Definición de Rescate Opcional

Rescate Opcional. En cualquier momento, la Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase 22 en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) que surge del siguiente detalle: Plazo Precio Desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta el sexto mes desde la Fecha de Emisión y Liquidación. 102% Luego del sexto mes desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta el día anterior a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables. 101% Para ello, la Compañía notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables Clase 22 con una anticipación de no menos de cinco (5) Días Hábiles y no más de quince (15) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, notificación que será irrevocable y que se efectuará mediante un aviso complementario a este Suplemento de Precio en un diario de amplia circulación en la Argentina, en la Página Web de la CNV, a través de la AIF, en BYMA a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE.
Rescate Opcional. En cualquier momento la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de Plazo Precio
Rescate Opcional. En cualquier momento a partir del mes sesenta (60) (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase 5 en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) que surge del siguiente detalle:

Examples of Rescate Opcional in a sentence

  • Rescate Opcional El respectivo Suplemento de Precio podrá disponer que las Obligaciones Negociables de una Clase y/o Serie sean rescatadas en forma total o parcial a opción de la Emisora, al precio especificado en el Suplemento de Precio aplicable.

  • Rescate Opcional Con Prima Compensatoria ......................................

  • Rescate Opcional En cualquier momento antes de la Fecha de Vencimiento, la Compañía podrá rescatar las Obligaciones Negociables Adicionales Clase XXVIII, en forma total o parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal, más la Prima de Rescate Aplicable (según se define más adelante), más intereses devengados e impagos, si hubiera, hasta la fecha de rescate, no inclusive.

  • Rescate Opcional con Fondos de Ofertas de Acciones.............................................

  • Rescate Opcional debido a Evento Fiscal Cambio de Control En virtud de la ocurrencia de un Cambio de Control Destino de los Fondos La Sociedad utilizará la totalidad del producido neto Forma de las Obligaciones negociables, compensación y liquidación..................


