GRUPOS. Preferiblemente, se establecen grupos definidos, aunque se pueden combinar según las necesidades y/u ocupación de las instalaciones deportivas: • Lunes-miércoles-viernes • Lunes-miércoles • Martes-jueves • Viernes • Sábados- Domingos • Lunes-martes-miércoles-jueves-viernes • Mañanas: De 8,00 a 15,00 horas • Tardes: De 16’00 a 23’00 horas No obstante, queda abierta la posibilidad de modificación de horarios, por necesidad del servicio, a lo largo de la duración del contrato, por parte de la Concejalía de Deportes. El profesorado no podrá alternar su labor en diferentes días de los grupos establecidos, ni repartir la duración de la sesión con otro monitor/a. Si uno o varios de los licitadores presentaran oferta para los dos o varios lotes propuestos, deberá tener en consideración que existirá coincidencia de personal docente en los mismos horarios, en las distintas instalaciones. La Concejalía de Deportes de Granada podrá establecer periodos de cierre en las instalaciones por la celebración de eventos deportivos, trabajos de mantenimiento o cualquier otro motivo que lo justifique, lo que será comunicado a empresa y participantes en el momento en que se tenga conocimiento de ello. Asimismo esta Concejalía se reserva la posibilidad de equilibrar la oferta y la demanda mediante ampliación o disminución de los grupos inicialmente establecidos así como el derecho al cierre de aquellos grupos que no cubran el 50% de las plazas inicialmente previstas. • Relación exhaustiva de los diferentes grupos que se han desarrollado en la temporada 2015- 2016. (ANEXO 2) • Descripción de las Actividades (ANEXO 3) • Calendario para el curso 2016/17 de los Programas Deportivos. (ANEXO 4) • Relación del material técnico deportivo mínimo necesario para el desarrollo de las clases - por cada grupo, que será aportado inicialmente y repuesto por los adjudicatarios. (ANEXO 5)
GRUPOS. Servicios CLASES (801015) Servicios de consultoría de gestión y administración corporativa GRUPOS ( f) Servicios GRUPOS ( f) Servicios GRUPOS ( f) Servicios GRUPOS ( f) Servicios CLASES (931516) Finanzas públicas
GRUPOS. Un grupo se forma cuando más de 4 alojamientos están reservados por la misma persona física o por diferentes personas físicas pero conociéndose y viajando juntos por las mismas razones y las mismas fechas de estancia. En este caso, los clientes deben ponerse en contacto con el establecimiento de antemano.
GRUPOS. El proyecto está dirigido a 100 niños/as cubriendo el período de vacaciones escolares xx xxxxxx, (Julio y Agosto) de 2011. Los grupos se definirán tomando como criterio básico las edades de los menores. Por ello, las empresas que acudan al contrato deberán presentar las actuaciones específicas en los diferentes grupos de edad: Niños comprendidos entre 4 a 6 años, 7 a 9 años y de 10 a 12 años. La entidad a contratar conforme a los grupos fijados por edades, garantizará al menos un monitor por cada 10 niños además, se contemplarán monitores de apoyo durante el tiempo de realización de las actividades.
GRUPOS. El proyecto está dirigido a 250 niños/as. Los grupos se definirán tomando como criterio básico las edades de los menores. Por ello, las empresas que acudan al contrato deberán presentar las actuaciones específicas en los diferentes grupos de edad: La entidad a contratar conforme a los grupos fijados por edades, garantizará al menos un monitor por cada 10 niños o fracción; además, se contemplarán monitores de apoyo durante el tiempo de realización de las actividades. Monitores, que serán mayores de dieciocho años y estarán en posesión de la titulación necesaria para el ejercicio de las actividades, incluyendo uno de ellos al menos el título de socorrismo con especialidad de primeros auxilios. Deberá haber además un coordinador para cada uno de los campamentos que deberá estar en posesión del título correspondiente.
GRUPOS. La Unidad de Grupos cotizará ofreciendo las mejores condiciones posibles, de acuerdo con la disponibilidad de plazas y previsión de la demanda. Será necesario indicar en cada petición de Grupos “ACUERDO CÁMARA DE COMERCIO DE ESPAÑA”. Se entiende por grupo todo aquel que sea superior a 9 pasajeros. Contacto de la mesa de grupos: xxxxxxx@xxxxxx.xx
GRUPOS. A partir de 1 5 habitaciones se considerará como grupo.
GRUPOS. II
7.2.1. Acta de recibo total a entera satisfacción del objeto contractual, en la cual debe dejar constancia del cumplimiento de la especificación técnica que resulte aplicable, debidamente firmada por el supervisor del presente contrato y el CONTRATISTA, donde constará la conformidad y las condiciones en las que se hace la entrega de los bienes, las cantidades, la fecha en que se recibe y el valor de los mismos.
7.2.2. Certificado y planilla de pago a los Sistemas de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Profesionales) y Aportes Parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) de conformidad con la normatividad vigente (si aplica).
7.2.3. Certificación o constancia de cumplimiento de las obligaciones laborales del personal utilizado en la ejecución del objeto contractual debidamente suscrita por el revisor fiscal o contador.
7.2.4. Factura comercial que contenga lo estipulado en el artículo 617 del estatuto tributario así:
7.2.4.1. Denominación expresa como factura de venta.
GRUPOS. En caso de viajes realizados por grupos de viajeros (grupos de estudiantes escolares y/o universitarios, pasajeros de Instituciones, asistentes a congresos u otros viajes colectivos) , durante los cuales se haya requerido más de una asistencia, se deberá informar a la Central de Asistencia de INTERASSIST sobre cada una de ellas y en el caso de solicitud de reintegro por asistencia y/o gastos de medicamentos autorizados, se deberán presentar los comprobantes de cada pasajero asistido con el nombre y número de CERTIFICADO o VOUCHER escrito en las recetas médicas indicadas por el profesional actuante y en los comprobantes de las facturas de compra de las farmacias indefectiblemente, además de adjuntar a la documentación el listado completo de los integrantes del grupo que hubiera solicitado asistencia. INTERASSIST podrá denegar la solicitud de no cumplirse con estos requisitos.
GRUPOS. Los trabajadores que se encuentran en el ámbito de aplicación de este convenio serán los siguientes, clasificados según sus funciones: – Directores/Directoras: • Director/Directora a. • Director/Directora x. • Director/Directora x. – Coordinadores/Coordinadoras: • Coordinador/Coordinadora a. • Coordinador/Coordinadora b. – Personal Técnico: • Personal Técnico Creativo. • Personal Técnico. • Personal Técnico Desarrollador. – Auxiliares: • Auxiliar a. • Auxiliar b. • Personal preparador de Aisiola. Los grupos profesionales especificados solamente se mencionan y no hay necesidad de cum- plirlos todos si las necesidades de la actividad de EHI y sus empresas no lo exigen.