Consultas previas. A) Las aclaraciones y consultas que se estimen necesarias, se podrán efectuar en horario de 7:00 a 14:00 hs., de lunes a viernes, en Sede Central del INV. PLIEG-2018-06258199-APN-SA#INV
1) Consultas Administrativas: Departamento Contrataciones: Xxxxxxx Xxx Xxxxxx 000, 2º Piso, Oficina 202, Ciudad, MENDOZA, Teléfonos (0261) -5216627/28.
2) Consultas Técnicas: Departamento de Informática y Comunicaciones: Xxxxxxx Xxx Xxxxxx 000, Planta Baja, Ciudad, MENDOZA, Teléfono (0261) – 0000000.
B) Las consultas podrán referirse a discrepancias, contradicciones u omisiones en los documentos de la Licitación o en la restante información suministrada, o si se detectasen ambigüedades o existiese dudas en cuanto a los requerimientos de la Licitación.
C) Las consultas técnicas deberán plantearse por escrito, en idioma español, al Departamento Contrataciones del Instituto solicitando concretamente la aclaración que se estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta CINCO (5) días hábiles antes del acto de apertura de los sobres. El Licitante dará respuesta sólo a aquellas consultas que a su exclusivo juicio sean imprescindibles a los efectos de una correcta interpretación de los referidos documentos o de las que surja la necesidad de introducir rectificaciones en los alcances de los mismos.
D) Las respuestas se darán en el tiempo máximo de DOS (2) días hábiles, en forma de circulares aclaratorias, siendo responsabilidad de los Oferentes retirarlas y notificarse formalmente en el Departamento Compras y Contrataciones del Instituto.
E) El Licitante, si lo juzga necesario, podrá formular aclaraciones de oficio, es decir sin consulta previa, hasta SIETE (7) días hábiles antes de la fecha del Acto de Apertura.
Consultas previas. La persona con interés directo o legítimo podrá consultar por escrito o por vía electrónica a La Autoridad, sobre la aplicación de reglamentos técnicos, tarifas vigentes y materias relativas al aforo. Toda consulta deberá exponer claramente los hechos objeto de la consulta, el criterio del consultante y facilitar los documentos o muestras que permitan una mejor comprensión de la consulta.
Consultas previas. Si cualquier oferente considerase que existen discrepancias, contradicciones u omisiones en los Documentos de la Licitación o en la restante información suministrada, o hallare ambigüedades o tuviere dudas en cuanto a los requerimientos de la Licitación, deberá plantearlas por escrito, a la Dirección General de Contrataciones del Rectorado Anexo, Ciudad Universitaria, indicando Domicilio, Casilla de Correo Electrónico y Teléfono a los efectos de las notificaciones y solicitando concretamente la aclaración que estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta 5 (cinco) días hábiles antes del acto de apertura de los sobres. El Licitante dará respuesta sólo a aquellas consultas que a su exclusivo juicio sean imprescindibles a los efectos de una correcta interpretación de los referidos documentos o de las que surja la necesidad de introducir rectificaciones en los alcances de los mismos. Las respuestas se darán en el tiempo máximo de 2 (dos) días hábiles antes de la apertura, en forma de circulares aclaratorias, siendo responsabilidad del oferente retirarlas y notificarse formalmente en la Dirección General de Contrataciones del Rectorado Anexo.
Consultas previas. Las consultas deberán plantearse por escrito, en idioma español, únicamente en Mesa de Entradas del Rectorado Anexo y dirigidas a la Dirección General de Contrataciones de la UNCuyo, solicitando concretamente la aclaración que se estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta CINCO (05) días hábiles antes de la fecha de acto de apertura de los sobres (hasta el 14 xx xxxxx inclusive).
Consultas previas. De acuerdo con los análisis adelantados por el equipo estructurador, la ANI y Xxxxxxxxxxxx, el Proyecto no requerirá de consulta previa con comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y Rom; lo cual se encuentra acorde con la certificación emitida por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa5. Sin perjuicio de lo anterior, si, durante la ejecución del Contrato, alguna autoridad competente obliga a realizar este tipo de consultas, la ANI deberá adelantar las gestiones pertinentes y asumir los mayores costos, de haberlos, que se deriven de los acuerdos a los que se lleguen con las comunidades en los términos que se señalen en el Contrato de Concesión.
