambas Partes, quienes la cumplirán sin demora, salvo y hasta que sea modificada en una transacción amigable o en un laudo arbitral conforme se señala adelante. A menos que el Contrato haya sido abandonado, rechazado o terminado, el Contratista seguirá ejecutándolas Obras de conformidad con el Contrato. Si alguna de las Partes está inconforme con la decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias, dicha Parte podrá, dentro del plazo de 28 días después de recibir la decisión, notificar a la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso de arbitraje. Si la Comisión para la Resolución de Controversias no comunica su decisión dentro del plazo de 84 días (o en el plazo que se apruebe de otra forma) después de recibir el caso, entonces cualquiera de las Partes podrá, dentro de los 28 días siguientes al vencimiento de ese plazo, notificar a la otra Parte acerca de su inconformidad y su intención de entablar un proceso de arbitraje. En cualquiera de esos casos, la notificación de inconformidad indicará que la misma se efectúa de conformidad con esta Subcláusula, expondrá el asunto objeto de la controversia y la razón o razones de la inconformidad. A excepción de lo que se señala en las Subcláusulas 20.7 [Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.8 [Vencimiento del Nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias], ninguna de las Partes tendrá derecho a iniciar un proceso de arbitraje de una controversia si no se ha hecho una notificación de inconformidad con arreglo a esta Subcláusula. Si la Comisión para la Resolución de Controversias ha comunicado a ambas Partes su decisión respecto de un asunto objeto de controversia, y ninguna de ellas ha hecho una notificación de inconformidad dentro del plazo de 28 días después de haber recibido la decisión de la Comisión, la decisión pasará a ser definitiva y obligatoria para ambas Partes. |
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Cuando se haya hecho una notificación de inconformidad con arreglo a la Subcláusula 20.4 supra, ambas Partes tratarán de llegar a una transacción amigable antes de iniciar el proceso de arbitraje. Sin embargo, a no ser que ambas Partes acuerden otra cosa, la Parte que otorgue la Notificación de Inconformidad de acuerdo con la Subcláusula 20.4 supra podrá iniciar el arbitraje después del quincuagésimo sexto (56º) día transcurrido desde la fecha de la Notificación de Inconformidad, aun cuando no se hubiere intentado llegar a un acuerdo amigable. |
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Xxxxxxxxx disputa entre las Partes que surja de o en relación con el Contrato, no resuelta amigablemente de acuerdo con la Subcláusula 20.5 supra y respecto de la cual la decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias (de haberse emitido) no haya adquirido carácter definitivo y obligatorio se resolverá en forma definitiva mediante arbitraje. El arbitraje se llevará a cabo así:
La sede del arbitraje será una ubicación neutral especificada en los Datos del Contrato; y el arbitraje se llevará a cabo en el idioma para comunicaciones que se define en la Subcláusula 1.4 [Ley e Idioma]. Los árbitros tendrán plena facultad para abrir, verificar y modificar cualquier certificado, decisión, orden, opinión o tasación del Ingeniero, así como cualquier decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias, que sean pertinentes a la controversia. Nada descalificará a los representantes de las Partes y al Ingeniero para servir de testigo y presentar evidencia ante los árbitros en relación con cualquier asunto pertinente a la controversia. Ninguna de las Partes estará limitada en los procedimientos ante los árbitros a las pruebas o argumentos presentados previamente ante la Comisión para la Resolución de Controversias para obtener su decisión, ni a las razones de inconformidad señaladas en su respectiva notificación. Cualquier decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias será admisible como prueba en el arbitraje. El arbitraje podrá iniciarse antes o después de la terminación de las Obras. Las obligaciones de las Partes, el Ingeniero y la Comisión para la Resolución de Controversias no serán alteradas a raíz de cualquier proceso de arbitraje que se esté llevando a cabo durante la ejecución de las Obras. |
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En el caso en que una de las Partes incumpla una decisión definitiva y obligatoria de la Comisión para la Resolución de Controversias, la otra Parte podrá, sin perjuicio de los demás derechos que pueda tener, someter dicho incumplimiento a arbitraje con arreglo a la Subcláusula 20.6 [Arbitraje]. Las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias] y 20.5 [Transacción Amigable] no serán aplicables en este caso. |
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Si surge una controversia entre las Partes en relación con, o a raíz de, el Contrato o la ejecución de las Obras, y no existiere una Comisión para la Resolución de Controversias, ya sea por el vencimiento del nombramiento de la misma o por otra razón:
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ANEXO A
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Condiciones Generales del Convenio de la Comisión para la
Resolución de Controversias
Definiciones:
Cada "Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias" es un acuerdo tripartito celebrado por y entre:
El "Contratante";
El "Contratista";
El "Miembro", que se define en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias como:
El miembro único de "la Comisión para la Resolución de Controversias" y, cuando sea este el caso, todas las referencias a los "Demás Miembros" no serán aplicables; o
Una de las tres personas que en conjunto se denominan "la Comisión para la Resolución de Controversias" y, cuando este sea el caso, las otras dos personas se llamarán los "Otros Miembros".
El Contratante y el Contratista han celebrado (o tienen previsto celebrar) un contrato, denominado "el Contrato" y definido en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, que incluye este anexo. En el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, los términos y las expresiones que no se definan de otra manera tendrán el significado que se les atribuya en el Contrato.
Disposiciones Generales:
Salvo indicación en otro sentido en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, dicho Convenio entrará en vigencia en la última de las siguientes fechas:
La Fecha de Inicio definida en el Contrato;
La fecha en que el Contratante, el Contratista y el Miembro hayan firmado el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias; o
La fecha en que el Contratante, el Contratista y cada uno de los Demás Miembros (si los hubiere) hayan firmado respectivamente un convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias.
El empleo del Miembro es un nombramiento personal. En cualquier momento el Miembro podrá, previa notificación con una antelación mínima de 70 días, presentar su renuncia ante el Contratante y el Contratista, y el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias expirará al vencimiento de dicho plazo.
Garantías:
El Miembro garantiza y acuerda que es y será imparcial e independiente con respecto al Contratante, el Contratista y el Ingeniero. El Miembro divulgará sin demora a cada uno de ellos y a los Demás Miembros (si los hubiere) cualquier hecho o circunstancia que pareciera inconsistente con su garantía y acuerdo de imparcialidad e independencia.
El nombramiento del Miembro por parte del Contratante y el Contratista, se basa en la declaración del Miembro en el sentido de que:
Tiene experiencia en el trabajo que realizará el Contratista en virtud del Contrato;
Tiene experiencia en la interpretación de documentos contractuales; y
Habla con fluidez el idioma para comunicaciones que se define en el Contrato.
Obligaciones Generales del Miembro:
El Miembro deberá:
No tener interés financiero ni de otra índole en el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, ni ningún interés financiero en el Contrato, salvo por el pago de conformidad con el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;
No haber sido contratado previamente como consultor ni de otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, salvo en los casos en que se hubiere informado por escrito al Contratante y Contratista, antes de que firmaran el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;
Haber informado por escrito al Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los hubiere), antes de firmar el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias y, a su xxxx saber y entender, y hasta donde se recuerde, sobre cualquier relación profesional o personal con cualquier director, funcionario o empleado del Contratante, el Contratista o el Ingeniero, así como cualquier participación previa en el proyecto general del que forme parte el Contrato;
No ser contratado, durante la vigencia del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, como consultor o de otra forma por el Contratante, el Contratista o el Ingeniero, salvo en lo que puedan haber acordado por escrito el Contratante, el Contratista y los Demás Xxxxxxxx (si los hubiere);
Cumplir las normas de procedimiento que se anexan y con lo dispuesto en la Subcláusula 20.4 de las condiciones del Contrato;
No asesorar al Contratante, el Contratista, el Personal del Contratante ni al Personal del Contratista sobre la ejecución del Contrato, salvo conforme se contempla en las normas de procedimiento que se anexan;
Mientras sea Xxxxxxx, no discutir ni llegar a acuerdos con el Contratante, el Contratista o el Ingeniero en relación con su contratación por parte de cualquiera de ellos, ya sea como consultor o de otra forma, después de que cese su cargo en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;
Asegurar su disponibilidad para todas las visitas al lugar de las Obras y todas las audiencias que sean necesarias;
Familiarizarse con el Contrato y el avance de las Obras (y de cualquier otra parte del proyecto del que forme parte el Contrato) estudiando toda la documentación recibida, que deberá mantenerse en un archivo de trabajo vigente;
Tratar como confidenciales y privados los detalles del Contrato y todas las actividades y audiencias de la Comisión para la Resolución de Controversias, no dándoles publicidad ni divulgación sin el consentimiento previo por escrito del Contratante, el Contratista y los Demás Miembros (si los hubiere); y
Estar disponible para asesorar y opinar, sobre cualquier tema pertinente del Contrato, cuando se lo soliciten tanto el Contratante como el Contratista, sujeto al acuerdo de los Demás Miembros (si los hubiere).
Obligaciones Generales del Contratante y el Contratista:
Contratista no solicitarán asesoría ni consultarán con el Miembro sobre el Contrato, salvo en el curso normal de las actividades de la Comisión para la Resolución de Controversias en virtud del Contrato y del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias. El Contratante y el Contratista velarán por el cumplimiento de esta disposición por parte del Personal del Contratante y el Personal del Contratista, respectivamente.
El Contratante y el Contratista se comprometen mutuamente y frente al Miembro a que, salvo en casos en que el Contratante, el Contratista y el Miembro y los Demás Miembros (si los hubiere) acuerden otra cosa por escrito, el Miembro:
No será nombrado árbitro en ningún proceso de arbitraje que se realice en virtud del Contrato;
No será llamado como testigo en relación con cualquier controversia sometida a uno o más árbitros designados para cualquier proceso de arbitraje que se realice en virtud del Contrato; y
No será responsable por ninguna reclamación que se haga sobre cualquier acción u omisión en el ejercicio o supuesto ejercicio de las funciones como Miembro, a menos que se demuestre que dicho acto u omisión se realizó de mala fe.
El Contratante y el Contratista por medio del presente, en forma conjunta y solidaria, indemnizan y liberan al Miembro de cualquier reclamación de cuya responsabilidad se le libere con arreglo al párrafo anterior.
Cuando el Contratante o el Contratista refieran una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias en virtud de la Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, frente a lo cual el Miembro se vea obligado a hacer una visita al lugar de las Obras y asistir a una audiencia, el Contratante o el Contratista suministrarán la garantía adecuada por el monto equivalente a los gastos razonables en que pueda incurrir el Miembro. No se considerará ningún otro pago adeudado o pagado al Miembro.
Pago:
El Miembro será remunerado en la moneda que se designe en la Comisión para la Resolución de Controversias, de la siguiente manera:
Un honorario anticipado por mes calendario, el cual se considerará como pago total por:
Estar disponible, previa notificación de 28 días, para todas las visitas al lugar de las Obras y las audiencias;
Familiarizarse y estar al día con todos los hechos atinentes al proyecto y mantener archivos pertinentes;
Todos los gastos de oficina y generales, que incluyen servicios secretariales, fotocopias y suministros de oficina relacionados con sus funciones; y
Todos los servicios prestados en virtud del presente Xxxxxxxx, excepto por los que se mencionan en los incisos (b) y (c) de esta Cláusula.
El honorario anticipado se pagará con vigencia a partir del último día del mes calendario en que entre en vigencia el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias y hasta el último día del mes calendario en que se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente por la totalidad de las Obras.
A partir del primer día del mes calendario posterior al mes en el que se emita el Certificado de Recepción de Obra correspondiente a la totalidad de las Obras, el honorario anticipado antedicho se reducirá en un tercio. Este honorario reducido se pagará hasta el primer día del mes calendario en que renuncie el Miembro o se dé por terminado de otra manera el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias;
Una tasa diaria que se considerará el pago completo por concepto de:
Cada día completo o parte de un día, hasta un máximo de dos días de viaje en cada dirección, por el viaje entre el domicilio del Miembro y el lugar de las Obras, u otro lugar de reunión con los Demás Miembros (si los hubiere);
Cada día de trabajo dedicado a visitas al Lugar de las Obras, audiencias o la preparación de decisiones; y
Cada día dedicado a la lectura de documentación presentada en preparación para una audiencia;
Todos los gastos razonables, incluidos gastos de viaje necesarios (boleto aéreo en clase inferior a primera, hotel y viáticos, así como otros gastos directos de viaje) en que incurra en relación con el ejercicio de sus funciones como Miembro, así como el costo de llamadas telefónicas, servicios de mensajero especial (courier), y fax. Será necesario presentar un recibo para todos los componentes que excedan el 5% de la tasa diaria a que se hace referencia en el inciso (b) de esta Cláusula;
Cualquiera de los impuestos establecidos en el País sobre los pagos que se hagan al Miembro (salvo que se trate de un ciudadano o de un residente permanente del País) en virtud de esta Cláusula 6.
Los honorarios anticipados y la tasa diaria serán los que se especifiquen en el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias. Salvo que se especifique otra cosa, esos honorarios y esa tasa serán fijos durante los primeros 24 meses calendario y serán ajustados con posterioridad a ese período por acuerdo entre el Contratante, el Contratista y el Miembro, en cada aniversario de la fecha en que haya entrado en vigor el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias.
Si las partes no llegan a un acuerdo respecto del honorario anticipado o la tasa diaria del Miembro, la entidad designada o el funcionario encargado del nombramiento que se señalen en los Datos del Contrato determinarán el monto de los honorarios y la tasa que se usarán.
El Miembro presentará facturas para el pago de los honorarios anticipados mensuales y boletos aéreos, por trimestres adelantados. Las facturas de los demás gastos y las tasas diarias se presentarán después de efectuada una visita al lugar de las Obras o una audiencia. Todas las facturas serán acompañadas de una breve descripción de las actividades realizadas durante el período en cuestión e irán dirigidas al Contratista.
El Contratista pagará cada factura del Miembro en su totalidad dentro del plazo de 56 días calendario después de recibir cada factura, y solicitará al Contratante (en las Declaraciones con arreglo al Contrato) el reembolso de la mitad del importe de dichas facturas. El Contratante pagará al Contratista de conformidad con el Contrato.
