ASPECTOS FORMATIVOS Cláusulas de Ejemplo

ASPECTOS FORMATIVOS. En relación a esta materia nos remitimos artículo 113 a 128 del actual Convenio Estatal de la Madera y a su disposición transitoria.
ASPECTOS FORMATIVOS. La actividad laboral realizada por el trabajador en la empresa debe estar relacionada con la actividad formativa. El objetivo de la formación es la cualificación profesional de los trabajadoresFormación profesional Títulos de grado medio o superior  Certificados de Profesionalidad de nivel 1, 2 y 3 de calificación. Puede incluir entrenamiento suplementario que está incluido en el Catálogo de Especialidades Formativas. En el sistema de formación para el empleo, puede darse en forma presencial o teletrabajo en los centros acreditados / matriculados. En el sistema educativo, modo presencial o a distancia. La actividad de formación se autorizará antes del inicio del contrato por parte de la administración competente.
ASPECTOS FORMATIVOS. El capítulo II de este Título se dedica a los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje. Así, en su artículo 16 se advierte que el objetivo de la actividad formativa es la cualificación profesional en régimen de alternancia con una actividad laboral retribuida, y será la necesaria para la obtención de un título de profesionalidad de grado medio o superior o de un certificado de profesionalidad o un certificado académico o de acreditación parcial acumulable. Se establecen para ello, las obligaciones de la empresa y del trabajador. Las empresas que quieran participar en esta modalidad contractual deben, previamente a la formalización del contrato, verificar que para este trabajo, existe una actividad formativa relacionada y que se corresponde con un título de formación profesional de grado medio o superior o con un certificado de profesionalidad y que constituirá la actividad formativa del contrato. Para ello, deberán recabar de los Servicios Públicos de Empleo las actuaciones de información y orientación a fin de conocer la oferta de centros de formación disponibles para impartir la formación inherente al contrato. Esta formación exime a las personas trabajadoras de realizar el módulo de formación práctica de los certificados de profesionalidad y si la formación inherente se dirige a la obtención de título de formación profesional, quedan exentas total o parcialmente de realizar el módulo profesional de formación en centros de trabajo de los títulos de formación profesional. Esta actividad formativa debe ser autorizada previamente a su inicio por el Servicio Público de Empleo competente, salvo la empresa realice este tipo de contratos en más de una Comunidad Autónoma; en este caso, la autorización corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal. La formación podrá ser ofertada e impartida, en el ámbito de la formación profesional para el empleo, en las modalidades presencial, teleformación o mixta y, en el ámbito educativo, en régimen presencial o a distancia. Las actividades formativas podrán concentrarse en determinados periodos de tiempo respecto a la actividad laboral durante la vigencia del contrato. También podrán organizarse con una distribución temporal flexible que, en todo caso, habrá de garantizar que el trabajador pueda cursar los módulos profesionales del ciclo formativo o los módulos formativos del certificado de profesionalidad. La actividad formativa debe impartirse por un centro de formación profesional incluid...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.