Common use of Competencias Clause in Contracts

Competencias. Además de la que de forma concreta les asigna el artículo 64.1 del Estatuto de los Trabajadores, referidas al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de las que a continuación se relacionan: a) Con carácter mensual y en cada uno de los centros de trabajo, el Comité y la Dirección del mismo celebrarán una reunión en la que ésta informará a nivel de Dependencia sobre el programa de producción y evolución probable del empleo, estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, así como de todo aquello de lo que deba tener conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística de aplicación de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido en su realización. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso de las mismas, se dará traslado de éstas a la Dirección de la Empresa y a los Sindicatos representados en la Comisión Sindical, al objeto de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de los Comités de Seguridad y Salud. c) Designar a los miembros que, en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte de la Comisión Local de Formación, dentro de su ámbito de competencia. cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx d) Designar, de entre sus miembros, a las personas que, en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte de las Comisiones encargadas de la concesión de los anticipos reintegrables. e) Designar, de entre sus miembros, a los componentes de la Comisión de Absentismo. f) Recibir información de todas las autorizaciones referentes a permisos retribuidos, debiendo ser consultado por la Empresa en aquellos casos en que existieran dudas razonables para la concesión del permiso. En el caso de que hubieran de ser denegados, también se dará conocimiento previo al Comité, por si éste pudiera aportar razones que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada por la Empresa, en función de los negocios, objetivos y desarrollo de la actividad, en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la Empresa.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. Además La Comisión asumirá y procurará resolver cuántas cuestiones se deriven de la aplicación, interpretación y seguimiento de lo establecido en este Convenio y de cuántos conflictos de trabajo, individuales y colectivos puedan surgir en la aplicación de este texto. Todos los trabajadores acogidos al presente Convenio, así como la Corporación, con ocasión de problemas derivados de la aplicación o interpretación del mismo podrán dirigirse a la Comisión Paritaria. La Comisión asumirá, además, todas aquellas competencias que ambas partes consideren convenientes en relación con la problemática laboral de forma concreta les asigna la Corporación. La resolución de la Comisión Paritaria tendrá los mismos efectos de aplicación que lo establecido en el artículo 64.1 Convenio. Asume la mediación en las reclamaciones individuales o de conflicto de intereses, en los supuestos de disfrute de vacaciones, días por asuntos propios y licencias, horarios, clasificación y supuestos similares. Conoce los informes semestrales de la Corporación sobre contratación, absentismo, cumplimiento horario, accidentes laborales, horas extraordinarias y demás materias relacionadas en el Art. 64 del Estatuto de los Trabajadores, referidas . Podrá elevar al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de las órgano competente para que a continuación se relacionan: a) Con carácter mensual y en cada uno de los centros de trabajo, el Comité y la Dirección del mismo celebrarán una reunión en la que ésta informará a nivel de Dependencia sobre el programa de producción y evolución probable del empleo, estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, así como de todo aquello de resuelva lo que deba tener conocimientoestime conveniente, propuesta de conformidad con lo dispuesto en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística contratación de aplicación empleados de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido en su realización. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso de las mismas, se dará traslado de éstas a la Dirección de la Empresa y Corporación a los Sindicatos representados en que se le haya reconocido la Comisión Sindical, al objeto Invalidez Permanente Total. A los efectos de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de agilizar los Comités de Seguridad y Salud. c) Designar a los miembros que, en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte trámites existirá una subcomisión específica de la Comisión Local paritaria que se reunirá para la negociación de Formaciónlas siguientes materias: - Bases y convocatorias de selección, dentro contratación de su ámbito personal y provisión de competenciapuestos. cvePara ello se les enviará un documento-propuesta en el que se contengan los siguientes datos: BOE-A-2022-15745 Verificable categoría y Centro de destino, necesidad de la contratación, tipo de contrato y duración y modalidad de selección. Dicho documento será remitido con cuatro días de antelación a la reunión fijada, salvo urgencia motivada. Podrán delegarse en xxxxx://xxx.xxx.xx d) Designar, otras subcomisiones que se creen al efecto para la negociación de entre sus miembroslas siguientes materias: - Bases y convocatorias de promoción y de cursos de formación profesional, a las personas que, remitir en representación igual plazo. -Redistribución