Common use of Condiciones Clause in Contracts

Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato De Linea De Credito, Contrato De Linea De Credito

Condiciones. Los Bonos de Caja, tendrán las siguientes características: a) El plazo de vencimiento xxx Xxxx de Caja, no podrá ser inferior al plazo contratado por EL CLIENTE, y la fecha de inicio será a partir de la emisión xxx Xxxx de Caja, b) La tasa de interés será revisada el último día de los mes xx xxxxx, junio, septiembre y diciembre cada año de vigencia, c) Los Bonos de Caja serán negociables, siempre y cuando se cuente con la autorización de EL BANCO y estar debidamente inscrito en el Registro de Títulos que al efecto lleva EL BANCO, según disponibilidad d) La redención anticipada o cancelación anticipada xxx Xxxx de fondosCaja será realizada si la naturaleza del mismo lo permite, entregará calculando la penalización de acuerdo al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE plazo restante para el financiamiento – vencimiento del mismo. La penalización será la establecida en adelante el “Gestor-los tarifarios vigentes al momento de la apertura, de ser el casola cual será aplicada sobre los intereses devengados y no será dispensada. De verificarse lo contrarioEn caso que los intereses no sean suficientes, EL BANCO podrá suspender los desembolsosaplicar la diferencia del capital, hasta contar con el referido informe favorablepara lo cual EL BANCO queda debidamente autorizado. Si En estos casos, EL CLIENTE tuviera más BANCO podrá aceptar o no la redención anticipada a efecto de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado sujetarse a los créditos vencidos, empezando límites establecidos de liquidez emitidos por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcentes supervisores.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato Único Para La Prestación De Productos Y Servicios Bancarios, Contrato Único Para La Prestación De Productos Y Servicios Bancarios

Condiciones. EL BANCOEn caso de PÉRDIDA DEL EQUIPAJE el ASEGURADO tendrá que presentar los siguientes documentos: Informe comprobante de la pérdida emitido por el TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO responsable (PIR-Property Irregularity Report) o su equivalente, según disponibilidad que señale el peso, en kilogramos del EQUIPAJE extraviado, o la declaración por ítem contenidos en el equipaje, para la estimación de fondoslos kilos aproximados contenidos. Ticket original del EQUIPAJE; Si el EQUIPAJE se confisca o retiene por parte de la Aduana u otra autoridad gubernamental; Si el ASEGURADO es miembro u operador de la tripulación en el medio de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO que dio origen al suceso; Si se ha omitido la notificación del robo, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo hurto o extravío a la línea COMPAÑÍA transportadora, mediante el informe correspondiente, antes de créditoabandonar el local de desembarque; Si el ASEGURADO no ha tomado las medidas necesarias para salvaguardar o recuperar el EQUIPAJE perdido. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno El reembolso de los créditos otorgadosgastos por compras de efectos personales, siempre no provisto por el TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO, a causa del retraso o extravío del equipaje del ASEGURADO, una vez que cuente con este se encuentre bajo la responsabilidad de una COMPAÑÍA de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO. Para obtener el reembolso el ASEGURADO deberá acreditar el retraso o extravío mediante la presentación del correspondiente informe favorable de EL BANCO y/pérdida (PIR- Property Irregulary Report) o su equivalente. LA COMPAÑÍA otorgará este beneficio, por evento, cuando el equipaje no haya llegado hasta 24 horas después del Gestor horario de Negocios designado por EL CLIENTE para llegada del ASEGURADO al destino indicado en su billete de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO. No se otorgará este beneficio en caso que el financiamiento – destino del ASEGURADO sea el de su residencia o domicilio. Este beneficio reconoce como límite el indicado en adelante el “Gestor-la TABLA DE BENEFICIOS, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más pagadero a razón de un crédito pendiente cuarto de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE dicho máximo por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán 24 horas adicionales que el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante equipaje del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcASEGURADO se atrase.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: www.svs.cl

Condiciones. EL BANCOLos servicios gratuitos estarán sujetos a las condiciones indicadas en la presente página web para su uso. El pago debe ser siempre previo a la prestación del servicio, según disponibilidad por lo que CDmon no proporcionará el servicio solicitado hasta el momento en que haya recibido el pago del mismo. Las solicitudes de fondosservicios realizadas por medio de transferencias que no sean abonadas en un plazo de 30 días serán anuladas. CDmon se reserva el derecho de cancelar temporal o definitivamente los servicios prestados, entregará ante cualquier incidencia en materia de cobro de los mismos, independientemente de la modalidad de pago aplicada (anual, mensual, trimestral o semestral), hasta la resolución del impago, independientemente de que no sea imputable al CLIENTE. CDmon, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas diez (10) días naturales antes de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno cancelación de los créditos otorgadosservicios prestados, siempre comunicará esta circunstancia al CLIENTE a efectos de que cuente con informe favorable tome las medidas necesarias ante la cancelación del servicio (copias de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niñoseguridad, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago . CDmon queda exonerada por cualquier consecuencia derivada de la cancelación de los préstamos o servicios consecuencia del impago de los mismos. En los casos de desactivación de un servicio por impago, serán eliminados todos los datos asociados al mismo. Si el CLIENTE vuelve a contratar dicho servicio se deberán dar de alta de nuevo la actividad productiva totalidad de los datos. La recuperación de alguno de los datos anteriores, en el caso que ésta sea posible, se deberá solicitar al departamento técnico de CDmon, previo pago del precio de este servicio que es de 30 euros. En los supuestos de devolución de recibos bancarios por causas no imputables a ser financiadaCDmon, implicará el pago por parte del CLIENTE de un recargo de 5 euros + IVA en concepto de los gastos bancarios ocasionados por la devolución y los costes de administración y gestión. El pago de este recargo será condición indispensable para la reanudación de los servicios en los supuestos de cancelación temporal de los mismos. En todo caso, el cliente quien figura como tal en la ficha de alta en la web xxx.xxxxx.xxx es el responsable del pago de las facturas aun cuando un tercero intervenga en nombre del cliente, por lo que la responsabilidad de facilitar los datos de autentificación a un tercero es única y exclusiva del cliente. CDmon emitirá la factura correspondiente con el detalle de todos los conceptos que conforman dicha factura. El CLIENTE recibirá las facturas emitidas por CDmon de manera telemática por medio de su Panel de Control, al cual tendrá acceso a través de su Login y contraseña.

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Samples: www.cdmon.com

Condiciones. EL BANCOEl monto mencionado en la solicitud de retiro no podrá superar el valor de adquisición del inmue- ble establecido en la escritura. • La adquisición de vivienda se debe haber realizado después del 1 de enero de 2007. TEN EN CUENTA • Radique en nuestras oficinas la copia autenticada de la escritura pública de adquisición del inmueble a título de leasing y la solicitud de retiro. • Como mínimo uno de los compradores debe estar vinculado al Fondo de Pensiones Voluntarias. • En la cláusula de la escritura pública de adquisición del inmueble a título de leasing referente al precio y forma de pago, según disponibilidad estipule claramente la siguiente información: - El valor de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero la compraventa que éste le solicite, se pagará con cargo a la línea los aportes del Fondo de créditoPensiones Voluntarias. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos - El número de vinculación al Fondo. • Tenemos modelos de cláusulas a su disposición, puede solicitarlas a su Financial Planner. • En el caso que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera presente más de un crédito pendiente comprador, en la cláusula de la escritura pública de adquisición del inmueble a título de leasing referente al precio y forma de pago, AGROBANCO imputará especifique cuánto paga cada comprador y dicho pago debe coincidir con el pago efectuado porcentaje que tendrá en el inmueble cada comprador. El porcentaje debe estar especificado en la escritura. • Antes de realizar la escritura pública de adquisición del inmueble a título de leasing, lo invita- mos a comunicarse con su Financial Planner quien le realizará algunas preguntas con el propósito de orientarlo con los créditos vencidoselementos que se deben tener en cuenta para el contenido de tal escritura, empezando por especialmente, los más antiguosporcentajes de dominio y la cláusula de pago. • En la escritura pública de adquisición del inmueble a título de leasing cuando se ejerce la opción de compra se puede incluir la cesión de posición contractual de un locatario al cliente de Skandia Pensiones y Xxxxxxxxx S.A., determinándose pero esto aplica únicamente cuando la antigüedad por cesión de la fecha posición contractual se hace para que el cliente de desembolsoSkandia Pensiones y Xxxxxxxxx S.A. adquiera el inmueble pagando la opción de compra. Si ninguno • El giro de los créditos estuviere vencido, recursos realizado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A. se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo hará directa-mente a la líneaentidad con la que usted ha suscrito el contrato de leasing habitacional, tendrán el carácter de preliminaren cheque con cruce restrictivo, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcpagadero únicamente al primer beneficiario.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: www.oldmutual.com.co

Condiciones. EL BANCOLos servicios gratuitos estarán sujetos a las condiciones indicadas en la presente página web para su uso. El pago debe ser siempre previo a la prestación del servicio, según disponibilidad por lo que cdmon no proporcionará el servicio solicitado hasta el momento en que haya recibido el pago del mismo. Las solicitudes de fondosservicios realizadas por medio de transferencias que no sean abonadas en un plazo de 30 días serán anuladas. cdmon se reserva el derecho de cancelar temporal o definitivamente los servicios prestados, entregará ante cualquier incidencia en materia de cobro de los mismos, independientemente de la modalidad de pago aplicada (anual, mensual, trimestral o semestral), hasta la resolución del impago, independientemente de que no sea imputable al CLIENTE. Cdmon, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas diez (10) días naturales antes de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno cancelación de los créditos otorgadosservicios prestados, siempre comunicará esta circunstancia al CLIENTE a efectos de que cuente con informe favorable tome las medidas necesarias ante la cancelación del servicio (copias de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niñoseguridad, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago . cdmon queda exonerada por cualquier consecuencia derivada de la cancelación de los préstamos o servicios consecuencia del impago de los mismos. En los casos de desactivación de un servicio por impago, serán eliminados todos los datos asociados al mismo. Si el CLIENTE vuelve a contratar dicho servicio se deberán dar de alta de nuevo la actividad productiva totalidad de los datos. La recuperación de alguno de los datos anteriores, en el caso que ésta sea posible, se deberá solicitar al departamento técnico de cdmon, previo pago del precio de este servicio que es de 30 euros + IVA. En los supuestos de devolución de recibos bancarios por causas no imputables a ser financiadacdmon, implicará el pago por parte del CLIENTE de un recargo de 5 euros + IVA en concepto de los gastos bancarios ocasionados por la devolución y los costes de administración y gestión. El pago de este recargo será condición indispensable para la reanudación de los servicios en los supuestos de cancelación temporal de los mismos. En todo caso, el cliente quien figura como tal en la ficha de alta en la web xxx.xxxxx.xxx es el responsable del pago de las facturas aun cuando un tercero intervenga en nombre del cliente, por lo que la responsabilidad de facilitar los datos de autentificación a un tercero es única y exclusiva del cliente. cdmon emitirá la factura correspondiente con el detalle de todos los conceptos que conforman dicha factura. El CLIENTE recibirá las facturas emitidas por cdmon de manera telemática por medio de su Panel de Control, al cual tendrá acceso a través de su Login y contraseña.

