ASEGURADO TITULAR Cláusulas de Ejemplo

ASEGURADO TITULAR. La persona que, cumpliendo los requisitos de edad y de asegurabilidad establecidos en las Condiciones Particulares de la póliza, es parte de un grupo al ser miembro, trabajador o esté vinculado con o por la entidad contratante.
ASEGURADO TITULAR. Es la persona que por sí misma o determinada por el Contratante, firma como responsable de la veracidad de las respuestas que sobre su persona y/o la de otros asegurados por la presente póliza, fueron asentadas en la solicitud de seguro y la cual puede solicitar modificaciones y/o ajustes a la póliza.
ASEGURADO TITULAR. La persona cuyo nombre aparece como titular de cada uno de los certificados de la póliza y pertenece a la población asegurada, es decir el empleado de LICONSA.
ASEGURADO TITULAR. Es la primera persona, física o moral, nombrada como asegurado en las condiciones particulares de la póliza.
ASEGURADO TITULAR. La persona que, cumpliendo los requisitos de asegurabilidad establecidos en las condiciones particulares, es parte de un grupo, miembro, trabajador o tiene algún vínculo con el contratante.
ASEGURADO TITULAR. Es la persona física que firma la solicitud como asegurado principal. Podrá autorizar a una persona para cobrar saldos pendientes a su favor derivados de gastos amparados por la póliza en caso de fallecimiento.
ASEGURADO TITULAR. Es la persona física que tiene el vínculo con el contratante de acuerdo con la definición de colectividad asegurable. Podrá autorizar a una persona para cobrar saldos pendientes a su favor derivados de gastos amparados por la póliza en caso de fallecimiento.
ASEGURADO TITULAR. Se considera como tal a la persona que aparece registrada como Titular de la ubicación en la solicitud del seguro y firma la designación de Beneficiario para la cobertura de Pérdida de Ingresos por Fallecimiento y/o Invalidez Total y Permanente.
ASEGURADO TITULAR. Persona física, mayor de edad, que es responsable de informar todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo objeto de este Contrato, además de ser el responsable de firmar la Solicitud del Programa de Salud Vital, con ese carácter.
ASEGURADO TITULAR. A la Persona natural no menor de dieciocho (18) años de edad y menor de setenta (70) años de edad al momento de la inscripción en el Seguro, que se obliga a pagar la prima correspondiente y tiene derecho a recibir el pago de los gastos cubiertos a que hubiere lugar por esta póliza, y quien ejerce los derechos de los Asegurados Dependientes ante la Aseguradora.