de las personas trabajadoras, han efectivos que suponga cambio o supresión de formar parte centro de las Comisiones encargadas trabajo. Las subcomisiones estarán compuestas por tres representantes de la concesión de los anticipos reintegrablesCorporación y tres representantes del Comité. e) Designar, de entre sus miembros, a los componentes de la Comisión de Absentismo. f) Recibir información de todas las autorizaciones referentes a permisos retribuidos, debiendo ser consultado por la Empresa en aquellos casos en que existieran dudas razonables para la concesión del permiso. En el caso de que hubieran de ser denegados, también se dará conocimiento previo al Comité, por si éste pudiera aportar razones que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada por la Empresa, en función de los negocios, objetivos y desarrollo de la actividad, en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la Empresa.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. Además de la que de forma concreta les asigna Los órganos enunciados en el artículo 64.1 del Estatuto anterior desempeñarán sus funciones de los Trabajadores, referidas al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de acuerdo con las que a continuación se relacionansiguientes competencias: a) Con carácter mensual El Consejo de Administración, previo estudio del Comité Nacional de Crédito, decidirá sobre las operaciones de crédito en cualquier cuantía solicitada por los principales y suplentes del mismo, la Junta de Vigilancia, el Gerente General o su delegado en cada uno el comité de crédito, los integrantes del Comité Nacional de crédito, los representantes legales y suplentes de las empresas del Grupo Empresarial Juriscoop, y de los centros integrantes principales y suplentes de trabajolas juntas directivas de las empresas del grupo, así como el Comité y cónyuge, compañero(a) permanente o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o único civil de los mencionados. Las anteriores personas requerirán de un número de votos favorables, que en ningún caso resulte inferior a las cuatro xxxxxxx (4/5) partes de la Dirección composición del mismo celebrarán una Consejo de Administración. En el acta de la correspondiente reunión se dejará constancia, además, de haberse verificado el cumplimiento de las normas sobre límites al otorgamiento de crédito o cupos máximos de endeudamiento o de concentración de riesgos vigentes en la fecha de aprobación de la operación. En estas operaciones no podrán convenirse condiciones diferentes a las que ésta informará generalmente utiliza la entidad para con los asociados, según el tipo de operación, salvo las que celebren para atender las necesidades de salud, educación, vivienda y transporte de acuerdo con los reglamentos que para tal efecto previamente determine el Consejo de Administración. Serán personal y administrativamente responsables los integrantes del Consejo de Administración que aprueben operaciones en condiciones contrarias a nivel las disposiciones legales y estatutarias sobre la materia. b) El Comité Nacional de Dependencia Crédito, previo análisis de la Jefatura de Crédito decidirá sobre el programa las operaciones de producción crédito en cualquier cuantía sobre las solicitudes de crédito de los integrantes de los Comités de Dirección y evolución probable del empleo, estadísticas sobre el índice Comités de absentismo y sus causas, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuenciasVigilancia, así como de todo aquello de lo que deba tener conocimientolos empleados del Grupo empresarial Juriscoop, de conformidad con lo dispuesto en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística de aplicación de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido en su realización. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso calidad de vinculados y/o asociados, con excepción de las mismas, se dará traslado que son de éstas a la Dirección competencia del Consejo de la Empresa y a los Sindicatos representados en la Comisión Sindical, al objeto de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de los Comités de Seguridad y SaludAdministración. c) Designar a los miembros quePara las demás solicitudes, en representación las facultades de aprobación serán las personas trabajadoras, han de formar parte de la Comisión Local de Formación, dentro de su ámbito de competencia. cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xxsiguientes: d) DesignarSe entenderá aprobada la solicitud por la línea de crédito inmediato siempre que se verifique, de entre sus miembrosmanera previa al desembolso, a las personas que, en representación que el monto de las personas trabajadoras, han de formar parte de las Comisiones encargadas de la concesión de crédito solicitado está cubierto al 100% por los anticipos reintegrablesaportes sociales. e) Designar, de entre sus miembros, a los componentes de la Comisión de Absentismo. f) Recibir información de todas las autorizaciones referentes a permisos retribuidos, debiendo ser consultado por la Empresa en aquellos casos en que existieran dudas razonables para la concesión del permiso. En el caso de que hubieran de ser denegados, también se dará conocimiento previo al Comité, por si éste pudiera aportar razones que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada por la Empresa, en función de los negocios, objetivos y desarrollo de la actividad, en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la Empresa.