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Samples: www.cdmon.com

Condiciones. EL BANCOEl horario durante el cual se aplicará el mantenimiento preventivo conforme al calendario de servicios descrito en párrafos anteriores, según disponibilidad de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo será conforme a la línea solicitud por vía correo electrónico del área requirente a El Prestador de créditoServicios, el cual deberá de reportarse al área de mantenimiento y soporte a equipos auxiliares, a las extensiones 12121 o 17231, y deberá anotar su asistencia y retiro de las instalaciones, en el registro de acceso al edificio, debiendo portar uniforme e identificación con los datos del Prestador de Servicios, durante s u estancia en el mismo. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que Cuando por causas de fuerza mayor se realicen requiera modificar alguna fecha del calendario de servicios de mantenimiento preventivo, la Gerencia de Servicios Generales lo comunicará por correo electrónico al Prestador de Servicios con cargo cuando menos dos días hábiles previos a la línea fecha programada. En caso de crédito serán destinados exclusivamente que el Prestador de Servicios no cumpliera con la fecha comunicada, éste se hará acreedor a la penalización estipulada respectivo. El mantenimiento preventivo como el correctivo se realizará dentro de las instalaciones de Pronósticos para financiar la Asistencia Pública y en los casos que sean necesarios, se realizará en el taller del Prestador de Servicios. Para este caso el Prestador de Servicios notificara vía correo electróni co a la Gerencia de Servicios Generales las actividades agropecuarias partes del equipo a retirar. El personal que realice y/o el Prestador de Servicios designe para realizar los servicios de mantenimiento preventivo y correcti vo se sujetarán a las disposiciones que estén directamente vinculadas en materia de seguridad y vigilancia le sean comunicadas, y deberá desempeñarse con éstasamabilidad, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo cortesía y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno respeto a los destinatarios de los créditos otorgadosservicios objeto de este procedimiento y con las personas relacionadas directa o indirectamente con ellos. La Entidad quedará liberada de cualquier responsabilidad de carácter laboral entre el licitante adjudicado y los trabajadores que este contrate para la realización de los servicios objeto del presente procedimiento; por lo que no se considera como patrón, siempre que cuente con informe favorable ni aún sustit uto, eximiéndole de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-cualquier responsabilidad civi l, penal, fiscal, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento seguridad social o de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticadosotra índole, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva pudiera llegar a ser financiadagenerarse.

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Samples: Convenio De Proposición

Condiciones. EL BANCOPara ejercer la opción el OPTANTE deberá entregar a PROINVERSIÓN, según disponibilidad un Estudio de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o Factibilidad Bancable del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – PROYECTO (en adelante el “Gestor-ESTUDIO), elaborado a su solo costo y riesgo. Esta entrega deberá efectuarse, a más tardar, treinta (30) días antes del vencimiento del período de opción vigente. El ESTUDIO será elaborado de acuerdo a estándares internacionales, normalmente aceptados por la industria minera para acreditar la viabilidad técnica y financiera de un proyecto de las características del PROYECTO LAS BAMBAS, así como por las instituciones financieras, los inversionistas y las autoridades normativas. Asimismo, deberá incluir, de ser manera enunciativa mas no taxativa ni limitativa, los temas señalados en el casoAnexo 1. De verificarse lo contrarioEl ESTUDIO determinará la inversión total requerida para el desarrollo del PROYECTO y un cronograma con la inversión anualizada. El PROYECTO desarrollado en el ESTUDIO, EL BANCO podrá suspender deberá cumplir al menos una de las siguientes condiciones: (i) un Costo de Capital Mínimo del PROYECTO ascendente a mil millones de dólares de los desembolsosEstados Unidos de América (US$ 1,000’000,000.00) o; (ii) la construcción de una Planta con una Capacidad de Tratamiento no menor de cincuenta mil (50,000) toneladas diarias de mineral. Se entiende por Costo de Capital la suma de los fondos necesarios para poner en marcha el PROYECTO y que, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado acuerdo a los créditos vencidosprincipios de contabilidad generalmente aceptados, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha califiquen como inversiones de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago capital (el "Capital Expenditures” o Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamosCAPEX"). El Cronograma definitivoESTUDIO deberá haber sido elaborado por alguna de las empresas internacionales de ingeniería de primera categoría incluidas en el Anexo 3, debidamente firmado la que será seleccionada por las partesel OPTANTE y venir acompañado de una o más cartas de intención de financiamiento emitidas por una o más instituciones de primer nivel internacional que proveen fondos de crédito o de inversión, será parte integrante manifestando su interés en otorgar el financiamiento necesario para la ejecución del ContratoPROYECTO. El plazo para incumplimiento en la entrega del Cronograma definitivo no ESTUDIO se entenderá como renuncia tácita a la opción. Luego del aprobado el ESTUDIO, éste podrá ser superior objeto de mejoras y modificaciones, siempre y cuando no se afecte el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente cláusula. Dichas mejoras y modificaciones serán comunicadas a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcPROINVERSIÓN.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Modelo De Contrato De Opción De Transferencia

Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL del BANCO y/o del Gestor operador de Negocios crédito designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante (el “Gestor-Operador”), de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercanaconformidad. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados remplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. Para solicitar un nuevo préstamo con cargo a la línea, EL CLIENTE deberá cancelar previamente cualquier saldo deudor proveniente de préstamos otorgados contra la misma, a criterio del BANCO. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato De Linea De Credito

Condiciones. EL BANCOLA COMPAÑÍA no será responsable por ninguna multa o penalidad adicional incurrida que no hubiese sido impuesta si el ASEGURADO hubiera notificado a LA COMPAÑÍA durante las 72 horas siguientes de ocurrido el RECLAMO. Para efectos de este beneficio las ENFERMEDADES DE CARÁCTER SÚBITO deberán manifestarse o ser contraídas a partir de la fecha de contratación del Seguro en Viajes. En los casos que exista una CONDICIÓN DE PREEXISTENCIA el beneficio de Interrupción del Viaje y Regreso Anticipado será sólo en los casos en que el MÉDICO certifique un deterioro severo, según disponibilidad repentino e imprevisto, donde la continuación del viaje, coloque en peligro grave la vida del ASEGURADO, su COMPAÑERO DE VIAJE, MIEMBRO DE SU FAMILIA o MIEMBRO DE LA FAMILIA de fondossu COMPAÑERO DE VIAJE. El ASEGURADO debe entregar a LA COMPAÑÍA los originales extendidos a nombre del ASEGURADO de los recibos, entregará al CLIENTEboletas y facturas cuando corresponda, siguiendo copia de los mecanismos establecidos para tal efectocontratos de viaje, pasajes, vouchers de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación o interrupción; como asimismo, en su caso, los que acrediten el pago o el reembolso de una parte de ellos, por las sumas instituciones o entidades referidos en el número anterior. Cualquier solicitud de dinero cobertura de este beneficio debe ir acompañado de una carta explicativa con las razones de la interrupción y el resultado que éste le solicite, con cargo obtuvo junto a la línea empresa con la cual el ASEGURADO celebró el contrato de créditoviaje, en la devolución de los valores pagados o adeudados. EL CLIENTE declara El ASEGURADO deberá presentar los documentos médicos que todos acrediten la identidad del ASEGURADO, COMPAÑERO DE VIAJE o familiar de alguno de los desembolsos dos, en donde se demuestre la veracidad de la enfermedad o pagos que accidente. En caso de fallecimiento del ASEGURADO, COMPAÑERO DE VIAJE o familiar directo de alguno de los dos; se realicen con cargo a la línea deberá presentar el Certificado de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice Defunción correspondiente. Denuncia ante carabineros del robo del lugar de residencia o domicilio y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan reporte de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma bomberos en caso de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendarioincendio. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado pasaje (s) aéreo (s) en virtud la misma clase que viajaba originalmente, en otro medio de este contratoTRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO para el retorno para el (los) ACOMPAÑANTE(s) a su domicilio, dependerá cuando el traslado del no deterioro ASEGURADO hacia su país de origen sea MÉDICAMENTE NECESARIO e impida a su(s) ACOMPAÑANTE(s) continuar el viaje, todo lo cual deberá ser solicitado y autorizado previamente a través de la capacidad crediticia CENTRAL DE ASISTENCIA. Este pasaje será provisto en el caso de EL CLIENTEque no sea posible utilizar el medio de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO previsto originalmente. En el caso que se utilice el pasaje de regreso no utilizado, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes COMPAÑÍA reembolsará o pronosticados, que afecten o puedan afectar coordinara el repago pago de los préstamos gastos o penalidades en que el o los ACOMPAÑANTE (S) haya/n incurrido. El otorgamiento de un pasaje aéreo, clase económica, de ida y vuelta para que una persona adulta, designada por la actividad productiva familia del ASEGURADO, pueda acompañar al (a ser financiadalos) menor (es) de regreso al domicilio, desde que haya sido previamente solicitado a la CENTRAL DE ASISTENCIA y autorizado por LA COMPAÑÍA.

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Condiciones. EL BANCOInvariablemente el pago que se efectúe a la empresa, según disponibilidad del hito, actividad o subactividad de fondostrabajo ejecutado, entregará al CLIENTEse constatará que se haya realizado, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas contando con el visto bueno del proyectista de dinero que éste le solicitela empresa y la autorización de la Subdirección de infraestructura del Instituto de Salud del Estado de México, con cargo el visto bueno de la Dirección de administración, a través de croquis, planos o bitácora de obra. El pago de los trabajos ejecutados, se hará con base en la “Cédula de Avances y Pagos Programados”, lo cual se efectuará mensualmente verificando que cumpla con el porcentaje de avance establecido para cada hito y actividad de trabajo, caso contrario se liquidará la parte proporcional que haya alcanzado, teniendo siempre como límite el importe programado para el mes de que se trate, con independencia de la retención o sanción, a que, en su caso se haya hecho acreedor. El contratista deberá presentar y entregar a la línea Residencia de créditoObra de la Subdirección de infraestructura del Instituto de Salud del Estado de México para su autorización, recibo de pago de estimación acompañado del documento que respalde el porcentaje de avance de obra ejecutada (Estimación) para que una vez autorizada elabore la factura y se continúe con el trámite de pago. EL CLIENTE declara En caso de que todos existan razones técnicas motivadas y fundadas, la Subdirección de infraestructura del Instituto de Salud del Estado de México podrá autorizar la reprogramación de los desembolsos o pagos que trabajos de la fase de construcción, siempre y cuando éstos se realicen con cargo propongan dentro del mismo plazo contractual, y no represente incremento a éste, ni tenga por objeto eliminar retrasos imputables a la línea contratista, dicha autorización se emitirá por la Residencia de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas Obra de la Subdirección de infraestructura del Instituto de Salud del Estado de México con éstasel visto bueno de la Dirección de Administración, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno dentro de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado cinco días naturales siguientes a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolsosolicitud. Metodología. Para determinar la forma de medición de los hitos, actividades, subactividades y subsubactividades de obra ejecutada, se deberá aplicar lo siguiente: Durante la ejecución de los trabajos, a través de observación directa, de la totalidad del hito o actividad, es decir, del 100 %, se ponderará el avance real en porcentaje de los trabajos ejecutados, el que deberá ser congruente con el determinado en la “Cédula de Avance y Pagos Programados”, acompañándose con documentación de apoyo como controles de calidad, pruebas de laboratorio, fotografías, etc, croquis y planos que contengan la representación esquemática de los avances alcanzados en el periodo de que se trate. Modificaciones al Proyecto Ejecutivo. Durante la fase de construcción, la Residencia de Obra verificará que el contratista ejecute los trabajos conforme al proyecto ejecutivo autorizado, por lo tanto no se permitirá la ejecución de trabajo alguno que implique cambio ó modificación a éste, salvo los que expresamente autorice la Subdirección de infraestructura del Instituto de Salud del Estado de México con el visto bueno de la Dirección de Administración, por circunstancias que se deriven de caso fortuito o de fuerza mayor. Si ninguno al verificar la ejecución de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha trabajos la Residencia de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas Obra identifican cambios en las especificaciones de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro materiales o insumos de la capacidad crediticia construcción establecidas en la propuesta de EL CLIENTEconcurso, así como el contratista previa su ejecución deberá entregar el estudio técnico y el análisis de costo beneficio con la aprobación de la no ocurrencia Subdirección de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno infraestructura del Niño, etcInstituto de Salud del Estado de México.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Bases Para La Adjudicación De Contrato De Obra Pública a Precio Alzado Y Tiempo Determinado

