DIRECCIÓN SENA REGIONAL AMAZONAS
DIRECCIÓN SENA REGIONAL AMAZONAS
PLIEGOS DE CONDICIONES
CONTRATAR EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX XXXXXXX AMAZONAS.
LETICIA, 00 XX XXXXXXX XX 0000
RECOMENDACIONES INICIALES
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique, antes que nada, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni especiales para contratar, o conflicto de intereses.
3. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos señalados en el presente documento.
4. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida, y verifique la vigencia de aquella que la requiera.
5. Siga las instrucciones que se imparten en estos términos para la elaboración de su propuesta.
6. Revise la póliza de seriedad de su propuesta, en el caso de que le sea requerida su constitución en el presente pliego de condiciones, y verifique que:
Sea otorgada a favor xxx XXXX NIT. 899999034-1
Como tomador figure su razón social completa
El valor asegurado corresponda al fijado en este documento
El Objeto y el Número de la misma, coincida con el de la propuesta que presenta.
Esté suscrito por el TOMADOR- AFIANZADO.
7. Identifique su propuesta, tanto el original como la copia en la forma indicada en este documento.
8. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO.
9. Toda consulta deberá formularse por escrito únicamente a las direcciones de correo electrónico señalado en el presente documento; no se atenderán consultas personales ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal xxx XXXX, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
10. Los proponentes por la sola presentación de su propuesta, autorizan a la entidad a verificar toda la información que en ella suministren.
11. Cuando se presente inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la de uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, el SENA podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes; esto operará única y exclusivamente si la inexactitud incide en la calificación o permite cumplir un factor excluyente.
12. Toda comunicación enviada por los proponentes o adquirentes de este documento deberá ser dirigida al Ordenador del Gasto del presente proceso.
13. La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, formatos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado
que este pliego es completo, compatible y adecuado y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
14. Asegúrese de no estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, en el evento que se encontrare reportado, deberá ponerse previamente x xxx y salvo por dicho concepto, demostrando en la propuesta la cancelación de las obligaciones o el correspondiente acuerdo de pago, en caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de los miembros asociados deberá reunir por separado el requisito aquí indicado. El SENA verificará esta información en los Boletines de Deudores Morosos y de Responsables Fiscales. De acuerdo a lo previsto en el inciso 4 del artículo 60 de la ley 610 de 2000 “[…] Los representantes legales, así como los nominadores y demás funcionarios competentes, deberán abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el boletín de responsables, so pena de incurrir en causal de mala conducta, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 190 de 1995. Para cumplir con esta obligación, en el evento de no contar con esta publicación, los servidores públicos consultarán a la Contraloría General de la República sobre la inclusión de los futuros funcionarios o contratistas en el boletín.[…]”
15. Verifique previamente que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales y contratación de aprendices, ya que el SENA comprobará la información suministrada, y no podrá contratar con personas, naturales o jurídicas, que no estén al día por estos conceptos.
16. PROGRAMA PRESIDENCIAL ANTICORRUPCIÓN:
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial Anticorrupción a través de los números telefónicos: (00 0) 000 0000, Fax: (00 0) 000 0000; o de la línea transparente del programa 01 8000 913040; o del correo electrónico xxxxx0@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, o en la página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxx/XxxxxxxxxXxxxxxxxx.xxxx; correspondencia o personalmente, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los Lagos (Horario de atención: lunes a viernes, 8:00 a.m. a 12:00 y 2:00 p.m. a las 5.00 p.m. ). También puede reportar el hecho en la página Web: xxx.xxxx.xxx.xx
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente Pliego de Condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. En el caso en que el SENA comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato.
El SENA Regional Amazonas, garantiza a los oferentes y a la ciudadanía en general, que la escogencia del contratista se efectuará a través de Convocatoria Pública, por lo que en el Pliego de Condiciones se encuentran consagrados los requisitos necesarios y condiciones a cumplir para poder participar en el presente proceso de selección.
Los interesados tienen derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos que se rindan y decisiones que se adopten, por lo que se establecen etapas que permiten la publicidad de dichas actuaciones y otorgan términos para que dentro del mismo se puedan hacer las correspondientes observaciones.
Por lo anterior, todas las actuaciones del SENA Regional Amazonas, dentro de este proceso de selección son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. El Centro o dependencia ordenadora del gasto expedirá las fotocopias de las actuaciones surtidas dentro del proceso, por solicitud y a xxxxx del interesado, si no desea acceder a ellos mediante su consulta e impresión a través de la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxx.xxx.xx.
ESPACIO EN BLANCO
CONDICIONES GENERALES
El SENA Regional Amazonas, está interesada en obtener propuestas para seleccionar en igualdad de oportunidades al proponente que ofrezca las mejores condiciones para contratar, a través de la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía, el siguiente objeto:
1. OBJETO
Realizar a todo costo, por el sistema de precios unitarios, sin fórmula de reajuste el MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX XXXXXXX AMAZONAS, a todo costo, sin
formula de reajuste, de conformidad con los parámetros, términos, condiciones, cantidades de obra, detalle, especificaciones técnicas y alcance del servicio y exigencias, que se describen en el pliego de condiciones.
1.1 PLAZO DE EJECUCIÓN
Hasta veinticinco (25) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, sin exceder el 10 de diciembre de 2012. (No habrá lugar a prorroga alguna)
1.2 LUGAR DE EJECUCIÓN
Instalaciones del SENA Regional Amazonas, sede Centro de Formación ubicado en la calle 12 No. 10 – 60 xx Xxxxxxx Amazonas.-
1.2.1. LOCALIZACIÓN DE LA OBRA
Sede de las instalaciones del SENA Regional Amazonas - Centro de Formación Profesional - ubicado en la calle 12 No. 10 – 60 en Leticia Amazonas, que corresponde al de ejecución de las obras.-
2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y MODALIDAD DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El objeto que se requiere contratar corresponde a un CONTRATO DE OBRA.
Por su cuantía y condiciones se aplicará el procedimiento para contratar de selección abreviada de menor cuantía, de acuerdo a lo señalado en los artículos 3.2.2.1. al 3.2.2.2. del Decreto 0734 de 2012, en concordancia con lo dispuesto en los Arts.2 num. 2 lit. b de la Ley 1150 de 2007 y Artículos 2.1.1 al 2.2.10 del Dcto.0734 de 2012.
El contrato de obra se encuentra definido en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, no obstante está caracterizado con mayor amplitud en el Código Civil, en los artículos 2053 a 2060, aplicables por remisión expresa de los artículos 13 y 32 de la Ley 80 de 1993.
En el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, de conformidad con el artículo 15, numeral 25 del Decreto
249 de 2004, y la Resolución 2039 de 2004, el trámite precontractual, para realizar construcciones, adecuaciones locativas, de mantenimiento, conservación, adecuación, remodelación o restauración, que representen mejoramiento del inmueble y/o de sus instalaciones, requiere obtener previamente el Concepto Técnico y Financiero, emitido por la Dirección Administrativa y Financiera; quién para el efecto ha expedido las instrucciones relacionadas con el trámite del mismo a través de la Circular 000233 del 1 junio 2012.
Aspectos jurídicos a tener en cuenta en el presente proceso de selección:
La publicidad de todo el proceso se hará en el SECOP a través de la página Web xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx (Artículo 2.2.5. Decreto 734 de 2012). La publicación de estos actos y documentos deberá hacerse en la fecha de su expedición o a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.
Se debe exigir la constitución de la Garantía de seriedad de la oferta (art. 7 Ley 1150/07 y art.
5.1.4.1. Dcto. 0734 de 2012).
Por su cuantía y condiciones del contrato se debe requerir la constitución de Garantía única de cumplimiento de las obligaciones al contratista, en todos los amparos requeridos por la entidad (art. 7 Ley 1150/07 y art. 5.1.4.2. Dcto. 0734 de 2012).
En el presente proceso no se involucran directamente bienes o servicios de origen extranjero, por lo cual en atención a lo dispuesto en el artículo 4.2.4. del Decreto 0734/12 NO se dará aplicación a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, sobre CRITERIOS DE PONDERACIÓN favorables a la industria nacional.
Por tratarse de un proceso de selección abreviada de menor cuantía, debe darse aplicación a los FACTORES DE DESEMPATE favorables a la industria nacional, señalados en el artículo 4.2.5. del Decreto 0734/12.
Debe efectuarse la advertencia de que la convocatoria NO se podrá limitar exclusivamente a las MYPES por cuanto de acuerdo al presupuesto oficial del presente proceso de contratación no se cumplen los requisitos y el trámite señalado en el Art. 4.1.2. del Decreto 0734/12 (ya que esta figura se aplica únicamente en procesos desde el 10% de la menor cuantía hasta USD75.000 para Mypes – es decir, desde $56.670.000 hasta $141.334.500 COP en 2012).
No obstante lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 2 del Art. 4.2.3. del Decreto 0734 de 2012, por tener el presente proceso una cuantía entre USD 75.001 hasta USD 125.000 (es decir, desde $141.334.501 COP hasta $235.558.000 COP en 2012)1 la convocatoria se podrá limitar a MIPYMES, para lo cual deberán seguirse las reglas establecidas en el Art. 4.1.2. del Decreto 0734 de 2012.
Por la misma razón anterior, también hay lugar a la aplicación de los CRITERIOS DE PONDERACIÓN preferenciales para MYPES y MIPYMES señalados en el artículo 4.1.5 del Dcto. 0734/12, por cuanto el valor de la contratación no supera los US$125.000.
Por tratarse de un contrato de obra se exigirá el Registro único de Proponentes – RUP para efectuar la verificación de las condiciones y requisitos habilitantes de los proponentes (Art. 3.2.3.1. Dcto. 0734 de 2012), así como de la capacidad residual del contratista de acuerdo a lo previsto en el Decreto 1397 del 29 xx xxxxx de 2012.
No podrán participar como oferentes las personas que estén incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar; declaración que se entenderá prestada bajo la gravedad del juramento con la presentación de la propuesta.
La invitación a las veedurías ciudadanas para que ejerzan el CONTROL SOCIAL se publicará en la Resolución de Apertura del Proceso.
1 Información contenida en el Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
El contrato que se derive de este proceso requerirá para su perfeccionamiento: 1-. La suscripción por los intervinientes. Para su legalización: 1-. Registro presupuestal. Y para su ejecución: 1-. Aprobación por parte xxx XXXX de la garantía única de cumplimiento constituida por el contratista. Durante la presente vigencia no se requiere el pago del impuesto de timbre.
Como requisito adicional para el registro presupuestal el contratista deberá presentar certificación bancaria donde conste su nombre, NIT y número de cuenta (de ahorros o corriente) en la cual se le efectuarán los pagos. En caso de tratarse de un consorcio o unión temporal, la cual deberá ser abierta a nombre de dicho consorcio o unión temporal, con el NIT que le corresponda como tal.
El contrato, en los aspectos no pactados expresamente, se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 0734 de 2012, normas civiles y comerciales concordantes, el pliego de Condiciones y finalmente, por las estipulaciones contractuales.
3. ASPECTOS GENERALES DE LA CONTRATACION
3.1. PARTICIPANTES
3.1.1. PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS
Podrán participar personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas en el país, con capacidad jurídica (objeto, razón social y/o actividad económica registrada concordantes con el objeto contractual, así como las autorizaciones o licencias vigentes para ejecutar las obras requeridas en la presente contratación de acuerdo a la normativa que regule la materia), que no se encuentren incursas en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en los artículos 8, 9 y 10 de la ley 80 de 1.993, en la Constitución Política y demás normas concordantes en esta materia de carácter general y especial, como lo son las de economía solidaria, las del Régimen Comercial, mercantil y societario.
3.1.2. CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
En el evento de consorcios y uniones temporales, deberá acreditarse el cumplimiento de las condiciones descritas en los documentos de la propuesta. Los Consorcios o Uniones Temporales podrán estar compuestos por personas naturales y/o jurídicas y además de cumplir con los requisitos generales de los presentes Pliegos de condiciones, estarán sujetos a lo siguiente:
a) Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. Si se trata de Xxxxxxxxx deberán indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes y las actividades a ejecutar por cada uno de ellos, y en el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad.
b) Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su denominación, conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad, e igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como Representante del Consorcio o de la Unión Temporal.
En caso de adjudicación del contrato, el documento de constitución deberá ser suscrito ante Notario con firmas autenticas de los participantes. Adicionalmente el consorcio o unión temporal deberá efectuar el trámite para la obtención del RUT como requisito previo para la suscripción del contrato.
c) Los integrantes del Consorcio responderán solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
d) Los integrantes de la Unión Temporal responderán solidariamente por el cumplimiento de la propuesta y del objeto del contrato, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de sus miembros.
3.1.3. POSIBILIDAD DE CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES O MYPES
De conformidad con el Título IV del Decreto 0734 de 2012 (artículos 4.1.1. al 4.1.4), en los procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, la convocatoria se podrá limitar exclusivamente a Mypes (micro y pequeña empresa) o Mipymes (micro, pequeña y mediana empresa), siempre y cuando se verifiquen cada uno de los siguientes requisitos:
Limitación exclusiva a Mypes: La cuantía del proceso esté por debajo de los US$75.000 dólares americanos.
Limitación exclusiva a Mipymes: En el caso que no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4.1.2 del decreto 0734 de 2012 para limitar la convocatoria a Mypes (micro y pequeña empresa), se permitirá la participación de medianas empresas, quienes también podrán manifestar interés en los mismos plazos establecidos para las Mypes, con la salvedad que su participación sólo se permitirá si no se reciben tres (3) manifestaciones de interés de Mypes. En todo caso, para que la convocatoria se limite a Mipymes se requerirá al menos tres (3) manifestaciones de interés de micros, pequeñas o medianas empresas. Además, en los procesos de licitación pública, selección abreviada y concursos de méritos cuyo valor sea entre US$75.001 y US$125.000 la convocatoria se limitará a Mipymes y se seguirán las reglas establecidas en artículo 4.1.2 del decreto 0734 de 2012, en cuanto número de manifestaciones y plazos para presentarla, su antigüedad, los requisitos del aviso de convocatoria, garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación.
Requisitos para limitar la convocatoria:
1) Se hayan recibido mínimo tres (3) manifestaciones de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mypes o Mipymes.
2) Se haya acreditado mínimo un (1) año de existencia por parte de la Mype o Mipyme que manifestó interés.
3) La manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mype o Mipyme debe presentarse a más tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del proceso de selección.
4) Xxxx acreditar en la manifestación de interés la condición de Mype o Mipyme a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial (micro, pequeña o mediana empresa).
5) Xxxx presentar en la manifestación de interés el certificado expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que sea competente para acreditar su antigüedad.
Las Mypes o Mipymes que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. Para tales efectos, sin perjuicio de la convocatoria limitada a Mypes o Mipymes, la selección se deberá hacer por la modalidad que corresponda, de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y lo establecido en el presente decreto.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamente, se seguirán los criterios allí establecidos para determinar las micro, pequeñas y medianas empresas, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas.
Procedimiento en caso de convocatoria limitada:
Verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas anteriormente señaladas, y sin perjuicio de las normas especiales de cada modalidad de selección, la entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mypes y/o Mipymes, según sea el caso.
Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta en el caso de la licitación pública, concurso de méritos abierto o selección abreviada, la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones o aviso de convocatoria, según el caso, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mype o Mipyme, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo.
Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mype o Mipyme, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones.
El proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que sea declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la que se refieren los artículos
4.1.2 y 4.1.3 del decreto 0734 de 2012.
Podrán participar uniones temporales o consorcios, los cuales deberán estar integrados únicamente por Mypes o Mipymes, según el caso. En tal caso, para efectos de la limitación de la convocatoria, cada consorcio o unión temporal se contará por sí mismo, y no por el número de Mypes o Mipymes que los integren; que deberán cumplir de manera individual los requisitos mínimos señalados en el decreto 0734 de 2012.
Posibilidad de convocatoria limitada a Mipymes o Mypes en el presente proceso:
La convocatoria en el presente proceso de selección NO se podrá limitar exclusivamente a las MYPES por cuanto de acuerdo al presupuesto oficial del presente proceso de contratación no se cumplen los requisitos y el trámite señalado en el Art. 4.1.2. del Dcto. 0734/12 (ya que esta figura se aplica únicamente en procesos desde el 10% de la menor cuantía hasta USD75.000 para Mypes – es decir, hasta $141.334.500 COP en 2012).
La convocatoria en el presente proceso de selección NO se podrá limitar exclusivamente a las MIPYMES por cuanto el presupuesto oficial del presente proceso de contratación supera la cuantía establecida en el inciso 2 del Art. 4.2.3. del Decreto 0734 de 2012, por tener el presente proceso una cuantía superior a USD 75.001 hasta USD 125.000 para Mipymes (es decir, desde $141.334.501 COP hasta $235.558.000 COP en 2012)2 es por ello que la convocatoria NO se podrá limitar a MIPYMES.
2 Información contenida en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
3.2. PRESUPUESTO OFICIAL
La financiación del presente contrato se hará con recursos propios del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA Regional Amazonas.
El presupuesto oficial del contrato es la suma de Doscientos cuarenta y cuatro millones quinientos mil ($244.500.000) que incluye el A.I.U., que corresponde a la obra a ejecutar, y todos los costos directos e indirectos (no se incluye el 4xmil)
La propuesta que supere el presupuesto oficial será rechazada. El A.I.U. no podrá exceder del 25%, incluyendo el 5% de contribución por obra pública.
El ítem de imprevistos solo se reconocerá y pagara al Contratista, previa demostración plena y completa de su causación, con la certificación del interventor del contrato.-
3.3. FORMA DE PAGO
El SENA pagará al Contratista el valor del contrato, previa certificación del estado, avance y finalmente de la entrega de la obra, por parte del interventor del mismo, donde conste el cumplimiento a satisfacción del objeto contractual, durante el período correspondiente y la presentación de la factura por parte del contratista ante el Grupo Administrativo Mixto de la Dirección Regional, debidamente soportada con la correspondiente certificación de pago de aportes de seguridad social, salarios y parafiscales de conformidad con las Leyes 789 de 2002 y 1150 de 2007, así:
El valor del contrato se pagará en dos cuotas o contados, así:
a) Un primer pago: Equivalente al cuarenta (40%) por ciento del valor del contrato que se pagará directamente al contratista previo certificación del interventor del contrato en que conste un avance de obra no inferior al 40% de la cantidad de obra – cantidades por unidad de obra completas - y acta de recibo parcial a satisfacción.
b) Un pago final: Que corresponde al saldo del valor del contrato, esto es, equivalente al sesenta por ciento (60%) del valor del contrato que se pagará única y exclusivamente contra entrega total e integral de las obras, que conste en acta final debidamente certificada por el interventor del contrato y con acta de recibo final, a entera y total satisfacción.
Los pagos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, a las siguientes reglas:
Para la realización de cada uno de los pagos el contratista deberá acreditar previamente encontrarse al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (salud, pensiones y Riesgos profesionales) y aportes Parafiscales al SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda en atención a lo ordenado en el inciso 2º del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
El SENA podrá verificar cada vez que lo considere pertinente, la información relacionada con el cumplimiento del contratista en su obligación de efectuar aportes al Fondo de la Industria y la Construcción FIC, cuyo paz y salvo deberá acreditarse por parte del contratista cuando se lo requiera el SENA, para cada pago parcial que se vaya a efectuar y al momento de la liquidación del contrato.
Los pagos se efectuarán dentro de los veinte (20) días siguientes a la presentación del acta de interventoría, la cual, cuando se requiera por disposición legal, deberá ir acompañada de la respectiva factura expedida por parte del contratista, o a la fecha en que el contratista subsane las observaciones que se le formulen.
En caso que el contratista esté obligado a expedir factura: si la(s) factura(s) no ha(n) sido bien elaborada(s) o no se acompaña(n) de los documentos que la respalde(n), los términos anteriores solo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la cuenta o factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. // Todas las demoras que se presente por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Todos los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta del contratista. El SENA efectuará a cada pago las retenciones que en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación.
Todos los documentos de pago, así como cada uno de los pagos, deberán ser avalados previamente por el interventor xxx XXXX.
El contratista no ejecutará actividades u obras adicionales o no previstas que generen mayor valor del contrato sin el concepto previo y favorable xxx XXXX, las cuales deberán quedar plasmadas en la respectiva modificación del contrato o contrato adicional, cuando éste se requiera, para lo cual previamente se verificará la existencia de disponibilidad de recursos presupuestales. Cualquier actividad que se realice sin esta autorización será asumida por cuenta y riesgo del contratista, de manera que el SENA no reconocerá su costo.
Cada pago incluirá el porcentaje que le corresponda por Administración y Utilidad de acuerdo a lo pactado. Para el pago de los imprevistos se deberán acreditar los mismos por parte del contratista, y deben estar previamente autorizados por la interventoría.
En todo caso, los pagos antes previstos se sujetarán a los montos aprobados en el programa anual mensualizado de caja (PAC), de conformidad con lo dispuesto en el estatuto orgánico del presupuesto.
NOTA: El SENA no desembolsará anticipo en la presente contratación.
3.3.1. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El gasto se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 7312 del 03 de octubre de 2012, el cual fue expedido por un valor de ($244.500.000), Rubro: Construcción y adecuación de Edificios para la Capacitación Laboral.
3.4. BUZON DE CORREO ELECTRÓNICO
Para el desarrollo de la presente selección, los proponentes podrán comunicarse con el SENA Regional Amazonas e informarse de todos los aspectos relacionados con ella o solicitar aclaraciones al buzón de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Si un proponente encuentra incongruencias, errores, omisiones o necesita alguna aclaración al contenido del presente pliego de Condiciones, deberá radicar su solicitud escrita dirigida a la Subdirección de Centro de la Dirección SENA Regional Amazonas ó enviar a los correos electrónicos señalados, antes del vencimiento del término para publicar adendas, en caso de no hacerlo se entenderá que no existen dudas y que acepta totalmente las condiciones xxx Xxxxxx de Condiciones.