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Samples: Reglamento De Crédito

Competencias. Además El Comité de empresa tendrá las competencias siguientes: Ser informado por la Dirección de la empresa: Trimestralmente, sobre la evolución general del sector económico al que de forma concreta les asigna el artículo 64.1 pertenece la empresa, sobre la evolución del Estatuto de los Trabajadores, referidas al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de las que a continuación se relacionan: a) Con carácter mensual y en cada uno de los centros de trabajo, el Comité negocio y la Dirección del mismo celebrarán una reunión en situación de la que ésta informará a nivel de Dependencia sobre el programa de producción y evolución probable del empleoempleo en la empresa. Anualmente, estadísticas sobre conocer el índice Balance, la cuenta de absentismo resultados, la Memoria y sus causas, accidentes cuantos documentos se dan a conocer a socios. En función de la materia que se trata: Sobre la implantación o revisión de organización del trabajo y enfermedades profesionales cualquiera de sus posibles consecuencias, estudios de tiempos, establecimientos de sistemas xx xxxxxx o incentivos y sus consecuenciasvaloración de puestos de trabajo. Sobre la fusión, absorción o modificación del status jurídico de la empresa, cuando ello suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo. El empresario facilitará al Comité de empresa el modelo o modelos de contrato que habitualmente utilice, estando legitimado el Comité para efectuar las reclamaciones oportunas ante la empresa, y, en su caso, la autoridad laboral competente. Sobre sanciones impuestas por faltas y en especial en supuestos de despidos. Ejercer una labor en vigilancia sobre las siguientes materias: Cumplimiento de las normas vigentes en materia labora y Seguridad Social, así como el respeto de todo aquello los pactos, condiciones o usos de lo que deba tener conocimientola empresa en vigor, formulando, en su caso, las sanciones legales oportunas ante la empresa y los órganos competentes. La calidad de conformidad con lo dispuesto la docencia y de la efectividad de la misma en los centros de formación y capacitación de la empresa. Participar, como reglamentariamente se determine, en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística gestión de aplicación de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta obras sociales establecidas en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido empresa, en su realizacióntrabajadores o sus familiares. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso de las mismas, se dará traslado de éstas a Colaborar con la Dirección de la Empresa empresa para conseguir el cumplimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento y a los Sindicatos representados en el incremento de la Comisión Sindical, al objeto productividad de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de los Comités de Seguridad y Salud. c) Designar a los miembros que, en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte de la Comisión Local de Formación, dentro de su ámbito de competencia. cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx d) Designar, de entre sus miembros, a las personas que, en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte de las Comisiones encargadas de la concesión de los anticipos reintegrables. e) Designar, de entre sus miembros, a los componentes de la Comisión de Absentismo. f) Recibir información de todas las autorizaciones referentes a permisos retribuidos, debiendo ser consultado por la Empresa en aquellos casos en que existieran dudas razonables para la concesión del permiso. En el caso de que hubieran de ser denegados, también se dará conocimiento previo al Comité, por si éste pudiera aportar razones que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada por la Empresa, en función de los negocios, objetivos y desarrollo de la actividad, en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con lo pactado en el sistema presente Convenio. Se reconoce al Comité de clasificación empresa capacidad procesal, como órgano colegiado, para ejercer acciones administrativas o judiciales en todo lo relativo al ámbito de su competencia. Los miembros del Comité de empresa y éste en su conjunto observará sigilo profesional en todo lo referente a los apartados a) y b) del punto A) de este artículo, aun después de dejar de pertenecer al Comité de empresa y, en especial, en todas aquellas materias sobre las que la Dirección señale expresamente el carácter reservado. El Comité velará, no sólo porque en los procesos de selección de personal se cumpla la normativa vigente en o pactada, sino también por los principios de no discriminación, igualdad de sexo y fomento de la Empresapolítica racional de empleo.