FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051).
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Los pagos serán hechos en Guaraníes por LA GOBERNACIÓN de acuerdo a las Transferencias realizadas por el Ministerio de Hacienda, contra presentación de la factura correspondiente. Asimismo, por cada factura que emitiese EL PROVEEDOR se hará cumplir lo establecido en el Art. 41° “CONTRIBUCIÓN SOBRE CONTRATOS SUSCRIPTOS” de la Ley N° 3.439/07 “Que modifica la Ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas”. Asimismo, para garantizar el cumplimiento del presente CONTRATO, EL CONTRATISTA deberá presentar una GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un valor del 5% (cinco por ciento) del monto total del presente contrato. Esta garantía deberá ser presentada dentro de un plazo de 10 (diez) días contados a partir de la firma del presente. LA GOBERNACIÓN prevé el otorgamiento de anticipo el cual será del 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, de la Ley Nº 2051) 9.1 Garantía de Anticipo (no aplicable)
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). (Indicar la forma y los términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato conforme con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato). = ANTICIPO NO CORRESPONDE.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). El anticipo será del 30% del monto total del contrato. Para acceder al anticipo, el Contratista deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días calendarios posteriores a la firma del contrato la solicitud de pago de anticipo, acompañada de: a) El Plan de inversión del anticipo, conforme al formulario incluido en la Sección VI; b) Garantía de anticipo, en alguna de las formas establecidas en el artículo 81 del Decreto reglamentario N° 21.909/03; c) La Factura correspondiente. a) Una póliza de seguros emitidas por una Compañía de Seguros autorizadas a operar y emitir pólizas de seguros de caución en el Paraguay; o b) Una garantía bancaria por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay. De no solicitar el pago del anticipo, dentro del tiempo señalado, el Proveedor Contratista perderá el derecho al cobro del mismo, en forma automática y si necesidad de comunicación alguna por parte de la Contratante . Del monto correspondiente a cada certificación, se descontará el valor porcentual del 50% aplicado para el cálculo del anticipo hasta alcanzar el monto total de dicho anticipo. El inicio de las obras no estará supeditado a la entrega del anticipo financiero. La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía se extenderá mediante Póliza o Garantía Bancaria, que debe ser equivalente al 10 % del monto total del contrato.-
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10 % del monto total del contrato, con vigencia igual al contrato.- Garantía de anticipo, por el 100% de monto de anticipo por un plazo igual a la vigencia del contrato, bajo alguna de las siguientes formas: a) Una póliza de seguros emitida por una compañía de Seguros xxxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxxx xx xxxxxx xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx; o b) Una garantía bancaria otorgada por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). LA CONTRATADA se compromete a que en caso de incumplimiento con las clausulas del presente contrato a abonar a LA CONTRATANTE una multa equivalente al 5% del monto total del presente contrato.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 5 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato bajo alguna de las siguientes formas: a) Póliza de seguros emitida por una Compañía autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay y que cuente con suficiente margen de solvencia. b) Garantía bancaria emitida por un Banco establecido en la República del Paraguay que cuente con autorización del Banco Central del Paraguay .- El Plazo de Vigencia del Fiel Cumplimiento de Contrato deberá ser de 60 días
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 9.1 Para asegurar el anticipo financiero establecido en la cláusula anterior EL CONTRATISTA deberá presentar una Garantía de Anticipo cubriendo la totalidad del mismo, consistente en una póliza de seguro o garantía bancaria, que deberá ser presentada al momento de recibir el importe correspondiente.----------------------------------- 9.2- Para asegurar el estricto cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, EL CONTRATISTA deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento de contrato con una vigencia de cuatro (4) meses, consistente en una póliza de seguro o garantía bancaria, por un importe equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total de la contratación que deberá ser presentado dentro de los diez (10) días desde la firma de este instrumento.----
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). Teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 10 del Decreto 6225/11: “Establécense que en los Procesos de Contratación Directa que realicen las Entidades, Organismos y Municipalidades indicadas en el Articulo 1ºde la Ley 2051/03, las garantías de mantenimiento de Ofertas y de fiel cumplimiento de Contrato podrán ser otorgadas por medio de declaración jurada en lugar de póliza de seguro o garantía bancaria. Esta Disposición en lo que refiere a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no será aplicable a los contratos de obras.” La misma no podrá ser otorgada mediante Declaración Jurada.-------------------------------------------------