ACCESIBILIDAD Cláusulas de Ejemplo

ACCESIBILIDAD. Será de obligatoria aplicación en la ejecución de la totalidad de las obras la Ordenanza N° 13.007 y cctes. Se deberán respetar las pautas dimensionales y funcionales allí establecidas en referencia a accesos, senderos, sanitarios públicos y sectores de esparcimiento. La Unidad deberá contar con medios de traslado que permitan a las personas con capacidades diferentes el tránsito, permanencia y utilización de la totalidad de los espacios de uso público. Para ello, deberá articular los procedimientos, metodologías y personal capacitado que sean necesarios para dar cumplimiento al parámetro de accesibilidad universal previsto en el Pliego. Si el proyecto definitivo no se adecuara a las exigencias planteadas por la normativa vigente, el Municipio de Gral. Pueyrredon a través de la Dirección Gral. de Unidades Turísticas Fiscales propondrá las modificaciones de obra que correspondan, debiendo contar el proyecto definitivo con autorización de la Secretaría pertinente.
ACCESIBILIDAD.  Ley Nº 22.431 (modificada por la Ley Nº 24.314) y el Decreto Nº 914/97  Ley Nº 13.064 Art.4.  Ley Nº 962 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ″Accesibilidad física para todos″.
ACCESIBILIDAD. Condición que debe cumplir toda actividad o servicio para ser utilizado por cualquier persona, independientemente de su estado motriz o sensorial y en máximas condiciones de seguridad y autonomía.
ACCESIBILIDAD. El terreno deberá cumplir las siguientes exigencias en cuanto a accesibilidad: El terreno ofertado debe encontrarse a una distancia menor a los 300 metros de una vía principal y/o una vía secundaria adyacente y colindante a la principal. El terreno ofertado debe contar con fácil acceso vehicular y peatonal. El terreno ofertado, contará con más de una vía de acceso (no excluyente). Se verificará la información con el Plano de Ubicación en fotocopia simple.
ACCESIBILIDAD. El alcance de la presente normativa sobre accesibilidad es de obligado cumplimiento en los eventos pro- pios y cumplimiento recomendado en los eventos ajenos. La responsabilidad sobre su aplicación recae sobre el personal comercial y de apoyo técnico encargados de la celebración del evento. Su desarrollo, sin perjuicio de las indicaciones incluidas en las Normas Generales de Participación, deben atender los criterios que a continuación se detallan: • Montaje en zonas comunes: En las zonas comunes se montará el mobiliario sin reducir las zonas de paso y maniobra. Las zonas de paso tendrán un ancho mínimo de 1,2 metros y zonas de maniobra un ancho mínimo de 1,5 metros. Los indicadores tipo piruleta deben colocarse siempre pegados a una pared, cristalera, etc., no pueden ubicarse de manera aislada en mitad de la zona. Se des- aconseja el uso xx xxxxxxxx tipo tensator, que no son fácilmente identificables con personas con deficiencias visuales. Cuando se requiera deben destinarse zonas para personas con discapacidad y marcarse adecuadamente. Los pasillos de evacuación no deben ocuparse en ningún caso. • Montaje de restauración y catering: El mobiliario debe montarse teniendo en cuenta zonas de paso y maniobra. El espacio entre las sillas de diferentes mesas nunca debe ser inferior a 1,2 me- tros (contando con ambas sillas ocupadas). Deben respetarse zonas de maniobra de 1,5 metros circulares. En los montajes tipo catering deben montarse algunas mesas adaptadas para perso- nas en silla de ruedas además de mesas altas. Cuando se requiera deben destinarse zonas para personas con discapacidad y que sean identificadas de manera adecuada. • Montaje xx xxxxx: Es importante que en la planificación del evento se entiendan de manera co- rrecta las necesidades de los organizadores y las discapacidades de los potenciales asistentes con el fin de instalar las ayudas técnicas necesarias. FYCMA posee las ayudas técnicas más usuales disponibles, bajo petición, para la celebración de eventos. Adicionalmente puede ofrecer a los clientes una gama mayor de servicios si se solicitan por adelantado. El mobiliario debe montarse teniendo en cuenta pasillos de paso y maniobra. Los pasillos nunca deben ser inferior a 1,2 me- tros de ancho. Deben respetarse zonas de maniobra de 1,5 metros circulares. Las personas en xxxxxx xx xxxxxx deben ubicarse en una zona donde vean sin obstáculos la mesa de ponentes y/o pantallas audiovisuales. Esta zona debe ser señalizada. Las personas con defici...
ACCESIBILIDAD. El Cliente, los Usuarios y/o Administradores (o Aircall, a petición del Cliente) elegirán una contraseña y un nombre de usuario únicos (conjuntamente, "Datos de Inicio de Sesión") para cada Usuario o Administrador. El Cliente reconoce y acepta que se le prohíbe compartir sus Datos de Inicio de Xxxxxx con terceros. El Cliente será responsable de la confidencialidad y el uso de los Datos de Inicio de Sesión. El Cliente también será responsable de todas las comunicaciones electrónicas, incluidas las que contengan información comercial, registro de cuentas, información del titular de la cuenta, información financiera, Datos del Cliente y cualesquiera otros datos de cualquier tipo introducidos electrónicamente a través de los Servicios. Cualesquiera comunicaciones electrónicas transmitidas a través de la Cuenta del Cliente se considerarán enviadas por el Cliente. Aircall podrá rescindir cualquiera de los Servicios y/o el presente Contrato si considera, a su entera discreción, que el Cliente ha incumplido sus obligaciones que figuran en la presente Cláusula.
ACCESIBILIDAD. Nos comprometemos a que los contenidos que ofrecemos sean accesibles para las personas con discapacidad. Si tiene una discapacidad y no puede acceder a cualquier parte de nuestro sitio web debido a su discapacidad, le pedimos que nos avise incluyendo una descripción detallada del problema que ha encontrado. Si el problema es fácilmente identificable y se puede resolver de acuerdo con las herramientas y técnicas de la tecnología de la información estándar del sector, lo resolveremos rápidamente.
ACCESIBILIDAD. El Proveedor garantiza que todos los Productos cumplirán con los requisitos establecidos en las leyes, normas y regulaciones federales, estatales, locales y extranjeras aplicables a la accesibilidad de la tecnología de la información para personas con discapacidades. El Proveedor acuerda utilizar personal capacitado y experto para atender las necesidades de las personas con discapacidades en la prestación de los Servicios previstos en la presente Orden.
ACCESIBILIDAD. El stand deberá ser construido de tal forma que permita la accesibilidad de cualquier persona que transite por él. Deberán quedar las canalizaciones de agua, tomas de energía eléctrica perfectamente cubiertas para que no supongan ninguna barrera para los visitantes, profesionales, expositores y resto de personas xxx xxxxxxx ferial. Deberán construirse pequeñas rampas en diferentes puntos del stand para facilitar el acceso de la personas con discapacidad.
ACCESIBILIDAD. Se cuidará la accesibilidad realizando los ajustes necesarios para remover todo tipo xx xxxxxxxx arquitectónicas. Se observará en especial que el sistema de señalización de emergencia / vías de escape, sea el más adecuado posible, actualizándolo cuando fuera necesario.