Consultas previas. Los Participantes, reconociendo las ventajas que pueden derivarse de una actitud común claramente definida sobre las condiciones de crédito de las centrales nucleares, se comprometen en firme a realizar consultas previas en todos los casos en que se pretenda conceder apoyo oficial.
Consultas previas. 1. Si como resultado de la investigación de salvaguardia la autoridad competente determina, sobre la base de pruebas objetivas, que se cumplen los supuestos previstos en este capítulo, la Parte que decida iniciar un procedimiento del que pudiera resultar la adopción de una medida de salvaguardia, lo comunicará a la otra Parte, solicitando la realización de consultas conforme a lo previsto en este capítulo.
2. Una tercera Parte que manifieste un interés sustancial en la aplicación de una medida de salvaguardia bilateral en razón de que su comercio pudiera resultar afectado por la aplicación de la misma, podrá participar en las consultas de que trata el párrafo 1.
3. La Parte importadora dará las oportunidades adecuadas para que se celebren las consultas previas. El período de consultas previas se iniciará a partir del día siguiente de la recepción por la Parte exportadora de la comunicación que contenga la solicitud para celebrar esas consultas. La comunicación contendrá los datos que demuestren el daño grave o la amenaza de daño grave causado por las importaciones sujetas a investigación, y la información pertinente sobre las medidas de salvaguardia que se pretenden adoptar y su duración.
4. El periodo de consultas previas será de cuarenta y cinco días, salvo que las Partes convengan otro plazo.
5. Las medidas de salvaguardia sólo podrán adoptarse una vez concluido el periodo de consultas previas.
Consultas previas. Si cualquier oferente considerase que existen discrepancias, contradicciones u omisiones en los documentos de la Licitación o en la restante información suministrada, o hallare ambigüedades o tuviere dudas en cuanto a los requerimientos de ella deberá plantearlas por escrito ante la Subdirección de Compras –Secretaría de Economía– Constitución 976, de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 solicitando concretamente la aclaración que estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta cinco (5) días hábiles antes del acto de apertura de los sobres. • Las respuestas se darán en el tiempo máximo de 2 (dos) días hábiles, en forma de circulares aclaratorias, siendo responsabilidad de los oferentes retirarlas y notificarse formalmente en la Subdirección de Compras. • El comitente, si lo juzga necesario, podrá formular aclaraciones de oficio, es decir sin consulta previa, hasta 7 (siete) días hábiles antes de la fecha del acto de apertura, siendo responsabilidad del mismo notificarlas a los distintos oferentes que hayan adquirido el pliego con anterioridad. • Cualquier ambigüedad o eventual discrepancia dentro de la documentación licitatoria que no haya sido materia de consulta por parte de los adquirentes xxx xxxxxx o detectada de oficio por la Municipalidad, y consecuentemente aclarada mediante circular, será interpretada en el futuro a favor de ésta.
Consultas previas. Si cualquier Adquirente considerase que existen discrepancias, contradicciones u omisiones en los documentos del presente Pliego o en la restante información suministrada, o hallare ambigüedades o tuviere dudas en cuanto a los requerimientos de la licitación, deberá plantearlas por escrito a la CAP, solicitando concretamente la aclaración que estime necesaria, lo que podrá hacerse hasta la fecha indicada en el Cronograma. La CAP dará respuesta sólo a aquellas consultas que a su exclusivo juicio sean imprescindibles a los efectos de una correcta interpretación de los referidos documentos o de las que surja la necesidad de introducir rectificaciones en los alcances de los mismos, hasta la fecha establecida en el Cronograma. Tales respuestas se comunicarán a todos los Adquirentes mediante Circulares, al domicilio legal o constituido consignado en el recibo confeccionado en oportunidad de la adquisición xxx Xxxxxx, hasta la fecha límite establecida en el Cronograma.
Consultas previas. El responsable de la unidad de gasto podrá solicitar información previa sobre los límites de facturación de determinado proveedor antes de la realización de su pedido. No obstante, no podrá hacer reserva alguna de pedido hasta que el mismo no se solicite formalmente con cargo a la partida presupuestaria que lo va a sufragar, y así quede registrado en el módulo UXXI-EC.