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. Además de la que de forma concreta les asigna Las competencias del Comité Intercentros serán las señaladas en el artículo 64.1 64 del Estatuto de los Trabajadores, referidas al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de Trabajadores y las que a continuación se relacionan: a) Con carácter mensual establecen en este convenio. Asumir los derechos y en cada uno obligaciones que el convenio colectivo de los centros de trabajo, el Comité la Corporación RTVE y la Dirección del mismo celebrarán una reunión en la que ésta informará a nivel de Dependencia sobre el programa de producción y evolución probable del empleo, estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuencias, así como de todo aquello de lo que deba tener conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística de aplicación de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido en su realización. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso de las mismas, se dará traslado de éstas legislación laboral concede a la Dirección de la Empresa y a los Sindicatos representados en la Comisión Sindical, al objeto de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de los Comités de Seguridad y Salud. c) Designar a los miembros que, en representación de las personas trabajadoras, han “personas representantes del personal” o términos análogos sin menoscabo de formar parte las atribuciones y competencias de los sindicatos. Asimismo, este órgano (CI) estará legitimado para recibir toda la Comisión Local de Formación, dentro de su ámbito de competencia. cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx d) Designar, de entre sus miembros, información que la empresa esté obligada a las personas que, en entregar a la representación legal de las personas trabajadoras. Conocer la estructura orgánica y sus variaciones antes de su puesta en práctica por la Dirección. Conocer trimestralmente, han al menos, el plan de formar parte actividades y la evolución económica de la Corporación RTVE, así como los informes estadísticos, balances del ejercicio e informes de datos y niveles de audiencia de la programación. Poder establecer con la Dirección pactos o acuerdos que afecten al conjunto de las Comisiones encargadas personas trabajadoras de la concesión Corporación RTVE. Crear en su seno comisiones de trabajo para temas concretos. Convocar huelga y ejercitar cuantas actuaciones administrativas o judiciales sean necesarias para la defensa de los anticipos reintegrables. e) Designarintereses de las personastrabajadoras en su ámbito correspondiente. Comunicar la composición de la representación del personal en la Comisión negociadora del convenio colectivo y en el CGSSL, así como en los órganos de entre sus miembrosrepresentación y participación de ámbito estatal para la Corporación RTVE, a los componentes con base en la respectiva representatividad de cada sección sindical en el CI Intervenir como integrantes por la parte social de la Comisión de Absentismo. f) Recibir información de todas paritaria, ejerciendo las autorizaciones referentes a permisos retribuidosfunciones que se señalan para la misma en este convenio. Convocar, debiendo ser consultado presidir y coordinar cuantas asambleas que, por la Empresa trascendenciade los temas, se considere oportuno. Actuar en aquellos casos cualquier otro asunto que afecte a las personas de la Corporación RTVE. Composición El Comité Intercentros de la Corporación RTVE estará integrado por doce personas y, en que existieran dudas razonables para su composición, se respetará la concesión del permisoproporcionalidad de los sindicatos en la Corporación RTVE, conforme a los resultados electorales obtenidos en sus respectivos ámbitos. En la designación de las personas integrantes de este comité se respetará lo establecido en la legislación vigente y cada uno de sus integrantes dispondrá de un crédito mensual de cuarenta horas retribuidas, que absorberá el caso que le corresponda como representante electa en su respectivo centro de trabajo. Reuniones El