ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO Cláusulas de Ejemplo

ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. PARA ESTA LICITACIÓN NO SE CONSIDERA EL ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. La convocante adjudicará a la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que de entre los licitantes reúna(n) las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “EL CETI” que garantice(n) satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones a contratar, resultando así solvente(s), y a aquel (aquellos) que haya(n) ofertado el precio más bajo. De conformidad con el párrafo anterior, “EL CETI” adjudicará el contrato por la totalidad de la partida a un solo licitante, por lo que no se considera el abastecimiento simultáneo en el presente procedimiento de contratación.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. En caso de que se opte por el sistema de abastecimiento simultaneo, en éste apartado se deberá indicar la manera de distribución de los mismos: No Aplica La edición de incoterms para esta licitación será: No Aplica Las expresiones DDP, CIP, FCA, CPT y otros términos afines, se regirán por las normas prescriptas en la edición vigente de los Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional. Durante la ejecución contractual, el significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los Incoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del Contrato. Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: No Aplica Cuando la convocante lo requiera, el oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante, productor o prestador de servicios. Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones: No Aplica En caso de ser solicitadas, las muestras deberán ser presentadas junto con la oferta, o bien en el plazo fijado por la convocante en este apartado, la cual será considerada requisito indispensable para la evaluación de la oferta. La falta de presentación en la forma y plazo establecido por la convocante será causal de descalificación de la oferta.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. La convocante adjudicará a la(s) persona(s) física(s) o moral(es) que de entre los licitantes reúna(n) las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “EL CETI” que garantice(n) satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones a contratar, resultando así solvente(s), y a aquel (aquellos) que cumpla (n) con el puntaje máximo a obtener. De conformidad con el párrafo anterior, “EL CETI” adjudicará el contrato por la totalidad de la partida a un solo licitante, por lo que no se considera el abastecimiento simultáneo en el presente procedimiento de contratación. Para efecto de la formalización de la contratación, se adjunta a la presente convocatoria como Anexo 15, el modelo de contrato correspondiente, en el cual se establecen las condiciones y características a las cuales se sujetarán las partes para la prestación de los servicios. Para los efectos de esta contratación, la presente convocatoria de licitación, sus anexos, sus juntas de aclaraciones, el contrato que de ella derive y sus anexos, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. En caso de existir discrepancia entre el contrato que se firme y la presente convocatoria, prevalecerá lo dispuesto en el cuerpo general de la convocatoria y sus anexos, así como lo señalado en las juntas de aclaraciones a la misma. Con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que se practiquen a la convocante, en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la LAASSP, y en caso de requerírsele, el licitante ganador deberá proporcionar al Órgano Interno de Control en el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, la información y/o documentación relacionada con el contrato adjudicado que resulte de este procedimiento de contratación.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. Artículo 54. Los sujetos de esta ley podrán utilizar el abastecimiento simultáneo a efecto de distribuir entre dos o más proveedores las partidas de bienes o servicios, cuando así lo hayan establecido en las bases de la licitación, siempre que con ello no restrinjan la libre participación de ofertas.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. El servicio objeto de la presente “Convocatoria” se adjudicará por partida, al “Licitante” que cumpla con la totalidad de los requisitos solicitados y oferte el precio más bajo, por lo que NO será aplicable el procedimiento de abastecimiento simultáneo.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SE ADJUDICARÁN POR PARTIDA A UNO O VARIOS LICITANTES, Y SOLAMENTE TENDRÁ UNA SOLA FUENTE DE ABASTECIMIENTO POR PARTIDA.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. El servicio materia de la presente convocatoria se adjudicará por partida completa, a un sólo Licitante, por lo que NO será aplicable el procedimiento de abastecimiento simultaneo.
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. NO APLICA PARA LA PRESENTE CONVOCATORIA. VER MODELO DE CONTRATO (ANEXO 6) DE LA PRESENTE CONVOCATORIA
ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO. En la presente licitación NO se requiere abastecimiento simultáneo.