Si la entidad estima conveniente efectuar aclaraciones o modificaciones al presente pliego de Condiciones, de oficio, o con base en las consultas que se formulen, lo hará siempre mediante ADENDAS, las cuales se comunicarán a través de la página Web del SECOP: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
3.5. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El siguiente es el cronograma del presente proceso de selección y el lugar de consulta o presentación de cada actuación:
ACTUACIÓN | LUGAR | FECHA Y HORA |
PUBLICACIÓN AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA | Página Web xxx XXXX: | 17 de octubre de 2012 |
PUBLICACIÓN ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP | 17 de octubre de 2012 |
PUBLICACIÓN PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP | 17 al 23 de octubre de 2012 |
RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | 17 al 23 de octubre de 2012, el último día hasta las 5:00 pm | |
PUBLICACIÓN RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | 24 de octubre de 2012 |
RESOLUCIÓN DE APERTURA DEL PROCESO | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | 24 de octubre de 2012 |
PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | Desde el 24 de octubre al 02 de noviembre de 2012 |
MANIFESTACIÓN DE INTERES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE SELECCIÓN | Oficina de Administración de Documentos Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | Los días 25 al 29 de octubre de 2012 (horario de recepción entre las 8:00 a.m. a las 12 m y de las 2:00 pm a las 5:00 p.m. del último día) |
SORTEO CUANDO SEAN MÁS DE 10 POSIBLES OFERENTES | Sala de juntas Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | 30 de octubre de 2012, a las 9:00 a.m. |
APERTURA PLAZO RECEPCIÓN PROPUESTAS | Sala de juntas Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | 30 de octubre de 2012 (horario de recepción desde las 8:00 a.m. a las 12 m y de las 2:00 pm hasta las 5:00 p.m.) |
RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Desde el 24 al 29 de octubre de 2012 (horario de recepción desde las 8:00 a.m. a las 12 m y de las 2:00 pm hasta las 5:00 p.m.) |
RESPUESTA A LAS PETICIONES DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Sala de juntas Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | 30 de octubre de 2012 |
FINALIZACIÓN PLAZO PARA LA PUBLICACIÓN DE ADENDAS | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | Hasta el 30 de octubre de 2012 |
CIERRE RECEPCIÓN PROPUESTAS | Oficina de Administración de Documentos Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | 02 de noviembre de 2012 (horario de recepción desde las 8:00 a.m. a las 12 m y de las 2:00 pm hasta las 5:00 p.m.) |
CUANDO LA CONVOCATORIA FUE LIMITADA A MIPYMES: SI AL MOMENTO DEL CIERRE SÓLO SE HA PRESENTADO UNA (1) OFERTA | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | La entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado (Art. 4.1.4. Dcto. 0734/12). |
AUDIENCIA APERTURA URNA Y ACTA RELACIÓN PROPUESTAS (ASISTENCIA VOLUNTARIA) | Sala de juntas Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | A las 5:05 p.m. del 02 de noviembre de 2012 |
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS | Sala de juntas Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | El 06 de noviembre de 2012 |
PUBLICACIÓN INFORME DE EVALUACIÓN | Página Web xxx XXXX: xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx | Desde el 07 al 09 de noviembre de 2012 |
PLAZO PARA SUBSANAR REQUISITOS HABILITANTES | Oficina de Administración de Documentos Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | Desde el 07 al 09 de noviembre de 2012 (horario de recepción desde las 8:00 a.m. a las 12 m y de las 2:00 pm hasta las 5:00 p.m.) |
RECEPCIÓN OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN | Desde el 07 al 09 de noviembre de 2012 | |
ESTUDIO Y RESPUESTA DE OBSERVACIONES A LA EVALUACIÒN | Página Web xxx XXXX: | 13 de noviembre de 2012 |
ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN Y COMUNICACIÓN | Página Web xxx XXXX: | 13 de noviembre de 2012 |
SUSCRIPCIÓN CONTRATO Y REGISTRO PRESUPUESTAL | Oficina de contratación - Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx // Página Web xxx XXXX: | Al siguiente día hábil de la notificación de la adjudicación |
CUMPLIMIENTO REQUISITOS DE EJECUCIÓN | Oficina de contratación - Dirección Regional Amazonas xxx XXXX, vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx | Dentro del día (1) hábil siguiente al registro presupuestal |
3.6. AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA
El aviso de convocatoria pública, en atención al Artículo 2.2.1. del Decreto 0734 de 2012, podrá ser consultado a partir del 17 de octubre de 2012, en la página xxx.xxxx.xxx.xx y en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx; o directamente en la Oficina del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto del SENA Regional Amazonas, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los lagos en Leticia Amazonas.-
Junto con el aviso de convocatoria pública se publicarán los estudios previos.
3.7. FECHA DE PUBLICACIÓN DEL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
El proyecto xxx xxxxxx de Condiciones podrá ser consultado a partir del 17 de octubre de 2012, en el SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxx.xxx.xx o directamente en la Oficina del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto del SENA Regional Amazonas, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los lagos en Leticia Amazonas.-
La publicación del proyecto xx Xxxxxx de Condiciones no obliga a la entidad a abrir el proceso de selección y su contenido puede ser modificado de acuerdo a lo previsto legalmente.
3.8. RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
El término para presentar observaciones al borrador xx Xxxxxx de Condiciones será a partir del 17 al 23 de octubre de 2012.
Las observaciones deben hacerse vía electrónica a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx del término previsto en el inciso anterior.
El pliego de condiciones definitivo podrá incluir los temas planteados en las observaciones, siempre que se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la entidad agrupará aquellas de naturaleza común.
La respuesta a las observaciones se publicará en el SECOP a través de las páginas Web xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, una vez vencido el término de presentación de las observaciones.
3.9. APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
A partir del 24 de octubre de 2012 se considerará abierto el proceso de selección, mediante la expedición de la Resolución de Apertura. En la resolución de apertura se hará la invitación a las veedurías ciudadanas para que efectúen control social al proceso.
3.10. PUBLICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO
El documento definitivo xxx xxxxxx de condiciones podrá ser consultado en el SECOP, o directamente en la Oficina del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto del SENA Regional Amazonas, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los lagos en Leticia Amazonas.- a partir del 24 de octubre de 2012.
El término para presentar observaciones al Pliego de Condiciones Definitivo será a partir del 24 al 29 de octubre de 2012 en el horario de las 8:00 am a las 12m y de las 2:00 a las 5:00 pm el ultimo día; las observaciones deben hacerse vía electrónica a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o en físico en las instalaciones xxx XXXX ubicadas en la vía Leticia los Lagos costado izquierdo del aeropuerto Xxxxxxx Xxxx de la ciudad xx Xxxxxxx.
Las observaciones al pliego de condiciones definitivo deben ser presentadas dentro de los términos previstos en el inciso anterior. En todo caso, la aceptación o rechazo de las observaciones se hará de manera motivada, para lo cual la entidad agrupará aquellas de naturaleza común.
La respuesta a las observaciones se harán en el termino previsto en el cronograma, cuya acta será publicada en el SECOP a través de las páginas Web xxx.xxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, dentro del término previsto en el Art. 2.2.5. del Decreto 0734 de 2012.
3.11. MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR CON EL FIN DE QUE SE CONFORME UNA LISTA DE POSIBLES OFERENTES - REQUISITO HABILITANTE -
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del proceso, o sea únicamente los días 25 al 29 de octubre de 2012, en un horario de recepción desde las 8:00 a.m. a 12:00 y de las 2:00 p.m. hasta las 5:00 p.m., los posibles oferentes interesados en participar en el mismo deberán manifestar su interés con el fin de que se conforme una lista de posibles oferentes.
La manifestación deberá hacerse a través de comunicación escrita, firmada por el proponente o el representante legal de la persona interesada, en la que se señale expresa y claramente su interés en participar, nombre o razón social completa, nombres de las personas que conforman el consorcio o unión temporal si es del caso, número de identificación tributaria (NIT), número telefónico y correo electrónico.
Dicha comunicación deberá recibirse en la entidad dentro del término previsto, físicamente mediante comunicación radicada en la Oficina de Administración de documentos del SENA Regional Amazonas, ubicada en la sede ubicada en la vía Leticia Los Lagos, en Leticia Amazonas.-
Esta manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta (y es totalmente diferente a la manifestación de interés para solicitar la limitación de la convocatoria a Mypes o Mipymes).
En caso de no presentarse manifestación de interés alguna dentro del término previsto, la entidad declarará desierto el proceso.
El acta de recibo de las manifestaciones de interés será publicado en el SECOP de conformidad a lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 2.2.5. del Decreto 0734 de 2012.
3.12. SORTEO DE CONSOLIDACIÓN DE OFERENTES
En caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), el Ordenador del Gasto o su delegado, podrá dar paso al sorteo de consolidación de oferentes para escoger entre ellos un número no inferior a éste que podrá presentar oferta dentro del proceso de selección.
La entidad podrá informar directa y eficazmente a cada interesado inscrito o podrá hacerlo mediante aviso publicado en el SECOP, sobre la fecha y hora de la audiencia pública de sorteo, en caso de que la misma tenga lugar.
La audiencia de sorteo se realizaría el día 30 de octubre de 2012, a las 9:00 a.m., en la Sala de la Subdirección de Centro del SENA Regional Amazonas, sede ubicada en la vía Leticia Los Lagos, en Leticia Amazonas; El acta que resulte de esta audiencia será publicada en el SECOP.
Cuando el número de posibles oferentes sea inferior o igual a diez (10), la entidad deberá adelantar el proceso de selección con todos ellos.
El sorteo se realizará entre los inscritos, mediante el sistema del sorteo con balotas, las que deben estar numeradas con cada uno de los números de radicación de las manifestaciones de interés (asignados de acuerdo al orden de llegada); las balotas o fichas se depositarán en una bolsa en presencia de los asistentes, previa verificación de probidad de las mismas; se elegirá entre los asistentes a la persona encargada de sacar las balotas; las primeras diez (10) balotas – debidamente identificadas con número de radicación - en ser extraídas de la bolsa serán las habilitadas para continuar su participación en el proceso.
En caso de realizarse el sorteo de consolidación de oferentes, el plazo señalado en el presente pliego de condiciones para la presentación de ofertas comenzará a contarse a partir del mismo día de la realización del sorteo.
3.13. ACLARACIÓNES AL PLIEGO DE CONDICIONES
EL SENA Regional Amazonas, el día 30 de octubre de 2012, se dará respuesta a las observaciones al pliego de Condiciones, conforme esta previsto en el cronograma del proceso.
Se recomienda a los interesados leer previamente el pliego de Condiciones de manera cuidadosa, completa y detallada, dentro del marco de las normas que regulan el presente proceso, con el fin de evitar desgastes administrativos o interpretaciones equívocas o imprecisas.
3.14. TÉRMINO DE PUBLICACION DE ADENDAS AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
El término para publicar adendas al pliego de condiciones definitivos, vence el día 30 de octubre de 2012, Serán publicadas en el SECOP a través de la página xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
3.15. FECHA DE APERTURA PARA LA RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
El 30 de octubre de 2012, en el horario de recepción desde ocho de la mañana (8:00 a.m.) hasta las doce 12:00 y desde las 2:00 p.m. hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.).
No se recibirán propuestas los días xxxxxxx, xxxxxxxx ni festivos, ni por fuera del horario y fecha establecidos en el presente pliego o sus adendas.
El plazo de entrega de las propuestas podrá ser prorrogado mediante Adenda hasta por un término igual a la mitad del inicialmente fijado, cuando el SENA lo estime conveniente y pertinente.
3.16. FECHA DE CIERRE PARA LA ENTREGA DE PROPUESTAS
El 02 de noviembre de 2012, en el horario de recepción desde las ocho de la mañana (8:00 a.m.) hasta las doce 12:00 y desde las 2:00 p.m. hasta las cinco de la tarde (5:00 p.m.) el último día.
No se recibirán propuestas por fuera del término previsto en los presentes pliegos, ni serán tenidos en cuenta aquellos presentados en un lugar diferente al señalado en el presente pliego.
Las propuestas que se presenten después de la hora del día fijado para el cierre de la convocatoria, se considerarán extemporáneas y serán rechazadas.
3.17. LUGAR ENTREGA DE PROPUESTAS
Las propuestas se recibirán y radicarán únicamente en la Oficina de Radicación de Documentos del SENA Regional Amazonas, ubicada en la sede ubicada en la vía Leticia Los Lagos, en Leticia Amazonas.-
El acta de recibo de las propuestas será publicada en el SECOP de conformidad a lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 2.2.5. del Decreto 0734 de 2012.
El número que se le asigne a cada propuesta servirá para identificarla dentro de las actuaciones que se surtan dentro del proceso.
No se aceptarán propuestas presentadas en sitios o condiciones diferentes del que se ha previsto. En caso de que no se presenten en el lugar señalado en el presente numeral, el SENA no se hará responsable de su apertura o evaluación; la propuesta se entenderá como no presentada.
3.18. PRESENTACIÓN DE OFERTAS POR LAS MYPES O MIPYMES (Art. 4.1.4. INC. 2 y 3 Decreto 0734/12)
En el caso en que el proceso ya se encuentre limitado exclusivamente a Mypes o Mipymes, solamente podrán participar y presentar ofertas las empresas tipo Mypes o Mipymes, según sea el caso y de acuerdo a lo señalado expresamente en el acto de apertura del proceso, sin perjuicio de las reglas para la presente modalidad de selección.
Si al momento del cierre sólo se ha presentado una (1) oferta la entidad ampliará el plazo para la recepción de las mismas por un término igual al inicialmente señalado en el pliego de condiciones o aviso de convocatoria, según el caso, sin la limitación de la convocatoria Mypes, permitiendo la participación de medianas empresas, y si la convocatoria era limitada a Mipymes, podrá participar cualquier interesado. Durante este tiempo la oferta o manifestación de interés presentada por la Mype o Mipyme, según el caso, deberá permanecer cerrada, para ser evaluada con las demás que se presenten durante la ampliación del plazo.
Si vencido el nuevo plazo no se presenta ninguna otra oferta, podrá adjudicarse a la Mype o Mipyme, según el caso, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos y criterios establecidos en el pliego de condiciones.
El proceso de selección abierto con limitación en su convocatoria que sea declarado desierto, no podrá ser iniciado nuevamente con la restricción de participación a la que se refieren los artículos 4.1.2 y 4.1.3 del Decreto 0734 de 2012.
3.19. APERTURA Y EVALUACION DE PROPUESTAS
La apertura de las propuestas se hará en audiencia pública el día 02 de noviembre de 2012 a las diecisiete horas y cinco minutos, en la Sala de la Subdirección de Centro de la Dirección del SENA Regional Amazonas, en la nueva sede ubicada en la vía Leticia Los Lagos, en Xxxxxxx Amazonas.-
El acta que resulte de esta actuación será publicada en el SECOP, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 2.2.5. del Decreto 0734 de 2012.
A partir de la apertura de las propuestas se dará inicio de la evaluación conforme esta previsto en el cronograma; término prorrogable si la entidad lo considera necesario de conformidad a la Ley.
3.20. TRASLADO INFORMES DE EVALUACIÓN - OBSERVACIONES DE LOS PROPONENTES – REGLAS DE SUBSANABILIDAD
Una vez concluida la evaluación de las propuestas, la cual se cumplirá dentro de los términos previstos en el cronograma en el presente pliego de condiciones, se pondrán a disposición de los oferentes los informes y resultados de la misma en la durante tres (3) días hábiles contados a partir del 07 al 09 de noviembre de 2012 y estará publicada en el SECOP.
El informe de evaluación señalará los motivos por los cuales cada propuesta fue habilitada o se encuentra no hábil por no contener los requisitos enumerados en el pliego de condiciones, con el objeto de requerir a través de él a los proponentes, para que dentro del término anteriormente previsto, manifiesten sus observaciones y subsanen aquellos requisitos que no afecten la asignación de puntaje y/o que no constituyan los factores de escogencia establecidos por la entidad en el pliego de condiciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 y en el artículo 2.2.9. del Decreto 0734 de 2012.
Para lo cual hay que tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.8. del Decreto 0734 de 2012, el cual señala que será rechazada la oferta del proponente que dentro del término previsto, no responda al requerimiento que hizo la entidad - a través del informe inicial de evaluación - para subsanarla; y que en ningún caso la entidad puede señalar taxativamente los requisitos o documentos subsanables o no subsanables en el pliego de condiciones, ni permitir que se subsane la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso, así como tampoco que se adicione o mejore el contenido de la oferta.
En el ejercicio de la facultad de presentar observaciones y de subsanar, los proponentes no podrán adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
El SENA analizará las observaciones presentadas por los proponentes y, si las encuentra de conformidad a la ley, efectuará los ajustes del caso a los informes y resultados de evaluación, siempre y cuando no se haya adjudicado el contrato. Es entendido, que las respuestas a las observaciones que se presenten se reflejarán por el SENA ajustando o no los informes de evaluación y en consecuencia en el acto administrativo de adjudicación, sin que existan obligaciones adicionales en tal sentido.
Los documentos con miras a subsanar la propuesta deberán ser presentados en la Oficina de Radicación de Documentos del SENA Regional Amazonas, en el horario de oficina ya indicado.-
3.21. SOLICITUD DE ACLARACIONES E INFORMACIONES A LOS PROPONENTES
Desde el momento de apertura de las propuestas y antes de su adjudicación, dentro del más estricto respeto por el tratamiento igualitario a los proponentes, el SENA podrá solicitar por escrito a todos o a cualquiera de ellos, las aclaraciones o informaciones que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier duda que surja de la(s) propuesta(s), sin que por ello pueda el proponente adicionar o modificar las condiciones o características de su propuesta, ni el SENA solicitar variación alguna a los términos de la misma.
En este caso, el SENA se reserva el derecho de analizar las respuestas de los proponentes y de evaluar, a su juicio, si ellas se ajustan a lo solicitado o si, por el contrario, sobrepasan el alcance de la respectiva petición de aclaración. De todas maneras, el SENA tomará de las aclaraciones de los proponentes, únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración. Si las aclaraciones solicitadas a los proponentes se encuentran ajustadas a la ley, a los respectivos pliegos de condiciones y a la solicitud de aclaración efectuada por la entidad, serán tenidas en cuenta dentro de los informes de evaluación. Así
mismo, podrá hacer visitas a las instalaciones de los proponentes y verificar la información suministrada en la propuesta.
3.22. ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN
El proceso de selección abreviada de menor cuantía se adjudicará por el ordenador del gasto mediante Acto Administrativo motivado el 13 de noviembre de 2012.
El acto de adjudicación será publicado en el SECOP.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
Sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la entidad declare la caducidad del contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección respectivo, previa revisión de las condiciones a que haya lugar.
3.23. VALIDEZ DE LA OFERTA
El proponente deberá indicar el término dentro del cual la entidad puede considerar válida su propuesta, dicho término empezará a contarse desde la fecha fijada para el cierre de la presentación de propuestas y no podrá ser inferior a noventa (90) días calendario. En el evento en que sea prorrogada la fecha de presentación de propuestas, la validez de la propuesta deberá ser mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir del nuevo día de cierre previsto con ocasión de la prórroga.
El proponente que resulte favorecido con la adjudicación de la presente Selección Abreviada, deberá mantener la oferta hasta la fecha de suscripción del contrato, presentando la ampliación de su vigencia si la entidad lo requiere, de no presentarse se entenderá que se aceptará la ampliación de la misma.
En caso de que el proponente no indique el término de validez de la propuesta, la entidad la considerará válida hasta el día de vencimiento de la garantía de seriedad de la propuesta (éste se presumirá por noventa (90) días calendario).
3.24. OFERTA CON VALOR ARTIFICIALMENTE BAJO.
En atención al Artículo 2.2.10. del Decreto 0734 de 2012 cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité evaluador, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones.
Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.
4. INSTRUCCIONES A LOS PROPONENTES
4.1. CONTENIDO Y PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS
4.1.1. REQUISITOS HABILITANTES
La propuesta deberá cumplir los siguientes requisitos habilitantes. En caso de que ello no ocurra la propuesta será declarada no habilitada, y si no son subsanados los requisitos habilitantes dentro del término previsto en el presente pliego de condiciones, la propuesta será rechazada.
4.1.1.1. CAPACIDAD JURÍDICA
Es importante recordar que la MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR señalada en el numeral
3.13. del presente xxxxxx es también un requisito habilitante para la presentación de la propuesta en los procesos de selección abreviada de menor cuantía como éste (Art. 3.2.2.1. Dcto. 0734 de 2012).
A) CARTA DE PRESENTACIÓN (FORMATO NO. 1): El proponente debe dirigir una comunicación al SENA, en la que expresamente presente su propuesta y manifieste su interés de suscribir el contrato en el evento que le sea adjudicado.
La carta de presentación de la propuesta, según FORMATO NRO. 1 anexo, deberá ser firmado por la persona natural o el Representante Legal del Proponente o por la persona designada para representar al consorcio o unión temporal, indicando nombre, cargo, documento de identidad.
En ella deberá constar una declaración bajo juramento de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad de que tratan los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993 y demás normas legales pertinentes.
Los oferentes deberán suscribir el modelo suministrado en el FORMATO NRO. 1. Cualquier anotación, aclaración o condicionamiento se tendrá por no escrita.
La falta de carta de presentación de la oferta, o la presentación de la carta sin firma, o firmada por persona distinta a su Representante Legal o a quien legalmente tenga la facultad de comprometer al proponente, se entenderá su inexistencia y será causal de rechazo de la propuesta.
B) CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP: En el cual se acredite que está clasificado como CONSTRUCTOR en las especialidades y grupos requeridos por la entidad, de acuerdo a lo señalado en el Art. 6 Ley 1150 de 2007 y el Decreto 0734 de 2012. La certificación expedida por la Cámara de Comercio es plena prueba de la calificación y clasificación del proponente y de los requisitos habilitantes que en ella constan.
El RUP deberá haber sido expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario contados retroactivamente desde la fecha de cierre de este proceso, y encontrarse vigente y en firme al momento de la evaluación.
El proponente deberá cumplir como mínimo con uno de los dos siguientes requisitos:
i. Estar inscrito en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, clasificado en la siguiente especialidad y grupo (según Decreto 1464 de 2010)
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO |
Constructor | 04. Edificación y obras de urbanismo | 03. mantenimiento |
ii. Estar inscrito en la siguiente actividad CIIU: (según Decreto 0734 de 2012)
4520 | Construcción de edificios completos o partes, obras de ingeniería |
En caso de propuestas presentadas en consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá estar inscrito como CONSTRUCTOR y deberán acreditar la inscripción, clasificación y calificación de las especialidades y grupos señalados en el pliego de condiciones.