Comité Intercentros de la Corporación RTVE se reunirá cada trimestre para tratar asuntos relativos a sus competencias. Durante cada una de las reuniones del Comité, la Dirección informará al mismo de aquellos temas que hubieran afecten y deban ser conocidos por los trabajadores. El Comité Intercentros de ser denegadosla Corporación RTVE se reunirá, también con carácter ordinario, hasta un máximo de doce veces al año. Con carácter extraordinario podrá reunirse hasta un máximo de doce ocasiones anuales adicionales, siempre que concurran circunstancias que justifiquen la necesidad de la reunión, mediante solicitud de al menos siete de sus componentes, que deberán fijar los asuntos a tratar. Las reuniones que se dará conocimiento previo prevén en el presente convenio entre la Dirección y el Comité Intercentros, se celebrarán durante las reuniones convocadas por el CI, con carácter ordinario o extraordinario. Asimismo, la Dirección de la Corporación RTVE podrá convocar a reunión al Comité, por si éste pudiera aportar razones comunicando previamente el orden del día a tratar, con carácter general, con un mínimo de 48 horas. De no estar previamente convocado el Comité Intercentros, dicha convocatoria no será considerada dentro del cómputo de reuniones previsto en los párrafos anteriores. Las reuniones del comité serán notificadas a la Dirección, con carácter general, con un mínimo de 48 horas, salvo casos de negociación colectiva o conflicto, en los que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada podrá reducirse el plazo al estrictamente necesario. Las horas empleadas en reuniones convocadas expresamente por la EmpresaDirección, en función no serán por cuenta del crédito de horas mensuales retribuidas de cada uno de los negocios, objetivos y desarrollo representantes de la actividad, en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la Empresalos trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo

Competencias. Además de la que de forma concreta les asigna Los órganos enunciados en el artículo 64.1 del Estatuto anterior desempeñarán sus funciones de los Trabajadores, referidas al respectivo Centro de Trabajo, dispondrá de acuerdo con las que a continuación se relacionansiguientes competencias: a) Con carácter mensual El Consejo de Administración, previo estudio del Comité Nacional de Crédito, decidirá sobre las operaciones de crédito en cualquier cuantía solicitada por los principales y en cada uno suplentes del mismo, la Junta de Vigilancia, el Gerente General, los integrantes del Comité Nacional de crédito, los representantes legales y suplentes de las empresas del Grupo Empresarial Juriscoop, y de los centros integrantes principales y suplentes de trabajolas juntas directivas de las empresas del grupo, así como el Comité y cónyuge, compañero(a) permanente o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o único civil de los mencionados. Las anteriores personas requerirán de un número de votos favorables, que en ningún caso resulte inferior a las cuatro xxxxxxx (4/5) partes de la Dirección composición del mismo celebrarán una Consejo de Administración. En el acta de la correspondiente reunión se dejará constancia, además, de haberse verificado el cumplimiento de las normas sobre límites al otorgamiento de crédito o cupos máximos de endeudamiento o de concentración de riesgos vigentes en la fecha de aprobación de la operación. 19-00262 13 En estas operaciones no podrán convenirse condiciones diferentes a las que ésta informará generalmente utiliza la entidad para con los asociados, según el tipo de operación, salvo las que celebren para atender las necesidades de salud, educación, vivienda y transporte de acuerdo con los reglamentos que para tal efecto previamente determine el Consejo de Administración. Serán personal y administrativamente responsables los integrantes del Consejo de Administración que aprueben operaciones en condiciones contrarias a nivel las disposiciones legales y estatutarias sobre la materia. b) El Comité Nacional de Dependencia Crédito, previa verificación de la documentación y emisión de concepto de parte del Analista de Crédito y del coordinador administrativo y social o quien haga sus veces y el jefe de crédito, decidirá sobre el programa las operaciones de producción crédito, en los siguientes casos: −Las solicitudes de los asociados en cuantía desde ciento veinte (120) SMMLV hasta trescientos (300) SMMLV, en endeudamiento global con