Condiciones. Con LA TARJETA que por este acto recibe EL CLIENTE a su entera satisfacción, podrá hacer uso de los siguientes servicios: (i) Efectuar retiros de fondos de sus cuentas de cheques y de ahorro, siempre y cuando mantenga la suficiente disponibilidad de fondos; los cajeros Automáticos de LA RED cuenten en su interior con el efectivo suficiente para atender estos retiros y los mismos se realicen dentro del límite autorizado por EL BANCO, según disponibilidad el cual comprenderá los montos de fondosla tarjeta principal mas las tarjetas adicionales autorizadas por el cliente. (ii) Consulta de saldos con las distintas Cuentas de Cheques y Cuentas de Ahorros que tenga EL CLIENTE con el Banco. (iii) Transferencia de fondos entre Cuentas de Cheques y Cuentas de Ahorro. (iv) Acceder a cualquier otro servicio que el Banco ponga a su disposición, entregará a través de la plataforma de servicios que los cajeros automáticos tiene diseñados al CLIENTEefecto. TERCERA: Los retiros, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efectotransferencias, las sumas adquisición de dinero que éste le solicite, servicios con cargo a sus cuentas serán debitados automáticamente de la línea cuenta especificada por EL CLIENTE. En la eventualidad que el Cajero Automático realice un pago superior a la cuenta, EL CLIENTE se obliga a reembolsar de créditoinmediato al BANCO la cantidad retirada en exceso más los intereses respectivos, a la tasa de interés máxima fijada por EL BANCO. EL CLIENTE declara acepta que todos el saldo correcto de su cuenta será el que muestren los desembolsos registros del BANCO y no el que aparezca en la libreta o pagos estado de cuenta. EL CLIENTE acepta que se realicen con cargo LA TARJETA es accesoria a la línea cuenta de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias ahorro, por lo que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan si la cuenta de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.ahorro es cancelada,

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Samples: Contrato Unico Para La Prestación De Servicios Bancarios

Condiciones. EL BANCOEn caso de reembolso de gastos por demora de equipaje el Asegurado tendrá que presentar los siguientes documentos: - Copia de la tarjeta de embarque o ticket del Transporte Público Autorizado; - Comprobantes originales de gastos con compras de efectos personales; - Informe comprobante de la pérdida emitido por el Transporte Público Autorizado responsable (PIR-Property Irregularity Report), según disponibilidad que señale el peso, en kilogramos del equipaje extraviado; - Ticket original del equipaje. Para proceder a este reembolso, se exigirá en todos los casos la presentación de fondostoda la documentación que acredite la ocurrencia del evento (denuncia policial, entregará declaración de Xxxxxx, comprobante del alquiler, etc.) G3 Daño de Equipaje: La Compañía indemnizará al CLIENTEAsegurado, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas en el caso que su equipaje previamente registrado en el Transporte Público Autorizado sea dañado mientras este bajo la custodia de dinero la compañía de Transporte Público Autorizado. El pago máximo que éste le solicite, con cargo efectuará la Compañía por el total del equipaje dañado será hasta la suma asegurada contratada por persona y de acuerdo a la línea tabla de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar beneficios especificada en las actividades agropecuarias que realice Condiciones Particulares y/o en el respectivo certificado de cobertura. El monto a pagar por el daño del equipaje, será el equivalente a su valor xx xxxxxxx a la fecha en que estén directamente vinculadas con éstasacontezca el siniestro, con estricta sujeción al plan menos una deducción correspondiente, a su depreciación y su desgaste ocasionado por su uso normal y de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma acuerdo a las políticas de actividades agropecuarias valuación de cada uno la compañía de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado Transporte Público Autorizado usada por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el casoAsegurado. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará Para hacer efectivo el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencidobeneficio, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por deben presentar las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.siguientes situaciones:

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Samples: Seguro De Accidentes Personales Y Asistencia en Viajes

Condiciones. EL BANCOEl proyecto Ejecutivo, según disponibilidad producto de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo servicios realizados se presentará por el “Contratista” a la línea Residencia de créditoObra de la “Procuraduría” al termino del plazo estipulado para su realización, acompañado de la documentación que acredite la procedencia de su pago. EL CLIENTE declara que todos Dicha documentación corresponderá a lo estipulado en los desembolsos o pagos Términos de Referencia y a la integración de la estimación única que se realicen con cargo presentará en los formatos del Anexo II del presente contrato. El plazo del “Contratista” para presentar la estimación de los servicios ejecutados, a la línea Residencia de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan Obra no será mayor de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado 8 días naturales siguientes a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolsoterminación. Si ninguno A partir de la fecha de presentación de la estimación, la Residencia de Obra contará con un plazo no mayor de 5 días naturales para la revisión y la autorización correspondiente. La “Procuraduría”, contará con un plazo no mayor de 20 días naturales para el pago de la estimación contados a partir de la fecha en que haya sido autorizada la estimación por parte de la Residencia de Obra y del visto bueno del Director de Área. De conformidad con el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en los casos en que la “Procuraduría” no cumpla con el pago de la estimación, a solicitud del “Contratista” pagará gastos financieros conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación como si se tratará del supuesto de prórroga para el pago de los créditos estuviere vencidoCréditos Fiscales. Dichos cargos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo, hasta la fecha en que se imputará pongan las cantidades a disposición del “Contratista”. El “Contratista”, será el único responsable de que la factura que se presente para el pago de la estimación, cumpla con los requisitos administrativos y fiscales, por lo que el atraso en su pago por falta de alguno de éstos o por su presentación incorrecta, no será motivo para solicitar el pago de gastos financieros a que hace referencia el párrafo anterior. El pago de la estimación no se considerará como la aceptación plena de los créditos servicios, por lo que tengan la “Procuraduría” tendrá el derecho de reclamar por servicios faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que haya efectuado. Tratándose de pagos en exceso que haya recibido el “Contratista” y de conformidad con el artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, éste deberá reintegrar a la “Procuraduría” las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme al procedimiento establecido por el Código Fiscal de la Federación como si se tratará del supuesto de prórroga para el pago de Créditos Fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido pago hasta la fecha en que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo se pongan efectivamente las cantidades a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro disposición de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc“Procuraduría”.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato De Servicios Relacionados Con Obra Pública a Base De Precio

Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad El Asegurado tomará las medidas razonables para mantener los objetos asegurados en buen estado de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos trabajo y para tal efecto, las sumas de dinero asegurar que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos ningún objeto se sobrecargue habitualmente o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamosintencionalmente. El Cronograma definitivoAsegurado debe observar las instrucciones del fabricante en cuanto al manejo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTEinspección o servicio, así como las reglas de la ley, decretos y órdenes en vigor respecto a la operación o mantenimiento de las maquinas o instalaciones aseguradas. Los representantes de la Compañía tienen en cualquier momento y a horas razonables el derecho de inspeccionar o examinar los objetos asegurados bajo esta póliza, y el Asegurado debe facilitar a los representantes de la Compañía todos los detalles o informaciones que necesiten para poder inspeccionar el riesgo. La Compañía facilitará al Asegurado una copia del informe xxx xxxxxx, que sin embargo, debe considerarse como confidencial por parte del Asegurado y de la Compañía. Esta póliza perderá inmediatamente su validez si ocurriese alguno de los hechos siguientes, a menos que la Compañía se hubiese expresado, mediante su firma, de acuerdo con ellos: Cambio material del riesgo; Modificación, alteración o ampliación de objeto asegurado; Desviación de métodos de operación prescritos, que pueden aumentar el riesgo de pérdida o de daño; Cambios en el interés del Asegurado (descontinuación, o liquidación o Quiebra.) Una vez producida cualquier circunstancia que pudiera ocasionar un siniestro cubierto por la póliza, el Asegurado está obligado a: Informar de la misma inmediatamente a la Compañía, por teléfono, correo electrónico o de manera escrita, y seguidamente mediante una declaración escrita, y poner a disposición de la Compañía todos los informes y pruebas al respecto requeridos por la misma; Servirse de todos los medios a su alcance para restringir la magnitud de la pérdida o del daño; Conservar los bienes dañados y ponerlos a disposición de cualquier mandatario o inspector de la Compañía que esta designará para la inspección correspondiente. La Compañía no ocurrencia responderá en ningún caso por siniestros que no le sean declarados dentro de factores exógenoslos 14 días que siguen a su acaecimiento. La responsabilidad de la Compañía bajo esta póliza por cualquier objeto dañado, tales como desastres naturales cubierto bajo esta póliza, terminará si el objeto continuara operando sin haber sido reparado a satisfacción de la Compañía. Después de haber declarado el siniestro a la Compañía, según las disposiciones ya mencionadas, El Asegurado puede encargar que se proceda a la reparación o reposición de los daños pocos importantes. En cualquier otro caso, el Asegurado deberá esperar la llegada de un perito de la Compañía antes de proceder a cualquier reparación o cambio. No obstante, el Asegurado podrá tomar cualquier medida que sea absolutamente necesaria para la seguridad y para la continuación de las operaciones. El Asegurado no podrá abandonar en ningún caso ningún bien a la Compañía, aunque dicho bien este o no en posesión de la misma. El Asegurado se compromete a tomar, a hacer tomar o a autorizar a tomar, a cargo de la Compañía (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.antes o después de haber sido indemnizado por la misma), existentes todas las medidas que el considere necesarias o pronosticados, que afecten hayan sido dispuestas por la Compañía encaminadas a proteger los derechos de esta o puedan afectar a obtener de otras partes que no estén aseguradas por la presente póliza un resarcimiento o una indemnización a los cuales la Compañía tuviese derecho directamente o por subrogación por el repago hecho de los préstamos haber pagado una pérdida o un daño amparados por la actividad productiva a ser financiadapresente póliza.