Si el Contratista no paga al Miembro el monto que le corresponda en virtud del Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante pagará al Miembro la suma adeudada y cualquier otro monto que sea necesario para mantener en funcionamiento la Comisión para la Resolución de Controversias, sin perjuicio de los derechos o recursos del Contratante. Además de todos los demás derechos que se deriven de este incumplimiento, el Contratante tendrá derecho al reembolso de todos los montos pagados en exceso de la mitad de dichos pagos, más todos los costos que suponga la recuperación de dichos montos y los correspondientes cargos financieros calculados a la tasa especificada en la Subcláusula 14.8 de las Condiciones del Contrato.
Si dentro de los 70 días posteriores a la entrega de una factura válida el Miembro no recibe el pago del monto adeudado, éste podrá: (i) suspender sus servicios (sin notificación) hasta que reciba el pago, o (ii) renunciar a su nombramiento mediante notificación con arreglo a la Cláusula 7.
Terminación:
En cualquier momento: (i) el Contratante y el Contratista podrán terminar conjuntamente el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, previa notificación al Miembro con una antelación mínima de 42 días; o (ii) el Miembro podrá renunciar de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 2.
Si el Miembro no cumple el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista podrán, sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio mediante notificación al Miembro. La notificación entrará en vigencia cuando sea recibida por el Miembro.
Si el Contratante y el Contratista no cumplen el Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, el Miembro podrá, sin perjuicio de sus demás derechos, terminar dicho Convenio mediante notificación al Contratante y al Contratista. La notificación entrará en vigencia cuando estos dos últimos la reciban.
Cualquiera de esas notificaciones, renuncias o terminaciones serán definitivas y obligatorias para el Contratante, el Contratista y el Miembro. Sin embargo, una notificación emitida por el Contratante o el Contratista, pero no por ambos, carecerá de validez.
Incumplimiento del Miembro:
Si el Miembro no cumple cualquiera de sus obligaciones de conformidad con la Cláusula 4 (a) - (d) supra, no tendrá derecho a ningún pago ni gastos en virtud del presente y, sin perjuicio de sus demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al Contratista cualquier pago o gastos recibidos por el Miembro o los Demás Miembros (si los hubiere), en concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.
Si el Miembro no cumple cualquiera de las obligaciones establecidas en la Cláusula 4 (e) - (k) supra, no tendrá derecho a recibir ningún pago ni gastos estipulados en el presente a partir de la fecha y en la medida del incumplimiento y, sin perjuicio de sus demás derechos, reembolsará tanto al Contratante como al Contratista los pagos y gastos que ya hubiere percibido el Miembro por concepto de procedimientos o decisiones (de haberlas) de la Comisión para la Resolución de Controversias que se declaren nulas y sin efecto a raíz de dicho incumplimiento.
Controversias:
Cualquier controversia o reclamo que surjan de, o con relación a, este Convenio de la Comisión para la Resolución de Controversias, o el incumplimiento, la terminación o la invalidez de dicho convenio, deberá ser sometido a arbitraje institucional para su resolución definitiva. Si no se llega a un acuerdo respecto del instituto de arbitraje, el arbitraje se regirá por el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional y será conducido por un árbitro designado de conformidad con dicho Reglamento.
NORMAS DE PROCEDIMIENTO
Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa, la Comisión para la Resolución de Controversias realizará visitas al lugar de las Obras en intervalos no mayores de 140 días, incluidas las épocas de construcciones críticas, a solicitud del Contratante o el Contratista. Salvo que el Contratante, el Contratista y la Comisión para la Resolución de Controversias acuerden otra cosa, el período entre visitas consecutivas no será inferior a 70 días, excepto en la medida requerida para convocar una audiencia conforme se señala más abajo.
La oportunidad y el programa de cada visita al lugar de las Obras serán acordados en forma conjunta por la Comisión para la Resolución de Controversias, el Contratante y el Contratista o, en ausencia de un acuerdo, serán decididos por la Comisión para la Resolución de Controversias. El objeto de las visitas al lugar de las Obras es permitir que dicha Comisión se familiarice y se mantenga al día con el avance de las Obras y cualquier problema o reclamación real o potencial, y, en la medida de lo posible, haga todo lo que esté a su alcance para evitar que los problemas o reclamaciones potenciales se conviertan en controversias.
El Contratante, el Contratista y el Ingeniero asistirán a las visitas al lugar de las Obras, cuya coordinación estará a cargo del Contratante en cooperación con el Contratista. El Contratante se encargará de que se cuente con instalaciones de conferencia y servicios secretariales y de fotocopia adecuados. Al concluir cada visita y antes de abandonar el lugar de las Obras, la Comisión para la Resolución de Controversias elaborará un informe de las actividades realizadas durante la visita y enviará copias del mismo al Contratante y el Contratista.
El Contratante y el Contratista entregarán a la Comisión para la Resolución de Controversias una copia de todos los documentos que solicite, incluidos documentos contractuales, informes de avance, instrucciones de variaciones, certificados y otros documentos relacionados con el cumplimiento del Contrato. Todas las comunicaciones entre la Comisión para la Resolución de Controversias y el Contratante o el Contratista se realizarán con copia a la otra Parte. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas, el Contratante y el Contratista enviarán copias de los documentos solicitados y las comunicaciones a cada una de esas personas.
Si se remite una controversia a la Comisión para la Resolución de Controversias de conformidad con la Subcláusula 20.4 de las Condiciones del Contrato, dicha Comisión procederá según se establece en la Subcláusula 20.4 y estas normas. Con sujeción al plazo para notificar sobre una decisión y otros factores pertinentes, la Comisión para la Resolución de Controversias deberá:
Actuar justa e imparcialmente entre el Contratante y el Contratista, dándole a cada uno de ellos oportunidad razonable para presentar su caso y de responder al caso del otro; y
Adoptar procedimientos adecuados para la controversia, sin incurrir en demoras ni gastos innecesarios.
La Comisión para la Resolución de Controversias podrá realizar una audiencia sobre la controversia, en cuyo caso decidirá respecto de la fecha y el lugar en que se llevará a cabo, y podrá solicitar que antes de la audiencia o durante la misma se le presenten documentación y argumentos escritos del Contratante y el Contratista.
Salvo que el Contratante y el Contratista acuerden otra cosa por escrito, la Comisión para la Resolución de Controversias tendrá la facultad de adoptar un procedimiento inquisitorio, negar a cualquier persona, excepto los representantes del Contratante, el Contratista y el Ingeniero, admisión a las audiencias y el derecho a ser oído en las mismas, y proceder en ausencia de cualquier parte que según la Comisión para la Resolución de Controversias haya recibido notificación de la audiencia; pero tendrá discreción para decidir si, y en qué medida, ejercerá dicha facultad.
El Contratante y el Contratista facultan a la Comisión para la Resolución de Controversias, entre otros aspectos, a:
Establecer el procedimiento que se aplicará para resolver una controversia;
Decidir sobre la jurisdicción de la Comisión para la Resolución de Controversias y sobre el alcance de cualquier controversia que se le presente;
Realizar las audiencias que considere necesarias, sin someterse a otras normas o procedimientos que no sean los que se contemplan en el Contrato y en estos procedimientos;
Tomar la iniciativa para establecer los hechos y los asuntos necesarios para la toma de una decisión;
Hacer uso de sus conocimientos especializados, si los tuviere;
Decidir sobre el pago de cargos financieros de conformidad con el Contrato;
Decidir sobre cualquier recurso de reparación provisional, tales como medidas temporales o de conservación, y
Abrir, examinar y modificar cualquier certificado, decisión, orden, opinión o tasación del Ingeniero, que sea pertinente para la controversia.
La Comisión para la Resolución de Controversias no expresará ninguna opinión durante las audiencias en relación con los argumentos presentados por las Partes. Posteriormente, la Comisión para la Resolución de Controversias tomará y anunciará su decisión de conformidad con la Subcláusula 20.4, o en la forma en que acuerden el Contratante y el Contratista por escrito. Si la Comisión para la Resolución de Controversias está formada por tres personas:
Se reunirá en privado después de las audiencias, a fin de deliberar y preparar su decisión;
Tratará de llegar a una decisión unánime. Si ello resultara imposible, la decisión se tomará por mayoría de los Miembros, quienes podrían solicitar al Xxxxxxx minoritario que prepare un informe escrito para el Contratante y el Contratista; y
Si un Miembro no asiste a una reunión o audiencia o no cumple cualesquiera funciones necesarias, los otros dos Miembros podrán proceder de todas maneras a tomar a una decisión, a menos que:
El Contratante o el Contratista no estén de acuerdo en que lo hagan, o
El Miembro ausente sea el presidente de la Comisión para la Resolución de Controversias e instruya a los Miembros que no tomen ninguna decisión.
ANEXO B
–
Prácticas prohibidas ‑ responsabilidad ambiental
y social
[El contenido del Anexo B – Prácticas Prohibidas – responsabilidad ambiental y social depende de la fecha de firma del Convenio de Financiamieto de la AFD que cubre total o parcialmente la financiación de este Contrato.
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN A y eliminará la OPCIÓN B;
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluído, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN B y eliminará la OPCIÓN A. ]
[OPCIÓN A – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación)
Prácticas fraudulentas y corruptas
La Autoridad Contratante y los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores deberán observar las más altas reglas de ética durante el proceso de adquisición y la ejecución del contrato. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
Con la firma de la Declaración de Integridad, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores declaran que (i) "no han cometido actos susceptibles de influir en el proceso de adjudicación del contrato en detrimento de la Autoridad Contratante y, en particular, que no se han involucrado ni se involucran en cualquier práctica anticompetitiva" y que (ii) "el proceso de adquisición y ejecución del contrato no ha dado ni dará lugar a ningún acto de corrupción o de fraude".
La AFD exige que los Documentos de Adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores autoricen a la AFD a examinar sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
La AFD se reserva el derecho de adoptar cualquier acción apropiada con el fin de asegurar el cumplimiento de dichas reglas de ética, en particular el derecho de:
Rechazar la propuesta de adjudicación de un contrato si establece que durante el proceso de adquisición el oferente o consultor recomendado para ser adjudicado el contrato es culpable de un acto de corrupción, directamente o a través de un agente, o ha cometido fraude o prácticas anticompetitivas con el fin de obtener dicho contrato;
Declarar la contratación viciada si, en cualquier momento, la AFD determina que la Autoridad Contratante, los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores, subconsultores o sus representantes participaron en actos de corrupción, fraude o prácticas anticompetitivas durante el proceso de adquisición o la ejecución del contrato sin que la Autoridad Contratante haya tomado las medidas necesarias para remediar esta situación a su debido tiempo y a satisfacción de la AFD, incluso por no informar a la AFD cuando se enteró de dichas prácticas.
Con el fin de aplicar esta disposición, la AFD define las expresiones siguientes:
Corrupción de un Funcionario Público se interpretará como:
El acto de prometer, ofrecer o conceder a un Funcionario Público, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para él mismo o para otra Persona65 o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales;
El acto por el cual un Funcionario Público solicite o acepte, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí mismo o para otra Persona o entidad, con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto en el ejercicio de sus funciones oficiales.
Funcionario Público se interpretará como:
Cualquier Persona natural que ocupe un cargo legislativo, ejecutivo, administrativo o judicial (dentro del país de la Autoridad Contratante), indistintamente de que la Persona natural haya sido nombrada o electa, de manera permanente o temporal, que sea remunerada o no, sea cual sea su nivel jerárquico que esa Persona natural ejerce;
Cualquier otra Persona natural que ejerza un cargo público, incluso para un organismo o una empresa del estado, o que preste un servicio público;
Cualquier otra Persona natural definida como Funcionario Público en las leyes del país de la Autoridad Contratante.
Corrupción de una Persona Privada66 se interpretará como:
El acto de prometer, ofrecer o conceder, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo a él o cualquier Persona o entidad, para ella misma con el fin de que realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales;
El acto por el cual cualquier Persona Privada, solicita o acepta, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier tipo, para sí misma o para otra Persona o entidad, para que esa Persona Privada realice o se abstenga de realizar un acto que viola sus obligaciones legales, contractuales o profesionales.
Fraude significa cualquier conducta deshonesta (por acción u omisión), que se considere o no una ofensa criminal, destinada a engañar deliberadamente a un tercero, disimular intencionalmente elementos, a violar o viciar su consentimiento, a eludir las obligaciones legales o reglamentarias y/o a violar las reglas internas con el fin de obtener un lucro ilegítimo.
Práctica Anticompetitiva se interpretará como:
Cualquier acción concertada o implícita con el objeto o cuyo efecto es impedir, restringir o distorsionar la competencia en un mercado, en particular cuando: (i) limita el acceso al mercado o el libre ejercicio de la competencia por parte de otras Personas; (ii) obstaculiza el libre establecimiento de precios competitivos, a través de la creación artificial de aumentos y rebajas de precio; (iii) limita o controla la producción, las oportunidades xx xxxxxxx, las inversiones o el progreso técnico; o (iv) reparte los mercados o las fuentes de abastecimiento;
Cualquier explotación abusiva por parte de una Persona o de un grupo de Personas que mantiene una posición dominante en un mercado interno o en una parte substancial del mismo;
Cualquier práctica donde los precios cotizados son irracionalmente bajos, con el objetivo de eliminar de un mercado o prevenir entrar en un mercado a una Persona o cualquiera de sus productos.
Responsabilidad ambiental y social
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD busca asegurar que se cumplen con las normas ambientales y sociales reconocidas internacionalmente y que los proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y subconsultores para contratos financiados por la AFD deben comprometerse, sobre la base de la Declaración de Integridad a:
Cumplir y a hacer cumplir por el conjunto de sus subcontratistas y subconsultores, las normas ambientales y sociales internacionales, incluyendo los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los tratados internacionales para la protección del medio ambiente, en consonancia con las leyes y normativas aplicables en el país en que se realiza el contrato;
Implementar cualquier medida de mitigación de riesgos ambientales y sociales cuando se especifican en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) emitido por la Autoridad Contratante.
Fin de la OPCIÓN A]
[OPCIÓN B – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluido.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN A mencionada anteriormente)
Prácticas Prohibidas
La Autoridad Contratante, los candidatos, oferentes, consultores o proveedores deberán respetar las más estrictas normas de ética durante la adjudicación y ejecución de los contratos.
Con el fin de aplicar la presente disposición, la AFD introduce la noción de Prácticas Prohibidas, haciendo referencia a actos según se definen en los documentos titulados “Política General de prevención y lucha contra las Prácticas Prohibidas”67 y “Normas de Adquisiciones para Contratos Financiados por la AFD en Países Extranjeros”68 de libre acceso en su Sitio Internet.