las empresas del Grupo Empresarial. −Las solicitudes de crédito de los integrantes de los Comités de Dirección y evolución probable del empleo, estadísticas sobre el índice Comités de absentismo y sus causas, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y sus consecuenciasVigilancia, así como de todo aquello de lo que deba tener conocimientolos empleados del Grupo empresarial Juriscoop, de conformidad con lo dispuesto en la legalidad vigente. También se informará sobre la estadística de aplicación de la bolsa de horas flexibles en el Centro de Trabajo. En dicha reunión se tratará igualmente de la programación que para horas de carácter extraordinario esté prevista para el mes siguiente, dándose cuenta en la siguiente reunión de cuantas desviaciones hubieran surgido en su realización. Si en dichas reuniones surgieran discrepancias que no pudieran ser resueltas en el transcurso calidad de vinculados y/o asociados, con excepción de las mismas, se dará traslado que son de éstas a la Dirección competencia del Consejo de la Empresa y a los Sindicatos representados en la Comisión Sindical, al objeto de su tratamiento en las reuniones que periódicamente mantienen ésta y la empresa. b) Designar las personas que han de formar parte de los Comités de Seguridad y SaludAdministración. c) Designar El Gerente General, previa verificación de la documentación y emisión de concepto de parte del Analista de Crédito y del coordinador administrativo y social o quien haga sus veces y estudio del Jefe de Crédito decidirá sobre las operaciones de crédito, en los siguientes casos: − Todas las solicitudes de los asociados en cuantía desde cuarenta (40) SMMLV hasta ciento veinte (120) salarios mínimos legales mensuales vigentes. − Cuando a juicio suyo, el Jefe de Crédito o el Analista de Crédito, violen el reglamento de crédito de manera que perturbe el adecuado servicio a los miembros que, asociados o ponga en representación de las personas trabajadoras, han de formar parte riesgo los recursos de la Comisión Local cooperativa, casos en los cuales relevará y asumirá las funciones de Formación, dentro ellos en materia de su ámbito de competencia. cve: BOE-A-2022-15745 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xxcrédito. d) DesignarEl jefe de crédito, previa verificación de entre la documentación y emisión de concepto de parte del Analista de Crédito y del coordinador administrativo y social o quien haga sus miembrosveces, a decidirá sobre las personas queoperaciones de crédito, en representación de los siguientes casos: − Todas las personas trabajadoras, han de formar parte de las Comisiones encargadas de la concesión solicitudes de los anticipos reintegrables.asociados en cuantía desde veinticuatro (24) SMMLV hasta cuarenta (40) SMMLV, por nómina. 19-00262 14 e) Designar, El Comité de entre sus miembros, a los componentes Crédito de la Comisión Seccional Bogotá, previa verificación de Absentismola documentación y emisión de concepto por parte del Analista de Crédito decidirá sobre las operaciones de crédito de esta seccional, en los siguientes casos: - Las solicitudes de los asociados en cuantía máxima hasta sesenta (60) SMMLV. - Sin perjuicio de la competencia que se atribuye al Consejo de Administración y al Comité Nacional de Crédito. f) Recibir información El Analista de todas Crédito, previa verificación de la documentación y emisión de concepto de parte del coordinador administrativo y social o quien haga sus veces, decidirá sobre las autorizaciones referentes a permisos retribuidos, debiendo ser consultado por la Empresa en aquellos casos en que existieran dudas razonables para la concesión del permiso. En el caso operaciones de que hubieran de ser denegados, también se dará conocimiento previo al Comité, por si éste pudiera aportar razones que condujesen a su posible consideración. g) Ser informada por la Empresacrédito, en función los siguientes casos: - Todas las solicitudes de los negocios, objetivos y desarrollo de la actividad, asociados en el último trimestre de cada año natural, de las necesidades de personal previstas para el ejercicio siguiente. Las necesidades de personal se desglosarán cuantía máxima hasta veinticuatro (24) salarios mínimos legales vigentes por grupos profesionales, niveles y centros de Trabajo, de acuerdo con el sistema de clasificación vigente en la Empresanómina.

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Samples: Reglamento De Crédito