ACCESO A LA CUENTA Cláusulas de Ejemplo

ACCESO A LA CUENTA. Una vez que haya registrado correctamente una Cuenta, podrá acceder a su Cuenta iniciando sesión en la Plataforma utilizando el nombre de usuario y la contraseña asociados con la Plataforma (colectivamente, "Credenciales de inicio de sesión"). Sólo puede acceder a su Cuenta utilizando sus Credenciales de inicio de sesión, o según lo autoricemos o lo solicitemos nosotros y su Corresponsal. De vez en cuando, Apex Crypto o su Corresponsal pueden solicitarle que cambie sus Credenciales de inicio de sesión y vuelva a verificar su Información personal a su discreción y como condición para su acceso y uso continuado de su Cuenta y los Servicios. Por la presente, declara y garantiza que no compartirá sus Credenciales de inicio de sesión con ningún tercero ni permitirá que ningún tercero obtenga acceso a su Cuenta y por el presente acuerdo asume la responsabilidad de cualquier instrucción, orden o acción proporcionada o tomada por cualquier persona que ha accedido a su Cuenta independientemente de si el acceso fue autorizado o no. Solo las personas que hayan registrado con éxito una Cuenta ("Usuarios") están autorizadas a acceder y utilizar los Servicios.
ACCESO A LA CUENTA. Para ingresar o usar los Servicios de Xxx.xxx o para modificar su cuenta, usted puede ser requerido para establecer una cuenta y obtener un nombre de ingreso, número de cuenta, contraseña y/o frase de acceso. Usted nos autoriza a procesar cualquier y todas las transacciones de cuenta iniciadas a través del uso de su contraseña y/o frase de acceso. Usted es el único responsable por el mantenimiento y confidencialidad de su contraseña y frase de acceso. Usted nos debe notificar de manera inmediata cualquier uso no autorizado de su contraseña o frase acceso y usted es responsable por cualquier actividad no autorizada, cargos y/o responsabilidades hechas a través de su contraseña o frase acceso. En ningún evento nosotros seremos responsables por el uso no autorizado o por el mal uso de su nombre de ingreso, número de cuenta, contraseña o frase acceso, o por el acceso no autorizado a su(s) cuenta(s) como resultado de lo mismo. Usted está de acuerdo en que nosotros podemos desconectar, terminar o cancelar cualquier cuenta que esté inactiva por un periodo extendido de tiempo.
ACCESO A LA CUENTA a. Firma Autorizada. Su firma en la Tarjeta de Asociación lo autoriza a tener acceso a la cuenta. No seremos responsables por rehusarnos a no aceptar cualquier instrumento financiero o instrucción si consideramos que la firma no es genuina. Si usted ha autorizado el uso del duplicado de su firma, podríamos aceptar cualquier cheque o giro que pareciera tener el duplicado de su firma, incluso si fue hecha por una persona autorizada. Usted nos autoriza a aceptar las transacciones iniciadas por un tercero a quien usted le ha dado su número de cuenta incluso si usted no autoriza una transacción en particular. b. Opciones de Acceso. Usted puede retirar o transferir fondos de su(s) cuenta(s) de cualquier forma que nosotros lo permitamos (ej., un cajero automático, en persona, por correo, acceso a Internet, transferencia automática, o teléfono, como sea aplicable). Podemos devolver como no pagado cualquier cheque o giro hecho en un formulario que nosotros no proporcionamos, y usted es responsable por cualquier pérdida en la que nosotros incurramos en el manejo de dicho cheque o giro. Tenemos el derecho de revisar y aprobar cualquier forma de poder o de abogado y podríamos restringir los retiros de la cuenta o transferencias. No estamos bajo ninguna obligación de aceptar cualquier poder que nosotros concluyamos razonablemente que es inválido o poco fiable o que ha sido revocado. c. Evaluación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito. Podríamos ignorar cualquier información en cualquier cheque o giro distinto de la firma de la persona que hizo el giro, la cantidad y cualquier código magnético. Usted acepta que nosotros no dejamos de ejercer diligencia razonable al pagar un artículo solamente porque nuestros procedimientos no consideran la evaluación visual de los artículos.