Al firmar la Declaración de Integridad, los proveedores, consultores, contratistas y sus subcontratistas declaran que no se han involucrado ni se involucrarán en ninguna Práctica Prohibida durante la adjudicación y ejecución del contrato.
No podrá ser adjudicatario de un Contrato financiado por la AFD una Persona69 que, o cuyo subcontratista, Dirigente70, empleado o agente (que esté declarado o no), en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente, haya participado en una Práctica Prohibida, directamente o a través de un agente (que esté declarado o no), con el fin de obtener ese contrato.
La AFD exige que los documentos de adquisiciones y los contratos financiados por la AFD incluyan una estipulación que exija que los candidatos, oferentes, consultores o proveedores y sus subcontratistas autoricen a la AFD a realizar investigaciones, incluyendo la examinación de sus cuentas y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la ejecución del contrato financiado por la AFD y a ser auditados por parte de auditores designados por la AFD.
Con el fin de detectar y luchar de manera óptima contra las Prácticas Prohibidas, la AFD implementó un mecanismo de denuncia abierto a terceros: por lo tanto, cualquier persona puede señalar una Práctica Prohibida directamente al Servicio de Investigaciones ya sea:
por correo electrónico, a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxXxxxxxXXX@xxxxxxxx.xxx, o
por correo postal dirigido al Departamento de la Conformidad de la AFD, 0 xxx Xxxxxx Xxxxxxx, 00000 Xxxxx.
Responsabilidad Ambiental, Social, de Salud y de Seguridad (ASSS)
Con el fin de promover un desarrollo sostenible, la AFD debe asegurarse que los contratos que financia respetan las normas ASSS internacionalmente reconocidas. Por consiguiente, los Candidatos, Oferentes y Consultores que intervienen en los Contratos financiados por la AFD, deben firmar una Declaración de Integridad mediante la cual se comprometan a:
cumplir con las normas ambientales reconocidas por la comunidad internacional, entre las cuales figuran los convenios internacionales para la protección del medio ambiente, y en particular a adoptar todas las medidas razonables para evitar o limitar los impactos negativos sobre la vegetación, la biodiversidad, los suelos, las napas de aguas subterráneas y superficiales, así como sobre las personas y bienes, que son resultado de la contaminación, el ruido, las vibraciones, el tráfico y otros efectos generados por nuestras actividades, en coherencia con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del contrato.
implementar las medidas de mitigación de los riesgos ambientales y sociales cuando se incluyen en el plan de gestión ambiental y social proporcionado por la Entidad Contratante, y a verificar que las emisiones, los residuos en superficie y las aguas residuales producidos por nuestras actividades se mantienen dentro de los límites, y cumplen con las especificaciones o prescripciones aplicables al contrato.
respetar los derechos de los trabajadores relativos a los sueldos, horarios laborales, reposo y vacaciones, horas extra, edad mínima, pagos regulares, compensaciones y beneficios conforme a las normas reconocidas por la comunidad internacional entre las que figuran los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de manera coherente con las leyes y reglamentaciones aplicables en el país de ejecución del contrato; indicar esos elementos en un documento anexado a los contratos laborales de nuestros empleados y a la disposición de la Entidad Contratante; y respectar y facilitar los derechos de los trabajadores para organizarse e implementar un mecanismo de atención a reclamos para los trabajadores directos o indirectos.
implementar prácticas de no discriminación e igualdad de oportunidades, y a garantizar la prohibición del trabajo infantil y del trabajo forzado.
mantener un expediente de cada miembro del personal local en el que se consignen las horas trabajadas por cada persona, el tipo de trabajo, los sueldos pagados y las formaciones recibidas, y a que esos expedientes siempre estén a disposición para que la Entidad Contratante y los representantes autorizados del gobierno los puedan consultar, con arreglo a las leyes y reglamentaciones aplicables a la protección de datos personales en el país de ejecución del contrato.
Fin de la OPCIÓN B]
ANEXO C
–
Criterios de Elegibilidad
Elegibilidad para contratos financiados por la AFD
[El contenido del Anexo C - Criteros de Elegibilidad depende de la fecha de firma del Convenio de Financiamieto de la AFD que cubre total o parcialmente la financiación de este Contrato.
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN A y eliminará la OPCIÓN B;
Para cualquier contrato financiado por la AFD a través de un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluído, la Autoridad Contratante seleccionará el texto de la OPCIÓN B y eliminará la OPCIÓN A. ]
[OPCIÓN A – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado antes del 1 de febrero de 2024.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN B a continuación)
Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, no son atados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y servicios de no consultoría sin tomar en cuenta el país de origen del proveedor, contratista, subcontratista, consultor o subconsultor, así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización. La Autoridad Contratante es el Comprador, Contratante o Cliente, según sea el caso, para la adquisición de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría o servicios de no consultoría.
No pueden ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD las Personas71 (incluyendo todos los miembros de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) y cualquiera de sus subcontratistas) que en la fecha de la entrega de una solicitud (para precalificar o expresar interés), oferta o propuesta o en la fecha de la adjudicación del contrato:
2.1 Estar en o haber sido objeto de un procedimiento de quiebra, de liquidación, de administración judicial, de salvaguarda, de cesación de actividad o estar en cualquier otra situación análoga como consecuencia de un procedimiento del mismo tipo;
2.2 Hayan sido objeto:
de una condena pronunciada hace menos de cinco años mediante una sentencia en firme (res judicata) en el país de realización donde el contrato se implementa, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta condena no es pertinente en el marco del contrato;
de una sanción administrativa pronunciada hace menos de cinco años por la Unión Europea o las autoridades competentes del país donde están constituidos, por fraude, corrupción o cualquier delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta sanción no es pertinente en el marco del contrato;
de una condena pronunciada por una corte hace menos de cinco años que se considere una sentencia en firme (res judicata) por fraude, corrupción o cualquier otro delito cometido en el marco del proceso de adquisición o ejecución de un contrato financiado por la AFD;
2.3 Figuran en las listas de las sanciones financieras adoptadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx, en particular por concepto de lucha contra el financiamiento del terrorismo y contra los atentados a la paz y a la seguridad internacionales;
2.4 Hayan sido objeto de una rescisión por causales atribuibles a ellos mismos en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato anterior, excepto si (i) esta rescisión fue objeto de una impugnación y (ii) la resolución del litigio está todavía en curso o no se ha confirmado una sentencia en contra de ellos;
2.5 No hayan cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país donde están constituidos o con las mismas del país de la Autoridad Contratante;
2.6 Estén bajo el peso de una decisión de exclusión pronunciada por el Banco Mundial y por este concepto figuren en la lista publicada en la dirección electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx, a no ser que presenten información complementaria que consideren útil transmitir en el marco de la Declaración de Integridad, que permita estimar que esta decisión de exclusión no es pertinente en el marco del proyecto financiado por la AFD;
2.7 Hayan producido falsos documentos o sean culpables de falsa(s) declaración(es) al proporcionar los datos exigidos por la Autoridad Contratante en el marco del presente proceso de adquisición y adjudicación del contrato.
Las entidades de propiedad estatal podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades de propiedad estatal tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante, (iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
Fin de la OPCIÓN A]
[OPCIÓN B – Versión a insertar para cualquier Contrato financiado por un Convenio de Financiamiento firmado a partir del 1 de febrero de 2024 incluido.
(En caso contrario, eliminar esta parte y mantener solo la OPCIÓN A mencionada anteriormente)
Los financiamientos otorgados por la AFD a una Autoridad Contratante, están desvinculados desde el 1° de enero de 2002. Por consiguiente, salvo materiales o sectores sujetos a embargo de las Naciones Unidas, de la Unión Europea x xx Xxxxxxx, la AFD financia todos los contratos de bienes, obras, plantas, servicios de consultoría y otras prestaciones de servicios sin considerar la nacionalidad del adjudicatario (ni la de sus proveedores o subcontratistas) así como los insumos o recursos utilizados en el proceso de realización.
No puede ser adjudicatario de un contrato financiado por la AFD una Persona72 que, o cuyo subcontratista, Dirigente73, empleado o agente (que esté declarado o no), en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente:
está en, o es objeto de un proceso de, quiebra, liquidación, administración judicial, salvaguarda, cesación de actividad, o se encuentra en cualquier otra situación análoga como resultado de algún procedimiento de la misma naturaleza;
ha sido objeto, desde hace menos de cinco años, de una sanción administrativa definitiva, de una condena definitiva pronunciada por alguna autoridad competente, o de cualquier otra resolución sin litigio74 con un efecto extintivo de la acción pública, ya sea (i) en el país de registro de la Persona, (ii) en el país de ejecución del Contrato, (iii) en el marco de la adjudicación o ejecución de un contrato financiado por la AFD, (iv) pronunciada por una institución de la Unión Europea o (v) pronunciada por una autoridad competente en Francia, por
haber incurrido en Prácticas Prohibidas75, o por cualquier delito cometido en ocasión de la adjudicación o ejecución de un contrato, a no ser que presente información complementaria, como pudiera ser un programa de conformidad, que dicha Persona (o, respectivamente, su subcontratista, Dirigente, empleado o agente) considere útil transmitir como parte de la Declaración de Integridad, que permitiría estimar que esta sanción, condena o resolución no es pertinente en el caso del presente Contrato.
haber participado en una organización criminal, por infracciones terroristas o relacionadas con actividades terroristas, trabajo infantil, u otras infracciones relacionadas con la trata de seres humanos;
haber creado una entidad en una jurisdicción distinta con la intención de sustraerse a sus obligaciones fiscales, sociales o a cualquier otra obligación legal aplicable en el territorio en el que se encuentra su sede, su administración central o su principal establecimiento o por el hecho de ser una entidad creada con la intención de sustraerse a este tipo de obligaciones;
haya sido objeto de una rescisión por su exclusiva culpa en el transcurso de los últimos cinco años debido a un incumplimiento grave o persistente de sus obligaciones contractuales durante la ejecución de un contrato, excepto si esta rescisión ha sido objeto de una impugnación y la resolución del litigo esté todavía en curso o se haya confirmado una sentencia invalidando la rescisión por su culpa exclusiva;
sea objeto de una medida de inelegibilidad adoptada por uno de los bancos multilaterales de desarrollo signatarios del acuerdo de reconocimiento mutuo del 9 xx xxxxx de 201076; de existir dicha medida de inelegibilidad, la Persona puede adjuntar a la Declaración de Integridad las informaciones complementarias que permitan considerar que esta medida de inelegibilidad no es pertinente en el caso de este Contrato;
no haya cumplido con sus obligaciones respecto al pago de sus impuestos o cotizaciones sociales según las disposiciones legales del país en el que está establecida, o de las del país de la Entidad Contratante;
haya producido documentos falsos o sea culpable de falsas declaraciones al momento de proporcionar los datos exigidos por la Entidad Contratante con motivo del proceso de adjudicación de este Contrato.
Además, no puede ser adjudicatario de un Contrato financiado por la AFD una Persona, o su subcontratista, Dirigente, empleado o agente (que esté declarado o no), un accionista directo o indirecto, o una filial que opere con su conocimiento, que, en la fecha de entrega de una Candidatura, Oferta, Propuesta, Cotización, o en cualquier momento entre esa fecha y la adjudicación del Contrato correspondiente:
es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones individuales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx;
es directa o indirectamente objeto, está controlado por una persona o una entidad que es objeto, o actúa en nombre o por cuenta de una persona o una entidad que es objeto de sanciones sectoriales impuestas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx;
es inelegible para la realización del Proyecto debido a cualquier otra medida de sanciones internacionales pronunciada por las Naciones Unidas, la Unión Europea y/x Xxxxxxx.
Las entidades o empresas públicas podrán competir a condición de que puedan proveer evidencia (i) que gozan de autonomía jurídica y financiera, y (ii) que se rigen por las reglas de derecho comercial. Para ello, las entidades o empresas públicas tendrán que entregar toda la documentación incluidos sus estatutos y otra información que la AFD pueda solicitar, que permitan a la AFD comprobar satisfactoriamente que: (i) tienen una personería jurídica distinta de la de su Estado, (ii) no reciben subvención pública alguna ni ayuda presupuestaria importante, (iii) se rigen de acuerdo con las disposiciones del derecho comercial y que, en particular, no están obligados a reingresar sus excedentes en su Estado, que pueden adquirir derechos y obligaciones, tomar fondos prestados, que están obligados a reembolsar sus deudas y que pueden ser objeto de un procedimiento de quiebra.
Fin de la OPCIÓN B]
Sección IX ‑ Condiciones Especiales (CE)
Las siguientes Condiciones Especiales complementarán las CG. En casos de discrepancia, las presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG.
