CONDICIONES DEL SEGURO Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DEL SEGURO. Descripción de negociaciones suministradoras
CONDICIONES DEL SEGURO. La presente cobertura sólo tendrá validez:
CONDICIONES DEL SEGURO. RAMO AVIACIÓN TERRITORIO Y/O LIMITES GEOGRÁFICOS TODO EL MUNDO PERIODO MÍNIMO 5 MESES A PARTIR DEL 01 XX XXXXXX DE 2019. NO OBSTANTE, SATENA SE RESERVA EL DERECHO DE EXTENDER EL SEGURO HASTA COMPLETAR LA ANUALIDAD. PILOTOS y COPILOTOS LOS APROBADOS POR EL ASEGURADO USOS EL REQUERIDO POR EL ASEGURADO. INCLUYENDO SUS ACTIVIDADES COMO AEROLÍNEA COMERCIAL.
CONDICIONES DEL SEGURO. 4.1 El Tomador/Asegurado deberá tomar todas las precauciones para evitar el robo, Uso Fraudulento o Avería del Terminal. El Tomador/Xxxxxxxxx deberá comunicar a CPP cualquier cambio en sus datos personales facilitados durante la contratación de la Póliza así como el cambio de los datos del Terminal 4.2 En caso de Robo, el Tomador/Asegurado deberá:
CONDICIONES DEL SEGURO. Asegurado:
CONDICIONES DEL SEGURO. BBVA Seguros de Vida Colombia S.A., con sujeción a las condiciones del presente contrato de seguro y con base y en consideración de las declaraciones que aparecen en la solicitud de seguro, la carátula de la póliza y en los condicionados general y particular, que hacen parte de la presente póliza ha convenido con el tomador en celebrar el contrato de seguro que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
CONDICIONES DEL SEGURO. El Asegurador podrá llevar a cabo y solicitar confirmación por escrito de todos los acuerdo y contratos que haya realizado el asegurado y que todas las autorizaciones necesarias han sido obtenidas de una manera oportuna y valida para el periodo de cobertura asegurado (obtención de licencias, permisos, visados derechos de autores y patentes etc...) en caso de no disponer de ello la cobertura quedará suspendida. - En caso de cancelación del acto, debido a una causa no asegurada por la presente póliza, el Asegurador no está obligado a devolver prima alguna. - La prima del presente seguro no puede considerarse, a efectos de indemnización, como un coste fijo, por lo que no se tendrá en cuenta en el cálculo de la indemnización después de un siniestro. - El presente seguro se entenderá sometido a la justicia española y, en caso de litigio, se considerará como juez competente al del domicilio del Tomador del Seguro en el territorio del Estado español. En caso que el Tomador tenga su domicilio habitual en el extranjero deberá indicar en la póliza uno dentro de España. - En caso de producirse la cancelación, interrupción o aplazamiento del acto asegurado, el Tomador del seguro deberá enviar al Asegurador la documentación necesaria para justificar la causa de la cancelación, interrupción o aplazamiento y un parte o acta de cancelación firmado por: - El Tomador - Uno de los actuantes. -Autoridad correspondiente, si su presencia fuese legalmente obligatoria para la realización del acto. - Cuando la cancelación, interrupción o aplazamiento se produzca por un fenómeno climatológico, será condición necesaria para aceptar la reclamación, un certificado del Observatorio del Instituto Nacional de Meteorología más cercano al lugar donde iba a celebrarse el acto, con indicación expresa de la cantidad, magnitud o intensidad de los fenómenos registrados en el lugar de celebración del acto y que ocasionaron la cancelación. - La cantidad máxima a abonar en caso de siniestro, no excederá nunca de la suma indicada en la Póliza. - En caso de aplazamiento, la indemnización se limitará a los gastos ocasionados por dicho aplazamiento y como máximo el 25% del capital indicado en Póliza. A tal efecto será considerado aplazamiento aquel acto cuya realización no estaba prevista antes de la fecha del siniestro y que sea realizado dentro de los 90 días siguientes a dicha fecha, incluyendo como mínimo 2/3 de los actuantes previstos en el acto suspendido. - Del importe total de la indemnización...
CONDICIONES DEL SEGURO. El servicio de sepelio es prestado por un proveedor especializado (SFI S.A., Servicios Funerarios Integrales), y como adicional se ofrecen servicios de inhumación.
CONDICIONES DEL SEGURO. Esta cobertura se otorga las 24 hs. Dentro o fuera del país, independientemente de todo otro beneficio fijado por leyes de seguridad social o laboral. ◼ Capital Asegurado El capital asegurado se establece en una suma uniforme de $ 181.500.- fijada por el Ministerio de Economía. Los beneficiarios del Seguro deberán ser designados por el asegurado no pudiendo constituir a la empresa, como beneficiaria de este seguro. ◼ Ampliación de la suma o capital asegurado Todo empleado cubierto por este Seguro podrá solicitar, a su cargo, la ampliación de la cobertura. Para estos casos BBVA Seguros ofrece además, la posibilidad de acceder a Planes de Vida opcionales con importantes ventajas competitivas.