ACTUALIZACION DE PRECIOS Cláusulas de Ejemplo

ACTUALIZACION DE PRECIOS. Los precios se actualizarán el 1º de enero de 2010, el 70% por la variación que determinen los Consejos de Salarios para la actividad específica y el 30% por IPC y para el cálculo se tomará el 100 % de la variación de dichos índices acumulado en el período que va desde el último día del mes anterior en que se realizó la apertura y el 31 de diciembre de 2009. El próximo ajuste será el 1º de julio por los mismos índices del semestre anterior- Para el caso de prorrogarse el contrato, los siguientes ajustes serán el 1º de enero y el 1º de julio de 2011, por los mismos índices acumulados desde el ajuste anterior, manteniéndose fijo dentro de los semestres. La Administración se reserva el derecho de renegociar el contrato si alguno de los índices tuviera una variación mayor al 10% anual
ACTUALIZACION DE PRECIOS. “Para adquisición de servicios” Los precios se ajustará en base al aumento del IPC, salvo que le aumento supere el 10 %, en cuyo caso el contrato se renegociará. Los precios se actualizarán a partir de la ejecución del llamado, ajustándose cada seis meses, coincidiendo con los meses de enero y julio.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. 5.1- Los precios se actualizarán semestralmente, el 1º de enero y 1º de julio de cada año, a través de la siguiente paramétrica: P 1= PO * [(0.3 * (A1 / A0) + 0.7 * (B1+1)] P0= precio cotizado en la propuesta P1= precio actualizado de la propuesta A0 = Índice de Precios al Consumo (IPC) al mes anterior a la fecha de la apertura de ofertas A1 = Índice de Precios al Consumo (IPC) del cierre de mes anterior al ajuste. B1 = % de aumento según consejo de salarios que corresponda a la empresa. Para el cálculo de la variación del IPC en el caso del primer ajuste, se considerará el período transcurrido entre el último día del mes anterior al de la apertura y el 31 de diciembre o 30 xx xxxxx según sea el caso.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. La actualización del valor hora será: 20% por IPC en forma semestral (1 de enero y 1 de julio de cada año) y 80% de acuerdo a la variación de los salarios en los momentos y porcentajes que se acuerden para el grupo de actividad que corresponda P0= precio cotizado en la propuesta P1= precio actualizado de la propuesta A0 = Índice de Precios al Consumo (IPC) al mes anterior a la fecha de la apertura de ofertas (para el primer ajuste) A1 = Índice de Precios al Consumo (IPC) del cierre de mes anterior al ajuste. Para el cálculo de la variación del IPC en el caso del primer ajuste, se considerará el período transcurrido entre el último día del mes anterior al de la apertura y el 31 de diciembre o 30 xx xxxxx según sea el caso. Para los siguientes ajustes en caso de corresponder, se aplicará la formula sobre los precios actualizados por los indices acumulados en el semestre anterior.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. Los precios ofertados por cada licitador en cada una de las tarifas contempladas en el presente pliego formarán, una vez producida la adjudicación, la oferta de precios por tarifa del proveedor de la Central de Contratación, aplicándose a todos los contratos derivados que se lleven a cabo. Si durante la vigencia del acuerdo marco se produce una modificación de los precios (término potencia y término energía) de las tarifas de acceso, de la normativa que variase el importe de alguno de los elementos que sirven de base para el establecimiento de los importes de las tarifas de acceso o de otros conceptos regulados por la Administración, los precios aplicados por el proveedor de la Central de Contratación se actualizarán en la misma proporción en que varíe cada una de las tarifas, entrando en vigor la modificación de precios en la misma fecha en que entre en vigor la modificación de las tarifas. En ningún caso se trasladará la variación del IPC. Firmado por XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX - XXX:00000000X con un certificado emitido por ACCVCA-120
ACTUALIZACION DE PRECIOS. Los precios se reajustarán mensualmente de acuerdo a la siguiente fórmula paramétrica: Siendo P y Po el precio actualizado a la fecha que corresponde y el precio de la oferta respectivamente. En caso de no existir laudo se regirá por la VARIACIÓN DE LA B.P.C. (Base de Prestaciones y Contribuciones). Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroactiva y con vigencia al momento cero de la licitación; se consideraráeste último valor a los efectos de definir el Jo.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. 5.1- Los precios se ajustaran en forma semestral el 1° de julio y el 1° de enero por el 100% del IPC. Para el primer ajuste se tomara la variación del IPC desde el ultimo día del mes anterior en que se realizo la apertura y el 31/12 o 30/6 según sera el caso.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. DICOSE admitirá un ajuste de la cuota mensual del Servicio, cada seis (6) meses, en función del incremento del Indice de Precios del Consumo producido en el semestre inmediato anterior.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. Dependiendo de indicadores internacionales como el dólar, variaciones en el precio de licencias cpanel o licencias Windows Server. KONTACTO posee total libertad para actualizar valores puplicados en su sitio web.
ACTUALIZACION DE PRECIOS. El contrato no estará sujeto a la revisión de precios.