CANCELACIÓN DE LA LICITACION Cláusulas de Ejemplo

CANCELACIÓN DE LA LICITACION. El “CÓMITE” o la “CONVOCANTE” podrá cancelar parcial o totalmente la licitación: En caso fortuito, de fuerza mayor o por razones de interés general. Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la “Convocante”. Por orden escrita debidamente fundada y motivada de autoridad judicial en el ejercicio de sus funciones, por la Contraloría del Estado con motivo de denuncias o inconformidades, o por la “CONVOCANTE” de tener conocimiento de alguna irregularidad. Cuando se acrediten irregularidades que pudieran incidir en el correcto e imparcial desarrollo de alguna licitación y que con ello se ocasione un perjuicio a la convocante, o al área requirente, o si ninguna de las ofertas económicas propuestas asegura las mejores condiciones de compra para la convocante, ya sea por resultar superiores a las xxx xxxxxxx, o inferiores a tal grado que la convocante presuma que ninguno de los participantes podrá cumplir con el suministro de los bienes o servicios correspondientes. Si la oferta del participante que pudiera ser sujeto de adjudicación excede el presupuesto autorizado para la adquisición o contratación correspondiente. Cuando se detecte que las bases del concurso exceden a las especificaciones de los bienes y servicios que se pretende adquirir. Si los precios ofertados por los participantes no aseguran a la “CONVOCANTE” las mejores condiciones disponibles para su adjudicación. En caso de que el concurso sea cancelado, se notificará a todos los “PARTICIPANTES”.
CANCELACIÓN DE LA LICITACION. Se podrá cancelar la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 38, párrafo cuarto de A. Existan circunstancias justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar el servicio o que, de continuarse con el procedimiento de contratación, se pudieran ocasionar daños o perjuicios a la Convocante. B. Por caso fortuito o fuerza mayor. C. La pérdida del mecanismo de seguridad del Sistema CompraNet, por parte de la Convocante. Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la Convocante cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan en términos de lo dispuesto por el artículo 101 último párrafo del RLey.
CANCELACIÓN DE LA LICITACION. La Comisión de Adquisiciones podrá cancelar la licitación: a) En caso fortuito o fuerza mayor. b) Si se comprueba la existencia de irregularidades por parte de los participantes. c) Por orden escrita debidamente fundada y motivada de autoridad judicial en el ejercicio de sus funciones; por la Sindicatura con motivo de que se presentase algún recurso de revisión; así como por la Comisión de Adquisiciones, en los casos en que tenga conocimiento de alguna irregularidad. d) Por exceder el monto autorizado para esta licitación. e) Si los precios ofertados por los participantes son superiores a los xxx xxxxxxx. f) Por razones de interés del Municipio.
CANCELACIÓN DE LA LICITACION. FIRMA DEL CONTRATO TERMINACIÓN ANTICIPADA, RESCISION DE CONTRATO, PENAS CONVENCIONALES Y SANCIONES INCONFORMIDADES SOLUCION DE CONTROVERSIAS TRIBUNALES COMPETENTES ANEXOS ESTAS BASES CONSTAN DE 64 HOJAS INCLUYENDO 7 (SIETE) ANEXOS SIENDO RESPONSABILIDAD DEL PROPIO PARTICIPANTE VERIFICAR QUE SE ENCUENTREN COMPLETAS LAS MISMAS AL MOMENTO DE ADQUIRIRLAS PARA CONCURSAR. - SFP: -Instituto o ININ -Dirección de Administración: -Gerencia: -Centro: - Ley: - Reglamento: - CompraNET: - Licitante:
CANCELACIÓN DE LA LICITACION. 17.1 CUANDO CONCURRAN RAZONES, QUE IMPIDAN O EXTINGAN LA NECESIDAD DE ADQUIRIR LOS BIENES O CONTRATAR LOS SERVICIOS. 17.2 POR CAUSAS IMPREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR LOS INTERESES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS. 17.3 CUANDO SE ADVIERTAN IRREGULARIDADES U OMISIONES TÉCNICAS, QUE PUEDAN AFECTAR LA FUNCIONALIDAD Y CALIDAD DE LOS BIENES O SERVICIOS.

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  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 5.2 de las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • DURACION DEL CONTRATO La duración inicial de la prestación de servicios del presente CONTRATO será de DOS años contados desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de actualización del sistema de alarma al modelo Verisure, la duración inicial del CONTRATO será de UN año contado desde la fecha que consta en las Condiciones Particulares o, en su defecto, a partir de la fecha de instalación del sistema de seguridad, entendiéndose a estos efectos como fecha de finalización la del último día del mes que corresponda. No obstante lo anterior, el CONTRATO de prestación de servicios se entenderá tácitamente prorrogado por períodos anuales, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su deseo de dar por finalizado el CONTRATO con treinta días de antelación a la fecha de su vencimiento (del plazo de duración inicial o de cualquiera de las prórrogas anuales). En caso de que el sistema de seguridad a conectar y mantener haya sido instalado por SECURITAS DIRECT en Memoria de Calidades y goce de una oferta en la cuota mensual durante un determinado número de meses a partir de la Conexión a la Central Receptora de SECURITAS DIRECT, dicha oferta sólo será válida si la conexión se produce en un plazo inferior a un año desde el momento en que SECURITAS DIRECT instaló el sistema de seguridad. En caso de que el sistema de seguridad haya sido instalado en virtud de acuerdo con PromoCaixa S.A. la duración del CONTRATO será la incluida en la oferta correspondiente. En caso de traslado/s del sistema de seguridad o cambio de titularidad solicitado por el cliente original, el plazo de duración inicial del CONTRATO se contará desde la fecha de instalación del sistema de seguridad en el domicilio/dirección inicial.