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Samples: www.segurosreservas.com

Condiciones. EL BANCOConstatada la CONDICIÓN DE PREEXISTENCIA, según disponibilidad los beneficios de fondosgastos médicos serán sólo para el tratamiento de emergencia y estabilización del ASEGURADO y por ningún motivo para el tratamiento normal de la condición preexistente, entregará siendo estos últimos costos de responsabilidad exclusiva del ASEGURADO. LA COMPAÑÍA a su cargo, tendrá el derecho a someter al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le soliciteASEGURADO a exámenes médicos, con cargo la frecuencia razonablemente necesaria, mientras el RECLAMO correspondiente al pago de un beneficio se halle pendiente. En el caso que sea MEDICAMENTE NECESARIO y el ASEGURADO deba continuar el tratamiento en Chile como resultado de lesiones provenientes de ACCIDENTES ocurridos o enfermedades contraídas durante el VIAJE, el ASEGURADO podrá solicitar reembolso en exceso de los gastos no cubiertos por su plan de XXXXXX, FONASA o cualquier otro seguro de salud que lo cubra, a condición de que ésta sea prescrita por el MÉDICO que atendió al ASEGURADO durante el VIAJE. En aquellos casos en que el ASEGURADO no cuente con ISAPRE o FONASA, los reembolsos solicitados sólo cubrirán un hasta un máximo del 50% del monto. En el caso del solicitar reembolso de gastos médicos, el ASEGURADO deberá presentar: a) diagnóstico médico; b) Carta con breve relato de lo sucedido con los datos de las CONDICIONES PARTICULARES; c) Comprobante original de Pagos. En los casos que se constatara que el ASEGURADO realizó su VIAJE con motivo de el tratamiento de una ENFERMEDAD PREEXISTENTE, la línea COMPAÑÍA queda eximida de créditoprestar sus servicios de acuerdo a estás condiciones generales. EL CLIENTE declara que La COMPAÑÍA, se reserva el derecho de investigar la conexión del hecho actual con la ENFERMEDAD PREEXISTENTE. De no estar definido de otra forma en las Condiciones Particulares, todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a gastos de las coberturas consignadas en esta póliza bajo la línea Sección A, serán considerados como un gasto único combinable, no pudiendo jamás, en la sumatoria de crédito serán destinados exclusivamente para financiar todos ellos, exceder el monto establecido en las actividades agropecuarias que realice Condiciones Particulares bajo la cobertura A1 Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad. Servicios, suministros o tratamientos, incluyendo cualquier período de internación hospitalaria que estén directamente vinculadas no hayan sido recomendados, aprobados y certificados como MEDICAMENTE NECESARIOS por el MÉDICO. Exámenes físicos de rutina u otros exámenes donde no haya indicaciones objetivas o deterioro en la salud normal o diagnóstico de laboratorio o radiografías. Cirugía reparadora, plástica, excepto como resultado de una LESIÓN. Tratamientos rejuvenecedores, o estéticos. Xxxxxx en compras de prótesis que no sean originados como consecuencia de un accidente cubierto por esta PÓLIZA. Anormalidades congénitas y condiciones que resulten de las mismas. Gastos incurridos con éstasrelación a pie frágil, deformado o plano, callos o uñas del pie. Diagnóstico y tratamiento de acné. Tabique desviado, incluyendo resección submucosa y/o cualquier corrección quirúrgica de los mismos. Cuidados de niños sanos, incluyendo exámenes e inmunizaciones (vacunas). Anteojos, lentes de contacto, audífonos y exámenes para la prescripción o ajuste de los mismos, a menos que la LESIÓN o la ENFERMEDAD haya causado el deterioro de la visión o la audición. Trastornos mentales, nerviosos o emocionales o curas de sueño. Procedimientos electivos o adelantar tratamientos o procedimientos de larga duración. Cobertura: Los gastos correspondientes a servicios odontológicos recibidos por el ASEGURADO durante el viaje. El primer tratamiento deberá realizarse en el exterior y comenzar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la emergencia o al momento en que se presentó por primera vez el dolor agudo, súbito y repentino. Este beneficio incluye el reembolso o pago de los gastos en arreglos o substituciones de prótesis odontológicas siempre y cuando deriven de traumatismo. El hecho que se produzca una emergencia odontológica no significa que por esta sola circunstancia sea objeto de beneficio, todo lo cual será debidamente calificado de acuerdo con los antecedentes que al efecto proporcione el MEDICO TRATANTE. El tratamiento odontológico, los servicios y suministros correspondientes serán pagados hasta el límite del beneficio total y por diente, sujeto a lo establecido en la TABLA DE BENEFICIOS, y hasta los 30 días después de iniciado el primer tratamiento. El límite por diente es de acuerdo a lo estipulado en la TABLA DE BENEFICIOS. En el caso del solicitar reembolso de gastos médicos, el ASEGURADO deberá presentar: a) Diagnóstico Médico; b) Carta con breve relato de lo sucedido con los datos de las CONDICIONES PARTICULARES; c) Comprobante original de Pagos. En el caso que sea MEDICAMENTE NECESARIO y el ASEGURADO deba continuar el tratamiento en Chile como resultado de lesiones provenientes de ACCIDENTES ocurridos o enfermedades contraídas durante el VIAJE, el ASEGURADO sólo podrá solicitar reembolso en exceso de los gastos no cubiertos por su plan de ISAPRE, FONASA o cualquier otro seguro de salud que lo cubra, a condición de que ésta sea prescrita por el MÉDICO que atendió al ASEGURADO durante el VIAJE. En aquellos casos en que el ASEGURADO no cuente con ISAPRE o FONASA, los reembolsos solicitados sólo cubrirán un hasta un máximo del 50% del monto. En los casos que se constatara que el ASEGURADO realizó su VIAJE con motivo de el tratamiento de una ENFERMEDAD PREEXISTENTE, la COMPAÑÍA queda eximida de prestar sus servicios de acuerdo a estás condiciones generales. La COMPAÑÍA, se reserva el derecho de investigar la conexión del hecho actual con la ENFERMEDAD PREEXISTENTE. LA COMPAÑÍA a su cargo, tendrá el derecho a someter al ASEGURADO a exámenes médicos, con estricta sujeción la frecuencia que considere necesaria, mientras el RECLAMO correspondiente al plan pago de desembolsosun beneficio se encuentre pendiente. De no estar definido de otra forma en las Condiciones Particulares, desarrollo productivo todos los gastos de las coberturas consignadas en esta póliza bajo la Sección A, serán considerados como un gasto único combinable, no pudiendo jamás, en la sumatoria de todos ellos, exceder el monto establecido en las Condiciones Particulares bajo la cobertura A1 Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad. No son objeto de cobertura: Cualquier tratamiento rutinario y cronograma que no sea MÉDICAMENTE NECESARIO. Tratamientos rejuvenecedores, o estéticos, gastos en compras de actividades agropecuarias prótesis (se excluyen los gastos en arreglos o reemplazos de cada uno prótesis odontológicas que sean producto de traumatismo). El reembolso de los créditos otorgadosgastos en la compra de medicamentos necesarios (en virtud de la atención médica u odontológica cubierta por la asistencia), sujeto al límite en la TABLA DE BENEFICIOS, siempre que los gastos hayan ocurrido durante el VIAJE y hayan sido prescritos por un MÉDICO. En el caso de ser MEDICAMENTE NECESARIO, si el ASEGURADO no pudiera contar con acceso a medicamentos específicos por no encontrarse disponibles en los países donde el pasajero se encuentra durante el viaje, estos podrán ser enviados directamente desde Chile. Esto aplica siempre y cuando la discontinuidad del uso del medicamento ponga en riesgo la vida del ASEGURADO y estos hayan sido prescritos por un MÉDICO local. Constatada la CONDICIÓN DE PREEXISTENCIA, los beneficios de medicamentos serán sólo para el tratamiento de emergencia y estabilización del ASEGURADO y por ningún motivo para el tratamiento normal de la condición preexistente, siendo estos últimos costos de responsabilidad exclusiva del ASEGURADO. En el caso del solicitar reembolso de medicamentos, el ASEGURADO deberá presentar: a) diagnóstico médico; b) Carta con breve relato de lo sucedido con los datos de las CONDICIONES PARTICULARES; c) Comprobante original de los pagos. En el caso que sea MEDICAMENTE NECESARIO y el ASEGURADO deba continuar el tratamiento en Chile como resultado de lesiones provenientes de ACCIDENTES ocurridos o enfermedades contraídas durante el VIAJE, el ASEGURADO sólo podrá solicitar reembolso en exceso de los gastos no cubiertos por su plan de ISAPRE, FONASA o cualquier otro seguro de salud que lo cubra, a condición de que ésta sea prescrita por el MÉDICO que atendió al ASEGURADO durante el VIAJE. En aquellos casos en que el ASEGURADO no cuente con informe favorable ISAPRE o FONASA, los reembolsos solicitados sólo cubrirán un hasta un máximo del 50% del monto. En los casos que se constatara que el ASEGURADO realizó su VIAJE con motivo de EL BANCO el tratamiento de una ENFERMEDAD PREEXISTENTE, la COMPAÑÍA queda eximida de prestar sus servicios de acuerdo a estás condiciones generales. La COMPAÑÍA, se reserva el derecho de investigar la conexión del hecho actual con la ENFERMEDAD PREEXISTENTE. LA COMPAÑÍA a su cargo, tendrá el derecho a someter al ASEGURADO a exámenes médicos, con la frecuencia que considere necesaria, mientras el RECLAMO correspondiente al pago de un beneficio se encuentre pendiente. De no estar definido de otra forma en las Condiciones Particulares, todos los gastos de las coberturas consignadas en esta póliza bajo la Sección A, serán considerados como un gasto único combinable, no pudiendo jamás, en la sumatoria de todos ellos, exceder el monto establecido en las Condiciones Particulares bajo la cobertura A1 Gastos Médicos por Accidente y/o Enfermedad. El pago de los gastos hasta el máximo que figura en la TABLA DE BENEFICIOS y en caso de LESIÓN O ENFERMEDAD DE CARÁCTER SÚBITO del Gestor ASEGURADO en que resulte necesaria su Evacuación de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, Emergencia. Una Evacuación de Emergencia debe ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más a pedido de LA COMPAÑÍA o de un crédito pendiente MÉDICO que certifique que la gravedad o la naturaleza de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado la LESIÓN o enfermedad del ASEGURADO hacen necesaria tal evacuación. Los gastos protegidos por esta cláusula corresponden a los créditos vencidosde transporte y tratamiento médico, empezando por incluyendo servicios y suministros médicos en que necesariamente se incurrió con motivo de la Evacuación de Emergencia del ASEGURADO, aplicándose en los siguientes casos: Que la condición médica del ASEGURADO hace necesario el transporte inmediato desde el lugar donde éste se encuentra lesionado o enfermo hasta el HOSPITAL más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, cercano en donde se imputará podrá obtener el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales tratamiento MÉDICO apropiado; Que luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivohaber sido tratado en un HOSPITAL local, debidamente firmado por las partes, será parte integrante la condición médica del Contrato. El plazo ASEGURADO hace necesario su transporte al país donde comenzó el VIAJE para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcrecibir tratamiento médico adicional o para recuperarse.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad El derecho se concede para la emisión y explotación audiovisual en canales de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas pago de dinero que éste le soliciteresúmenes en no exclusiva, con cargo a una duración aproximada de 4 minutos por partido que hayan sido producidos por la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstasRFEF, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias una vez finalizado el último partido de cada uno de los créditos otorgadosdías de los encuentros. El derecho de emisión caduca al inicio del primer partido de la siguiente jornada. Los resúmenes serán entregados por la RFEF en un plazo máximo de dos horas desde el final de cada día de partido. Todos los resúmenes llevarán la mosca de la competición, siempre mosca que cuente tiene ser visible en la emisión, no pudiendo ser tapada por otra mosca y otro grafismo. - Los adjudicatarios tendrán derecho a la emisión de los resúmenes en régimen de no exclusiva, producidos y proporcionados por la RFEF. - Cada resumen tendrá una duración aproximada de cuatro minutos. Estarán disponibles un mínimo de 65 y un máximo de 117 resúmenes, dependiendo de los partidos producidos de acuerdo con informe favorable lo establecido en esta oferta. En el caso que se produzcan más partidos de EL BANCO y/Primera y Segunda Ronda, los resúmenes de estos partidos también estarán disponibles para su adquisición. - Los partidos de Primera y Segunda Ronda cuyos resúmenes estén disponibles para su adquisición se podrán solicitar a la RFEF en la dirección: xx@xxxx.xx a partir del cuarto día posterior al día del sorteo de cada eliminatoria. Los futuros adjudicatarios podrán enviar su intención de adquisición de uno o varios resúmenes hasta tres días naturales antes de la celebración del Gestor primer partido de Negocios designado cada ronda. - Los resúmenes serán entregados por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-la RFEF, de ser el caso. De verificarse lo contrarioo por quien esta designe, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidosadjudicatarios en un plazo máximo de dos horas desde la finalización de cada día de partido. - El derecho de emisión finalizará al inicio del primer partido de la siguiente ronda. - Los adjudicatarios podrán utilizar imágenes de los resúmenes de las rondas anteriores que hayan adquirido, empezando por para la realización de reportajes o programas dedicados a la Competición. - Los adjudicatarios no podrán sublicenciar, ceder o intercambiar el contenido de los más antiguosresúmenes, determinándose la antigüedad en su totalidad o en parte. - Los adjudicatarios no podrán modificar el contenido de los resúmenes entregados por la fecha RFEF o por quien ella designe si bien, por motivos de desembolso. Si ninguno programación podrá acortar hasta en un 20% el contenido de los créditos estuviere vencidomismos. Únicamente podrán insertar la identificación del canal. La RFEF ha analizado los precios de productos similares de las últimas temporadas habiendo consultado a empresas especializadas, se imputará el pago fijando como precios de adquisición de los resúmenes de cada partido y de cada lote o conjunto de partidos, los siguientes: RONDAS ESPECIFICACIONES Importe a los créditos que tengan fecha pagar por las Televisiones con cobertura nacional Importe a pagar por las Televisiones autonómicas, locales y por medios digitales 1ª y 2ª Ronda Con equipo de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas 1ª división (precio por partido) 600.-€+IVA 300.-€+IVA Con equipo de Pago 2ª división (el “Cronograma”precio por partido) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea400.-€+IVA 200.-€+IVA 1/16, tendrán el carácter de preliminar1/8, 1/4, 1/2, y que éstos serán reemplazados Final Precio por los documentos finales luego partido de realizados los desembolsos dieciseisavos 700.-€+IVA 350.-€+IVA Lote 33 partidos. Precio por el lote de los respectivos préstamos33 partidos (de 1/16 a Final) 15.015.-€+IVA 7.508.-€+IVA 1/8, 1/4, 1/2, y Final Precio por partido de octavos 700.-€+IVA 350-€+IVA Lote 17 partidos. El Cronograma definitivoPrecio por el lote de 17 partidos (de 1/8 a Final) 8.330.-€+IVA 4.165.-€+IVA 1/4, debidamente firmado 1/2 y Final Precio por las partes, será parte integrante del Contratopartido de cuartos 700.-€+IVA 350.-€+IVA Lote 9 partidos. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior Precio por el lote de 9 partidos (de 1/4 a 30 días calendarioFinal) 4.725.-€+IVA 2.363.-€+IVA 1/2 Y Final Precio por partido 1.000.-€+IVA 500.-€+IVA Lote 5 partidos. El otorgamiento Precio por el lote de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales 5 partidos (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcde1/2 a Final) 4.000+IVA 2.000 +IVA Estos precios se verán incrementados por el IPC cada temporada.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato De Cesión De Derechos Audiovisuales Entre La Real Federación Española De Fútbol