C) CAPACIDAD RESIDUAL PARA EL CONTRATO DE OBRA: El propósito de la capacidad residual es evaluar la habilidad del proponente para cumplir con sus obligaciones durante el término del contrato para el cual presenta la propuesta, especialmente los compromisos financieros.
El proponente deberá acreditar, a la fecha del cierre del plazo para la presentación de las propuestas, una capacidad residual como constructor de por lo menos 400 SMLMV.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007 y el numeral 1 del Artículo 6.1.1.2 del Decreto 734 de 2012 (modificado por el Decreto 1397 de 2012), la Capacidad Residual para el contrato de obra es el resultado de restar al indicador financiero capital de trabajo3 del proponente a
31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la propuesta (en este caso 2011), acreditado y registrado en el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El término pendiente de ejecución deberá ser expresado en meses calendario.
CAPITAL DE TRABAJO – ([SALDOS CTOS DE OBRA VIGENTES + CTOS ADJUDICADOS] / TÉRMINO PENDIENTE DE EJECUCIÓN) = K RESIDUAL
Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el inciso anterior cuando el contratista sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el proponente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal.
Si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se verificará la capacidad residual de cada uno de sus integrantes la cual será calculada con base en lo establecido en el presente numeral. Para determinar la capacidad residual del proponente plural, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada integrante en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal.
Para obtener la información para aplicación de la fórmula para obtener Capacidad Residual de obra se tendrá en cuenta la siguiente información, obtenida a partir del Formato nro. 3 que se adjunta en el pliego para tal fin:
El saldo del valor total (incluidas las adiciones) de los contratos que se encuentren suspendidos y de los que tienen prevista una fecha de terminación con posteridad a la fecha de cierre del plazo para la presentación de propuestas en el presente proceso. En el caso de haber sido contratados en consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación, únicamente se tendrá en cuenta el valor correspondiente al porcentaje de participación en los mismos.
3 CAPITAL DE TRABAJO = ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE
El valor total de los contratos adjudicados o suscritos, aunque a la fecha de cierre del plazo para la recepción de propuestas en el presente proceso no tengan acta de inicio u orden de iniciación. En el caso de haber sido adjudicados o suscritos por consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación, únicamente se tendrá en cuenta el valor correspondiente al porcentaje de participación en los mismos.
La no presentación de la relación de contratos adjudicados o en ejecución en el FORMATO NRO. 3
inhabilitará la propuesta.
El FORMATO NRO. 3 deberá ser presentado dentro de la propuesta en medio físico y en medio magnético en Excel.
D) ACREDITACIÓN DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: En el evento en que el oferente sea una PERSONA JURÍDICA deberá presentar acreditación de su Existencia y Representación Legal, a través de certificación VIGENTE, y expedida por la autoridad u organismo competente de su domicilio principal (por ejemplo, el Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Cámara de Comercio de la Jurisdicción, o en aquellos casos en los cuales no debe inscribirse en Cámara de Comercio podrá aportar la certificación de la Superintendencia que lo regula, etc.).
Las personas legalmente obligadas a inscribirse en el Registro Mercantil, ya sean naturales o jurídicas, deberán presentar matrícula mercantil. Por ello se requiere igualmente que la matrícula mercantil debe estar renovada tanto para el proceso como para la firma del Contrato.
En todo caso, el documento jurídicamente idóneo con el que se acredite la existencia y representación legal debe estar vigente, haber sido expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario contados retroactivamente desde la fecha de cierre de este proceso de Selección. En el evento en que la fecha de cierre sea prorrogada, se contará retroactivamente a partir de la primera fecha de cierre.
En dicho documento debe constar el nombre, NIT, domicilio, representación legal, duración de la persona jurídica (en caso de serlo) y la facultad del representante legal para suscribir el contrato.
En el caso en que el representante legal de la firma proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, se deberá anexar copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se le exima o levante la limitación aludida.
En dicho documento debe constar que la capacidad del oferente se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, que el objeto social esté directamente relacionado con el objeto contractual del presente proceso (art. 99 Xx.Xx.), y que el oferente, así como cada uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, se constituyeron por lo menos con un (1) año de anterioridad a la presentación de la oferta. Igualmente, deberá acreditar que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción (art. 6 inciso 2 de la Ley 80 de 1993).
Si el oferente es una PERSONA NATURAL no obligada a estar inscrita en el registro mercantil, deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía, matricula de ingeniero o arquitecto, con experiencia profesional no inferior a tres (03) años y certificado de inexistencia de antecedentes disciplinarios.
Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente los anteriores documentos, con los requisitos señalados en este numeral.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
E) ACTA DE AUTORIZACIÓN DE LA ASAMBLEA O JUNTA DE SOCIOS: En el caso en que el representante legal del proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, según lo indicado en los documentos que acrediten legalmente su Existencia y Representación Legal, se deberá anexar el original o copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se le exima o levante la limitación aludida.
Si la oferta es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá presentar de manera independiente el anterior documento, en proporción a su participación.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
F) GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA: De conformidad con lo dispuesto en los artículos
5.1.4.1. y 5.1.7.1. del Decreto 0734 de 2012, para responder por la seriedad de la propuesta, el proponente deberá constituir a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”, NIT: 899999034-1, una garantía consistente en una póliza expedida por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para operar en Colombia cuya póliza matriz debe corresponder a las que se otorgan a favor de Entidades Públicas.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá la sanción derivada del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.
El valor de esta garantía no podrá ser inferior al veinte por ciento (20%) del valor del presupuesto oficial estimado en el presente proceso, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual; para tal efecto la garantía se constituirá con un término mínimo de cuatro (04) meses contados a partir de la fecha de cierre para la presentación de las propuestas.
En el evento en que sea prorrogada la fecha de cierre del proceso de selección, la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta deberá cobijar los días que se hayan adicionado en el cronograma, contados a partir del nuevo día de cierre previsto con ocasión de la prórroga.
La suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las propuestas.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
En el evento de presentación conjunta de propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso.
Se deberán adjuntar los originales del documento correspondiente y del comprobante de pago.
Si se declara desierta la contratación, las garantías podrán ser devueltas a los proponentes al comunicarse dicha decisión.
Al adjudicatario del contrato se le podrá devolver la garantía de seriedad de la propuesta, cuando esté perfeccionado el contrato respectivo. A los demás proponentes, se les podrá devolver dentro del mes siguiente a la adjudicación.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término señalado por el SENA, para tal fin, quedará a favor de ésta, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos o garantías.
Cuando la Póliza de Seguros no sea expedida con los requerimientos del presente pliego de Condiciones, el proponente deberá remitir las modificaciones del caso, dentro del plazo que señale el SENA para subsanar la propuesta, so pena de rechazo de la misma; de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1668 del Código de Comercio (modificado por el artículo 82 de la Ley 45 de 1990).
G) DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL (FORMATO NRO. 2): Cuando el proponente sea un consorcio o unión temporal, deberá presentar el acta de constitución, señalando los términos y extensión del acuerdo celebrado (porcentaje de participación para uniones temporales), así como la designación de la persona que los representará. Para éstos efectos, deberá seguir el modelo del FORMATO NRO. 2, según corresponda a unión temporal o consorcio.
En el formato deberá expresar claramente su denominación, conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, el grado de participación de cada uno de sus integrantes y su responsabilidad. Igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato, de conformidad con el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
NOTA: En caso que el consorcio o unión temporal sean seleccionados como contratistas, como requisito previo para la suscripción del contrato, y con el fin de cumplir sus obligaciones tributarias, deberán tramitar su respectivo registro único tributario RUT y en consecuencia obtener el NIT del consorcio o unión temporal.
H) CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARAFISCALES, APRENDICES Y PAGO DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL: Para dar cumplimiento a lo previsto en las Leyes 789 de 2002 (Art. 50) y 1150 de 2007 (Art. 23) y demás normas que lo complementen, modifiquen o adicionen, el proponente deberá acreditar que se encuentra al día a la fecha de cierre del plazo para la presentación de propuestas con el pago de los aportes parafiscales generados de sus nominas de sus empleados con destino a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF y Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, así como el Fondo de la Industria de la Construcción FIC
En caso tal que NO se encuentre obligado a cancelar aportes parafiscales o a contratar aprendices por algún periodo, deberá indicar dicha circunstancia, especificando la razón y los periodos exentos.
Igualmente todo proponente que tenga resoluciones de cobro (actos administrativos en firme) por concepto de aportes parafiscales, Fondo de la Industria de la Construcción FIC, incumplimiento de contrato de aprendizaje o multas impuestas por el Ministerio de Trabajo, no podrá participar, salvo que exista acuerdo de pago suscrito y al día ante la regional respectiva xxx XXXX previo al cierre del proceso.
Si el proponente es una persona natural la acreditación de este pago se hará mediante declaración juramentada.
Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicas, deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a seis (6) meses anterior a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento.
En todo caso el SENA se reserva la revisión de las últimas cinco vigencias respecto de los pagos mensuales de aportes con destino a la Entidad, tanto para personas jurídicas como para personas naturales y confrontará la información con las certificaciones que se acrediten en las mismas vigencias.
Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integran deberá certificar que se encuentra en cumplimiento de la anterior obligación al momento de iniciación del proceso de selección, y en el evento de resultar adjudicatarios, al momento de suscribir el contrato correspondiente.
En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberán manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
Cuando la certificación de pago de aportes allegada con la propuesta, se encuentre suscrita por el revisor fiscal del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, deberá allegar copia de la tarjeta profesional del contador público responsable de la suscripción de dicha certificación y certificado de antecedentes disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores.
Si verificada la Certificación de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios del revisor fiscal responsable de la suscripción de la certificación de aportes, se establece que no se encuentra vigente la inscripción o registra antecedentes disciplinarios que le impidan ejercer su profesión, dará lugar a que la propuesta sea evaluada como INHABILITADA JURÍDICAMENTE.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
NOTA: De acuerdo a la Circular emitida por la Procuraduría General de la Nación y a la Ley, no se permite que el contratista seleccionado realice la prestación de los servicios o trabajos contratados con el SENA por medio de las denominadas Cooperativas de Trabajo Asociado.
I) REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT: Los proponentes y cada uno de sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal deberán aportar copia vigente del Registro Único Tributario - RUT expedido por la DIAN, con el cual se acredite que la actividad económica inscrita está directamente relacionada con el objeto de la presente contratación.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
J) CERTIFICACIÓN DE SU TAMAÑO EMPRESARIAL: los proponentes deben presentar en la propuesta una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale su tamaño empresarial (condición de micro, pequeña o mediana empresa), de conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamente, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas. Esta certificación debe estar acompañada de la copia de la tarjeta profesional del contador o revisor fiscal y del certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores.
Este documento hace parte de la verificación jurídica.
NOTA: Para los consorcios y las uniones temporales: cada una de las personas naturales o jurídicas que los conforman deberán presentar en forma independiente cada uno de los documentos relacionados anteriormente, salvo aquellos casos en que expresamente se permita que una sola de las partes lo acredite.
4.1.1.2. CONDICIONES DE EXPERIENCIA
El proponente deberá acreditar:
A. A TRAVÉS DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES - RUP: como mínimo 200.oo puntos como
constructor.
De acuerdo a lo previsto en el Artículo 2.2.7. del Decreto 0734 de 2012, para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
En el caso de sociedades que se escindan, la experiencia de la misma se podrá trasladar a cada uno de los socios escindidos, y se contabilizará según se disponga en los respectivos pliegos de condiciones del proceso.
4.1.1.3. CAPACIDAD FINANCIERA
El proponente deberá acreditar a través del Registro Único de Proponentes - RUP como mínimo una capacidad financiera de 300 puntos como constructor.
En caso de unión temporal o consorcio, se podrán acumular las capacidades financieras de los miembros de los consorcios o las uniones temporales.
4.1.1.4. CAPACIDAD TÉCNICA
El proponente deberá acreditar a través del Registro Único de Proponentes - RUP como mínimo una capacidad técnica de 100 puntos como constructor.
En caso de unión temporal o consorcio, se podrán acumular las capacidades técnicas de los miembros de los consorcios o las uniones temporales.
4.1.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESCOGENCIA
4.1.2.1. PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta deberá ser presentada en el FORMATO NRO. 4 que para tal efecto se adjuntó en el presente pliego, de manera clara, detallada y expresa, señalando todos los aspectos que sean factor de escogencia, comparación y ponderación.
Los criterios técnicos que la entidad utilizará en el presente proceso, son:
Se aclara que la entidad no está solicitando que cada contrato conste en una sola certificación ni que en cada certificación conste un solo contrato. Puede darse el caso de que en una sola certificación se haga constar la ejecución de varios contratos, los cuales serán tenidos en cuenta en la sumatoria siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el presente numeral.
A. Experiencia específica del equipo de trabajo calificado:
Será obligación del contratista suministrar y mantener durante la ejecución de las obras y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción xxx XXXX, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros que se requiera. Cuando a juicio de la interventoría, el personal al servicio de la obra resultare insuficiente o sin la experiencia necesaria, el contratista procederá a contratar el personal necesario y la mano de obra calificada que se requiera sin ningún costo adicional para el SENA.
La experiencia específica del equipo de trabajo calificado, es aquella que se debe acreditar en la propuesta con base en el personal mínimo exigido para coordinar la obra, y que esté directamente relacionada con las actividades que desarrollarán en la ejecución contractual y que permite a la entidad valorar la idoneidad de aquel.
El proponente deberá acreditar experiencia mínima de tres (3) años para cada uno de las personas que ofrezca dentro de su equipo de trabajo calificado, mediante la presentación de mínimo una (1) y máximo cinco (5) certificaciones de contratos de construcciones, obras, mantenimientos o adecuaciones de obra, suscritos y terminados, y adjuntar la documentación que soporte el requerimiento señalado en el siguiente cuadro.
Sólo se tendrán en cuenta las primeras cinco (5) certificaciones relacionadas con sus documentos de soporte aun cuando se aporte un número superior al requerido.
El equipo de trabajo calificado mínimo que se requiere para el desarrollo de la obra debe estar conformado por tres (3) personas experimentadas que cumplan con el siguiente perfil:
Cargo | Nivel educativo | Experiencia |
Cargo | Nivel educativo | Experiencia |
a) Residente de obra | Ingeniero civil, arquitecto o profesión afín a la construcción y debidamente reglamentada por el Gobierno Nacional, con matrícula profesional vigente. | Experiencia de mínimo tres (3) años. |
b) Tecnólogo en Obras Civiles o construcción | Título como tecnólogo en obras civiles o en construcción, con matrícula profesional vigente. | Experiencia de mínimo tres (3) años. |
c) Maestro de Obra | N/A – no requiere tarjeta ni matrícula profesional. | Experiencia de mínimo tres (3) años. |
Resulta necesario que TODOS los miembros del equipo cumplan con los mínimos de formación educativa y experiencia requeridos.
Para la acreditación de este Recurso Humano el proponente deberá anexar las HOJAS DE VIDA del personal experto con los soportes correspondientes que acrediten los estudios y experiencia solicitada en este proceso, (Títulos académicos, certificaciones laborales). Las certificaciones laborales deberán señalar las funciones ejecutadas por la persona que conforma el equipo de trabajo.
Se requerirá acreditar y anexar copia de la TARJETA PROFESIONAL, matrícula profesional o inscripción en el registro profesional respectivo, en el caso de aquellas profesiones que así lo requieran por la Ley para su ejercicio.
La Experiencia Profesional exigida se contará desde la fecha de Grado o a partir de la fecha de terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, en caso de acreditarse esta última, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 229 del Decreto Legislativo 019 de 2012; salvo lo dispuesto en el artículo 12 de la LEY 842 de 2003 para el ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, en la cual la experiencia profesional solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, respectivamente.
La experiencia se contará en años y las certificaciones que correspondan a un mismo periodo NO serán acumulables. (Es decir, contratos ejecutados simultáneamente solo valen por uno).
La presentación de los profesionales y expertos requeridos en el cuadro anterior es un requisito mínimo, y por lo tanto si no cumple los requisitos previstos, ni acredita la formación y experiencia específica mínima requerida, la propuesta será INHABILITADA TÉCNICAMENTE, so pena de rechazo en caso de que no sea subsanada dentro del término previsto en el pliego de condiciones.
El proponente deberá acreditar la experiencia del equipo de trabajo calificado mediante la presentación de las respectivas Certificaciones de experiencia que deberán contener la siguiente información:
Fecha de la certificación
Nombre de la entidad que reporta y número de identificación (NIT o documento que haga sus veces conforme a la ley)
Dirección y teléfono de la persona natural o jurídica contratante
Nombre, número de identificación y cargo de la persona competente que reporta la información.
Nombre de la persona natural o jurídica proponente y número de identificación (NIT o documento que haga sus veces conforme a la ley)
Número del contrato, si lo tiene.
Las fechas contractuales de iniciación, terminación y recibo final a satisfacción.
Objeto del contrato.
Valor del contrato.
Indicador de cumplimiento del contrato.
Firma del funcionario competente.
Porcentaje de participación de los integrantes de consorcio o unión temporal, en el caso de contratos ejecutados bajo estas figuras asociativas. De no informarse dicho porcentaje la certificación no será tenida en cuenta.
Solo se tendrán en cuenta las certificaciones de experiencia expedidas por entidades públicas o privadas. No se aceptarán certificaciones expedidas por personas naturales.
Para el caso de certificaciones expedidas por el mismo proponente a los Profesionales que se incluyen en la propuesta se deberá respaldar la certificación con copia del Contrato que ejecutó el Proponente con el contratante correspondiente y copia del contrato laboral o civil con el profesional certificador. De no anexarse este documento la certificación respectiva no será tenida en cuenta.
Competencia para firma de certificaciones:
Para contratos públicos, el ordenador del gasto de la entidad o el funcionario competente.
Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, el representante legal o la persona delegada o autorizada para suscribirlo.
No se aceptarán certificaciones de experiencia suscritas por supervisores o interventores externos a la Entidad contratante.
No se aceptan certificaciones de experiencia en construcción, estudios y/o diagnósticos de caracterización sectorial de Proyectos propios.
No se aceptarán certificaciones de contratos en donde se acredite que el servicio o la obra se realizó por intermedio de una cooperativa de trabajo asociado.
El contratista se obliga a mantener en el proyecto, durante la ejecución de los trabajos y hasta la entrega final y recibo del Contrato de obra, el perfil del personal ofrecido en su propuesta y aprobado por el SENA, necesario para el desarrollo del mismo.
El residente de obra deberá estar suficientemente facultado para representar al contratista ante la interventoría xxx XXXX en todo lo relacionado con el desarrollo, ejecución y cumplimiento del Contrato.
El SENA, se reserva el derecho de exigir al contratista durante la ejecución, por escrito, el remplazo de cualquier persona vinculada a la obra, sin que éste tenga derecho a elevar ningún reclamo al respecto.
Una vez el SENA adjudique el contrato de obra, el adjudicatario y/o contratista NO PODRÁ MODIFICAR EL PERSONAL PROPUESTO, es decir, ÉSTE NO PODRÁ SER CAMBIADO
DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, a menos que exista una justa causa, la cual deberá ser sustentada ante la interventoría y el SENA, para su evaluación y posterior autorización, y en todo caso deberá ser remplazado por otro profesional del mismo ramo con las mismas condiciones profesionales o superiores a las exigidas dentro del presente proceso. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato, con todos los efectos legales que de ello se deriven y afectando la Garantía Única de Cumplimiento.
Sin perjuicio del personal profesional mínimo exigido, el proponente que resulte seleccionado deberá garantizar el personal suficiente de profesionales de apoyo, técnico y administrativo, además de los obreros, a utilizar en el desarrollo de los trabajos, de acuerdo con su propia organización; por tanto los proponentes deben tener en cuenta todo el personal que requieran al calcular el valor de la propuesta teniendo en cuenta que el contrato será adjudicado a todo costo y no se reconocerán sumas distintas a las expresamente pactadas.
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos de pregrado otorgados en el exterior, deberá acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional (para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos). Para los títulos de Postgrado (especializaciones, maestrías y doctorados), bastará la consularización ó apostille según el caso del título de Postgrado respectivo, debidamente otorgado por la Universidad o Institución respectiva, tal como lo exige el parágrafo primero del artículo 7 de la ley 842 de 2003.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Se aclara que la entidad no está solicitando que cada contrato conste en una sola certificación ni que en cada certificación conste un solo contrato. Puede darse el caso de que en una sola certificación se haga constar la ejecución de varios contratos, los cuales serán tenidos en cuenta en la sumatoria siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el presente numeral.
B.1. CARTAS DE COMPROMISO: El personal del equipo coordinador exigido en el presente proceso, deberá manifestar mediante una carta original dirigida por cada uno de ellos al SENA, su compromiso de prestar sus servicios al proponente por el plazo y en los términos y condiciones previstos en el pliego de condiciones (y sus Anexo Técnicos), en caso de que fuere favorecido con la adjudicación del contrato; diligenciando el Formato que se incluya en el pliego para tal fin (FORMATO NRO. 6). Las cartas deberán presentarse firmadas por los profesionales.
La valoración del equipo de trabajo calificado se realizará únicamente sobre aquel que ejecutará el contrato, de acuerdo a las cartas de compromiso presentadas.
El SENA verificará que el equipo de trabajo calificado presentado esté en capacidad real y efectiva de cumplir con la carga y plan de trabajo de la construcción.
4.1.2.2. PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica debe contener lo siguiente:
A. DOCUMENTOS DE ORDEN ECONÓMICO (valor de la propuesta):
El proponente deberá diligenciar el FORMATO NRO. 5 que se estableció en el pliego de condiciones para el efecto. Al diligenciar el formato, el proponente no podrá adicionar, modificar, suprimir o alterar los componentes ni su descripción, unidades o cantidades, ni el Formato mismo, pues esta información se requiere para la comparación de las propuestas.
Los valores señalados en el formato no podrán contener decimales. El Proponente deberá ajustar al peso. En caso contrario, el SENA, efectuará dicho ajuste de acuerdo a las reglas aritméticas de uso común.
