Conformación Cláusulas de Ejemplo

Conformación. 5.1. Este Pliego de Bases y Condiciones está conformado por tres (03) Partes, las que deben leerse en conjunto con cualquier Acta de Corrección emitida de conformidad con la Cláusula 9.1 de las IAO:
Conformación. 5.1 El PBC está conformado por tres (03) Partes, incluidas sus respectivas secciones:
Conformación. Inscripción en los Registros del RNP y vigencia de la inscripción Artículo 253.- Calificación de subcontratos de ejecucion de obras públicas Artículo 254.- Fiscalización posterior a los procedimientos tramitados ante el
Conformación. Inscripción en los Registros del RNP y vigencia de la inscripción
Conformación. El Comité Especial estará conformado por tres (3) o cinco (5) integrantes titulares con igual número de suplentes. Cualquiera sea el número de integrantes del Comité Especial, uno deberá pertenecer a la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones de la Entidad, y otro al área usuaria. Necesariamente, uno de los miembros deberá tener conocimiento técnico sobre el objeto de la convocatoria.
Conformación. Para todos los efectos legales, con los bienes transferidos por este instrumento, los recursos entregados y el contrato de servicios de operación cedido al mismo, se conforma el patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO-ADM el cual estará afecto a la finalidad contemplada en el objeto de este contrato y se mantendrán separados del resto de los activos de ALIANZA y de los que pertenezcan a otros patrimonios autónomos administrados por ella. A este patrimonio autónomo ingresarán los bienes y mejoras que entreguen EL FIDEICOMITENTE y EL BENEFICIARIO, los demás que sean transferidos con posterioridad a la firma de este contrato y/o aquellos bienes o mejoras que adquiera el PATRIMONIO AUTONOMO. Así mismo, se verá aumentado con los rendimientos que produzcan los bienes que lo conforman, si a ello hubiere lugar. PARAGRAFO: Los bienes que conforman el patrimonio autónomo no forman parte de la garantía general de los acreedores de ALIANZA y sólo garantizan las obligaciones contraídas en el cumplimiento de la finalidad perseguida con este contrato de conformidad con lo establecido en los artículos 1227 y , 1233 y del Código de Comercio.
Conformación. 1.1 Este Comité estará compuesto por nueve miembros. Seis de los miembros tendrán derecho de voz y voto y tres de ellos tendrán el carácter de miembros permanentes, trascendiendo su designación a los distintos Consejos Directivos que se sucedan. Además, conformarán el Comité tres miembros más, los cuales sólo tendrán derecho de voz. 2.1 El Director de Golf en ejercicio presidirá el Comité Técnico Permanente de Campo de Golf, teniendo igual derecho de voz y voto al de aquellos miembros con tal derecho. En ese sentido el Comité Técnico Permanente de Campo de Golf se conformará por 9 miembros de la siguiente manera: Con igual derecho de voz y voto los siguientes miembros: - El Director de Golf en ejercicio, quien ejercerá la función de Presidente. - Tres miembros permanentes. - Dos asociados activos que tengan handicap de la Federación Deportiva Peruana de Golf vigente, designados en forma directa por el Director de Golf vigente. Serán asociados con amplio reconocimiento por su continua preocupación y por haberse desempeñado en cargos que han implicado el haber destinado tiempo y esfuerzo de trabajo por la cancha de golf xx Xxxxx. Con derecho de voz, pero sin derecho de voto: - El Gerente General del Club. - El Ingeniero Superintendente de Campo de Golf. - El Head Pro de Golf. 2.2 Salvo el caso de los tres miembros permanentes, el cargo de los demás miembros con derecho de voz y voto del Consejo Directivo durará en tanto se mantenga vigente el Consejo Directivo durante el cual vinieron ejerciendo su función. En ese sentido, el Consejo Directivo en su Sesión Nº 353 del 26 de Febrero del 2014 designó como miembros permanentes del Comité Técnico Permanente de Campo de Golf a los señores Xxxxxxxxx X. Xxxxxx Xxxxxxx, asociado Nº 2773, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xx, cónyuge de asociada Nº 3993 y Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, asociado Nº 5466. - Se dará por válida la sesión con la asistencia de cuatro miembros, debiendo cada uno de ellos contar con los derechos de voz y voto. - El voto dirimente lo tendrá el Presidente del Comité. - En caso de inasistencia injustificada a tres citaciones consecutivas o inasistencia injustificada a cuatro no consecutivas, los miembros podrán ser reemplazados en una terna propuesta por el Presidente del Comité. En el caso de los miembros permanentes, de ser el caso que dejen el cargo, podrán ser reemplazados previa designación por Consejo Directivo sobre la base de una terna propuesta por el Director de Golf, previamente aprobada por ...
Conformación. El comité de Inversiones estará compuesto por los siguientes miembros de la Sociedad Administradora, lo que permite que cuente con personas que tengan experiencia en la gestión de los fondos de inversión colectiva, conozcan el mercado de valores en Colombia y en el exterior y tengan conocimientos en la gestión de riesgos, tanto financieros como operativos del Fondo: • Director de Producto. • Director Comercial. • Analista Renta Variable México. • Miembro de Junta Directiva Fiduciaria. • Analista de Estrategia. El principal objetivo del comité es el de maximizar la relación riesgo retorno del Fondo. Igualmente, este comité dicta las directrices generales que debe seguir el Fondo en cuanto a exposición a moneda y tipo de activo, con el fin de alcanzar el máximo nivel de riesgo-retorno por perfil de riesgo. Las estrategias y políticas a seguir de acuerdo al perfil del Fondo, objetivo, situación de liquidez y condiciones xxx xxxxxxx; estarán enmarcadas de conformidad con la normatividad vigente y las políticas definidas por la Junta Directiva de la Sociedad Administradora.
Conformación. 6.1. El presente pliego de bases y condiciones está conformado de las partes y secciones indicadas en el índice, las que deberán leerse en conjunto con cualquier Acta de Corrección emitida de conformidad con la cláusula 09 de esta Sección I.
Conformación. Este comité estará compuesto por cuatro miembros quienes tendrán voz y voto, i) Un (1) representante del FIDEICOMITENTE APORTANTE quien lo presidirá, cuando el Alcalde de no pueda asistir el Comité lo presidirá la Secretaría de Planeación y Ordenamiento Territorial del Municipio de , ii) El Secretario de Hábitat y Vivienda del Departamento de Cundinamarca, o su delegado, y (iii) Un (1) representante del FIDEICOMITENTE COMERCIALIZADOR Y GERENTE, (iv) Un (1) representante del FIDEICOMITENTE INVERSIONISTA Y CONSTRUCTOR. La FIDUCIARIA asistirá como invitada con voz pero sin voto, LA FIDUCIARIA quien efectuará las labores de la Secretaría del COMITÉ. El Comité podrá invitar a terceros especialistas en aspectos técnicos, jurídicos o financieros, cuya opinión se requiera para una mejor ilustración de sus miembros. Igualmente deberá ser invitado el Coordinador Estructurador y el SUPERVISOR TÉCNICO INDEPENDIENTE de la construcción del PROYECTO, o quien haga sus veces, según aplique. El FIDEICOMITENTE APORTANTE designará mediante acto administrativo los delegados de la administración municipal como integrantes del Comité Fiduciario del Patrimonio Autónomo Derivado que sea constituido.