Condiciones. EL BANCOEn el caso de Cancelación del Viaje, según disponibilidad LA COMPAÑÍA deberá ser notificada en un plazo máximo de fondos72 horas desde la ocurrencia de la enfermedad, entregará al CLIENTEACCIDENTE, siguiendo o fallecimiento. Vencido este plazo, LA COMPAÑÍA no se responsabilizará por multas adicionales, cualquiera sea su naturaleza. Para efectos de este beneficio las ENFERMEDADES DE CARÁCTER SÚBITO deberán manifestarse o ser contraídas a partir de la fecha de contratación del Seguro en Viajes. En los mecanismos establecidos para tal efectocasos que exista una CONDICIÓN DE PREEXISTENCIA el beneficio de Cancelación de Viaje será sólo en los casos en que el MÉDICO certifique un deterioro severo, repentino e imprevisto, donde la realización del viaje, coloque en peligro grave la vida del ASEGURADO. El ASEGURADO debe entregar a LA COMPAÑÍA los originales extendidos a nombre del ASEGURADO de los recibos, boletas y facturas cuando corresponda, copia de los contratos de viaje, pasajes, vouchers de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación o interrupción; como asimismo, en su caso, los que acrediten el pago o el reembolso de una parte de ellos, por las sumas instituciones o entidades referidos anteriormente. Cualquier solicitud de dinero cobertura de este beneficio debe ir acompañado de una carta explicativa con las razones de la cancelación y el resultado que éste le solicite, con cargo obtuvo junto a la línea empresa con la cual el ASEGURADO celebró el contrato de créditoviaje, en la devolución de los valores pagados o adeudados. EL CLIENTE declara El ASEGURADO deberá presentar los documentos médicos que todos acrediten la identidad del ASEGURADO, COMPAÑERO DE VIAJE o familiar de alguno de los desembolsos dos, en donde se demuestre la veracidad de la enfermedad o pagos que accidente. En caso de fallecimiento de un familiar el certificado de defunción correspondiente, y en caso de fallecimiento del ASEGURADO o COMPAÑERO DE VIAJE se realicen con cargo a regirán por el procedimiento para la línea solicitud de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice reembolso y pago de Indemnización de Fallecimiento Accidental. Se reembolsará o coordinará el pago de los gastos por servicios no devueltos y no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o el pasaje de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO, menos el valor del crédito aplicado por el pasaje de regreso no utilizado, en caso que estén directamente vinculadas con éstasel ASEGURADO quede imposibilitado de concluir el viaje debido a incendio o robo en la residencia habitual del ASEGURADO, con estricta sujeción ENFERMEDAD DE CARÁCTER SÚBITO, ACCIDENTE o fallecimiento del propio ASEGURADO, su COMPAÑERO DE VIAJE, MIEMBRO DE SU FAMILIA o MIEMBRO DE LA FAMILIA de su COMPAÑERO DE VIAJE, lo que deberá ser acreditado mediante certificados o documentos legales, en donde se demuestre la veracidad de la enfermedad, accidente, incendio o robo. Pago sujeto al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre límite establecido en la TABLA DE BENEFICIOS. En el caso que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE el ASEGURADO no pueda realizar cambio en sus pasajes TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO la COMPAÑÍA le entregará un pasaje aéreo en la misma clase que viajaba originalmente para el financiamiento – regreso del ASEGURADO a su país de origen, en adelante caso de que él mismo quede inhabilitado de continuar el “Gestor-, VIAJE. Este pasaje será entregado sólo en caso de ser que no sea posible utilizar el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más medio de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcTRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO originalmente previsto.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Condiciones. EL BANCOLos trabajadores tendrán derecho a este Bono cuando se cumplan las siguientes condiciones y tengan a lo menos tres meses de antigüedad en la Corporación: GARANTIZADO DEPARTAMENTO EMPRESA PARAMETRO MONTO A PAGAR 1 Rem. Afecta 1-2 Rem. Afecta 1-2 Rem. Afecta REQUISITOS -Cump. Mín. 95% para c-parámetro Según % ponderado Cumpl. de c-Parámetro Cumpl. Mín. 95% para c-parámetro Según % ponderado Cumpl. de c-Parámetro. "La remuneración afecta será su sueldo básico más 1-12 avo de la gratificación anual garantizada más 1-12 avo aguinaldo de fiestas patrias vigente a diciembre del año que se devenga. "Si al 30 xx xxxxx de cada año la empresa no fija sus objetivos departamentales y de empresa, según disponibilidad estos se darán por cumplidos. "Respecto de fondoslos requisitos se entiende que los parámetros no son copulativos y en la medida que cualquiera de ellos se cumpla a lo menos en el 95%, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo se pagará la totalidad del valor expresado en porcentaje (%) respecto a la línea remuneración afecta. "Adicionalmente, una vez aprobados los Estados Financieros por los Auditores Externos se procederá a comparar la Utilidad Neta al 31 de créditodiciembre de cada año con la Utilidad Neta Presupuestada para el mismo período. EL CLIENTE declara que Si la diferencia es igual o mayor al 5% de la Utilidad Neta Presupuestada para ese período, la Compañía procederá a repartir el 15% de dicho exceso entre todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a trabajadores de la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción Empresa en forma proporcional al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias sueldo básico de cada uno trabajador. En todo caso, el monto asignado a cada trabajador no podrá exceder de un Xxxxxx Xxxxxx. "La Compañía pagará a todos los trabajadores con contrato de trabajo indefinido vigente al 10 de diciembre de cada año, un anticipo de una (1) remuneración afecta, el que será descontado en la respectiva liquidación de este Bono, en el mes de febrero siguiente. Este anticipo se pagará en la segunda quincena del mes de diciembre respectivo, y será a todo evento". De la norma convencional precedentemente transcrita es posible inferir que la empresa se obligó a pagar un bono por cumplimiento de objetivos, como una forma de reconocer la participación y esfuerzo de los créditos otorgadostrabajadores en el logro de los objetivos de la Compañía, siempre que cuente a aquellos dependientes con informe favorable contrato de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado trabajo indefinido vigente a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolsopago del mismo, cuando se cumplan las condiciones que la misma norma estipula y aquellos tengan, a lo menos, tres meses de antigüedad en la empresa. Si ninguno de los créditos estuviere vencidoAsimismo, se imputará desprende de ella, que la remuneración afecta es un sueldo básico más 1-12 avo de la gratificación anual garantizada, más 1-12 xxx xxx xxxxxxxxx de fiestas patrias vigente a diciembre del año que se devenga. A la vez, se infiere que respecto de estos requisitos se entiende que los parámetros no son copulativos y que se pagará la totalidad del valor expresado en porcentaje respeto de la remuneración afecta, en la medida que cualquiera de ellos se cumpla, a lo menos en un 95%. Además, se deduce de dicha norma que, en forma adicional y una vez aprobados los estados financieros por los Auditores Externos, se procederá a comparar la utilidad al 31 de diciembre de cada año, con la utilidad neta presupuestada para el mismo período. La norma convencional agrega que si la diferencia es igual o mayor al 5% de la utilidad neta presupuestada para ese período, la Compañía repartirá el 15% de dicho exceso entre todos los trabajadores de la empresa en forma proporcional al sueldo básico de cada trabajador, monto que no podrá exceder de un sueldo básico. Se infiere finalmente, que si al 30 xx xxxxx de cada año la empresa no fija sus objetivos departamentales y de empresa, éstos se entenderán cumplidos. Ahora bien, el claro tenor de la norma convencional en análisis permite afirmar que la obligación que asiste a la Compañía en orden a fijar los objetivos departamentales y de empresa, en la época señalada en el párrafo anterior, conlleva necesariamente la obligación de comunicarlos a sus dependientes. Xxxx resulta obvio si se considera que la referida comunicación es el único medio de que disponen los trabajadores para conocer con la debida anticipación las metas que deberán cumplir para acceder a dicho beneficio. Sostener lo contrario significaría, a juicio de la suscrita, que el empleador podría, a su arbitrio, determinar tanto, si los objetivos por él fijados han sido o no cumplidos, como el pago del beneficio que dicho cumplimiento implicaría, desconociendo, a la vez, lo convenido por las partes en la cláusula 6 del título preliminar del contrato colectivo, que establece que para los efectos de la interpretación de las normas de dicho instrumento, ésta se sujetará a aquellas que resulten más favorables al trabajador. En la especie, a la luz de lo expuesto en los párrafos que anteceden, es posible sostener que la falta de comunicación de las referidas metas, independientemente que éstas hayan sido efectivamente fijadas, determina que, para los efectos previstos en la norma convencional que nos ocupa, deberá entenderse que éstas no se establecieron y, por ende que las mismas se encuentran cumplidas al tenor de la estipulación contractual en comento. De ello se sigue, que en tal situación a los créditos trabajadores les asiste el derecho a percibir el pago xxx xxxx de que tengan fecha de vencimiento más cercanase trata. Queda establecido En lo que los Cronogramas de Pago (dice relación al beneficio adicional previsto en el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro penúltimo inciso de la capacidad crediticia de EL CLIENTEcláusula 5.1 analizada, así como cabe señalar que en la medida que se den las condiciones allí establecidas, los trabajadores tendrían también derecho al referido beneficio. En consecuencia, sobre la base de la no ocurrencia disposición convencional citada y consideraciones expuestas, cumplo con informar a Uds. que el sentido y alcance de factores exógenosla cláusula 5.1 del contrato colectivo de trabajo, tales como desastres naturales (sequíassuscrito entre la Compañía de Teléfonos de Chile Transmisiones Regionales S.A. y el Sindicato de la misma, inundacioneses el consignado en el cuerpo del presente informe. Saluda a Ud., Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.XXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX ABOGADA

