Definición de Servicios Financieros

Servicios Financieros. Significa aquella actividad profesional que presta la Compañía a favor de sus clientes, contra el cobro de una comisión, cargo o remuneración y los cuales son regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o por autoridades similares en otras jurisdicciones donde la Compañía tenga autorización de operar. Los Servicios Financieros se describen en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Compañía. Valores.- Significan todos los instrumentos negociables y no negociables o contratos, incluyendo cualquier pagaré, acción, bono, obligaciones no hipotecarias, títulos de deuda o cualquier otra acción de capital social u obligación, que resulten representativos de dinero o propiedad, que se emitan en serie o en masa según lo defina la Ley respectiva al mercado de valores.
Servicios Financieros. Son los productos o canales que estarán regulados por el Contrato Relacionado correspondiente a cada uno de ellos sujetos a cláusulas, términos y/o condiciones adicionales a las del Contrato Maestro y estos Términos y Condiciones Locales, y cuyas Instrucciones para su operación podrán ser enviadas a través de E-Channels.
Servicios Financieros. Son los productos bancarios que estarán regulados por el contrato correspondiente a cada uno de ellos sujetos a cláusulas, términos y/o condiciones adicionales a las del presente Instrumento, y cuyas instrucciones para su operación podrán ser enviadas a través del Sistema.

Examples of Servicios Financieros in a sentence

  • La competencia por territorio para demandar en materia de seguros será determinada, a elección del reclamante, en razón del domicilio de cualquiera de las delegaciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

  • La prescripción se interrumpirá no sólo por las causas ordinarias, sino también por aquellas a que se refiere la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

  • En caso de controversia, el quejoso podrá acudir a la Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones con que la Compañía cuenta, o acudir, a su elección, a cualquiera de las delegaciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

  • La prescripción se interrumpirá, no solo por las causas ordinarias, sino también por el nombramiento de peritos o por las causas y en los términos a que se refiere la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

  • En caso de persistir la inconformidad, podrán someter su reclamación al arbitraje de las Delegaciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros dentro de la República Mexicana.


More Definitions of Servicios Financieros

Servicios Financieros significa: informar, reconciliar, Liquidar y Pagar los
Servicios Financieros. Son los productos bancarios que estarán regulados por el Contrato correspondiente a cada uno de ellos sujetos a cláusulas, términos y/o condiciones adicionales a las del presente Instrumento, y cuyas instrucciones para su operación podrán ser enviadas a través de Banca Electrónica. SMS (Short Message Service): Por sus siglas en inglés, servicio de mensajes cortos. Son Alertas vía celular de operaciones financieras y no financieras exclusivas de HSBC México, y en su caso, permiten al Cliente efectuar operaciones financieras desde su teléfono celular.
Servicios Financieros. Cuenta vinculada. La utilización de la tarjeta según la operativa prevista en la cláusula de las condiciones generales específicas de los servicios de tarjetas de crédito y débito (servicio financiero), requerirá previo análisis del riesgo, y en su caso aceptación y concesión del límite de crédito por el Banco. Asimismo, la cuenta de débito vinculada a la tarjeta deberá estar abierta en Banco xx Xxxxxxxx, S. A.
Servicios Financieros. Significa aquella actividad profesional que presta la Compañía a favor de sus clientes, contra el cobro de una comisión, cargo o remuneración y los cuales son regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o por autoridades similares en otras jurisdicciones donde la Compañía tenga autorización de operar. Los Servicios Financieros se describen en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Compañía. Valores.- Significan todos los instrumentos negociables y no negociables o contratos, incluyendo cualquier pagaré, acción, bono, obligaciones no hipotecarias, títulos de deuda o cualquier otra acción de capital social u obligación, que resulten representativos de dinero o propiedad, que se emitan en serie o en masa según lo defina la Ley respectiva al mercado de valores. Sujeto a los términos y condiciones de esta póliza, la cobertura se extenderá en los términos abajo indicados. La totalidad de los pagos que se realicen bajo estas Extensiones se considerarán parte y no en adición del Límite de Responsabilidad. Estas Extensiones también están sujetas a Deducible. Las Extensiones provistas, sólo serán aplicables a las personas físicas que resulten Aseguradas al amparo de la póliza. Extensión de responsabilidad por actos deshonestos de empleados. En concordancia con lo previsto en la Cobertura de Responsabilidad de Patrimonio Económico de la Entidad, en lo relativo a Responsabilidad Profesional y sólo en lo relativo a tal cobertura, la exclusión de actos deshonestos o delictuosos, prevista en el apartado de exclusiones correspondiente, no aplicará para aquella responsabilidad que surja para la Compañía con motivo de algún acto deshonesto, criminal, fraudulento o malicioso de algún empleado de la Compañía siem pre que xxxx interpretarse que el empleado en cuestión actuó sin consentimiento ni conocimiento de la Compañía y sólo en la medida en que exista un Tercero afectado ante el cual la Compañía esté legalmente obligado a responder.
Servicios Financieros significa aquellos servicios financieros descritos en el Formulario de Solicitud entregado por el Asegurado a los Aseguradores y que sean prestados por el Asegurado a un cliente del Asegurado:
Servicios Financieros las actividades descritas en el anexo IV. El Consejo de Estabilización y Asociación podrá ampliar o modificar el ámbito de aplicación de dicho anexo.
Servicios Financieros. Significa aquella actividad profesional que presta la Compañía a favor de sus clientes, contra el cobro de una comisión, cargo o remuneración y los cuales son regulados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores o por autoridades similares en otras jurisdicciones donde la Compañía tenga autorización de operar. Los Servicios Financieros se describen en el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Compañía.