COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN Cláusulas de Ejemplo

COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. 10.6 Como contraprestación por la prestación de los Servicios de Administración conforme al Contrato de Administración, el Administrador tendrá derecho a, y el Fiduciario deberá pagar al Administrador, una comisión por administración (la “Comisión por Administración”), que comenzará a generarse a partir de la Fecha de Emisión, cuyo monto y condiciones de pago se determinan conforme a los términos establecidos en los respectivos Contratos de Administración.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La Sociedad Administradora percibirá como único beneficio por la administración y gestión del Fondo una comisión fija, la cual será descontada diariamente, calculada con base en el valor neto o del patrimonio de cada tipo de participación del día anterior y que se establece en cada uno de los tipos de participación que lo compone: Participación A Dos punto ocho por ciento (2.8%) efectivo anual descontada diariamente y calculada sobre el valor neto del tipo de Participación A del día anterior.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. Comisión fija: 5% e.a. CARACTERÍSTICAS GENERALES COMPARTIMENTO II - INTERBOLSA RENTNG-DOS OBJETIVO DE INVERSIÓN Compra de activos reales, en el mercado local o internacional, con el propósito de entregarlos en leasing operativo o bajo cualquier otra modalidad contractual, a personas naturales o jurídicas, por un periodo de tiempo de hasta de cinco (5) años a cambio del pago de un canon de arrendamiento o alquiler. ACTIVOS ACEPTABLES PARA INVERTIR c. Activos reales d. Derechos de contenido económico.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La Sociedad Administradora percibirá como único beneficio, una comisión previa y fija de 1.5% efectiva anual descontada diariamente, calculada sobre el valor de cierre del Fondo del día anterior. Para este fin, se aplicará la siguiente fórmula: Valor Comisión Diaria = Valor de cierre del día anterior * {[(1+ Porcentaje de Comisión E.A.) ^ (1/365)]– 1}.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. Se devengará una comisión por administración de euros por apunte. Esta comisión no se aplicará en los supuestos de adeudos cheques, adeudos comisiones, abonos/adeudos intereses, ingresos en efectivo y reintegros en cuenta. Esta comisión será liquidable y exigible por (meses /trimestres/ semestres/anualidades) vencidos.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La sociedad administradora de fondos de inversión inmobiliaria percibirá como beneficio por su gestión de administración una comisión que no podrá ser modificada unilateralmente por dicha sociedad. La comisión estará a cargo del fondo, y se causará y liquidará con la periodicidad y condiciones convenidas en los contratos de vinculación al fondo. La tarifa de la remuneración se establecerá en alguna de las siguientes modalidades:
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La Sociedad Administradora percibirá como beneficio por la gestión y administración del fondo de inversión colectiva una comisión a cargo, que variará de acuerdo a las clases de participaciones que se definieron en el numeral 4.2 del presente reglamento. El valor de la comisión que se percibirá en el FIC Valor para las clases de participaciones se liquidará y causará diariamente, éstas serán las siguientes:  Participación Tipo A: Comisión del 1.50%  Participación Tipo B: Comisión del 1.00% El FIC podrá encargar a un intermediario de valores la compra o venta de un valor, a través del contrato de comisión o de corretaje, cuando con ello se obtengan mejores condiciones económicas, sea de precio o liquidez, de las que se conseguirían si la administradora operara en el mercado comprando y vendiendo directamente, y cuando se presente cualquiera de los siguientes eventos:
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. Comisión fija: 4% e.a.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La Sociedad Administradora percibirá como único beneficio por la gestión de la Cartera Colectiva una comisión previa y fija de 1.5.% efectiva anual, descontada diariamente, susceptible de ser disminuida a criterio de la Sociedad Administradora en beneficio de todos los Inversionistas y calculada con base en el valor neto o del patrimonio de la respectiva cartera del día anterior.
COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN. La Sociedad Administradora percibirá como único beneficio, una comisión a cargo del Fondo equivalente a un porcentaje fijo efectivo anual descontada diariamente, calculada sobre el valor de cierre del Fondo del día anterior y de acuerdo con los diferentes Tipos de participación como se muestra a continuación: Plazo 90 días 180 días 360 días Descripción participación Tipo de participación Comisión Tipo de participación Comisión Tipo de participación Comisión