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Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad Todos los Contratistas que ingresen o que trabajen en las Instalaciones de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efectola Compañía deben cumplir y garantizar que la Fuerza Laboral del Contratista cumpla estas Reglas, las sumas de dinero que éste le soliciteLeyes, con cargo todos los códigos estándares aplicables a la línea actividad y todas las demás reglas de créditotrabajo, normas de seguridad y políticas ambientales emitidas por la Compañía. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo  El Contratista es responsable de instruir a la línea Fuerza Laboral del Contratista y darles a conocer el contenido de crédito serán destinados exclusivamente estas Reglas y las cuestiones presentadas a la atención del Contratista por parte del Director de Salud, Seguridad y Medio Ambiente de la Compañía.  El Contratista deberá emplear solo a personas cuidadosas, capacitadas y calificadas para financiar prestar los Servicios. La Compañía podrá objetar, y requerir que el Contratista retire de las actividades agropecuarias Instalaciones de la Compañía a cualquier persona de la Fuerza Laboral del Contratista que, a juicio de la Compañía, se conduzca mal, que realice no cumpla con estas Reglas, no sea cuidadoso, experimentado o calificado para prestar los Servicios. A dicha persona no se le volverá a conceder acceso a las Instalaciones de la Compañía sin previa autorización por escrito de la Compañía.  Todos los avisos y las consultas del Contratista deberán dirigirse al gerente designado de la Compañía que, para evitar cualquier duda, puede ser la misma persona que el Gerente de Proyectos (“Gerente de la Compañía”).  El Contratista y el Gerente de la Compañía acordarán un cronograma y las horas para prestar los Servicios.  El Contratista informará al Gerente de la Compañía los nombres y el número del personal de la Fuerza Laboral del Contratista que será contratado para prestar los Servicios antes de su llegada a las Instalaciones de la Compañía y deberá entregar copia del comprobante de registro de cada miembro de la Fuerza Laboral del Contratista ante el Instituto Mexicano del Seguro Social  El Contratista deberá poner a disposición de la Compañía, dentro de los 3 (tres) días naturales siguientes a que ésta se lo requiera por escrito, la documentación comprobatoria del cumplimento de las obligaciones en materia de Seguridad Social y Laboral correspondiente a la Fuerza Laboral del Contratista.  Antes de su acceso a las Instalaciones de la Compañía en donde prestará los Servicios, el Contratista deberá entregar original y copia de un listado del equipo de cómputo (laptop, impresora, copiadoras, etc.) herramientas y materiales de su propiedad, que pretenda ingresar a las Instalaciones de la Compañía indicando los datos de identificación o descripción de los mismos (marca, modelo y número de serie). El ingreso y uso de equipo electrónico como laptop y/o tablet sólo podrán permitirse cuando se requieran para actividades específicas relacionadas con los Servicios que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan presta el Contratista.  El uso de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno teléfonos celulares sólo estará permitido en las áreas autorizadas.  El Contratista no residirá en la excavación ni cubrirá u ocultará parte de los créditos otorgados, siempre Servicios prestados hasta que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado sean aprobados por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro Gerente de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcCompañía.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Condiciones. EL BANCOEn el caso de Cancelación del Viaje, según disponibilidad la Compañía deberá ser notificada en un plazo máximo de fondos72 horas desde la ocurrencia de la Enfermedad, entregará al CLIENTEAccidente, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efectoo fallecimiento. - Vencido este plazo, las sumas la compañía no se responsabilizará por multas adicionales, cualquiera sea su naturaleza. - Para efectos de dinero que éste le soliciteeste beneficio, con cargo la Enfermedad es de carácter súbito deberá manifestarse o ser contraída a partir de la fecha de contratación del Seguro. - El Asegurado debe entregar a la línea Compañía los originales extendidos a nombre del Asegurado de créditolos recibos, boletas y facturas cuando corresponda, copia de los contratos de Viaje, pasajes, vouchers de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación; como asimismo, en su caso, los que acrediten el pago o el reembolso de una parte de ellos, por las instituciones o entidades referidos anteriormente. EL CLIENTE declara - Cualquier solicitud de cobertura de este beneficio debe ir acompañado de una carta explicativa con las razones de la cancelación y el resultado que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo obtuvo junto a la línea empresa con la cual el Asegurado celebró el contrato de crédito serán destinados exclusivamente Viaje, en la devolución de los valores pagados o adeudados. - El Asegurado deberá presentar los documentos médicos que acrediten su identidad, compañero de Viaje o familiar de alguno de los dos, en donde se demuestre la veracidad de la Enfermedad o Accidente. - En caso de fallecimiento de un familiar, el certificado de defunción correspondiente, y en caso de fallecimiento del Xxxxxxxxx o compañero de Xxxxx, se regirán por el procedimiento para financiar las actividades agropecuarias que realice la solicitud de reembolso y pago de Indemnización de Fallecimiento Accidental. E2 Interrupción del Viaje y Regreso Anticipado - Cobertura Amplia La Compañía reembolsará o coordinará el pago de los gastos por servicios no devueltos y no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o el pasaje de transporte público autorizado, menos el valor del crédito aplicado por el pasaje de regreso no utilizado, en caso que estén directamente vinculadas con éstasel asegurado quede imposibilitado de concluir el Viaje debido a alguna de las siguientes circunstancias: - Muerte o Enfermedad grave del Asegurado, con estricta sujeción al plan que tenga carácter de desembolsosurgencia y que motive la internación o inhiba la ambulación, desarrollo productivo generando un estado de postración en el asegurado y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgadospor lo tanto, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO imposibilite la iniciación y/o prosecución del Gestor Viaje del Asegurado. - Muerte o internación hospitalaria por más de Negocios designado cinco (5) días por EL CLIENTE Accidente o Enfermedad Repentina de un miembro de su familia. - Cuando el Asegurado recibiese notificación fehaciente para comparecer ante la justicia, debiendo haber recibido dicha notificación con posterioridad al inicio del Viaje. - Cuando el Asegurado haya sido declarado en cuarentena por autoridad sanitaria competente con posterioridad al inicio del Viaje. - Por incendio o robo en la residencia habitual del Asegurado, ocurrido mientras se encuentre en el Viaje. Las situaciones descritas deberán ser acreditadas mediante certificados o documentos legales, en donde se demuestre la veracidad de la reclamación. Pago sujeto al límite establecido en la tabla de beneficios especificada en las Condiciones Particulares y/o en el respectivo certificado de cobertura. En el caso que el Asegurado no pueda realizar cambio en sus pasajes transporte público autorizado, la Compañía le entregará un pasaje aéreo en la misma clase que viajaba originalmente para el financiamiento – regreso del asegurado a su país de origen, en adelante caso de que él mismo quede inhabilitado de continuar el “Gestor-Viaje. Este pasaje será entregado sólo en caso de que no sea posible utilizar el medio de transporte público autorizado originalmente previsto. Condiciones: - La Compañía no será responsable por ninguna multa o penalidad adicional incurrida que no hubiese sido impuesta si el Asegurado hubiera notificado a la Compañía durante las 72 horas siguientes de ocurrido el reclamo. - Para efectos de este beneficio, la Enfermedad de carácter súbito deberá manifestarse o ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más contraída a partir de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolsoinicio del Viaje. Si ninguno - El Asegurado debe entregar a la Compañía los originales extendidos a nombre del asegurado de los créditos estuviere vencidorecibos, boletas y facturas cuando corresponda, copia de los contratos de Viaje, pasajes, vouchers de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación o interrupción; como asimismo, en su caso, los que acrediten el pago o el reembolso de una parte de ellos, por las instituciones o entidades referidos anteriormente. - Cualquier solicitud de cobertura de este beneficio debe ir acompañado de una carta explicativa con las razones de la interrupción y el resultado que obtuvo junto a la empresa con la cual el Asegurado celebró el contrato de Viaje, en la devolución de los valores pagados o adeudados. - El Asegurado deberá presentar los documentos médicos que acrediten la identidad del asegurado, o miembro de su familia, en donde se demuestre la veracidad de la Enfermedad o Accidente. En caso de fallecimiento del Asegurado o miembro de su familia, se imputará deberá presentar el Certificado de Defunción correspondiente. - Denuncia ante carabineros del robo del lugar de residencia o domicilio y/o reporte de bomberos en caso de Incendio. E3 Interrupción del Viaje y Regreso Anticipado por fallecimiento de Familiar del Asegurado La Compañía, organizará y gestionará a través de la Central de Asistencia el más pronto regreso del Asegurado en Viaje, o se reembolsará el pago de los gastos por servicios no devueltos y no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o el pasaje de transporte publico autorizado, menos el valor del crédito aplicado por el pasaje de regreso no utilizado, en caso que el asegurado quede imposibilitado de concluir el Viaje debido al fallecimiento de un Familiar en 1er (primer) grado de consanguineidad, acaecido en su ciudad de residencia permanente. En el caso que el Asegurado no pueda realizar cambio en sus pasajes de transporte público autorizado, la Compañía le entregará un pasaje aéreo en la misma clase que viajaba originalmente para el regreso del asegurado a los créditos su país de origen, en caso de que tengan fecha él mismo quede inhabilitado de vencimiento más cercanacontinuar el Viaje. Queda establecido Este pasaje será entregado sólo en caso de que los Cronogramas no sea posible utilizar el medio de Pago (transporte público autorizado originalmente previsto. Condiciones: - La Compañía no será responsable por ninguna multa o penalidad adicional incurrida que no hubiese sido impuesta si el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo Asegurado hubiera notificado a la línea, tendrán Compañía durante las 72 horas siguientes de ocurrido el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por reclamo. - El Asegurado debe entregar a la Compañía los documentos finales luego de realizados los desembolsos originales extendidos a nombre del Asegurado de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivorecibos, debidamente firmado boletas y facturas cuando corresponda, copia de los contratos de Viaje, pasajes, vouchers de hotelería u otros documentos que acrediten el gasto incurrido y su cancelación o interrupción; como asimismo, en su caso, los que acrediten el pago o el reembolso de una parte de ellos, por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcinstituciones o entidades referidas anteriormente.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Seguro De Accidentes Personales Y Asistencia en Viajes