El formato deberá además presentarse en medio magnético, formato .xls de Excel, en CD que deberá estar contenido en el sobre con la propuesta económica.
Si en la propuesta económica se han omitido gastos, se mantendrá el valor propuesto, sin lugar a reclamos o revisiones posteriores. Los costos de las actividades y los errores y omisiones en estos, serán de responsabilidad absoluta y exclusiva del proponente.
B. ASPECTOS QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA:
La propuesta deberá presentarse de conformidad a los requerimientos de la ficha técnica del proceso por precios unitarios, conforme al cual en dicho precio se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos. La obra se contratará a todo costo, por precios unitarios y sin fórmula de reajuste. Igualmente deberá discriminar el valor total de la propuesta en el formato suministrado para tal fin.
Con la adjudicación del contrato se entiende que el contratista ofreció la totalidad de los ítems en las condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia, y de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas por la entidad, por lo cual el SENA podrá exigir el cumplimiento de esas condiciones y especificaciones, de acuerdo a las herramientas legales y contractuales que existen para tal efecto.
El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos.
Al formular la propuesta, el PROPONENTE deberá tener en cuenta que todos los impuestos y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluida la CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO, son de cargo exclusivo del CONTRATISTA.
El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una modificación del contrato legalmente pactada y registrada presupuestalmente.
El SENA efectuará al CONTRATISTA las retenciones que en materia de impuestos tenga establecida la Ley.
Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho el CONTRATISTA deberán ser tramitadas por éste ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte xxx XXXX o costo para ella.
Con relación al IVA, el oferente deberá discriminar en la propuesta si pertenece al régimen común o simplificado, y señalar este impuesto en cada uno de los ítems en los que se causa. En caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el CONTRATISTA deberá asumir el costo del impuesto.
Por tratarse la presente contratación de la realización de trabajos materiales sobre bienes inmuebles que constituyen obra pública, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago, deberá pagarse a favor de la Nación una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición.
Solamente se recibirá la presentación de una (1) oferta por proponente. No se acepta la presentación de ofertas parciales. Tampoco se aceptan ofertas alternativas ni con especificaciones técnicas inferiores o elementos diferentes a los señalados en la ficha técnica.
El contrato se celebrará a todo costo. El valor total de la propuesta, deberá cubrir íntegramente los costos directos e indirectos, en que incurra el contratista para la debida ejecución del contrato, los honorarios, salarios, prestaciones sociales, aportes parafiscales, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los insumos, materiales, herramientas y equipo necesarios para la ejecución de las obras, los gastos contingentes (imprevistos), la utilidad razonable del contratista y demás costos necesarios para el normal desarrollo de los trabajos. Por tanto El SENA, no reconocerá sumas diferentes a las contratadas por la ejecución de las mismas, ni incluirá en el contrato el pago de reajustes.
Los precios unitarios y valores totales que ofrezca, incluirán todos los costos relacionados con los siguientes conceptos:
a) Costos directos:
Costo y transporte de los materiales y los insumos, manipulación de los mismos, bodegaje y celaduría, desperdicios y posibles reposiciones por daños.
Costo directo de los materiales y Formaletas
Costos de la herramienta y de los equipos a utilizar (por alquiler o desgaste). Estos no pasarán a ser propiedad xxx XXXX.
Costo de la mano de obra, incluyendo los costos parafiscales, FIC, seguridad social, salarios y prestaciones sociales, implementación del programa de salud ocupacional y dotación de elementos de seguridad industrial, cuyo análisis deberá estar discriminado en cuadro independiente para determinar el salario real que percibirá el trabajador. En el caso de establecerse que la mano de obra será por subcontrato deberá indicarse claramente quien será el responsable del pago de los parafiscales, FIC y las prestaciones sociales con un contrato de intención que respalde la obligación.
Valor de las señalizaciones, cerramientos, pasarelas y demás que se requieran para prevenir riesgos en la seguridad de las obras y las personas.
Costo de la protección y la reparación de la obra, desde su inicio hasta que sea firmada el Acta de Terminación y Liquidación del contrato.
Costo de los ensayos o pruebas, en caso que éstas se requieran.
Combustibles, lubricantes, agua, aditivos y otros requeridos para el resultado de uso de la obra contratada.
Costos de la Supervisión técnica y aseguramiento de la calidad.
NOTA: Donde se indique suministro de un material, herramienta o equipo, o la actividad comprenda este servicio aunque no se estipule, se deberá entender que dicho suministro incluye el cargue, el transporte al sitio de la obra, el descargue, el almacenamiento temporal la instalación, el embalaje y desembalaje de los mismos.
b) Costos Indirectos (Administración, Imprevistos y Utilidad):
Se establecerá como un porcentaje de los costos directos y deben contemplar todos los costos de:
Legalización e impuestos del contrato: Son los costos que debe asumir el contratista para efectos de ejecución del contrato tales como pólizas, garantías y demás tasas, impuestos y contribuciones aplicables del orden local o nacional: Costos de cumplimiento de los requisitos para la legalización del contrato, como por ejemplo la constitución de las garantías para la presentación de la propuesta y para la ejecución del contrato. Impuestos, tasas y contribuciones que se generen por la suscripción, legalización y ejecución del contrato (Contribuciones especiales, impuestos nacionales como: IVA, retención en la fuente, Contribución del 5% por la ley 1106 de 2006, etc.).
Gastos Generales, insumos y/o costos de Administración: tales como, Costos derivados de la utilización de equipos de cómputo, de oficina, papelería, impresiones; Arrendamientos, Superficies de trabajo provisionales y demás dotación de oficina; Conexión a Internet o de telefonía (móvil o fija) en caso que se requiera para la ejecución del contrato; Cables, portes, copias heliográficas, fotografías, fotocopias, grabaciones y todo tipo de reproducción de originales; costos de iluminación y lámparas para trabajo nocturno si éste se requiere; servicios públicos, transportes, mensajería y envíos de correspondencia; gastos de actualización y producción de planos o topografía en caso que se requiera efectuar modificaciones a los diseños o especificaciones con los que cuenta el SENA, previa autorización de la interventoría; Costos de Ingeniero o Arquitecto Residente o Ingeniero Director, según sea el caso, y del Contador; Costos del Almacenista y xxx xxxxxxx, así como del campamento si éste se requiere, y la Vigilancia a los mismos; Las demás que considere necesarios para la óptima ejecución del objeto contractual.
Gastos Contingentes o imprevistos: Gastos generados de manera imprevisible en la ejecución de las obras, para su desembolso el contratista deberá probar su acontecimiento y estar avalados por parte xxx XXXX, a través de la interventoría del contrato. Es importante reiterar que el presente contrato no tendrá en cuenta gastos rembolsables ni se pactarán fórmulas de reajuste.
El proponente deberá cerciorarse sobre el alcance de los trabajos y su total magnitud. En su propuesta deberá contemplar e incluir todos los costos que sean necesarios para llevar a cabo la obra de acuerdo con las condiciones contractuales, los procedimientos y las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones del presente proceso, sus anexos, suplementos y las condiciones actuales.
No se aceptarán interpretaciones diferentes para el cálculo del valor de la propuesta, si se omitió incluir algún rubro específico, pero con el cual se deba contar para cumplir con el alcance total del contrato, se entenderá como incluido dentro del valor de la oferta.
Utilidad esperada.
IMPORTANTE: en todo caso el A.I.U. no podrá exceder del 25%, incluyendo el 5% de la contribución por obra pública contemplada en la Ley 1106 de 2006.
4.1.3 METODOLOGÍA PARA PRESENTAR LA PROPUESTA
La propuesta deberá ser presentada por escrito en cualquier medio mecánico en idioma castellano, en un
(1) original y una (1) copia, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en el pliego de Condiciones, con todos sus formatos y anexos, debidamente foliada en la parte frontal de cada hoja, en estricto orden consecutivo ascendente, y con su respectivo índice, en sobres separados, cerrados, sellados y numerados, indicando en cada uno de ellos lo siguiente:
PROPUESTA
OBJETO: NOMBRE DEL OFERENTE:
IDENTIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL SOBRE (ORIGINAL o PRIMERA COPIA)
La información consignada en el original de la Propuesta debe coincidir con la de la copia. De presentarse discrepancias entre ellas, prevalecerá el original.
Las ofertas deben presentarse en forma clara. Si el proponente desea adicionar información distinta a la solicitada en este documento, puede hacerlo en un documento denominado Apéndice, marcando claramente la parte específica del formulario de la propuesta, como apéndice. Cuando un formulario necesite uno de estos apéndices, se anotará debajo de la parte especifica, la siguiente expresión: "Ver
Apéndice No. "
Los textos entre líneas, tachaduras, enmendaduras, palabras superpuestas o cualquiera otro tipo de corrección que se realice sobre el texto original, será válido únicamente si lleva la firma del proponente que presente el documento al pie de la corrección.
El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA no exigirá sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimiento de firmas, traducciones oficiales, ni cualquier otra clase de formalidades o exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan las leyes especiales (Numeral 15, Art. 25, Ley 80 de 1993.).
IMPORTANTE: No se aceptarán propuestas enviadas por correo, fax o cualquier otro medio telemático.
4.1.4 ASPECTOS GENERALES DE LA PROPUESTA
a) Firma de la Propuesta: La carta de presentación de la propuesta debe ser firmada por el Representante Legal del Proponente debidamente facultado, de conformidad con el formato Anexo del presente documento.
b) Validez de la Propuesta: La propuesta tendrá una validez de mínimo noventa (90) días calendario, contados a partir de la hora y fecha de presentación de las propuestas.
c) Contenido de la Propuesta: Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el presente documento y contener un índice detallando los documentos y las páginas donde se encuentran.
d) Interpretación de discrepancias en el texto de la propuesta: Si en las propuestas existen discrepancias entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras.
4.1.5. OFERTA BÁSICA, PARCIAL O ALTERNATIVA
Solamente se recibe la presentación de una (1) oferta por PROPONENTE.
No se acepta la presentación de ofertas parciales ni alternativas, ni con especificaciones técnicas inferiores a las requeridas.
La adjudicación se hará de manera completa y total a la propuesta habilitada que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderación. No se hará adjudicación parcial.
4.2 VEEDURÍAS CIUDADANAS:
Las veedurías ciudadanas podrán ejercer control social sobre el presente proceso de contratación. La invitación a las veedurías ciudadanas se puede consultar en la resolución de apertura del proceso, publicada xxx.xxxx.xxx.xx vinculo CONTROL SOCIAL.
4.3 RESPONSABILIDADES DENTRO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
4.3.1 Del Oferente:
Obrar de buena fe en cada una de las actuaciones que desarrolle dentro del proceso de selección objeto de contratación.
Suministrar al SENA la información que éste le solicite dentro de los plazos fijados.
Mantener vigente la propuesta formulada, durante la suscripción del contrato y la duración del mismo.
Obrar conforme con la ley 80 de 1993 y las normas que la reglamenten aquellas que sean concordantes con esta materia.
Colaborar con el SENA en lo que sea necesario para que se cumplan los fines estatales y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados.
Abstenerse de interferir en la etapa de evaluación, ponderación de ofertas y adjudicación.
4.3.2 Xxx XXXX:
Obrar de buena fe en el desarrollo del proceso contractual.
Suministrar a los proponentes la información que les sea necesaria en desarrollo del proceso contractual.
Velar para que se cumplan los principios de la contratación estatal y los postulados que rigen la función administrativa dentro del proceso contractual.
Proteger los derechos de los oferentes y de la colectividad en general.
4.4 DECLARATORIA DESIERTA
El Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA podrá declarar desierta la convocatoria únicamente por motivos o causas que impidan la selección objetiva, la cual se hará mediante acto administrativo expedido por el ordenador del gasto, en el que se señalará en forma expresa y detallada las razones que
han conducido a esa decisión, en cumplimiento de los dispuesto por el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.
De conformidad con las normas de contratación administrativa no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una propuesta hábil y esta pueda ser considerada como favorable para la entidad, de acuerdo con los criterios legales de selección objetiva.
En atención al inciso 4, numeral 3, artículo 3.2.2.1. del Dcto. 0734 de 2012, en caso de no presentarse manifestación de interés dentro del término previsto, la entidad declarará desierto el proceso.
En caso de declararse desierto el proceso de selección abreviada de menor cuantía, la entidad podrá iniciarlo de nuevo, prescindiendo de la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones. De ser necesario se modificarán los elementos de la futura contratación que hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación, sin perjuicio de ajustes en las cantidades y el presupuesto.
4.5 TERMINO DE DIAS
En el presente procedimiento de selección, los términos fijados en días sin determinación de fechas se entienden días hábiles, si no se indica que son calendario, al tenor de lo dispuesto en el artículo 62 del Código de Régimen Político y Municipal, y éste mismo criterio rige para los términos que se fijan en el presente documento.
4.6 PLAZOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
El oferente favorecido deberá suscribir el contrato dentro el término previsto según el cronograma del proceso.
Si el adjudicatario, en forma injustificada, no suscribiese el contrato dentro del término señalado, el SENA procederá a iniciar las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados. Y adicionalmente, optará, por adjudicar, al siguiente proponente calificado en orden descendente, siempre y cuando su propuesta haya sido admitida y sea igualmente favorable para el SENA.
De optarse por adjudicarlo al siguiente elegible, éste lo deberá suscribir dentro del día hábil siguiente contado a partir de la fecha de la Notificación de la nueva Adjudicación.
4.7 REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO, LA LEGALIZACIÓN Y LA EJECUCIÓN.
El contrato que se derive de este proceso requerirá:
Para su perfeccionamiento:
1-. La suscripción por los intervinientes.
Para su legalización:
1-. Registro Presupuestal.
Como requisito para el registro presupuestal el contratista deberá presentar certificación bancaria donde conste su nombre, NIT y número de cuenta (de ahorros o corriente) en la cual se le efectuarán los pagos.
En caso de tratarse de un consorcio o unión temporal, la cuenta bancaria deberá ser abierta a nombre de dicho consorcio o unión temporal, con el NIT que le corresponda como tal.
Y para su ejecución:
1-. Constitución de la póliza por parte del contratista y aprobación por parte xxx XXXX de la garantía única de cumplimiento prevista.
2-. Los demás requisitos exigidos por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 0734 de 2012 y demás normas concordantes, de acuerdo a la naturaleza del contrato.
En razón a que se trata de un contrato estatal celebrado durante la vigencia 2012 no se requiere del pago del impuesto de timbre.
El contratista, una vez suscrito el contrato, deberá cumplir los requisitos para la ejecución a más tardar dentro del día (1) hábil siguiente al registro presupuestal, teniendo en cuenta que no podrá iniciar la ejecución del contrato sin el cumplimiento de los mismos.
4.8 PRÓRROGA DE PLAZOS
Los plazos del cronograma que tratan los numerales anteriores se podrán prorrogar por el SENA, si a su juicio las necesidades de la administración así lo exigen y, en todo caso, antes de su vencimiento y hasta el plazo máximo autorizado por la Ley.
4.9 SUJECIÓN DE LA PROPUESTA AL PLIEGO DE CONDICIONES
Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los presentes pliegos y sus adendas. Para este efecto, al elaborar y presentar la propuesta deberán tenerse en consideración todas las condiciones técnicas, jurídicas, financieras, de experiencia, de recurso humano y/o de infraestructura, contenidas en estos pliegos, en sus anexos y en las aclaraciones o modificaciones que mediante adendas se consignen, las cuales harán parte integral del mismo.
4.10 CONOCIMIENTO XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El participante, con la formulación de su propuesta, declara que estudió completamente las especificaciones, anexos, condiciones, formularios y demás documentos de la contratación; que conoció las adendas y aclaraciones xxx XXXX sobre las dudas o inquietudes previamente consultadas y que ha aceptado la totalidad de las estipulaciones consignadas en el pliego de Condiciones, las cuales le han permitido identificar de manera clara, completa y precisa el objeto a contratar y demás aspectos de la propuesta, necesarios para su debida ejecución.
4.11 DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas recibidas en esta contratación, serán devueltas a aquellos proponentes rechazados (no obstante el SENA podrá quedarse con uno de los ejemplares de las propuestas para que sirvan como prueba del proceso surtido dentro del expediente del contrato) y las admitidas se conservarán por SENA en los archivos oficiales, durante el tiempo que lo estime pertinente. Las propuestas presentadas extemporáneamente serán inmediatamente rechazadas y devueltas.
4.12 COSTOS DE LAS PROPUESTAS
Los costos en los que incurra el proponente para la preparación y formulación de su propuesta serán de su responsabilidad, exclusiva cuenta y riesgo, razón por la cual el SENA no reconocerá suma alguna, ni efectuará re-embolso de ninguna naturaleza por tal concepto.
4.13 VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN
El SENA se reserva el derecho y la facultad de verificar la autenticidad de los documentos y la veracidad de la información que contengan las propuestas. De encontrar presunta falsedad o engaño, según el caso, procederá a rechazar la propuesta, o a impugnar el contrato, sin perjuicio de las acciones penales, administrativas y civiles, o de cualquier índole que sean procedentes. En todo caso, la propuesta se entiende rendida bajo la gravedad de juramento y se entiende que toda la información contenida en los documentos que forman parte de la propuesta, como la propuesta en sí misma, son veraces y fidedignos.
4.14 DILIGENCIAMIENTO E INCLUSIÓN DE ANEXOS O FORMATOS
El proponente deberá utilizar y diligenciar en su totalidad los formatos y anexos que contiene el presente pliego de Condiciones, e incluirlos en su propuesta. La información requerida que deba estar consignada en los formatos o formularios entregados con el presente documento, deberá presentarse en forma impresa. Si el proponente considera que es conveniente para complementar su propuesta, anexar otra información adicional a la solicitada por el SENA en los formularios establecidos, podrá anexarla haciendo referencia al formulario que complementa.
Los formatos o formularios son los siguientes:
FORMATO Nro. 1 | |
FORMATO Nro. 2 | Compromiso consorcial o de unión temporal |
FORMATO Nro. 3 | Capacidad residual para contrato de obra |
FORMATO Nro. 4 | Propuesta Técnica |
FORMATO Nro. 5 | Propuesta Económica |
FORMATO Nro. 6 | Cartas de compromiso equipo de trabajo calificado |
FORMATO Nro. 7 | Información tributaria del proponente |
FORMATO Nro. 8 (no se debe diligenciar, es para consulta) | Minuta del contrato |
4.15 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
Los proponentes favorecidos con la adjudicación de los contratos objeto de la presente convocatoria pública, no podrán ceder parcial ni totalmente el objeto del contrato, sin autorización previa y escrita xxx XXXX.
4.16 ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO
En general, todos los efectos favorables o desfavorables de las variaciones de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos necesarios para cumplir con las obligaciones del oferente adjudicatario necesarios para dar cabal ejecución al contrato resultante, serán asumidos por este oferente adjudicatario; y deberá soportar el 100% de la variación de los componentes económicos, fiscales, legales y técnicos.
TIPO DE RIESGO | ESTIMACIÓN CUALITATIVA - | ESTIMACIÓN CUALITATIVA | ASIGNACIÓN | ESTIMACIÓN CUANTITATIVA |
PROBABILIDAD | – IMPACTO | |||
RIESGOS ECONÓMICOS | Media baja | Medio alto | Son aquellos que se derivan del comportamiento xxx xxxxxxx, tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos, entre otros. Xxxxx asumidos por el oferente adjudicatario. | 100% |
RIESGOS OPERACIONALES | Media baja | Alto | Los riesgos logísticos de la ejecución de la obra objeto de este proceso son asumidos por el oferente adjudicatario. Así mismo, los efectos favorables y desfavorables derivados de las variaciones en los precios xxx xxxxxxx de las obras, es por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario. | 100% |
RIESGOS FINANCIEROS | Media baja | Medio alto | Este riesgo tiene dos componentes básicos: el riesgo de consecución de financiación o riesgo de liquidez, y el riesgo de las condiciones financieras. El primero se refiere a la dificultad de conseguir los recursos financieros, ya sea en el sector financiero o el mercado de capitales, para lograr el objetivo del contrato. El segundo hace referencia a los términos financieros de dichos recursos, entre estos encontramos plazos, tasas, garantías, contragarantías, refinanciaciones entre otros. Xxxxx asumidos por el oferente adjudicatario. | 100% |
RIESGOS REGULATORIOS | Media baja | Medio bajo | Son los posibles cambios regulatorios o reglamentarios que siendo previsibles, afecten el equilibrio contractual. Por ejemplo, cambios en las tarifas, mercados regulados, expedición de normas de carácter técnico o de calidad, entre otros. Xxxxx asumidos por el Oferente Adjudicatario y por la entidad contratante. | Oferente adjudicatario 50% // Entidad contratante 50% |
RIESGOS TRIBUTARIOS | Media alta | Medio bajo | Los efectos favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación Tributaria, la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general | 100% |
cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la presentación de la propuesta, es asumido por cuenta y riesgo del oferente adjudicatario. | ||||
RIESGOS POR LA MALA CALIDAD DE LAS OBRAS, LOS BIENES O SERVICIOS SUMINISTRADOS | Media baja | Alto | Por calidad de una obra, bien o servicio se entiende el conjunto total de propiedades, ingredientes o componentes que lo constituyen, determinan, distinguen o individualizan, Por idoneidad de una obra, bien o servicio, se entiende la aptitud del mismo para satisfacer las necesidades para las cuales ha sido construida la obra, producido el bien o prestado el servicio, así como las condiciones bajo las cuales se debe utilizar en orden a la normal y adecuada satisfacción de dichas necesidades. El oferente adjudicatario es responsable de la calidad e idoneidad de las obras, bienes y servicios ofertados y adjudicados. El adjudicatario, deberá soportar y cubrir todos los riesgos derivados de la mala calidad de las obras, bienes o servicios. | 100% |
Otros aspectos que se deberán tener en cuenta:
FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: El oferente adjudicatario asumirá la carga, a su costo y riesgo, de asegurar los daños, pérdidas, destrucción, o deterioro causado por fuerza mayor o caso fortuito que puedan presentarse durante la ejecución del contrato, para lo cual podrá celebrar los contratos de seguros que considere pertinente. El adjudicatario debe soportar el 100% del valor adicional que le genere el incumplimiento del plazo de ejecución del contrato, actividades que tendrán que ver con los tiempos de fabricación, importación, trámites de nacionalización, entre otros.
