Consorcios. En el caso que la Licitación se adjudique a Consorcios o asociaciones, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de electricidad dentro del plazo máximo de 90 días siguientes a la fecha de suscripción del acta de adjudicación. Las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y de la sociedad anónima o sociedad por acciones que se constituya con respecto al cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas de esta Licitación, de los contenidos de su Propuesta, de las normas pertinentes, así como también de las obligaciones que se deriven del Contrato de Suministro, de su ejecución y de la normativa sectorial pertinente. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública por todo el periodo de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad que se constituya, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación se detallan en el numeral 4.5, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 50% de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al menos una de las empresas que componen el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas en el Anexo 3 de las presentes Bases, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 anterior. La Clasificación de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere la anterior.
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Consorcios. En Las personas físicas x xxxxxxx, nacionales o extranjeras podrán solicitar su Registro como Precalificado integrando un Consorcio, para lo cual deberán presentar los antecedentes de cada uno de sus integrantes de acuerdo a lo indicado en la Sección IV de las Bases de Licitación, y reunir los requisitos siguientes:
2.14.1. Sus integrantes deberán celebrar de manera privada el Convenio Consorcial, el cual deberá establecer como mínimo lo siguiente:
2.14.1.1. Nombre y domicilio de sus integrantes, correo electrónico, números de teléfono y de fax y nacionalidad de cada uno de sus miembros, identificando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx que integran el Consorcio.
2.14.1.2. Nombre de los representantes legales de cada uno de los miembros identificando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredite su representación.
2.14.1.3. Determinación de un domicilio común para recibir notificaciones, el cual deberá ubicarse en la Ciudad de México; y una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones.
2.14.1.4. Designar de entre sus miembros a un representante común, que cuente con las facultades suficientes para resolver cualquier cuestión de índole técnica, comercial, financiera, legal y cualquiera otra que se derive de la Licitación. Independientemente de lo señalado en esta Base, en cualquier tiempo, podrá designar a los apoderados que estime pertinentes, debiendo acreditar cada uno de ellos, ante la Secretaría, las facultades con las que cuente.
2.14.1.5. Las obligaciones que cada miembro del Consorcio asuma a efecto de que el Licitante Ganador y la Sociedad Mercantil de Propósito Específico puedan cumplir con todas y cada una de sus obligaciones, derivadas de las Bases de Licitación y el Contrato de Gestión y Operación, respectivamente.
2.14.1.6. La participación que en el capital social tendrá cada uno de los miembros del Consorcio en la Sociedad Mercantil de Propósito Específico y su obligación de conservarla en la misma proporción hasta la firma del Contrato de Gestión y Operación.
2.14.1.7. La obligación de constituir oportunamente la Sociedad Mercantil de Propósito Específico que suscriba el Contrato de Gestión y Operación, en caso que de resultar Licitante Ganador.
2.14.1.8. De resultar Licitante Ganador, la obligación de celebrar el Contrato de Cesión de Derechos del Licitante Ganador con la Sociedad Mercantil de Propósito Específico en los términos previstos en el Formato 4.3 del Anexo 4 de las Bases de Licitación se adjudique y a Consorcios o asociaciones, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones entregar a la Secretaría copia certificada de dicho contrato con giro de generación de electricidad dentro del plazo máximo de 90 días siguientes al menos 3 (tres) Días previos a la fecha de suscripción firma del acta Contrato de adjudicaciónGestión y Operación.
2.14.2. Las personas jurídicas Los integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y de la sociedad anónima o sociedad por acciones deberán tomar en cuenta que se constituya con respecto al cumplimiento de todos los requisitos las responsabilidades y obligaciones que deriven para ellas de esta Licitación, de los contenidos de su Propuesta, anteriores son sin perjuicio de las normas pertinentes, así como también de las obligaciones correspondientes que se deriven tendrá el Contratista en los términos del Contrato de Suministro, Gestión y Operación y el Fideicomiso de su ejecución y Administración.