Condiciones. EL BANCOLos servicios gratuit os est arán sujet os a las condiciones indicadas en la Web para su uso. • El pago debe ser siempre previo a la prest ación del servicio, según disponibilidad por lo que CONFIGBOX no proporcionará el servicio solicit ado hast a el moment o en que haya recibido el pago del mismo. • Las solicit udes de fondosservicios realizadas por medio de transferencias que no sean abonadas en un plazo de 30 días serán anuladas. • CONFIGBOX se reserva el derecho de cancelar temporal o definit ivament e los servicios prest ados, entregará ante cualquier incidencia en mat eria de cobro de los mismos, hast a la resolución del impago, independient ement e de que no sea imput able al CLIENTE. • En los supuest os de devolución de recibos bancarios, siguiendo los mecanismos establecidos xxxx os ocasionados por la devolución correrán a cargo del CLIENTE, condición indispensable para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno reanudación de los créditos otorgadosservicios en los supuest os de cancelación temporal de los mismos. • En el supuest o de que el CLIENTE sobrepasara la cantidad mensual de transferencia de datos contratada en un 100%, el servicio entrará en modo rest ringido hast a el 105% de la cantidad contratada (5% cort esía de CONFIGBOX). Al llegar al 105% de transferencia contratada, CONFIGBOX se reserva el derecho a limit ar el uso hast a el siguient e mes o ampliación de la tasa de transferencia necesaria por parte del client e. CONFIGBOX notificará al client e hasta 3 veces de que ha superado el 100% de la transferencia contratada antes de limit ar el alojamient o, poniendo a su disposición las herramient as necesarias para poder realizar la ampliación online. El precio de la ampliación siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE será visible para el financiamiento – CLIENTE en adelante su zona de usuario antes de realizar la cont ratación. • En el “Gestor-supuest o de que el CLIENTE sobrepasara la cantidad de espacio en disco contratada ConfigBOX se reserva el derecho a limit ar el uso hast a que el CLIENTE amplié su cont ratación como mínimo al espacio en disco requerido por las característ icas de su sit io web, o elimine archivos del servidor hast a que el volumen de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorabledatos sea igual o inferior al cont ratado. Si EL el CLIENTE tuviera más opt a por eliminar archivos, deberá avisar a CONFIGBOX de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado que lo ha hecho para que CONFIGBOX proceda a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose comprobarlo y eliminar la antigüedad por la fecha de desembolsolimit ación. Si ninguno el CLIENTE opt a por ampliar el alojamient o, la limit ación se eliminara automát icament e. CONFIGBOX not ificará al CLIENTE hasta 3 veces de los créditos estuviere vencidoque ha superado el 100% del espacio contratado antes de limit ar el alojamient o, se imputará el pago poniendo a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a su disposición las herramient as necesarias para poder realizar la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamosampliación online. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro precio de la capacidad crediticia ampliación siempre será visible para el CLIENTE en su zona de EL CLIENTE, así como usuario antes de realizar la no ocurrencia cont ratación. • En el caso de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.client e cuent e con transferencia mensual

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Samples: Contrato Alojamiento W Eb

Condiciones. EL BANCOEl Cliente tiene conocimiento de que las estipulaciones de este apartado se relacionan con las Condiciones Generales, según disponibilidad Débitos, Créditos, Banca Electrónica e Instrumentos Bancarios, la utilización de fondoseste contrato de claves personales, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice códigos electrónicos y/o pines que estén directamente vinculadas son proveídos o habilitados por el Banco, Depósitos y Cuentas Pasivas estipulados en este contrato. Así mismo, el Banco, a su exclusivo criterio, podrá debitar de cualquiera de las cuentas del Cliente, sin necesidad de previo aviso, cualquier pago, interés, arancel, comisión, impuesto, cuota de préstamos, retención, gasto, ajuste o cualquier importe a cargo del Cliente por operaciones bancarias realizadas por este con éstasel Banco. Si no existiese ninguna cuenta abierta a nombre del Cliente, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgadosdeudores solidarios, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO todos o cualesquiera de ellos para realizar el débito, el Banco podrá abrir a nombre del Cliente y/o de sus deudores solidarios, conjunta o separadamente y cuantas veces lo considere necesario, una o más cuentas corrientes a fin de efectuar los débitos correspondientes a la deuda del Gestor Cliente, dejando el saldo deudor en descubierto. El presente artículo constituye suficiente solicitud de Negocios designado apertura de cuenta corriente y aceptación de las condiciones particulares establecidas por EL CLIENTE el Banco para las cuentas corrientes, insertas en este Contrato; y suficiente autorización para realizar el débito en descubierto. El Banco podrá proceder al cierre de tales cuentas corrientes y sus saldos deudores traen aparejada ejecución de conformidad con la Ley de Bancos, constituyendo el extracto de cuenta corriente debidamente suscrito por las autoridades del Banco suficiente documentación para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando correspondiente juicio ejecutivo por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etccobro.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Contrato Único

Condiciones. EL BANCOEn caso de REEMBOLSO DE GASTOS POR DEMORA DE EQUIPAJE el ASEGURADO tendrá que presentar los siguientes documentos: Copia de la tarjeta de embarque o billete del TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO; Comprobantes originales de gastos con compras de efectos personales; Informe comprobante de la pérdida emitido por el TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO responsable (PIR-Property Irregularity Report), según disponibilidad que señale el peso, en kilogramos del EQUIPAJE extraviado; Ticket original del EQUIPAJE. Si el EQUIPAJE se confisca o retiene por parte de fondosla Aduana u otra autoridad gubernamental; Si el ASEGURADO es miembro u operador de la tripulación en el medio de TRANSPORTE PÚBLICO AUTORIZADO que dio origen al suceso; Si se ha omitido la notificación del robo, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo hurto o extravío a la línea COMPAÑÍA transportadora, mediante el informe correspondiente, antes de créditoabandonar el local de desembarque. EL CLIENTE declara que Si el ASEGURADO no ha tomado las medidas necesarias para salvaguardar o recuperar el EQUIPAJE perdido. Para proceder a este reembolso se exigirá en todos los desembolsos o pagos casos la presentación de toda la documentación que se realicen con cargo a acredite la línea ocurrencia del evento (denuncia policial, declaración de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstasAduana, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o comprobante del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niñoalquiler, etc.)) En caso que el ASEGURADO sufriese el robo del computador portátil tipo laptop, existentes o pronosticadosperteneciente a la empresa CONTRATANTE de la PÓLIZA, durante su viaje al extranjero, tendrá derecho a solicitar indemnización hasta la suma máxima de cobertura establecida en la TABLA DE BENEFICIOS de las CONDICIONES PARTICULARES, siempre y cuando se verifiquen las condiciones que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva se detallan a ser financiadacontinuación.

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Samples: www.svs.cl

Condiciones. EL BANCO, según disponibilidad de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo El Tiquete (pasaje) y los mecanismos establecidos para tal efectoservicios adicionales son personales y no son transferibles. Sin embargo, las sumas aerolíneas se reservan el derecho de dinero que éste le soliciteaprobar cambio de nombre en el Tiquete (pasaje), en cuyo caso, un nuevo Tiquete (pasaje) será expedido con sujeción a las Condiciones aplicables. Un cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – este servicio podrá ser aplicado en adelante el “Gestor-este evento, de ser acuerdo con lo establecido en las Condiciones Tarifarias. Los cambios se realizan siempre y cuando el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si pasajero no haya volado ninguno de los créditos estuviere vencido, trayectos bajo la reserva ni haya realizado el proceso de Check-in. El Tiquete (pasaje) se imputará expedirá una vez se realice el pago total de la Tarifa. El Transportador podrá imponer al Pasajero un cargo o penalidad por Xx Presentarse (No Show) el día del vuelo. El nombre del Transportador puede aparecer en el Tiquete (pasaje) de manera abreviada. Los puntos de Escala convenidos aparecerán en el Tiquete (pasaje) o en los Itinerarios publicados por el Transportador Las aerolíneas suministrarán el servicio de transporte solamente al Pasajero nombrado en el Pasaje, a los créditos quien se le podrá pedir una identificación adecuada. Sin perjuicio de otras restricciones para el transporte de Pasajeros que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido puedan aplicar, las aerolíneas no están obligadas a transportar al Pasajero, si no verifica que los Cronogramas de Pago él mismo realizó su reserva y pagó el precio del Tiquete (pasaje) o si el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo Pasajero no presenta a la líneaaerolínea una identificación válida con foto. Para aquellos casos en que aún se emitan Boletos físicos el Pasajero no será transportado si el Boleto presentado está mutilado o si ha sido modificado. En los casos que el Pasajero solicite cambios a la reserva después de haber emitido el Boleto, tendrán EL TRANSPORTADOR podrá llevar a cabo un cobro adicional al pagado por el carácter de preliminarBoleto, si aplica, y adicionalmente, deberá pagar la penalidad que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego corresponda en el evento en que la tarifa de realizados los desembolsos de los respectivos préstamossu Boleto así lo establezca. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por cliente deberá asumir las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento diferencias que se generen en materia de cualquier préstamo otorgado en virtud impuestos y tasas con el cambio de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcreserva.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: www.turismo24horas.com.co

Condiciones. EL BANCOPodrán contratar con la Comunidad de Propietarios cualquier persona física ó jurídica con capacidad para obrar y que acrediten su capacidad económica, según disponibilidad financiera y técnica ó profesional, así como que tengan experiencia en servicios desempeñados anteriormente. Será responsabilidad de fondosla Junta Rectora de la C.P. Residencial Montenebro establecer los criterios de selección de las propuestas presentadas y la elección de la que considere más apropiada. El arrendatario deberá garantizar el buen fin del pago de los pactos contenidos en el presente contrato, entregará mediante la entrega de una fianza por importe de TRES MIL (3.000,- €), que deberá hacer efectiva a la Comunidad de Propietarios en el momento de la firma del contrato. Esta garantía servirá de cobertura para los impagos que pudieran producirse, en su caso, así como los deterioros o menoscabos que se produzcan en los enseres, instalaciones y en el habitáculo objeto de este contrato. La citada fianza será devuelta al CLIENTEarrendatario a la finalización del contrato, siguiendo los mecanismos establecidos una vez se verifique que no existen cantidades pendientes de pago y que no se han producido deterioros en las instalaciones cedidas, que serán entregadas en las condiciones exigidas legalmente por parte del arrendador. La vigencia del contrato de arrendamiento será inicialmente por dos años y prorrogable por periodos anuales, siempre y cuando no exista incumplimiento por parte del arrendatario, en cuyo caso la Junta Rectora de la C.P. Residencial Montenebro se reserva el derecho de rescindir unilateralmente el mismo, con un preaviso mínimo de un mes. La extinción natural del contrato –en el plazo estipulado- se producirá sin necesidad de previo aviso o requerimiento de la propiedad y sin que pueda originarse tácita reconducción o prórroga del mismo, sin perjuicio de lo que más adelante se establece para tal efectoel supuesto de prórrogas del contrato. La parte arrendataria podrá rescindir el contrato avisando con una antelación mínima de doce meses al arrendador, por escrito, caso contrario deberá abonar al arrendador la cantidad 10.000 € en concepto de daños y perjuicios. Si el funcionamiento de la actividad por parte de la arrendataria, una vez transcurrida la vigencia del contrato, fuera el correcto, las sumas de dinero que éste le solicitepartes suscribirán sucesivas prórrogas del mismo, con cargo carácter anual. Paro ello deberá hacerse constar por escrito en los correspondientes Anexos y con la obligación inexcusable de quedar firmado por todas las partes. En consecuencia, las partes pactan que cualquier prórroga de contrato deberá suscribirse por escrito en documento o cláusula adicional. Si se produjera la resolución antes del vencimiento, por alguna de las causas indicadas o por disposición judicial, la arrendataria deberá desalojar el local y entregar a la línea Comunidad de crédito. EL CLIENTE declara que todos Propietarios Residencial Montenebro los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea enseres, mobiliario e instalaciones recibidas, en el plazo de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidos, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por quince días desde la fecha de desembolsola resolución. Si ninguno Cada día de retraso en el desalojo y entrega del local e instalaciones, devengará a favor de la C. P. Residencial Montenebro, la cantidad de CIEN EUROS (100,- €), en concepto de daños y perjuicios originados, como cláusula penal expresamente pactada, sin que este pago indemnizatorio implique en modo alguno la renovación expresa o tácita del arrendamiento de industria. Los arrendatarios serán responsables al cien por cien del contrato y consumo de teléfono, agua y gas, siendo abonados por la parte arrendataria directamente a las Compañías suministradoras, domiciliando los pagos en su cuenta corriente. Por lo que se refiere al consumo eléctrico, la Comunidad de Propietarios se hará cargo de una cantidad anual que se negociará a la hora de extender el contrato, y como se encuentra domiciliado en la cuenta de la Comunidad de Propietarios, los recibos se abonarán a la presentación de los créditos estuviere vencidomismos por parte del Administrador, se imputará el pago a sin demora y una vez hecha la liquidación anual correspondiente. El incumplimiento de dos cualesquiera de los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo pagos dará lugar a la línearescisión del contrato de arrendamiento. La actividad de hostelería se desarrollará diariamente, tendrán el carácter tanto en invierno como en verano, cumpliendo al menos los siguientes horarios: Del 1 xx xxxxx al 30 de preliminarseptiembre, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego con un horario de realizados los desembolsos de los respectivos préstamos. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior 9 a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etc24 horas ininterrumpidamente.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Pliego De Condiciones Para La Explotacion Del Servicio De Cafetería Club Social De La Comunidad De Propietarios De La