ACCESO A LA CUENTA. Cómo puede usar su cuenta 2.1. Usted puede usar su cuenta para ingresar y retirar dinero, acceder al resto de los servicios de pago y consultar el saldo y los movimientos: Proyecto de contrato > en las oficinas comerciales de CaixaBank que disponen de servicio de caja. El servicio de caja en ventanilla, es decir, el servicio por el que te atendemos personalmente en oficinas para hacer los cobros y pagos que nos ordenas relacionados con tus cuentas, como por ejemplo ingresos, retiradas de dinero en efectivo, transferencias, etc. puede variar según la oficina a la que acudas. Con carácter general este servicio está limitado a partir de las 11h en todas nuestras oficinas y no se presta en nuestras oficinas Store. Por tanto, para evitarte desplazamientos innecesarios, te recomendamos que si quieres usar el servicio de caja en ventanilla acudas a una oficina que no sea Store antes de las 11h. Esto no afecta a las operaciones que puedas realizar a través de nuestra red de cajeros automáticos y de nuestra banca digital CaixaBanknow. Tampoco quedan afectadas las operaciones en las que actuamos como entidad colaboradora de un organismo público; > en los cajeros automáticos de CaixaBank; > a través de CaixaBankNow; > en los cajeros automáticos de otras entidades financieras que pertenecen a los sistemas de pago con los que CaixaBank ha alcanzado acuerdos de colaboración como, actualmente, Sistema de Tarjetas y Medios de Pago. Las entidades financieras propietarias de estos cajeros pueden cobrarle una comisión por retirar dinero. En ese caso, se le informará del precio de este servicio antes de realizar la operación. 2.2. Si usted quisiera usar su cuenta o dar su consentimiento para realizar operaciones de cualquier otra forma distinta de las que acordamos en este contrato, necesitará que CaixaBank lo acepte de manera expresa.
ACCESO A LA CUENTA. Mediante la suscripción de este Acuerdo y la entrega de su dirección de correo electrónico y/o número telefónico a la NTTA, usted acepta recibir comunicaciones de la NTTA sobre su Cuenta, que pueden incluir estados de Cuenta mensuales, facturas y otros avisos. (Vea la discusión sobre la Política de privacidad de la NTTA en el Párrafo 1(e) que antecede.) Cuando usted lo solicite y por la tarifa aplicable, la NTTA puede enviarle por correo postal un estado de cuenta mensual. Puede acceder, cambiar o actualizar su Cuenta de manera gratuita a través del sitio web de la NTTA, Tollmate o alguno de los CSC.

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  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • ESTADO DE CUENTA 12.1 Para el Estado de Cuenta de los Servicios Contratados será aplicable lo siguiente: a) El Proveedor debe entregar gratuitamente en el domicilio, con al menos 10 (diez) días naturales antes de la fecha de vencimiento del plazo para el pago de los Servicios Contratados, un Estado de Cuenta, recibo y/o factura, el cual deberá de contener de manera desglosada la descripción de los cargos, costos, conceptos y naturaleza de los Servicios Contratados; así como el costo del Equipo, según la modalidad contratada. Lo anterior, salvo que las Partes pacten que dicho Estado de Cuenta y/o factura sea consultado a través de cualquier medio físico, electrónico, digital y/o a través de cualquier otro medio existente o por existir en el futuro. b) El Suscriptor podrá realizar el pago de los cargos establecidos en el Estado de Cuenta en cualquiera de las tiendas y sucursales del Proveedor, mediante cargo recurrente a su tarjeta de crédito o débito y/o en cualquier aplicación o forma de pago existente o por existir en el futuro, mismos que podrán ser consultados en la página web. La falta de recepción del Estado de Cuenta no eximirá la obligación de pago; por lo que el Suscriptor es responsable de revisar mensualmente el Estado de Cuenta y realizar el pago en tiempo y forma. c) En caso de que el Proveedor omita cobrar en su momento cualquier cantidad y/o cargo a los que tuviere derecho con motivo de este Contrato, no se entenderá que han sido condonados y, el Proveedor podrá cobrarlo en un Estado de Cuenta posterior, siempre y cuando no haya prescrito en términos xx xxx. d) En caso de existir diversos adeudos de los Servicios Contratados, el Suscriptor podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de las deudas quiere que esta se aplique. Si el deudor no hiciere la referida declaración, se entenderá como hecho el pago por cuenta de la deuda que le fuere más onerosa entre las vencidas. En igualdad de circunstancias, se aplicará a la más antigua; siendo todas de la misma fecha, se distribuirá entre todas ellas a prorrata. e) El Proveedor podrá cargar en el Estado de Cuenta cualquier adeudo derivado de los Equipos y/o Servicios Contratados que el Suscriptor no haya pagado oportunamente.

  • OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Además de las derivadas de la normativa general reguladora de las concesiones de dominio público, corresponden al concesionario las siguientes obligaciones: a) Utilizar el bien según su naturaleza y destinarlo a la finalidad que motivó la concesión, respetando los límites y condiciones de la misma. b) Abonar el canon correspondiente, en la forma establecida en la Cláusula 5 de este Pliego, así como aquellos otros pagos de carácter fiscal y administrativo que graven la actividad objeto de la presente concesión, su puesta en marcha y sucesivo funcionamiento. c) Mantener el dominio público y las instalaciones del quiosco en perfecto estado de conservación y en óptimas condiciones de sanidad, salubridad e higiene. para efectuar las reclamaciones oportunas. d) Asumir todos los gastos necesarios para el funcionamiento del quiosco, tales como suministro de agua, alcantarillado, recogida de basuras, energía eléctrica, limpieza de las instalaciones, vigilancia, tributos,… y cualesquiera otros que se originen con motivo de la concesión. e) Explotar el quiosco de manera regular y continuada, y con la máxima corrección hacia los consumidores, garantizando el derecho de éstos a la adquisición de productos mediante el abono de la contraprestación que corresponda. f) Colocar y mantener visible el título habilitante para el ejercicio de la actividad, y el anuncio de la disponibilidad de hojas de reclamaciones. g) Cumplir las disposiciones vigentes en materia tributaria, laboral, de Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, defensa de consumidores y usuarios y demás normas específicas que regulen la actividad desarrollada en el quiosco. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante. h) Respetar el horario de apertura y cierre fijados por la Concejalía correspondiente. i) Responder de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al Ayuntamiento de Jumilla o a terceros con motivo de la explotación de la concesión. j) Velar por el correcto comportamiento del público en el entorno del quiosco. k) Abstenerse de colocar rótulos luminosos o publicitarios en el exterior del quiosco, o de ocupar las inmediaciones del mismo con mesas, sillas, sombrillas, cajas, botellas vacías, residuos, poda de plantas u otros elementos. l) Obtener autorización municipal con carácter previo a la ejecución de cualquier tipo de obra en las instalaciones del quiosco o en el dominio público objeto de concesión. m) Ajustar la explotación del quiosco a las limitaciones que se deriven de las necesidades municipales de utilización del espacio público donde aquél se ubica (ejecución de obras, prestación de los servicios de limpieza y mantenimiento, celebración de actos o eventos que puedan afectar a la explotación, etc.), sin que por ello tenga derecho el concesionario a indemnización de ninguna clase. En caso de que, por alguna de dichas razonas, la Administración ordenara por escrito el cierre temporal del quiosco, se compensará al concesionario con la ampliación del periodo de concesión por un periodo de tiempo equivalente al de cierre. n) Facilitar el acceso al personal de la Administración que deba inspeccionar el estado de conservación y salubridad de las instalaciones y el cumplimiento de las obligaciones que corresponden al concesionario. o) Xxxxxxx declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar y acreditar hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, mediante los certificados correspondientes, cada vez que sea requerido para ello por la Administración. p) Comunicar al Ayuntamiento de Jumilla cualquier alteración de las circunstancias que puedan suponer una modificación de cualquier orden de los términos en que ha sido otorgada la concesión. q) Cumplir el resto de obligaciones expresadas en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y atender de inmediato los requerimientos que, durante la vigencia de la concesión y en concreción de esas obligaciones, pudieran realizar el Ayuntamiento, sin perjuicio de las medidas de defensa de sus intereses que le otorgan las leyes.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.