NO SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: Si el proponente, sin justa causa, se abstuviere de suscribir el contrato adjudicado quedará inhabilitado para contratar con el Estado de conformidad con el literal e) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993.
NOTA: De conformidad a lo previsto en el numeral 2.1.2. del Decreto 0734 de 2012, la presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad en el pliego de condiciones.
4.17 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
El contratista se comprometerá a cumplir en términos generales, además de las derivadas del punto anterior, con las siguientes obligaciones:
1) Adelantar todas las gestiones necesarias para la ejecución del contrato en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad, y de acuerdo a las especificaciones exigidas por el SENA.
2) Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos xxx XXXX.
3) Ejecutar el objeto del presente contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en el contrato y de acuerdo con su propuesta y los pliegos de condiciones, los cuales hacen parte vinculante del contrato.
4) Utilizar en la obra materiales, herramientas y equipos de Óptima calidad.
5) Remplazar los materiales o las obras que resulten defectuosas o de mala calidad. El CONTRATISTA deberá restituir a su xxxxx, sin que implique modificación al plazo de entrega, los materiales y las obras defectuosas o de especificaciones diferentes o inferiores a las requeridas. Si el CONTRATISTA no restituye los materiales u obras defectuosas dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.
6) Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.
7) El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.
8) Permanecer x xxx y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y aportes al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción xxx XXXX - FIC, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar ese paz y salvo cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
9) Las omisiones o ambigüedades que se puedan presentar en las especificaciones xxx XXXX no exoneran al contratista de la responsabilidad de efectuar la entrega de obras de primera calidad. Si el contratista encuentra inexactitudes o incorrecciones en las especificaciones, deberá hacer corregir o aclarar xxx XXXX estas discrepancias antes de iniciar la ejecución del contrato.
10) Será obligación primordial del Contratista ejecutar los trabajos estrictamente de acuerdo con los planos y especificaciones para lo cual someterá algunas muestras de los materiales a utilizar para la aprobación del Interventor.
11) Se tiene por entendido que las cotas y dimensiones de los planos deben coincidir pero será obligación del Contratista verificar a su costo, los planos antes de iniciar los trabajos.
12) Cualquier discrepancia debe ser aclarada en un plazo máximo de tres (3) días hábiles con el Interventor, pues en caso contrario, si se presenta la necesidad de hacer correcciones después de adelantada la obra, el costo de ésta será por cuenta del Contratista.
13) Cuando las especificaciones técnicas del contrato se indique algún equipo o material por su nombre de fábrica, esto se hace con el objeto de establecer normalización de calidad, tipo y características, y el Contratista podrá usar productos similares obteniendo previamente la aprobación del Interventor.
14) Suministrar en el lugar de la obra los materiales necesarios para su ejecución.
15) Los materiales suministrados para la ejecución de la obra deben ser nuevos, libres de imperfecciones, deben cumplir con las normas técnicas de calidad del producto, de acuerdo a las especificaciones técnicas dadas por la entidad.
16) Suministrar bajo su cuenta y riesgo el personal idóneo y adecuado para ejecutar los trabajos a que se refieren los planos y las especificaciones, con las mejores condiciones de calidad y oportunidad.
17) Realizar cumplidamente el pago al personal a su cargo, de sus sueldos, prestaciones, seguros, bonificaciones y demás emolumentos que ordena la Ley, en tal forma que el SENA, bajo ningún concepto, tenga que asumir responsabilidades por omisiones legales del Contratista, para lo cual
deberá acompañar cada acta mensual de ejecución de la obra con las respectivas planillas de autoliquidación de parafiscales, FIC, ARP, Salud y pensión debidamente canceladas.
18) Estudiar cuidadosamente todos y cada uno de los planos, diseños y especificaciones que contienen el proyecto, leer atentamente las descripciones técnicas e inspeccionar el lugar de la obra para determinar aquellas condiciones del terreno que puedan afectar los trabajos a realizar.
19) Disponer de una copia completa escrita de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción en el sitio de la obra para que esté a disposición del Interventor y del personal vinculado a la obra.
20) Presentar el plan de calidad y el plan de trabajo para la obra a ejecutar, los cuales deberán ser previamente aprobadas por el Interventor.
21) Entregar al SENA debidamente aprobados por la Interventoría y a xxxxx del Contratista, planos record en Autocad V. 14 o versión superior, de la obra finalmente realizada, como condición indispensable para la realización de la liquidación del contrato.
22) Llevar una Bitácora de obra donde queden consignado todo el desarrollo del contrato.
23) El Contratista será responsable de la protección y conservación de las Obras hasta la fecha en que, conjuntamente con El SENA y con la Interventoría, se suscriba el Acta de Recibo Final de las Obras; por lo cual, será el único responsable de reparar y/o reponer a todo costo, hasta el recibo a satisfacción por parte de la Interventoría, los daños y/o pérdidas que llegaren a suceder con anterioridad a dicha fecha, todo ello sin desmedro del alcance y coberturas incluidas en la Garantía de Estabilidad de Obra.
24) Presentar el Programa de Salud Ocupacional de acuerdo con lo especificado en el Manual de Salud Ocupacional del SENA Regional Amazonas y que el Contratista declara conocer y aceptar sin salvedades; la entidad y/o la Interventoría definirán el tipo, alcances y parámetros que deberá tener el Programa Integral de Salud Ocupacional que el Contratista preparará y presentará para la aprobación de la Interventoría, como requisito para autorizar el inicio de las Obras. El Programa Integral de Salud Ocupacional deberá ser preparado y firmado por un Profesional con acreditación en Salud Ocupacional, el cual será responsable de hacer la implementación y seguimiento en Obra.
25) También previo al inicio de Obras y con una antelación mínima de un (1) día, el Contratista deberá acreditar al SENA que tiene afiliado a todo su Personal, incluidos Maestro de Obra e Ingeniero Residente, al Sistema de Seguridad Social (Salud, Riesgos Profesionales y Pensiones) y deberá mantener al día los documentos que certifiquen el adecuado y oportuno pago mensual de los aportes a cada uno de estos Sistemas. Bajo ninguna circunstancia se autorizará que inicien trabajos en la Obra personas que no estén oportunamente afiliadas al Sistema Integral de Seguridad Social y al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRP), de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, o que lo estén con salarios inferiores a los realmente pactados. En cualquier caso, el Contratista será el único responsable de suplir las exenciones de cobertura que, ante un accidente o siniestro, tengan las EPS, ARP o los Fondos de Pensiones.
26) Dotar a su personal de los elementos necesarios para su seguridad personal, y dar cumplimiento de las normas de seguridad industrial y salud ocupacional existentes, en particular las relacionadas con trabajos en cercanías de equipo eléctrico energizado y trabajo en altura.
27) Garantizar el uso permanente xx xxxxx, guantes y protección visual por parte de todo el personal del contratista, elementos que deben cumplir las normas técnicas que se exigen para el tipo de obra a ejecutar; y que en la obra se tengan disponibles y se utilicen adecuadamente otros elementos de Seguridad tales como: Tapones para protección de oídos, Calzado de protección, Correas de Seguridad para trabajos en altura o en espacios confinados y demás elementos que definan las Normas Colombianas de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. El Contratista y su Director de Obra deberán cumplir con todas las indicaciones de la Interventoría a este respecto y además definirán y controlarán las acciones requeridas para que todo el Personal de Obra siempre trabaje cumpliendo con las Normas de Seguridad y use permanentemente y de forma adecuada los elementos de Seguridad personal. No obstante que el uso permanente de los elementos de seguridad industrial por parte del personal que ejecuta la obra es de entera responsabilidad del contratista, el SENA podrá en cualquier momento solicitar el retiro y/o impedir el ingreso de personal
que no cumpla con las condiciones de seguridad, sin que esto pueda ser causal de atraso en el desarrollo de los trabajos ni de sobrecostos.
28) El personal del contratista debe portar permanentemente un documento con fotografía para su identificación e ingreso a las instalaciones de la entidad.
29) Cumplir todas las normas de seguridad en la instalación de los cables para llevar la energía a los sitios de trabajo, evitando empalmes y cables desnudos. El SENA suministrará en puntos específicos sin costo alguno por consumo, la energía eléctrica que el Contratista requiera, por lo anterior serán por cuenta del Contratista los trabajos y costos de instalación hasta los puntos de utilización, sin que haya pago por separado por este concepto. El contratista deberá informar con suficiente antelación sobre las necesidades de este servicio. Las conexiones eléctricas hasta el sitio específico requerido por el contratista correrán por su cuenta.
30) Retirar todos los sobrantes de productos aplicados y desechos de la zona de la instalación, una vez ejecutada la misma, disponiéndolos en escombreras debidamente autorizadas.
31) Velar por sus materiales, herramientas, equipos y en general por la instalación durante la ejecución del contrato; el SENA no asume responsabilidad alguna por la seguridad de los bienes del contratista.
32) Responder por el embalaje, carga, transporte y descarga de los equipos y materiales en la obra, incluyendo los correspondientes seguros de transporte. El acceso para personal y materiales se hará por la entrada principal a la sede del SENA Regional Amazonas ubicada en la xxxxx 00 XX. 00 – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx.
33) El transporte de materiales dentro de las instalaciones xxx XXXX deberá hacerse de tal forma que no se produzcan daños a las personas, las vías, los equipos, accesorios, paredes y pisos existentes a lo largo del recorrido.
34) El Contratista es responsable de generar las acciones que permitan que en la Obra siempre se adopten las precauciones necesarias y suficientes que garanticen la seguridad de todas las personas que participan en el Proyecto y de Empleados y Estudiantes que transitan en sus alrededores. Para este fin diseñará, implementará y controlará los mecanismos preventivos para cualquier situación de riesgo que se pueda ocasionar en la ejecución del contrato.
35) La Interventoría podrá en cualquier momento ordenar la suspensión de un ítem o capítulo de obra o de toda la obra en general, si a su juicio el Contratista y/o sus Empleados incumplen los requisitos del Programa Integral de Salud Ocupacional o ignoran las instrucciones de la Interventoría a este respecto, sin que por ello el Contratista tenga derecho a reclamar indemnización alguna y/o ampliación de los plazos de construcción, todo ello sin desmedro de las sanciones o descuentos que por incumplimiento estipula el Contrato suscrito entre las Partes.
36) El Contratista será el responsable de todos los accidentes de Obra que llegaren a tener su Personal, el de Interventoría, los Visitantes autorizados, los Empleados, Estudiantes, los peatones u otras Personas ajenas a las Obras, como resultado de la imprevisión, imprudencia y/o negligencia para gestionar y controlar las medidas de seguridad y precaución necesarias para prevenir y evitar tales accidentes. Por consiguiente, todas las acciones de reparación e indemnización que se llegaren a causar, serán de la exclusiva responsabilidad y costo del Contratista.
37) Como complemento de lo anterior, en sitio visible y accesible del Campamento de Obra el Contratista instalará un Botiquín de Primeros Auxilios que a juicio de la Interventoría esté en concordancia con el tipo de obra a ejecutar y con el número de personas que se encuentren en ella y que cuente con todos los elementos requeridos para brindar adecuada atención de primeros auxilios y a los accidentes menores de trabajo. Además, el responsable en obra del Programa Integral de Salud Ocupacional del Contratista, deberá tener completa instrucción y medios para atender, manejar y remitir al Centro de Salud más cercano, todo tipo de emergencias motivadas por accidentes de trabajo. El Contratista deberá presentar reporte oportuno y detallado a la Interventoría de todos los accidentes que sucedan en Obra, que incluya las acciones ejecutadas, los resultados obtenidos en cada uno de los casos y las medidas adoptadas para evitar que sucedan de nuevo.
38) En lo que se refiere al manejo de los diferentes frentes de Obra, el Contratista será el responsable de mantenerlos debidamente señalizados, limpios, transitables y seguros, para lo cual, diaria o más
frecuentemente si así lo ordena la Interventoría, hará mantenimiento de la Señalización, retirará y dispondrá en los sitios debidamente autorizados y en forma adecuada, las basuras, escombros, desperdicios y demás sobrantes de Obra. Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar prontamente todo su equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no se requieran para la ejecución de otras actividades de obra, dejando dichos sitios en perfectas condiciones de orden y aseo. Las rutas de tránsito de los obreros y de acarreo interno de materiales, deberán ser estables, seguras y libres de empozamientos, obstrucciones y/o cruces con elementos peligrosos, inestables y/o energizados.
39) Respecto de la Señalización de cada uno de los Frentes de Obra y del Proyecto en general, el Contratista deberá realizar el suministro, instalación y mantenimiento de las Señales Preventivas, Reglamentarias e Informativas que definan El SENA y/o la Interventoría, según tipo y especificaciones definidas en la versión vigente del Manual de Señalización Vial del Ministerio del Transporte de Colombia y del Manual de Mitigación del Impacto Urbano del Municipio xx Xxxxxxx. En caso necesario se hará el suministro e instalación de los Corredores Peatonales provisionales que definan El SENA y/o la Interventoría, los cuales deberán ser de fácil acceso, amplios y estables.
40) Cuando se programen trabajos nocturnos, el Contratista deberá contar con la previa autorización de la Interventoría y garantizar que en todo momento los trabajos se desarrollarán en forma segura y sin causar perjuicios y/o molestias a los Empleados o Estudiantes que transitan por los alrededores del sitio de Obras. Para este efecto, es indispensable contar con una adecuada señalización e iluminación del sitio de ejecución de las Obras.
41) Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993.
4.18 MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO
4.18.1. Garantías destinadas a amparar los perjuicios derivados del incumplimiento de la oferta:
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 artículos 5.1.4. y 5.1.7.1., para responder por la seriedad de la propuesta, el proponente deberá constituir a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”, NIT: 899999034-1, una garantía consistente en una póliza expedida por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para operar en Colombia cuya póliza matriz debe corresponder a las que se otorgan a favor de Entidades Públicas.
El valor de esta garantía no podrá ser inferior al veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial estimado, y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. Para tal efecto deberá constituirse con una vigencia mínima de cuatro (04 meses contados a partir de la fecha del cierre del plazo para la presentación de las propuestas.
En el evento en que sea prorrogada la fecha de cierre del proceso de selección, la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta deberá cobijar los días que se hayan adicionado en el cronograma, contados a partir del nuevo día de cierre previsto con ocasión de la prórroga.
La suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las propuestas.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.
En el evento de presentación conjunta de propuestas, la garantía de seriedad deberá expedirse a nombre de todos los integrantes del consorcio o de la unión temporal según el caso.
Se deberán adjuntar los originales del documento correspondiente y del comprobante de pago.
Si se declara desierta la contratación, las garantías podrán ser devueltas a los proponentes al comunicarse dicha decisión.
Al adjudicatario del contrato se le podrá devolver la garantía de seriedad de la propuesta, cuando esté perfeccionado el contrato respectivo. A los demás proponentes, se les podrá devolver dentro del mes siguiente a la adjudicación.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término señalado por el SENA, para tal fin, quedará a favor de ésta, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos o garantías.
Cuando la Póliza de Seguros no sea expedida con los requerimientos del presente pliego de Condiciones, el proponente deberá remitir las modificaciones del caso, dentro del plazo que señale el SENA para subsanar la propuesta, so pena de rechazo de la misma; de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1668 del Código de Comercio.
4.18.2. Garantías destinadas a amparar los perjuicios derivados del incumplimiento del contrato:
El contratista deberá constituir a su xxxxx y a favor xxx XXXX, una garantía de cumplimiento, en los términos señalados en el artículo 5.1.1. y siguientes del Decreto 0734 de 2012 para amparar el cumplimiento de las obligaciones legales y las surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos:
a) De cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato: cubrirá al SENA de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones legales, las nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. Equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y seis (06 meses más.
b) Estabilidad y calidad de la obra: cubrirá al SENA de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de cualquier tipo de daño o deterioro, independientemente de su causa, sufridos por la obra entregada, imputables al contratista. En cuantía del treinta por ciento (30%) del valor del contrato. Su vigencia se iniciará a partir del recibo a satisfacción de la obra por parte de la entidad y no será inferior a cinco (5) años.
c) Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. Este amparo cubrirá al SENA de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. El valor de esta garantía no podrá ser inferior al veinte por ciento (20) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres (3) años más.
d) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Por un valor equivalente mínimo de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes a 2012, cuya vigencia sea igual al término de ejecución del contrato.
En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 0734 de 2012.
Tal garantía deberá constituirse dentro del día (1) días hábil siguiente al registro presupuestal del contrato.
En caso de prórroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de la garantía. EL CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los tres (3) días calendario, siguientes a la firma del acta.
La aprobación de la garantía por parte de la entidad es un requisito previo para la ejecución del contrato.
4.19 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato será liquidado de mutuo acuerdo entre las partes, dentro de los seis (06) meses siguientes a la fecha de su terminación por cualquier causa; en el evento de que las partes no lleguen a un acuerdo, el SENA procederá a liquidarlo unilateralmente en las condiciones y términos establecidos en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11 de la ley 1150 de 2007.
4.20 OBLIGACIONES XXX XXXX
1. Pagar en el valor del contrato en la forma previamente establecida.
2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que hacen parte vinculante al mismo, como los pliegos de condiciones, la propuesta, entre otros.
3. Prestar colaboración para el óptimo desarrollo y ejecución del objeto contractual.
4.21 INDEMNIDAD
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 5.1.6. del Decreto 0734 de 2012, es obligación del contratista mantener a la entidad contratante libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
El contratista mantendrá indemne al SENA contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por el contratista o su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra el SENA por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad del contratista, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne al SENA y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. El SENA, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista a su vez reconocerá los costos que éstos le ocasionen al SENA, sin que la responsabilidad del contratista se atenúe por este reconocimiento, ni por el hecho que el SENA en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contra tales reclamos, demandas o acciones legales. Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista no asume debida oportunamente la defensa xxx XXXX éste podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista, quien pagará todos los gastos en que la entidad incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, el SENA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista, por razón de las obras motivo del contrato, o a utilizar cualquier otro medio legal.
4.22 INTERVENTORÍA
La interventoría la efectuará la persona natural que se contrate por el SENA Regional Amazonas, ya que de acuerdo a las características del contrato de obra que se pretende celebrar se requiere de un experto, profesional en ingeniería o arquitectura, que cuente con las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia para efectuar el seguimiento a la ejecución del contrato en optimas condiciones de calidad, dando cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Manual de Supervisión e Interventoría xxx XXXX vigente.
4.23 CLAUSULA PENAL, MULTAS Y DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO
X. Xxxxxx: En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante la suscripción del contrato, al SENA para imponer, tasar y cobrar, previa la ejecución del debido proceso señalado en el Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011, multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor xxx XXXX en las actas parciales y en el acta final y/o de recibo de las obras, bienes o servicios, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará mediante compensación de las sumas adeudadas al CONTRATISTA descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas por parte del CONTRATISTA dentro del mes siguiente a su tasación, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento, o cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, esta decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado que deberá tener un procedimiento mínimo que garantice el derecho al debido proceso del CONTRATISTA (Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011) y procede sólo mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio.
B. Cláusula penal pecuniaria: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. Se hará efectiva directamente por el SENA, pudiendo acudir para el efecto entre otros a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo
el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011, la entidad así mismo podrá declarar el incumplimiento con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria.
C. Declaratoria de incumplimiento: la entidad podrá declarar el incumplimiento del contrato en los términos de los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011.
4.24 CLAUSULAS EXCEPCIONALES
Los principios, normas y procedimientos de terminación, modificación e interpretación unilateral consagrados en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, se entienden incorporados en el presente contrato. La caducidad del contrato se adoptará de conformidad con lo previsto en el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y las demás causales previstas en las normas que rijan la materia.
4.25 CESIÓN
EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato, en todo o en parte, sin previa autorización previa y escrita por El SENA.
5. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR
5.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIDAS
Para la prestación del servicio de MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA
CIUDAD XX XXXXXXX AMAZONAS, los proponentes deberán tener en cuenta las siguientes características:
ESPECIFICACIONES TECNICAS
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
1.0 | PRELIMINARES | ||
1.1 | DESMONTE DE CIELO RASO Y CUBIERTA ACTUAL | Mt2 | 990 |
2.0 | ELECTRICOS | ||
2.1 | REORGANIZACIÓN GRAL. INSTALACIONES ELÉCTRICAS | Puntos | 250 |
3.0 | ESTRUCTURA | ||
3.1 | COLUMNETAS DE REFUERZO EN CONCRETO 2.500 PSI (0,15*0,25*3,5M) | ML | 16 |
3.2 | VIGA DE AMARRE ENTRE COLUMNAS EN CONCRETO 2500 PSI (0,15*0,25*9M) | ML | 16 |
4.0 | CUBIERTA | ||
4.1 | INSTALACIÓN DE CUBIERTA - en Zinc 3x0,8 - Inc. Aleros y estructura | M2 | 990 |
4.2 | INSTALACIÓN DE CIELO RASO - Incluye estructura | M2 | 990 |
5.0 | SISTEMA DE DESAGÜE DE AGUAS LLUVIAS | ||
5.1 | INSTALACIÓN DE SISTEMA DE DESAGÜE AGUA LLUVIA - Inc. Obras y resanes en paredes y pisos | ML | 80 |
6.0 | IMPERMEABILIZACIÓN | ||
6.1 | IMPERMEABILIZACIÓN LINEALES DE REMATE DE CUBIERTA | ML | 40 |
6.2 | IMPERMEABILIZACIÓN DE VIGAS CANALES | ML | 55 |
7.0 | CARPINTERÍA | ||
7.1 | RETIRO DE PUERTA EN MADERA - Incluye marco | UND. | 1 |
7.2 | INSTALACIÓN PUERTA INT. EN MADERA - Inc. marco y cerradura | UND. | 1 |
8.0 | PINTURA | ||
8.1 | PINTURA XX XXXXX - Incluye limpieza y resanes | M2 | 990 |
8.2 | PINTURA CARPINTERÍA EN MADERA - PUERTAS - esmalte | M2 | 54 |
8.3 | PINTURA CARPINTERÍA XXXXXX DE VENTANAS - Base Aceite | M2 | 82 |
9.0 | ASEO | ||
9.1 | ASEO, RETIRO Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS DE OBRA | M3 | 990 |
EL OFERENTE DEBERA DESARROLLAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA LOS APU DE CADA UNO DE LOS ÍTEMS INDICADOS, SO PENA DE SER RECHAZADOS.