Condiciones. EL BANCODeberán haber sido declaradas por las CCAA. El perímetro declarado del ARI incluirá al menos 200 viviendas, según disponibilidad aunque excepcionalmente esta cifra podrá ser inferior, en casos suficientemente motivados y acordados en las Comisiones Bilaterales de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas Seguimiento. Las viviendas y edificios objeto de dinero que éste le solicite, con cargo rehabilitación deberán tener una antigüe- dad superior a la línea de crédito10 años. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – en adelante el “Gestor-, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta Los conjuntos históricos deberán contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más un plan especial de un crédito pendiente de pagoconserva- ción, AGROBANCO imputará el pago efectuado a los créditos vencidosprotección y rehabilitación, empezando o figura similar establecida por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminarlas CCAA, y que éstos serán reemplazados cuente al menos con la aprobación inicial en el momento de la solicitud. Los municipios rurales tendrán menos de 5.000 habitantes, conforme a lo establecido en la Ley 45/2007, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural. Préstamos convenidos. Los beneficiarios de las ayudas podrán ser promotores de la actuación y los propietarios de las viviendas o edificios, inquilinos autorizados por los documentos finales luego el propie- tario, o comunidades de realizados los desembolsos propietarios incluidas en el perímetro del ARI. Los ingresos familiares de las personas que soliciten las ayudas no podrán exceder de 6,5 veces el IPREM, según determinen las CCAA, cuando se trate de la rehabilitación, para uso propio, de las viviendas de los respectivos préstamosedificios. Cuando la rehabilitación tenga por objeto los elementos comunes del edificio, o la totalidad del mismo, para destinarlo a arrendamiento, las condiciones de los beneficiarios serán las que determinen las CCAA. Las ayudas consistirán en préstamos convenidos, sin subsidiación, y subven- ciones, destinadas a los promotores de estas actuaciones. El Cronograma definitivopromotor de la actuación podrá obtener un préstamo convenido, debidamente firmado por sin subsi- diación, cuya cuantía podrá alcanzar la totalidad del presupuesto con un periodo máximo de amortización de 15 años, precedido de un periodo de carencia de hasta 3 años de duración. En caso de que el promotor no hubiera obtenido préstamo convenido, dichos propietarios u ocupantes podrán obtener préstamos convenidos directos, sin subsidiación, cuya cuantía podrá alcanzar la diferencia entre la totalidad del presupuesto protegido de la rehabilitación de su vivienda o edificio y el importe de las partes, será parte integrante del Contratosubvenciones concedidas. El plazo para de amortización, que se iniciará con la entrega del Cronograma definitivo no podrá ser superior a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro expedición de la capacidad crediticia calificación definitiva, será de EL CLIENTE15 años como máximo, así como precedido de un periodo de carencia de hasta 2 años, ampliable a 3 con el acuerdo de la no ocurrencia entidad de factores exógenoscrédito, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcy la conformidad de las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: doe.gobex.es

Condiciones. EL BANCOPara ejercer la opción el OPTANTE deberá entregar a PROINVERSIÓN, según disponibilidad un Estudio de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o Factibilidad Bancable del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – PROYECTO (en adelante el “Gestor-ESTUDIO), elaborado a su solo costo y riesgo. Esta entrega deberá efectuarse, a más tardar, treinta (30) días antes del vencimiento del período de opción vigente o, en su caso, del plazo adicional que resulte de la suscripción del NUEVO CONTRATO DE OPCIÓN a que se refiere el Numeral 4.4. El ESTUDIO será elaborado de acuerdo a estándares internacionales, normalmente aceptados por la industria minera para acreditar la viabilidad técnica y financiera de un proyecto de las características del PROYECTO LAS BAMBAS, así como por las instituciones financieras, los inversionistas y las autoridades normativas. Asimismo, deberá incluir, de ser manera enunciativa mas no taxativa ni limitativa, los temas señalados en el casoAnexo 1. De verificarse lo contrarioEl ESTUDIO determinará la inversión total requerida para el desarrollo del PROYECTO y un cronograma con la inversión anualizada. El PROYECTO desarrollado en el ESTUDIO, EL BANCO podrá suspender deberá cumplir al menos una de las siguientes condiciones: (i) un Costo de Capital Mínimo del PROYECTO ascendente a mil millones de dólares de los desembolsosEstados Unidos de América (US$ 1,000’000,000.00) o; (ii) la construcción de una Planta con una Capacidad de Tratamiento no menor de cincuenta mil (50,000) toneladas diarias de mineral. Se entiende por Costo de Capital la suma de los fondos necesarios para poner en marcha el PROYECTO y que, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado acuerdo a los créditos vencidosprincipios de contabilidad generalmente aceptados, empezando por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha califiquen como inversiones de desembolso. Si ninguno de los créditos estuviere vencido, se imputará el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago capital (el "Capital Expenditures” o Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, y que éstos serán reemplazados por los documentos finales luego de realizados los desembolsos de los respectivos préstamosCAPEX"). El Cronograma definitivoESTUDIO deberá haber sido elaborado por alguna de las empresas internacionales de ingeniería de primera categoría incluidas en el Anexo 3, debidamente firmado la que será seleccionada por las partesel OPTANTE y venir acompañado de una o más cartas de intención de financiamiento emitidas por una o más instituciones de primer nivel internacional que proveen fondos de crédito o de inversión, será parte integrante manifestando su interés en otorgar el financiamiento necesario para la ejecución del ContratoPROYECTO. El plazo para incumplimiento en la entrega del Cronograma definitivo no ESTUDIO se entenderá como renuncia tácita a la opción. Luego del aprobado el ESTUDIO, éste podrá ser superior objeto de mejoras y modificaciones, siempre y cuando no se afecte el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente cláusula. Dichas mejoras y modificaciones serán comunicadas a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcPROINVERSIÓN.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: Modelo De Contrato De Opción De Transferencia

Condiciones. EL BANCOPara iniciar la implementación del PROYECTO, según disponibilidad el ADQUIRENTE deberá entregar a PROINVERSIÓN, un Estudio de fondos, entregará al CLIENTE, siguiendo los mecanismos establecidos para tal efecto, las sumas de dinero que éste le solicite, con cargo a la línea de crédito. EL CLIENTE declara que todos los desembolsos o pagos que se realicen con cargo a la línea de crédito serán destinados exclusivamente para financiar las actividades agropecuarias que realice y/o que estén directamente vinculadas con éstas, con estricta sujeción al plan de desembolsos, desarrollo productivo y cronograma de actividades agropecuarias de cada uno de los créditos otorgados, siempre que cuente con informe favorable de EL BANCO y/o Factibilidad Bancable del Gestor de Negocios designado por EL CLIENTE para el financiamiento – PROYECTO (en adelante el “Gestor-ESTUDIO), elaborado a su solo costo y riesgo. El ESTUDIO será elaborado de acuerdo a estándares internacionales, normalmente aceptados por la industria minera para acreditar la viabilidad técnica y financiera del PROYECTO, así como por las instituciones financieras, los inversionistas y las autoridades normativas. Asimismo, deberá incluir los temas señalados de manera enunciativa, mas no taxativa ni limitativa, en el Anexo 3. El ESTUDIO determinará la inversión total requerida para el desarrollo del PROYECTO y un cronograma con la inversión anualizada. El PROYECTO desarrollado en el ESTUDIO, deberá cumplir al menos una de las siguientes condiciones: (i) un Costo de Capital Mínimo del PROYECTO ascendente a setecientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 700’000,000.00) o; (ii) la construcción de una Planta con una Capacidad de Tratamiento no menor de treinta y cinco mil (35,000) toneladas diarias de mineral. Se entiende por Costo de Capital la suma de los fondos necesarios para poner en marcha el PROYECTO y que, de ser el caso. De verificarse lo contrario, EL BANCO podrá suspender los desembolsos, hasta contar con el referido informe favorable. Si EL CLIENTE tuviera más de un crédito pendiente de pago, AGROBANCO imputará el pago efectuado acuerdo a los créditos vencidosprincipios de contabilidad generalmente aceptados, empezando califiquen como inversiones de capital ("Capital Expenditures” o “CAPEX"). El ESTUDIO deberá haber sido elaborado por los más antiguos, determinándose la antigüedad por la fecha alguna de desembolso. Si ninguno las empresas internacionales de los créditos estuviere vencido, se imputará ingeniería de primera categoría incluidas en el pago a los créditos que tengan fecha de vencimiento más cercana. Queda establecido que los Cronogramas de Pago (el “Cronograma”) que inicialmente reciba EL CLIENTE por cada préstamo otorgado con cargo a la línea, tendrán el carácter de preliminar, Anexo 4 y que éstos serán reemplazados será seleccionada por los documentos finales luego el ADQUIRENTE. Asimismo, deberá venir acompañado de realizados los desembolsos una o más cartas de los respectivos préstamosintención de financiamiento emitidas por una o más instituciones de primer nivel internacional que proveen fondos de crédito o de inversión, manifestando su interés en otorgar el financiamiento necesario para la ejecución del PROYECTO. El Cronograma definitivo, debidamente firmado por las partes, será parte integrante del Contrato. El plazo para incumplimiento en la entrega del Cronograma definitivo no ESTUDIO será causal de resolución del CONTRATO. Luego de aprobado el ESTUDIO, éste podrá ser superior objeto de mejoras y modificaciones, siempre y cuando no se afecte el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente cláusula. Dichas mejoras y modificaciones serán comunicadas a 30 días calendario. El otorgamiento de cualquier préstamo otorgado en virtud de este contrato, dependerá del no deterioro de la capacidad crediticia de EL CLIENTE, así como de la no ocurrencia de factores exógenos, tales como desastres naturales (sequías, inundaciones, Fenómeno del Niño, etcPROINVERSIÓN.), existentes o pronosticados, que afecten o puedan afectar el repago de los préstamos o la actividad productiva a ser financiada.

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Samples: www.investinperu.pe