2.14.3. La Secretaría podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la normativa sectorial pertinentePropuesta en caso que el Consorcio o cualquiera de sus integrantes no cumpla con las obligaciones establecidas en la Carta Compromiso referida en la Base 5.5.1.13.
2.14.4. Para lo anterior, deberán pactar Una vez que el Consorcio presente a la solidaridad mediante escritura pública por todo el periodo Secretaría la solicitud de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad registro como Precalificado a que se constituyarefiere la Sección IV de las Bases de Licitación y obtenga su registro de Precalificado, por sí solapodrá modificar su estructura, cumpla con el requisito previa aprobación de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán la Secretaría, siempre y cuando presente a esta última la información y documentación correspondiente a los Consorcios para efectos nuevos integrantes, si los hubiere, conforme a la Sección IV de participar las Bases de Licitación.
2.14.5. Cuando se retire uno o más de los integrantes de un Consorcio, el Precalificado deberá notificarlo por escrito a la Secretaría, informando a la misma los cambios requeridos en esta Licitación se detallan su registro como Precalificado y confirmará a la Secretaría los nuevos integrantes del Consorcio, en su caso.
2.14.6. Únicamente conservarán el numeral 4.5carácter de Precalificado, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad los integrantes de un Consorcio cuando al menos un 50% uno de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro los integrantes del mismo haya solicitado su registro como Precalificado en términos de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al menos una de las empresas que componen el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas en el Anexo 3 de las presentes Bases, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 anteriorla Sección IV de las Bases de Licitación; los demás integrantes que dejen de formar parte del mismo perderán su calidad de Precalificado.
2.14.7. La Clasificación Secretaría únicamente recibirá solicitudes de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere inscripción de Consorcios y/o modificación de Consorcios Precalificados hasta la anteriorfecha establecida como límite en la Base 2.8.3.
2.14.8. La Secretaría publicará periódicamente la lista de los Consorcios que tienen la calidad de Precalificados en el portal web [**].
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Samples: Pre Bases De Licitación
Consorcios. En el caso que la Licitación se adjudique a Consorcios o asociaciones, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones persona jurídica con giro de generación de electricidad dentro del plazo máximo que se establece en las presentes Bases para suscribir el Contrato de Suministro correspondiente. Además, dentro del plazo de 90 días siguientes a contados desde la fecha de suscripción del acta de adjudicación. Las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y de la sociedad anónima o sociedad por acciones que se constituya con respecto al cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas de esta Licitación, de los contenidos de su Propuesta, de las normas pertinentes, así como también de las obligaciones que se deriven del Contrato de Suministro, deberán someterse a las normas de su ejecución y las sociedades anónimas abiertas debiendo inscribirse para ello en el Registro de Valores de la normativa sectorial pertinente. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública por todo el periodo Superintendencia de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad que se constituya, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas BasesValores y Seguros. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán CGED exigirá a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación el Proceso se detallan en el numeral 4.54.4, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, líder la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 5030% de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al menos una de las empresas Las personas jurídicas que componen el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido (BB+), actúen a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna Consorcio serán solidariamente responsables del cumplimiento de las clasificadoras señaladas exigencias que se señalan en el Anexo 3 de las presentes estas Bases, de acuerdo los contenidos de su Propuesta y de las demás normas pertinentes aplicables. Será motivo de descalificación inmediata que un Consorcio incluya, entre los miembros que lo integran, a personas jurídicas que participen de este proceso de Licitación individualmente o sean parte integrante de otro Consorcio. De ocurrir lo establecido en el numeral 4.1 anterior. La Clasificación de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere la anterioranterior se descalificará al Consorcio y al Interesado que se haya presentado individualmente y que sea parte del Consorcio descalificado.