5.2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Deberá desarrollar por cada ofertante.-
5.3. Vinculación del personal y prestaciones de los trabajadores: EL CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que El SENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde a EL CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar.
5.4. Cuidado de las obras: Desde la suscripción del acta de iniciación de las obra hasta la entrega final de las misma el CONTRATISTA asumirá a entera responsabilidad su cuidado. En caso de que se produzca daño o pérdida o desperfecto de las obras o de alguna parte de ellas el CONTRATISTA deberá repararlas y reponerlas a su xxxxx, de manera que a su entrega definitiva al SENA, las obras estén en perfectas condiciones y estado, de conformidad con establecido en el contrato y con las instrucciones del interventor.
5.5. Subcontratos: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del contrato, con autorización previa y escrita xxx XXXX. En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados bajo la exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. El SENA podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el CONTRATISTA ni el Subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicios o a instaurar acciones contra El SENA por esta causa.
6. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA
Las siguientes son las causales de rechazo de las propuestas establecidas para el presente proceso de selección:
a. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la Constitución o la Ley.
b. Cuando la propuesta sea presentada por persona jurídicamente incapaz para obligarse o que no cumpla con las calidades y condiciones de participación.
c. Cuando para este mismo proceso se presenten varias propuestas por el proponente, por sí o por interpuesta persona, en un consorcio, unión temporal, individualmente o a través de una persona jurídica.
d. Cuando no se suscriba la carta de presentación de la propuesta por la persona natural proponente o por el representante legal de la persona jurídica proponente, o cuando ésta no se encuentre debidamente autorizada para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del consorcio o unión temporal.
e. Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea o en un lugar diferente al fijado en el pliego de condiciones.
f. Cuando se compruebe que el proponente ha influido o presionado sobre el estudio de las ofertas.
g. Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente contienen información falsa.
h. Cuando al verificar la información referente al boletín de responsables fiscales y al pago de los aportes parafiscales o de contratación de aprendices, se encuentre reportado al proponente en el Boletín o incumplimiento en el pago de dichas obligaciones, y no sea subsanada esta situación dentro del término señalado en el pliego.
i. Cuando el proponente o su oferta no reúna los requisitos habilitantes u obligatorios para participar que se encuentran señalados en el presente pliego de Condiciones, o no presente cualquiera de los documentos generales y específicos para cada caso aquí establecidos, y no los subsane dentro del término señalado en el presente pliego de condiciones de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.2.8. del Dcto. 0734 de 2012.
j. Cuando exista o se advierta enmendadura o corrección en los documentos obligatorios presentados y el proponente no lo haya advertido o hecho la salvedad con su firma al pie de la corrección.
k. Cuando no se presente la propuesta técnica o la propuesta económica; o cuando éstas sean presentadas en diferentes formatos a los suministrados por la entidad o incumpliendo las reglas fijadas en el pliego de condiciones, de tal manera que no permitan una comparación en condiciones de igualdad o una selección objetiva de las propuestas.
l. Cuando siendo requerida en el pliego, no se presente la garantía de seriedad simultáneamente con la propuesta.
m. Cuando la propuesta económica supere el presupuesto oficial o sea presentada en moneda diferente a los pesos colombianos.
n. Cuando estando prohibido en el pliego de condiciones, se presente propuesta parcial o alternativa, o en condiciones técnicas inferiores a las mínimas requeridas por la entidad.
o. Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones, condiciones y requisitos previstos en el pliego de condiciones, o condicione su propuesta a factores, situaciones, modalidades o especificaciones diferentes a las requeridas por la entidad.
p. Cuando siendo el caso, no se presente el documento de constitución del consorcio o unión temporal, o uno o varios de los integrantes del mismo no suscriban el respectivo documento de constitución.
q. Cuando, en atención a lo dispuesto en el Artículo 2.2.10. del Dcto. 0734 de 2012 (propuesta con valor artificialmente bajo), el oferente no explique - dentro del término previsto por la entidad - las razones que sustenten el valor por él ofertado, o cuando analizadas las explicaciones el comité evaluador recomiende el rechazo explicando sus razones (teniendo en cuenta que procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.)
r. Los demás casos expresamente establecidos en el presente documento.
7. EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
7.1 PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN
Para identificar la propuesta más favorable de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley 1150 de 2007, artículos 2.2.9. numeral 3 y 3.2.2.1. al 3.2.3.1. del Decreto 0734 de 2012, se tendrán en cuenta los siguientes criterios o factores de selección:
7.1.1. Requisitos habilitantes: La manifestación de interés en participar, así como la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y capacidad técnica serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. La exigencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y su valor.
Para la verificación de los requisitos habilitantes se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales mínimos establecidos en el pliego de condiciones y el cumplimiento en la presentación de los documentos y acreditaciones exigidas. Su incumplimiento acarreará el RECHAZO de la propuesta.
Igualmente, se evaluará la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en los pliegos de condiciones.
Únicamente las propuestas HABILITADAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas y ponderadas en los aspectos de calidad y precio.
7.1.2. Factores de ponderación: La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos (calidad) y económicos (precio) de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dicho documento.
Factores técnicos: Se verificará que la oferta contenga y cumpla las especificaciones técnicas requeridas por la entidad en cada uno de los ítems estipulados en el pliego de condiciones y sus anexos técnicos, en las calidades y cantidades señaladas, y se ajuste a las necesidades de la entidad, de tal manera que la propuesta que contenga las mejores especificaciones de acuerdo a la desagregación señalada en el pliego de condiciones, será la que obtenga el mejor puntaje.
Factores económicos: Se verificarán matemáticamente los valores de los ítems contenidos en las propuestas, e igualmente se revisarán teniendo en cuenta los precios xxx xxxxxxx, las cantidades y las especificaciones señaladas por la entidad, valorando las propuestas económicas de acuerdo a la fórmula que se señale en el pliego de condiciones.
REQUISITOS HABILITANTES | ||
DEFINICIÓN | CALIFICACIÓN | |
CAPACIDAD JURÍDICA | Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el pliego de Condiciones, la acreditación de los documentos solicitados en el mismo; Igualmente, se evaluará la información aportada con las ofertas en su coherencia legal y reglamentaria. Se verificará que las propuestas no estén incursas en las causales de rechazo contenidas en el pliego de condiciones. | No tiene ponderación – el resultado es de habilitada o no habilitada (o rechazo) |
CONDICIONES DE EXPERIENCIA | Se habilitarán aquellas propuestas que de conformidad a lo acreditado a través del RUP cumplan con los indicadores mínimos exigidos en el pliego de condiciones. Para la valoración de la experiencia de los proponentes se tendrán en cuenta las reglas contenidas en el artículo 2.2.7. del Dcto. 0734 de 2012 en lo que respecta a consocios, uniones temporales, socios de la persona jurídica y sociedades escindidas. | No tiene ponderación – el resultado es de habilitada o no habilitada (o rechazo) |
CAPACIDAD FINANCIERA | Se habilitarán aquellas propuestas que de conformidad a lo acreditado a través del RUP cumplan con los indicadores mínimos exigidos en el pliego de condiciones. En caso de unión temporal o consorcio, se podrán acumular las capacidades financieras de los miembros de los consorcios o las uniones temporales. | No tiene ponderación – el resultado es de habilitada o no habilitada (o rechazo) |
CAPACIDAD TÉCNICA | Se verificará que el proponente cuente con una estructura logística y administrativa básica que le permita el control y disponibilidad de los recursos xx xxxxxxx humano y físicos para cumplir de manera eficiente y | No tiene ponderación – el resultado es de |
oportuna el objeto del contrato, en el lugar de ejecución y de acuerdo a las especificaciones requeridas por el SENA en el pliego de condiciones. Se habilitarán aquellas propuestas que de conformidad a lo acreditado a través del RUP cumplan con los indicadores mínimos exigidos en el pliego de condiciones. En caso de unión temporal o consorcio, se podrán acumular las capacidades técnicas de los miembros de los consorcios o las uniones temporales. | habilitada o no habilitada (o rechazo) | |
FACTORES DE PONDERACIÓN | ||
DEFINICIÓN | CALIFICACIÓN | |
TÉCNICO | La propuesta que contenga las mejores especificaciones técnicas y condiciones de calidad de acuerdo a la desagregación señalada en el pliego de condiciones, será la que obtenga el mejor puntaje. | 400 puntos |
ECONÓMICO | Se verificarán matemáticamente los valores de los ítems contenidos en las propuestas, e igualmente se revisarán teniendo en cuenta los precios xxx xxxxxxx, las cantidades y las especificaciones señaladas por la entidad, valorando las propuestas económicas de acuerdo a la fórmula que se señale en el pliego de condiciones. | 600 puntos |
TOTAL | 1000 | |
CONDICIONES PREFERENCIALES EN FAVOR DE LA OFERTA DE BIENES Y SERVICIOS PRODUCIDOS POR LAS MIPYMES: Se otorgará un puntaje a los bienes y servicios producidos por las Mipymes de la siguiente manera: a) Un puntaje xxx xxxx por ciento (10%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las microempresas; b) Un puntaje del seis por ciento (6%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las pequeñas empresas; c) Un puntaje del tres por ciento (3%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las medianas empresas Requisitos: Con el fin de poder acceder a esta ponderación preferencial, el oferente deberá haber acreditado en su propuesta a través de certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale su condición de MYPE o MIPYME, su tamaño empresarial (mediana, micro o pequeña empresa). Se debe adicionalmente adjuntar copia de la tarjeta profesional del contador o revisor fiscal. Finalmente, se verificará que el revisor fiscal que emita la certificación sea el mismo que tiene inscrita la empresa en la Cámara de Comercio, a través del certificado de existencia y representación legal. Nota 1: De conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamenten, se seguirán los criterios allí establecidos para determinar las micro, pequeñas y medianas empresas. Nota 2: En caso de uniones temporales o consorcios integrados por empresas de diferente tamaño empresarial (micro, pequeña y mediana empresa), el puntaje que se le asignará será el que corresponda al miembro de mayor tamaño empresarial. | ||
RESULTADO FINAL: La adjudicación se hará a la propuesta habilitada que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de ponderación. |
7.1.2.1 DESAGREGACIÓN FACTOR TÉCNICO (400 PUNTOS)
a) POR EXPERIENCIA ADICIONAL AL MÍNIMO EXIGIDO: El puntaje asignado para esta evaluación es de máximo 200 puntos, que se podrán obtener con la sumatoria de los siguientes criterios:
CONCEPTO | PUNTAJE | |
Para el proponente que ofrezca DIRECTOR DE OBRA con el siguiente | ||
perfil: | ||
Profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura con más de ocho (8) años de | ||
experiencia profesional verificable contados a partir de la fecha de la | ||
expedición de la matricula profesional (si aplica para su profesión). | ||
Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 50%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | 200 | |
Se debe anexar copia de la tarjeta profesional vigente que acredite su | ||
inscripción o registro profesional (documentos requeridos si aplica para su | ||
profesión). | ||
Adicionalmente deberá anexar carta de compromiso de acuerdo al | ||
formato nro. 6. | ||
Para el proponente que ofrezca DIRECTOR DE OBRA con el siguiente | ||
perfil: | ||
Profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura con experiencia de mas de | ||
cinco años y mes de ocho años de experiencia profesional verificable | ||
contados a partir de la fecha de la expedición de la matricula profesional | ||
PERSONAL | (si aplica para su profesión). | |
CALIFICADO | Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 50%, el cual será | 100 |
ADICIONAL AL MÍNIMO | verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | |
EXIGIDO | Se debe anexar copia de la tarjeta profesional vigente que acredite su | |
inscripción o registro profesional (documentos requeridos si aplica para su | ||
profesión). | ||
Adicionalmente deberá anexar carta de compromiso de acuerdo al | ||
formato nro. 6. | ||
Para el proponente que ofrezca DIRECTOR DE OBRA con el siguiente | ||
perfil: | ||
Profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura con experiencia de mas de | ||
tres años y menos de cinco años de experiencia profesional verificable | ||
contados a partir de la fecha de la expedición de la matricula profesional | ||
(si aplica para su profesión). | ||
Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 50%, el cual será | 50 | |
verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | ||
Se debe anexar copia de la tarjeta profesional vigente que acredite su | ||
inscripción o registro profesional (documentos requeridos si aplica para su | ||
profesión). | ||
Adicionalmente deberá anexar carta de compromiso de acuerdo al | ||
formato nro. 6. |
b) TALENTO HUMANO: PERSONAL DE MANO DE OBRA O CUADRILLA DE OBRA: El puntaje asignado para esta evaluación es de máximo 200 puntos, que se podrán obtener de acuerdo al ofrecimiento realizado:
CONCEPTO | PUNTAJE | |
PERSONAL DE MANO DE OBRA | Para el proponente que ofrezca personal de mano de obra conformado por más de 20 obreros ejecutando simultáneamente los trabajos. Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 100%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | 200 |
Para el proponente que ofrezca personal de mano de obra conformado por más de 15 y hasta 20 obreros ejecutando simultáneamente los trabajos. | 150 |
Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 100%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | ||
Para el proponente que ofrezca personal de mano de obra conformado por más de 10 y hasta 15 obreros ejecutando simultáneamente los trabajos. Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 100%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | 100 | |
Para el proponente que ofrezca personal de mano de obra conformado por más de 5 y hasta 10 obreros ejecutando simultáneamente los trabajos. Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 100%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. | 50 |
7.1.2.2. DESAGREGACIÓN FACTOR ECONÓMICO (600 PUNTOS)
De acuerdo a lo señalado anteriormente en el presente pliego, el precio o propuesta más económica se determinará por el valor global o total de la respectiva propuesta, verificado cada uno de los ítems, otorgándole el mayor puntaje a la propuesta mas económica total y a las siguientes propuestas se le otorgará el puntaje por orden descendente de mayor a menor, así:
VALOR PROPUESTA | PUNTAJE |
Primera en orden de calificación | 600 |
Segunda(s) en orden de calificación | 400 |
Tercera(s) en orden de calificación | 300 |
Cuarta(s) en orden de calificación | 200 |
Demás propuestas en orden de calificación | 100 |
7.2 CALIFICACION FINAL
La suma de los puntajes obtenidos en cada uno de estos numerales arrojará la calificación final del Proponente.
7.2.1 RESULTADOS DE LA EVALUACION
La adjudicación se hará a la propuesta habilitada que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderación.
7.2.2 FORMULAS DE DESEMPATE
FORMULAS DE DESEMPATE: De conformidad con el artículo 4.2.5. del Decreto 0734 de 2012, el artículo 21 de la Ley 80 de 1993, el artículo 24 de la Ley 361 de 1997, el artículo 12 de la Ley 590 de
2000 modificado por el artículo 9° de la Ley 905 de 2004, los artículos 1° y 2° de la Ley 816 de 2003 y el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007, se fijan los siguientes criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
1. En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se priorizará a la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el factor económico. En caso de continuar el empate se priorizará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el factor técnico. En caso de continuar el empate se seleccionará al proponente que haya acreditado mayor xxxxxxx a través del RUP en las condiciones de Experiencia como constructor. Si después de aplicar estas reglas persiste el empate, se entenderá que las ofertas se encuentran en igualdad de condiciones.
2. En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3. Si se presenta empate o este persiste y entre los empatados se encuentren Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
4. Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se preferirá.
5. Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
6. En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
7. Si el empate se mantiene, se procederá a través de sorteo. El sorteo se realizará entre los proponentes empatados, mediante el sistema de balotas, las que deben estar numeradas con cada uno de los números de radicación de las propuestas empatadas (es decir, los que fueron asignados de acuerdo al orden de llegada); las balotas se depositarán en una bolsa en presencia de los asistentes, previa verificación de probidad de las mismas; se elegirá entre los asistentes a la persona encargada de sacar las balotas; la primera (1) balota en ser extraída de la bolsa será la ganadora.
NOTA: En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 1 al 4 se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 1° de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos.
Leticia, veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX
Subdirectora de Centro.-
Proyectó: Xxxxx Xxxxx Xxxxx –Xxxxx Xxxxxxx Asesor Externo.-
Revisó: Xx. Xxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx – Coordinador del Grupo de Apoyo Mixto Administrativo
FORMATO Nro. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha
Señores
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA.-
Vía Leticia Los Lagos Regional Amazonas Leticia.-
Asunto: Proceso de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA No. RA – 003 DE 2012
Yo, , mayor de edad y vecino de esta ciudad, obrando en nombre propio ó en calidad de representante legal de ofrezco contratar a todo costo con el SENA Regional Amazonas, el siguiente objeto contractual: , de acuerdo con el pliego de condiciones y requisitos exigidos en las condiciones mínimas y de conformidad con lo establecido en este documento. (Nota: si se trata de un consorcio o unión temporal deberá identificar expresamente con nombre y NIT de c/u de las partes que la componen)
Igualmente, bajo la gravedad del juramento manifiesto y declaro:
1. Que estoy debidamente facultado para firmar, presentar la propuesta y suscribir el contrato que llegare a celebrarse; que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse en caso de adjudicación me comprometen totalmente y a la sociedad que represento.
2. No encontrarme (nos) incurso en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad según lo señalado en los artículos 127 de la Constitución Política, 8º y 9° de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, así como tampoco encontrarme (nos) incurso en causal de disolución o liquidación; en concordato; en cesación de pagos o en concurso de acreedores o embargo. (Las personas jurídicas deberán hacer la manifestación expresa de que las cuotas sociales o acciones de sus socios o accionistas no se encuentran embargadas).
3. No estar incluido en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República (Art. 60 de la Ley 610 de 2000) ni el de deudores morosos de la Contaduría General de la Nación.
4. Que conozco el pliego de condiciones y de más documentos que integran el presente proceso de selección, y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos, para lo cual me comprometo a diligenciar todos y cada uno de los formatos anexos al pliego.
5. Que leí cuidadosamente el pliego de condiciones, así como los documentos que hacen parte vinculante del mismo, y por tanto conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, y efectuar consultas y obtener respuestas a mis inquietudes.
6. Que los activos y recursos de nuestro patrimonio y que se emplearán para la ejecución del contrato en caso de que nos sea adjudicado, provienen de actividades lícitas.
7. Que en caso que mi propuesta fuera seleccionada, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente, dentro del término establecido para ello en el pliego de condiciones, y a adjuntar los documentos adicionales que fueren necesarios.
8. Que conozco y acepto en todo las normas generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
9. (Nota: si se trata de un consorcio o unión temporal deberá señalar lo siguiente:) Que en caso que nos fuere adjudicada la contratación, nos comprometemos a tramitar la expedición del NIT y el RUT y a cumplir con los requerimientos legales de los consorcios y uniones temporales para la suscripción y ejecución de los contratos estatales.
10. Que esta oferta, una vez aceptada y efectuada su adjudicación, me obliga a su cumplimiento hasta la ejecución del contrato, en las mejores condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia.
Igualmente señalo como lugar donde recibiré notificaciones, comunicaciones y requerimientos relacionados con este proceso, la siguiente:
Dirección:
Ciudad:
Teléfono :
FAX:
E-mail:
A continuación relaciono la documentación exigida por ustedes y que incluyo en la oferta y la cantidad de folios que la integran:
Atentamente,
Firma :
Nombre :
Documento identificación : NIT :
Régimen de impuestos al que pertenece: Número de Folios de la propuesta:
FORMATO Nro. 2
MODELO DEL ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (Según sea el caso)
, identificado con la C.C. No. de , y vecino de , obrando en representación de la sociedad con Nit. , domiciliada en la ciudad de y
, identificado con la cédula de ciudadanía No. de , y vecino de
, obrando en representación de la sociedad con Nit. , domiciliada en la ciudad de , hemos decidido conformar una (Unión Temporal o Consorcio) en los términos y condiciones estipulados en la Ley y especialmente lo establecido en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, que se hace constar en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: La (Unión Temporal o Consorcio) (indicar nombre del consorcio o
unión temporal) se conforma con el propósito de presentar oferta y optar a la adjudicación,
celebración y ejecución del contrato resultante con el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA Regional Amazonas, en relación con el proceso de contratación cuyo objeto es
. CLÁUSULA SEGUNDA: La participación en la (Unión Temporal o Consorcio) que se acuerda, será: (según convenio entre los miembros) del
% para % y del % para . CLÁUSULA TERCERA: (Integrante) y (Integrante) responderán en forma solidaria y mancomunada por el cumplimiento total de la oferta y del objeto contratado. CLÁUSULA CUARTA: Se acuerda que (Integrante) y (Integrante) , atenderán en forma conjunta todas las obligaciones y deberes asumidos en la respectiva oferta en los diferentes aspectos allí contenidos, delegando la representación y respectiva coordinación de la (Unión Temporal o Consorcio) en cabeza de (identificar
nombre y cédula) como representante legal de (Integrante) y de esta (Unión Temporal o
Consorcio). CLÁUSULA QUINTA: la duración de esta (Unión Temporal o Consorcio) se extenderá por el tiempo en que se generen obligaciones derivadas de la oferta y del contrato, según lo preceptuado en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA SEXTA: Las responsabilidades que se desprendan de esta (Unión Temporal o Consorcio) y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la Ley 80 de 1993 para la (Unión Temporal o Consorcio). CLAUSULA SÉPTIMA: La dirección para notificaciones de la
_(unión temporal o consorcio) es de la ciudad de .
En constancia de aceptación y compromiso, se firma el presente documento por los que en él intervienen, el día de de 20 en la ciudad de
Nombre, Identificación, persona natural Nombre, identificación personal natural o jurídica que representa o jurídica que representa
NOTA: En caso de adjudicación del contrato, el presente documento deberá ser suscrito ante Notario con firmas autenticas de los participantes. Adicionalmente el consorcio o unión temporal deberá efectuar el trámite para la obtención del RUT como requisito previo para la suscripción del contrato.
FORMATO Nro. 3
CAPACIDAD RESIDUAL PARA CONTRATO DE OBRA
A) CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCION:
[Nota: En el presente cuadro se deberán relacionar los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, dividido por el número de meses que queden pendientes para la ejecución de cada uno de estos contratos. Deberá incluirse igualmente los contratos que se encuentran suspendidos a la fecha de presentación de las propuestas.]
