Alcance y Objetivos Cláusulas de Ejemplo

Alcance y Objetivos. 1. Las Partes han decidido fomentar la cooperación que permita apoyar las iniciativas de Fortalecimiento de Capacidades Comerciales (en adelante “FCC”) con el objeto de expandir y mejorar los beneficios de este Acuerdo, en términos mutuamente acordados, en concordancia con las estrategias nacionales y los objetivos de política. 2. La cooperación bajo el presente Capítulo buscará los siguientes objetivos: (a) fortalecer y desarrollar las relaciones existentes respecto del FCC entre las Partes;
Alcance y Objetivos. Definiciones
Alcance y Objetivos. 1.1 Esta Directiva establece las disposiciones y las metodologías para determinar las tarifas máximas aplicables al transporte, al almacenamiento y a la distribución de gas natural de conformidad con el Reglamento de Gas Natural. 1.2 La Directiva está orientada a determinar las tarifas máximas que podrán aplicar quienes realicen actividades reguladas al momento de determinar las contraprestaciones que se cobrarán a los Usuarios de transporte, almacenamiento y distribución, sin perjuicio del derecho de establecer o convenir precios y tarifas convencionales de acuerdo con las disposiciones de la legislación y de esta Directiva. 1.3 Esta Directiva se aplicará para determinar: I. Las tarifas máximas que deberán observar los titulares de permisos de distribución, transporte o almacenamiento de gas natural, en la prestación de sus servicios a los Usuarios; II. Las actualizaciones o ajustes de las tarifas antes mencionadas, y III. Los indicadores, referencias, parámetros, criterios y demás elementos relacionados con la determinación de tarifas por parte de la autoridad. 1.4 La Directiva responde a los objetivos siguientes: I. Propiciar que las actividades reguladas y la prestación de los servicios de la industria del gas natural se lleven a cabo de forma eficiente, conforme a principios de uniformidad, homogeneidad, regularidad, seguridad y continuidad. II. Promover la aplicación de tarifas adecuadas para los Usuarios en el transporte, almacenamiento y distribución de gas natural, de conformidad con los principios y criterios establecidos en la legislación y en el Reglamento de Gas Natural; III. Evitar prácticas que impliquen la discriminación indebida en la realización de las actividades reguladas; IV. Promover la competencia y el libre acceso a los servicios; V. Permitir que quienes realicen actividades reguladas en materia de gas natural obtengan una rentabilidad apropiada sobre sus activos; VI. Evitar los subsidios cruzados entre los servicios que presten quienes realizan actividades reguladas en materia de gas natural, y VII. Establecer condiciones y reglas que generen un marco regulatorio efectivo, predecible y transparente que ofrezca flexibilidad y no imponga cargas innecesarias a quienes realizan actividades reguladas en materia de gas natural.
Alcance y Objetivos. 4.1 Alcance del Anexo Técnico.
Alcance y Objetivos. 1. Las Partes decidirán fomentar la cooperación que permita apoyar las iniciativas de Fortalecimiento de Capacidades Comerciales (en adelante “FCC”) con el objeto de expandir y mejorar los beneficios de este Acuerdo, en términos mutuamente acordados, en concordancia con las estrategias nacionales y los objetivos de política. 2. La cooperación bajo este Capítulo buscará los siguientes objetivos: (a) fortalecer y desarrollar las relaciones existentes relacionadas con FCC entre las Partes; (b) mejorar y crear nuevas oportunidades de comercio e inversión, fomentando la competitividad y la innovación; e (c) implementar este Acuerdo y optimizar sus resultados, con el objeto de proveer el impulso para el crecimiento económico y el desarrollo y para contribuir a la reducción de la pobreza.
Alcance y Objetivos. Planificación y equipo de proyecto Las principales tareas que se llevan a cabo en esta etapa son: Análisis funcional del sistema Análisis detallado de los requerimientos Análisis de los posibles impactos originados por la implantación GAP análisis Análisis del diseño funcional del sistema La documentación de soporte principal relacionada con esta etapa es: Análisis del diseño funcional, conteniendo Procesos objetivo Nuevas funcionalidades Mapa de sistemas objetivo Estrategia de integración e interfaces Análisis de la estrategia y plan de migración y depuración [si aplica] Acta de aprobación de la definición Las principales tareas que se llevan a cabo en esta etapa son: Análisis de la preparación del entorno productivo Análisis de la instalación de la infraestructura tecnológica de producción [si no se ha realizado antes] Análisis del traspaso de configuraciones y desarrollos del entorno de test al entorno final Análisis de los planes de formación Identificación de los colectivos a formar Análisis de la preparación del material de formación Análisis de la realización del plan de formación Análisis de la formación a usuarios finales y al área técnica [si aplica] Análisis de la migración de la información de la aplicación antigua Análisis de los procesos de extracción de la información de los sistemas antiguos Análisis de los procesos de depuración de datos (actividad de cliente) Análisis de carga de datos Validación de la información migrada (actividad conjunta) Análisis de la definición y ejecución de los planes de pruebas integradas Los usuarios clave validarán el correcto el correcto reflejo de los hechos relevantes de cada proceso en otras áreas o módulos así como el funcionamiento de las interfaces con otros sistemas La documentación de soporte principal relacionada con esta etapa es: Análisis del plan de formación y manuales de usuario Análisis de los planes de pruebas integradas Las principales tareas que se llevan a cabo en esta etapa son: Análisis de la corrección de incidencias (si surgen en el paso a producción) Análisis de la realización de los ajustes y modificaciones oportunos en procesos y desarrollos La documentación de soporte principal relacionada con esta etapa es: Acta de recepción del sistema. ÁREA JURÍDICA.- Dentro de la metodología jurídica a aplicarse se utilizará la revisión de la normativa aplicable a cada uno de los procesos registrales y se verificará que lo que se pretende utilizar e implementar guarden relación directa y se adec...
Alcance y Objetivos. Esta Política Global abarca todas las unidades de negocio y filiales de Nokia y debe usarse como una única Política de Viajes en todo el ámbito de Nokia. Pueden ser necesarios añadidos específicos al país para poder cumplir con los requisitos legales y fiscales de dicho país. La Política Global de Viajes está destinada a proporcionar normas para reservas de viajes y gastos incurridos en actividades relacionadas con los negocios. La Política cubre a todos los empleados y consultores/contratistas externos de Nokia que viajan por cuenta de Nokia. cve: BOE-A-2017-3757 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Un viaje de trabajo solo debe realizarse si no existe otra alternativa factible (p. ej. teléfono, conferencia por Internet o videoconferencia). Los objetivos de esta política son los de garantizar que los viajes de trabajo respaldan el logro de los objetivos empresariales y que se implementan de modo seguro, orientado a resultados y rentable, al tiempo que proporcionan a los empleados: – Directrices para la organización de viajes nacionales e internacionales. – Definiciones claras de los gastos que son reembolsables durante un viaje de trabajo. – Un método estándar para hacer reservas y reportar los gastos reembolsables. Los viajes referidos a una mudanza o cambio de destino asignado, o a una reubicación, no se rigen por esta política. Para las misiones a corto y largo plazo, por favor, consulte las normativas pertinentes. Cuando estén disponibles, los apéndices específicos de cada país deberán unirse a esta política y el sitio intranet de viajes de cada uno de los países incluye plantillas e información adicional sobre los procesos referentes a viajes. Cualquier excepción a esta política requiere la aprobación del Equipo de Liderazgo de Nokia Group.
Alcance y Objetivos. El presente Acuerdo está dirigido a empresas del sector mitilicultor de la Región de Los Lagos, tanto socios como no socios de la Asociación de Mitilicultores de Chile A.G. y que estén interesados en adherir a este Acuerdo de Producción Limpia.

