BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Para que el asegurado obtenga los servicios de asistencia que se detallan en éste apartado, será indispensable que La Compañía haya determinado la procedencia del siniestro.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. IV. Si a consecuencia de un accidente el Asegurado es enjuiciado, HDI Seguros, a través de sus abogados especialistas, se constituirá en su defensora, aportando en el proceso todos aquellos elementos y pruebas que favorezcan la defensa del Asegurado, interponiendo los recursos necesarios de los jueces. También en este caso HDI Seguros absorberá los honorarios y gastos legales que origine el proceso penal hasta su terminación.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. 40 PRELIMINAR.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Pagar todos los gastos o costos adicionales que se generen por el uso del Auto Sustituto (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, deducibles, daños, etc.). • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación, deberán ser liquidadas por este en un plazo máximo de 15 días después de la notificación de las mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y mecánicas con las cuales fue asignado y consten en el documento de revisión del inventario previamente firmado. En caso de faltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá realizarse por el Beneficiario en los centros de valuación de HDI Seguros y/o en las instalaciones del proveedor de autos más cercano al domicilio del Asegurado.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. (A) Apoyo para Gastos Funerarios. Mediante la firma del Formato de Designación de Beneficiario, el Acreditado podrá designar hasta 2 (dos) beneficiarios preferentes, quienes estarán legitimados para solicitar al Acreditante, el Apoyo para Gastos Funerarios, en la proporción que el Acreditado haya indicado en el Formato de Designación de Beneficiario Preferente, únicamente cuando concurran los siguientes supuestos:
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. 54 MÓDULO AMANTE DE LOS AUTOS 73 MÓDULO AUTO SIEMPRE 79 Guía para la reclamación de Siniestros 86 En esta sección se definen diversos conceptos a los que se hace referencia de manera frecuente en las presentes Condiciones Generales. Cada vez que alguno de estos conceptos sea mencionado en alguna de las cláusulas de estas Condiciones Generales, deberá ser interpretado de la forma en la que a continuación se describe:
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Cuando el Beneficiario necesite orien- tación médica telefónica no considera- da como emergencia médica; es decir, cuando una Enfermedad o accidente no ponga en peligro la vida, la viabilidad de alguno de los órganos o su integri- dad corporal, el Equipo Médico de HDI Seguros le aconsejará de forma gratui- ta sobre cuáles son las medidas que se deben tomar contra los problemas menores (situaciones no consideradas como emergencia), síntomas y moles- tias. El Equipo Médico de HDI Seguros no emitirá un diagnóstico. Solamente a soli- citud expresa del Beneficiario y con car- go al mismo, HDI Seguros proporcionará los medios necesarios para la obtención de un diagnóstico, ya sea enviando a un médico al domicilio o concertando una cita en un centro hospitalario que será pagado por el Beneficiario. El servicio de orientación médica tele- fónica también incluye brindar informa- ción sobre el uso de medicamentos, así como de efectos secundarios y dosis recomendadas. Esta información será proporcionada por el Equipo Médico de HDI Seguros. El Equipo Médico de HDI Seguros pro- porcionará información general acerca de salud pública y privada, medidas sanitarias y de control de enfermeda- des. Este servicio se proporcionará las 24 (veinticuatro) horas del día, los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año a nivel nacional. No existe límite del número de llamadas.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. El Equipo Médico de HDI Seguros concertará una cita con un médico en completa facultad y sin problemas para ejercer su profesión o en un centro hos- pitalario en caso de accidente y/o Enfer- medad, previa solicitud del Beneficiario y con cargo a éste. HDI Seguros se en- cargará de coordinar la atención médica y dará seguimiento con el Beneficiario y el médico tratante o centro hospitalario, desde el momento en que se concertó la cita hasta el momento en que concluya el servicio. Este servicio se proporcionará las 24 (veinticuatro) horas del día, los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año a nivel nacional, sin límite de even- tos. Los Servicios de Asistencia médica aquí considerados se prestarán a través de la red de proveedores de servicios de HDI Seguros y en ningún momento se reembolsarán servicios reali- zados por proveedores ajenos a la red citada.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. En caso de absoluta y comprobada urgen- cia o imposibilidad del Asegurado para no- tificar y solicitar el servicio, HDI Seguros reembolsará al Asegurado las sumas que hubiere erogado, siempre y cuando haga la notificación dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes en que haya cesado dicha imposibilidad. Este Reembolso está limitado a un máxi- mo de 45 (cuarenta y cinco) xxxx xx Xxxx- rio Mínimo General Vigente para el Distrito Federal.