Bonificación por Discapacidad. Se otorgará una bonificación del quince por ciento (15%) sobre el puntaje Total, a los postulantes que acrediten tener la condición de discapacidad, de acuerdo a la Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento. Los postulantes que tengan derecho a la bonificación xxx xxxx por ciento (10%) sobre el puntaje obtenido en la Etapa de Entrevista por ser Licenciado de las Fuerzas Armadas de conformidad con la Ley N° 29248 y su reglamento o a la bonificación por discapacidad del quince por ciento (15%) sobre el puntaje Total de acuerdo a la Ley N° 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento, deberán adjuntar a la ficha de inscripción copia simple de la documentación que acredite la aplicación de estas bonificaciones. La omisión en la presentación de las acreditaciones correspondientes en la ficha de inscripción, no dará derecho a la asignación de la referida bonificación ni podrá ser materia de subsanación alguna.
Bonificación por Discapacidad. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 21804, Ley que modifica la Ley 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, a aquellos que cumplan con los requisitos del cargo y hayan obtenido un puntaje aprobatorio, obtendrá una bonificación del 15% (quince por ciento) del puntaje final. El postulante deberá acreditar tal condición obligatoriamente con copia simple del Carnet de Discapacidad emitido por CONADIS debidamente adjuntado a su hoja de vida, que será presentado según la fecha expuesta en el cronograma del proceso.
Bonificación por Discapacidad. A los postulantes con discapacidad, que cumplan con el requisito para el puesto y que hayan obtenido un puntaje aprobatorio, se les otorgará una bonificación del quince por ciento (15%) sobre el puntaje total, de conformidad con lo establecido en el artículo 48° de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 330-2017-SERVIR/PE; siempre y cuando lo hayan indicado en el Formato N° 02: Ficha Resumen Curricular, y acreditado con copia simple del certificado de discapacidad.
Bonificación por Discapacidad. Se otorgará una bonificación del 15% sobre el Puntaje Final al/la postulante que tenga la condición de Persona con Discapacidad, siempre que haya indicado tal condición en la Ficha de Resumen Curricular y que lo haya acreditado con la copia simple del documento que lo acredite, emitido por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad- CONADIS y/o el Certificado de Discapacidad emitido por el sector Salud al que pertenece. De corresponder, al puntaje total (PT) se adiciona la Bonificación por ser personal licenciado de las Fuerzas Armadas y/o la Bonificación por discapacidad, obteniendo un Puntaje Final (PF): Licenciado de FFAA: PF = PT + 10% PT Bonificación por Discapacidad: PF = PT + 15% PT En caso de empate en los puntajes del resultado final de la evaluación de los/las postulantes, el Comité Evaluador prioriza la contratación del/la postulante que acredite la condición de persona con discapacidad, en cumplimiento del beneficio de la cuota de empleo establecida en la Ley N° 29973. En su defecto, mediante decisión motivada, seleccionada en primer orden a aquel o aquella postulante que xxxx la mayor experiencia específica, referida a la labor a realizar, en segundo orden a aquel o aquella que acredite un mayor grado de formación académica. De persistir el empate, el Comité Evaluador seleccionará al/la postulante que tenga la mayor especialización alineada a la misión y las funciones principales del puesto. El resultado final del proceso de selección se publica en forma de lista, orden de mérito. El resultado final del proceso de selección a publicarse en el Portal Institucional de la UEGPS deberá responder a las siguientes formulas y consideraciones: • La elaboración del Cuadro de Merito se realizará con los resultados aprobatorios requeridos en cada subetapa y las bonificaciones, en caso corresponde a la condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas y/o Persona con Discapacidad. • El/la postulante que haya APROBADO/A todas las subetapas de la etapa de selección y obtenido a puntuación más alta de 70.00 puntos, y siempre que haya obtenido 52.00 puntos como mínimo, será considerado como GANADOR/A de la convocatoria. • El/la postulante que haya obtenido la puntuación de 52.00 puntos como mínimo según cuadro de mérito y no resulte GANADOR/A será considerado/a como único accesitario/a en el caso que el/la GANADOR/A no suscriba contrato dentro del plazo legal establecido.
Bonificación por Discapacidad. 12.2.1 Se otorgará una bonificación por Discapacidad del quince por ciento (15%) sobre Puntaje Total, siempre que el postulante cumpla obligatoriamente con los siguientes requisitos:
Bonificación por Discapacidad. Conforme al Art. 48 y la séptima disposición complementaria final de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, que haya participado en el concurso de selección de personal, llegando hasta la evaluación de la Entrevista Personal (puntaje final) y que haya alcanzado el puntaje mínimo aprobatorio; se le otorgará una bonificación por discapacidad del quince por ciento (15%) sobre el puntaje final obtenido luego de las evaluaciones y entrevista realizada en el proceso de selección, al postulante que lo haya indicado en la ficha curricular o carta de presentación y que acredite dicha condición para ello deberá adjuntar obligatoriamente copia simple del carnet de discapacidad emitido por el CONADIS.
Bonificación por Discapacidad. Se otorga la bonificación del quince por ciento (15%) a los postulantes que hayan superado todas las etapas de evaluación siempre uy cuando el postulante haya solicitado expresamente y que acredite dicha condición, para ello deberá adjuntar obligatoriamente copia simple del Carnet de Discapacidad emitido por CONADIS, de conformidad con lo establecido en el artículo 48º de la ley Nº 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad. El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos: ⮚ Cuando no se presentan postulantes al proceso de selección ⮚ Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos de selección ⮚ Cuando habiendo cumplido los requisitos mininos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo en las Etapas de Evaluación del Proceso.
Bonificación por Discapacidad. A los/las postulantes con discapacidad que cumplan con el perfil del puesto en concurso y que hayan obtenido un puntaje aprobatorio en las etapas de evaluación; se les otorgará una bonificación del 15% en el Puntaje Total. Para la asignación de dicha bonificación el/la postulante deberá indicar en su Ficha de Inscripción dicha condición y deberá adjuntar en su curriculum vitae documentado copia simple del certificado de discapacidad otorgado por las instituciones competentes que acredite dicha condición, de conformidad al artículo 48° y a la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29973, Ley General de la Personal con Discapacidad y reglamento. De conformidad con el artículo 2° de la Ley N°27674 y el artículo 7° del D.S Nº 089-2003- PCM, se otorga una bonificación a la nota obtenida en la evaluación curricular conforme al siguiente detalle: • Xxxxx 0: Deportistas que hayan participado en Juegos Olímpicos y/o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los cinco primeros puestos, o hayan establecido récord o marcas olímpicas, mundiales o panamericanas. El porcentaje a considerar será el 20%. • Xxxxx 0: Deportistas que hayan participado en Juegos Deportivos Panamericanos y/o Campeonatos Federados Panamericanos y se ubiquen en los tres primeros lugares o que establecen récord o marcas sudamericanas El porcentaje a considerar será el 16% • Xxxxx 0: Deportistas que hayan participado en Juegos Deportivos Sudamericanos y/o Campeonatos Federados Sudamericanos o hayan obtenido medallas de oro y/o plata o que establezcan récord o marca bolivariana. El porcentaje a considerar será el 12%. • Xxxxx 0: Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos y/o Campeonatos federados Sudamericanos y/o participado en juegos deportivos Bolivarianos y obtenido medallas de oro y/o plata. El porcentaje a considerar será el 8%. • Xxxxx 0: deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos Deportistas Bolivarianos o establecido récord o marcas nacionales. El porcentaje a considerar será el 4%. Para tales efectos, el postulante deberá presentar una Certificación de Reconocimiento como Deportista Calificado de Alto Nivel expedido por el Instituto Peruano del Deporte, el mismo que deberá encontrarse vigente.
Bonificación por Discapacidad. Conforme al Art. 48° y la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29973, Ley de la Persona con Discapacidad. En los concursos públicos de méritos convocados en Entidades Públicas, independientemente del régimen laboral, la persona con discapacidad que cumpla con los requisitos para el cargo y alcance un puntaje aprobatorio obtiene una bonificación del 15% sobre el puntaje final obtenido en la etapa de evaluación, que incluye la entrevista final.
Bonificación por Discapacidad. Se otorgará una bonificación por Discapacidad del quince por ciento (15%) sobre el Puntaje Total, al postulante que lo haya indicado en su Hoja de Vida y haya adjuntado documento probatorio de tal condición. Asimismo, deberá adjuntar obligatoriamente copia simple del carnet de discapacidad emitido por el CONADIS en su Hoja de Vida documentada.