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Samples: Licitación De Suministro
Consorcios. En el caso que la Licitación se adjudique a Consorcios o asociaciones, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones persona jurídica con giro de generación de electricidad dentro del plazo máximo que se establece en las presentes Bases para suscribir el Contrato de Suministro correspondiente. Además, dentro del plazo de 90 días siguientes a contados desde la fecha de suscripción del acta Contrato de adjudicaciónSuministro, deberán someterse a las normas de las sociedades anónimas abiertas debiendo inscribirse para ello en el Registro Especial de Entidades Informantes de la Superintendencia de Valores y Seguros, actualmente regulado en la NCG N° 284 de la SVS. Las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y de la sociedad anónima o sociedad por acciones que se constituya con respecto al cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas de esta Licitacióndel Proceso, de los contenidos de su Propuesta, Propuesta y de las normas pertinentes, así como también de las obligaciones que se deriven del Contrato de Suministro, de su ejecución y de la normativa sectorial pertinente. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública por todo el periodo de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad anónima que se constituya, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación el Proceso se detallan en el numeral 4.54.4, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, líder la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 5030% de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al En el caso de consorcios, el requisito es que al menos una de las empresas que lo componen el Consorcio debe adquirir haya adquirido las Bases y la persona jurídica líder debe presentar al menos una de las empresas presente una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido requerida (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas en el Anexo 3 de las presentes Bases, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 anterior. La Clasificación de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere la anterior. Las personas jurídicas que actúen a través de un Consorcio o Asociación deberán pactar la obligación solidaria respecto al cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas del Proceso, de los contenidos de su Propuesta y de las normas pertinentes. Será motivo de descalificación inmediata que un Consorcio incluya, entre los miembros que lo integran, a personas jurídicas que participen de este proceso de Licitación individualmente o sean parte integrante de otro Consorcio. De ocurrir lo anterior se descalificará al Consorcio y al Interesado que se haya presentado individualmente y que sea parte del Consorcio descalificado.
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Samples: Licitación De Suministro
Consorcios. En Las Consultorías se podrán ejecutar por Consorcio formado por dos o más Consultores inscritos en el caso Registro, que la Licitación complementen especialidades, siempre que una vez que se adjudique a Consorcios o asociacionesel contrato formen una sociedad, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de electricidad dentro del plazo máximo de 90 30 días siguientes a contar de la fecha de suscripción ingreso del acta respectivo acto administrativo totalmente tramitado, a la oficina de adjudicación. Las personas jurídicas integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y partes de la sociedad anónima o sociedad por acciones que se constituya con respecto al cumplimiento de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas Dirección correspondiente. El objeto de esta Licitaciónsociedad será la ejecución de la Consultoría pública, y en su constitución deberá establecerse que los consultores serán fiadores y codeudores solidarios de los contenidos de su Propuesta, de las normas pertinentes, así como también todas y cada una de las obligaciones que se deriven contraiga la nueva sociedad. Los integrantes de un Consorcio así constituido podrán siempre complementar las especialidades y categorías exigidas, debiendo cada integrante del Contrato de Suministro, de su ejecución y consorcio desarrollar la parte de la normativa sectorial pertinente. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública por todo el periodo de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad que se constituya, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán Consultoría correspondiente a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación se detallan en el numeral 4.5, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 50% de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al menos una de las empresas que componen el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas en el Anexo 3 de las presentes Bases, especialidad de acuerdo a lo establecido que se establezca en el numeral 4.1 anteriorTrabajo de Consultoría. La Clasificación Aquellos Consultores con nota menor a 5,5 en cualquier contrato con el Ministerio en los últimos 2 años, cuyo desarrollo involucró trabajos pertenecientes a un determinado registro, no podrán formar parte de Riesgo requerida es localun Consorcio en ese registro. Los Servicios del Ministerio de Obra Públicas deberán informar al Registro de Consultores, pudiendo presentar una internacional si no tuviere indicando el nombre de la anteriorConsultoría, nombre de los Consultores que formaron el consorcio y porcentaje de participación que tuvo cada uno de los consultores que formaron el consorcio en los trabajos pertenecientes a los registros involucrados mediante los cuales se realizó el llamado a licitación para el desarrollo de la Consultoría.
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Samples: Reglamento Para La Contratación De Trabajos De Consultoría
Consorcios. En el caso Los Participantes podrán integrar Consorcios con personas xxxxxxx nacionales o extranjeras que la Licitación se adjudique a Consorcios o asociaciones, éstos deberán constituirse en Chile como una sociedad anónima o sociedad por acciones no cuenten con giro registro de generación de electricidad dentro del plazo máximo de 90 días siguientes a la fecha de suscripción del acta de adjudicaciónParticipantes. Las personas jurídicas Todos los integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables se sujetaran a los requisitos aplicables para las solicitudes de Precalificados. Los Participantes que soliciten su registro integrando un Consorcio, deberán presentar la información y documentación de cada uno de sus integrantes de acuerdo a lo indicado en la Base anterior y reunir los requisitos siguientes:
4.3.1. Sus integrantes deberán celebrar de manera privada el Convenio Consorcial, el cual deberá establecer como mínimo lo siguiente:
1. Nombre y domicilio de sus integrantes, correo electrónico, números de teléfono y nacionalidad de cada uno de sus miembros, identificando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx que integran el Consorcio.
2. Nombre de los representantes legales de cada uno de los miembros identificando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredite su representación legal.
3. Determinación de un domicilio común para recibir notificaciones, el cual deberá ubicarse en la Ciudad de México; y una sola dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. .
4. Designar de entre sí sus miembros a un representante común, que cuente con las facultades suficientes para resolver cualquier cuestión de índole técnica, comercial, financiera, legal y cualquiera otra que se derive de la sociedad anónima o sociedad por acciones Licitación; así como para presentar la Propuesta en esta Licitación. Independientemente de lo señalado en esta Base, en cualquier tiempo, podrá designar a los apoderados que se constituya estime pertinentes, debiendo acreditar cada uno de ellos, ante la Secretaría, las facultades con respecto al cumplimiento de todos los requisitos y las que cuente.
5. Las obligaciones que deriven para ellas cada miembro del Consorcio asuma a efecto de esta Licitaciónque el Licitante Ganador y la Sociedad Mercantil de Propósito Específico puedan cumplir con todas y cada una de sus obligaciones, derivadas de las Bases de Licitación y el Contrato de Gestión y Operación, respectivamente.
6. La participación que en el capital social tendrá cada uno de los contenidos miembros del Consorcio en la Sociedad Mercantil de Propósito Específico y su Propuesta, obligación de las normas pertinentes, así como también de las obligaciones que se deriven conservarla en la misma proporción hasta la firma del Contrato de Suministro, Gestión y Operación.
7. La obligación de su ejecución y constituir oportunamente la Sociedad Mercantil de la normativa sectorial pertinente. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública por todo Propósito Específico que suscriba el periodo de vigencia del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad que se constituyaGestión y Operación, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación se detallan en el numeral 4.5, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 50% de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su PropuestaLicitante Ganador.
8. Al menos una De resultar Licitante Ganador, la obligación de celebrar el Contrato de Cesión de Derechos del Licitante Ganador con la Sociedad Mercantil de Propósito Específico en los términos previstos en el Formato 4.3 del Anexo 4 de las empresas Bases de Licitación: “Formatos de la Licitación” y a entregar a la Secretaría copia certificada de dicho contrato, con al menos 3 (tres) Días previos a la fecha que componen fije la Secretaría para que tenga lugar la firma del Contrato de Gestión y Operación.
4.3.2. Los integrantes del Consorcio deberán tomar en cuenta que las responsabilidades y obligaciones anteriores son sin perjuicio de las correspondientes que tendrá el Contratista en los términos del Contrato de Gestión y Operación y el Fideicomiso.
4.3.3. La Secretaría podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Propuesta en caso que el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación o cualquiera de Riesgo que sus integrantes no cumpla con el mínimo requerido (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas obligaciones establecidas en el Anexo 3 de las presentes Bases, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 anterior. La Clasificación de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere la anteriorCarta Compromiso.