Parte A – Datos del Contrato
Condiciones |
Subcláusula |
Datos |
Nombre y dirección del Contratante |
1.1.2.2 y 1.3 |
|
Nombre y dirección del Ingeniero |
1.1.2.4 y 1.3 |
|
Nombre del Banco |
1.1.2.11 |
La Agence Française de Développement (la "AFD"), teniendo en cuenta que, según la leyes y los reglamentos xx Xxxxxxx, la AFD no es una entidad bancaria sino una Institución Financiera Especializada ("Institution Financière Spécialisée") |
Nombre del Prestatario |
1.1.2.12 |
El "Prestatario" es el Contratante |
Plazo de Terminación de las Obras |
1.1.3.3 |
_________ días. [Si se usan secciones, remítase al cuadro Resumen de Secciones, que aparece más adelante.] |
Período para la Notificación de Defectos |
1.1.3.7 |
365 días. |
Secciones |
1.1.5.6 |
[Si se usan secciones, remítase al cuadro: Resumen de Secciones, que aparece más adelante.] |
Especificaciones MSSS |
1.1.6.11 |
Se aplicarán las Especificaciones MSSS: Sí / No [Se requiere un acuerdo de AFD para marcar "No". No se aplicarán las Especificaciones MSSS para las Obras con leve impacto y riesgo ambiental, social, de salud y de seguridad.] |
Condiciones climáticas excepcionalmente adversas |
1.1.6.15 |
Subcláusula adicional "Condiciones Climáticas Excepcionalmente Adversas" significa:
[Deben definirse las condiciones climáticas excepcionalmente adversas que se mencionan en el párrafo c) de la Subcláusula 8.4 con respecto a todos y cada uno de los Lugares de las Obras. Para saber si se han producido dichas condiciones climáticas, puede resultar adecuado comparar las condiciones climáticas adversas con la frecuencia con la que se han producido anteriormente acontecimientos con una adversidad similar en el Lugar de las Obras o cerca de este. Un nivel de adversidad excepcional podría ser, por ejemplo, una probabilidad de incidencia equivalente al Plazo de Terminación de las Obras multiplicado por cuatro o por cinco (por ejemplo, una vez cada ocho o diez años para un contrato de dos años)] |
Ley aplicable |
1.4 |
|
Idioma que rige |
1.4 |
|
Plazo para acceder al Lugar de las Obras |
2.1 |
__________ días después de la Fecha de Inicio. [Si se utilizan varias Secciones, y si no se puede fijar un solo momento de acceso para todas, indicar aquí los diferentes momentos de acceso (se recomienda indicar como máximo un momento por Sección), o en el Resumen de Secciones, que aparece más adelante, añadiendo una columna más.] |
Obligaciones y Facultades del Ingeniero |
3.1 |
[El Contratante podrá tomar la decisión de restringir aún más las facultades del Ingeniero, aparte de las cuestiones descritas detalladamente en los párrafos (a) a (d) de la Subcláusula 3.1, marcando una xxxx en una o varias casilla(s) de las siguientes opciones, y/o añadiendo otras restricciones en la medida en que se consideren necesarias:] El Ingeniero deberá solicitar la aprobación específica del Contratante antes de emprender las siguientes acciones:
|
Obligaciones Generales del Contratista |
4.1 |
[El Contratante podrá decidir exigir que se aporte documentación seleccionando uno o varios de los siguientes documentos y/o añadiendo los documentos según estime oportuno y como se indica en las Especificaciones; de lo contrario, elimínese.] El Contratista proporcionará los siguientes documentos como parte del Contrato y según se indica en las Especificaciones [marcar una xxxx en la(s) casilla(s) correspondiente(s)]:
|
Garantía de Cumplimiento |
4.2 |
La Garantía de Cumplimiento se presentará en forma de "garantía a la vista" por valor de [indicar el monto correspondiente entre 5 y 10] por ciento del Monto Contractual Aceptado y en la(s) misma(s) moneda(s) de dicho monto. |
Subcontratistas |
4.4 |
Se autoriza el pago directo a los
Subcontratistas: [Las disposiciones relativas al pago directo por el Contratante de los trabajos realizados por los Subcontratistas garantiza a estos que se les pagará de la misma manera que al Contratista cuando hayan terminado las tareas que se les hayan asignado. Puede identificarse en la Oferta el trabajo subcontratado para el que se prevé un pago directo. Cuando se nombre a un Subcontratista después de haber firmado el Contrato, su aprobación por el Contratante y también las condiciones de pago directo acordadas deberán hacerse constar en una enmienda o apéndice al Contrato.] |
Informes de Avance |
4.21 |
Frecuencia de los informes de avance: [Insertar la frecuencia solo si es diferente a mensual; de lo contrario, elimínar.] |
Horas de trabajo normales |
6.5 |
__________ [Insertar las horas de trabajo normales.] |
Inicio de las Obras |
8.1 |
La Fecha de Inicio será: [insertar la lista de condiciones de acuerdo a la Subcláusula 8.1 de las CG, o la fecha, o la fecha de la firma del Convenio (siempre que el Contratista proporcione una Garantía de Cumplimiento).] |
Indemnización por demora de las Obras |
8.7 y 14.15(b) |
[normalmente en torno a una milésima 1‰] % del Precio del Contrato por día. [Si se usan secciones, remítase al cuadro Resumen de Secciones, que aparece más adelante.] |
Monto máximo de indemnización por demora |
8.7 |
[insertar un porcentaje no superior a 10] % del Precio del Contrato definitivo. |
Porcentaje de ajuste de los Montos Provisionales |
13.5(b)(ii) |
[Si se contemplan montos provisionales, indicar un porcentaje de ajuste de los gastos generales y ganancias.] _______ [5] % |
Ajustes por Cambios en el Costo |
13.8 |
Período "n" aplicable al multiplicador de ajuste "Pn": __________ [Indicar el período si es distinto a un (1) mes. Si el período "n" es un (1) mes, indicar "no corresponde".] |
Precio del Contrato |
14.1 |
[Seleccionar una de las opciones siguientes para el Contrato:] El Contrato es de Suma Global total [o] El Contrato es de Precios Unitarios [o] El Contrato es una combinación de Componente de Suma Global y Componente de Precios Unitarios: El Componente de Suma Global consiste en: [insertar una breve descripción de la naturaleza del componente y/o remítase a las Especificaciones y Listados.] El Componente de Precios Unitarios consiste en: [insertar una breve descripción de la naturaleza del componente y/o remitirse a las Especificaciones y Listados.] |
|
14.1(b) |
Se aplicarán al Contrato las siguientes exenciones fiscales, de derechos y tasas: [si procede, insertar las exenciones (por ejemplo IVA, derechos de importación), de acuerdo con la Subcláusula 14.7 de los DDL.] |
|
14.1(e) |
Se aplica al inciso (e) de la Subcláusula 14.1 – Parte B de las CE sobre le exención del pago de impuestos y derechos de importación: Si / No [seleccionar la opción apropiada] |
Total pago anticipado |
14.2 |
______ % del Monto Contractual Aceptado, que deberá pagarse en las monedas y las proporciones en que sea pagadero dicho monto [Indicar el número entre 10 y 20 y los plazos de las cuotas, si procede.] |
Tasa de amortización de pago anticipado |
14.2(b) |
La tasa de amortización (%) será el doble del porcentaje que se especifica en concepto de Pago Anticipado en la Subcláusula 14.2. de las CE. |
Porcentaje de Retención |
14.3 |
[Indicar la tasa de amortización de pago anticipado, entre 5 y 10] % |
Límite del Monto de Retención |
14.3 |
______ % del Monto Contractual Aceptado [insertar el porcentaje de modo que la Garantía de Cumplimiento y el Monto Retenido no supere el 15% del Monto del Contrato Aceptado.] |
Equipos y Materiales para las Obras |
|
[Si se aplica la Subcláusula 14.5:]: |
|
14.5(b)(i) |
Equipos y Materiales por pagar contra envío al Lugar de las Obras [Enumerar los Equipos y los Materiales] |
|
14.5(c)(i) |
Equipos y Materiales por pagar contra entrega en el Lugar de las Obras [Enumerar los Equipos y los Materiales] |
Monto Mínimo de Certificados de Pago Provisionales |
14.6 |
[Indicar monto, por ejemplo 10,000 $] |
Pagos |
14.7 |
El Contratante pagará al Contratista el monto certificado en cada uno de los Certificados de Pagos Provisionales dentro de los _______ [insertar un número de días si fuese diferente a 56] días. El pago de los importes adeudados al Contratista en cada moneda se hará en las siguientes cuentas bancarias: [Insertar los datos de las cuentas bancarias en el momento en que se firme el Contrato.] |
Publicación de la fuente de los tipos de interés comerciales por gastos financieros en caso de retraso en los pagos |
14.8 |
La tasa de interés para los pagos en moneda local será conforme a la Subcláusula 14.8 de las CG. La tasa de interés para los pagos en moneda extranjera será [insertar el LIBOR + 200 pb] |
Limitación de Responsabilidad |
17.6 |
La responsabilidad total del Contratista ante el Contratante, no excederá el Monto Contractual Aceptado multiplicado por ________ [insertar multiplicador igual o superior a uno, que no exceda tres] |
Plazos para entregar los seguros: |
18.1 |
[Indicar el período de entrega de comprobantes de seguros y pólizas. El período puede variar entre 14 y 28 días.] |
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__________ días |
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__________ días |
Monto mínimo del seguro de responsabilidad civil contra riesgos de terceros |
18.3 |
__________ [Indicar el monto del seguro de responsabilidad civil contra riesgos de terceros] |
Fecha límite para el nombramiento de la Comisión para la Resolución de Controversias |
20.2 |
28 días después de la Fecha de Inicio. |
Número de miembros de la Comisión para la Resolución de Controversias |
20.2 |
Un solo Miembro/ adjudicador [o] Tres Miembros |
Lista de posibles miembros únicos de la Comisión para la Resolución de Controversias |
20.2 |
[Sólo en los casos en que la Comisión para la Resolución de Controversias esté compuesta por un solo miembro, indicar los nombres de posibles miembros únicos. De no incluirse posibles miembros únicos, indicar "ninguno".] |
Entidad o funcionario encargado del nombramiento (de no llegarse a un acuerdo) |
20.3 |
[Indicar el nombre de la entidad o el funcionario encargado de hacer el nombramiento, por ejemplo, el Presidente de la FIDIC o de otra asociación regional de ingenieros.] |
Reglas de arbitraje |
20.6 |
[Indicar las reglas de arbitraje de ser diferentes a las de la Cámara de Comercio Internacional.] |
Sede del arbitraje |
20.6 |
[Insertar el lugar de arbitraje: debe ser un lugar neutral, es decir, no encontrarse en el país del Contratante ni en el que se encuentren las oficinas centrales del Contratista.] |
Cuadro: Resumen de Secciones
Nombre/Descripción
de la Sección |
Plazo
de terminación |
Indemnización
por demora |
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Parte B – Disposiciones Específicas
Condiciones |
Subcláusula |
Disposiciones Específicas |
Formularios |
1.1.1.7 |
Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: Elimine "la Lista de Cantidades" de la tercera línea. |
Lista de Cantidades y Lista de Trabajos por Día |
1.1.1.9 |
Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "Lista de Cantidades" significa el documento que lleva dicho título, relativo al Componente de las Obras a Precios Unitarios de la Sección de Formularios. "Lista de Trabajos por Día" significa el documento (si lo hubiere) que lleva dicho título de la Sección de Formularios. Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: 1.1.1.9 Lista de Trabajos por Día "Lista de Trabajos por Día" significa el documento (si lo hubiere) que lleva dicho título de la Sección de Formularios. |
Período para la Notificación de Defectos |
1.1.3.7 |
Añadir, al final de la Subcláusula "o recepcionada en virtud de la Subcláusula 10.2 [Recepción de Partes de las Obras]." |
Componente del Precio de Suma Global |
1.1.4.13 |
Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: "Componente del Precio de Suma Global" significa las partes de las Obras respecto de las cuales el Precio del Contrato no se someterá a una nueva medición según la Cláusula 12 [Medición y Evaluación]. |
Componente de Precios Unitarios |
1.1.4.14 |
Si se ha seleccionado la opción de "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: "Componente de Precios Unitarios" significa las partes de las Obras respecto de las cuales el Precio del Contrato se someterá a una nueva medición según la Cláusula 12 [Medición y Evaluación]. |
Lugar de las Obras |
1.1.6.7 |
Esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "Lugar de las Obras" significa los sitios donde se ejecutarán las Obras Permanentes y donde deben ser enviados los Equipos y Materiales, así como cualquier otro sitio que se defina en el Contrato como parte del Lugar de las Obras. |
Variación |
1.1.6.9 |
Esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "Variación" significa cualquier cambio a las Especificaciones o los Planos o las Obras que es requerido o aprobado como una variación en virtud de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes]. |
Especificaciones MSSS |
1.1.6.11 |
Subcláusula adicional: "Especificaciones MSSS" significa el documento que lleva por título Especificaciones Medioambientales, Sociales, de Salud y de Seguridad incluido en las Especificaciones, y cualquier adición o modificación al mismo de conformidad con lo estipulado en el Contrato. En ese documento se especifican las obligaciones medioambientales, sociales, de salud y de seguridad del Contratista. |
Área del Proyecto |
1.1.6.12 |
Subcláusula adicional: "Área del proyecto" posee el significado que se define en las Especificaciones MSSS. |
PGAS-Obras |
1.1.6.13 |
Subcláusula adicional: "PGAS-Obras" significa Plan de Gestión Ambiental y Social de las Obras y posee el significado que se define en las Especificaciones MSSS. |
PPA |
1.1.6.14 |
Subcláusula adicional: "PPA" significa Plan de Protección Ambiental y posee el significado que se define en las Especificaciones MSSS. |
Comunicaciones |
1.3 |
Añadir lo siguiente al final del punto (a), después de "Datos del Contrato" y antes del ";": "En caso de transmisión electrónica, estas comunicaciones se realizarán en forma de fichero no editable adjunto a un correo electrónico (por ejemplo, un documento PDF) y cualquier otra comunicación que se transmita de forma diferente (por ejemplo, como parte del texto del cuerpo de un correo electrónico) no se considerará una comunicación en virtud del Contrato". Antes del último párrafo, añadir lo siguiente: "La entrega de las comunicaciones por cualquier método de transmisión autorizado, se realizará con acuse de recibo". |
Orden de prioridad de los Documentos |
1.5 |
Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "El Contratista estará obligado a cumplir las aclaraciones o instrucciones del Ingeniero sin realizar ningún ajuste en el Precio del Contrato y/o en el Plazo de Terminación." |
Convenio |
1.6 |
Esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "Las Partes celebrarán un Convenio dentro de un plazo de 28 días contados a partir de la fecha en que el Contratista reciba la Carta de Aceptación o de la fecha en la que el Contratante reciba la Garantía de Cumplimiento, lo que ocurra después. El Convenio se basará en el formulario que se anexa en las Condiciones Especiales. El Convenio incluirá todos los memorandos que se adjunten sobre acuerdos celebrados y firmados por las Partes. Los costos de los sellos fiscales y cargos similares (si los hubiere) que exija la ley para celebrar el Convenio correrán por cuenta del Contratista. El presente Contrato constituye el pacto íntegro entre las Partes en relación con su objeto y sobresee todas las manifestaciones, comunicaciones, negociaciones y compromisos anteriores con respecto al objeto del presente. Las Partes acuerdan y reconocen que al celebrar el presente Contrato no se han basado en ninguna declaración, manifestación, aseveración ni garantía de ninguna persona (fuese o no parte del Contrato o se realizase o no por escrito) salvo en aquellas que se hacen constar de manera expresa en el Contrato." |
Cesión |
1.7 |
Esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "El Contratista no podrá ceder total o parcialmente el Contrato, como así tampoco ningún otro beneficio o interés en el Contrato o con arreglo al Contrato sin el consentimiento previo del Contratante por escrito. El Contratante tendrá derecho a ceder este Contrato o cualquier parte del mismo a cualquier persona y no necesitará contar con el consentimiento del Contratista para hacerlo." |
Cuidado y Suministro de los Documentos |
1.8 |
Eliminar la segunda oración del segundo párrafo por completo y sustituirlo por: "El Contratista proporcionará al Ingeniero una (1) copia en papel y dos (2) copias en formato digital de cada uno de los Documentos del Contratista." |
Inspecciones y Auditorías por parte de la AFD |
1.15 |
Esta Subcláusula se elimina por completo y se sustituye por: "El Contratista permitirá, y se asegurará de que sus representantes (declarados o no), Subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios o suministradores y cualquier empleado de estos permitan, a la AFD y/o a las personas designadas por esta inspeccionar el Lugar de las Obras y todas las cuentas y archivos del Contratista relacionados con el cumplimiento del Contrato y la presentación de la Oferta, y someter dichas cuentas y archivos a una auditoria por auditores designados por la AFD, si ésta así lo exige. Se llama la atención del Contratista respecto a la Subcláusula 15.6 [Prácticas Corruptivas o Fraudulentas] que establece, entre otras cosas, que las actuaciones dirigidas a impedir materialmente el ejercicio de los derechos de la AFD a inspeccionar y auditar de conformidad con la Subcláusula 1.15 constituyen una práctica prohibida que puede provocar la terminación del Contrato." |
No renuncia |
1.16 |
Subcláusula adicional: "Salvo disposición específica en contrario en el Contrato, la omisión o demora de una Parte al ejercer cualquier derecho o recursos contemplados por la Legislación o con arreglo al Contrato no perjudicará dicho derecho o recurso ni se interpretará ni actuará como una renuncia o variación del mismo, ni impedirá tampoco que se ejerza en cualquier momento posterior; ningún ejercicio único o parcial de dicho derecho o recurso impedirá tampoco cualquier ejercicio diferente o adicional del mismo ni tampoco el ejercicio de ningún otro derecho o recurso." |
Vigor de las Obligaciones |
1.17 |
Subcláusula adicional: "Las obligaciones en virtud del Contrato que debido a su naturaleza se prorrogarían tras la terminación o el vencimiento del mismo, incluidas a título ilustrativo únicamente pero no restrictivo, las mencionadas en la Cláusula 1 [Disposiciones Generales], la Cláusula 11 [Responsabilidad por Defectos], la Cláusula 17 [Indemnizaciones], la Cláusula 18 [Seguro] y la Cláusula 20 [Reclamaciones y Controversias] se mantendrán en vigor tras la terminación o el vencimiento del Contrato." |
Divisibilidad |
1.18 |
Subcláusula adicional: "Las Partes declaran expresamente que cada sección, cláusula o párrafo de este Contrato se considerará separada en lo que a su validez y aplicabilidad se refiere. Por lo tanto, en el caso de que, por algún motivo, alguna disposición del presente Contrato se declarase nula de pleno derecho, o si una decisión establece que alguna parte de la misma es contraria al Derecho regente, dicha declaración no afectará en modo alguno a la validez y aplicabilidad de las demás estipulaciones, que podrán interpretarse, entenderse y ejecutarse independientemente de la parte que ha sido declarada nula de pleno derecho. Por lo tanto, toda parte del presente Contrato que no se declare nula de pleno derecho será válida y resultará aplicable, además de tener carácter vinculante para las Partes. De la misma manera, si cualquier disposición del presente Contrato o su aplicación a cualquier persona física o sociedad o en una circunstancia determinada se declarase nula de pleno derecho, o si se limitase de alguna manera su aplicación, las demás disposiciones del presente, así como la aplicación de la disposición dudosa a otras personas o en otras circunstancias, no resultarán afectadas por ello y se aplicarán en la medida en que lo permita el Derecho regente. Sin perjuicio de lo anterior, las Partes se comprometen a negociar de buena fe las condiciones de una disposición que resulte satisfactoria para ambas, a fin de sustituir cualquier cláusula que pueda ser declarada nula de pleno derecho o cuya aplicación se restrinja de alguna manera." |
No Constitución o Agencia |
1.19 |
Subcláusula adicional: "Se interpretará que nada de lo incluido en el presente Contrato crea una asociación o constituye a cualquiera de las Partes en agencia o empleado de la otra Parte." |
Enmieda |
1.20 |
Subcláusula adicional: "El presente Contrato no podrá ser modificado, variado, cambiado, completado ni enmendado salvo que se haga mediante instrumento por escrito debidamente firmado y otorgado por las Partes en el que se indique expresamente que es una enmienda al presente Contrato. Para propósitos de claridad, toda Variación que se realice en virtud de la Cláusula 13 [Variaciones y Ajustes] y que provoque un cambio sustancial en las Obras, un aumento del Precio del Contrato y/o una prórroga del Plazo de Terminación se reflejará en una enmienda al presente Contrato." |
Derecho de Acceso al Lugar de las Obras |
2.1 |
Insertar lo siguiente en el primer párrafo, después de la primera oración y antes de la segunda: "Sin embargo, este Contratante no tiene obligación alguna de otorgar al Contratista ni el derecho de acceso ni la posesión de ninguna otra zona situada fuera de los límites del Lugar de las Obras, ni siquiera aunque esa otra zona se encuentre dentro del Área del proyecto. La posesión de cualquier otra zona y el acceso a la misma será íntegramente a riesgo del Contratista." Añadir lo siguiente al final del primer párrafo, después de "recibido": "y hasta ese momento, lo que ocurra más tarde, el Contratista ha aportado como pruebas escritas un certificado de un corredor o de una aseguradora para demostrar que se han implantado y se ha dado plena vigencia y efecto a todos los seguros a contratar por el Contratista." |
Reclamaciones del Contratante |
2.5 |
Eliminar la segunda oración del segundo párrafo por completo. |
Delegación por parte del Ingeniero |
3.2 |
La delegación por parte del Ingeniero se atendrá a las disposiciones del Contrato entre el Contratante y el Ingeniero. |
Instrucciones del Ingeniero |
3.3 |
Eliminar el texto completo desde "Si el Ingeniero o un asistente autorizado" hasta "(conforme proceda)", y sustituirlo por lo siguiente: "Las instrucciones verbales realizadas en el Lugar de las Obras solamente tendrán carácter vinculante para el Contratista si son registradas por el Ingeniero o su auxiliar delegado (conforme proceda) en el libro de registro del Lugar de la Obras definido en la Subcláusula 4.25." Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "Si, a juicio del Contratista actuando de forma razonable, una instrucción de este tipo:
el Contratista la notificará de inmediato al Contratante y al Ingeniero por escrito y, en cualquier caso, lo hará antes de que el Contratista la ejecute. Tras la emisión de una notificación de este tipo, el Contratista ejecutará la instrucción que haya dado el Ingeniero salvo que este ordene otra cosa. En cualquier circunstancia, si el Contratista no notifica al Ingeniero de acuerdo con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], supondrá que toda ejecución de las Obras en relación con las mismas se considerará exclusivamente a riesgo y costo del Contratista. A partir de entonces, el Contratista no tendrá derecho a basarse en dichas circunstancias cuando el Contratante interponga una reclamación en su contra porque el Contratista no haya ejecutado las Obras de acuerdo con los requisitos del Contrato, o por parte de él al Contratante por cualquier desagravio (lo que incluye, por ejemplo, cualquier reclamación relativa a una prórroga en el Plazo de Terminación y/o por cualquier pago adicional) de conformidad con el Contrato." |
Reemplazo del Ingeniero |
3.4 |
No aplicable. |
Obligaciones generales del Contratista |
4.1 |
Insertar lo siguiente al final del segundo párrafo: "El Contratista se compromete a cumplir los criterios de elegibilidad de la AFD especificados en el Anexo C de las Condiciones Generales." Insertar lo siguiente al final de la Subcláusula: "Si se incorpora al Contrato una alternativa técnica espontánea, propuesta por un Contratista y aprobada por el Contratante, e incluye un cambio en el diseño de la totalidad o parte de las Obras, salvo acuerdo en contrario de las Partes: (i) el Contratista que obtenga el Contrato diseñará esta parte, (ii) se aplicarán los párrafos (a) a (d) de la Subcláusula 4.1 de las Condiciones del Contrato y (iii) el precio del Contrato de esta parte de las Obras será una suma global." |
Representante del Contratista |
4.3 |
Eliminar el tercer párrafo por completo y sustituirlo por lo siguiente: "El Contratista no podrá revocar el nombramiento del Representante del Contratista, ni nombrar a un sustituto, sin el consentimiento previo del Contratante." |
Subcontratistas |
4.4 |
Insertar lo siguiente al principio de la Subcláusula: "El Contratista se compromete a contratar solo a los Subcontratistas que cumplan los criterios de elegibilidad de la AFD especificados en el Anexo C de las Condiciones Generales. En caso de que el Contratista no cumpla este requisito, aunque el Ingeniero haya otorgado o no su consentimiento previo en virtud de esta Subcláusula, el Contratista cesará inmediatamente toda actividad con el Subcontratista no elegible y lo reemplazará con un Subcontratista elegible, a su propio riesgo y costo. Si no lo hace, el Contratante puede rescindir el Contrato de acuerdo con la Cláusula 15.2 [Terminacion por parte des Contratante]." En el párrafo (b), sustituir "Ingeniero" por "Contratante". Si la opción para pagos directos de los Subcontratistas ha sido seleccionada en la Subclausula 4.4 de las CE, entonces: El Contratante podrá pagar directamente a un Subcontratista nombrado en el Contrato o designado tras la firma del Contrato con el consentimiento del Ingeniero por los trabajos realizados, y/o los suministros o servicios facilitados por dicho Subcontratista por los que el Contratista no haya pagado ya, si (a) el Contratante y las autoridades pertinentes que han de aprobar el Contrato así lo acuerdan o (b) las leyes y normativas del país del Contratante así lo exigen. En tal caso, el Contratista deberá facilitar un informe al Ingeniero antes del inicio de cualquier trabajo subcontratado, incluyendo lo siguiente:
En el plazo de un (1) mes desde su recepción, el Ingeniero aceptará toda la documentación pertinente relacionada con el pago directo o la rechazará en su totalidad o en parte justificándolo ante el Contratista. De no hacerlo, se considerará que el Ingeniero ha aceptado toda la documentación pertinente que no haya rechazado de forma explícita. |
Procedimientos de Seguridad |
4.8 |
Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "Estas disposiciones se complementan con las enumeradas en las Especificaciones MSSS, que el Contratista debe asegurarse de cumplir íntegramente." |
Protección del Medio Ambiente |
4.18 |
Después del último párrafo, añadir lo siguiente: "Estas disposiciones se complementan con las enumeradas en las Especificaciones MSSS, que el Contratista debe asegurarse de cumplir íntegramente." |
Informes de Avance |
4.21 |
Añadir lo siguiente al final del párrafo (h): "Se incluirán en dichas comparaciones los detalles y las fechas relativos al personal desplegado durante el diseño y la ejecución, hasta la terminación de las Obras." Añadir el siguiente párrafo nuevo al final de esta Subcláusula: "(i) cuestiones solicitadas en las Especificaciones MSSS." |
Libro de Registro del Lugar de las Obras |
4.25 |
Subcláusula adicional: "El Contratista deberá mantener en el Lugar de las Obras un libro de registro, con un formato aprobado por el Ingeniero, y que incluirá los campos que se exigen en las Especificaciones. Se empleará para registrar a diario las actividades del Contratista, así como cualquier instrucción que dé el Ingeniero en dicho lugar. El Personal del Contratante tendrá derecho a acceder a este documento en todo momento y el Contratista proporcionará de inmediato una copia de cada registro diario al Ingeniero." |
Instalaciones para el Personal y la Mano de Obra |
6.6 |
El último párrafo se elimina por completo y se sustituye por lo siguiente: "El Contratista no permitirá que ningún integrante de su Personal resida temporal o permanentemente en los alojamientos del Lugar de las Obras, salvo con el consentimiento previo y expreso del Contratante. El Contratante y/o el Ingeniero podrán inspeccionar ocasionalmente los alojamientos para verificar que cumplen la Legislación y el Contrato. El Contratista deberá otorgar por consiguiente al Contratante y/o el Ingeniero pleno acceso a los alojamientos como y cuando lo necesiten." |
Salud y Seguridad |
6.7 |
Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "Estas disposiciones se complementan con las enumeradas en las Especificaciones MSSS, que el Contratista debe asegurarse de cumplir íntegramente." |
Inspección |
7.3 |
En la primera oración del último párrafo, añadir: ", de acuerdo con las Especificaciones," después de "notificación al Ingeniero" y antes de "siempre que". En la última oración del último párrafo:
|
Pruebas |
7.4 |
Añadir lo siguiente al final del segundo párrafo: "El Contratista deberá realizar las pruebas adicionales que puedan ser necesarias en virtud de la Legislación aplicable y que exijan las autoridades públicas pertinentes legalmente constituidas del País, para aprobar las Obras terminadas. Las pruebas que exijan la Legislación aplicable o las autoridades legalmente constituidas nunca se considerarán pruebas variadas ni adicionales y las llevará a cabo el Contratista por su cuenta y riesgo." En el cuarto párrafo, sustituir "con un preaviso de 24 horas como mínimo" por "con preaviso de 24 horas, salvo que en las Especificaciones se indique un plazo superior". |
Inicio de las Obras |
8.1 |
Insertar lo siguiente después de la "Subcláusula 16.2 [Terminación por parte del Contratista]" y antes del ".": "salvo que el Contratista haya causado, o contribuido de algún modo a, cualquier incumplimiento de una o todas estas condiciones suspensivas". Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "Según se define en las Especificaciones MSSS, no se iniciará ningún trabajo físico en ningún Área del proyecto hasta que el Contratista haya elaborado y enviado al Ingeniero el PGAS-Obras y el PPA anexados correspondientes al Área del proyecto, y el Ingeniero los haya aprobado." |
Prórroga del Plazo de Terminación |
8.4 |
Sustituir el primer párrafo por el siguiente: "De conformidad con la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista], el Contratista tendrá derecho a una prórroga del Plazo de Terminación en el caso y en la medida en que cualquiera de las siguientes causas afecte a su capacidad para cumplir el Plazo de Terminación:" Añadir lo siguiente al final de la Subcláusula: "No obstante, los derechos del Contratista a solicitar una prórroga se reducirán si y en la medida en que este no haya hecho todo lo posible, desde el punto de vista razonable, para mitigar dicho retraso o haya contribuido al mismo. Toda prórroga del Plazo de Terminación que se otorgue al Contratista se considerará, salvo cuando el Contratista tenga derecho a un aumento en el Precio del Contrato de acuerdo con otras disposiciones de este, como una compensación total y satisfactoria por cualquier pérdida o daño que sostenga el Contratista con respecto a la cuestión o el elemento en relación con el cual se haya otorgado dicha prórroga." |
Suspensión de las Obras |
8.8 |
Después de la última oración de la Subcláusula, añadir lo siguiente: "A modo de ejemplo, y sin limitar otras causas posibles, toda suspensión de la obra provocada por un incumplimiento del Contratista de las obligaciones expuestas:
se considerará causa de suspensión responsabilidad del Contratista." |
Demora en las Pruebas |
9.2 |
En el segundo párrafo, añadir lo siguiente entre "21 días" y "después de": ", o cualquier otro periodo indicado por el Ingeniero de acuerdo con el Contrato y tenido éste debidamente en cuenta," En el tercer párrafo, añadir lo siguiente entre "21 días" y la ",": ", o cualquier otro periodo indicado por el Ingeniero de acuerdo con el párrafo anterior," |
Fracaso de las Pruebas a la Terminación |
9.4 |
Añadir el siguiente párrafo d) después del párrafo c): "d) indicar al Contratista que lleve a cabo cualquier medida correctiva, según se estipula en la Subcláusula 7.6 [Medidas Correctivas]". |
Recepción de las partes de las Obras |
10.2 |
Añadir lo siguiente al final del tercer párrafo: "Para propósitos de claridad, el Periodo de Notificación de Defectos de una parte de las Obras que haya sido recepcionada en virtud de la presente Subcláusula terminará cuando termine el Periodo de Notificación de Defectos de las Obras en su conjunto, o de la Sección con la que esté relacionada esa parte, según el caso. Por lo tanto, normalmente será más amplio que este último." |
Trabajos que se Medirán |
12.1 |
Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: La Cláusula 12 no es aplicable. Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, sustituir todo el texto antes del párrafo (a) de la Subcláusula por lo siguiente: "El Componente de Precios Unitarios de las Obras se medirá y evaluará para su pago de conformidad con lo dispuesto en esta Cláusula. El Contratista deberá mostrar en cada solicitud en virtud de las Subcláusulas 14.3 [Solicitud de Certificados de Pago Provisionales], 14.10 [Declaración de Terminación], y 14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] las cantidades y otros detalles relacionados con los montos que considere que le corresponden según el Contrato. Cuando el Ingeniero requiera que sea medida cualquier parte del Componente de Precios Unitarios, se notificará de ello con antelación razonable al Representante del Contratista, quien deberá:" |
Evaluación |
12.3 |
Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: La Cláusula 12 no es aplicable. Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, eliminar el primer párrafo por completo y sustituirlo por lo siguiente: "Salvo que el Contrato disponga otra xxxxx, el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o determinar la parte del Precio del Contrato imputable al Componente de Precios Unitarios de las Obras mediante la evaluación de cada componente de trabajo, aplicando para ello la medición acordada o determinada de acuerdo con las Subcláusulas 12.1 y 12.2 supra y la tarifa pertinente o el precio del componente." |
Derecho a Variar |
13.1 |
Añadir la siguiente oración al final del primer párrafo: "Las variaciones se limitarán estrictamente a lo que esté directamente relacionado con y sea necesario para las Obras Permanentes y a lo que entre dentro de las competencias, la experiencia y las operaciones del Contratista." |
Procedimiento de Variación |
13.3 |
Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, sustituir el último párrafo en su totalidad por lo siguiente: "En la medida en que la Variación sea relativa al Componente de Precios Unitarios de las Obras, se evaluará de conformidad con la Cláusula 12, salvo que el Ingeniero solicite o apruebe otra cosa de conformidad con esta Subcláusula. En la medida en que la Variación sea relativa al Componente de Precio de Suma Global de las Obras, el Ingeniero procederá de acuerdo con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] para acordar o determinar los ajustes al Precio del Contrato y el calendario de pagos de conformidad con la Cláusula 14.4, salvo que el Ingeniero solicite o apruebe otra cosa de conformidad con esta Subcláusula. Estos ajustes incluirán un beneficio razonable." Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, sustituir el último párrafo en su totalidad por lo siguiente: "Tras la instrucción de aprobar una Variación, el Ingeniero procederá de acuerdo con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] para acordar o determinar los ajustes al Precio del Contrato y el calendario de pagos de conformidad con la Cláusula 14.4. Estos ajustes incluirán un beneficio razonable y tendrán en cuenta las presentaciones del Contratista en virtud de la Subcláusula 13.2 [Ingeniería de Valor] si procede." |
Montos Provisionales |
13.5 |
Añadir el siguiente párrafo al final de esta Subcláusula: "Como excepción a lo anterior, y si corresponde, el monto de la provisión asignada a la Comisión para la Resolución de Controversias se usará para pagar al Contratista la parte adeudada por el Contratante, y que corresponde a la mitad del monto de los honorarios y gastos de las facturas emitidas por la Comisión para la Resolución de Controversias, de conformidad con la Cláusula 20 [Reclamaciones, Controversias y Arbitraje]. No se requiere ninguna instrucción previa del Ingeniero con respecto al trabajo de la Comisión para la Resolución de Controversias. El Contratista proporcionará las facturas de la Comisión para la Resolución de Controversias, así como la prueba del pago completo de estas, como parte de las Declaraciones y de acuerdo con la Subcláusula 14.3 [Solicitud de Certificados de Pagos Provisionales]. La certificación de estas Declaraciones por parte del Ingeniero se basará en estas facturas y en la prueba de su pago por parte del Contratista. No se aplicará ningún monto con respecto a los costos fijos y utilidades del Contratista, además de los montos de las facturas de la Comisión para la Resolución de Controversias." |
Ajustes por Cambios en la Legislación |
13.7 |
Añadir el siguiente párrafo al final de esta Subcláusula: "Si el Contratista beneficia o beneficiará de un Costo reducido debido a dichos cambios, el Ingeniero procederá, supeditándose a la Subcláusula 2.5 [Reclamaciones del Contratante], de acuerdo con las Subcláusula 3.5 [Decisiones], para acordar o establecer la cantidad que se deducirá del Precio del Contrato." |
Precio del Contrato |
14.1(a) |
Si se ha seleccionado la opción "una combinación de un componente de precio de suma global y un componente con precios unitarios" anteriormente, sustituir el punto (a) en su totalidad por lo siguiente: "(a) el Precio del Contrato es resultado de agregar:
|
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|
Si se ha seleccionado la opción "Suma global total" en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, sustituir el punto (a) en su totalidad por lo siguiente: "(a) El Precio del Contrato será el Monto del Contrato Aceptado de la suma global y estará sujeto a ajustes de conformidad con el Contrato;" y sustituir el punto (c) en su totalidad por lo siguiente: "(c) Todo dato sobre precios o cantidades que pueda indicarse en un Formulario se utilizará a los efectos que se hacen constar en el Formulario y podrían no ser aplicables para otros fines." |
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14.1(d) |
Si el Ingeniero lo requiere, el desglose de los precios unitarios será sometido también por el Contratista en los 28 días después de la Fecha de Inicio. |
|
14.1(e) |
Añadir el siguiente párrafo nuevo (e) al final de esta Subcláusula: "Sin perjuicio de las disposiciones del inciso (b), los Equipos del Contratista, incluidos los respectivos repuestos esenciales, importados por el Contratista con el único fin de ejecutar el Contrato estarán temporalmente exentos del pago de impuestos y derechos de importación durante su importación inicial, siempre que el Contratista presente a las autoridades aduaneras del puerto de entrada una garantía bancaria o fianza de exportación, válida hasta el Plazo de Terminación más seis meses, por un monto equivalente a los impuestos y derechos de importación que resultarían pagaderos con respecto al valor importado tasado de los repuestos y Equipos de dicho Contratista, y exigible en el caso de que los Equipos del Contratista no se exporten desde el País al término del Contrato. El Contratista proporcionará al Contratante una copia de la garantía bancaria o fianza endosada por las autoridades aduaneras tras la importación de artículos individuales de los repuestos y los Equipos del Contratista. Cuando se exporten repuestos o artículos individuales de los Equipos del Contratista, o a la terminación del Contrato, el Contratista elaborará, para su aprobación por las autoridades aduaneras, una tasación del valor residual de los repuestos y los Equipos del Contratista que se van a exportar, basándose en las escalas de amortización y en otros criterios utilizados por las autoridades para esos fines, de acuerdo con las disposiciones de la legislación aplicable. El Contratista quedará obligado a pagar los impuestos y derechos de importación a las autoridades aduaneras por (a) la diferencia entre el valor importado inicial y el valor residual de los repuestos y los Equipos del Contratista que se vayan a exportar; y (b) por el valor importado inicial de los repuestos y los Equipos del Contratista que permanezcan en el País después de la terminación del Contrato. Una vez efectuado el pago de dichas cantidades dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la factura, la garantía bancaria o fianza se reducirá o liberará como corresponda; de lo contrario, se ejecutará la garantía por el importe íntegro remanente." |
Solicitud de Certificados de Pago Provisionales |
14.3 |
En la primera oración del primer párrafo, sustituir "seis" por "una (1) copia en papel y dos (2) copias en formato digital". |
Emisión de Certificados de Pago Provisionales |
14.6 |
Añadir la siguiente oración al final del primer párrafo: "El Ingeniero podrá retener cualquier monto hasta un máximo del cien por cien (100 %) de la certificación, a su discreción, en el caso de que en el informe de avance mensual que se vaya a presentar junto con la Declaración del Contratista falte cualquiera de los datos que se enumeran en los párrafos (a)-(h) de la Subcláusula 4.21 [Informes de avance]. Los importes retenidos de este modo se liberarán en el Certificado de Pagos Provisionales del mes siguiente a la presentación por el Contratista de los datos que faltasen." |
Pagos |
14.7 |
Añadir la siguiente oración al final de la Subcláusula: "El periodo de pago definido en el párrafo (b) anterior podrá suspenderse por las razones que se definen en el Contrato, en concreto si existe un incumplimiento de nivel 3 sin resolver indicado en las Especificaciones MSSS, en su caso. Dicha suspensión no otorgará al Contratista el derecho a percibir ningún otro pago en virtud de la Subcláusula 14.8 [Retraso en los Pagos] ni por otros motivos." |
Declaración de Terminación |
14.10 |
En el primer párrafo, sustituir "seis" por "una (1) copia en papel y dos (2) copias en formato digital". |
Solicitud de Certificado de Pago Final |
14.11 |
En el primer párrafo, sustituir "seis" por "una (1) copia en papel y dos (2) copias en formato digital". En el tercer párrafo, añadir "como máximo 56 días después de haber recibido la versión definitiva de la declaración," después de "el Ingeniero entregará". En el tercer párrafo, añadir la siguiente oración antes de la última: "Si el Ingeniero no entrega dicho Certificado de Pago Provisional en ese plazo constituirá una controversia." |
Pagos Directos a los Subcontratistas |
14.16 |
Si la opción para "pagos directos a los Subcontratistas" ha sido seleccionada en la Subcláusula 14.1 de estas Condiciones Especiales, entonces: "El pago por los trabajos realizados por un Subcontratista que tenga derecho a percibir un pago directo se efectuará de conformidad con el Contrato o con una enmienda o apéndice al mismo. Si un Subcontratista tiene derecho a percibir un pago directo del Contratante, el Contratista deberá aportar junto con la Solicitud de Certificados de Pagos Provisionales de acuerdo con la Subcláusula 14.3 o la Solicitud de Certificado de Pago Final de acuerdo con la Subcláusula 14.11 una declaración en la que se indique el monto que habrá que deducir del Certificado de Pago y que pagará directamente el Contratante a dicho Subcontratista, así como las diferentes montos y monedas de pago. Los pagos al Subcontratista se realizarán de acuerdo a la declaración entregada por el Contratista que se menciona con anterioridad en el presente y según acepte el Contratista. El monto total de pagos directos a un Subcontratista calculado en las condiciones vigentes en el mes en el que se haya establecido el Precio del Contrato (la Fecha Base) no podrá ser superior al monto de subcontratación que conste en el Contrato. El Contratista solo tendrá derecho a presentar la solicitud para Certificado de Pago Provisional o Final; solamente se tendrán en cuenta las reclamaciones que envíe o transmita el Contratista. Tras la recepción de la declaración del Contratista solicitando un pago directo del Subcontratista, el Contratante notificará directamente al Subcontratista la fecha de recepción y los montos acordados por el Contratista para el pago directo. Los pagos directos del Subcontratista deberán efectuarse dentro del plazo especificado en la Subcláusula 14.7 para pagar al Contratista. El Contratante emitirá una notificación de pago directo para el Contratista y el Subcontratista. En el plazo de quince (15) días tras la recepción de la documentación que justifique una solicitud de pago directo del Subcontratista, el Contratista dará su aprobación o notificará su denegación, indicando al Subcontratista la justificación. Si no lo hiciera, se considerará que el Contratista ha aceptado cualesquiera documentos justificativos que no acepte o rechace expresamente. En el caso de que el Contratista no notifique su rechazo de una solicitud de pago directo de un Subcontratista, indicando una justificación, o la transmita al Contratante en el plazo indicado anteriormente, el Subcontratista tendrá derecho a enviar una copia de la solicitud de pago directo al Contratante directamente, junto con una copia de una prueba de recepción del original por el Contratista. Más tarde, el Contratante (i) solicitará de inmediato al Contratista que presente pruebas dentro de los quince (15) días siguientes a que el Contratista rechazase dicha solicitud de pago directo, indicando una justificación, en el plazo antes especificado e (ii) informará al Subcontratista pertinentemente. Si el Contratista no aporta las pruebas solicitadas en el plazo de 15 días, el Contratante podrá pagar directamente al Subcontratista, hasta el monto pagadero en virtud de los certificados de pago solicitados por el Contratista." |
Terminación por parte del Contratante |
15.2 |
Añadir lo siguiente, después del párrafo (f) en el primer párrafo: "(g) incumpla de forma sustancial las Especificaciones MSSS." |
Valoración en la Fecha de Terminación |
15.3 |
Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula después de "Contrato" y antes de ".": ", salvo que el Ingeniero no incurrirá en obligación alguna de consultar al Contratista antes de tomar esta decisión, pero podrá consultar al Contratista a su única discreción." |
Prácticas Corruptivas o Fraudulentas |
15.6 |
Añadir lo siguiente al final de esta Subcláusula: "Además de las disposiciones de la presente Subcláusula, el Contratista también queda vinculado por las disposiciones del Anexo B a las Condiciones Generales, titulado "Prácticas Prohibidas – responsabilidad ambiental y social"." |
Obligación de Reducir las Demoras / con el nuevo título "Obligación de Reducir las Demoras y el Costo" |
19.3 |
En el primer párrafo, añadir "y/o Costo, lo que incluye por ejemplo los de las Obras," después de "retraso". |
Terminación Opcional, Pago y Finiquito |
19.6 |
En el segundo párrafo, sustituir "el Ingeniero decidirá" por lo siguiente: "el Ingeniero procederá de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] a fin de acordar o establecer". |
Suspensión o rescisión por concepto de seguridad del Personal del Contratista |
19.8 |
Subcláusula adicional: "Esta Subcláusula es aplicable si y solo si están incluidas especificaciones de seguridad en el Contrato. Si estima, actuando de forma razonable que, en el marco de la ejecución del Contrato, la integridad física de su Personal está gravemente amenazada de manera inminente por un peligro, el Contratista puede decidir, sin notificación previa:
El Contratista deberá notificar su decisión al Contratante en un plazo máximo de siete (7) días a partir de esta, justificándola e informando al Contratante sobre las consecuencias previsibles de su decisión sobre el Importe del Contrato y el Plazo de Terminación, así como de las medidas razonables propuestas para minimizar estas consecuencias. El Contratista hará todos los esfuerzos para minimizar cualquier retraso en la ejecución del Contrato y cualquier Costo resultante de su decisión. El Contratista deberá continuar la ejecución de sus obligaciones contractuales que el peligro no le impida razonablemente ejecutar. Si el Contratista sufre una demora o/y Costos debido a su decisión, el Contratista debe tener derecho a obtener, de conformidad con las disposiciones de la Subcláusula 20.1 [Reclamaciones del Contratista]:
Tras recibir esta notificación, el Ingeniero debe actuar de conformidad con la Subcláusula 3.5 [Decisiones] para llegar a un acuerdo o determinar (1) si y (dado el caso) en qué medida la decisión del Contratista estaba justificada por las circunstancias, y (2) los temas descritos en los apartados (i) y (ii) anteriores en la debida proporción. Si, en razón de un peligro que haya sido objeto de una notificación de conformidad con las disposiciones de la presente Subcláusula, no ha podido llevarse a cabo la mayor parte de las Obras durante un periodo continuo de ochenta y cuatro (84) días o durante diversos periodos que hagan un total de más de ciento cuarenta (140) días, cada una de las Partes podrá notificar a la otra Parte la rescisión del Contrato según la Subcláusula 19.6 [Terminación Opcional, Pago y Finiquito]. |
Reclamaciones del Contratista |
20.1 |
Añadir la siguiente oración al final del cuarto párrafo: "Siempre que el acontecimiento o la circunstancia que dé lugar a la reclamación siga en vigor, el Contratista hará todo lo razonable para reducir al mínimo cualquier retraso y/o Costo incurrido, incluidos pero no limitados a los de las Obras." |
Incumplimiento de una Decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias |
20.7 |
Eliminar la Subcláusula 20.7 por completo y sustituirla por lo siguiente: "En el caso en que una de las Partes incumpla una decisión de la Comisión para la Resolución de Controversias, ya sea obligatoria o definitiva y obligatoria, la otra Parte podrá, sin perjuicio de los demás derechos que pueda tener, someter dicho incumplimiento a arbitraje con arreglo a la Subcláusula 20.6 [Arbitraje] para obtener un resarcimiento rápido o sumario, según proceda. Las Subcláusulas 20.4 [Obtención de una Decisión de la Comisión para la Adjudicación de Controversias] y 20.5 [Transacción Amigable] no serán aplicables en este caso." |
Sección X – Formularios del Contrato
Índice de Formularios
Formularios de Calificación de los Oferentes 79
Formulario de Garantía de Mantenimiento de la Oferta 97
Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Oferta 98
Carta de Aceptación
[papel con membrete del Contratante]
Fecha: [Insertar día, mes, año]
A: [nombre y dirección del Contratista]
Le notificamos por la presente que su Oferta de fecha _____________________ [Insertar fecha] para la ejecución de ______________________ [nombre y número de identificación del Contrato, conforme aparece en los Datos del Contrato] por el Monto Contractual Aceptado de valor equivalente a ___________________________ [monto en cifras y en palabras y nombre de la moneda], según las rectificaciones y modificaciones que se hayan hecho de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes, ha sido aceptada por nuestra institución.
Sírvase suministrar la Garantía de Cumplimiento del Contrato dentro de un plazo de 28 días de conformidad con la Cláusula 42 de las IAO, usando para ello el Formulario de Garantía de Cumplimiento que se incluye en la Sección X, Formularios del Contrato, de los Documentos de Licitación.
Firma autorizada:
Nombre y cargo del firmante:
Nombre de la Institución:
Adjunto: Convenio
Convenio
EL PRESENTE CONVENIO se celebra el día del mes de de entre
__________________________ de ___________________________________ (denominado en lo sucesivo "el Contratante"), por una parte, y _____________________ de _________________________ (denominado en lo sucesivo "el Contratista"), por la otra.
POR CUANTO el Contratante desea que el Contratista ejecute las Obras denominadas ______________________________ y ha aceptado la Oferta presentada por el Contratista para la ejecución y terminación de dichas Obras y para la reparación de cualesquiera defectos de las mismas, por la suma de __________________________ [indicar el Monto Contractual Aceptado en palabras y cifras expresado en la(s) moneda(s) del Contrato].
El Contratante y el Contratista acuerdan lo siguiente:
1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se les atribuya en los documentos del Contrato a que se refieran.
2. Se considerará que los documentos enumerados a continuación constituyen el presente Contrato; dichos documentos deberán leerse e interpretarse como integrantes del mismo. El orden de prioridad de los documentos se ceñirá a la siguiente secuencia:
Carta de Aceptación;
La Carta de la Oferta y el Apéndice de la Oferta (incluida la Declaración de Integridad debidamente firmada);
Enmiendas Nos. _____________ (si los hubiere);
Condiciones Especiales;
Condiciones Generales;
Especificaciones;
Planos;
Formularios debidamente llenados; y
La Oferta del Contratista y cualquier otro documento que forme parte del Contrato
3. Como contrapartida de los pagos que el Contratante hará al Contratista conforme se estipula en el presente Convenio, el Contratista se compromete ante el Contratante, por medio del presente Convenio, a ejecutar las Obras y a reparar sus defectos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato
4. El Contratante se compromete por medio del presente a pagar al Contratista, en compensación por la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y la forma estipulados en éste.
EN FE DE LO CUAL las partes han celebrado el presente Convenio de conformidad con las leyes de ___________________________________ en el día, mes y año arriba indicados.
Firmado por: (por el Contratante)
Firmado por: (por el Contratista)
Garantía de Cumplimiento
Garantía bancaria
Garante:
Beneficiario:
Fecha:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO No.:
Hemos sido informados que ____________________ [nombre del Oferente] (denominado en lo sucesivo "el Oferente") ha celebrado con el Beneficiario el contrato No. ________________ [número de referencia del Contrato], de fecha ______________, para la ejecución de _____________________ [nombre del Contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo sucesivo "el Contrato").
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento.
A solicitud del Oferente, nosotros, como Garante, por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar al Beneficiario cualquier suma o sumas cuyo total no exceda en total la cantidad de _____________ [monto en cifras] (_______________________________) [monto en palabras]77, pagadera(s) en las monedas y proporciones de monedas en que sea pagadero el Precio del Contrato, una vez que recibamos del Beneficiario la primera reclamación por escrito acompañada de una declaración escrita en la que se especifique que el Oferente no ha cumplido una o más de las obligaciones que ha contraído en virtud del Contrato, sin necesidad de que el Beneficiario tenga que probar o aducir las causas o razones de su reclamación o de la suma allí especificada.
La presente garantía expirará a más tardar el día __________ de ___________ de 20______78, y cualquier reclamación de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de esa fecha.
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista, Revisión de 2010, publicación de la Cámara de Comercio Internacional No. 758, con excepción de la declaración bajo el Artículo 15(a) que se excluye por el presente documento.
[Firma]
[Nota: Todo el texto que aparece en letra cursiva (incluidas las notas de pie de página) sirve de guía para preparar este formulario y deberá omitirse en la versión definitiva.]
Garantía por Pago Anticipado
Garantía bancaria
Garante:
Beneficiario:
Fecha:
GARANTÍA POR PAGO ANTICIPADO No.:
Hemos sido informados que ____________________ [nom del Contratista] (denominado en lo sucesivo "el Contratista") ha celebrado con el Beneficiario el contrato No.) _______________ , de fecha ______________, para la ejecución de _____________________ [nombre del Contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo sucesivo "el Contrato").
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, es preciso hacer un pago anticipado por un monto de _____________ [monto en cifras] (_______________________________) [monto en palabras] contra una garantía por pago anticipado.
A solicitud del Contratista, nosotros, como Garante, por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar al Beneficiario cualquier suma o sumas cuyo total no exceda de _____________ [monto en cifras] (_____________________________) [monto en palabras]79, una vez que recibamos del Beneficiario el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración escrita del Beneficiario, en el requerimiento o en un documento independiente firmado que acompañe el requerimiento, en la que se especifique que el Contratista:
Ha usado el pago anticipado para otros fines que no son los contemplados para los costos de movilización en relación con las Obras; o
No ha repagado el pago anticipado de acuerdo con las condiciones de Contrato, especificando la cantidad que el Contratista ha dejado de pagar.
Cualquier requerimiento presentado bajo esta garantía podrá ser sometido luego de la presentación al Garante de un certificado del Banco del Beneficiario que certifique que el pago anticipado a que hace referencia esta garantía ha sido acreditado al Ordenante en la cuenta número ______________________ en _________________.
El monto máximo de esta garantía se reducirá gradualmente en la misma cantidad de los pagos anticipados que realice el Contratista conforme se indica en las copias de los estados o certificados de pago provisionales que se nos deberán presentar.
Esta garantía expirará, a más tardar, en el momento en que recibamos una copia del certificado provisional de pago en el que se indique que se ha certificado para pago el ochenta por ciento (80%) del Precio del Contrato, menos las sumas provisionales, o bien el día _________ de _________, 20__________80, cualquiera que ocurra primero. En consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la fecha señalada.
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista, Revisión de 2010, publicación de la Cámara de Comercio Internacional No. 758.
[Firma]
Garantía del Monto Retenido
Garantía bancaria
Garante: [Indicar el nombre y dirección del lugar de expedición, a menos que se indique en el membrete]
Beneficiario:
Fecha:
GARANTÍA DEL MONTO RETENIDO No.:
[Indicar
el número de referencia de la Garantía]
Hemos sido informados que ____________________ [nombre del Contratista, en caso que se trate de una APCA, se debe incluir el nombre de dicha APCA] (denominado en lo sucesivo "el Contratante") ha celebrado con el Beneficiario el Contrato No. _______________ [número de referencia del Contrato], de fecha ______________, para la ejecución de _____________________ [nombre del Contrato y breve descripción de las Obras] (denominado en lo sucesivo "el Contrato").
Además, entendemos que, de conformidad con las condiciones del Contrato, el Beneficiario retiene sumas de dinero hasta el límite máximo que se establece en el Contrato ("Monto Retenido"), y cuando se haya emitido el Certificado de Recepción de Obra y se haya certificado para pago la primera mitad del Monto Retenido, deberá hacerse el pago de la otra mitad del Monto Retenido (o, si el monto garantizado en el momento de emitirse el Certificado de Recepción es inferior a la mitad del Monto Retenido, la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto garantizado bajo la Garantía de Cumplimiento) contra la presentación de una garantía del Monto Retenido.
A solicitud del Oferente, nosotros, como Garante, por medio de la presente nos comprometemos irrevocablemente a pagar al Beneficiario cualquier suma o sumas cuyo total no exceda de _____________ [monto en cifras] (________________________________) [monto en palabras]81, una vez que recibamos del Beneficiario el primer reclamo por escrito acompañado de una declaración escrita, en el reclamo o en un documento independiente firmado que acompañe o identifique el reclamo, en la que se especifique que el Oferente no ha cumplido su obligación en virtud del Contrato, sin tener que probar ni justificar usted su petición ni la suma especificada en la misma.
Cualquier requerimiento presentado bajo esta garantía podrá ser sometido luego de la presentación al Garante de un certificado del Banco del Beneficiario que certifique que la segunda mitad del Monto Retenido que se menciona anteriormente ha sido acreditada al Oferente en la cuenta número [indicar número] en [indicar nombre y dirección del banco del Oferente].
Esta garantía expirará, a más tardar el día __________ de ____________, 20__________82, y cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestra oficina en o antes de la fecha señalada.
Esta garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI Relativas a las Garantías a la Vista, Revisión de 2010, Publicación de la Cámara de Comercio Internacional No. 758, con excepción de la declaración bajo el Artículo 15(a) que se excluye por el presente documento.
[Firma]
1La clasificación A, B+ o B del proyecto es realizada por la División AES (Apoyo Ambiental y Social) de la AFD, después de un análisis de los riesgos y impacto ambiental y social del proyecto.
2O si procede, cualquier otro ministerio francés responsable de elaborar la clasificación del nivel de seguridad de los países extranjeros.
3 Reemplace por "ha solicitado", si corresponde.
4Reemplace por "contratos" en licitaciones en las que se llame simultáneamente a licitar por contratos múltiples. Agregue un nuevo párrafo 3 de la siguiente manera: "Los Oferentes podrán presentar Ofertas para uno o varios contratos, de acuerdo a lo definido en los Documentos de Licitación. En caso de que se les adjudique el contrato, los Oferentes que quieran ofrecer descuentos, podrán hacerlo. Dichos descuentos deben estar incluidos en la Carta de la Oferta".
5La oficina para consultas y emisión de documentos de licitación podrá o no ser la misma que la oficina para el envío de las Ofertas.
6Esta suma ha de ser tan sólo un monto nominal suficiente para sufragar los costos de reproducción impresa y envío postal. Un monto de entre US$50 y US$300 o su equivalente se considera apropiado.
7Reemplace por la dirección del Contratante para el envío de las Ofertas, si ésta fuera diferente de la dirección para consultas y emisión de Documentos de Licitación.
