AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA Cláusulas de Ejemplo

AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. El aviso de convocatoria pública, en atención al Artículo 2.2.1. del Decreto 0734 de 2012, podrá ser consultado a partir del 17 de octubre de 2012, en la página xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx; o directamente en la Oficina del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto del SENA Regional Amazonas, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los lagos en Leticia Amazonas.- Junto con el aviso de convocatoria pública se publicarán los estudios previos.
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. Este documento debe ir con la aprobación del ordenador del gasto y se debe realizar únicamente en los procesos de convocatoria pública, tales como Licitación pública, concurso de méritos y selección abreviada.
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. El aviso de convocatoria pública, en atención al Artículo 2.2.1. del Decreto 0734 de 2012, podrá ser consultado a partir del 24 de octubre de 2012, en la página xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx; o directamente en la Oficina Jurídica - xxx XXXX Regional Córdoba, ubicada en el tercer piso del edificio administrativo, Xx. Xxxxxxxxxxx xxxxx 00 x 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx. Junto con el aviso de convocatoria pública se publicarán los estudios previos.
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. En los procesos de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos se hará el aviso convocatoria pública, la cual deberá publicarse en el SECOP y en la página web de la entidad, por parte de la dependencia en la que se deleguen las funciones de contratación, y deberá contener la información necesaria mediante la cual La Alcaldía Municipal de Los Patios dará a conocer: En los Procesos de Contratación adelantados bajo las modalidades de selección de mínima cuantía y contratación directa, no es necesaria la expedición y publicación del aviso de convocatoria en el SECOP. Adicionalmente a lo anterior, se deberá incluir expresamente, cuando ello corresponda, la convocatoria limitada a Mypes o a Mipymes conforme a lo establecido en el Decreto 1510 de 2013. El ordenador del gasto expedirá el acto administrativo de carácter general, por medio del cual ordenará la apertura del proceso de selección, sin perjuicio en las disposiciones especiales para la modalidad de selección, el establecido en el artículo 24 del Decreto 1510 de 2013 así:
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. 11.9.4. ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DE SELECCIÓN Pág. 4 de 89
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. Constituye un documento cuya expedición es obligatoria en los procesos de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, deberá publicarse en el SECOP y con la finalidad de que los posibles proponentes tengan claridad sobre la convocatoria, vinculara la siguiente información: 1) El nombre y dirección de la Entidad Estatal. 2) La dirección, el correo electrónico y el teléfono en donde la Entidad Estatal, podrá ser ubicada y consultada. 3) El objeto del contrato a celebrar, identificando las especificaciones mínimas de lo que se pretende adquirir. 4) La modalidad de selección del contratista, indicando los funcionarios que adoptaron dicha modalidad. 5) El plazo o término de ejecución del contrato. 6) La fecha límite, lugar, hora y forma de presentación de la respectiva oferta. 7) El valor estimado del contrato y la manifestación expresa de que la Entidad Estatal cuenta con la disponibilidad presupuestal. 8) Mención de si la contratación está cobijada por un Acuerdo Comercial. 9) Mención de si la convocatoria es susceptible de ser limitada a Mipyme. 10) Enumeración y breve descripción de las condiciones para participar en el proceso de Contratación. 11) Indicar si en el Proceso de Contratación hay lugar a precalificación. 12) Cronograma del proceso. 13) La forma como los interesados pueden consultar los documentos del proceso.
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, EL MINISTERIO publica en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, un aviso de convocatoria del proceso de selección, en el que se indica el nombre y la dirección de la Entidad, el lugar físico o electrónico donde pueden consultarse el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones, los estudios y documentos previos, y el cronograma, entre otros aspectos.
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA. 1.9. Pliego de Condiciones, Estudios y Documentos Previos

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.