BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Para que el asegurado obtenga los servicios de asistencia que se detallan en éste apartado, será indispensable que La Compañía haya determinado la procedencia del siniestro.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Si a consecuencia de un accidente el Asegurado es enjuiciado, HDI Seguros, a través de sus abogados especialistas, se constituirá en su defensora, aportando en el proceso todos aquellos elementos y pruebas que favorezcan la defensa del Asegurado, interponiendo los recursos necesarios de los jueces. También en este caso HDI Seguros absorberá los honorarios y gastos legales que origine el proceso penal hasta su terminación.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Pagar todos los gastos o costos adicionales que se generen por el uso del Auto Sustituto (gasolina faltante, días adicionales a su Cobertura, deducibles, daños, etc.). • Las multas y/o recargos de tránsito que registre el Automóvil Sustituto durante el tiempo en el que el Beneficiario lo haya tenido en asignación, deberán ser liquidadas por este en un plazo máximo de 15 días después de la notificación de las mismas. • El Automóvil Sustituto deberá ser entregado en las mismas condiciones físicas y mecánicas con las cuales fue asignado y consten en el documento de revisión del inventario previamente firmado. En caso de faltantes o deterioros, el Beneficiario estará obligado a resarcir las pérdidas y los daños al proveedor. • La recepción y devolución del Automóvil Sustituto deberá realizarse por el Beneficiario en los centros de valuación de HDI Seguros y/o en las instalaciones del proveedor de autos más cercano al domicilio del Asegurado.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. 40 PRELIMINAR.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. Cuando el Asegurado no reembolse los montos de la fianza o Caución, en caso de desacato, conforme a lo estipulado en la Cláusula V anterior.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. 54 MÓDULO AMANTE DE LOS AUTOS 73 MÓDULO AUTO SIEMPRE 79 Guía para la reclamación de Siniestros 86 En esta sección se definen diversos conceptos a los que se hace referencia de manera frecuente en las presentes Condiciones Generales. Cada vez que alguno de estos conceptos sea mencionado en alguna de las cláusulas de estas Condiciones Generales, deberá ser interpretado de la forma en la que a continuación se describe:
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. (A) Apoyo para Gastos Funerarios. Mediante la firma del Formato de Designación de Beneficiario, el Acreditado podrá designar hasta 2 (dos) beneficiarios preferentes, quienes estarán legitimados para solicitar al Acreditante, el Apoyo para Gastos Funerarios, en la proporción que el Acreditado haya indicado en el Formato de Designación de Beneficiario Preferente, únicamente cuando concurran los siguientes supuestos:
I. Que el Acreditado fallezca durante la vigencia del Crédito.
II. Que el Acreditado al momento de su fallecimiento esté al corriente con sus obligaciones de pago.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. HDI Seguros se compromete a brindar al Asegurado, durante las 24 (veinticua- tro) horas de los 365 (trescientos sesenta y cinco) días del año, los servicios profe- sionales de abogados designados por ella, cuando le ocurra un accidente conducien- do un vehículo y esté en peligro de perder su libertad con motivo de los daños oca- sionados a terceros en su persona o en sus bienes.
BENEFICIOS Y SERVICIOS ADICIONALES. El Asegurado deberá notificar a HDI Seguros el accidente, en forma personal o telefónica tan pronto como tenga cono- cimiento del hecho, salvo caso fortuito o de fuerza mayor y lo deberá comunicar tan pronto desaparezca el impedimento.