More Definitions of Rescate Opcional

Rescate Opcional. En cualquier momento, la Compañía tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables Clase 28 en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables Clase 28) que surge del siguiente detalle:
Rescate Opcional. En cualquier momento, la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los montos adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) que surge del siguiente detalle: Plazo Precio Desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta el séptimo mes 103% (inclusive) desde la Fecha de Emisión y Liquidación A partir del octavo mes desde la Fecha de Emisión y Liquidación 102% hasta el décimo cuarto mes (inclusive) desde la Fecha de Emisión y Liquidación Luego del décimo cuarto mes (exclusive) desde la Fecha de 101% Emisión y Liquidación y hasta el día anterior a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie IX. Para ello, la Emisora notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables con una anticipación de no menos de cinco (5) Días Hábiles y no más de quince (15) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, notificación que será irrevocable y que se efectuará mediante un aviso complementario a este Suplemento en un diario de amplia circulación en la Argentina, en la Página Web de la CNV, a través de la AIF, en BYMA a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE. Sin perjuicio del procedimiento que se establezca para cada caso, se respetará la igualdad de trato de todos los tenedores y lo que, en la oportunidad del rescata, establezcan las normas del Banco Central en materia de control de cambios. Compra o Adquisición de Obligaciones Negociables por parte de la Sociedad La Sociedad podrá en cualquier momento y en forma pública o privada comprar o de cualquier otra forma adquirir las Obligaciones Negociables en circulación y realizar con ellas cualquier acto jurídico, pudiendo en tal caso la Sociedad, sin carácter limitativo, mantener en cartera, transferir a terceros y/o cancelar tales Obligaciones Negociables. Las Obligaciones Negociables así adquiridas por la Sociedad, mientras no sean transferidas a un tercero por la misma, no serán consideradas en circulación a los efectos de calcular el quórum y/o las mayorías en las asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables y no darán a la Sociedad derecho a voto en tales asambleas ni tampoco serán consideradas a los fines de computar los porcentajes referidos en “Causales de Incumplimientodel Prospecto y/o cualquier otro porcent...
Rescate Opcional. En cualquier momento, y en la medida que esté permitido por la Ley Aplicable, la Compañía podrá rescatar total o parcialmente las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales a los precios de rescate (incluyendo la Prima de Rescate Opcional, de corresponder) detallados en “b) Descripción de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales– Rescate Opcional” en este capítulo. En cualquier momento antes del 0° xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx podrá rescatar una porción de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales en circulación con los fondos provenientes de una oferta de acciones a los precios de rescate y las condiciones detalladas en “b) Descripción de las Obligaciones Negociables Serie 2021——Rescate Opcional por Emisión de Acciones”. En caso de producirse ciertos cambios en las Leyes Aplicables en Argentina o cualquier cambio de interpretación de las autoridades impositivas, que resultaren en el establecimiento de retenciones u otro tipo de deducciones respecto de los pagos de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales, la Compañía podrá rescatar en su totalidad, pero no en parte, a un precio de rescate del 100% sobre el valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie 2021 Adicionales, más los intereses devengados e impagos y los montos adicionales, de corresponder, a la fecha de rescate, según se detalla en “b) Descripción de las Obligaciones Negociables Serie 2021“— Rescate opcional por Cambios en los Impuestos”.
Rescate Opcional. Rescate Total. Podremos canjear las Obligaciones Negociables, en todo o en parte, en cualquier momento antes de la fecha a ser informada mediante el Aviso de Resultados, pagando el mayor de (1) 100% del monto principal de las Obligaciones Negociables a canjear y (2) un “make- whole” monto, en cada caso más intereses devengados e impagos a la fecha de rescate, como se describe en “Descripción de las Notas- Rescate Opcional - Rescate Opcional- Rescate opcional con anterioridad a la fecha a ser informada en el Aviso de Resultados”. - Rescate Optativo en caso de un Hecho que afecta el Patrimonio”. En todos los casos, se respetará el trato igualitario entre los inversores.
Rescate Opcional. Sujeto a la autorización previa de la SEFC o cualquier otra Autoridad Gubernamental Argentina, si fuera necesario, y respetando el trato igualitario entre los inversores así como el principio de transparencia consagrado en la normativa vigente, el Banco tendrá el derecho de rescatar, a su opción, las Obligaciones Negociables, en su totalidad pero no parcialmente, en la Fecha de Reajuste al precio de rescate equivalente al 100% del monto en circulación de capital pendiente de pago de dichas Obligaciones Negociables, más los intereses devengados e impagos hasta, pero excluyendo, la fecha de rescate, así como cualquier Monto Adicional, sujeto a ciertas condiciones. Véase “Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables—Rescate Opcional” del Suplemento de Precio.
Rescate Opcional. En cualquier momento la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones Negociables en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate Para ello, la Emisora notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables con una anticipación de no menos de veinte (20) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, notificación que será irrevocable y que se efectuará en la manera que se describe en la sección “Notificaciones” en el presente. Sin perjuicio del procedimiento que se establezca para cada caso, se respetará la igualdad de trato de todos los tenedores. Recompra de Obligaciones Negociables: Tanto la Emisora como sus sociedades controladas y sus sociedades controlantes o sujetas a control común con la Emisora (las “Sociedades Afiliadas”) podrán en cualquier momento adquirir cualquier Obligación Negociable mediante la compra o a través de acuerdos privados en el mercado abierto a cualquier precio, y podrán venderlas o enajenarlas en cualquier momento. Para determinar si los tenedores representativos del monto de capital requerido de Obligaciones Negociables en circulación han formulado o no una solicitud, demanda, autorización, instrucción, notificación, consentimiento o dispensa en los términos de este Suplemento de Precio, las Obligaciones Negociables que mantenga la Emisora o cualquiera de sus Sociedades Afiliadas no se computarán y se considerarán fuera de circulación. Dicha recompra respetará, en todo momento, la igualdad de trato de todos los obligacionistas. En caso de que la Emisora o las Sociedades Afiliadas lleven a cabo una recompra en los términos antedichos, tal situación será debidamente informada a través de la AIF en la sección “Información Financiera – Pymes – Pymes en el Régimen de Oferta Pública – Euro S.A. – Hechos Relevantes”, en el sitio de Internet institucional de la Emisora y por un (1) día en el Boletín Informativo de los mercados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables, informándose en dicho momento la fecha, el monto, el precio de la recompra y en el mercado en el que se realice.
Rescate Opcional. En cualquier momento a partir de la fecha que se indicará en el Aviso de Resultados, y que será determinada de conformidad con lo descripto en “Descripción de las Obligaciones Negociables—Rescate y Recompra—Rescate Opcional”, la Sociedad podrá rescatar las Obligaciones Negociables, a su opción, en forma total o en forma parcial en distintas oportunidades, a los precios de rescate que resulten aplicables, más los intereses devengados e impagos hasta la Fecha de Rescate y los Montos Adicionales, en caso de existir. El rescate anticipado parcial se realizará respetando el principio de trato igualitario entre inversores. Para mayor información, por favor ver “Descripción de las Obligaciones Negociables – Rescate y Recompra – Rescate Opcional” del presente. A su vez, podrá rescatar parcialmente las Obligaciones Negociables en los casos de Oferta de Acciones, tal como se define más adelante. Para mayor información, por favor ver “Descripción de las Obligaciones Negociables – Rescate y Recompra – Rescate Opcional con el Producido de las Ofertas de Acciones” del presente.