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  • Liquidación por daños y perjuicios 49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecida en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC.

  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • Prescripciones sobre los productos Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra La recepción de los productos, equipos y sistemas se realizará conforme se desarrolla en la Parte II, Condiciones de recepción de productos. Este control comprende el control de la documentación de los suministros (incluida la correspondiente al marcado CE, cuando sea pertinente), el control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de idoneidad y el control mediante ensayos. - Entibaciones: Elementos xx xxxxxx resinosa, de fibra recta, como pino o abeto: tableros, cabeceros, codales, etc. La madera aserrada se ajustará, como mínimo, a la clase I/80. El contenido mínimo de humedad en la madera no será mayor del 15%. La madera no presentará principio de pudrición, alteraciones ni defectos. - Tensores circulares xx xxxxx protegido contra la corrosión. - Sistemas prefabricados metálicos y xx xxxxxx: tableros, placas, puntales, etc. - Elementos complementarios: puntas, gatos, tacos, etc. - Maquinaria: pala cargadora, compresor, martillo neumático, martillo rompedor. - Materiales auxiliares: explosivos, bomba de agua. Cuando proceda hacer ensayos para la recepción de los productos, según su utilización, estos podrán ser los que se indican: - Entibaciones xx xxxxxx: ensayos de características físico-mecánicas: contenido de humedad. Peso específico. Higroscopicidad. Coeficiente de contracción volumétrica. Dureza. Resistencia a compresión. Resistencia a la flexión estática; con el mismo ensayo y midiendo la fecha a rotura, determinación del módulo de elasticidad E. Resistencia a la tracción. Resistencia a la hienda. Resistencia a esfuerzo cortante.

  • Seguridad y salud laboral Los empresarios tienen el deber de proteger la salud de los trabajadores ante los riesgos laborales. Para lo cual garantizará la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, en todos los aspectos relacionados con el trabajo. En este sentido tomará todas las medidas que sean necesarias de acuerdo con lo siguiente: 45.1 Derecho a la protección frente a los riesgos laborales (14 LPRL) 45.1.1 Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El mencionado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores ante los riesgos laborales. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 incluyendo las modificaciones aportadas por la ley 54/2003 (En adelante LPRL), forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. 45.1.2 En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de Plan de Prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de la LPRL. El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá el necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. 45.1.3 El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 45.1.4 Las obligaciones de los trabajadores establecidas en la LPRL, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por esto le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, si fuese necesario, contra cualquier otra persona. 45.1.5 El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberán recaer de ninguna manera sobre los trabajadores.

  • Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.

  • Objetivos La formación profesional buscará atender, entre otros, los siguientes objetivos: A) La adaptación al puesto de trabajo y a sus modificaciones. B) La especialización dentro del propio trabajo. C) La reconversión profesional. D) La ampliación de los conocimientos de los trabajadores aplicables a las actividades del sector.

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