CONTRATO N° | EMPRESA CONTRATANTE | RESUMEN OBJETO DEL CONTRATO | FECHA INICIO (D/M/A) | FECHA TERMINACIÓN (D/M/A) | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (como miembro de consorcio o unión temporal) | VALOR TOTAL DEL CONTRATO (EN PESOS) | VALOR DE PARTICIPACIÓN DEL CONTRATO (EN PESOS) | SALDO DE LOS CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN (EN PESOS) |
1 | % | |||||||
2 | % | |||||||
3 | % | |||||||
4 | % | |||||||
5 | % | |||||||
… | % | |||||||
VALOR TOTAL CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN | $ | $ | ||||||
MESES DE EJECUCIÓN PENDIENTES | ||||||||
RESULTADO DE DIVIDIR EL VALOR DEL SALDO DE LOS CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN SOBRE LOS MESES PENDIENTES PARA LA EJECUCIÓN | $ |
B) CONTRATOS DE OBRA ADJUDICADOS:
[Nota: En el presente cuadro se deberán relacionar los valores de aquellos contratos que le hayan sido adjudicados y aún no se ha iniciado su ejecución, dividido por el número de meses que queden pendientes para la ejecución de cada uno de estos contratos.]
CONTRATO N° | EMPRESA CONTRATANTE | RESUMEN OBJETO DEL CONTRATO | FECHA INICIO (D/M/A) | FECHA TERMINACIÓN (D/M/A) | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN (como miembro de consorcio o unión temporal) | VALOR TOTAL DEL CONTRATO (EN PESOS) | VALOR DE PARTICIPACIÓN DEL CONTRATO (EN PESOS) |
1 | % | ||||||
2 | % | ||||||
3 | % |
4 | % | ||||||
5 | % | ||||||
… | % | ||||||
VALOR TOTAL PARTICIPACIÓN DE LOS CONTRATOS | $ | ||||||
MESES DE EJECUCIÓN PENDIENTES | |||||||
RESULTADO DE DIVIDIR EL VALOR DE PARTICIPACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRA ADJUDICADOS SOBRE LOS MESES PENDIENTES PARA LA EJECUCIÓN | $ |
APLICACIÓN DE LA FÓRMULA
CAPITAL DE TRABAJO – ([SALDOS CTOS DE OBRA VIGENTES + CTOS ADJUDICADOS] / TÉRMINO PENDIENTE DE EJECUCIÓN) = K RESIDUAL
ACTIVO CORRIENTE (RUP) | |
PASIVO CORRIENTE (RUP) | |
C) CAPITAL DE TRABAJO | |
A) SALDO DE CONTRATOS DE OBRA EN EJECUCIÓN | |
B) VALOR CONTRATOS DE OBRA ADJUDICADOS | |
A+B | |
D) TERMINO PENDIENTE DE EJECUCIÓN | |
A+B/D | |
K RESIDUAL = C – ([A +B]/D) | |
K RESIDUAL EN SMLMV |
La información contenida en el presente documento la presento bajo la estricta gravedad del juramento.
Representante Legal
NOMBRE PROPONENTE O INTEGRANTE CONSORCIO O UNION TEMPORAL
Nombre:
C. C.
[RECUERDE: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 de la ley 1150 de 2007 y el numeral 1 del Artículo 6.1.1.2 del Decreto 734 de 2012 (modificado por el Decreto 1397 de 2012), la Capacidad Residual para el contrato de obra es el resultado de restar al indicador financiero capital de trabajo4 del proponente a 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la propuesta (en este caso 2011), acreditado y registrado en el CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – RUP, los saldos de los contratos de obra que a la fecha de presentación de la propuesta el proponente directamente, y a través de sociedades de propósito especial, consorcios o uniones temporales en los cuales el proponente participe, haya suscrito y se encuentren vigentes, y el valor de aquellos que le hayan sido adjudicados, sobre el término pendiente de ejecución de cada uno de estos contratos. El término pendiente de ejecución deberá ser expresado en meses calendario.
CAPITAL DE TRABAJO – ([SALDOS CTOS DE OBRA VIGENTES + CTOS ADJUDICADOS] / TÉRMINO PENDIENTE DE EJECUCIÓN) = K RESIDUAL
Para calcular los saldos de los contratos a que hace referencia el inciso anterior cuando el contratista sea una sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal en los cuales el proponente participe, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del proponente en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal.
Si el proponente es un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se verificará la capacidad residual de cada uno de sus integrantes la cual será calculada con base en lo establecido en el presente numeral. Para determinar la capacidad residual del proponente plural, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada integrante en la respectiva sociedad de propósito especial, consorcio o unión temporal.
El propósito de la capacidad residual es evaluar la habilidad del proponente para cumplir con sus obligaciones durante el término del contrato para el cual presenta la propuesta, especialmente los compromisos financieros.
El proponente deberá acreditar por lo menos la capacidad residual requerida en el pliego de condiciones para habilitar.
En caso de unión temporal o consorcio, se acumularán las capacidades financieras de los miembros de los consorcios o las uniones temporales.
NOTA: el FORMATO NRO. 3 deberá ser presentado dentro de la propuesta en medio físico y en medio magnético en Excel.]
4 CAPITAL DE TRABAJO = ACTIVO CORRIENTE – PASIVO CORRIENTE
FORMATO Nro. 4
PROPUESTA TÉCNICA
EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE | ||||||||||
NRO. | CONTRATANTE | NRO Y FECHA DEL CONTRATO | OBJETO DEL CONTRATO | VALOR DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO | FECHA DE TERMINACIÓN | FORMA DE EJECUCIÓN I, C, UT (1) | % DE PARTICIPACIÓN | VALOR FACTURADO POR EL PROPONENTE (conforme al % de participación) | |
(día/mes/año) | (día/mes/año) | (en pesos) | (en SMLMV) | |||||||
1 | ||||||||||
2 | ||||||||||
3 | ||||||||||
4 | ||||||||||
5 | ||||||||||
SUMATORIA TOTAL | ||||||||||
(1) Indicar únicamente si fue ejecutado en forma individual (I), en consorcio (C) o unión temporal (UT); en estos dos últimos casos indicar el porcentaje de participación del proponente. | ||||||||||
NOTAS: El contenido del presente formato no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad. La información incluida en el presente formato debe estar debidamente soportada de acuerdo a lo previsto en el pliego de condiciones, y es responsabilidad del proponente. | ||||||||||
Firma del proponente o representante legal |
EXPERIENCIA ESPECIFICA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMAN EL EQUIPO DE TRABAJO CALIFICADO | ||||||
CARGO PROPUESTO: | NOMBRE DEL PROFESIONAL: | |||||
PROFESIÓN: | FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA TARJETA PROFESIONAL (día/mes/año): | |||||
NRO. | CONTRATANTE | NRO. DEL CONTRATO | OBJETO DEL CONTRATO | CARGO DESEMPEÑADO | FECHA DE INICIO DE LA LABOR | FECHA DE TERMINACIÓN DE LA LABOR |
(día/mes/año) | (día/mes/año) | |||||
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
… | ||||||
NOTAS: El contenido del presente formato no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad. Pueden incluirse más filas cuando se vaya a ofertar personal adicional al mínimo exigido. La información incluida en el presente formato debe estar debidamente soportada de acuerdo a lo previsto en el pliego de condiciones, y es responsabi lidad del proponente. En este cuadro se deberán incluir tanto los miembros mínimos del equipo de trabajo calificado (Ver literal b numeral 4.1.2.1.), como los profesionales adicionales para la obtención de puntaje (ver literal a numeral 7.1.2.1.). | ||||||
Ofrezco un personal de mano de obra conformado por obreros ejecutando simultáneamente los trabajos. PERSONAL DE MANO DE OBRA Tiempo de permanencia mínima en el sitio de obra del 100%, el cual será verificado por la interventoría so pena de incumplimiento del contrato. Firma del proponente o representante legal |
FORMATO 5
PROPUESTA ECONÓMICA
ITEM | DESCRIPCION | UN | CANT | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
TOTAL COSTOS DIRECTOS | |||||
A | ADMINISTRACIÓN | % | |||
B | CONTRIBUCIÓN POR OBRA PÚBLICA | 5 % | |||
C | IMPREVISTOS | % | |||
D | UTILIDAD | % | |||
VALOR TOTAL OBRA |
[Recuerde: el AIU ofrecido, incluyendo el 5% por contribución de obra pública, no pueden superar el 25%. Por otra parte, las propuestas que superen el presupuesto oficial del presente proceso serán rechazadas]
EL OFERENTE DEBERA DESARROLLAR EL ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS EN SU PROPUESTA ECONÓMICA
FORMATO Nro. 6
CARTAS DE COMPROMISO
PERSONAL QUE CONFORMA EL EQUIPO DE TRABAJO CALIFICADO
YO (NOMBRE DEL PROFESIONAL) IDENTIFICADO (A) CON CÉDULA DE CIUDADANÍA NO.
(NÚMERO DE CÉDULA) Y MATRÍCULA PROFESIONAL DE (PROFESIÓN) NO. (NÚMERO DE MATRÍCULA), MANIFIESTO QUE ESTOY DISPUESTO
(A) Y COMPROMETIDO (A) PARA ASUMIR EL CARGO O LAS FUNCIONES DE (CARGO PROPUESTO O FUNCIONES ASIGNADAS PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO), Y QUE CUMPLO CON LOS REQUISITOS Y CALIDADES EXIGIDOS EN LOS DOCUMENTOS DE ESTE PROCESO DE SELECCIÓN, PARA TRABAJAR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL SIGUIENTE OBJETO CONTRACTUAL: REALIZAR A TODO COSTO, POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE EL MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 NO. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX XXXXXXX AMAZONAS, A TODO COSTO, SIN FORMULA DE REAJUSTE, DE CONFORMIDAD CON LOS PARÁMETROS, TÉRMINOS, CONDICIONES, CANTIDADES DE OBRA, DETALLE, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ALCANCE DEL SERVICIO Y EXIGENCIAS, QUE SE DESCRIBEN EN EL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINICIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS COMPLETAS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE CONFORMIDAD A LAS NORMAS QUE REGULAN LA EJECUCIÓN DE ESTE TIPO DE OBRAS CIVILES.
ADICIONALMENTE, CERTIFICO BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO QUE MI HOJA DE VIDA NO SE ENCUENTRA EN LA PROPUESTA DE NINGUNA OTRA FIRMA PARTICIPANTE EN ESTE PROCESO, NI EN NINGÚN OTRO PROCESO QUE SE ESTE ADELANTANDO CON EL SENA.
FIRMA DEL PROFESIONAL PROPUESTO DIRECCIÓN:
TELÉFONOS FIJO: CELULAR:
CORREO ELECTRÓNICO:
FORMATO Nro. 7
INFORMACIÓN TRIBUTARIA DEL PROPONENTE O DE CADA UNO DE SUS INTEGRANTES, SI EL MISMO ES UN CONSORCIO O UNA UNIÒN TEMPORAL
¿PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, EN QUE REGIMEN SE ENCUENTRA CLASIFICADO COMO PROPONENTE, PROVEEDOR O CONTRATISTA? | ||
SI | NO | |
GRAN CONTRIBUYENTE | ||
REGIMEN COMUN | ||
REGIMEN SIMPLIFICADO | ||
PROFESIONAL INDEPENDIENTE | ||
RENTA | ||
SI | NO | |
Es usted Sujeto Pasivo de Retención en la Fuente | ||
Tiene usted la calidad de Auto retenedor | ||
Si tiene la calidad de “Autorretenedor”, anexar fotocopia de la Resolución expedida por la DIAN. | ||
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – I.V.A. | ||
SI | NO | |
Es usted responsable del Impuesto al Valor agregado – I.V.A. | ||
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO – ICA | ||
De acuerdo a las actividades sujetas al Impuesto, en cual se considera clasificado y cuál es el porcentaje: | ||
Industrial | ||
Comercial | ||
Servicios | ||
CUENTA BANCARIA A NOMBRE Y NIT DEL CONTRATISTA EN LA CUAL SE DEBERÁ EFECTUAR EL PAGO EN CASO DE SER ADJUDICADO EL CONTRATO: | ||
Nro. de cuenta: | ||
Banco: | ||
Ahorros o corriente: |
[RECUERDE: una vez adjudicado el contrato deberá presentar certificación bancaria, como requisito para el perfeccionamiento del mismo]
FORMATO Nro. 8
MINUTA DEL CONTRATO A CELEBRARSE
TIPO DE CONTRATACIÓN: Obra – procedimiento de Selección Abreviada de Menor Cuantía
CONTRATANTE: SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Regional Amazonas NIT.
899999034-1
CONTRATISTA: NIT.
OBJETO: Realizar a todo costo, por el sistema de precios unitarios, sin fórmula de reajuste el MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX
XXXXXXX AMAZONAS, a todo costo, sin formula de reajuste, de conformidad con los parámetros, términos, condiciones, cantidades de obra, detalle, especificaciones técnicas y alcance del servicio y exigencias, que se describen en el pliego de condiciones.
DURACIÓN: Hasta 25 días calendario, sin exceder del 10 de diciembre de 2012.- No habrá
lugar a prorrogas.- (previsto en los pliegos de condiciones)
VALOR: Hasta por PESOS ($ .oo), con cargo al CDP Nro.
.- Rubro .
FORMA DE PAGO: PAGOS PARCIALES:
a) Un primer pago: Equivalente al cuarenta (40%) por ciento del valor del contrato que se pagará directamente al contratista previo certificación del interventor del contrato en que conste un avance de obra no inferior al 40% de la cantidad de obra – cantidades por unidad de obra completas - y acta de recibo parcial a satisfacción.
b) Un pago final: Que corresponde al saldo del valor del contrato, esto es, equivalente al sesenta por ciento (60%) del valor del contrato que se pagará única y exclusivamente contra entrega total e integral de las obras, que conste en acta final debidamente certificada por el interventor del contrato y con acta de recibo final, a entera y total satisfacción.
LUGAR DE EJECUCIÓN: Sede antigua del Centro de Formación Profesional, del SENA Regional
Amazonas, ubicada en la calle 12 No. 10 - 60 en Leticia Amazonas.
INTERVENTORÍA: La interventoría la efectuará la persona natural que se contrate por parte de la
Regional Amazonas para tal efecto, ya que de acuerdo a las características del contrato de obra que se pretende celebrar se requiere de un experto, profesional en ingeniería o arquitectura, que cuente con las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia para efectuar el seguimiento a la ejecución del contrato en optimas condiciones de calidad, dando cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Manual de Supervisión e Interventoría xxx XXXX vigente.
Entre los suscritos, a saber: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, ciudadana en ejercicio, con residencia y
domicilio en la ciudad xx Xxxxxxx Amazonas, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.105.550, quien obra en su calidad de Subdirectora de Centro, con funciones de Directora Regional, cargo en el que fue nombrada mediante Resolución No. 01288 del 4 de julio de 2012, posesionada mediante acta No. 0124 del 4 de julio de 2012, y como tal, en representación legal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA Regional Amazonas, facultada para contratar mediante Resolución No. 02039 de septiembre 14 de 2004, establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de la Protección Social, creado por el Decreto 118 de 1957 y re-estructurado mediante Xxx Xx. 000 xx 0000 x Xxxxxxx 249 de 2004, quien en adelante se llamará SENA, con Nit: 899.999.034, por una parte, y por la otra
, mayor de edad y vecino de XXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número
, en calidad de Representante Legal de con NIT. , con domicilio en la ciudad xx Xxxxxxx, n la Tel: , con cuenta bancaria (de ahorros o corriente) Nro.
del Banco de acuerdo a certificación anexa, quien en este documento se denominará El CONTRATISTA, manifiesta bajo juramento que ni él ni la firma que representa, se hallan incursos en ninguna de las inhabilidades relacionadas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, hemos acordado celebrar el presente contrato de OBRA, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios, y las demás normas concordantes, por la oferta presentada por EL CONTRATISTA y en especial por las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO DEL CONTRATO. Realizar a todo costo, por el sistema de precios unitarios, sin fórmula de reajuste el MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX XXXXXXX AMAZONAS, a
todo costo, sin formula de reajuste, de conformidad con los parámetros, términos, condiciones, cantidades de obra, detalle, especificaciones técnicas y alcance del servicio y exigencias, que se describen en el pliego de condiciones.
SEGUNDA –ESPECIFICACIONES DEL OBJETO Y LUGAR DE EJECUCIÓN:
Para la prestación del servicio de MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE LAS CUBIERTAS Y PINTURA GENERAL DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO PARA LA BIODIVERSIDAD Y EL TURISMO DEL AMAZONAS DEL SENA REGIONAL AMAZONAS, UBICADAS EN LA CALLE 12 No. 10 – 60 DE LA CIUDAD XX XXXXXXX
AMAZONAS, los proponentes deberán tener en cuenta las siguientes especificaciones técnicas y características:
1.1.1. ESPECIFICACIONES TECNICAS
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
1.0 | PRELIMINARES | ||
1.1 | DESMONTE DE CIELO RASO Y CUBIERTA ACTUAL | Mt2 | 990 |
2.0 | ELECTRICOS | ||
2.1 | REORGANIZACIÓN GRAL. INSTALACIONES ELÉCTRICAS | Puntos | 250 |
3.0 | ESTRUCTURA | ||
3.1 | COLUMNETAS DE REFUERZO EN CONCRETO 2.500 PSI (0,15*0,25*3,5M) | ML | 16 |
3.2 | VIGA DE AMARRE ENTRE COLUMNAS EN CONCRETO 2500 PSI (0,15*0,25*9M) | ML | 16 |
4.0 | CUBIERTA | ||
4.1 | INSTALACIÓN DE CUBIERTA - en Zinc 3x0,8 - Inc. Aleros y estructura | M2 | 990 |
4.2 | INSTALACIÓN DE CIELO RASO - Incluye estructura | M2 | 990 |
5.0 | SISTEMA DE DESAGÜE DE AGUAS LLUVIAS | ||
5.1 | INSTALACIÓN DE SISTEMA DE DESAGÜE AGUA LLUVIA - Inc. Obras y resanes en paredes y pisos | ML | 80 |
6.0 | IMPERMEABILIZACIÓN | ||
6.1 | IMPERMEABILIZACIÓN LINEALES DE REMATE DE CUBIERTA | ML | 40 |
6.2 | IMPERMEABILIZACIÓN DE VIGAS CANALES | ML | 55 |
7.0 | CARPINTERÍA | ||
7.1 | RETIRO DE PUERTA EN MADERA - Incluye marco | UND. | 1 |
7.2 | INSTALACIÓN PUERTA INT. EN MADERA - Inc. marco y cerradura | UND. | 1 |
8.0 | PINTURA | ||
8.1 | PINTURA XX XXXXX - Incluye limpieza y resanes | M2 | 990 |
8.2 | PINTURA CARPINTERÍA EN MADERA - PUERTAS - esmalte | M2 | 54 |
8.3 | PINTURA CARPINTERÍA XXXXXX DE VENTANAS - Base Aceite | M2 | 82 |
9.0 | ASEO | ||
9.1 | ASEO, RETIRO Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS DE OBRA | M3 | 990 |
TERCERA – VALOR DEL CONTRATO FORMA DE PAGO. El valor del presente contrato es hasta por
PESOS ($ .oo) incluido el IVA. La forma de pago corresponde al previsto en los pliegos de condiciones.
CUARTA -. Plazo: El previsto en los pliegos de condiciones
QUINTA- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se comprometerá a cumplir en términos generales, además de las derivadas del punto anterior, con las siguientes obligaciones: 1) Adelantar todas las gestiones necesarias para la ejecución del contrato en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad, y de acuerdo a las especificaciones exigidas por el SENA. 2) Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos xxx XXXX. 3) Ejecutar el objeto del presente contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en el contrato y de acuerdo con su propuesta y los pliegos de condiciones, los cuales hacen parte vinculante del contrato. 4) Utilizar en la obra materiales, herramientas y equipos de Óptima calidad. 5) Remplazar los materiales o las obras que resulten defectuosas o de mala calidad. El CONTRATISTA deberá restituir a su xxxxx, sin que implique modificación al plazo de entrega, los materiales y las obras defectuosas o de especificaciones diferentes o inferiores a las requeridas. Si el CONTRATISTA no restituye los materiales u obras defectuosas dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.
6) Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente. 7) El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos. 8) Permanecer x xxx y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y aportes al Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción xxx XXXX - FIC, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar ese paz y salvo cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. 9) Las omisiones o ambigüedades que se puedan presentar en las especificaciones xxx XXXX no exoneran al contratista de la responsabilidad de efectuar la entrega de obras de primera calidad. Si el contratista encuentra inexactitudes o incorrecciones en las especificaciones, deberá hacer corregir o aclarar xxx XXXX estas discrepancias antes de iniciar la ejecución del contrato. 10) Será obligación primordial del Contratista ejecutar los trabajos estrictamente de acuerdo con los planos y especificaciones para lo cual someterá algunas muestras de los materiales a utilizar para la aprobación del Interventor. 11) Se tiene por entendido que las cotas y dimensiones de los planos deben coincidir pero será obligación del Contratista verificar a su costo, los planos antes de iniciar los trabajos. 12) Cualquier discrepancia debe ser aclarada en un plazo máximo de tres (3) días hábiles con el Interventor, pues en caso contrario, si se presenta la necesidad de hacer correcciones después de adelantada la obra, el costo de ésta será por cuenta del Contratista. 13) Cuando las especificaciones técnicas del contrato se indique algún equipo o material por su nombre de fábrica, esto se hace con el objeto de establecer normalización de calidad, tipo y características, y el Contratista podrá usar productos similares obteniendo previamente la aprobación del Interventor. 14) Suministrar en el lugar de la obra los materiales necesarios para su ejecución. 15) Los materiales suministrados para la ejecución de la obra deben ser nuevos, libres de imperfecciones, deben cumplir con las normas técnicas de calidad del producto, de acuerdo a las especificaciones técnicas dadas por la entidad. 16) Suministrar bajo su cuenta y riesgo el personal idóneo y adecuado para ejecutar los trabajos a que se refieren los planos y las especificaciones, con las mejores condiciones de calidad y oportunidad. 17) Realizar cumplidamente el pago al personal a su cargo, de sus sueldos, prestaciones, seguros, bonificaciones y demás emolumentos que ordena la Ley, en tal forma que el SENA, bajo ningún concepto, tenga que asumir responsabilidades por omisiones legales del Contratista, para lo cual deberá acompañar cada acta mensual de ejecución de la obra con las respectivas planillas de autoliquidación de parafiscales, FIC, ARP, Salud y pensión debidamente canceladas. 18) Estudiar cuidadosamente todos y cada uno de los planos, diseños y especificaciones que contienen el proyecto, leer atentamente las descripciones técnicas e inspeccionar el lugar de la obra para determinar aquellas condiciones del terreno que puedan afectar los trabajos a realizar. 19) Disponer de una copia completa escrita de las Normas y Especificaciones Generales de Construcción en el sitio de la obra para que esté a disposición del Interventor y del personal vinculado a la obra. 20) Presentar el plan de calidad y el plan de trabajo para la obra a ejecutar, los cuales deberán ser previamente aprobadas por el Interventor. 21) Entregar al SENA debidamente aprobados por la Interventoría y a xxxxx del Contratista, planos record en Autocad V. 14 o versión
superior, de la obra finalmente realizada, como condición indispensable para la realización de la liquidación del contrato. 22) Llevar una Bitácora de obra donde queden consignado todo el desarrollo del contrato. 23) El Contratista será responsable de la protección y conservación de las Obras hasta la fecha en que, conjuntamente con El SENA y con la Interventoría, se suscriba el Acta de Recibo Final de las Obras; por lo cual, será el único responsable de reparar y/o reponer a todo costo, hasta el recibo a satisfacción por parte de la Interventoría, los daños y/o pérdidas que llegaren a suceder con anterioridad a dicha fecha, todo ello sin desmedro del alcance y coberturas incluidas en la Garantía de Estabilidad de Obra. 24) Presentar el Programa de Salud Ocupacional de acuerdo con lo especificado en el Manual de Salud Ocupacional del SENA Regional Amazonas y que el Contratista declara conocer y aceptar sin salvedades; la entidad y/o la Interventoría definirán el tipo, alcances y parámetros que deberá tener el Programa Integral de Salud Ocupacional que el Contratista preparará y presentará para la aprobación de la Interventoría, como requisito para autorizar el inicio de las Obras. El Programa Integral de Salud Ocupacional deberá ser preparado y firmado por un Profesional con acreditación en Salud Ocupacional, el cual será responsable de hacer la implementación y seguimiento en Obra. 25) También previo al inicio de Obras y con una antelación mínima de un (1) día, el Contratista deberá acreditar al SENA que tiene afiliado a todo su Personal, incluidos Maestro de Obra e Ingeniero Residente, al Sistema de Seguridad Social (Salud, Riesgos Profesionales y Pensiones) y deberá mantener al día los documentos que certifiquen el adecuado y oportuno pago mensual de los aportes a cada uno de estos Sistemas. Bajo ninguna circunstancia se autorizará que inicien trabajos en la Obra personas que no estén oportunamente afiliadas al Sistema Integral de Seguridad Social y al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRP), de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia, o que lo estén con salarios inferiores a los realmente pactados. En cualquier caso, el Contratista será el único responsable de suplir las exenciones de cobertura que, ante un accidente o siniestro, tengan las EPS, ARP o los Fondos de Pensiones. 26) Dotar a su personal de los elementos necesarios para su seguridad personal, y dar cumplimiento de las normas de seguridad industrial y salud ocupacional existentes, en particular las relacionadas con trabajos en cercanías de equipo eléctrico energizado y trabajo en altura.
27) Garantizar el uso permanente xx xxxxx, guantes y protección visual por parte de todo el personal del contratista, elementos que deben cumplir las normas técnicas que se exigen para el tipo de obra a ejecutar; y que en la obra se tengan disponibles y se utilicen adecuadamente otros elementos de Seguridad tales como: Tapones para protección de oídos, Calzado de protección, Correas de Seguridad para trabajos en altura o en espacios confinados y demás elementos que definan las Normas Colombianas de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. El Contratista y su Director de Obra deberán cumplir con todas las indicaciones de la Interventoría a este respecto y además definirán y controlarán las acciones requeridas para que todo el Personal de Obra siempre trabaje cumpliendo con las Normas de Seguridad y use permanentemente y de forma adecuada los elementos de Seguridad personal. No obstante que el uso permanente de los elementos de seguridad industrial por parte del personal que ejecuta la obra es de entera responsabilidad del contratista, el SENA podrá en cualquier momento solicitar el retiro y/o impedir el ingreso de personal que no cumpla con las condiciones de seguridad, sin que esto pueda ser causal de atraso en el desarrollo de los trabajos ni de sobrecostos. 28) El personal del contratista debe portar permanentemente un documento con fotografía para su identificación e ingreso a las instalaciones de la entidad. 29) Cumplir todas las normas de seguridad en la instalación de los cables para llevar la energía a los sitios de trabajo, evitando empalmes y cables desnudos. El SENA suministrará en puntos específicos sin costo alguno por consumo, la energía eléctrica que el Contratista requiera, por lo anterior serán por cuenta del Contratista los trabajos y costos de instalación hasta los puntos de utilización, sin que haya pago por separado por este concepto. El contratista deberá informar con suficiente antelación sobre las necesidades de este servicio. Las conexiones eléctricas hasta el sitio específico requerido por el contratista correrán por su cuenta. 30) Retirar todos los sobrantes de productos aplicados y desechos de la zona de la instalación, una vez ejecutada la misma, disponiéndolos en escombreras debidamente autorizadas. 31) Velar por sus materiales, herramientas, equipos y en general por la instalación durante la ejecución del contrato; el SENA no asume responsabilidad alguna por la seguridad de los bienes del contratista. 32) Responder por el embalaje, carga, transporte y descarga de los equipos y materiales en la obra, incluyendo los correspondientes seguros de transporte. El acceso para personal y materiales se hará por la entrada principal a la sede del SENA Regional Amazonas ubicada en la xxxxx 00 Xx. 00 – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx. 33) El transporte de materiales dentro de las instalaciones xxx XXXX deberá hacerse de tal forma que no se produzcan daños a las personas, las vías, los equipos, accesorios, paredes y pisos existentes a lo largo del recorrido. 34) El Contratista es responsable de generar las acciones que permitan que en la Obra siempre se adopten las precauciones necesarias y suficientes que garanticen la seguridad de todas las personas que participan en el Proyecto y de Empleados y Estudiantes que transitan en sus alrededores. Para este fin diseñará, implementará y controlará los mecanismos preventivos para cualquier situación de riesgo que se pueda ocasionar en la ejecución del contrato. 35) La Interventoría podrá en cualquier momento ordenar la suspensión de un ítem o capítulo de obra o de toda la obra en general, si a su juicio el Contratista y/o sus Empleados incumplen los requisitos del Programa Integral de Salud Ocupacional o ignoran las instrucciones de la Interventoría a este respecto, sin que por ello el Contratista tenga derecho a reclamar indemnización alguna y/o
ampliación de los plazos de construcción, todo ello sin desmedro de las sanciones o descuentos que por incumplimiento estipula el Contrato suscrito entre las Partes. 36) El Contratista será el responsable de todos los accidentes de Obra que llegaren a tener su Personal, el de Interventoría, los Visitantes autorizados, los Empleados, Estudiantes, los peatones u otras Personas ajenas a las Obras, como resultado de la imprevisión, imprudencia y/o negligencia para gestionar y controlar las medidas de seguridad y precaución necesarias para prevenir y evitar tales accidentes. Por consiguiente, todas las acciones de reparación e indemnización que se llegaren a causar, serán de la exclusiva responsabilidad y costo del Contratista. 37) Como complemento de lo anterior, en sitio visible y accesible del Campamento de Obra el Contratista instalará un Botiquín de Primeros Auxilios que a juicio de la Interventoría esté en concordancia con el tipo de obra a ejecutar y con el número de personas que se encuentren en ella y que cuente con todos los elementos requeridos para brindar adecuada atención de primeros auxilios y a los accidentes menores de trabajo. Además, el responsable en obra del Programa Integral de Salud Ocupacional del Contratista, deberá tener completa instrucción y medios para atender, manejar y remitir al Centro de Salud más cercano, todo tipo de emergencias motivadas por accidentes de trabajo. El Contratista deberá presentar reporte oportuno y detallado a la Interventoría de todos los accidentes que sucedan en Obra, que incluya las acciones ejecutadas, los resultados obtenidos en cada uno de los casos y las medidas adoptadas para evitar que sucedan de nuevo. 38) En lo que se refiere al manejo de los diferentes frentes de Obra, el Contratista será el responsable de mantenerlos debidamente señalizados, limpios, transitables y seguros, para lo cual, diaria o más frecuentemente si así lo ordena la Interventoría, hará mantenimiento de la Señalización, retirará y dispondrá en los sitios debidamente autorizados y en forma adecuada, las basuras, escombros, desperdicios y demás sobrantes de Obra. Al finalizar cualquier parte de los trabajos, el Contratista deberá retirar prontamente todo su equipo, construcciones provisionales y sobrantes de materiales que no se requieran para la ejecución de otras actividades de obra, dejando dichos sitios en perfectas condiciones de orden y aseo. Las rutas de tránsito de los obreros y de acarreo interno de materiales, deberán ser estables, seguras y libres de empozamientos, obstrucciones y/o cruces con elementos peligrosos, inestables y/o energizados. 39) Respecto de la Señalización de cada uno de los Frentes de Obra y del Proyecto en general, el Contratista deberá realizar el suministro, instalación y mantenimiento de las Señales Preventivas, Reglamentarias e Informativas que definan El SENA y/o la Interventoría, según tipo y especificaciones definidas en la versión vigente del Manual de Señalización Vial del Ministerio del Transporte de Colombia y del Manual de Mitigación del Impacto Urbano del Municipio xx Xxxxxxx. En caso necesario se hará el suministro e instalación de los Corredores Peatonales provisionales que definan El SENA y/o la Interventoría, los cuales deberán ser de fácil acceso, amplios y estables.
40) Cuando se programen trabajos nocturnos, el Contratista deberá contar con la previa autorización de la Interventoría y garantizar que en todo momento los trabajos se desarrollarán en forma segura y sin causar perjuicios y/o molestias a los Empleados o Estudiantes que transitan por los alrededores del sitio de Obras. Para este efecto, es indispensable contar con una adecuada señalización e iluminación del sitio de ejecución de las Obras. 41) Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993. SEXTA – OBLIGACIONES XXX XXXX: a) Pagar en el valor del contrato en la forma previamente establecida. b) Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que hacen parte vinculante al mismo, como los pliegos de condiciones, la propuesta, entre otros. C) Prestar colaboración para el óptimo desarrollo y ejecución del objeto contractual. SÉPTIMA.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA. De conformidad con los artículos 52 y 56 de la Ley 80 de 1993, EL CONTRATISTA responderá civil y penalmente por las acciones y omisiones en las que incurra en la ejecución de este contrato. OCTAVA - VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a entera satisfacción xxx XXXX la totalidad de las obras objeto del presente contrato, será el previsto como término máximo en los pliegos y el presente contrato, sin que haya lugar a prorrogas, contados a partir de la suscripción del acta de inicio (previo el cumplimiento de los requisitos de ejecución) sin exceder el 10 de diciembre de 2012, y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte xx XXXX la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario, este término se computará a partir de la fecha de perfeccionamiento del contrato, y contendrá el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
NOVENA– SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES. El gasto se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nro. 7312 del 03 de octubre de 2012.
DÉCIMA - GARANTÍAS. El contratista deberá constituir a su xxxxx y a favor xxx XXXX, una garantía de cumplimiento, en los términos señalados en el artículo 5.1.1. y siguientes del Decreto 0734 de 2012 para amparar el cumplimiento de las obligaciones legales y las surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos: 1) De cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas
el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato: cubrirá al SENA de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones legales, las nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. Equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y seis (06) meses más. 2) Estabilidad y calidad de la obra: cubrirá al SENA de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de cualquier tipo de daño o deterioro, independientemente de su causa, sufridos por la obra entregada, imputables al contratista. En cuantía del 30% del valor del contrato. Su vigencia se iniciará a partir del recibo a satisfacción de la obra por parte de la entidad y no será inferior a cinco (5) años. 3) Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. Este amparo cubrirá al SENA de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado en el territorio nacional. El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres (3) años más. 4) Responsabilidad civil extracontractual: por un valor equivalente mínimo de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes a 2012, cuya vigencia sea igual al término de ejecución del contrato. // En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 0734 de 2012. // Tal garantía deberá constituirse dentro del día (1) días hábil siguiente al registro presupuestal del contrato. // En caso de prórroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de la garantía. EL CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los tres (3) días calendario, siguientes a la firma del acta. // La aprobación de la garantía por parte de la entidad es un requisito previo para la ejecución del contrato. DÉCIMA PRIMERA– CLAUSULA PENAL, MULTAS Y DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO: A. MULTAS: En caso xx xxxx o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante la suscripción del contrato, al SENA para imponer, tasar y cobrar, previa la ejecución del debido proceso señalado en el Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011, multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor en las actas parciales y en el acta final y/o de recibo de las obras, bienes o servicios, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará mediante compensación de las sumas adeudadas al CONTRATISTA descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas por parte del CONTRATISTA dentro del mes siguiente a su tasación, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de cumplimiento, o cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, esta decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado que deberá tener un procedimiento mínimo que garantice el derecho al debido proceso del CONTRATISTA (Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011) y procede sólo mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio. B. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Se hará efectiva directamente por el SENA, pudiendo acudir para el efecto entre otros a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 del 12 de julio de 2011, la entidad así mismo podrá declarar el incumplimiento con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria. C. DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO: la entidad podrá declarar el incumplimiento del contrato en los términos de los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011. DÉCIMA SEGUNDA – LIQUIDACIÓN: El presente contrato será liquidado de mutuo acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de su terminación por cualquier causa; en el evento de que las partes no lleguen a un acuerdo, el SENA procederá a liquidarlo unilateralmente en las condiciones y términos establecidos en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11 de la ley 1150 de 2007. DECIMA TERCERA -TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL. Los
principios, normas y procedimientos de terminación, modificación e interpretación unilateral consagrados en los artículos 15,16 y 17 de la Ley 80 de 1993, se entienden incorporados en el presente contrato. DÉCIMA CUARTA - CADUCIDAD. Se adoptará esta medida de conformidad con lo previsto en el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y las demás causales previstas en las normas que rijan la materia. DÉCIMA QUINTA - CESIÓN DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato, en todo o en parte, sin previa autorización escrita por El SENA.
DÉCIMA SEXTA: INTERVENTORÍA. la interventoría la efectuará la persona natural que se contrate por parte del Centro de Comercio y Servicios para tal efecto, ya que de acuerdo a las características del contrato de obra que se pretende celebrar se requiere de un experto, profesional en ingeniería o arquitectura, que cuente con las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia para efectuar el seguimiento a la ejecución del contrato en optimas condiciones de calidad, dando cumplimiento a las obligaciones contenidas en el Manual de Supervisión e Interventoría xxx XXXX vigente. DECIMA SEPTIMA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Para la solución de controversias que surjan de este contrato que sean susceptibles de transacción y no versen sobre los actos administrativos proferidos con ocasión del contrato, las partes podrán celebrar contratos de transacción o adelantarán los trámites previstos en las normas vigentes sobre conciliación Administrativa y las demás que las modifiquen, adicionen, etc. DECIMA OCTAVA - DOCUMENTOS. Hacen parte integral del presente contrato, la oferta del proponente, el pliego de condiciones, los anexos técnicos y la disponibilidad presupuestal. DECIMA NOVENA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA, con la suscripción de éste contrato afirma bajo juramento que no se halla incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades y demás prohibiciones para contratar previstas en la Constitución Política, en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, y demás disposiciones vigentes sobre la materia y que si llegare a sobrevenir alguna, actuará conforme lo prevé el artículo 9º de la Ley 80 de 1993. VIGÉSIMA -. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN. El presente contrato
quedará perfeccionado con la suscripción del mismo por las partes intervinientes, para su legalización se requerirá el correspondiente registro presupuestal, y para su ejecución la constitución y aprobación de la Póliza con las garantías requeridas, y el cumplimiento de los demás requisitos xx Xxx, de acuerdo a la modalidad y cuantía del contrato. PARÁGRAFO 1: Los requisitos de legalización y de ejecución del contrato, una vez perfeccionado, deberán cumplirse con base en el VALOR TOTAL DEL CONTRATO. PARAGRAFO 2: El incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula anterior, impide la ejecución del contrato. VIGÉSIMA PRIMERA - DOMICILIO. Las partes contratantes señalan a la ciudad de Leticia Amazonas, como domicilio para todos los efectos relacionados con el presente contrato. VÍGESIMA SEGUNDA.- SOLIDARIDAD. No existe régimen de solidaridad entre las partes, se deja claramente establecido que compete de manera exclusiva a cada una de las partes la responsabilidad del personal que vincule para la ejecución del presente contrato y las prestaciones laborales correspondientes, si las hubiere. Tampoco crea ningún tipo de relación laboral entre el personal xxx XXXX y EL CONTRATISTA o viceversa. VIGESIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, para los efectos del plazo extintivo se deberá adicionar el tiempo de suspensión. En este caso el CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única por un término igual al de la suspensión. En el acta de suspensión se expondrán los motivos que hayan dado lugar a la misma, y se fijará la fecha en la cual se reiniciará la ejecución. DÉCIMO NOVENA.- VIGESIMA CUARTA.- PAZ Y SALVO: EL CONTRATISTA manifiesta encontrarse x xxx y salvo en el sistema de seguridad social y riesgos profesionales, aportes parafiscales y contratación de aprendices. VIGÉSIMO QUINTA.- ADICIONES Y CONTRATOS ADICIONALES: Salvo lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 16, sobre modificación unilateral, cuando haya necesidad de introducir modificaciones en el diseño, planos o especificaciones que varíen esencialmente el plan de trabajo o se pacten mayores cantidades de obra o la ejecución de obras no especificadas en el contrato pero comprendidas en su objeto, que hagan necesario modificar el plazo o el valor convenido, se suscribirá un contrato adicional cuyo valor no podrá exceder la cifra resultante de sumar la mitad de la cuantía originalmente pactada, expresada ésta en salarios mínimos legales mensuales (L. 80/93, art. 40, par., inc. 2°). Los contratos adicionales relacionados con el valor y el plazo quedarán perfeccionados una vez suscritos estos y requieren para su ejecución el registro presupuestal, cuando se trate de adiciones en valor, y la aprobación de la adición o prórroga de las garantías. Cuando se trate de contratos adicionales para modificar el valor por un número mayor de ítems de los inicialmente pactados o por la inclusión de unos nuevos, estos se establecerán de común acuerdo entre las partes, tomando como base para su análisis las condiciones generales xxx xxxxxxx al momento de pactarse el contrato adicional, ello con el fin de mantener el equilibrio económico del mismo, tanto para los costos directos como los indirectos. Será requisito indispensable para que pueda iniciarse la ejecución del contrato adicional, su perfeccionamiento, adición o prórroga de las garantías y aprobación de la misma y el cumplimiento de los demás requisitos legales o de índole tributaria que se generen. VIGESIMO SEXTA.- RECLAMACIONES: EL CONTRATISTA, no podrá apartarse de las especificaciones técnicas que hacen parte del presente contrato, sin autorización escrita xxx XXXX y concepto previo del interventor. Si el CONTRATISTA, pretermite lo aquí establecido no sólo perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma por concepto de obra adicional que resulte de la modificación de los planos y especificaciones, sino que se hará responsable de los daños que cause al SENA o a terceros, en razón de su infracción. Cualquier reclamo que EL CONTRATISTA considere pertinente formular respecto a las órdenes dadas por El SENA, deberá hacerse por escrito debidamente fundamentado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha en que se dio la orden. La presentación del reclamo no dará derecho al CONTRATISTA a suspender las obras y deberá continuar
ejecutándolas, salvo que reciba xxx XXXX una orden diferente. EL CONTRATISTA no podrá cambiar o retirar la maquinaria ofrecida para la ejecución del contrato sin el consentimiento previo y escrito del Interventor. VIGESIMO SÉPTIMA.- VINCULACIÓN DEL PERSONAL Y PRESTACIONES DE LOS TRABAJADORES: EL CONTRATISTA
es el único responsable por la vinculación de personal la cual realiza en su propio nombre, por su cuenta y riesgo, sin que El SENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto corresponde a EL CONTRATISTA el pago de los salarios, cesantías, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar. VIGESIMO OCTAVA.- CUIDADO DE LAS OBRAS: Desde la suscripción del acta de iniciación de las obra hasta la entrega final de las misma el CONTRATISTA asumirá a entera responsabilidad su cuidado. En caso de que se produzca daño o pérdida o desperfecto de las obras o de alguna parte de ellas el CONTRATISTA deberá repararlas y reponerlas a su xxxxx, de manera que a su entrega definitiva al SENA, las obras estén en perfectas condiciones y estado, de conformidad con establecido en el contrato y con las instrucciones del interventor. VIGESIMO NOVENA.- SUBCONTRATOS: EL CONTRATISTA sólo podrá subcontratar todo aquello que no implique la ejecución de todo el objeto del contrato, con autorización previa y escrita xxx XXXX. En el texto de los subcontratos autorizados se dejará constancia de que se entienden celebrados bajo la exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. El SENA podrá ordenar la terminación del subcontrato en cualquier tiempo, sin que el CONTRATISTA ni el Subcontratista tengan derecho a reclamar indemnización de perjuicios o a instaurar acciones contra El SENA por esta causa. TRIGESIMA.- DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS: Las partes asumirán los riesgos previsibles de acuerdo a la distribución efectuada en el Pliego de condiciones. La entidad contratante no responderá por los riesgos imprevisibles; estos serán objeto de revisión del contrato de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 868 del Código del Comercio. TRIGESIMO PRIMERA.- INDEMNIDAD: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 5.1.6 del Decreto 0734 de 2012, será obligación del contratista mantener a la entidad libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
Para constancia se firma en Xxxxxxx, a los
Por EL SENA Por EL CONTRATISTA
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Autorización:
Registro presupuestal: