FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051).
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. Los pagos serán hechos en Guaraníes por LA GOBERNACIÓN de acuerdo a las Transferencias realizadas por el Ministerio de Hacienda, contra presentación de la factura correspondiente. Asimismo, por cada factura que emitiese EL PROVEEDOR se hará cumplir lo establecido en el Art. 41° “CONTRIBUCIÓN SOBRE CONTRATOS SUSCRIPTOS” de la Ley N° 3.439/07 “Que modifica la Ley Nº 2051/03 De Contrataciones Públicas”. Asimismo, para garantizar el cumplimiento del presente CONTRATO, EL CONTRATISTA deberá presentar una GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un valor del 5% (cinco por ciento) del monto total del presente contrato. Esta garantía deberá ser presentada dentro de un plazo de 10 (diez) días contados a partir de la firma del presente. LA GOBERNACIÓN prevé el otorgamiento de anticipo el cual será del 40% (cuarenta por ciento) del monto total ofertado. -
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). (Indicar la forma y los términos para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato conforme con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato). = ANTICIPO NO CORRESPONDE.------------------------------------------------------------------------
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 9.1 Para asegurar el anticipo financiero establecido en la cláusula anterior EL CONTRATISTA deberá presentar una Garantía de Anticipo cubriendo la totalidad del mismo, consistente en una póliza de seguro o garantía bancaria, que deberá ser presentada al momento de recibir el importe correspondiente.-----------------------------------
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). El anticipo será del 30% del monto total del contrato. Para acceder al anticipo, el Contratista deberá presentar dentro de los 5 (cinco) días calendarios posteriores a la firma del contrato la solicitud de pago de anticipo, acompañada de: Dichos documentos deberán presentarse en la Oficina Administrativa de la Gobernación del Caaguazú. Se verificarán las documentaciones requeridas y previa aprobación del Plan de inversión del anticipo y constatación de la extensión adecuada de la garantía y factura correspondientes, se abonará al Contratista el monto total del anticipo, a más tardar a los 20 Días, siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. De constatarse defectos o la omisión de alguno de los documentos citados, será comunicado al Contratista y el plazo de pago quedará suspendido. La Contratante notificará por escrito al Contratista la disponibilidad del anticipo. La Contratista deberá contratar una Póliza de Garantía por el 100% del monto del Anticipo Financiero. Dicha Garantía deberá extenderse hasta la devolución total de mencionado anticipo, aun cuando el mismo sea parcialmente devuelto en cada certificación. La garantía de Anticipo podrá consistir, a elección del oferente, en algunos de los siguientes casos.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). LA CONTRATADA se compromete a que en caso de incumplimiento con las clausulas del presente contrato a abonar a LA CONTRATANTE una multa equivalente al 5% del monto total del presente contrato.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 5 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato bajo alguna de las siguientes formas:
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). Teniendo en cuenta lo establecido en el Art. 10 del Decreto 6225/11: “Establécense que en los Procesos de Contratación Directa que realicen las Entidades, Organismos y Municipalidades indicadas en el Articulo 1ºde la Ley 2051/03, las garantías de mantenimiento de Ofertas y de fiel cumplimiento de Contrato podrán ser otorgadas por medio de declaración jurada en lugar de póliza de seguro o garantía bancaria. Esta Disposición en lo que refiere a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, no será aplicable a los contratos de obras.” La misma no podrá ser otorgada mediante Declaración Jurada.-------------------------------------------------
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). El Proveedor deberá presentar una Garantía de Cumplimiento por el diez por ciento (10 %) del precio total del Contrato, conforme con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato.
FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZAR LOS ANTICIPOS Y EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (Art. 37 g, Ley N° 2051). La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10 % del monto total del contrato, con vigencia igual al contrato.- Garantía de anticipo, por el 100% de monto de anticipo por un plazo igual a la vigencia del contrato, bajo alguna de las siguientes formas: a) Una póliza de seguros emitida por una compañía de Seguros xxxxxxxxxx x xxxxxx xxxxxxx xx xxxxxx xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx; o b) Una garantía bancaria otorgada por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay