Comodato. Los bienes que la OIM entregue a XXXX, o que se compren con recursos de la OIM para la ejecución del presente convenio, se entregan bajo el título xx xxxxxxxx de uso o COMODATO. La OIM conservará la propiedad sobre los mismos durante el plazo de ejecución del Convenio y cuando éste finalice, los bienes deben ser restituidos a la OIM a menos que ésta disponga lo contrario. Cuando la OIM haga la entrega de bienes, las partes intervinientes en el acto deberán:
16.1. La OIM se reserva la potestad de mantener la propiedad sobre los bienes de los cuales hace entrega. Una vez finalizado el presente Convenio, las partes deberán suscribir un acta de restitución con formato y especificaciones de la OIM, cuyo objeto será el hacer la devolución formal de los bienes de la OIM. Si posteriormente la OIM decide transferir la propiedad de los bienes a XXXX, será necesario que las partes suscriban un acta de donación a favor del beneficiario.
16.2. Para los efectos correspondientes, se aclara que el XXXX es el COMODATARIO.
Comodato. Los bienes que la OIM entregue a XXXX, o que se compren con recursos de la OIM para la ejecución del presente convenio, se entregan bajo el título xx xxxxxxxx de uso o COMODATO. La OIM conservará la propiedad sobre los mismos durante el plazo de ejecución del Convenio y cuando éste finalice, los bienes deben ser restituidos a la OIM a menos que ésta disponga lo contrario. Cuando la OIM haga la entrega de bienes, las partes intervinientes en el acto deberán:
16.1 Suscribir, de conformidad con las instrucciones, el Acta de entrega en comodato Anexo No 2 siguiendo el formato de la OIM, la cual forma parte integral del presente Convenio.
16.2 La OIM se reserva la potestad de mantener la propiedad sobre los bienes de los cuales hace entrega. Una vez finalizado el presente Convenio, las partes deberán suscribir un acta de restitución con formato y especificaciones de la OIM, cuyo objeto será el hacer la devolución formal de los bienes de la OIM. Si posteriormente la OIM decide transferir la propiedad de los bienes a XXXX, será necesario que las partes suscriban un acta de donación a favor del beneficiario.
16.3 Durante la vigencia del presente Convenio, los bienes entregados deberán permanecer en la sede de XXXX designada previamente para estos efectos; la ubicación durante la ejecución del convenio quedará consagrada en el acta de entrega. XXXX no podrá cambiar el sitio de ubicación de los bienes entregados en comodato sin previa autorización por escrito de la OIM. Quedarán exceptuados de la anterior prohibición, los bienes seleccionados, que se relacionen en el acta de entrega que por su naturaleza serán utilizados dependiendo de las necesidades del mismo y estarán bajo el uso y cuidado de XXXX.
16.4 La OIM se reserva la facultad de asegurar contra robo o daño, los bienes que entregue en calidad xx xxxxxxxx. Cuando se haga entrega de bienes que estén o no asegurados, si él o los bienes presentaren algún tipo xx xxxxx en el funcionamiento normal, XXXX deberá dar aviso de inmediato a la OIM para que tome las medidas del caso para una pronta solución, quedando así mismo prohibido a XXXX realizar directamente cualquier reparación, o revisión de los bienes objeto del presente Convenio. En caso de pérdida, hurto o daño de cualquiera de los bienes entregados en desarrollo del presente Convenio, XXXX deberá presentar a la OIM la respectiva acta de denuncia original para que la OIM realice los trámites pertinentes ante la aseguradora; XXXX se compromete a cancelar a la...
Comodato. 38 39 ARTÍCULO 240. —Definición.
Comodato. En caso de tener contratado el dispositivo satelital bajo la modalidad de Comodato, se estará a lo dispuesto en el contrato de Comodato respectivo, firmado de conformidad por el Comodante y el Comodatario.
Comodato. Para el correcto cumplimiento del objeto del presente contrato, el Prestador al entregar la señal de internet, utiliza los equipos técnicos necesarios para recibir señal y transmitir internet inalámbrico en forma interna en domicilio del cliente, equipos sobre los cuales tiene dominio, y se encuentran identificados con nombre, modelo y series, cumpliendo todas las exigencias legales para su funcionamiento. Estos equipos serán colocados a disposición del cliente en su domicilio, para recibir y transmitir la señal de internet. El cliente reconoce que los equipos N°, N°, que se instalan en domicilio cliente y que forma parte integrante de este contrato, son de propiedad de TENGO (El Prestador), y deberá restituirlos en caso de que el prestador así lo solicite o una vez terminada la prestación del servicio contratado. El cliente es responsable del cuidado y conservación de los equipos, siendo de su cargo la pérdida o deterioro de los mismos, sin perjuicio del desgaste producido por su uso natural o común. Para los efectos que corresponda los equipos se valorizan en setenta y dos mil pesos (72.000.-) cada uno.
Comodato. En caso de entregarse con el presente algún equipo en comodato, el solicitante se compromete a su conservación, a su utilización exclusiva para los fines del servicio solicitado, y a su restitución al cesar en el servicio o cuando así lo requiera la prestadora; rigiendo al respecto las disposiciones del Código Civil.
Comodato. El comodato o préstamo de uso es un contrato en que la una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa. (Código Civil Colombiano, Artículo 2200)
Comodato. 1. En caso que Xxxxxxx instale por si o terceros debidamente autorizados, en el domicilio del Suscriptor un modem o cualquier equipo similar, dependiendo de la tecnología aplicable al servicio contratado, éstos equipos se entregarán en calidad de comodato por el período durante el cual se preste el Servicio. El Suscriptor se obliga a suscribir los instrumentos que reflejen fielmente el comodato de los equipos Instalados y se compromete a utilizar los mismos exclusivamente para el Servicio.
Comodato. En términos de lo establecido en los artículos 2497 al 2515 del Código Civil para la Ciudad de México y sus correlativos de los demás estados de la República Mexicana, ITURAN concede a favor del CLIE BNTE el uso y goce temporal a título gratuito del EQUIPO instalado en su Vehículo con la única finalidad de que sean empleados para la debida prestación de los SERVICIOS ITURAN contratados y bajo su entera responsabilidad, por lo que el CLIENTE está obligado a poner toda diligenc ia en la conservación y cuidado del EQUIPO, y es responsable de todo deterioro que sufra por su culpa; para ello, deberá tomar las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar el EQUIPO en todo momento durante la vigencia del contrato. Las Partes acuerdan en que el EQUIPO será instalado en el VEHÍCULO en calidad de COMODATO con la única finalidad de suministrar los SERVICIOS ITURAN contratados por el CLIENTE, por lo que, expresamente se reconoce que el dispositivo es y será propiedad de ITURAN, siendo derecho de éste último exigir al CLIENTE la devolución del EQUIPO en perfecto estado físico y de funcionamiento, a la conclusión de la relación entre las Partes, salvo por el uso y desgaste natural del mismo y sujetándose a los costos aplicables en caso de daño, pérdida o deterioro. El CLIENTE por su parte se obliga a no darle al EQUIPO un uso o fin distinto o contrario al expresamente estipulado, siendo su obligación no incurrir en actos ilegales, fraudulentos, abusivos, y en general para ninguno que ocasione o pudiese ocasionar daños para el patrimonio, reputación, empleados o instalaciones de ITURAN o para terceras partes. En adición a lo anterior, ITURAN se reserva el derecho de exigir el pago de los daños y perjuicios que en su caso pudieran generarse por la contravención de lo aquí establecido, así como a ejercitar todas aquellas acciones legales que la asistan.
Comodato. El 14 xx xxxxx de 2016 el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito otorga a favor del Consejo Ecuatoriano de Edificación Sustentable el comodato del inmueble que deberá ser destinado a la construcción de la primera fase del proyecto Centro de Convenciones Metropolitano de Quito. El plazo del referido comodato se estipula vigente hasta la construcción del edificio del Centro de Convenciones, o por un plazo máximo de dos años, lo que ocurra primero.