8Reemplace por "ha solicitado", si corresponde.
9Reemplace por "contratos" en licitaciones en las que se llame simultáneamente a licitar por contratos múltiples. Agregue un nuevo párrafo 3 de la siguiente manera: "Los Oferentes podrán presentar Ofertas para uno o varios contratos, de acuerdo a lo definido en los Documentos de Licitación. En caso de que se les adjudique el contrato, los Oferentes que quieran ofrecer descuentos, podrán hacerlo. Dichos descuentos deben estar incluidos en la Carta de la Oferta".
10La oficina para consultas y emisión de documentos de licitación podrá o no ser la misma que la oficina para el envío de las Ofertas.
11Esta suma ha de ser tan sólo un monto nominal suficiente para sufragar los costos de reproducción impresa y envío postal y para asegurarse de que sólo los Oferentes auténticamente interesados soliciten los documentos de licitación. Un monto de entre US$50 y US$200 o su equivalente se considera apropiado.
12Reemplace por la dirección del Contratante para el envío de las Ofertas, si ésta fuera diferente de la dirección para consultas y emisión de documentos de licitación.
13O si procede, cualquier otro ministerio francés responsable de elaborar la clasificación del nivel de seguridad de los países extranjeros.
14 El incumplimiento incluirá todas las rescisiones de los contratos en los que (a) el Oferente no haya impugnado el incumplimiento, por ejemplo remitiendo la controversia al mecanismo de resolución de litigios establecido en virtud del respectivo contrato y (b) los contratos que se hayan impugnado de ese modo pero que se hayan resuelto íntegramente en contra del Oferente. El incumplimiento no incluirá los contratos en los que la decisión de los Contratantes haya sido anulada por el mecanismo de resolución de litigios.
15 Este criterio se aplica también a los contratos ejecutados por el Oferente como miembro de una APCA.
16 La similitud se basará en el tamaño físico, la complejidad y las características técnicas de las Obras. Para satisfacer el requisito global, no se aceptará la suma de un número de contratos de escaso valor (menos que el valor especificado en el requisito).
17Una terminación sustancial se basa en la terminación de un 80 % o más de las Obras en virtud del Contrato.
18Con respecto a los contratos en los cuales el Oferente haya participado como miembro de una APCA o subcontratista, para valorar el cumplimiento de este requisito, solo se tendrá en cuenta la cuota de participación del Oferente, por valor.
19En el caso de una APCA, no se sumará el valor de los contratos completados por sus miembros para determinar si se ha cumplido el requisito del valor mínimo de un solo contrato. Por ejemplo, si el criterio menciona "dos (2) contratos cada uno con un valor mínimo de 50M€", una APCA compuesta de 3 miembros y que presenta cuatro (4) contratos, cada uno de 30M€, no será calificada. Sin embargo, si 2 de los 3 miembros de la APCA presentan un (1) contrato cada uno de 50M€, el criterio se cumple, aunque el tercer miembro no justifique ningún contrato de este valor.
20 Para los contratos en los que el Oferente participó como miembro de una APCA o Subcontratista, solamente se tendrá en cuenta la parte del Oferente para cumplir con este requisito.
21 Por ejemplo, una experiencia en obras, que tienen lugar en un sitio en operación, puede ser requerida bajo este criterio. El volumen, número o índice de producción de cualquier actividad clave puede demostrarse en uno o más contratos combinados si se ejecutan durante el mismo periodo de tiempo. El índice de producción será el índice de producción anual de la actividad o las actividades de construcción clave.
22[Dichos criterios de calificación MSSS pueden reducirse o eliminarse si la gestión de los Lugares de las Obras posee un escaso impacto medioambiental y social.]
23[La certificación ISO 9001 cubre los principios de la gestión de la calidad, incluida la fuerte orientación al cliente, la motivación y el compromiso de la gestión, el enfoque del proceso y la mejora continua. Esta certificación debe requerirse en caso de una organización compleja del Lugar de las Obras.]
24[La certificación ISO 14001 define los criterios para un sistema de gestión ambiental. Esta certificación debe requerirse en caso de problemas ambientales del Lugar de las Obras.]
25[La certificación ISO 45001 define un sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo con el objetivo general de prevenir la ocurrencia de traumas y patologías relacionados con el trabajo entre los trabajadores y proporcionar lugares de trabajo seguros y saludables. Esta certificación debe requerirse en caso de problemas de salud y seguridad del Lugar de las Obras.]
26[Estos criterios de calificación de seguridad deben incluirse solo en el caso de Obras en una zona clasificada como naranja o roja por el Ministerio Francés de Europa y Asuntos Exteriores (o si procede, cualquier otro ministerio francés responsable de elaborar la clasificación del nivel de seguridad de los países extranjeros).]
27[Con excepción de las empresas con domicilio social en el país del Contratante (salvo el líder de la APCA, que deberá satisfacer cada uno de los criterios).]
28[Documentos justificativos de puesta en marcha aceptables: contrato o certificado de contrato con empresas de seguridad o vigilancia, documentos justificativos de capacitación en materia de seguridad antes del desplazamiento in situ, facturas de proveedores de seguridad, documentos justificativos de ejercicios de simulación de crisis o de una auditoría del plan de seguridad.]
29En el caso de una Oferta presentada por una APCA, especificar el nombre de la APCA como Oferente.
30 La persona que firme la Oferta adjuntará a esta el poder notarial otorgado por el Oferente.
31 Insertar el mes de la Fecha Base, es decir, el mes de la Fecha límite para la Presentación de Ofertas de acuerdo con la Cláusula 22 de las IAO.
32 En caso de APCA, inscribir el nombre de la APCA. La persona que firma la solicitud, oferta o propuesta al nombre del solicitante, oferente o del consultor adjuntará a la oferta/a la propuesta el poder conferido por el solicitante, oferente o el consultor.
33En el caso del financiamiento retroactivo de un contrato ya firmado.
34Dirigentes (incluyendo en particular cualquier persona miembro del órgano administrativo de la dirección o de supervisión o que tiene poderes de representación, de decisión o de control), empleados o agentes (que sean declarados o no).
35En particular, un convenio judicial de interés público, una decisión que resulta de una declaración de culpabilidad, un acuerdo de resolución negociada o cualquier otra forma análoga de negociación que ponga término al proceso.
36Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Africano de Desarrollo, Banco Asiático de Desarrollo y Banco Europeo para La Reconstrucción y el Desarrollo.
37A título informativo, se puede consultar esta política a través del enlace siguiente: xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxx-xxxxxx-xx-xxxxxxxxxx.
38 En caso de APCA, precisar el nombre de la APCA. La persona que firma la oferta, propuesta o candidatura en nombre del oferente, consultor o candidato adjuntará a esta el poder conferido por dicho oferente, consultor o candidato.
39La descripción de solución técnica alternativa propuesta debe ser completa e incluir en anexo, toda la documentación necesaria para la evaluación, tal como se especifica en la Subcláusula 13.3 de las IAO.
40Significan cualquier deuda financiera en relación con:
los fondos prestados a corto, mediano o largo plazo;
los descubiertos bancarios;
los montos recaudados en virtud de cualquier letra de cambio emitida a un tercero (o cualquier forma desmaterializada equivalente de instrumento);
los montos recaudados en virtud de la compra de pagarés a la orden o mediante una emisión de bonos, pagarés bancarios, papel comercial u otros títulos similares;
las obligaciones por contratos de arrendamientos calificados como arrendamientos financieros o de capital;
el descuento o la cesión de créditos por cobrar (salvo si sin posibilidad de recurso).
41Significa, para un periodo de doce meses determinado, la suma de los siguientes elementos:
(+) resultado neto
(+) impuesto
(+/-) ingresos y gastos extraordinarios
(+/-) resultado financiero
(+) cargos por amortización, netos de reversiones, de los activos materiales e inmateriales
(+) cargos por provisiones, netos de reversiones, sobre los activos y para riesgos y gastos.
42 Si los estados financieros más recientes corresponden a un periodo inferior a 12 meses desde la fecha de la Oferta, la razón de esto se debe justificar.
43Los montos de la facturación mencionados deben corresponder a los montos que aparecen en los estados financieros.
44Ver la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación, criterio 3.2.
45 Si el Contratante lo permite en el criterio 4.2(b) "trabajos especializados" de la tabla de Calificación de la Sección III ‑ Criterios de Evaluación y Calificación.
46Por ejemplo, informes de actividad MSSS, informes finales MSSS, informes de inspección MSSS, informes de supervisión del Ingeniero, etc. Cualquier documento que no justifique la implementación de las medidas de gestión MSSS no se considerará aceptable.
47Por ejemplo, informes de actividad MSSS presentando actividades de capacitación, materiales de capacitación con fichas de presencia, etc. Cualquier documento que no justifique la transferencia de competencias o formación de la mano de obra local sobre la gestión MSSS no se considerará aceptable.
48En el caso de una Oferta presentada por una APCA, indicar el nombre de la APCA como Oferante.
49La persona que firme la Oferta adjuntará a esta el poder notarial otorgado por el Oferente.
50Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
51 Se refiere a cualquier persona física o moral, así como a toda asociación o grupo de varias de esas Personas.
52 Se refiere a cualquier persona física miembro del órgano de administración, dirección, o vigilancia de una persona moral, o
que cuenta con poderes de representación, decisión o control de una persona moral.
53En particular, un convenio judicial de interés público, una decisión que resulta de una declaración previa de culpabilidad, un acuerdo de resolución negociado o cualquier otra forma análoga de negociación que ponga término al proceso.
54 Como definidas en la Sección VI - Normas de la AFD – Prácticas prohibidas – responsabilidad ambiental y social
55Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Africano de Desarrollo, Banco Asiático de Desarrollo y Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo.
56Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
57Se refiere a cualquier Persona natural que no sea un Funcionario Público.
58 Para su información, esta política está accesible a través del siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxx-xxxxxx-xx-xxxxxxxxxx
59 Para su información, esta política está accesible a través del siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx
60 Se refiere a cualquier persona física o moral, así como a toda asociación o grupo de varias de esas Personas.
61 Se refiere a cualquier persona física miembro del órgano de administración, dirección, o vigilancia de una persona moral, o que cuenta con poderes de representación, decisión o control de una persona moral.
62[La clasificación A, B+ o B del proyecto es realizada por la División AES (Apoyo Ambiental y Social) de la AFD, después de un análisis de los riesgos y impacto ambiental y social del proyecto.]
63Fuente: Código del medioambiente / Cláusulas R541-8
64O si procede, cualquier otro ministerio francés responsable de elaborar la clasificación del nivel de seguridad de los países extranjeros.
65Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
66Se refiere a cualquier Persona natural que no sea un Funcionario Público.
67 Para su información, esta política está accesible a través del siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxx-xxxxxx-xx-xxxxxxxxxx
68 Para su información, esta política está accesible a través del siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx
69 Se refiere a cualquier persona física o moral, así como a toda asociación o grupo de varias de esas Personas.
70 Se refiere a cualquier persona física miembro del órgano de administración, dirección, o vigilancia de una persona moral, o que cuenta con poderes de representación, decisión o control de una persona moral.
71Se refiere a cualquier Persona ya sea natural o legal, compañía, corporación, gobierno, estado o agencia de un estado o cualquier asociación o grupo de dos o más de las anteriores (tengan o no estado legal separado).
72 Se refiere a cualquier persona física o moral, así como a toda asociación o grupo de varias de esas Personas.
73 Se refiere a cualquier persona física miembro del órgano de administración, dirección, o vigilancia de una persona moral, o
que cuenta con poderes de representación, decisión o control de una persona moral.
74En particular, un convenio judicial de interés público, una decisión que resulta de una declaración previa de culpabilidad, un acuerdo de resolución negociado o cualquier otra forma análoga de negociación que ponga término al proceso.
75 Como definidas en en Anexo B de las Condiciones Generales - Normas de la AFD – Prácticas prohibidas – responsabilidad ambiental y social
76Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Banco Africano de Desarrollo, Banco Asiático de Desarrollo y Banco Europeo para la Reconstrucción y el Desarrollo.
77El Garante indicará un monto que represente el porcentaje del Precio del Contrato estipulado en la Carta de Aceptación, menos las sumas provisionales (si las hubiere), y denominado en la(s) Moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Beneficiario.
78Indique la fecha correspondiente a 28 días después de la fecha de terminación prevista, según se indica en la Cláusula 11.9 de las Condiciones Generales. El Contratante deberá tener en cuenta que, en caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, tendrá que solicitar al garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: "El Garante acuerda conceder una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de dicha prórroga cursada por escrito por el Beneficiario, solicitud que deberá presentarse al Garante antes del vencimiento de la garantía."
79El Garante indicará una suma que represente el monto del pago anticipado que se estipula en el Contrato, denominado en la(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratista.
80Indique la fecha de vencimiento prevista del plazo de terminación. El Contratante deberá tener en cuenta que, en caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una prórroga de esta garantía. Dicha solicitud deberá cursarse por escrito y antes de la fecha de vencimiento estipulada en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto en el formulario, al final del penúltimo párrafo: "El Garante acuerda conceder una prórroga única de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año], ante la solicitud de dicha prórroga cursada por escrito por el Beneficiario, que deberá presentarse al Garante antes del vencimiento de la garantía."
81El Garante indicará una suma que represente el monto de la segunda mitad del Monto Retenido o, si el monto en garantía en virtud de la Garantía de Cumplimiento al momento de emitirse el certificado de recepción es menos de la mitad del Monto Retenido, la diferencia entre la mitad del Monto Retenido y el monto en garantía en virtud de la Garantía de Cumplimiento. Dicho monto se designará en la(s) moneda(s) de la otra mitad del Monto Retenido según se especifica en el Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante.
82Insertar la fecha de expiración prevista en la Garantía de Cumplimiento de la Oferta, que representa la fecha coincidente veintiocho días después de la fecha de terminación descrita en la Subcláusula 11.9. de las CG. Si hubiera una extensión del periodo para la terminación del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta garantía. Dicha solicitud deberá ser por escrito y deberá ser anterior a la fecha de expiración establecida en la garantía. Al preparar esta garantía, el Contratante pudiera considerar agregar el siguiente texto al formulario al final del penúltimo párrafo: "El Garante conviene en una sola extensión de esta garantía por un periodo no superior a [seis meses] [un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Beneficiario a dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la garantía."
AFD-M0030-e ‑ Documentos de Licitación – Contratación de Obras – v.febrero2024