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Samples: Bases De Licitación
Consorcios. En Las empresas podrán participar de la licitación en consorcio. Se deberá tener especialmente en cuenta los siguientes requisitos:
a. Presentación de acta de intención de consorciarse, o contrato de consorcio en su caso, en cualquiera de los dos casos con certificación notarial de firmas, y en su contenido un detalle de los suministros y/o servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio estableciéndolo en forma porcentual.
b. La oferta deberá incluir toda la información requerida en el caso pliego para cada uno de los integrantes del consorcio.
c. Todos los integrantes que manifiesten la Licitación se adjudique a Consorcios o asociaciones, éstos voluntad de consorciarse deberán constituirse estar inscriptos en Chile el Registro de Proveedores de O.S.E.
d. Se designará en la oferta uno de los miembros como una sociedad anónima o sociedad por acciones con giro responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de generación todos y cada uno de electricidad dentro los miembros del plazo máximo de 90 días siguientes a la fecha de suscripción consorcio.
e. Deberá resultar del acta de adjudicación. Las personas jurídicas intención y posteriormente del contrato de consorcio que sus integrantes del Consorcio o Asociación serán solidariamente responsables entre sí y de las obligaciones contraídas en el marco de la sociedad anónima o sociedad por acciones licitación de que se constituya con respecto al cumplimiento trata.
f. El acta de todos los requisitos y obligaciones que deriven para ellas de esta Licitación, de los contenidos de su Propuesta, intención o contrato constitutivo deberá contener la indivisibilidad de las normas pertinentesobligaciones contraídas ante O.S.E. y la no modificación del acta o contrato sin la previa aprobación expresa y por escrito de O.S.E. Asimismo se deberá dar cumplimiento al Art. 52 del Decreto Nº 208/09 del 14/V/09, y Art. 502 de la Ley Nº 16.060 de Sociedades Comerciales, a saber, a título indicativo: plazo de vigencia de Consorcio (al menos hasta la recepción definitiva), determinación de la participación de cada contratante, así como también de sus obligaciones específicas y responsabilidades, porcentaje xx X.X.X.X. correspondiente que afecta a cada empresa, individualización de sus representantes legal y técnico; declaración de solidaridad entre las partes e indivisibilidad de las obligaciones que obligaciones, etc. No será permitida la participación de una empresa en más de un consorcio, ni en Consorcio y como oferente independiente. 8.2.15 Subcontratos Si el oferente se deriven propone celebrar subcontratos, cuando el monto individual de los mismos exceda el 10% (diez por ciento) del Contrato precio de Suministrooferta, deberá explicitarlo en la oferta indicando en este caso los rubros a subcontratar, así como las empresas subcontratistas propuestas para los mismos y el porcentaje de su ejecución y cada subcontrato respecto al valor de la normativa sectorial pertinenteoferta. Para lo anterior, deberán pactar la solidaridad mediante escritura pública Dichos subcontratos no podrán superar el 30% (treinta por todo el periodo de vigencia ciento) del Contrato de Suministro o hasta en tanto la sociedad que se constituya, por sí sola, cumpla con el requisito de clasificación de riesgo exigido en estas Bases. Los antecedentes que Las Licitantes exigirán a los Consorcios para efectos de participar en esta Licitación se detallan en el numeral 4.5, “OFERTA ADMINISTRATIVA”. Los Consorcios deberán tener una persona jurídica líder, la que designará al Representante del Proponente y que deberá tener la propiedad de al menos un 50% precio total de la sociedad anónima o sociedad por acciones con giro de generación de energía eléctrica que deberá constituirse en el plazo ya señalado en caso de resultar adjudicada su Propuesta. Al menos una de las empresas que componen el Consorcio debe adquirir las Bases y la persona jurídica líder debe presentar una Clasificación de Riesgo que cumpla con el mínimo requerido (BB+), a través de un informe de clasificación de riesgo emitido por alguna de las clasificadoras señaladas en el Anexo 3 de las presentes Bases, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 anterior. La Clasificación de Riesgo requerida es local, pudiendo presentar una internacional si no tuviere la anterior.oferta
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Samples: Licitación Pública Nacional